En el momento de adquirir un producto, la persona tiene derecho a que se le entregue el documento de garantía. En los bienes de naturaleza duradera deberá entregarse en todo caso y
por escrito u otro soporte duradero. Deberá expresar:
– El objeto sobre el que recae la garantía.
– La identificación del garante, que puede ser el fabricante o el productor.
– La persona titular de la garantía, es decir, la adquiriente del producto.
– Los derechos, adicionales a los legales, del titular de la garantía.
– El plazo de duración y
su alcance territorial.
– Las vías de reclamación de que dispone la persona consumidora.
– Especificación de que la garantía no afecta a los derechos legales antes la falta de conformidad de los productos.
El plazo mínimo de la garantía de los productos de naturaleza duradera es de dos años. En consecuencia, de los defectos que se manifiesten dentro de este plazo, responderá el vendedor. De todas maneras, será necesario que el comprador haya manifestado de manera fehaciente al vendedor su falta de conformidad dentro del plazo de dos meses desde que se dio cuenta del defecto.
En el caso de los bienes de segunda mano, el vendedor y
el consumidor podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega.
Beneficios de la garantía
Durante el plazo de vigencia de la garantía, si el bien no se ajusta a las condiciones del contrato, su titular tendrá derecho a la reparación o sustitución y
estas:
– Serán gratuitas para el consumidor. Dicha gratuidad comprenderá los gastos necesarios realizados para subsanar la falta de conformidad de los bienes con el contrato, especialmente los gastos de envío, así como los costes relacionados con la mano de obra y
los materiales.
– Deberán llevarse a cabo en un plazo razonable y
sin mayores inconvenientes para el consumidor, teniendo en cuenta de la naturaleza de los bienes y
la finalidad que tuvieran para el consumidor.
– En el supuesto de que la reparación no sea satisfactoria y
el bien no está en condiciones de ser utilizado en óptimas condiciones, el comprador podrá exigir la sustitución del bien por otro de idénticas condiciones, o la rebaja del precio o la resolución del contrato.
La empresa está obligada a entregar un producto o servicio conforme a lo contratado. Y
en caso de defecto, tiene el deber de la reparación o sustitución del producto (a no ser, como se ha dicho, que una de las opciones resulte objetivamente imposible o desproporcionada), a la rebaja del precio o a la resolución del contrato, bajo determinadas circunstancias.
En caso de reparación o sustitución, en todo caso serán gratuitas para la persona, se llevará a cabo en un plazo razonable, y
durante los seis meses siguientes a la entrega el vendedor responderá de las faltas de conformidad derivadas o análogas a las que motivaron la reparación.
En los productos de naturaleza duradera, se tiene derecho a un adecuado servicio técnico y
a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse.
Responsabilidades
Toda persona perjudicada por bienes o servicios defectuosos tiene derecho a ser indemnizada, bajo las circunstancias legales previstas. En este caso, los prestadores de servicios serán responsables de los daños y
perjuicios causados, salvo que prueben que han cumplido las exigencias y
requisitos reglamentariamente establecidos.
De forma especial, responden a los daños originados en el correcto uso de un servicio, cuando por su propia naturaleza, o por reglamentación, incluyan necesariamente la garantía de niveles determinados de eficacia y
seguridad, y
que suponga por tanto tener controles técnicos, profesionales o sistemáticos de calidad, para que llegue en condiciones adecuadas a las personas.
Bajo este régimen especial de responsabilidad están incluidos en todo caso, además de otros, los servicios de reparación y
mantenimiento de electrodomésticos, y
los servicios relacionados con medios de transporte31.
31 En relación con este punto, la Ley Estatal centra su Libro Cuarto en la reglamentación de los viajes combinados.