1. Familias
Antecedentes
La obligación de los poderes públicos de protección a las familias encuentra su fundamento jurídico último en el artículo 39 de la Constitución. También el Estatuto de Autonomía de Euskadi incluye, en sus artículos 10-39, la protección a las familias, como una competencia exclusiva dentro de las materias que la norma estatutaria define como “desarrollo comunitario, condición femenina, políticas infantil y juvenil y de apoyo a la tercera edad”. La familia merece, sin duda, una especial protección de todos los poderes públicos dada su primordial función de ser soporte material y afectivo para el desarrollo pleno de las personas, así como por el papel cuantitativo y cualitativo que cumple en la atención a menores, mayores y personas en situaciones de necesidad especial, por enfermedad o dependencia.
El trabajo de la institución del Ararteko en esta área se orienta a promover el impulso y el refuerzo de las políticas públicas dirigidas a apoyar a las familias, desde la consideración de la diversidad de los modelos familiares existentes, que el Derecho ha reconocido y que en algunos casos merecerá una atención específica para lograr su plena igualdad en el acceso a todas las prestaciones necesarias para el cumplimiento de sus funciones. Así mismo, damos cauce a las quejas ciudadanas relacionadas con dichas políticas públicas de apoyo a las familias, así como con cualquier otra actuación pública que tenga por objeto la atención a las mismas.
1. El área en cifras
En el año 2014, se han gestionado en el área de Familias 23 expedientes, que han versado mayoritariamente sobre funcionamiento de la administración y procedimiento administrativo y sobre conciliación de la vida laboral, personal y familiar.
A 31 de diciembre de 2014, la situación de la tramitación de los expedientes de queja gestionados a lo largo de este año, tanto de las recibidas a lo largo de 2014, como de las que seguían en curso a 1 de enero de 2014, es la siguiente:
2. Quejas destacadas
2.1. Retrasos en las ayudas por hijos e hijas y para la conciliación de la vida familiar y laboral
Al igual que sucediera en años anteriores, debemos destacar que un número importante de quejas recibidas en esta área en 2014 se ha referido al retraso en la tramitación y recepción de las ayudas derivadas de la aplicación tanto del Decreto del Gobierno Vasco 177/2010, sobre ayudas a la conciliación de la vida laboral y familiar, como del Decreto 255/2006, de ayudas por hijos e hijas, así como al retraso en la resolución de los recursos de alzada interpuestos por los solicitantes de ayudas. Estos expedientes se han resuelto positivamente, una vez que se han activado en el Gobierno los medios necesarios para hacer frente a los pagos, con lo que las personas reclamantes han visto satisfechas en todos estos casos sus expectativas de cobro. No ha sido así, sin embargo, en el caso de aquellas solicitudes de ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral presentadas a partir del 1 de marzo de 2014, como se explica con mayor detenimiento en el apartado siguiente.
2.2. Finalización del crédito presupuestario para las ayudas a la conciliación de la vida laboral y familiar
Numerosos ciudadanos y ciudadanas han acudido al Ararteko para presentar quejas o realizar consultas con motivo del anuncio realizado en el mes de septiembre por el Gobierno Vasco del agotamiento del crédito presupuestario destinado a las ayudas para la conciliación para el año 2014, crédito con el que se habían podido atender las solicitudes presentadas hasta el mes de febrero de 2014. Las personas reclamantes han manifestado su malestar ante el anuncio, ya que contaban con esos ingresos para compensar la reducción de sus salarios por haberse acogido ya a alguna de las medidas de conciliación (excedencia, reducción de jornada, contratación de cuidadores).
En el marco de una de las quejas presentadas, hemos dirigido al Departamento de Empleo y Políticas Sociales la Resolución del Ararteko de 10 de diciembre de 2014, por la que se le recomienda que mantenga el nivel económico y la universalidad de las ayudas a las familias para la conciliación de la vida familiar y laboral, adecúe las partidas presupuestarias destinadas al programa de ayudas a la conciliación a las necesidades existentes e incorpore criterios que permitan un reparto más justo de las ayudas.
Las principales consideraciones que hace esta institución, y que se exponen con más detenimiento en la citada resolución, atienden a las siguientes cuestiones:
• El malestar manifestado por la ciudadanía dice mucho de una sociedad que valora como un bien social el cuidado intrafamiliar y no quiere renunciar a su derecho a la conciliación. Los poderes públicos no pueden obviar esta demanda social.
• El Departamento de Empleo y Políticas Sociales ha cumplido con los requisitos que establece la normativa reguladora en materia de ayudas económicas a la conciliación, sujetas a disponibilidad presupuestaria, en cuanto a la publicidad del agotamiento del crédito y la posibilidad de abonar las ayudas con cargo al presupuesto del próximo ejercicio.
• Del análisis del crédito presupuestario y la demanda real de los ejercicios anteriores se desprende que el crédito dispuesto no responde a las necesidades sociales y a la previsión de la demanda, lo que exigiría una mejor adecuación del crédito a la realidad social y las necesidades detectadas.
• En un escenario de recursos económicos limitados y necesaria priorización no parece adecuado que el único criterio utilizado sea el estricto orden cronológico de presentación de las solicitudes, lo que haría adecuado la incorporación de criterios que permitan un reparto más justo de las ayudas.
El Departamento ha respondido a nuestra recomendación informando de que no tiene previsto introducir modificaciones en la universalidad en el acceso a las ayudas por conciliación. Informa también de que la Ley 5/2014, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2015 establece un crédito presupuestario de más de 31 millones de euros para estas ayudas, lo que supone un incremento del 81,13% respecto al año anterior. El Departamento considera que este incremento permitirá atender aquellas solicitudes de ayudas presentadas en 2014 que no pudieron ser atendidas por la finalización del crédito, sin necesidad de que las personas solicitantes tengan que presentar nuevamente la solicitud. Por último, informa de que a lo largo del 2015 está prevista la entrada en vigor de la modificación del decreto regulador de las ayudas para la conciliación, modificación que va a introducir el criterio de la renta familiar estandarizada para el cálculo de la cuantía a percibir, con lo que entienden que se dará un trato más equitativo a los distintos tipos y situaciones familiares.
2.3. Incumplimiento formal de requisitos de acceso a las ayudas
Hemos continuado recibiendo quejas con motivo de la denegación de las ayudas por incumplimiento de algunos de los requisitos de acceso a las mismas, como la vecindad administrativa en la CAPV para acceder a las ayudas por nacimiento de hijos o hijas. Ya en el informe de 2013 exponíamos la casuística y la valoración de esta institución al respecto, proponiendo mejoras en la información a facilitar a las personas interesadas, desde la propia incoación del procedimiento.
En este punto deseamos insistir, como lo venimos haciendo en años anteriores en la conveniencia de automatizar la concesión de las ayudas por nacimiento de hijos e hijas, sin que deban pender de un trámite de solicitud, cada vez más complejo para las personas interesadas, que, sin duda, está excluyendo de la percepción de estas ayudas, en la práctica, a muchas personas potencialmente beneficiarias de las mismas.
3. Contexto normativo y social
El Real Decreto Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, introduce, en su artículo 1, diversas modificaciones en el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y, en lo que nos toca, modifica el artículo 37 de la citada ley en el sentido de extender a todos los trabajadores y trabajadoras la posibilidad de acogerse a medidas de conciliación hasta la edad de 12 años de sus hijos e hijas a cargo, equiparando así los derechos de conciliación de las personas trabajadoras por cuenta ajena a los derechos de las empleadas y empleados públicos.
Esta reforma legal viene a superar el agravio comparativo percibido por los trabajadores y las trabajadoras por cuenta ajena del sector privado, que habían visto su reflejo en quejas recibidas por esta institución en años anteriores.
En el ámbito autonómico no se han producido cambios significativos en el marco legal y normativo que sienta las bases para las políticas públicas de apoyo a las familias, que queda configurado por la Ley 13/2008 de 12 de diciembre, de apoyo a las Familias, en la que se fijan los fundamentos y principios de la intervención pública en esta materia, completada por su desarrollo normativo, regulador de las ayudas económicas por hijos e hijas, de las ayudas económicas de ayuda a la conciliación de la vida familiar y laboral y del sistema de estandarización de la renta familiar.
Además, las líneas y orientaciones de las políticas públicas de apoyo a las familias en Euskadi se contienen en los planes interinstitucionales de apoyo a las familias. En el año 2013, la Dirección de Política Familiar y Desarrollo Comunitario del Gobierno Vasco, órgano competente en la materia, acordó priorizar ámbitos de actuación y acciones estratégicas del III Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias, vigente desde la fecha de su aprobación en diciembre de 2011. Los temas que pretenden impulsarse a través de las 16 acciones estratégicas que responden a 32 medidas, fueron ya destacados en el informe de 2013.
4. Otras intervenciones en el marco del plan de actuación
En el marco del plan de actuaciones elaborado para el año 2014, reseñamos a continuación las actuaciones principales llevadas a cabo en el área, centradas fundamentalmente en las actuaciones derivadas de la finalización del Informe extraordinario sobre Políticas de apoyo a las familias en Euskadi: análisis y propuestas y de la organización del curso de verano dentro de la XXXIII edición de los Cursos de Verano de la UPV, edición que albergó, asimismo, las XXIX Jornadas de coordinación de defensores del pueblo de todo el Estado.
4.1. Informe extraordinario sobre Políticas de apoyo a las familias en Euskadi: análisis y propuestas
El informe extraordinario Políticas de apoyo a las familias en Euskadi: análisis y propuestas recaba la opinión de familias, a través de asociaciones en las que están organizadas, la de expertos y responsables institucionales, además de realizar un análisis comparado de las políticas de apoyo a las familias en un buen número de países europeos. Todo ello con el fin último de contribuir al impulso y refuerzo de estas políticas de apoyo a las familias.
Tras un diagnóstico social, demográfico y del contexto jurídico y normativo, analiza los principales rasgos que caracterizan las políticas públicas de apoyo a las familias en Euskadi, tomando como referencia o a la luz de las políticas de apoyo a las familias desarrolladas en distintos países europeos.
Como es habitual en las actuaciones del Ararteko, el informe plantea una serie de recomendaciones dirigidas a las distintas administraciones que desarrollan políticas públicas destinadas a las familias de Euskadi. Las 16 recomendaciones se articulan en relación con los cuatro desafíos detectados:
1. Para el impulso del liderazgo y la transversalidad de las políticas de apoyo a las familias se propone, por una parte, un desarrollo más detallado del marco jurídico, que identifique las distintas realidades familiares merecedoras de especiales recursos o protección, de forma que puedan contar con la cobertura y apoyo adecuado desde los instrumentos legales que desarrolla la ley vasca de apoyo a las familias. Por otra, mejoras en la organización institucional relativas a la acción coordinada entre instituciones y/o niveles institucionales, dispositivos de información integral y la ampliación de la vigencia temporal del III Plan Interinstitucional de apoyo a las familias, con objeto de poder abordar la totalidad de las medidas en él contempladas, más allá de las prioridades fijadas en la actualidad por aquel para la presente legislatura.
2. Las recomendaciones dirigidas a reforzar la inversión pública en la familia, en especial para la compensación de costes de las familias con hijos e hijas, apuntan a:
- Aumentar el esfuerzo de inversión pública en medidas económicas destinadas a compensar los costes de las familias, y en especial de las familias con hijos e hijas, hasta conseguir progresivamente una posición media respecto a la de otros países europeos.
- Orientar el sistema de apoyos económicos a las familias con hijos e hijas hacia un sistema universal y no basado principalmente en deducciones fiscales (como el actual).
- Establecer, en el ámbito de la fiscalidad, medidas de refuerzo de la coordinación sociofiscal –mediante estrategias integrales– y avanzar en el desarrollo de iniciativas piloto que permitan comprobar su impacto.
3. Las extremas dificultades que encuentran las familias en su cotidianeidad para conciliar su vida familiar y laboral tienen un trascendencia indudable en el envejecimiento poblacional y en el mantenimiento futuro del actual sistema de bienestar, tal y como está concebido actualmente. Desde el Derecho comunitario europeo se están impulsando distintas medidas que exigen cambios estructurales y de valores para avanzar en este cometido y que apuntan, como lo hacen las recomendaciones del informe que apuntan a este objetivo, al impulso de estrategias coordinadas en materia de conciliación, al desarrollo de estrategias de sensibilización, así como a la puesta en marcha de recursos y ayudas efectivas, de vocación universal.
4. El grupo de recomendaciones para potenciar medidas de ámbito sectorial con alto impacto en las familias y a apoyar a familias en situación de vulnerabilidad se dirige a otros sectores con incidencia en las familias: al ámbito de los servicios sociales, sanitario y sociosanitario, para apoyar a las familias con personas en situación de dependencia, con discapacidad y enfermedad; a las instituciones que desarrollan actuaciones dirigidas a la educación y el desarrollo integral de niños y niñas, para el impulso de programas de parentalidad positiva y activar medidas para fomentar la visibilidad de la diversidad de modelos familiares en los materiales educativos; al sistema de vivienda, para adecuar la oferta a las distintas necesidades familiares a lo largo de la vida; al sistema de garantía de ingresos, para que considere en mayor medida el tamaño familiar e impulse campañas o medidas que mejoren el acceso a las prestaciones sociales de las familias potencialmente demandantes que no acceden a ellas; al ámbito del ocio educativo y la educación en el tiempo libre, para la ampliación suficiente de su oferta.
4.2. Reunión con asociaciones
Un año más hemos mantenido contacto con diferentes asociaciones que representan los intereses de la diversidad de familias de Euskadi, lo que nos ha permitido conocer sus principales líneas de trabajo, sus necesidades y demandas a los poderes públicos.
Los contactos se han mantenido fundamentalmente en el marco de la elaboración del informe extraordinario sobre la situación de las familias en Euskadi al que hemos hecho referencia en el apartado anterior y en el marco de la organización del Curso de Verano, donde han tenido una presencia importante representantes de diferentes organizaciones. Entre estas podemos destacar las siguientes: la asociación de familias numerosas de Euskadi, Hirukide; la asociación de madres y padres homosexuales Sehaska; la Fundación de Familias Monoparentales Isadora Duncan; la Associació de Famílies Lesbianes i Gais y la Fundación Secretariado Gitano.
La realidad de las familias monoparentales, en todo caso, ha sido específicamente abordada en la reunión mantenida con la Asociación de Mujeres Madres de Familias Monomarentales B.G., celebrada en noviembre de este año.
4.3. Reunión con el Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco
Para la presentación y diálogo en torno a las conclusiones y recomendaciones recogidas en el informe extraordinario sobre las políticas de apoyo a las familias que venimos citando, se ha mantenido reunión con responsables del Departamento de Empleo y Políticas Sociales del Gobierno Vasco, con presencia de la Dirección de Política Familiar y Desarrollo Comunitario.
Por otra parte, a lo largo del año se ha mantenido una fluida relación de colaboración con responsables y personal técnico de esta dirección, tanto para la tramitación y seguimiento de algunos expedientes de queja presentados por ciudadanos y ciudadanas, como en el marco de la revisión de los decretos de ayudas que está acometiendo el Departamento. En este punto queremos destacar la receptividad mostrada para la incorporación de la cuestión planteada por una ciudadana respecto a la documentación para acreditar la filiación de hijos e hijas adoptados en las solicitudes de ayudas para la conciliación.
4.4. Organización del Curso de verano del Ararteko y las XXIX Jornadas de Coordinación de Defensores de todo
el Estado
Dentro de la XXXIII edición de los Cursos de Verano de la UPV, los días 9 y 10 de septiembre se celebró en el Palacio Montehermoso de Vitoria-Gasteiz el curso organizado por el Ararteko con el título: Las familias y sus necesidades y retos en el actual entorno social y económico: respuesta de los poderes públicos. El propósito al abordar esta temática era posibilitar la reflexión de:
• Las funciones de las familias y el papel del Estado en su deber de ofrecer soporte y apoyo a éstas.
• Cuáles son las necesidades y demandas de las familias diversas.
• Cómo se está atendiendo a estas necesidades y demandas desde las políticas públicas “de familia” o desde aquellas que tienen un alto impacto en el sistema familiar.
• Cómo se están teniendo en consideración (y atendiendo, por tanto) los diversos factores que sitúan a algunas familias en situación de mayor vulnerabilidad a la exclusión y/o la discriminación.
• Qué aprendizajes podemos obtener de las políticas y las prácticas de países cercanos.
• Cómo dotar a las familias de tiempos de calidad para que puedan realizar sus funciones, especialmente las difícilmente transferibles.
• Y analizarlo con la necesaria perspectiva de género.
Información más detallada sobre el desarrollo del curso, participantes, ponencias, etc. se encuentra en el capítulo IV de este informe.
Esta edición, albergó, asimismo, las XXIX Jornadas de coordinación de defensores del pueblo de todo el Estado.
Como es habitual en estos encuentros anuales, con carácter previo se organizan una serie de talleres de trabajo para profundizar sobre la temática a abordar. En 2014 se han organizado dos talleres diferentes. El primero, celebrado en Pamplona, versó sobre el “Apoyo a las familias: necesidades compartidas y (+) diversas”. En él se profundizó sobre las necesidades compartidas por todas las familias, necesidades que, independientemente de su configuración, son de tres tipos: económicas, de tiempo y servicios y de información, orientación y asesoramiento para la crianza. Por otra parte, se analizaron las necesidades específicas que presentan modelos de familia diversos (familias numerosas, familias monoparentales, familias homoparentales, familias reconstituidas y familias acogedoras).
El segundo de los talleres se celebró en Sevilla bajo el título “Familias vulnerables: políticas públicas y recursos”. En él se abordaron las necesidades de: 1) las familias en exclusión social o en riesgo de exclusión social (familias inmigrantes y familias de etnia gitana, familias con carencia de recursos personales, sociales o económicos); 2) familias con menores en situación de vulnerabilidad o riesgo (familias en situación de pobreza con menores a cargo, familias en conflicto con menores a cargo, menores expuestos a violencia de género) y; 3) familias con personas dependientes.
El Ararteko dinamizó y coordinó el primero de los talleres sobre las necesidades compartidas por todas las familias y las necesidades que presentan algunas tipologías de familias en especial. Las conclusiones de ambos talleres se presentaron en el Curso de Verano y tienen su reflejo en la Declaración que aprobaron los defensores del pueblo con la que culminaron las Jornadas y el trabajo de estos meses.
5. Valoración del estado de los derechos ciudadanos
Ante la evidencia de que apoyar públicamente a las familias significa apoyar a las personas en su desarrollo humano, en la consecución plena de sus derechos individuales y sociales, protegiendo además especialmente a quienes más lo necesitan (menores, mayores, personas con enfermedad o dependencia), esta institución considera que el apoyo a las familias es una estrategia pública ineludible para el mantenimiento del Estado social, lo que significa que, en el contexto de crisis, más que nunca, las políticas familiares constituyen la mejor inversión pública para garantizar la cohesión social y prevenir la pobreza y la desestructuración social.
Antes de entrar en cuestiones más concretas, queremos recordar que actuar en materia de familias no sólo significa llevar a cabo políticas de ayudas públicas o subvenciones, sino que supone también, y cada vez más, impulsar cambios culturales, sociales y económicos profundos, que abran nuevas perspectivas a la integración plena de las necesidades de las familias en nuestra actividad económica. Los poderes públicos están llamados a liderar procesos de cambio de mentalidad, orientados a reconocer el espacio necesario, obligado –así como el valor central– del cuidado, del trabajo doméstico, del descanso, del ocio, de las relaciones humanas, de otras formas de participación social voluntaria o no remunerada.
Así, resulta cada vez más necesario poner el acento en nuevos planteamientos globales de organización de los tiempos, que cuestionen la centralidad del trabajo en nuestras vidas y permitan sostener una vida laboral, atendiendo al mismo tiempo suficientemente las necesidades personales y familiares.
Además, la corresponsabilidad en el cuidado y en la atención a las personas es un imperativo del principio de igualdad entre los sexos, que únicamente será viable si desarrollamos intensamente las bases para una sociedad conciliadora. De lo contrario, estaremos construyendo un modelo de sociedad que, al no dejar espacio para la atención y el cuidado de las personas, no puede ser humanamente viable.
En lo que concierne a las administraciones públicas vascas, ciertamente resulta necesario, con ese objeto, liderar un discurso novedoso y más arriesgado en materia de conciliación, que cuestione de raíz un modelo que cada vez se hace más insostenible para las vidas de las personas y que tiene un impacto evidente en la demografía de nuestras sociedades y en el deterioro de nuestra calidad de vida. Ello supone, no sólo trabajar en la sensibilización social de los agentes más concernidos por esta cuestión, como son las empresas, sino también conseguir que se incorpore esta cuestión como tema prioritario en las agendas políticas de las distintas instancias del poder público.
La apuesta por la conciliación debe distinguirse por su carácter transversal e impregnar todo nuestro sistema económico y político de un nuevo discurso de racionalización de los tiempos, de revalorización del cuidado, que sitúe a las personas y no a la producción en el centro de nuestra atención.
5.1. Aportando algunos cuestiones concretas para la mejora de las políticas actualmente vigentes en materia de apoyo a las familias, debemos decir que una de las primeras cuestiones que es preciso abordar en Euskadi es la identificación de aquellas realidades familiares que son merecedoras de especiales recursos o protección, con el objeto de crear un marco unificado para los titulares de derechos de las medidas dispuestas por las diferentes administraciones. Este es, por ejemplo, el caso de las familias monoparentales que, en opinión de esta institución, debieran gozar de un reconocimiento claro y una definición que permita identificar con precisión qué unidades familiares encajan en el modelo de familia monoparental. Por tanto, se hace necesario una regulación de detalle –en desarrollo de la Ley 13/2008 de Apoyo a las Familias– de las distintas categorías de familias, de manera que se asegure su igual consideración por parte de todas las administraciones públicas vascas, sin que se puedan producir diferencias de trato injustificadas que perjudiquen a aquellas familias que están en una situación de mayor vulnerabilidad.
5.2. Las familias, independientemente de su configuración y composición concretas, presentan necesidades comunes que, en un ejercicio de simplificación, podríamos decir que son de tres tipos: 1) información, orientación y asesoramiento para el adecuado desempeño de las competencias parentales; 2) recursos para hacer frente a los costes asociados a la crianza de los hijos e hijas y/o al cuidado intrafamiliar; 3) tiempo y servicios para la conciliación de las responsabilidades asumidas en el ámbito laboral, el ámbito familiar y la vida personal.
5.2.1. Muchos cambios y retos a los que se enfrentan las familias actuales requieren que se dé al ejercicio de la parentalidad un mayor apoyo. Es preciso dotar a todas las familias de recursos y competencias adecuada para la tarea educativa y de acompañamiento de los hijos e hijas en su desarrollo personal y social, aumentando la implementación de programas de parentalidad positiva y formación (sobre desarrollo de valores, educación afectivo-sexual, exposición a pantallas, diversidad familiar, etc.) desde un planteamiento de prevención primaria y salud pública.
5.2.2. En cuanto a los recursos económicos para hacer frente a los costes asociados al cuidado intrafamiliar, se hace necesario reforzar la inversión pública en la familia, en especial para la compensación de costes de las familias con hijos e hijas, pero también respecto a los costes derivados por el cuidado de personas dependientes o con discapacidad.
En este sentido, consideramos necesario que el sistema de apoyos económicos a las familias con hijos e hijas se oriente hacia un sistema universal –de ayudas universales directas no sometidas a renta, aunque pudieran ser ponderadas en función de ésta– y no basado principalmente en deducciones fiscales, como sucede en la actualidad. En la medida de lo posible, se debería tender hacia un sistema automatizado para su concesión e incoado de oficio, recurriendo para ello a los datos y documentación que obra en poder de las distintas administraciones. Se resolverían así muchos de los problemas relacionados con la gestión (solicitud, aportación de documentación acreditativa, etc.) de las prestaciones.
Por otro lado, consideramos también que el sistema fiscal debería convertirse en una útil herramienta para articular el apoyo público a las distintas situaciones familiares, por lo que instamos a establecer medidas de refuerzo de la coordinación sociofiscal y a avanzar en el desarrollo de iniciativas piloto, de forma que se pueda evaluar su impacto y seguir avanzando en la universalidad del modelo de apoyo a las familias.
5.2.3. Cuando las familias demandan soluciones parar una adecuada conciliación de sus responsabilidades en el ámbito laboral, familiar y su vida personal, están pidiendo, fundamentalmente, dos cosas: tiempo, para dedicarse personalmente a la crianza de los hijos e hijas y al cuidado de los miembros de la familia; y servicios, que atiendan adecuadamente y según su naturaleza –educativa, relacional, de protección– a esos miembros de la familia no autónomos durante el tiempo de ejercicio de la actividad laboral. A estas dos demandas se le añade el dinero, bien para “comprar” tiempo (y continuar percibiendo los ingresos que garantizan el sostenimiento y bienestar de la familia), bien para comprar servicios, en caso de que el estado no los provea directamente.
En Euskadi, el apoyo público a las familias se ha orientado, por una parte, a la dotación de recursos y servicios comunitarios de proximidad, como pueden ser las Haurreskolak en el ámbito del cuidado de niños y niñas o los centros de día para las personas en situación de dependencia. Sin embargo, se hace necesario que las administraciones vascas contribuyan, aún más y en la medida de sus competencias, a reforzar y/o aumentar los programas, permisos y servicios de apoyo a la conciliación, asegurando una amplia oferta de estos y explorando las vías que permitan extender a todos los sectores laborales (públicos y privados) una mayor flexibilidad en cuanto a la reducción y reorganización de la jornada laboral y en cuanto a los tiempo de presencia o teletrabajo, con objeto de facilitar la conciliación.
Las ayudas económicas destinadas a compensar parcialmente los costes de la conciliación, no son más que medidas de alivio parcial para quienes las reciben. No obstante, se considera necesario mantener el nivel económico y la universalidad de las ayudas, tratando de tender a aumentarlas en el futuro y realizando las modificaciones normativas necesarias para incorporar algunos otros colectivos como beneficiarios de éstas (personas trabajadoras autónomas, progenitores no custodios) y ampliando la edad de los hijos e hijas para cuyo cuidado se solicitan las ayudas de los actuales 8 años a los 12 años.