1. Aportaciones recogidas en el año 2011
METODOLOGÍA DE RECOGIDA DE LA INFORMACIÓN
Con el fin de conocer la opinión de las organizaciones civiles que intervienen en los centros penitenciarios de la CAPV, se elaboró un cuestionario con once preguntas, ocho de las cuales eran cerradas y dirigidas a conocer los fines y objetivos de cada entidad; el objetivo del proyecto en prisión; el centro penitenciario en el que interviene; el año de inicio de la intervención y el número de horas de intervención en los centros penitenciarios; el número de personas dedicadas a la misma y el número de personas atendidas.
Dichas cuestiones son relevantes para saber de qué tipo de entidades se trata, las características de su actividad en el medio penitenciario, su experiencia en el campo de la intervención con personas privadas de libertad y su inestimable aportación para valorar la atención que reciben sus usuarios y usuarias dentro de los centros penitenciarios. Las restantes eran abiertas y recogen los percepción de la entidad con respecto a la atención de las personas con enfermedad mental en los centros penitenciarios; si consideran que son bien atendidas y por qué; las necesidades que detectan para la atención de esos/as pacientes; y, por último, el criterio de la entidad sobre si el centro penitenciario debe o no tener unidades psiquiátricas o si debe ser la red pública la que cree unidades especiales, con sistemas de seguridad y personal de vigilancia, para las personas con enfermedad mental que cometan delitos y precisen un internamiento. Las aportaciones de las asociaciones resultan también relevantes para indicar los criterios y los itinerarios que se deben seguir para mejorar dicha atención.
Las entidades a las que se ha remitido el cuestionario son:
Entidades de Araba/Álava: Comisión Anti-Sida de Álava, Salhaketa, ADAP y ASAFES.
Entidades de Bizkaia: Salhaketa Bizkaia, Comisión Anti-Sida, Bizitegi, Goiztiri, Izangai, Fundación Gizakia, Fundación Etorkintza, Adsis Bestalde, Bidesari, Pastoral Penitenciaria, Zubietxe, Zubia, AVIFES, Susterra y Lagun-Artean.
Entidades de Gipuzkoa: Cruz Roja, Fundación Izan, Loiola Etxea, Arrats y AGIFES.
RESULTADOS
De las 24 entidades a las que se ha remitido el cuestionario, han respondido un total de 15. Las que no han respondido ha sido o porque no tenían datos sobre el tema o porque consideraban irrelevantes los datos que podían aportar, y en dos casos no se ha podido concretar la razón para no responder. Se envió por mail una primera solicitud, se reenvió posteriormente un recordatorio y, por último, se contactó telefónicamente con las entidades que no habían respondido para reiterar la petición o para que renunciaran expresamente a responderla por los motivos anteriormente señalados.
El ámbito de actuación de las mismas es diverso. Por una parte, aquellas que realizan específicamente tratamiento de rehabilitación de drogas: Fundación Gizakia y Fundación Etorkintza en Bizkaia; Fundación Izan y Cruz Roja en Gipuzkoa; y Salhaketa de Bizkaia y de Araba/Álava, que realizan denuncias de las condiciones de vida en prisión. Por otra parte, están aquellas que hacen acompañamientos en procesos de rehabilitación, como Bidesari y Bestalde en Bizkaia; Loiola Etxea en Gipuzkoa; y la Comisión Anti-Sida y ADAP de Araba/Álava. De inserción sociolaboral y deportivo: Iresgi en Gipuzkoa y Zubiko en Bizkaia. Todas presentan largos años de experiencia en sus ámbitos de trabajo, desde las que se iniciaron en el año 1985, como la Fundación Izan en Gipuzkoa, o en el año 1987, como es el caso de la fundación Etorkintza y de la Fundación Gizakia, hasta la más joven en su intervención en prisión, que es la Cruz Roja de Gipuzkoa, que está desarrollando su proyecto en el Centro Penitenciario de Martutene desde hace cuatro años.
La entidad con mayor número de personas atendidas es IRESGI, que desarrolla sus actividades en el Centro Penitenciario de Martutene, con un total de 1.000 personas, siendo de suponer que al tratarse de actividades deportivas y socioculturales, participan la mayor parte de los internos. De ese total, 141 personas reciben tratamiento farmacológico por presentar diversas patologías mentales. Esta entidad desarrolla prácticamente toda su jornada laboral dentro del centro penitenciario (40 horas semanales, 6 días a la semana). El resto oscila en torno a las 200 atenciones anuales, 174 Etorkintza, 148 Fundación Gizakia, 137 Adsis Bestalde, 262 Bidesari, dividas en las distintas actividades: 207 en tratamiento de drogodependencias, 39 en inmigrantes y 16 en salidas programadas. 200 personas privadas de libertad están acogidas en sus diferentes recursos. Los voluntarios atienden a 400.
En cuanto a la pregunta referida al número de personas con patología mental atendidas, algunas entidades no cuentan con el dato porque no es relevante para la intervención que realizan, otras lo desconocen porque el centro penitenciario no lo aporta o no lo tiene, o finalmente, como manifiesta Bidesari1, “Determinar el número exacto de personas con alguna patología no es tarea fácil, por encontrarnos ante personas que están en un contexto (la prisión) potenciador de trastornos adaptativos, de trastornos del estado de ánimo, así como un espacio donde socialmente van a parar personas con trastornos mentales severos (trastornos psicóticos), así como trastornos por uso de sustancias comórbidos con trastornos de la personalidad. Es por ello que cuantificar con exactitud es complicado. Eso sí, podemos afirmar que de las personas con las que desarrollamos nuestra intervención psicoeducativa, el 80% de ellas tienen una estructura de personalidad límite y en menor medida padecen un trastorno psicótico, siendo el espectro de las neurosis una realidad escasa en el colectivo que atendemos”. Salhaketa de Bizkaia sabe que “De las 74 personas con las que mantiene un contacto de larga duración, 16 padecen patologías psiquátricas. Esto no implica que el resto, 193 personas atendidas en el 2010, no tengan ningún tipo de patología, sino que desconocemos este dato” afirman.
La asociación Zubiko2 conoce que del total de 107 personas atendidas, 18 hombres y 1 mujer presentan una patología diagnosticada. Etorkintza3 sabe que del total de 174 personas atendidas en el año 2010, existen 9 casos de patología grave, aunque no especifica el tipo de trastorno. Loiola Etxea4, de un total de 64, tiene 14 personas diagnosticadas. IRESGI5 tiene contabilizadas 141 personas con tratamientos farmacológicos, entre los que se incluyen diversas patologías mentales. La Comisión Anti-Sida de Álava, de las 200 personas acogidas, tiene constancia de que 50 presentan trastornos diversos, incluyendo la atención a toxicomanías y alcoholismo. Se puede concluir, por tanto, que en todas las organizaciones civiles, sean de tratamiento de toxicomanías, de inserción laboral o de cualquier otro ámbito, tienen que atender a personas con diversos trastornos mentales.
Con respecto a la pregunta sobre la atención que reciben estas personas en prisión, existe una total unanimidad en todas las personas que han sido encuestadas. La respuesta es que NO reciben la atención precisa, como en el caso de la Comisión Ciudadana Anti-Sida de Álava6, que afirma: “…en prisión cumplen condena privativa de libertad un porcentaje muy elevado de personas con enfermedad mental (26,6% de los internos tienen recogido uno o varios diagnósticos psiquiátricos en su historia clínica y el 3,2% tienen antecedentes de ingreso en psiquiátricos previos al ingreso en prisión), que en atención a sus patologías y necesidades, no deberían estar en un centro penitenciario, sino asistidos y acogidos en recursos adecuados de la comunidad, con apoyos sociales y terapéuticos suficientes. Sin embargo, la carencia de recursos comunitarios de esta naturaleza es una realidad grave que necesita respuestas políticas, sociales, médicas y criminológicas. Como consecuencia, muchos internos e internas con enfermedad mental crónica y grave permanecen en prisión, hecho irrespetuoso con los principios constitucionales y de los derechos humanos”.
Salhaketa Araba7 afirma que el psiquiatra de Osakidetza que acude al centro penitenciario no dispone del tiempo necesario ni de los medios materiales necesarios para atender a todos los pacientes. La asociación ADAP, que atiende a mujeres presas, afirma: “consideramos que no son atendidas o que, simplemente, son tratadas farmacológicamente, siendo el seguimiento individualizado y terapéutico muy escaso o nulo”.
ASAFES (Asociación de Enfermos y Familiares de Álava), aunque no tiene ningún programa de atención en los centros penitenciarios es conocedora de las condiciones adecuadas que debe tener toda persona con enfermedad y afirman: “El tipo de atención no suele ser tan especifica como en un centro sanitario, desde luego, pero se añade a esta circunstancia que un entorno estresante o no seguro es un factor detonante de crisis y recaídas para personas con enfermedad mental grave. Esquizofrenia, trastorno bipolar y otros trastornos de la personalidad, además de una medicación bien administrada, necesitan de unas condiciones de vida que favorezcan el buen pronóstico de la enfermedad, condiciones que en prisión no son fáciles de mantener”.
IRESGI8 afirma que las personas con enfermedad mental son ante todo personas enfermas y como tal se las debiera tratar, pero en prisión son primero personas presas y ello condiciona su tratamiento. Hay un gran número de asociaciones que consideran escasa la atención individualizada y, a la par, consideran que existe un exceso en la dispensación de medicación, además de que no se da la toma supervisada de la misma, lo que produce un gran descontrol.
La asociación Bidesari afirma que muchas de las personas con enfermedad llegan a prisión como el último recurso, cuando han fracasado el resto de los recursos y ya no caben en ningún sitio. Entonces queda la prisión como espacio poco adecuado para la patología que padece, pero al que se recurre con el fin de contener a la persona. Ella va a estar mal, pero al menos no va a causar problemas fuera. Esta es la idea que preside el ingreso en prisión de muchas personas:
“El espacio donde llega la persona va a activar sus síntomas. La descompensación se va a manifestar en conductas disruptivas que en la prisión van a tener respuestas disciplinarias, no terapéuticas. La externalización de los síntomas lleva a sanciones, mientras que síntomas internalizados llevan a la personas a un estado depresivo-ansioso. Es por ello que las conductas autolíticas se multiplican y el riesgo de conductas suicidas también. La prisión no es el entorno más adecuado para las personas con patologías psiquiátricas. Se trata de un medio hostil, generador de estrés, de agresividad, en el que la convivencia no es sencilla, lo que dificulta la estabilidad de las personas enfermas.
En un entorno como este, donde las herramientas terapéuticas escasean, donde lo educativo y tratamental esta relegado por la seguridad, por la disciplina, es casi imposible establecer ali
anzas terapéuticas, imposibilitando una atención terapéutica y educativa de calidad”9.
Resaltan además el problema de aquellas personas con enfermedad mental que llegan a prisión sin saber que la padecen, lo que de raíz impide una buena atención: “Las valoraciones diagnósticas que se realizan en este medio son escasas y cuando existen están oscurecidas por la desconfianza, por el estado de hipervigilancia de la persona ante cualquier profesional que es visto como un ‘juez’, como alguien que va a dañar, imposibilitando valoraciones reales del estado mental de la persona e impidiendo que se dé una ali
anza terapéutica que facilite la adherencia al tratamiento posterior”. Por último, destacan, la falta de recursos humanos especializados necesarios para el tratamiento, opinión compartida por la mayor parte de las asociaciones.
Ante la pregunta de qué necesidades detectan las entidades para la atención de estos pacientes, subrayan la necesidad de contar con un buen diagnóstico que sea tenido en cuenta en la fase previa al ingreso en prisión. En caso de que ingresen en prisión, apuntan la importancia de contar con información actualizada de la persona, para proporcionarle una medicación y una atención acorde con sus necesidades; instalaciones adecuadas, actividades específicas y personal cualificado, no solo médico, sino también funcionarial; un seguimiento y control de la dispensación de la medicación y sobre todo la creación de recursos de acogida en la comunidad dirigidos a las personas presas con enfermedad mental.
Comentan en la Comisión Ciudadana Anti-Sida de Álava10 que tras la apertura del nuevo centro penitenciario, con capacidad potencial para más de 100 reclusos, la situación se agravará porque no se ha previsto la creación de nuevos recursos de acogida en la comunidad, especialmente aquellos que deben dirigirse a la atención de los internos e internas con enfermedades físicas y mentales graves.
También se insiste en la necesidad de una mayor implicación en la preparación de la salida de prisión para evitar recaídas; posibilitar la tramitación del reconocimiento de la discapacidad desde el centro penitenciario, para que en el momento de la excarcelación cuenten ya con él; favorecer la figura de acompañantes para aquellas personas con enfermedad sin familia, que precisan acompañamiento para poder acudir a centros de día o actividades fuera de los centros penitenciarios.
La última cuestión planteada hacía referencia a la conveniencia o no de tener unidades psiquiátricas para el cumplimiento de las medidas de seguridad dentro de los centros penitenciarios o en la red de salud mental comunitaria. Siguiendo el criterio planteado por Salhaketa Bizkaia11, ellos parten de la base de que la cárcel no es el espacio adecuado para tratar las enfermedades mentales y, por tanto, las personas con problemáticas mentales graves no deben ingresar y deben recibir tratamiento en unidades extrapenitenciarias que se adecuen a sus necesidades. No obstante, para aquellas personas con problemáticas menos graves, con independencia de que en momentos puntuales (brotes psicóticos, ausencias prolongadas, etc.) deban ser excarcelados para su tratamiento, mientras estén en prisión deberían contar con espacios diferenciados al del resto de las personas presas, en los que el tratamiento médico-psiquiátrico centrara la prioridad de su cumplimiento penitenciario en combinación con aquellos otros factores que los expertos en salud mental consideraran prioritarios para cada caso.
Proponen la creación de tres espacios diferenciados: primero, un espacio penitenciario estándar en el que no debería haber ninguna persona con enfermedad mental; segundo, un espacio donde se priorice el tratamiento sanitario de aquellas personas con problemáticas psicosanitarias leves (personas diagnosticadas y controladas con las terapias prescritas que puedan aplicarse en prisión, sin que esto suponga un agravamiento de su estado); y un tercer espacio fuera de la prisión para personas con afecciones graves o que presenten afecciones que se puedan agravar con la estancia en prisión, bien porque esta dificulte el tratamiento o porque el tratamiento y/o la enfermedad sean incompatibles con la privación de libertad.
Como norma, finalizan, cualquier enfermedad o proceso personal en el que la privación de libertad en un espacio penitenciario sea un agravante de la situación o presente incompatibilidades con el tratamiento debe conllevar una excarcelación terapéutica y un ingreso en un espacio adecuado al tratamiento de la patología que se trate.
Desde la Asociación Bidesari12 apuntan el hecho de que la prisión como contexto, como escenario conductual solo va a agravar el deterioro de estas personas, los síntomas se van a multiplicar, abonando el terreno para la comorbilidad, para la aparición de nuevos síntomas y descompensaciones producto de la prisionización. Por ello, valoran que no es el espacio para crear unidades especializadas y hay que apostar por darles cabida en recursos comunitarios específicos.
Por tanto, se valora como prioritario disponer en la red comunitaria de unidades preparadas para el cumplimiento de las medidas de seguridad, ya que en la actualidad la red sanitaria tiene reticencias para el abordaje de los casos más graves por la falta de recursos adecuados, sobre todo en temas de seguridad del personal y de garantías en cuanto a la custodia de las y los pacientes más conflictivos.
A su vez, los operadores jurídicos desconfían de la adecuada ejecución de las mismas en el sistema sanitario por la falta de medios financieros, personales y materiales, que denotan un evidente desinterés por la ejecución de penas y medidas. Si en las penas de prisión la carencia de medios es una clara causa de vulneración de derechos fundamentales, en las medidas de seguridad privativas y no privativas de libertad la carencia de dotaciones materiales las hace muy difícilmente aplicables. Un sistema coherente y preventivo eficaz para la ejecución de medidas de seguridad dirigidas a personas con enfermedades o trastornos mentales o dependencias a drogas o alcohol favorecería la aplicación de las mismas por los juzgados y tribunales.
En general, todas las entidades se muestran partidarias de la atención de los enfermos mentales fuera del entorno penitenciario, como afirman en la Comisión Anti-Sida de Álava, ya que la legislación penal y la penitenciaria establecen amplias posibilidades para propiciar la excarcelación y la atención de las personas que cumplen una pena de prisión13.
Si algo se puede concluir con cierta claridad es la posibilidad de que una persona con enfermedad mental pueda cumplir la condena de privación de libertad en régimen abierto, libertad condicional o en modalidades similares. Se trata un objetivo humanitario, de dignidad, acorde con la patología mental, con los requisitos de rehabilitación y reincorporación social del paciente, y compatible con las políticas criminales de prevención del delito.
1 Anexo tercero, Bidesari.
2 Anexo tercero, Zubiko.
3 Anexo tercero, Etorkintza.
4 Anexo tercero, Loiola Etxea.
5 Anexo tercero, IRESGI.
6 Anexo tercero, Comisión Anti-Sida de Álava.
7 Anexo tercero, Salhaketa Araba.
8 Anexo tercero, IRESGI.
9 Anexo tercero, Bidesari.
10 Anexo tercero, Comisión Anti-Sida de Álava.
11 Anexo tercero, Salhaketa Bizkaia.
12 Anexo tercero, Bidesari.
13 Anexo tercero, Comisión Anti-Sida de Álava.