14.3. Sociedad de la información y del conocimiento
En relación con la sociedad de la información y del conocimiento, las referencias que deben ser tenidas en cuenta son:
Proyecto de Ley de Aprendizaje a lo largo de la Vida
Capítulo preliminar. Disposiciones generales.
Artículo 1.- Objeto y Definición.
1.- La presente Ley tiene por objeto la ordenación y regulación de un sistema de aprendizaje a lo largo de la vida que responda de manera eficaz a las necesidades de formación permanente y de cualificación de las personas, con el fin de favorecer su desarrollo personal, social y profesional, y su contribución al desarrollo económico y social de Euskadi. A tal efecto establece los mecanismos necesarios para la programación, coordinación, desarrollo y evaluación de los planes y programas correspondientes.
2.- El Gobierno de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en coordinación con otras administraciones públicas y los agentes educativos, sociales y económicos, promoverá el aprendizaje a lo largo de la vida como medio de asegurar la promoción personal, la cohesión social y la empleabilidad, así como la satisfacción personal de sentirse activos y participar en la sociedad del conocimiento.
3.- Se entiende por aprendizaje a lo largo de la vida toda actividad realizada por las personas en los ámbitos formal, no formal e informal con el objetivo de mejorar sus conocimientos, competencias y actitudes desde una perspectiva personal, social y profesional.
4.- A los efectos de la presente ley, se entiende por sistema de aprendizaje a lo largo de la vida el conjunto de ámbitos, planes, programas, instrumentos y agentes, convenientemente organizados para el logro de los objetivos establecidos en el apartado anterior.
Artículo 4.- Fines.
1.- El sistema de aprendizaje a lo largo de la vida tiene los siguientes fines:
a) Garantizar a toda la ciudadanía vasca el acceso universal, y en condiciones de igualdad, al aprendizaje a lo largo de la vida y a la adquisición de las competencias básicas que precisa para su desarrollo personal, la inclusión e integración social y para una vida ciudadana más plena y democrática.
b) Impulsar la actualización de los conocimientos y la mejora de las competencias profesionales de la población vasca, como mejor garantía de progreso en su bienestar social y económico.
c) Promover una sólida cultura del aprendizaje a lo largo de la vida en la ciudadanía, difundiendo la importancia que tiene el aprendizaje permanente y motivando a las personas para que configuren sus trayectorias de formación adaptadas a sus necesidades e intereses personales.
d) Facilitar un abanico de oportunidades a las personas mayores que deseen cultivar y ampliar sus conocimientos.
La presente Comunicación propone una Iniciativa Europea para la inclusión digital, lo que comprende:
A) una campaña de inclusión digital, titulada «Inclusión digital, únete a ella», cuya misión será aumentar durante 2008 el nivel de concienciación y los esfuerzos de coordinación y que concluirá con la celebración de una Conferencia Ministerial para mostrar los avances realizados y reforzar los compromisos;
B) un marco estratégico de acción que permita aplicar la Declaración Ministerial de Riga:
1. combatiendo las desigualdades existentes en materia de banda ancha, accesibilidad y competencia y creando así las condiciones necesarias para que todo el mundo pueda participar en la sociedad de la información;
2. impulsando la participación efectiva de los grupos en riesgo de exclusión y mejorando su calidad de vida;
3. integrando las distintas medidas de inclusión digital para maximizar su impacto y la duración de éste.
Ley 56/2007, de 28 de diciembre, de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información
Disposición adicional cuarta.
9. Requerimientos de información para fines estadísticos y de análisis. Las estadísticas públicas que elabore la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información relativas a personas físicas ofrecerán sus datos desagregados por sexo, considerando, si ello resultase conveniente, otras variables relacionadas con el sexo para facilitar la evaluación del impacto de género y la mejora en la efectividad del principio de igualdad entre mujeres y hombres.
Disposición adicional decimoquinta. Fomento a la participación ciudadana en la sociedad de la información. Con el objeto de fomentar la presencia de la ciudadanía y de las entidades privadas sin ánimo de lucro y garantizar el pluralismo, la libertad de expresión y la participación ciudadana en la sociedad de la información, se establecerán medios de apoyo y líneas de financiación para el desarrollo de servicios de la sociedad de la información sin finalidad lucrativa que, promovidos por entidades ciudadanas, fomenten los valores democráticos y la participación ciudadana, atiendan al interés general o presten servicio a comunidades y grupos sociales desfavorecidos.
Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico
Artículo 8.1. Restricciones a la prestación de servicios y procedimiento de cooperación intracomunitario. En caso de que un determinado servicio de la sociedad de la información atente o pueda atentar contra los principios que se expresan a continuación, los órganos competentes para su protección, en ejercicio de las funciones que tengan legalmente atribuidas, podrán adoptar las medidas necesarias para que se interrumpa su prestación o para retirar los datos que los vulneran. Los principios a que alude este apartado son los siguientes:
c) El respeto a la dignidad de la persona y al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social.
Disposición adicional quinta. Accesibilidad para las personas con discapacidad y de edad avanzada a la información proporcionada por medios electrónicos.
Disposición adicional séptima. Fomento de la Sociedad de la Información. (…) El plan (para el desarrollo de la sociedad de la información) deberá: Profundizar en la implantación del gobierno y la administración electrónica incrementando el nivel de participación ciudadana y mejorando el grado de eficiencia de las Administraciones públicas.