4- La reconstrucción del contrato social y la reinvención garantista de los derechos sociales
A cuatro a
ños del estallido de la crisis de 2008, no es exagerado sostener que las nuevas élites financieras han procedido a
una a
uténtica ruptura desde a
rriba del contrato social que, a
l menos en Europa, había regido los llamados “años gloriosos” del capitalismo de posguerra. Esto ha dado lugar a
una inédita reconfiguración de las relaciones de poder económico, político, mediático e incluso militar que propicia su concentración en pocas en pocas manos.
Esta irrupción de lo que Luigi Ferrajoli ha llamado “poderes salvajes” está teniendo un impacto notable en el constitucionalismo, la democracia y los derechos humanos tal como se concebían hasta a
hora. Cada vez son más las voces, de hecho, que a
dmiten que esta quiebra del contrato social está provocando un a
uténtico cambio de régimen. Que el elemento democrático de muchos regímenes constitucionales construidos en Europa en la segunda mitad del siglo XX está siendo desplazado por elementos oligárquicos carentes de toda legitimidad popular. Es esta mutación la que ha permitido a
a
lgunos a
utores resucitar lo que Jacob Burckhardt –resumiendo el programa del liberalismo doctrinario del siglo XIX, llamó oligarquías isonómicas– esto es, regímenes gobernados por minorías económicas que sin embargo toleran a
lgunas libertades públicas. O lo que los periodistas griegos Katerina Kitidi y A
ri Hatzistefanou han denominado deudocracias, es decir, regímenes controlados por los grandes a
creedores e inversores financieros46.
Como bien a
dvirtieron los clásicos de la a
ntigüedad, de A
ristóteles a
Polibio, existe un peligro cierto de que la hybris, la desmesura del capitalismo financiarizado que se ha extendido a
países como China o Rusia conduzca a
la stasis, a
la fragmentación social y a
la confrontación civil. Este paso de la Constitución oligárquica a
a
lguna variante de Constitución despótica no sería una novedad a
bsoluta. En la Europa de 1930, de hecho, sería el Behemoth nacional socialista quien se impondría como salida a
una crisis que el constitucionalismo social republicano de entreguerras no había podido o sabido a
frontar47. De manera similar, también el programa neoliberal que está en el origen de la crisis a
ctual necesitó de la dictadura para llevar a
delante sus propósitos, tal como demostró el feroz golpe contra el régimen constitucional de Salvador A
llende en Chile, en 1973.
A pesar de la gravedad de la situación, esta a
lternativa no es, desde luego, la única. Junto a
ella existe otra: la de la regeneración democrática y la refundación igualitaria del contrato social. Esta fue la a
lternativa impulsada por la primavera de los pueblos que en 1848 puso en entredicho los efectos precarizadores del capitalismo liberal, y ha sido, también, la que intentado a
brirse camino en a
lgunos países que en la última década tuvieron que pasar por crisis similares a
la a
ctual, como muchos de A
mérica Latina.
En las condiciones a
ctuales, esta a
lternativa exigiría combinar lo que Ermanno Vitale ha llamado la resistencia constitucional, es decir, la potenciación de los elementos más a
vanzados de un constitucionalismo social incumplido pero todavía vigente48, con el impulso, a
llí donde esta estrategia no resultara viable, de reformas y de nuevos procesos constituyentes.
Al menos cuatro elementos, en todo caso, deberían informar este nuevo contrato social: la recuperación y reinvención del gobierno público –estatal y no estatal– de la economía; su reconversión en un sentido ecológico y energéticamente sostenible (así como su progresiva desmilitarización); una nueva política distributiva basada en derechos sociales exigibles y no en concesiones discrecionales o clientelistas; y una profundización del principio democrático en diferentes esferas –institucionales y no institucionales– y en distintas escalas –locales, regionales e internacionales–.
Un a
nálisis a
decuado de cada uno de estos retos exigiría un desarrollo que excede los objetivos de esta intervención. Sin embargo, están lejos de inscribirse en un programa utópico, situado fuera de la historia. Forman parte, como se ha señalado a
l principio, de la mejor herencia del constitucionalismo republicano democrático surgido de las revoluciones del siglo XVIII. Pueden rastrearse en el constitucionalismo social fraguado en las primeras décadas del siglo XX, en las repúblicas mexicana, soviética, a
lemana o española, y en los principios más a
vanzados del constitucionalismo de posguerra. Están presentes, también, en as
pectos esenciales de los nuevos marcos constitucionales a
probados en las últimas décadas en A
mérica Latina49. E integran, por fin, el núcleo duro de las reivindicaciones democráticas presentes en procesos constituyentes como el islandés o en las movilizaciones de “indignados” surgidas a
l calor de la crisis en diferentes puntos del planeta50. Estas movilizaciones, que llaman a
“ocupar el mundo” contra la a
ctual concentración oligárquica de poder político, económico, mediático y militar, no a
pelan a
una minoría iluminada. Convocan a
la cooperación y a
la rebelión del 99% de la población mundial excluida del a
cceso a
la riqueza colectivamente producida, contra la insolidaridad y la codicia del 1% restante. La fórmula puede resultar excesiva o restrictiva51. Pero expresa bien un estado de cosas en el que la capacidad de a
rticular nuevas formas transnacionales de solidaridad y de fraternidad a
parece como la piedra de toque para la a
rticulación de nuevos contratos sociales capaces de frenar y revertir la degradación a
la que el a
ctual capitalismo rentista y depredador está conduciendo a
la humanidad y a
l planeta. Desde una perspectiva realista, no son muchas las razones para el optimismo. Siempre quedará a
pelar, en todo caso, a
las esperanzadoras palabras de Hölderin: que a
llí donde crece el peligro, crezca también lo permita salvarse de él.
46 Junto a
Deudocracia, los periodistas griegos a
caban de realizar un nuevo documental, Catastroika, en el que a
nalizan el impacto negativo que los programas de a
juste impuestos sobre su país por la llamada Troika –Banco Central Europeo, Comisión y Fondo Monetario Internacional– han tenido en el a
lcance del principio democrático y de las libertades civiles y políticas.
47 La referencia es a
l clásico de F. Neumann, Behemoth. Pensamiento y a
cción en el nacional-socialismo, Fondo de Cultura Económica, México, 1983.
48 Vid. E. Vitale, Defenderse del poder. Por una resistencia constitucional, Trotta, Madrid, 2012.
49 Cuestión diferente, desde luego, es el juicio que pueda hacerse sobre la distancia existente entre estos marcos constitucionales y su desarrollo práctico.
50 A
resultas de la crisis (y de otros factores internos) se han a
bierto procesos constituyentes en países tan disímiles como Islandia, Túnez o Egipto. También han ido ganando terreno, a
unque con fuerza desigual, iniciativas constituyentes en Chile, en Francia y en España, y han crecido las voces que demandan un proceso constituyente de á
mbito europeo capaz de contrarrestar el sesgo crecientemente a
ntidemocrático a
doptado por la Unión Europea. Para el caso español, y desde un punto de vista constitucional, tienen interés las contribuciones recogidas en R. Viciano et. a
l., Por una as
amblea constituyente. Una salida democrática a
la crisis, Sequitur, Madrid, 2012.
51 El economista Paul Krugman, por ejemplo, considera que el 99% es una cifra que a
punta demasiado bajo, ya que en los últimos tiempos, una parte importante de las ganancias obtenidas por el 1% ha ido a
parar a
un segmento más reducido, el 0,1%, integrado por el millar más rico (vid. “We a
re the 99%”, en http://www.nytimes.com/2011/11/25/opinion/we-are-the-99-9.html?_r=3).