Para conocer la pe
rcepción que las entidades sociales que intervienen en el medio pe
nitenciario o con pe
rsonas que padecen enfermedad mental tienen sobre la atención sociosanitaria de este colectivo, se realizó con ellas un estudio en el año 2011, el cual ha sido posteriormente actualizado en el año 2013, con el fin de valorar los importantes cambios habidos desde entonces, con la trasferencia de competencias en la materia y con el desarrollo del PAIEM.
1. Aportaciones recogidas en el año 2011
METODOLOGÍA DE RECOGIDA DE LA INFORMACIÓN
Con el fin de conocer la opinión de las organizaciones civiles que intervienen en los centros pe
nitenciarios de la CAPV, se elaboró un cuestionario con once preguntas, ocho de las cuales eran cerradas y dirigidas a conocer los fines y objetivos de cada entidad; el objetivo del proyecto en prisión; el centro pe
nitenciario en el que interviene; el año de inicio de la intervención y el número de horas de intervención en los centros pe
nitenciarios; el número de pe
rsonas dedicadas a la misma y el número de pe
rsonas atendidas.
Dichas cuestiones son relevantes para saber de qué tipo de entidades se trata, las características de su actividad en el medio pe
nitenciario, su experiencia en el campo de la intervención con pe
rsonas privadas de libertad y su inestimable aportación para valorar la atención que reciben sus usuarios y usuarias dentro de los centros pe
nitenciarios. Las restantes eran abiertas y recogen los pe
rcepción de la entidad con respecto a la atención de las pe
rsonas con enfermedad mental en los centros pe
nitenciarios; si consideran que son bien atendidas y por qué; las necesidades que detectan para la atención de esos/as pacientes; y, por último, el criterio de la entidad sobre si el centro pe
nitenciario debe o no tener unidades psiquiátricas o si debe ser la red pública la que cree unidades especiales, con sistemas de seguridad y pe
rsonal de vigilancia, para las pe
rsonas con enfermedad mental que cometan delitos y precisen un internamiento. Las aportaciones de las asociaciones resultan también relevantes para indicar los criterios y los itinerarios que se deben seguir para mejorar dicha atención.
Las entidades a las que se ha remitido el cuestionario son:
Entidades de Araba/Álava: Comisión Anti-Sida de Álava, Salhaketa, ADAP y ASAFES.
Entidades de Bizkaia: Salhaketa Bizkaia, Comisión Anti-Sida, Bizitegi, Goiztiri, Izangai, Fundación Gizakia, Fundación Etorkintza, Adsis Bestalde, Bidesari, Pastoral Pe
nitenciaria, Zubietxe, Zubia, AVIFES, Susterra y Lagun-Artean.
Entidades de Gipuzkoa: Cruz Roja, Fundación Izan, Loiola Etxea, Arrats y AGIFES.
RESULTADOS
De las 24 entidades a las que se ha remitido el cuestionario, han respondido un total de 15. Las que no han respondido ha sido o porque no tenían datos sobre el tema o porque consideraban irrelevantes los datos que podían aportar, y en dos casos no se ha podido concretar la razón para no responder. Se envió por mail una primera solicitud, se reenvió posteriormente un recordatorio y, por último, se contactó telefónicamente con las entidades que no habían respondido para reiterar la pe
tición o para que renunciaran expresamente a responderla por los motivos anteriormente señalados.
El ámbito de actuación de las mismas es diverso. Por una parte, aquellas que realizan específicamente tratamiento de rehabilitación de drogas: Fundación Gizakia y Fundación Etorkintza en Bizkaia; Fundación Izan y Cruz Roja en Gipuzkoa; y Salhaketa de Bizkaia y de Araba/Álava, que realizan denuncias de las condiciones de vida en prisión. Por otra parte, están aquellas que hacen acompañamientos en procesos de rehabilitación, como Bidesari y Bestalde en Bizkaia; Loiola Etxea en Gipuzkoa; y la Comisión Anti-Sida y ADAP de Araba/Álava. De inserción sociolaboral y deportivo: Iresgi en Gipuzkoa y Zubiko en Bizkaia. Todas presentan largos años de experiencia en sus ámbitos de trabajo, desde las que se iniciaron en el año 1985, como la Fundación Izan en Gipuzkoa, o en el año 1987, como es el caso de la fundación Etorkintza y de la Fundación Gizakia, hasta la más joven en su intervención en prisión, que es la Cruz Roja de Gipuzkoa, que está desarrollando su proyecto en el Centro Pe
nitenciario de Martutene desde hace cuatro años.
La entidad con mayor número de pe
rsonas atendidas es IRESGI, que desarrolla sus actividades en el Centro Pe
nitenciario de Martutene, con un total de 1.000 pe
rsonas, siendo de suponer que al tratarse de actividades deportivas y socioculturales, participan la mayor parte de los internos. De ese total, 141 pe
rsonas reciben tratamiento farmacológico por presentar diversas patologías mentales. Esta entidad desarrolla prácticamente toda su jornada laboral dentro del centro pe
nitenciario (40 horas semanales, 6 días a la semana). El resto oscila en torno a las 200 atenciones anuales, 174 Etorkintza, 148 Fundación Gizakia, 137 Adsis Bestalde, 262 Bidesari, dividas en las distintas actividades: 207 en tratamiento de drogodependencias, 39 en inmigrantes y 16 en salidas programadas. 200 pe
rsonas privadas de libertad están acogidas en sus diferentes recursos. Los voluntarios atienden a 400.
En cuanto a la pregunta referida al número de pe
rsonas con patología mental atendidas, algunas entidades no cuentan con el dato porque no es relevante para la intervención que realizan, otras lo desconocen porque el centro pe
nitenciario no lo aporta o no lo tiene, o finalmente, como manifiesta Bidesari1, “Determinar el número exacto de pe
rsonas con alguna patología no es tarea fácil, por encontrarnos ante pe
rsonas que están en un contexto (la prisión) potenciador de trastornos adaptativos, de trastornos del estado de ánimo, así como un espacio donde socialmente van a parar pe
rsonas con trastornos mentales severos (trastornos psicóticos), así como trastornos por uso de sustancias comórbidos con trastornos de la pe
rsonalidad. Es por ello que cuantificar con exactitud es complicado. Eso sí, podemos afirmar que de las pe
rsonas con las que desarrollamos nuestra intervención psicoeducativa, el 80% de ellas tienen una estructura de pe
rsonalidad límite y en menor medida padecen un trastorno psicótico, siendo el espectro de las neurosis una realidad escasa en el colectivo que atendemos”. Salhaketa de Bizkaia sabe que “De las 74 pe
rsonas con las que mantiene un contacto de larga duración, 16 padecen patologías psiquátricas. Esto no implica que el resto, 193 pe
rsonas atendidas en el 2010, no tengan ningún tipo de patología, sino que desconocemos este dato” afirman.
La asociación Zubiko2 conoce que del total de 107 pe
rsonas atendidas, 18 hombres y 1 mujer presentan una patología diagnosticada. Etorkintza3 sabe que del total de 174 pe
rsonas atendidas en el año 2010, existen 9 casos de patología grave, aunque no especifica el tipo de trastorno. Loiola Etxea4, de un total de 64, tiene 14 pe
rsonas diagnosticadas. IRESGI5 tiene contabilizadas 141 pe
rsonas con tratamientos farmacológicos, entre los que se incluyen diversas patologías mentales. La Comisión Anti-Sida de Álava, de las 200 pe
rsonas acogidas, tiene constancia de que 50 presentan trastornos diversos, incluyendo la atención a toxicomanías y alcoholismo. Se puede concluir, por tanto, que en todas las organizaciones civiles, sean de tratamiento de toxicomanías, de inserción laboral o de cualquier otro ámbito, tienen que atender a pe
rsonas con diversos trastornos mentales.
Con respecto a la pregunta sobre la atención que reciben estas pe
rsonas en prisión, existe una total unanimidad en todas las pe
rsonas que han sido encuestadas. La respuesta es que NO reciben la atención precisa, como en el caso de la Comisión Ciudadana Anti-Sida de Álava6, que afirma: “…en prisión cumplen condena privativa de libertad un porcentaje muy elevado de pe
rsonas con enfermedad mental (26,6% de los internos tienen recogido uno o varios diagnósticos psiquiátricos en su historia clínica y el 3,2% tienen antecedentes de ingreso en psiquiátricos previos al ingreso en prisión), que en atención a sus patologías y necesidades, no deberían estar en un centro pe
nitenciario, sino asistidos y acogidos en recursos adecuados de la comunidad, con apoyos sociales y terapéuticos suficientes. Sin embargo, la carencia de recursos comunitarios de esta naturaleza es una realidad grave que necesita respuestas políticas, sociales, médicas y criminológicas. Como consecuencia, muchos internos e internas con enfermedad mental crónica y grave pe
rmanecen en prisión, hecho irrespetuoso con los principios constitucionales y de los derechos humanos”.
Salhaketa Araba7 afirma que el psiquiatra de Osakidetza que acude al centro pe
nitenciario no dispone del tiempo necesario ni de los medios materiales necesarios para atender a todos los pacientes. La asociación ADAP, que atiende a mujeres presas, afirma: “consideramos que no son atendidas o que, simplemente, son tratadas farmacológicamente, siendo el seguimiento individualizado y terapéutico muy escaso o nulo”.
ASAFES (Asociación de Enfermos y Familiares de Álava), aunque no tiene ningún programa de atención en los centros pe
nitenciarios es conocedora de las condiciones adecuadas que debe tener toda pe
rsona con enfermedad y afirman: “El tipo de atención no suele ser tan especifica como en un centro sanitario, desde luego, pe
ro se añade a esta circunstancia que un entorno estresante o no seguro es un factor detonante de crisis y recaídas para pe
rsonas con enfermedad mental grave. Esquizofrenia, trastorno bipolar y otros trastornos de la pe
rsonalidad, además de una medicación bien administrada, necesitan de unas condiciones de vida que favorezcan el buen pronóstico de la enfermedad, condiciones que en prisión no son fáciles de mantener”.
IRESGI8 afirma que las pe
rsonas con enfermedad mental son ante todo pe
rsonas enfermas y como tal se las debiera tratar, pe
ro en prisión son primero pe
rsonas presas y ello condiciona su tratamiento. Hay un gran número de asociaciones que consideran escasa la atención individualizada y, a la par, consideran que existe un exceso en la dispensación de medicación, además de que no se da la toma supervisada de la misma, lo que produce un gran descontrol.
La asociación Bidesari afirma que muchas de las pe
rsonas con enfermedad llegan a prisión como el último recurso, cuando han fracasado el resto de los recursos y ya no caben en ningún sitio. Entonces queda la prisión como espacio poco adecuado para la patología que padece, pe
ro al que se recurre con el fin de contener a la pe
rsona. Ella va a estar mal, pe
ro al menos no va a causar problemas fuera. Esta es la idea que preside el ingreso en prisión de muchas pe
rsonas:
“El espacio donde llega la pe
rsona va a activar sus síntomas. La descompensación se va a manifestar en conductas disruptivas que en la prisión van a tener respuestas disciplinarias, no terapéuticas. La externalización de los síntomas lleva a sanciones, mientras que síntomas internalizados llevan a la pe
rsonas a un estado depresivo-ansioso. Es por ello que las conductas autolíticas se multiplican y el riesgo de conductas suicidas también. La prisión no es el entorno más adecuado para las pe
rsonas con patologías psiquiátricas. Se trata de un medio hostil, generador de estrés, de agresividad, en el que la convivencia no es sencilla, lo que dificulta la estabilidad de las pe
rsonas enfermas.
En un entorno como este, donde las herramientas terapéuticas escasean, donde lo educativo y tratamental esta relegado por la seguridad, por la disciplina, es casi imposible establecer alianzas terapéuticas, imposibilitando una atención terapéutica y educativa de calidad”9.
Resaltan además el problema de aquellas pe
rsonas con enfermedad mental que llegan a prisión sin saber que la padecen, lo que de raíz impide una buena atención: “Las valoraciones diagnósticas que se realizan en este medio son escasas y cuando existen están oscurecidas por la desconfianza, por el estado de hipervigilancia de la pe
rsona ante cualquier profesional que es visto como un ‘juez’, como alguien que va a dañar, imposibilitando valoraciones reales del estado mental de la pe
rsona e impidiendo que se dé una alianza terapéutica que facilite la adherencia al tratamiento posterior”. Por último, destacan, la falta de recursos humanos especializados necesarios para el tratamiento, opinión compartida por la mayor parte de las asociaciones.
Ante la pregunta de qué necesidades detectan las entidades para la atención de estos pacientes, subrayan la necesidad de contar con un buen diagnóstico que sea tenido en cuenta en la fase previa al ingreso en prisión. En caso de que ingresen en prisión, apuntan la importancia de contar con información actualizada de la pe
rsona, para proporcionarle una medicación y una atención acorde con sus necesidades; instalaciones adecuadas, actividades específicas y pe
rsonal cualificado, no solo médico, sino también funcionarial; un seguimiento y control de la dispensación de la medicación y sobre todo la creación de recursos de acogida en la comunidad dirigidos a las pe
rsonas presas con enfermedad mental.
Comentan en la Comisión Ciudadana Anti-Sida de Álava10 que tras la apertura del nuevo centro pe
nitenciario, con capacidad potencial para más de 100 reclusos, la situación se agravará porque no se ha previsto la creación de nuevos recursos de acogida en la comunidad, especialmente aquellos que deben dirigirse a la atención de los internos e internas con enfermedades físicas y mentales graves.
También se insiste en la necesidad de una mayor implicación en la preparación de la salida de prisión para evitar recaídas; posibilitar la tramitación del reconocimiento de la discapacidad desde el centro pe
nitenciario, para que en el momento de la excarcelación cuenten ya con él; favorecer la figura de acompañantes para aquellas pe
rsonas con enfermedad sin familia, que precisan acompañamiento para poder acudir a centros de día o actividades fuera de los centros pe
nitenciarios.
La última cuestión planteada hacía referencia a la conveniencia o no de tener unidades psiquiátricas para el cumplimiento de las medidas de seguridad dentro de los centros pe
nitenciarios o en la red de salud mental comunitaria. Siguiendo el criterio planteado por Salhaketa Bizkaia11, ellos parten de la base de que la cárcel no es el espacio adecuado para tratar las enfermedades mentales y, por tanto, las pe
rsonas con problemáticas mentales graves no deben ingresar y deben recibir tratamiento en unidades extrapenitenciarias que se adecuen a sus necesidades. No obstante, para aquellas pe
rsonas con problemáticas menos graves, con independencia de que en momentos puntuales (brotes psicóticos, ausencias prolongadas, etc.) deban ser excarcelados para su tratamiento, mientras estén en prisión deberían contar con espacios diferenciados al del resto de las pe
rsonas presas, en los que el tratamiento médico-psiquiátrico centrara la prioridad de su cumplimiento pe
nitenciario en combinación con aquellos otros factores que los expertos en salud mental consideraran prioritarios para cada caso.
Proponen la creación de tres espacios diferenciados: primero, un espacio pe
nitenciario estándar en el que no debería haber ninguna pe
rsona con enfermedad mental; segundo, un espacio donde se priorice el tratamiento sanitario de aquellas pe
rsonas con problemáticas psicosanitarias leves (personas diagnosticadas y controladas con las terapias prescritas que puedan aplicarse en prisión, sin que esto suponga un agravamiento de su estado); y un tercer espacio fuera de la prisión para pe
rsonas con afecciones graves o que presenten afecciones que se puedan agravar con la estancia en prisión, bien porque esta dificulte el tratamiento o porque el tratamiento y/o la enfermedad sean incompatibles con la privación de libertad.
Como norma, finalizan, cualquier enfermedad o proceso pe
rsonal en el que la privación de libertad en un espacio pe
nitenciario sea un agravante de la situación o presente incompatibilidades con el tratamiento debe conllevar una excarcelación terapéutica y un ingreso en un espacio adecuado al tratamiento de la patología que se trate.
Desde la Asociación Bidesari12 apuntan el hecho de que la prisión como contexto, como escenario conductual solo va a agravar el deterioro de estas pe
rsonas, los síntomas se van a multiplicar, abonando el terreno para la comorbilidad, para la aparición de nuevos síntomas y descompensaciones producto de la prisionización. Por ello, valoran que no es el espacio para crear unidades especializadas y hay que apostar por darles cabida en recursos comunitarios específicos.
Por tanto, se valora como prioritario disponer en la red comunitaria de unidades preparadas para el cumplimiento de las medidas de seguridad, ya que en la actualidad la red sanitaria tiene reticencias para el abordaje de los casos más graves por la falta de recursos adecuados, sobre todo en temas de seguridad del pe
rsonal y de garantías en cuanto a la custodia de las y los pacientes más conflictivos.
A su vez, los operadores jurídicos desconfían de la adecuada ejecución de las mismas en el sistema sanitario por la falta de medios financieros, pe
rsonales y materiales, que denotan un evidente desinterés por la ejecución de pe
nas y medidas. Si en las pe
nas de prisión la carencia de medios es una clara causa de vulneración de derechos fundamentales, en las medidas de seguridad privativas y no privativas de libertad la carencia de dotaciones materiales las hace muy difícilmente aplicables. Un sistema coherente y preventivo eficaz para la ejecución de medidas de seguridad dirigidas a pe
rsonas con enfermedades o trastornos mentales o dependencias a drogas o alcohol favorecería la aplicación de las mismas por los juzgados y tribunales.
En general, todas las entidades se muestran partidarias de la atención de los enfermos mentales fuera del entorno pe
nitenciario, como afirman en la Comisión Anti-Sida de Álava, ya que la legislación pe
nal y la pe
nitenciaria establecen amplias posibilidades para propiciar la excarcelación y la atención de las pe
rsonas que cumplen una pe
na de prisión13.
Si algo se puede concluir con cierta claridad es la posibilidad de que una pe
rsona con enfermedad mental pueda cumplir la condena de privación de libertad en régimen abierto, libertad condicional o en modalidades similares. Se trata un objetivo humanitario, de dignidad, acorde con la patología mental, con los requisitos de rehabilitación y reincorporación social del paciente, y compatible con las políticas criminales de prevención del delito.
1 Anexo tercero, Bidesari.
2 Anexo tercero, Zubiko.
3 Anexo tercero, Etorkintza.
4 Anexo tercero, Loiola Etxea.
5 Anexo tercero, IRESGI.
6 Anexo tercero, Comisión Anti-Sida de Álava.
7 Anexo tercero, Salhaketa Araba.
8 Anexo tercero, IRESGI.
9 Anexo tercero, Bidesari.
10 Anexo tercero, Comisión Anti-Sida de Álava.
11 Anexo tercero, Salhaketa Bizkaia.
12 Anexo tercero, Bidesari.
13 Anexo tercero, Comisión Anti-Sida de Álava.
2. Aportaciones recogidas en el año 2013
Desde el inicio de la elaboración de este informe sobre salud mental en los centros pe
nitenciarios se ha producido una serie de cambios importantes en la atención de las pe
rsonas con trastornos de salud mental y privadas de libertad. Por un lado, el Ministerio del Interior inició en el año 2009 el Programa Marco de Atención Integral a Enfermos Mentales en Centros Pe
nitenciarios (PAIEM), pe
ro no ha sido hasta fechas muy recientes cuando se ha ido desarrollando de forma progresiva en los centros pe
nitenciarios de la CAPV.
Por otro lado, en julio de 2011 se produjo la transferencia parcial de la sanidad pe
nitenciaria a Osakidetza. Ambos procesos han podido influir de manera relevante en la atención de las pe
rsonas con enfermedad mental y por esa razón se vio la necesidad de estudiar el impacto de ambos cambios en los centros pe
nitenciarios, así como la incidencia de los mismos en las organizaciones civiles que intervienen en los centros pe
nitenciaros de la CAPV.
Para ello, en octubre de 2013 se remitió una nueva encuesta a las entidades que desarrollan su intervención en el ámbito pe
nitenciario que ya habían prestado su colaboración en el desarrollo de este estudio con sus aportaciones en la primera encuesta, realizada en el año 2011.
En esta ocasión, a las preguntas ya formuladas en 2011 se han añadido cuestiones centradas en el conocimiento que tienen sobre el PAIEM como programa específico para pe
rsonas con enfermedad mental en prisión, y sobre el impacto que pe
rciben en sus usuarios y usuarias desde que se produjo la transferencia parcial de la sanidad pe
nitenciaria a Osakidetza, así como la valoración que hacen de la misma. Dicha encuesta se remitió a las siguientes entidades:
Entidades de Araba/Álava: ADAP (Asociación de Ayuda al Preso), Comisión Anti-Sida de Álava y Salhaketa.
Entidades de Gipuzkoa: Asociación Arrats, Cruz Roja, Fundación Izan, Loiola Etxea e IRESGI (Instituto Vasco de Inserción Social y Victimología).
Entidades de Bizkaia: Fundación Adsis, Asociación Bidesari, Fundación Etorkintza, Fundación Gizakia, Salhaketa, Zubietxe y Asociación Zubiko.
De las preguntas relacionadas con el conocimiento que las entidades tienen del PAIEM sorprende, por un lado, el hecho de que las organizaciones civiles saben que existe el programa, pe
ro casi ninguna tiene una información específica sobre su aplicación, sobre las pe
rsonas que están incluidas en el mismo, ni sus objetivos. Por otro lado, hay un mayor conocimiento en las entidades de Gipuzkoa que en las de los otros territorios. Así, tanto la Cruz Roja como IRESGI1 tienen pe
rsonas incluidas en dicho programa y consideran que mejora la atención con una pe
rspectiva transversal, integradora y multidisciplinar. Esta entidad también manifiesta que en el Centro Pe
nitenciario de Martutene existe un curso específico para pe
rsonas con enfermedad mental grave al que acuden algunos de sus usuarios y con menor afectación se incorporan a cursos normalizados.
Además, parece que la aplicación del programa se está circunscribiendo al ámbito de los centros pe
nitenciarios, donde las y los profesionales que participan en su aplicación hacen mención a la mejoría que supone la coordinación entre diferentes profesionales que interactúan con la pe
rsona con enfermedad mental dentro de la prisión. No obstante, uno de los objetivos del PAIEM es el plan de reincorporación social, que pretende optimizar la incorporación social de las pe
rsonas con enfermedad mental y la derivación adecuada a los recursos sociosanitarios comunitarios. Esa parte parece que no se está haciendo o al menos no en coordinación con las organizaciones civiles, ya que no ha habido una información clara del desarrollo del programa, de los pacientes incluidos en él o de los planes individualizados que se están desarrollando.
Otro aspecto importante y al que hacen mención la mayor parte de las organizaciones es que se siguen infravalorando los trastornos de pe
rsonalidad. Las autoridades sanitarias calculan que el 80% de la población pe
nitenciaria los padecen e incomprensiblemente no se incluyen en el PAIEM. Hay que tener en cuenta que en la psiquiatría, en general, el trastorno de la pe
rsonalidad conlleva generalmente la etiqueta de intratable. Las pe
rsonas aquejadas de estos trastornos son pe
rcibidas como manipuladoras, buscadoras de atención y molestas, no mentalmente enfermas, con capacidad de controlar sus conductas, refractarias al tratamiento y con mal pronóstico (E. Echeburúa y P. Corral), pe
ro su comportamiento en la prisión es claramente disruptivo y generador de conflictos de forma pe
rmanente. Por tanto, parece razonable intentar volcarse en lograr un buen diagnóstico de estos pacientes y en buscar el tratamiento adecuado, en vez de ignorarlos y no verlos como enfermos sino como sujetos susceptibles de ser sancionados y, en última instancia, forzar los traslados a prisiones con un régimen más severo, donde prime la sanción frente a otras consideraciones de índole rehabilitador.
Otra cuestión que reiteran varias entidades es que la atención de las pe
rsonas con enfermedad mental se centra mucho en el momento de la crisis y no se realiza un seguimiento continuado. Insisten en que hay que reforzar el marco psicoterapéutico, por entender que no es suficiente la medicación, y que hay que favorecer ese tipo de apoyo. Para ello sería necesario contar con más profesionales dentro de los centros, según algunos, y en otros casos se propone que lo idóneo sería posibilitar la excarcelación de los enfermos mentales a lugares adecuados, porque la prisión es en sí misma un medio hostil, generador de estrés y de agresividad, es un espacio generador de patologías psiquiátricas y, por tanto, hay que hacer lo posible para que la pe
rsona con enfermedad mental no pe
rmanezca en un ambiente opresivo y estresante que dificulte su estabilidad: “Lo verdaderamente acuciante es realizar programas dirigidos hacia el exterior con una preparación previa de estos pacientes, para así encontrar la mayor adecuación entre el recurso comunitario y el pe
rfil del paciente”. Es necesario adecuar el régimen sancionador al pe
rfil de la pe
rsona presa, primando lo sanitario sobre lo regimental.
En general, a pe
sar del desconocimiento concreto de las repercusiones del PAIEM, sí se valora como positivo que exista un plan de intervención específico para las pe
rsonas aquejadas de enfermedad mental. Consideran que el diseño del programa puede favorecer la mejora de estas pe
rsonas, así como una mejor definición y diseño de itinerarios pe
rsonalizados para la futura integración sociolaboral de la pe
rsona. Sin embargo, también se apuntan las dificultades que entraña su aplicación por diversas razones: los espacios físicos inadecuados y la falta de profesionales de salud mental; la carencia de actividades adecuadas para esta población; los diagnósticos que se realizan dentro de prisión en pe
rsonas que no han tenido una atención previa en la comunidad y donde la enfermedad mental puede venir provocada por variables propias de la privación de libertad, como pueden ser trastornos adaptativos, trastornos del estado de ánimo, que es difícil valorar para una intervención futura.
Por lo que se refiere a la administración de medicación, se valora positivamente el que se administre de forma supervisada, aunque no en todos los centros pe
nitenciarios se hace de este modo, con el consiguiente mal uso de la misma. Existe un mercado paralelo de la medicación, que posibilita el acceso a fármacos psiquiátricos a pe
rsonas no enfermas, por una inadecuada administración de la medicación. Otro aspecto que preocupa es que se observan pacientes que reciben un exceso de medicación y cuando acceden a la red externa ven reducida de forma considerable la misma, por no ser adecuada.
También se señala el hecho de que no se facilita a las personas internas la tramitación de tarjetas sanitarias, DNI, empadronamientos, documentos que son de suma importancia cuando salen en libertad. Destacan la conveniencia de disponer de informes en el momento de la excarcelación donde consten los diagnósticos y los tratamientos recibidos, así como las citas concertadas en sus centros de salud correspondientes tras la puesta en libertad.
La transferencia parcial de la sanidad a Osakidetza se valora por parte de todas la entidades como positiva, a excepción de dos de ellas que consideran que las horas de atención psiquiátricas son insuficientes para el número de pe
rsonas que hay con patología mental. Aunque muchas entidades comparten ese criterio y aún no tienen una constancia muy clara de la mejoría que ha supuesto para sus usuarios dicha trasferencia, sí se valora como algo positivo y se tiene confianza en que la atención de todos los internos va a mejorar a medio y largo plazo.
La creación de los centros de salud en cada centro pe
nitenciario, el acceso a la historia clínica y la implantación de la telemedicina son mejoras que a la larga van a redundar en la mejor atención de todos los internos, facilitando el acceso a los recursos sanitarios de la red de Osakidetza.