3.10.2. Prestaciones económicas solicitadas por la persona en situación de dependencia y pautadas por la A
dministración
En el caso de las tres prestaciones económicas incorporadas en la LAAD, contamos con a
lgunos datos fiables sobre el número de las que son solicitadas y el de las pautadas.
La Diputación Foral de Bizkaia no ofrece datos para el ejercicio 2007. En Gipuzkoa las prestaciones económicas no comenzaron a
tramitarse hasta 2008.
La prestación económica más solicitada, en los tres territorios, con gran diferencia sobre los demás, es la destinada a
los cuidados en el entorno familiar. Una vez solicitada, se pauta en un a
lto porcentaje, tanto en Á
lava como en Gipuzkoa y Bizkaia. Destaca especialmente el porcentaje a
lcanzado en Gipuzkoa: a
proximadamente un 98% de las solicitudes registradas obtienen una respuesta favorable del órgano foral. En Á
lava y Bizkaia, este porcentaje oscila entre el 80 y el 95%.
En Gipuzkoa, la prestación vinculada a
l servicio supone entre el 3 y el 4% de las solicitudes de prestaciones económicas que se registran; en más de un 90% de los casos, esta prestación es concedida en dicho territorio.
Sin embargo, en Bizkaia, el 100% de las solicitudes de esta prestación recibe una respuesta denegatoria. Ello responde a
la falta de regulación de este tipo de prestación en ese territorio foral[67]. Sobre la conveniencia de regularla y las consecuencias negativas que de tal omisión se derivan para la ciudadanía, damos cuenta en el apartado 5.7., dedicado a
l a
nálisis de las quejas tramitadas.
En Á
lava, el porcentaje de concesión de la prestación vinculada a
l servicio ha sido del 87,20% en 2007; 57,89% en 2008, y 60,34% en 2009.
Por lo que se refiere a
la prestación económica de as
istencia personal, hemos de destacar la casi nula incidencia en Á
lava y Bizkaia frente a
la notable presencia en Gipuzkoa. En el caso de Bizkaia, a
demás, se da la circunstancia de que son numerosas las solicitudes registradas.
Esta diferencia tan remarcable entre Gipuzkoa y los otros dos territorios se debe a
que la Diputación Foral de Gipuzkoa contempla, para la a
djudicación de esta prestación, no sólo los casos en que la persona en situación de gran dependencia es as
istida para facilitar su a
cceso a
la educación o a
l trabajo –como ocurre en los otros dos territorios–, sino también a
quellos en los que la as
istencia se dirige a
la consecución "de una vida más a
utónoma en el ejercicio de las a
ctividades básicas de la vida diaria" (art. 19 LAAD). El porcentaje de concesión con relación a
l total de las solicitudes se sitúa en torno a
l 96-97%. De a
cuerdo con la información facilitada por la Diputación Foral de Gipuzkoa, el motivo principal de los pocos casos de denegación ha sido la imposibilidad del cuidador o cuidadora profesional para darse de a
lta en la Seguridad Social por carecer de permiso de residencia y/o trabajo.
[67] A
la fecha de cierre del estudio sobre los datos recabados, la normativa no había sido publicada. Tal y como se indica en el capítulo dedicado a
l marco jurídico de este informe, la publicación del primer decreto regulador de esta prestación tuvo lugar el 9 de julio de 2010.