1.El área en cifras
Este año se han gestionado en esta área un total de 148 reclamaciones escritas, cuya distribución por administraciones afectadas ha sido la siguiente:
– Administración local 127
– Administración foral 7
– Administración General de la Comunidad Autónoma (Gobierno Vasco) 4
De acuerdo con su distribución por subáreas, su clasificación es la siguiente:
– Funcionamiento de la Administración y procedimiento administrativo 47
– Servicios públicos locales 36
– Régimen de contratación, patrimonio y responsabilidad administrativa 30
– Gestión del padrón municipal 26
– Otros aspectos 3
– Derechos ciudadanos 3
– Información y participación ciudadana 3
En lo que respecta al detalle de la tramitación de los expedientes de queja gestionados a lo largo de este año, esto es, tanto de los recibidos como de los acumulados por estar pendientes de resolución de otros ejercicios, cabe destacar que su situación, al abordar la redacción del presente informe, es la siguiente:
TOTAL | En trámite | Concluidas | Actuación incorrecta | Actuación no incorrecta | Asesoramiento e información a la ciudadanía | Inadmisión sobrevenida |
201 | 76 | 107 | 57 | 36 | 14 | 18 |
Conforme a estos datos, debemos significar que se ha producido un ascenso del número de expedientes de queja tramitados. El bloque más significativo se refiere, un año más, a cuestiones de funcionamiento y régimen jurídico, en torno a un 30%, destacando especialmente los referidos al silencio administrativo y las dificultades para acceder al expediente por parte de las personas interesadas. Junto con el bloque anterior, debemos referirnos a los expedientes tramitados en materia del padrón municipal de habitantes por las graves consecuencias que tienen para las personas afectadas, ya que aunque, en general, acaban siendo resueltos, las trabas en obtener el alta en el padrón suelen representar importantes perjuicios en el acceso a los derechos sociales básicos, cuando no la imposibilidad de beneficiarse, en aquellos casos en los que se generan lagunas para acreditar la antigüedad mínima del empadronamiento en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El estado de tramitación de la mayoría de dichos expedientes resulta razonable, si bien aquellos en las que hemos tenido que realizar requerimiento e incluso apercibimiento para obtener una respuesta y conocer la posición de la administración concernida sobre el problema planteado, siempre representan un porcentaje más alto a lo deseado. Como aspecto muy negativo este ejercicio debemos referirnos al, prácticamente, nulo grado de aceptación de las recomendaciones y conclusiones emitidas en esta área, resoluciones que pueden consultarse en el apartado correspondiente de nuestra página web. En todo caso, nos referiremos a estas resoluciones de forma más pormenoriza en el apartado de quejas destacadas que desarrollamos a continuación.