2.Quejas destacadas
El proceso anual de admisión del alumnado sigue dando lugar a un significativo número de quejas. En la mayoría de ellas se ha denunciado la utilización abusiva de los datos de padrón. Ello pone en evidencia, una vez más, la falta de medidas para atajar este tipo de prácticas que tratan de reforzar las posibilidades de acceso a determinados centros educativos haciendo valer el criterio prioritario de proximidad de domicilio familiar.
No obstante, también se han recibido quejas sobre la aplicación de otros criterios prioritarios de admisión como el relativo a la renta familiar. Una de estas últimas quejas ha motivado que hayamos dictado la Resolución del Ararteko de 28 de octubre de 2013, en la que se recuerda a los responsables educativos la necesidad de ajustarse a las correspondientes normas forales reguladoras del impuesto sobre la renta de las personas físicas al determinar lo que se debe entender como unidad familiar, e instamos, en consecuencia, a que revisen la decisión adoptada con respecto a una solicitud de admisión formulada en el proceso de admisión del alumnado convocado para el curso académico 2013-2014.
Este año se han repetido también las quejas en las que, debido a la falta de plazas suficientes para atender la totalidad de la demanda planteada, se ha solicitado el incremento de la ratio autorizada, para lograr así el agrupamiento de hermanos, etc. Como en ocasiones anteriores, desde esta institución hemos hecho saber a los interesados que la superación de las ratios vigentes solo tiene lugar, de manera excepcional, por motivos tasados, previa solicitud expresa por parte de los centros, y que la previsión existente para ampliar la ratio en un diez por ciento está orientada a posibilitar la escolarización del alumnado que deba ser escolarizado una vez comenzado el curso.
Fuera de este proceso ordinario de carácter anual, la admisión del alumnado se gestiona mediante las comisiones territoriales de escolarización, las cuales, al plantear sus propuestas, además de la voluntad expresada por las familias, deben perseguir una integración lo más normalizada posible en nuestro sistema educativo, atendiendo, de manera particular, a los criterios que siguen: 1) la proximidad del centro en relación al domicilio familiar y existencia de hermanos ya escolarizados; 2) el equilibrio entre todos los centros (públicos y concertados) sostenidos con fondos públicos; 3) el aprovechamiento eficiente de los recursos técnicos y humanos existentes en los centros y 4) la idoneidad del centro para dar la mejor respuesta educativa al alumno/a.
Las quejas recibidas el año 2013 nos han permitido comprobar que, en general, estas comisiones han actuado de manera correcta. Queremos destacar a este respecto, a modo de ejemplo, las decisiones tomadas en el municipio de Ondarroa
, donde los alumnos recién incorporados lo han sido en centros concertados habiéndose logrado así un reparto equilibrado de los mismos.
Aun cuando en estos momentos sigue pendiente de resolución definitiva, consideramos que debemos hacer referencia a una queja en la que se cuestiona la procedencia de que la Administración educativa pueda señalar la escolarización en un centro concertado próximo al lugar de residencia, pese a la existencia de una oferta pública en zonas limítrofes, haciendo depender de ello el reconocimiento o no del servicio complementario de transporte escolar. En definitiva, la Administración educativa parece asumir la posibilidad de limitar el derecho a la libre elección de centro de los padres o tutores, aun cuando lo sea de manera indirecta, dada su negativa a reconocer el servicio complementario de transporte escolar, en aquellos casos en los que el modelo lingüístico demandado no sea ofertado por centros públicos de la zona, pero sí lo haga, en cambio, algún centro concertado.
En lo que respecta a cuestiones de planificación educativa, tal y como viene siendo habitual, las mayores dificultades continúan teniendo lugar en la etapa inicial entre cero a tres años, sobre todo en la oferta de aulas de dos años.
Han sido varias las localidades que han dado lugar a la presentación de quejas (Vitoria-Gasteiz, Ermua, Hernani…). Pero de todas ellas creemos de interés destacar el caso de Barakaldo.
Ya en nuestro último informe anual correspondiente al año 2012 nos hicimos eco de la queja presentada ante esta institución con el fin de canalizar la demanda ciudadana existente en este municipio. En estos momentos, cabe afirmar que el municipio de Barakaldo es una de las zonas más deficitarias en matrícula pública en el tramo de cero a dos años. Así lo señalan los datos del último informe del Consejo Escolar de Euskadi “La Educación en Euskadi 2010-2012” y lo corroboran también los datos facilitados por el Ayuntamiento con respecto al número de solicitudes de admisión recibidas en las escuelas infantiles municipales que no han podido ser atendidas.
La tramitación seguida en torno a esta queja nos ha hecho recordar algunas de las reflexiones que incluíamos en nuestro Informe anual al Parlamento Vasco correspondiente al año 2003, cuando nos referíamos al proceso de implantación de la atención educativa a los niños y niñas de cero a tres años. A nuestro modo de ver, esta queja es un ejemplo demostrativo de las consecuencias que se pueden seguir de la renuncia de la Administración educativa a liderar una oferta propia cuando la iniciativa municipal rechaza su integración en el Consorcio.
Pero, con todo, a juicio de esta institución, es necesario que el Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura del Gobierno Vasco, junto con el Ayuntamiento de Barakaldo, en el ejercicio de las competencias que tienen respectivamente atribuidas, adopten las iniciativas oportunas que permitan reconducir esta situación deficitaria de plazas en el tramo de cero a dos años y situar el porcentaje de cobertura en unos índices cercanos a las referencias de planificación aprobadas.
Siguiendo con cuestiones referidas a planificación, destacaremos también la queja promovida por la Asociación de Padres-Madres de la escuela pública La Baluga “Handitzen”, quienes demandan para Sopuerta una oferta educativa pública, también en la etapa de educación primaria.
En este caso ha surgido una cuestión incidental que está condicionando las posibilidades de actuación de la Administración educativa. Se trata de las obligaciones dispuestas en la escritura de donación de la finca que acoge las instalaciones de la escuela infantil. La intervención de esta institución ha permitido a los interesados tener acceso a los informes jurídicos que obran como documentación en el expediente.
No obstante, más allá de esta cuestión incidental de cuya relevancia nos hacemos cargo, entendemos que la Administración educativa no puede dejar de considerar su responsabilidad en lo que se refiere a la programación de una oferta educativa que dé cumplida respuesta a esta demanda que trata de promover en Sopuerta una oferta educativa pública también en la etapa de educación primaria.
Mencionaremos por último la queja tramitada en relación con la oferta programada de enseñanzas en euskera en el Conservatorio Juan Crisóstomo de Arriaga de Bilbao. En nuestra opinión, la planificación aprobada para el presente curso 2013-2014 ha ignorado el compromiso previamente adquirido de abrir un grupo más de euskera en grado elemental en la planificación del curso 2013-14, para que la oferta esté equilibrada (dos grupos en euskera y dos en castellano), sin que el equipo directivo haya ofrecido una explicación suficiente como para justificar dicha decisión.
Este año 2013 se ha mantenido la tónica que ya destacamos el pasado año con respecto al incremento de quejas referidas a las enseñanzas de formación profesional y que, según nuestro criterio, puede obedecer a la actual coyuntura de crisis económica, que empuja a muchos jóvenes a completar su formación con estudios que les puedan facilitar su incorporación al mercado laboral.
Una parte de ellas han querido poner de relieve la falta de plazas suficientes para atender la demanda creciente de este tipo de estudios. En otras, se han denunciado los incidentes habituales de gestión en las pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior cuando se trata de candidatos que, habiendo superado previamente un ciclo de grado medio, confían en quedar exentos de la parte específica de la que consta la prueba. El pasado año 2012, la actitud colaboradora del Departamento de Educación permitió subsanar los errores denunciados. Sin embargo, este año no todos los casos se han resuelto de manera satisfactoria. A nuestro juicio, los nuevos responsables deberían plantearse reconsiderar el modo en que se gestionan estas convocatorias de pruebas de acceso a ciclos formativos de grado superior, para evitar que este tipo de errores puedan truncar las expectativas de formación de los candidatos interesados que tiene superado un ciclo de grado medio.
En cuanto a la enseñanza de idiomas, este año debemos destacar la modificación normativa introducida en el baremo de admisión a los centros públicos que imparten estos estudios. En el informe del ejercicio anterior, reflejábamos de modo especial las quejas presentadas con origen en la circunstancia de que los solicitantes mayores de cuarenta años no recibían puntuación por el apartado de edad frente a la otorgada a los encuadrados en otros tramos. Esta situación ha sufrido un cambio, puesto que la Orden de 3 de julio de 2013, reguladora de la admisión y matriculación del alumnado interesado en estas enseñanzas, no establece diferencias entre los mayores de dieciocho años.
Esta normativa de admisión ha motivado, sin embargo, la interposición de nuevas quejas debido a las limitaciones impuestas a las personas inmigrantes que carecen de número de identificación de extranjeros (NIE).
A este respecto, los responsables educativos han defendido que la ordenación de las enseñanzas que efectúa la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y que distingue las enseñanzas de idiomas como enseñanzas de régimen especial, permite matizar el alcance de la sentencia núm. 236/2007, de 7 de noviembre, del Tribunal Constitucional (RTC 2007236), si bien han mostrado su compromiso de permitir la matriculación de las personas extranjeras, sin necesidad de exigirles el Número de Identificación de Extranjeros (NIE), cuando queden plazas vacantes una vez finalizados los procesos de admisión y matriculación del alumnado.
Por otra parte, este año se han presentado varias quejas relacionadas con la exención de la asignatura de lengua vasca y literatura. Como es sabido, el Departamento de Educación determina curso a curso los términos que pueden dar lugar a que el alumnado que haya iniciado sus estudios en un sistema educativo que no incluya el área o materia de Lengua y Literatura Vasca pueda ser eximido de la enseñanza y/o evaluación de esta asignatura. Precisamente las instrucciones dictadas para el pasado curso 2012-2013 limitaban la posibilidad de prórroga de la exención de evaluación hasta un máximo de cuatro cursos. Los alumnos que promovían estas quejas se habían incorporado al sistema educativo de la CAPV en el curso 2008-2009. De ahí la negativa fundamentada de la Administración educativa a autorizar la nueva exención, al haber completado todos ellos los cuatro cursos a los que se puede extender esta prórroga excepcional.
Creemos de interés destacar también la queja tramitada a instancia de una interesada cuya pretensión era la de ver reconocida la exención de la necesidad de acreditar los títulos o certificaciones equivalentes al nivel C1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, tras haber cursado en euskera los estudios conducentes a la titulación de diplomada en Enfermería, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
Gracias a nuestra intervención, la interesada ha logrado que la Dirección de su Escuela haya emitido un último certificado agregando a los créditos correspondientes a las asignaturas íntegramente cursadas euskera los correspondientes a las asignaturas cursadas parcialmente en euskera y superar así el mínimo de 144 ECTS necesarios para lograr la exención de acreditación del nivel equivalente a C1 cuando se trata de titulaciones universitarias.
En cuanto al servicio complementario de transporte escolar, debemos señalar que no hemos cerrado aún la intervención iniciada a instancia de varios representantes de los consejos escolares, así como de las asociaciones de madres y padres de los centros educativos del municipio alavés de Zuia, debido a la decisión adoptada por la Administración educativa de suspender el servicio de transporte escolar que se prestaba al alumnado residente en las localidades de Ametzaga, Sarria y Bitoriano.
Hasta el momento, los responsables del departamento vienen reafirmándose en que la decisión adoptada se ajusta al marco normativo vigente e insisten en que no cabe obviar el requisito referido a la distancia entre el domicilio y el centro educativo. No obstante, en fecha reciente, han manifestado también que, conscientes de las dificultades que en algún caso plantea su aplicación, han considerado oportuno analizar la circular anual, para estudiar la posibilidad de introducir cambios en ella.
Queremos destacar, por otra parte, que nos estamos interesando por la queja que ha promovido la familia de un joven con discapacidad obligado a desplazarse en silla de ruedas. A decir de esta familia, la actual organización del servicio de transporte escolar resulta discriminatoria para el alumnado con discapacidad.
En lo que respecta al servicio de comedor escolar, en el año 2013 algunos agentes educativos nos han mostrado su preocupación por la situación de algunos menores cuyas familias no pueden hacer frente al abono de las cuotas de comedor, aun cuando esperan ser beneficiarios de las ayudas de comedor que anualmente se convocan en el marco de la convocatoria general de becas, ya que las instrucciones relativas al funcionamiento de este servicio establecen que el impago reiterado de las cuotas podrá dar lugar a la pérdida de la plaza de comedor.
Gracias a nuestra intervención, además de lograr la resolución de casos puntuales, hemos arrancado de la Administración educativa el compromiso de remitir a todos los centros educativos una instrucción, con el fin de evitar en lo posible que se puedan dar este tipo de situaciones.
Hemos recibido también propuestas por parte de algunas asociaciones que tratan de impulsar una gestión de los residuos alimenticios de los comedores escolares que permita su reutilización para ser consumidos de forma gratuita. Movidos por ello, nos decidimos a elaborar un artículo de opinión con el título “Otra austeridad es posible”, en el que nos hacíamos eco de los movimientos ciudadanos de solidaridad que en los últimos años vienen trabajando con el fin de concienciar sobre la necesidad de realizar un consumo responsable y de reducir el derroche de alimentos.
En cuanto al alumnado con necesidades educativas especiales, a lo largo de este año hemos hecho un seguimiento de la respuesta educativa que se ofrece a determinados alumnos con condiciones personales de sobredotación o que presenta trastornos de déficit de atención.
Esta labor nos ha permitido apreciar la existencia de un importante desencuentro con respecto a la respuesta educativa que en estos momentos se está ofreciendo a estos alumnos, lo que, a nuestro modo de ver, obliga a profundizar en la línea de una buena relación de colaboración familia-escuela para el abordaje educativo de este alumnado, tal y como lo recomiendan los recientes documentos que incluyen orientaciones educativas para el alumnado con altas capacidades intelectuales. A este respecto, algunas asociaciones han mostrado también su preocupación porque muchas de estas orientaciones no se materializan o no se siguen en la práctica cotidiana de las aulas.
Por su parte, la Federación Vasca de Asociaciones de Personas Sordas “Euskal Gorrak” ha continuado remitiéndonos quejas sobre el alumnado con discapacidad auditiva, en especial al que sigue determinados estudios de formación profesional.
En cuanto a centros educativos, el estudio de una queja promovida por una madre que cuestionaba el modo en que un centro educativo programaba las actividades complementarias nos ha llevado a señalar que los centros docentes, en ejercicio de su autonomía pedagógica, pueden establecer aquellas actividades complementarias que consideren precisas para asegurar su proyecto pedagógico y curricular. Estas actividades deberán tener carácter voluntario. Por ello, si no se toma parte en ellas, los centros deberán ofrecer una atención educativa sustitutiva que sea equiparable y permita alcanzar los mismos objetivos curriculares a los que obedezcan las actividades didácticas complementarias programadas.
En lo tocante a la gestión económico-financiera, hemos señalado también que si las disponibilidades presupuestarias lo permiten, los centros podrán programar estas actividades de manera gratuita. Si ello no fuera posible, no cabe descartar que los centros puedan requerir el apoyo de las familias con el establecimiento de aportaciones económicas, pero con la cautela de posibles medidas compensatorias orientadas a garantizar el carácter inclusivo y accesible de estas actividades complementarias para todo el alumnado.
Precisamente, el respeto a la autonomía pedagógica y de gestión de los centros docentes hizo que en un primer momento la inspección educativa no entrase a valorar la idoneidad de determinados contenidos de un libro de texto. No obstante, más adelante, responsables del Departamento de Educación, Política Lingüística y Cultura, junto con Emakunde, han remitido un escrito a la editorial afectada, en el que se hacen eco de la puesta en marcha del Plan Director para la Coeducación y Violencia de Género en el Sistema Educativo, uno de cuyos retos es introducir la perspectiva de género en la cultura, en las políticas y en las prácticas de los centros desde una perspectiva integral, potenciando la elección de libros de texto y materiales didácticos inclusivos y coeducativos. En consonancia con ello, han recomendado a la editorial afectada la modificación de los contenidos denunciados y la edición de materiales basados en modelos coeducativos que garanticen la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
En el apartado de convivencia, este año tampoco han faltado quejas de familias de alumnos que han requerido la pronta reacción o intervención de la Administración educativa ante situaciones de conflicto, que, en general, se han reconducido de forma adecuada.
También hemos conocido el caso de una funcionaria docente, víctima de agresión por parte de varios alumnos, que ha solicitado la mediación de esta institución, ya que consideraba que la Administración educativa no había seguido las pautas de la “Guía de Actuación en caso de agresión al personal de los centros educativos”.
Como viene siendo habitual, continuamos recibiendo un importante número de quejas referidas a becas y otras ayudas, sin que las causas que las motivan presenten novedades de relieve con relación a otros informes. Así, se reproducen los supuestos fundados en razones formales: demoras en resolver reclamaciones y recursos, retrasos en el abono de ayudas reconocidas. En cuanto a las originadas por razones materiales, se concretan en los supuestos de disconformidad con desestimaciones y desacuerdos con las exigencias previstas en las convocatorias, sobre todo los requisitos de orden económico.
No obstante, este año merece mención especial la queja presentada con motivo de la decisión adoptada por la Administración educativa con respecto a las llamadas becas de excelencia académica.
En el apartado de enseñanzas universitarias, varias de las quejas recibidas han estado relacionadas con incidentes de admisión. Con respecto a éstas, desde esta institución hemos aprovechado el dictado de la resolución que ha puesto fin a la tramitación de las quejas para recomendar a la UPV/EHU que sea más diligente en la resolución de las reclamaciones y recursos que se puedan promover sobre las solicitudes de traslado y convalidación de asignaturas, para evitar que los eventuales interesados se vean forzados a desistir de sus traslados por la demora en los plazos de resolución.
También han sido motivo de queja algunos incidentes de evaluación, que, gracias a la colaboración, han sido debidamente aclarados.