6.1. Enfoque conceptual: la e-inclusión y la e-participación
Ya en el a
ño 2005, en la Comunicación de la Comisión a
l Consejo, a
l Parlamento Europeo y a
l Comité Económico y Social Europeo y a
l Comité de las Regiones “Trabajar juntos, trabajar mejor. Un nuevo marco para la coordinación a
bierta de las políticas de protección social y de inclusión en la Unión Europea” se plantea, en relación con la simplificación del MAC (método a
bierto de coordinación de la UE), los siguientes objetivos en el marco de sus a
cciones orientadas a
“Contribuir decisivamente a
la erradicación de la pobreza y la exclusión”6.
Asegurar la inclusión social
activa de todos promoviendo la participación en el mercado laboral y luchando contra la pobreza y la exclusión entre las personas y los colectivos más marginados.
acceso de todos
alos recursos, derechos y servicios sociales básicos para la participación en la sociedad,
abordando
al mismo tiempo las formas extremas de exclusión y combatiendo todas las formas de discriminación que llevan
ala marginación.
Asegurar la buena coordinación de las políticas de inclusión e implicar
atodos los niveles de gobierno y
alos
agentes pertinentes, incluidos los pobres, para que sean eficientes y efectivas, se integren en todas las políticas públicas pertinentes, como las económicas y presupuestarias y los programas del fondo estructural (en particular, el FSE), y que incluyan la perspectiva de género.
Estos objetivos siguen, 7 a
ños después, vigentes y, de hecho, la estrategia de crecimiento europeo “Europa 2020” para la década a
ctual, concreta la reducción de a
l menos en 20 millones el número de personas en situación o riesgo de pobreza y exclusión social (el objetivo de España se sitúa en el 1.400.000-1.500.000) como una de sus metas.
Dos de los riesgos a
los que se enfrentan la UE y sus países miembros en relación con este objetivo son “promover la inclusión a
ctiva en la sociedad y el mercado laboral de los grupos más vulnerables” y “superar la discriminación y a
umentar la integración de las personas con discapacidad, minorías étnicas, inmigrantes y otros grupos vulnerables”. Se trata de retos que a
bordan la inclusión (o la integración) de forma global, no obstante, se encuentran citados por su profunda relación con el objeto del presente informe, la inclusión y participación a
través de las TIC en tanto en cuanto que las TIC pueden ser considerados como elementos de desigualdad o como contribuidores en el incremento de desigualdades existentes pero, sobre todo, por su potencial igualador, incluyente y facilitador de la participación en la vida social y pública de todos los individuos.
Por ello debemos tomar como referente la A
genda Digital Europea (ADE), es decir, la responsable de trasladar y contribuir a
superar esos retos en la sociedad de la información y el conocimiento.
La A
DE identifica determinados obstáculos que impiden el desarrollo de las a
cciones en materia de e-inclusión y que, socavan gravemente los esfuerzos realizados para explotar las TIC, entre ellos se encuentran:
alfabetización y la capacitación digitales que están excluyendo
amuchos ciudadanos de la sociedad y la economía digitales y limitando el gran efecto multiplicador que puede tener la
adopción de las TIC sobre el
aumento de la productividad.
afrontar los retos sociales que impide
alos europeos (y, por tanto
aEuropa)
aprovechar plenamente el potencial de las TIC para enfrentarse, con mayor eficacia,
alos retos sociales derivados del envejecimiento de la población o la integración de las personas con discapacidad, entre otros.
Por ello, sitúa entre sus campos de a
cción tanto “Fomentar la a
lfabetización, la capacitación y la inclusión digitales” (pilar 6) en a
ras de evitar que los a
ntecedentes o la capacitación no se constituyan como barreras para a
cceder a
l potencial de las TIC en relación con la a
utonomía y emancipación de las personas, como extender los “Beneficios que hacen posibles las TIC para la sociedad de la UE” (pilar 7) en relación con el envejecimiento de la población, la a
utonomía de los pacientes y la inclusión de las personas con discapacidad (entre otros as
pectos).
Ambos orientados a
la consecución de los objetivos generales de la política europea en materia de e-inclusión (inclusión digital) de reducir las brechas en el uso de las TIC y la promoción del uso de las TIC para superar la exclusión, y mejorar el desempeño económico, las oportunidades de empleo, la calidad de vida, la participación y la cohesión social7.
La Unión y los Estados miembros deberán a
doptar todas las medidas que sean necesarias para lograr la inclusión de todos los ciudadanos, también los más desfavorecidos, en la sociedad digital, de conformidad con la Estrategia Europa 2020 y el a
rtículo 9 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea8.
El término “e-inclusión” o “inclusión digital” hace referencia, en consecuencia, tanto a
la no exclusión de las ventajas y beneficios que suponen las TIC (TIC inclusivas) de ningún individuo, como a
l hecho de que el uso de estas posibilita a
lcanzar objetivos más a
mplios de inclusión. e-inclusión pone el foco, entonces, en la participación de toda la población en todos los as
pectos de la sociedad de la información.
De hecho, bajo el mencionado pilar 6 la Comisión Europea propone diferentes a
cciones orientadas a
conseguir que los grupos potencialmente desfavorecidos a
dopten las tecnologías digitales, en referencia a
las personas mayores, con menores niveles de a
lfabetización, con bajos ingresos o con discapacidad.
Grupos cuyas características no solo constituyen un elemento para su etiquetaje como “potencialmente desfavorecidos” de forma genérica sino que, a
demás, suponen variables que a
fectan a
sus posibilidades de e-inclusión. Ya en el último Europe’s Digital Competitiveness Report (2010)9 se proporcionan las claves de cuáles son las variables que pueden encontrarse en la trasfondo de una situación de exclusión digital: la pertenencia (o no) a
un grupo desfavorecido (con especial incidencia en las personas mayores), el (bajo) nivel educativo, el (bajo) nivel de ingresos…
Se trata de variables que reducen, a
la luz de los resultados del informe, las posibilidades de inclusión, por ello, el mismo informe indica como requisito previo para el logro de una sociedad e-inclusiva, la promoción de las competencias digitales (pilar 6 de la A
genda Digital Europea, eje 3 de la Estrategia 2011-2015 –Plan A
vanza– en España y la iniciativa “Ciudadanía A
ctiva” de la A
genda Digital de Euskadi –AD@1510–).
Si bien, poseer las habilidades, conocimientos y destrezas necesarios para hacer un uso eficaz de la TIC es un requisito fundamental para la inclusión digital de la ciudadanía, no lo son menos otros as
pectos como la disposición de infraestructuras o la a
ccesibilidad electrónica. Es decir, a
demás de la cualificación y la competencia personal para utilizar las TIC, es necesario un a
decuado despliegue de infraestructuras (incluido entre las prioridades de cualquiera de los marcos estratégicos11 que se a
borden), el libre a
cceso a
la información y la posibilidad de a
cceder a
contenidos a
daptados a
las características diferenciales de las personas. As
í, desde todos los niveles políticos se promueven y desarrollan a
cciones orientadas a
incrementar las posibilidades de a
cceso de toda la población a la sociedad de la información.
Un ejemplo es el hecho de que varias son las disposiciones y recomendaciones de la Comisión Europea12 en relación con el planteamiento de un enfoque común materia de a
ccesibilidad (electrónica o web) o de equidad en el a
cceso a
infraestructuras, dispositivos, productos y servicios (desde la e-administración a
l e-business).
En particular, en relación con el cumplimiento de las pautas de a
ccesibilidad web debe tenerse en cuenta que supone un gran número de ventajas tanto para el propio individuo que a
ccede a
los contenidos web como para las organizaciones (o empresas) que desarrollan sus espacios web de a
cuerdo a
estos estándares (para más información véase la WAI del W3C13).
Así, entendemos en el presente informe extraordinario que la inclusión digital tiene valor por sí misma, por cuanto que posibilita que la población forme parte de la sociedad de la información, iguala a
los individuos en sus condiciones de a
cceso y participación en la vida social y política a
través de las tecnologías, es decir, se encuentra en la base de la a
plicación de principios de justicia social y se constituye como garante de la equidad en la sociedad del conocimiento.
acceso
alas tecnologías de la información y la comunicación para permitir la inserción de todos en la sociedad de la información. La inclusión digital es también la rutina diaria para maximizar el tiempo y sus posibilidades. Un incluido digital no es
aquél que solamente usa el nuevo lenguaje para intercambiar emails, esto es el mundo digital. Sino el que usufructúa este soporte para mejorar sus condiciones de vida y puede tener una postura crítica frente
alos criterios que definen las tecnologías como una panacea social14.
Precisamente porque la e-inclusión se constituye como un pre-requisito para la participación15 debemos explicitar cuál es el concepto de e-participación que se a
borda en el presente informe.
Una gobernanza inclusiva sitúa su piedra a
ngular en la promoción de la participación de los ciudadanos16. Se trata de facilitar que los ciudadanos tengan a
cceso a
la información y a
los servicios públicos pero, a
l mismo tiempo, que puedan participar en la toma de decisiones públicas que a
fecten tanto a
l bienestar de la sociedad en general como a
l del individuo de forma particular.
La e-participación comprende, entonces, tanto la a
cción gubernamental para potenciar y fomentar esa participación como la voluntad y la capacidad de la ciudadanía para hacerlo (su e-inclusión). A
unque no debe restringirse a
los servicios G2C (Government to Citizen) si debe tener muy presente que la participación es un derecho de la ciudadanía.
En este sentido, baste una somera revisión de la normativa a
l respecto (véase capítulo “Marco normativo” de este mismo informe) para saber cómo se ha regulado este derecho de participación en los diferentes contextos políticos. La conclusión que se evidencia, de igual modo que en el a
rtículo “Derecho a
la Participación” del profesor Etxebarria (publicada en El Correo y en El Diario Vasco, 10 de diciembre de 2011) o en la Recomendación 12/2011 del A
rarteko, es la falta de regulación sobre el derecho (y/o el deber) a
participar en la vida pública más a
llá de las posibilidades de ser elegido como representante público o la de elegir a
los representantes públicos.
No se entrará en este informe a
dilucidar hasta qué punto la participación, de forma genérica (sin “e”), debe ser considerada un deber de la ciudadanía. Pero sí hemos de contemplar el deber de los gobiernos de facilitar que la totalidad de los individuos participen, si lo desean, que puedan ejercer ese derecho y no solo en a
quellas partes de la vida pública que, en cada momento determinado, se establezcan desde el gobierno (volviendo a
l G2C) sino también en a
quellas otras en las que, respondiendo, especialmente a
l interés común, la ciudadanía promueva la inclusión de iniciativas gubernamentales, inste a
los gobiernos a
plantearse a
ctuaciones hasta el momento no a
bordadas, etc. (asumiendo un papel a
ctivo en modalidad C2G –Citizen to Government–).
Tradicionalmente, las iniciativas en e-participación han sido iniciadas por los gobiernos, pero en los últimos a
ños la ciudadanía o los grupos organizados de ciudadanos (y ciudadanas) han lanzado un número creciente (de ellas).
Traducción propia a
partir de Europe’s Digital Competitiveness Report (2010)18
De hecho, en el caso de Euskadi, ya se insta, en la mencionada recomendación del A
rarteko, a
l Gobierno Vasco a
“(…) proponer una ley que regule la participación ciudadana en los as
untos públicos dentro de nuestra Comunidad A
utónoma. Esa norma deberá fijar un marco jurídico propio y regular el derecho de las personas de forma individual o a
través de organizaciones, a
participar conforme a
los principios incluidos en esta recomendación”. Si bien se refiere a
la participación de forma general, debemos hacerlo extensivo, por tanto, a
la e-participación, es decir, a
l a
poyo de las TIC a
la participación en los procesos involucrados en el gobierno y la gobernanza19.
Teniendo en cuenta que las iniciativas en materia de e-participación iniciadas de a
rriba a
bajo por los gobiernos han tenido (en 2010) menos éxito que las iniciadas por la ciudadanía o las organizaciones sociales20 el Plan de A
cción Europeo sobre A
dministración Electrónica 2011-201521, en consonancia con la Declaración Ministerial de Malmö, señala como una de sus prioridades la “Capacitación del usuario” es decir, incrementar la capacidad de ciudadanos, empresas y otras organizaciones para comportarse proactivamente en la sociedad a
través del uso de nuevas herramientas tecnológicas. Pueden a
crecentarse la eficiencia de los servicios públicos y la satisfacción de los usuarios si se responde mejor a
las expectativas de estos y si se diseñan a
quellos en torno a
las necesidades de los usuarios y en colaboración con ellos siempre que sea posible. Se trata as
imismo de que las a
dministraciones públicas ofrezcan un a
cceso sencillo a
la información pública, mejoren la transparencia y permitan la participación efectiva de ciudadanos y empresas en el proceso de formulación de políticas22.
Por su parte, el Gobierno de España señala23 la necesidad de establecer una estrategia de A
dministración electrónica de España para el a
ño 2015, en cumplimiento de los compromisos derivados del Plan de A
cción 2011-2015 de A
dministración Electrónica de la Unión Europea. Las prioridades de esta estrategia se centran en una A
dministración pública sostenible, una sociedad productiva y cohesionada y una sociedad participativa y colaborativa.
Administraciones Públicas, impulsando los nuevos elementos de comunicación que proporcionan las redes sociales, fomentando la reutilización y la
accesibilidad, debe conducir, más que nunca
auna Sociedad más participativa y colaborativa y
auna
Administración más
abierta y transparente24.
De hecho, ya en la Estrategia 2011-2015 del Plan A
vanza2 (publicada en 2010) se señala “Desarrollar servicios de Gobierno A
bierto y de la eAdministración” como uno de los retos (eje 4 “contenidos y servicios digitales”) entendiendo el gobierno a
bierto como una nueva estrategia de interacción entre la A
dministración Pública y sus a
dministrados, caracterizada por el establecimiento de canales de comunicación y contacto directo entre ellos. Es decir, posibilitar la comunicación constante y directa entre gobierno y ciudadanía o, lo que es lo mismo para poder tomar decisiones basadas en sus necesidades y preferencias es necesario impulsar la participación de la población, lo que supone cambios culturales pero también cambios en los canales de comunicación, pasando a
ser electrónicos. En definitiva, iniciando el camino de la e-participación.
6 COM/2005/0706 final. Las negritas son propias.
7 Política de la Comisión Europea en materia de e-inclusión en a
lineamiento con el reconocimiento (número 4) de la Declaración Ministerial de Riga.
8 Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la Comisión a
l Parlamento Europeo, a
l Consejo, a
l Comité Económico y Social Europeo y a
l Comité de las Regiones: Plan de A
cción Europeo sobre A
dministración Electrónica 2011-2015 – Aprovechamiento de las TIC para promover una a
dministración pública inteligente, sostenible e innovadora» COM(2010) 743 final y la «Comunicación de la Comisión a
l Parlamento Europeo, a
l Consejo, a
l Comité Económico y Social Europeo y a
l Comité de las Regiones – Hacia la interoperabilidad de los servicios públicos europeos» COM(2010) 744 final.
9 Capítulo 4 “eInclusion: regular internet use a
nd skills a
mong groups a
t risk of exclusion“, European Union, 2010.
10 Para un mayor detalle sobre estos planes, véase el capítulo “Marco estratégico y normativo” de este mismo Informe.
11 Pilar 4 “Very Fast Internet” de la A
DE; eje 1 “Infraestructuras” del Plan A
vanza2 y la iniciativa “Infoestructuras” de la A
D@15.
12 Ejemplo:
accesible.
Accesibilidad de los sitios web públicos y de su contenido.
13 Web A
ccessibility Initiative (WAI), especialmente la sección destinada a
l diseño inclusivo.
14 Wikipedia: inclusión digital.
15 En el documento MEMO/06/237 Information a
nd communication technology for a
n inclusive society – Frequently as
ked questions se cita, literalmente, Easy a
ccess to (ICT) is a
prerequisite for participation.
16 United Nations e-Government Development Database. UN Public A
dministration Programme. e-Participation http://www2.unpan.org/egovkb/egovernment_overview/eparticipation.htm#.
17 Si en sus orígenes el á
mbito de expresión del derecho a
la participación se ciñó a
la vida política en su sentido más preciso (estructuras del Estado y partidos políticos), hoy somos conscientes de que en la sociedad civil a
través de sus organizaciones, e incluso espontáneamente en momentos sociales cargados de intensidad, se pueden tener también firmes participaciones públicas, valiosas cuando se sitúan en ese horizonte del bien público. Etxebarría, X. “Derecho a
la participación” en El Correo y en El Diario Vasco, 10 de diciembre de 2011.
18 Capítulo 5. “Online Public Services”. A
partado 1.5. e-Government. e-Participation, European Union, 2010.
19 Wikipedia: ICT supported participation in processes involved in government a
nd governance, cit. en Europe’s Digital Competitiveness Report (2010).
20 Europe’s Digital Competitiveness Report, European Union, 2010.
21 COM (2010) 743. A
provechamiento de las TIC para promover una a
dministración pública inteligente, sostenible e innovadora.
22 Las negritas son propias.
23 Resumen ejecutivo del informe presentado a
l Consejo de Ministros de 16 de septiembre de 2011 sobre la situación de la A
dministración electrónica en la A
dministración General del Estado. Esta estrategia fue presentada durante la sesión 1 “e-Government a
nd the A
dministration” en el encuentro “Going Local II” celebrado en Sevilla, en diciembre de 2011.
24 Ibídem.