8. Personas gitanas y otras minorías culturales
Antecedentes
En este a
partado del informe a
nual queremos dar cuenta de las a
ctuaciones del A
rarteko que a
fectan a
las personas gitanas.
La situación de crisis económica está a
fectando a
los grupos más vulnerables como son el pueblo gitano. La discriminación que ha sufrido exige de políticas públicas que promuevan su inclusión social y laboral, que a
puesten por la mejora educativa de los niños y niñas y que posibiliten el a
cceso a
una vivienda en condiciones a
decuadas. El reconocimiento como minoría cultural también implica la protección y promoción de su cultura y su participación social y política. Ello requiere de una voluntad firme a
favor de su inclusión social.
Por el contrario, la a
usencia de a
poyo desde el sector público les dificulta su progreso social por la discriminación que sufren y las desigualdades de las que parten. Las personas gitanas tienen serias dificultades para a
lquilar una vivienda, encontrar un trabajo o disponer de una educación de calidad.
Tanto la Unión Europea como el Consejo de Europa han elaborado en los últimos a
ños informes y han propuesto estrategias con el fin de corregir esta situación. Para ello se requiere la colaboración de las a
dministraciones públicas más cercanas, a
yuntamientos, diputaciones, y Gobierno vasco. A
unque se ha a
vanzado en la elaboración de diagnósticos y en la propuesta de medidas, queda pendiente la voluntad decidida de los a
gentes públicos para su puesta en marcha y, de manera imprescindible, para destinar la financiación necesaria que permita su materialización.
Otra cuestión pendiente es la de mantener una posición firme por parte de los responsables públicos y del resto de a
gentes públicos y sociales que haga frente a
los estigmas y prejuicios que existen en la sociedad mayoritaria. En todo tipo de manifestaciones con relación a
l pueblo gitano debería tenerse en cuenta la persecución que han sufrido y los daños infligidos. La persistencia de estigmas y prejuicios dificulta su progreso e inclusión social ya que todavía soportan el rechazo, la discriminación y la falta de a
tención a
sus necesidades como minoría cultural.
1. Quejas destacadas
I. Este a
ño las quejas que hemos recibido están relacionadas con las dificultades de inscripción en el padrón y con la suspensión de prestaciones sociales de contenido económico. También se han recibido quejas relacionadas con las dificultades de a
cceso a
la vivienda. Mencionamos las más destacadas:
1.1. Denegación de la inscripción en el padrón
El A
yuntamiento de A
banto-Zierbena denegó la inscripción en el padrón municipal de una familia gitana con hijos que vivía en el Barrio de Santa Juliana. En el informe de a
l a
ño pasado informamos de dicha a
ctuación y de la Resolución que le dirigimos. (Resolución del A
rarteko, de 15 de diciembre de 2011, por la que se recomienda a
l A
yuntamiento de A
banto-Zierbena que inscriba en el padrón municipal a
una familia que vive en el Barrio Santa Juliana).
El A
yuntamiento este a
ño ha procedido a
inscribirles en el padrón por lo que hemos concluido nuestra intervención.
1.2. Suspensión de prestaciones sociales de contenido económico
Este a
ño varias familias gitanas han sido objeto de un procedimiento de suspensión de la prestación de la Renta de Garantía de Ingresos como consecuencia de un informe de la policía municipal de Bilbao. La policía municipal tras un episodio en el que sufrieron a
gresiones y se detuvo a
varias personas, inició una investigación con relación a
l cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa para ser perceptores de la prestación de Renta de Garantía de Ingresos. Lanbide tras recibir el mencionado informe procedió a
suspender las prestaciones económicas a
varias familias. En el a
nálisis de la información recibida se ha podido comprobar que se habían incumplido obligaciones por parte de a
lgunas las personas a
fectadas, en a
lgunos casos, por la a
plicación de la nueva normativa, pero seguían cumpliendo los requisitos para ser titulares de la Renta de Garantía de Ingresos. Hemos trasladado a
Lanbide la preocupación de esta institución por el mantenimiento de la situación de suspensión en estos expedientes. El inicio del procedimiento de suspensión estuvo relacionado con un incidente que puede tener trascendencia penal pero que no a
fecta a
la normativa sobre la garantía de ingresos. No es habitual que se inicien revisiones de los expedientes de prestaciones económicas con un informe del Concejal de Seguridad de un A
yuntamiento. A
demás, Lanbide procedió a
suspender el a
bono de la prestación de Renta de Garantía de Ingresos sin dar a
udiencia previa. El mantenimiento de una situación de suspensión de la prestación de Renta de Garantía de Ingresos tendría que estar fundamentado en un incumplimiento de los requisitos para ser titular del derecho, requisitos previstos en el a
rt. 9 del Decreto 147/2010. El a
rt. 46 del a
nterior decreto establece: “Decaídas las causas que motivaron la suspensión del derecho a
la Renta de Garantía de Ingresos, la Diputación Foral, de oficio o a
instancia de parte, procederá a
comprobar si en ese momento concurren los requisitos para el devengo de la prestación y, en su caso, a
establecer su cuantía, siendo de a
plicación las normas procedimentales previstas en los a
rtículos 53 a
55 del presente Decreto”. As
í mismo, el a
rt. 9.3 del Decreto 147/2010 establece entre los requisitos, no disponer de recursos suficientes.
Estas familias no disponen de recursos suficientes en a
plicación de dicha previsión legal, por lo que cumplirían los requisitos para ser titulares de la prestación. La información remitida por Lanbide no contiene datos sobre los recursos económicos que disponen, esto es, no consta que tengan recursos económicos suficientes. El hecho de tener varios vehículos de su propiedad debe ser tenido en cuenta en la determinación del valor del patrimonio, a
rt. 23 y siguientes Decreto 147/2010, pero no como una presunción de que disponen de patrimonio suficiente, dado el valor de los mismos.
En nuestra opinión, con independencia de que el incumplimiento de las obligaciones debe tener consecuencias, bien en el procedimiento sancionador, bien en la duración de la suspensión (tal y como se prevé en el a
rt. 45 del Decreto 147/2010) solamente en el caso de que estas familias no cumplan los requisitos para ser titulares de la RGI se les puede denegar la reanudación de la prestación.
Por último, señalábamos que las resoluciones deberían haber sido más detalladas y establecer razonadamente los motivos por los que no cumplen los requisitos para ser titulares de la prestación de la Renta de Garantía de Ingresos. Es importante recordar que se trata de familias pertenecientes a
l pueblo gitano. Este pueblo ha sufrido históricamente una discriminación y rechazo que a
ún está muy presente tanto en sus miembros como en la sociedad en la que viven. As
í mismo, un factor que es muy determinante es la situación de exclusión social de muchos de sus miembros. El hecho de que se resuelva que no cumplen los requisitos para ser titulares de la prestación de la Renta de Garantía de Ingresos tiene, por tanto, que estar muy justificado, para no llevar a
equívocos. Entendemos que en estos casos no se han dictado resoluciones en las que conste una justificación legal clara del motivo por el que no se ha reanudado el derecho a
la prestación. No hemos recibido a
ún respuesta por parte de Lanbide, tras trasladarle la a
nterior valoración.
1.3. Reclamación de cantidades percibidas indebidamente
Hemos tramitado una queja en la que la Diputación Foral de Bizkaia reclamaba a
devolución de 36.244,24€. Se trataba de la cantidad que había percibido en concepto de Renta de Garantía de Ingresos por parte de una familia de 5 miembros durante más de 3 a
ños. La Diputación Foral tras un informe de la oficina de control e inspección del A
yuntamiento de Bilbao había constatado que la familia trabajaba en los mercadillos por lo que entendía que había incumplido la obligación de comunicar los ingresos de los que disponía. Esta institución ha trasladado su valoración a
la Diputación Foral de Bizkaia, en la que le señalamos que, a
unque esta familia había incumplido la obligación de comunicar la cuantía de los ingresos mensuales, de ello no se podía deducir que haya tenido ingresos suficientes y que no cumple los requisitos para ser perceptor de la Renta de Garantía de Ingresos.
En nuestra opinión la reclamación de 36.244,24 € tras la a
veriguación de que se desarrolla una a
ctividad económica, sin que conste fehacientemente que percibe rendimientos superiores a
la cantidad que le correspondería de Renta de Garantía de Ingresos es desproporcionada a
los hechos que se le imputan. Ni la Ley 18/2008, ni el Decreto 147/2010 establecen que el incumplimiento de las obligaciones implica la obligación de devolver las cantidades percibidas indebidamente, por lo que a
l entender que dicho incumplimiento lleva a
parejado la obligación de devolver las cantidades percibidas en concepto de Renta de Garantía de Ingresos se está yendo más a
llá de lo que la mencionada normativa ha previsto. Se trataría, por tanto, de comprobar los ingresos que ha obtenido esta familia de la venta a
mbulante y, tras hacerlo, a
nalizar si seguía teniendo derecho a
la prestación de la Renta de Garantía de Ingresos en cualquiera de sus modalidades, bien de manera íntegra o con los descuentos correspondientes.
1.4. Quejas que se han tramitado en otras á
reas que a
fectan a
l colectivo, en concreto, en el á
rea de Urbanismo, a
ctuaciones en barrios degradados
Barrio Santa Juliana de A
banto–Zierbena: El A
rarteko elaboró una recomendación en el a
ño 2010, Resolución del A
rarteko, de 20 de septiembre de 2010, por la que se concluye la reclamación presentada por un grupo de vecinos y vecinas en la que ponen de manifiesto la situación de deterioro social y urbanístico que padece el Barrio de Santa Juliana en A
banto-Zierbena.
En el informe del a
ño 2011 hicimos referencia a
l seguimiento que habíamos realizado y a
la respuesta del A
yuntamiento de A
banto-Zierbena. En julio de 2012 el Departamento de Vivienda nos ha remitido un informe. En el mismo menciona la a
probación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de A
banto y Zierbena de 29 de julio de 2010. Ese PGOU prevé un sector para el barrio de Santa Juliana que debe desarrollarse por un plan parcial.
También se han cometido una serie de a
ctuaciones para la redacción del estudio previo del sector de Santa Juliana en coordinación con el A
yuntamiento y la Diputación Foral de Bizkaia y se ha recabado información sobre la situación del terreno y de las parcelas. En esos momentos existe una propuesta de ordenación pormenorizada de ese á
mbito. Uno de los inconvenientes que ha surgido puede llevar a
la modificación de las determinaciones del PGOU. Por ello señala que se requiere un plazo de cuatro a
ños para la elaboración de todos los documentos necesarios para proceder a
la ejecución de las obras de urbanización y edificación. El informe a
poya la elaboración municipal de un plan de intervención urgente, dirigido a
l mantenimiento de las condiciones y servicios de habitabilidad, y previo a
las a
ctuaciones urbanísticas de regeneración integral. En relación con la participación ciudadana el Departamento considera a
certada la propuesta de garantizar la opinión del vecindario a
través del Consejo As
esor de Planeamiento. En todo caso coincide con el interés público de garantizar el derecho de realojo de todas las personas que residan legalmente en las viviendas que se hayan de derribar. En consecuencia destacamos que el proceso de regeneración social urbanística continúa a
vanzando, a
pesar del excesivo tiempo que conlleva la concertación y elaboración de los planes de ordenación requeridos.
1.5. Necesidad de vivienda
Este a
ño hemos recibido quejas con relación a
la necesidad de vivienda de familias gitanas originarias del País Vasco que viven en a
lojamientos itinerantes como son las furgonetas por haber sido desalojadas de su vivienda. Son familias que tienen menores a
su cargo por lo que se encuentran en una situación de enorme vulnerabilidad. Esperemos que la nueva normativa sobre a
lquiler de viviendas de protección oficial facilite a
estas familias el a
cceso a
un a
lojamiento a
decuado por ser un derecho básico.
2. Contexto normativo y social
El Consejo para la promoción integral y la participación social del pueblo gitano a
dscrito a
l Departamento de Empleo y As
untos Sociales del Gobierno vasco a
cordó la prórroga del periodo de vigencia del II Plan para la promoción integral y participación social del pueblo gitano por un periodo a
dicional de dos a
ños. Ello conlleva la revisión y a
ctualización de las a
ctuaciones que comprende, tomando en consideración no sólo el desarrollo que hasta la fecha ha tenido el Plan, sino también las directrices y propuestas derivadas del Marco europeo de estrategias nacionales de inclusión de la población gitana hasta 2020, y la estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población Gitana en España (2012-2020). Entre los motivos que se tuvieron en cuenta para tomar la decisión estaba el que muchas de las medidas a
probadas en el a
ño 2009 no se habían ejecutado
Este a
ño el Gobierno Vasco ha a
probado el Plan para la Mejora de la Escolarización del A
lumnado Gitano. Pretende mejorar la escolarización del a
lumnado gitano dentro del marco de la escuela inclusiva. Se trata de as
egurar la equidad en cuanto a
l a
cceso a
la escolarización, la continuidad y el éxito del a
lumnado gitano, superar las desigualdades de género, promover la mejora de los procesos de enseñanza-aprendizaje y el enriquecimiento curricular en clave intercultural. También tiene como objetivos favorecer las relaciones y la visibilidad de la cultura gitana, la participación de las familias y la colaboración de las entidades gitanas con experiencia en el campo educativo y con todos los a
gentes implicados en la educación del a
lumnado gitano.
El Ayuntamiento de As
tigarraga ha elaborado un reglamento interno con relación a
l as
entamiento de chabolas ubicado en el municipio, bajo la a
utovía, junto a
l río Urumea.
En el mismo permite el as
entamiento por un periodo de 5 a
ños siempre que se cumplan con determinadas normas de convivencia. El A
yuntamiento hará efectivo el empadronamiento en las chabolas a
a
quellas personas que lo soliciten y que firmen el compromiso de cumplimiento de la normativa y permanezcan un periodo de tres meses, como indicador de estabilidad residencial. En el reglamento se señalan los compromisos que se as
umen y las consecuencias del incumplimiento.
Este a
ño se ha publicado una nueva normativa que regula el registro de solicitantes de vivienda y los procedimientos para la a
djudicación de viviendas de protección oficial y a
lojamientos dotacionales de régimen a
utonómico Orden de 15 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes.
Esta normativa, entre otras cuestiones, modifica la regulación de los procedimientos de selección y a
djudicación de viviendas de protección oficial. Las viviendas se as
ignarán sin sorteo en el régimen de a
rrendamiento, siguiendo una lista baremada según criterios de preferencia. Ello a
bre la puerta a
que a
lgunas familias en situación de exclusión con dificultades para a
cceder a
una vivienda puedan tener más oportunidades para su a
cceso en régimen de a
rrendamiento en a
plicación de la baremación.
Este a
ño se ha producido un cambio normativo que ha a
fectado a
la población gitana de origen rumano. Se trata de la modificación del a
rt. 7 del Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el A
cuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que se ha realizado por Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de a
bril y la normativa que la desarrolla: Orden PRE/1490/2012, de 9 de julio, por la que se dictan normas para la a
plicación del a
rtículo 7 del Real Decreto 240/2007. En a
plicación de esta normativa las personas de origen rumano que tengan intención de residir en España deben a
creditar disponer de medios económicos.
También mencionamos en este a
partado la Estrategia Nacional para la Inclusión Social de la Población gitana en España 2012-2020 por A
cuerdo de Consejo de Ministros en a
plicación del marco europeo de estrategias nacionales de inclusión de los gitanos hasta 2020.
La Estrategia incide en las cuatro á
reas clave para la inclusión social: Educación, Empleo, Vivienda y Salud. En cada una de ellas marca unos objetivos cuantitativos, que se concretan en porcentajes de población, a
a
lcanzar en el a
ño 2020, as
í como unas metas intermedias para 2015. A
demás de estas cuatro á
reas, la Estrategia establece líneas de a
ctuación complementarias en materia de a
cción social, participación, mejora del conocimiento de este colectivo, igualdad de la mujer, no discriminación, promoción de la cultura y una especial a
tención a
la población romaní procedente de otros países.
La Unión Europea ha elaborado una Comunicación de la Comisión a
l Parlamento Europeo, a
l Consejo, a
l Comité Económico y Social Europeo y a
l Comité de las Regiones: Las Estrategias Nacionales de Integración de los Gitanos: un primer paso para la a
plicación del marco de la UE Bruselas, 21.5.2012, COM(2012) 226 final.
Esta Comunicación hace una evaluación de las estrategias nacionales de integración de los gitanos que han presentado los Estados, tras la a
dopción de la Comisión del Marco Europeo de Estrategias Nacionales de Integración de los Gitanos el 5 de a
bril de 2011.
Los Estados miembros han de desarrollar y a
plicar un enfoque integrado y sostenible que combine medidas en distintos sectores entre los que se incluyen la educación, el empleo, la salud y la vivienda. El Marco de la UE plantea por primera vez la integración de los romaníes a
l nivel de la UE y la vincula claramente con la Estrategia Europa 2020.
En la misma se señala que la a
dopción de Estrategias Nacionales de Integración de los Gitanos no es sino un primer paso. En la próxima fase, los esfuerzos deberán concentrarse en su ejecución a
través de planes de a
ctuación que contengan medidas concretas a
daptadas a
los objetivos de integración de los gitanos, un calendario claro y una financiación a
decuada.
La evaluación de la Comisión se centra en los enfoques utilizados por los Estados miembros en los cuatro á
mbitos clave de educación, empleo, a
tención sanitaria y vivienda, as
í como en las soluciones a
plicadas a
los requisitos estructurales (cooperación con la sociedad civil y las a
utoridades regionales y locales, a
ctividades de seguimiento, lucha contra la discriminación y creación de un punto de contacto nacional) y a
la financiación. Con relación a
los á
mbitos clave los objetivos son: garantizar que todos los niños gitanos concluyan, como mínimo, los estudios primarios y tengan a
cceso a
una educación de calidad, reducir la diferencia entre la tasa de empleo de los gitanos y la del resto de la población, reducir las disparidades entre la situación sanitaria de los romaníes y la del resto de la población, eliminar la diferencia entre la proporción de gitanos con a
cceso a
vivienda y servicios públicos y la del resto de la población en esas condiciones.
La evaluación de las estrategias nacionales ha puesto de manifiesto que la mayor parte de los Estados miembros no ha as
ignado recursos presupuestarios suficientes a
ese objetivo, como es el caso de España, sino que proyectan a
poyarse en la financiación de la UE, lo que no es suficiente. La previsión es que estas medidas, que también deben incluir financiación de los Estados, sean objeto de negociaciones para el periodo de programación 2014-2020 de los Fondos Estructurales y del Fondo Europeo A
grícola de Desarrollo Rural.
También hacemos referencia a
los tres informes que ha elaborado el Consejo para la Promoción de la Igualdad de Trato y No Discriminación de las Personas por el Origen Racial o Étnico sobre la situación de la discriminación por origen racial o étnico en España, (1) un estudio sobre la percepción de las potenciales víctimas, (2)la memoria a
nual 2011 de resultados de la Red de centros de as
istencia a
víctimas de discriminación por origen racial o étnico, que incluye tanto la as
istencia ofrecida como a
ctividades de comunicación y sensibilización y (3) el informe a
nual sobre la situación de la discriminación y la a
plicación del principio de igualdad de trato por origen racial o étnico en España, que recoge los a
vances en el á
mbito legislativo, la jurisprudencia, encuestas, estudios, buenas prácticas y las a
ctividades del Consejo.
Por último, mencionamos el informe del Consejo de Europa sobre los derechos humanos de las personas gitanas “Human rights of Roma a
nd Travellers in Europe”. Este informe tiene entre sus objetivo contribuir a
l conocimiento de la situación de desigualdad que sufren las personas gitanas en los 47 Estados miembros del Consejo de Europa y facilitar la puesta en marcha de políticas públicas que a
caben con la situación de marginalización.
3. Otras intervenciones en el marco del plan de a
ctuación
Este a
ño hemos mantenido una reunión con las entidades sociales que trabajan en la defensa de los derechos de las personas gitanas y en el reconocimiento a
su cultura.
Entre las preocupaciones que nos trasladaron hicieron referencia a
l cambio de gestión a
Lanbide de las prestaciones sociales de contenido económico, como son la prestación de la Renta de Garantía de Ingresos y la Prestación Complementaria de Vivienda. Muchas de las dificultades que nos trasladaron son similares a
las que hemos referido en el a
partado del informe referido a
l á
rea de personas en situación o riesgo de exclusión social, a
l que nos remitimos. Las específicas que a
fectan a
las personas gitanas tenían que ver con la a
tención que reciben, la falta de confidencialidad en los lugares de a
tención a
pesar de que las cuestiones que se tratan son muy sensibles, el trato y las dificultades para hacer a
compañamiento por parte de las entidades sociales, as
í como la escasez de formación por parte del personal con relación a
l trabajo social y a
la a
tención a
determinados perfiles. También mostraron su preocupación por la suspensión de las prestaciones y los efectos que implica en la vida de las personas porque les imposibilita hacer frente a
l pago del a
lquiler o de otras necesidades básicas. En cuanto a
la inserción laboral plantearon la importancia de que se tenga en cuenta otras habilidades a
dquiridas, como es la mecánica a
unque no tengan un soporte a
cadémico.
También plantearon que el cambio de gestión de las prestaciones y su traslado a
Lanbide ha llevado a
que en a
lgunos a
yuntamientos se haya dejado de intervenir, no se está llevando a
cabo “otro trabajo social”. Tampoco se están concediendo las A
yudas de Emergencia Sociales cuya gestión mantienen.
Al igual que denuncian en otros á
mbitos, el nuevo modelo no está teniendo en cuenta las peculiaridades de las personas gitanas, como es que lleven a
cabo a
ctividades económicas en la economía informal que a
penas a
portan beneficios pero que les permite estar a
ctivos e intervenir en el mercado y a
yudar a
los gastos familiares.
Otro ejemplo que señalaron las entidades es que no se tiene en cuenta la opinión de las personas gitanas es la a
plicación de los cupos en los centros escolares de diversidad. Estos cupos obligan a
que los niños y niñas gitanas tengan que a
cudir a
otros centros escolares que están a
lejados de sus viviendas. Estos centros puede que sean concertados, lo que implica más gasto para las familias gitanas por cuotas diversas y que desde el centro, en ocasiones, no haya una buena a
cogida.
En cuanto a
l seguimiento de recomendaciones generales, el A
rarteko en el a
ño 2011 elaboró una recomendación de carácter general: Recomendación general del A
rarteko 3/2011, de 5 de octubre. Necesidad de desarrollar protocolos de a
ctuación para la intervención en los as
entamientos de personas gitanas de origen comunitario que viven en la Comunidad A
utónoma del País Vasco, en la que se a
naliza la realidad de los as
entamientos de personas gitanas en el País Vasco y la insuficiente cobertura a
sus necesidades más básicas.
Estos as
entamientos se están produciendo en nuestra Comunidad y entendemos que exigen una a
tención sincera por parte de las a
dministraciones públicas. Este a
ño destacamos la a
ctuación del A
yuntamiento de As
tigarraga a
la que también nos hemos referido a
l hablar del contexto social y político. El A
rarteko valora como positiva la decisión del A
yuntamiento de respetar el as
entamiento de personas rumanas de origen gitano en su municipio. Para ello el A
yuntamiento ha a
probado un reglamento en el que se establecen unos compromisos y normas de conducta que deben respetarse. Estas personas se encuentran en una situación de vulnerabilidad que exige medidas por parte de las a
dministraciones públicas. Para llevar a
cabo un proceso de inserción social es necesario que haya estabilidad y que puedan contar con el a
poyo de los servicios sociales, de los centros educativos, y del resto de servicios públicos. Tanto la Unión Europea como las a
dministraciones de los Estados Miembros deben llevar a
cabo estrategias que favorezcan la mejora de la calidad de vida, la educación y formación de las personas gitanas. Este A
yuntamiento está cumpliendo con los compromisos a
dquiridos en el marco de la estrategia gitana de la Unión Europea. Esta institución también valora como muy positivos los pasos dados por el A
yuntamiento de As
tigarraga y la Diputación Foral de Gipuzkoa para a
tender a
este colectivo, frente a
otro tipo de a
ctuaciones que se han llevado a
cabo en otros municipios, como son las de desalojar a
la población gitana que se había as
entado. Esta buena práctica requiere de una iniciativa local, como ha sido el caso, que debe tener un a
poyo por parte de la Diputación que corresponda y del Gobierno Vasco para que se puedan a
lcanzar resultados. También es importante que haya información y participación de los vecinos y vecinas, como ha sido el caso de As
tigarraga. Se ha creado una comisión de seguimiento del as
entamiento en la que participan diferentes a
gentes públicos y sociales (ayuntamiento, diputación, servicios sociales, ikastola, centro de salud, policía municipal, Caritas, As
ociación Romi Bidean…) lo cual es muy positivo para resolver los problemas que un proyecto de esta envergadura siempre conlleva. Esperemos que haya más iniciativas similares en los próximos meses que permitan dar una respuesta a
las familias gitanas y sea una oportunidad para su incorporación social y para construir una nueva historia para sus hijos lejos de los destierros a
los que han sido a
bocados en las últimas décadas.
4. Valoración del estado de los derechos ciudadanos
4.1. Esta minoría cultural ha sufrido la persecución y el rechazo durante siglos, sólo en las últimas décadas se han puesto en marcha políticas públicas que a
tiendan sus necesidades, pero que han sido claramente insuficientes. La estigmatización que sufren sigue siendo una barrera que obstaculiza su promoción social, económica y cultural. A
unque hay personas gitanas que han podido superar estas dificultades y obstáculos, y a
cceder a
estudios y a
un trabajo digno, todavía son muchas las que viven en condiciones de difícil supervivencia, sin un a
lojamiento a
decuado, ni a
gua, ni luz, entre otras carencias. Los índices de a
nalfabetismo y la menor esperanza de vida son factores que siguen diferenciando a
esta población, que también destaca por su contribución a
las a
rtes y por ser depositaria de los valores de solidaridad familiar.
Observamos una distancia muy grande entre las previsiones legales, los compromisos as
umidos en los distintos planes de a
ctuación y la realidad. Sí que, en general, en nuestro Estado a
cceden a
los servicios y prestaciones públicas en igualdad pero estas medidas no son suficientes ni a
decuadas para su inclusión laboral y social porque no a
tienden específicamente la singularidad y las necesidades de este pueblo que lleva sobreviviendo a
la marginación y exclusión social desde hace siglos. Por ello las medidas específicas que se incorporan en los planes (como son los dos planes que se han a
probado en el País Vasco) son fundamentales para su promoción y participación social. Se ha a
vanzado en la elaboración y diseño de las medidas necesarias pero no en la toma de decisiones por parte de los departamentos de las a
dministraciones públicas que lleve a
su cumplimiento. La ejecución de las medidas previstas en el II Plan vasco para la promoción y participación social del pueblo gitano debería ser una prioridad y una exigencia para los responsables públicos a
los que compete.
4.2. La crisis financiera, la destrucción y la falta de creación de empleo están perjudicando, sobre todo, a
las personas que parten de situaciones de mayor desigualdad y desventaja social, como son las gitanas. El mercado de trabajo con el a
lto índice de paro y las prioridades con las que se elige a
la mano de obra va a
seguir marginando a
la población gitana. En este contexto el Sistema Vasco de Garantía de Ingresos se torna en clave para la lucha contra la exclusión social de las personas gitanas.
4.3. La gestión de Lanbide debe mejorar y tener en cuenta las necesidades y peculiaridades de las personas gitanas. La a
tención a
estas personas requiere tomar en consideración las desigualdades de las que parten. Los compromisos que incorporan los convenios de inclusión deben tener en cuenta las familias a
las que se dirigen. También la a
ctivación laboral se debe a
justar a
l perfil que presentan. Es necesario que la gestión de Lanbide se a
decúe a
las singularidades de las personas gitanas para que sea eficaz, y no deje fuera a
un colectivo que cumple los requisitos para ser titular de las prestaciones sociales de contenido económico y para su a
ctivación laboral.
4.4. Las personas gitanas en el siglo XXI demandan una vivienda para vivir con dignidad. El a
cceso a
una vivienda está siendo cada vez más difícil para las familias gitanas con más dificultades sociales. Los programas públicos se hacen imprescindibles para evitar que estas familias vivan en condiciones insalubres. Estos programas requieren de intervenciones sociales y a
compañamientos educativos que tengan en cuenta las necesidades y los prejuicios de muchos vecinos y vecinas.
4.5. Otra necesidad importante es la inscripción en el padrón y la de poder mantener la estabilidad de la residencia en un municipio. La historia con las personas gitanas ha tenido como un elemento que se ha repetido su destierro, las denegaciones de empadronamiento, los desalojos… Las iniciativas locales como las del A
yuntamiento de As
tigarraga son muy importantes porque dan un tratamiento humanitario a
la existencia de un as
entamiento en su municipio. Se trata de dar una oportunidad a
esta población y establecer derechos y obligaciones por a
mbas partes, que permita una convivencia vecinal. Por el contrario, la falta de a
tención y de compromisos conlleva la generación de problemas y como única respuesta el desalojo. Cuando se trata de personas en situación de vulnerabilidad es necesario a
plicar políticas humanitarias en las que se vea a
la persona, su historia de vida y su vulnerabilidad más a
llá de determinadas a
ctuaciones que puedan llevar a
l reproche y a
la manifestación de prejuicios vecinales.
4.6. Es crucial que haya un posicionamiento firme por parte de los responsables públicos con relación a
l respeto de los derechos de las personas gitanas y a
la lucha contra la discriminación y que el discurso público recuerde la persecución y el rechazo que este pueblo ha sufrido y sufren a
ún, e incorpore los compromisos existentes para su promoción y para su reconocimiento como minoría cultural.