Antecedentes
Las personas c
on enfermedad mental o trastornos mentales, por su especial vulnerabilidad, c
onstituyen un c
olectivo al que el Ararteko dedica una atención singular.
Nuestro trabajo en esta área se fundamenta en la visión de la persona c
on enfermedad mental o trastorno mental c
omo ciudadana de derechos. Ello nos lleva a poner el acento en su empoderamiento, inclusión social, rehabilitación psicosocial y participación real y efectiva.
Consideramos que la promoción de la autonomía personal y erradicación del estigma, la c
ontinuidad de los c
uidados, la equidad, responsabilidad, c
oordinación, integración, eficiencia, así c
omo el impulso de foros participativos y del asociacionismo de familiares y pacientes han de ser principios que inspiren el actuar de nuestras administraciones públicas, especialmente las del ámbito sanitario, social, educativo, de empleo, justicia y vivienda.
La misión del Ararteko es velar porque las actuaciones de dichas administraciones sean fiel reflejo de esos principios y c
ontribuir a ello desde nuestra posición c
omo defensoría.
1. El área en c
ifras
En el año 2012 se han registrado 23 nuevas quejas en el área de personas c
on enfermedad mental o trastornos mentales; en otros c
uatro c
asos esta área estaba directamente c
oncernida. Este trabajo de tramitación de las quejas se c
omplementa c
on las actuaciones del área que exponemos en el apartado IV de este c
apítulo relativo al plan de actuación.
2. Quejas destacadas
2.1. Con motivo de la tramitación de una queja relativa a la atención ofrecida por la administración sanitaria a un joven que padece trastorno de la personalidad, el Ararteko ha recomendado a Osakidetza-Servicio Vasco de Salud la adopción y desarrollo de programas específicos para la atención de estos trastornos emergentes –que afectan especialmente a nuestra población joven– basados en el abordaje terapéutico intersectorial y c
on eficacia probada, para aumentar la c
alidad asistencial y, por c
onsiguiente, la c
alidad de vida de quienes padecen dichos trastornos y sus familias.
El Ararteko insta a poner en marcha, en el ámbito de la C
APV, una unidad especializada en trastornos de la personalidad en su modalidad de hospital de día, unidad que ya se encontraba proyectada en 2008, pero c
uya implantación no había registrado ningún avance en los últimos c
uatro años, a pesar de nuestros reiterados pronunciamientos a favor de dicha implantación.
Se trata de la Resolución del Ararteko, de 23 de noviembre de 2012, por la que se recomienda a Osakidetza-Servicio Vasco de Salud la adopción de una serie de medidas generales relativas a la atención de las personas c
on trastornos graves de la personalidad y otras medidas particulares c
on relación a la atención de un joven afectado. En ella se recomiendan también otra serie de medidas dirigidas a favorecer la información a las personas afectadas y sus familias y garantizar su derecho a una asistencia sanitaria adecuada.
2.2. La intervención del Ararteko ha propiciado la derivación a la especialista en genética de una menor c
uyos padres denunciaban la demora injustificada de dicha derivación por parte del servicio de psiquiatría infantil del Hospital de Santiago.
2.3. Un buen número de personas usuarias y la propia Asociación “Módulo de Asistencia Psicosocial de C
ruces” nos mostraban su oposición a la no renovación del C
onvenio de C
olaboración suscrito por parte del Departamento de Sanidad y C
onsumo c
on dicha asociación, lo c
ual podía suponer el c
ierre del módulo.
Si bien estos expedientes se encuentran en fase de tramitación, podemos avanzar que nuestras actuaciones han ido dirigidas a analizar si la nueva atención dispensada por la red pública de Osakidetza podía suponer un retroceso en los estándares de atención alcanzados, en aspectos tales c
omo ratio de atención psiquiátrica, programa de atención a personas c
on ludopatías, programa de atención a mujeres víctimas de violencia de género, intervención familiar o erradicación del estigma.
Nuestra mayor preocupación –así trasladada al Departamento de Sanidad y C
onsumo– ha sido que la nueva ubicación del c
entro y la nueva organización del servicio, en ningún c
aso supongan una merma en la c
alidad de la atención al c
olectivo de personas c
on necesidades de asistencia psicosocial.
La decisión del Departamento se sitúa en el ámbito de su potestad de organización y la nueva estructuración se encuentra debidamente motivada. Al margen de ello, hemos de manifestar que la excelente trayectoria del módulo, c
on más de 30 años de servicio a nuestra administración sanitaria, así c
omo el c
ompromiso y profesionalidad de su equipo, hacen recomendable articular alguna suerte de c
ontinuidad de aquel, apoyada por nuestras administraciones públicas, c
on el fin de c
omplementar la atención ofrecida desde la red.
Con motivo de la tramitación de estos expedientes, el Departamento ha asumido una serie de c
ompromisos c
on relación a los aspectos que enumerábamos anteriormente a los que daremos oportuno seguimiento.
3. C
ontexto normativo y social
3.1. Las principales novedades normativas se han dado en el ámbito general de la sanidad pública (Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la c
alidad y seguridad de sus prestaciones y Decreto 114/2012, de 26 de junio, sobre régimen de las prestaciones sanitarias del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de la C
omunidad Autónoma de Euskadi) por lo que su análisis se realiza en el apartado III del c
apítulo II.12. relativo al área de Sanidad.
3.2. El escenario de profundos c
ambios en que nos encontramos inmersos, c
on motivo de la grave c
risis económica actual, motiva nuestra preocupación por las posibles limitaciones en el acceso, nivel y c
alidad de las prestaciones sanitarias y sociales, c
uya responsabilidad y gestión c
ompeten a las administraciones públicas.
La protección de las personas c
on enfermedad mental debe c
onstituir una prioridad en las políticas públicas.
La OMS refiere que el incremento de la pobreza y los recortes en el gasto público, experimentados en Europa desde el inicio de la c
risis, han c
onducido a un notable detrimento de la salud mental de la c
iudadanía europea; la evidencia c
ientífica ha puesto de manifiesto que las personas que sufren recortes en sus ingresos y c
onflictos familiares presentan, respecto a la población en general, un riesgo significativamente mayor de padecer algún tipo de problema de salud mental; la relación entre c
risis económica y salud mental es bidireccional, de tal modo que no solamente la c
risis tiene un efecto negativo en la salud, incluida la salud mental, sino que los problemas en este último ámbito también tiene una repercusión grave en el desarrollo económico de los países europeos.
Todo ello pone de manifiesto la necesidad de proteger la salud mental de las y los c
iudadanos, principalmente en tiempos de c
risis, mediante la mejora del acceso a los servicios de salud mental, la dotación de recursos y la formación de los/as profesionales sanitarios. Algunos de los avances registrados en este sentido se recogen en el apartado IV.2 relativo al seguimiento del informe extraordinario Atención c
omunitaria de la enfermedad mental.
3.3. La Viceconsejería de Innovación Sanitaria del Gobierno Vasco ha puesto en marcha en 2012 el C
omité Estratégico del Tercer Sector de Euskadi. La participación de FEDEAFES Federación de Euskadi de Asociaciones de Familiares y Personas c
on Enfermedad Mental en sus tres grupos de trabajo (Salud y Exclusión, Rehabilitación de Secuelas C
rónicas y Discapacidad) se trata sin duda de una buena práctica impulsada por el Departamento para la participación.
4. Otras intervenciones en el marco del plan de actuación
A c
ontinuación describiremos las principales actuaciones desarrolladas por la institución durante el año 2012:
4.1. Actuaciones de oficio
La tramitación de diversos expedientes de queja en los que la persona interesada había sido internada en c
ontra de su voluntad motivó, en febrero de 2012, la apertura de un expediente de oficio relativo al análisis del c
umplimiento de las medidas previstas en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento C
ivil (LEC) para estas situaciones.
En todos los c
asos, la administración sanitaria, de acuerdo c
on lo establecido por dicha normativa, daba c
uenta del internamiento al tribunal c
ompetente dentro del plazo de veinticuatro horas previsto legalmente.
Detectábamos c
asos en los que se producía una demora por parte de la autoridad judicial c
on relación al máximo de setenta y dos horas pautado para ratificar la medida. Ello motivó el traslado de la c
uestión a los órganos c
ompetentes, c
oncretamente, la Fiscalía Superior de la C
omunidad Autónoma del País Vasco y la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Ambas instancias acordaron la incoación de diligencias informativas.
De acuerdo c
on la información ofrecida por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco se han adoptado las medidas oportunas c
on el fin de que los plazos legales sean respetados en todos los c
asos.
Analizábamos también si los derechos que asisten a la persona en estas c
ircunstancias eran plenamente c
onocidos por ella y si esto se propiciaba adecuadamente desde nuestra administración sanitaria.
Las dudas que sobre la c
uestión nos suscitan los c
asos analizados y el c
ontraste realizado c
on profesionales de la Red de Salud Mental de Osakidetza exigen incidir en la necesidad de incluir en los protocolos sobre hospitalización involuntaria medidas que garanticen un c
onocimiento real y efectivo por parte de las y los pacientes de los derechos que c
onforme a la LEC les asisten (mediante formulario escrito en lenguaje c
omprensible, firma preceptiva de personal sanitario, etc.).
4.2. Seguimiento del informe extraordinario Atención c
omunitaria de la enfermedad mental
4.2.1. Situación de los recursos de la red sanitaria en materia de salud mental a finales de 2012 (incluimos los datos de 2010 y 2011 para observar la evolución).
Señalamos el incremento de 21 plazas en Hospital de Día y la eliminación de 10 plazas en unidades de larga estancia.
Se ha autorizado en octubre de 2012 la puesta en marcha de una Unidad de Media Estancia Infanto-Juvenil en la Red de Salud Mental de Álava de c
arácter supraterritorial.
4.2.2. En c
uanto al proceso de desinstitucionalización, destacamos que desde enero de 2010 hasta octubre de 2012, la Red de Salud Mental de Bizkaia ha reducido el número total de sus c
amas de estancia prolongada ubicadas en hospitales psiquiátricos (plazas residenciales de larga estancia) de 420 a las actuales 313. En este tiempo ha reconvertido 90 c
amas residenciales en c
amas destinadas a programas de rehabilitación. Entre enero y octubre de 2012 se han c
errado 9 c
amas en los hospitales de Bermeo y Zaldibar.
En Gipuzkoa, la Dirección Territorial de Sanidad ha llevado a c
abo dos proyectos c
on programas específicos para un número limitado de c
amas en el Hospital Aita Menni, c
on el fin de reducir c
amas de larga estancia. De las 35 plazas nuevasen minirresidencias abiertas en 2012 en el territorio guipuzcoano, en torno al 65% fueron para pacientes hospitalizados en larga estancia.
Fuente: Servicio Vasco de Salud-Osakidetza.
(1) CSM y CSMI-J en los que se engloban además las toxicomanías, los equipos que atienden específicamente a Trastornos de la C
onducta Alimentaria y los que atienden a los Primeros Episodios Psicóticos.
(2) Tanto de Hospital General c
omo en Hospital Psiquiátrico UHB e Infanto-Juveniles UHBI-J.
(3) Con diferentes denominaciones. En el c
aso de Gipuzkoa son c
oncertadas.
(4) En el c
aso de Gipuzkoa son c
oncertadas.
(5) Entre paréntesis, el número de plazas.
4.2.3. Por lo que se refiere a las estructuras residenciales no hospitalarias, de acuerdo c
on la información facilitada por Osakidetza en 2011, el número total de plazas en pisos tutelados y pisos supervisados se situaba en 468. Este año el dato ofrecido es de 332 plazas. En 2011 se c
ifraba en 90 el número de plazas en minirresidencias; en 2012 se registran 136 plazas. En 2011 se nos indicaba que el número de plazas en c
omunidades terapéuticas ascendía a 30. En 2012 nos aportan el dato de 449 plazas en c
omunidades y hospitales de día sin desglosar, lo c
ual no nos permite emitir c
onclusiones.
Este año se ha firmado un Acuerdo de c
olaboración entre el Departamento de Sanidad, Viviendas Municipales del Ayuntamiento de Bilbao, AVIFES y la Red de Salud Mental de Bizkaia para el acceso de personas c
on trastorno mental grave (TMG) a vivienda normalizada de alquiler social. En nuestra opinión, acuerdos de este tipo resultan ejemplares e indispensables.
4.2.4. El pasado año, aludíamos a la implantación de los programas de tratamiento asertivo c
omunitario en Bizkaia y en Álava. C
arecíamos de información sobre este tipo de estructuras en Gipuzkoa. Este año se nos aclara que se está desarrollando un programa c
on c
riterios semejantes en la zona de Donostia. Se c
uenta, además, c
on un programa de Tratamiento Ambulatorio Involuntario que persigue igualmente el mantenimiento del paciente c
on trastorno mental grave (TMG) en su medio. Por otro lado, disponen del Proceso Singularizado de la Esquizofrenia, c
on un abordaje intensivo. Un total de 320 pacientes c
on TMG se benefician de estos programas mediante un c
ontrol más intensivo y actuaciones en la c
omunidad y a domicilio.
4.2.5. Este año Osakidetza ha realizado un trabajo de recopilación y análisis de documentos dirigidos, unos a profesionales y otros a pacientes y familiares, que en nuestra opinión puede resultar muy útil. El trabajo se organiza en c
uatro c
arpetas (Documentos generales para usar en todos los C
SM; C
onsentimientos informados para que los/as prescriptores/as entreguen a los/as pacientes adultos/as; Guías de información sobre Tratamientos, para uso interno de los/as prescriptores/as y Guías sobre patologías y sobre tratamientos para entregar a pacientes adultos).
4.2.6. En c
uanto a las actuaciones llevadas a c
abo c
on el fin de favorecer la c
reación de un espacio verde de dimensiones óptimas y al aire libre en el Hospital Psiquiátrico de Araba/Álava, Osakidetza nos indica que ya c
uenta c
on el proyecto de arquitectura, ha tramitado la solicitud de licencia de obra y, a la espera de su c
oncesión, se encuentra en disposición para c
omenzar la obra. Se trata de una excelente noticia por lo que esperamos que las previsiones se materialicen c
on la mayor brevedad posible.
4.3. Estudios
El Ararteko ha hecho público un estudio titulado Aproximación a la atención de la salud mental de la infancia, adolescencia, juventud y vejez en la C
APV desde la perspectiva del Ararteko: retos y oportunidades, donde reconoce el notable esfuerzo que las administraciones públicas vascas han desarrollado en los últimos años en materia de atención y protección de la salud mental de estos c
olectivos especialmente vulnerables, y a su vez, pone la atención en aquellas c
uestiones que requieren de nuevas iniciativas, mayor desarrollo o mejora, emitiendo las c
orrespondientes recomendaciones.
4.4. Reuniones c
on asociaciones
4.4.1. Fruto de la relación que esta institución mantiene c
on FEDEAFES, Federación de Euskadi de Asociaciones de Familiares y Personas c
on Enfermedad Mental, hemos c
onocido las principales preocupaciones que actualmente tiene este c
olectivo, así c
omo los déficits y lagunas que detecta en la atención dispensada al c
olectivo por nuestras administraciones públicas:
continuidad asistencial y atención integral de las y los menores atendidos en los
Centros Educativo Terapéuticos.
Consideran
conveniente que esta metodología de trabajo y tipo de recurso pueda extenderse a los otros territorios.
Cartera, que se encuentra muy avanzado, pueda dejar fuera de su protección a las personas
con enfermedad mental que no tienen reconocida la situación de dependencia (la aplicación del nuevo baremo está registrando disminuciones de grado y valoraciones bajas para el
colectivo).
cronicidad estable no deberían estar sujetos a una
continua revisión de su
calificación de discapacidad.
Centro Psiquiátrico de Araba/Álava (jardín).
conozca los derechos que le asisten.
Consideran que la labor de la Fiscalía debería ganar protagonismo en estos procesos.
Continúan mostrando su preocupación por las limitaciones de nuestro sistema sanitario para el abordaje de los trastornos de la personalidad. Llaman la atención sobre los problemas de diagnóstico en estos trastornos; necesidades de psicoterapia; incidencia en jóvenes y estrecha relación
con suicidios e ingresos en prisión.
Consideran pertinente la Resolución del Ararteko, de 23 de noviembre de 2012
citada en el apartado II.
continuar
con la tarea de incorporar a familiares y asociaciones en la elaboración de planes estratégicos de hospitales y de las organizaciones de Salud mental extrahospitalaria.
con enfermedad mental que se encuentra presa a procedimientos disciplinarios
cuando lo procedente en estos
casos es garantizar la intervención desde una perspectiva terapéutica.
con personas
con enfermedad mental que se encuentran en prisión.
comunitario de atención a las personas
con enfermedad mental (reubicación de pacientes psiquiátricos, apoyo a las familias, etc.).
continuar en este
camino de empoderamiento
con la ayuda y el acompañamiento precisos.
Consideran que el apoyo institucional a este modelo ha de intensificarse.
cumplimiento de la línea estratégica tercera de la Estrategia de Salud Mental de 2010, relativa a la erradicación del estigma, más allá de las actuaciones promovidas por las propias asociaciones.
Consideran necesaria la
creación de una Mesa de Trabajo en la que
confluyan diversos agentes implicados en la atención y promoción de los derechos del
colectivo,
con el fin de impulsar políticas públicas dirigidas a la erradicación del estigma y/o el análisis de aquellas
cuestiones que afectan a tal objetivo.
4.4.2. Este año hemos mantenido la dinámica de c
olaboración iniciada el pasado año c
on OME-Osasun Mentalaren Elkartea, Asociación de Salud Mental y Psiquiatría C
omunitaria. Esta dinámica nos permite c
ontar c
on las aportaciones de este grupo de profesionales de la psiquiatría c
uya profesionalidad y actitud proactiva a favor de los derechos de las personas c
on problemas de salud mental son remarcables. Además, su c
ondición de profesionales que trabajan en la Red de Salud Mental de Osakidetza, nos aporta un mejor c
onocimiento sobre la atención que se presta al c
olectivo. A c
ontinuación destacaremos sus puntos de vista sobre algunas de las c
uestiones que les planteábamos:
con relación a los programas
comarcales de tratamiento asertivo
comunitario (TAC), destacan la necesidad de incrementar la dotación de estos equipos, especialmente atendiendo a su análisis
coste-eficacia.
comunitaria. La verdadera demanda puede ser incluso mayor que la registrada pues, en determinados
casos, las amplias listas de espera en recursos residenciales
con diferente grado de supervisión disuaden a usuarios/as potenciales de solicitar dichos recursos.
colectivos especiales
como personas mayores
con patología psicótica y valoración de dependencia severa o moderada (no grandes dependientes),
cuya atención no es asumida por los servicios de mayores; personas
con patología dual o
con trastornos de
conducta diversos, o
con patología psíquica
con mayor deterioro. Observan también una
carencia de salida desde la rehabilitación psicosocial
comunitaria a otros dispositivos sociosanitarios de personas mayores que se encuentran estabilizadas psíquicamente pero
con necesidades de apoyo en las habilidades de la vida
cotidiana, de forma
continuada.
considerando deficitaria la atención actual a los trastornos de la personalidad y muestran su preocupación por las limitaciones de nuestro sistema sanitario para el abordaje de los trastornos de la personalidad. En tal sentido,
consideran pertinente la Resolución del Ararteko, de 23 de noviembre de 2012
citada en el apartado II. Llaman la atención sobre la necesidad de formación específica de profesionales para el abordaje de estos trastornos.
crear la especialidad de psiquiatría infanto-juvenil (competencia estatal) sin más demora.
comunicación/coordinación entre los
centros de salud mental y las unidades de agudos, en general, así
como entre aquellos y la Atención Primaria. No obstante –afirman– se han dado algunos pasos en este sentido.
CAPV sin estructuras intermedias en Psiquiatría Infantil:
compatibilizarlo
con el horario escolar).
consultas ambulatorias de la USMI-J) ni sociales (en Bizkaia y Gipuzkoa las asociaciones de Autismo y TGD
cubren,
concertadas, buena parte de lo asistencial).
carece de talleres ocupacionales y que un proyecto de taller ha quedado en suspenso pese a ser preciso.
con la valoración de dependencia, pues se están registrando revisiones y valoraciones “bajas”, así
como disminuciones de grado
como
consecuencia de la aplicación del nuevo baremo. Señalan también que los tiempos de servicios sociales
cuando es preciso actuar
con urgencia (salida de
casa de la persona, salida del hospital, etc.) son lentos y en muchos
casos los recursos no llegan a estas personas porque no
cumplen los
criterios. La respuesta que se da desde el ente foral es que están aplicando estrictamente el baremo.
carencia principal, expuesta en el “Consejo Asesor de Salud Mental de Euskadi”, sigue siendo la ausencia de hospitales de día estrictamente sanitarios. La práctica totalidad de los responsables de programas de atención infantojuvenil de los tres territorios y el
Consejo Asesor de Salud Mental de Euskadi ha mostrado su desacuerdo
con la apertura de una Unidad de Media Estancia Infanto-Juvenil en la Red de Salud Mental de Álava de
carácter supraterritorial y ha insistido en la
conveniencia de
contar
con recursos intermedios (hospitales de día).
clínico
con personas pertenecientes a
culturas diferentes a la propia. El primer obstáculo reside en el propio acceso de la persona inmigrante a la administración sanitaria. A menudo, la falta de empadronamiento dificulta la derivación al
correspondiente
CSM. En segundo lugar, se registran los problemas derivados de las dificultades de
comunicación por desconocimiento del idioma (lo que puede incluso situarnos en un escenario de problemas en el diagnóstico y en el tratamiento).
cuanto al
conocimiento de las
claves
culturales (la llamada “falacia
categorial”) puede llevar en ocasiones a errores de diagnóstico.
como en el momento del alta, detectándose también problemas en la farmacología y tratamientos posteriores (se registran numerosos abandonos).
como red de apoyo y la situación de exclusión social que a menudo
converge en estas personas no favorecen en modo alguno su rehabilitación ni la
continuidad de
cuidados (se registran numerosos
casos de personas
con un diagnóstico de psicosis grave sin hogar).
4.4.3. Este año hemos iniciado una dinámica de c
olaboración c
on ASVAR Asociación Vasca para la Rehabilitación Psicosocial y varios profesionales de la Red de Salud Mental de Araba/Álava. Al igual que en el c
aso anterior, c
ontar c
on la c
olaboración de profesionales de la psiquiatría, la psicología y el trabajo social c
uya profesionalidad y actitud proactiva es remarcable c
ontribuye a que nuestra intervención sea más acertada. Al tratarse también de profesionales que trabajan en la Red de Salud Mental de Osakidetza, se enriquece nuestro c
onocimiento sobre la atención que se presta al c
olectivo.
Coinciden c
on las valoraciones realizadas por OME reseñadas en el apartado anterior y nos ofrecen su punto de vista sobre otras c
uestiones:
con relación a la
coordinación existente entre los servicios sociales forales y Salud Mental (Osakidetza) en Araba/Álava. En el
caso de las personas
con enfermedad mental, el recurso social que se pauta tiene una extraordinaria incidencia en el tratamiento, rehabilitación y
calidad de vida de la persona;
corresponde a la función rehabilitadora
como parte del tratamiento social que
complementa al propiamente médico. Sin embargo, la decisión de adjudicar uno u otro recurso no viene siendo el resultado de una adecuada
coordinación e integración entre el ámbito social y el sanitario,
con las negativas
consecuencias que de ello pueden derivarse para la persona afectada.
casos, vienen siendo atendidas por la red durante un largo período de tiempo (varios años, en su mayoría); resulta imprescindible, pues, que el diagnóstico social tenga en
cuenta el diagnóstico
clínico.
conocer, de primera mano, la
coordinación e integración existente entre los servicios sociales forales y la red de Salud Mental, propiciada, en buena medida, por tres factores: la herramienta informática diseñada
conjuntamente entre la Diputación Foral y los servicios de salud mental del territorio guipuzcoano; el hecho de que el referente del
caso sea el o la trabajadora social de la Red de Salud Mental y el
consenso entre los dos ámbitos –social y sanitario– para elaborar el diagnóstico social.
con discapacidad intelectual que finalmente son atendidas por la Red de Salud Mental
con motivo de trastornos
conductuales u otros procesos añadidos. El motivo alegado por el ente foral es que la discapacidad intelectual no les fue diagnosticada antes de los 21 años.
con enfermedad mental en Araba/Álava, en su mayoría,
carecen de las
condiciones adecuadas.
con enfermedad mental que se encuentran en alojamientos supervisados y
conveniados por el Instituto Foral de Bienestar Social-IFBS (salvo en el piso socioeducativo de jóvenes) resulta exiguo para hacer frente a las necesidades de vestido, higiene, desplazamientos, temas médicos, actividades de rehabilitación, actividades deportivas o vacaciones terapéuticas.
ciertos
compromisos y actividades que
chocan
con las prescripciones del ámbito sanitario y generan disfunciones. Sería precisa de nuevo una adecuada
coordinación entre los dos ámbitos.
Con relación a los
cambios producidos en el marco asistencial general destacan la disminución de la retribución del personal sanitario, el alargamiento de su horario laboral, reducción en la percepción de la ILT, la implantación de genéricos y la restricción en las sustituciones.
con los que se está encontrando buena parte de entidades del tercer sector. También refieren problemas en el
campo del empleo protegido (déficits de responsabilidad social, etc.).
carece de
cualificación y formación en salud mental. Refieren que la Diputación no acaba de publicar la normativa para que se pueda acceder a las subvenciones. En relación
con la adjudicación de plazas, se llevan a
cabo según el BVD, lo que además de no reflejar fielmente las necesidades de este
colectivo, ralentiza su adjudicación, dándose una situación de plazas libres
con una lista de espera notable. Esto va en detrimento de las entidades que disponen de plazas sin
cubrir.
cuestión va a ser retomada.
4.5. Otras actuaciones
4.5.1. Las XXVII Jornadas de C
oordinación de las Defensorías del Pueblo c
elebradas en Zaragoza los días 19 y 20 de junio de 2012 versaron sobre Protección de las Personas c
on Enfermedad Mental.
El primero de los talleres de trabajo, c
elebrado en Madrid el 9 de febrero y c
oordinado por el Defensor del Pueblo, abordó el tratamiento penal, procesal y penitenciario de la persona c
on enfermedad mental y generó el c
orrespondiente documento de c
onsenso.
El segundo, que tuvo lugar en Sevilla el 15 de marzo y fue c
oordinado por el Defensor del Pueblo Andaluz, analizó los tratamientos involuntarios en el ámbito de la Salud Mental desde una perspectiva jurídica; las c
onclusiones se plasmaron en un segundo documento que fue aprobado por el c
onjunto de las defensorías.
El tercer taller, sobre c
olectivos especiales de jóvenes y mayores, fue c
oordinado por el Ararteko y se c
elebró en Vitoria-Gasteiz el 23 de marzo. El documento de c
onsenso recoge un diagnóstico de la situación en el ámbito estatal, las c
onclusiones sobre la materia y las recomendaciones emitidas por las defensorías.
Estos talleres permiten, de un lado, intercambiar herramientas que favorezcan el trabajo de las defensorías en la defensa de los derechos de estas personas, reflexionar sobre la materia, c
ompartir c
onocimiento y, de otro, la aprobación de c
onclusiones y recomendaciones dirigidas a las administraciones públicas.
4.5.2. El Ararteko participó el pasado 11 de octubre en la III Jornada Técnica de la Fundación ARGIA (fundación c
uya misión es la puesta en marcha actividades asistenciales y servicios para la prevención, tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por enfermedades mentales c
rónicas y trastornos psíquicos) c
on la ponencia Atención en recursos c
omunitarios a las personas que sufren Trastorno Mental Grave. En ella analizamos la evolución que ha registrado la atención dispensada a las personas c
on TMG desde que en el año 2000 la institución publicara su informe extraordinario Atención c
omunitaria de la enfermedad mental.
4.5.3. El Ararteko participó c
omo uno de los agentes c
lave en el Seminario de diagnóstico de la situación y propuestas de actuación c
elebrado el 9 de noviembre y organizado por FEDEAFES, sobre la realidad del estigma social de las personas c
on enfermedad mental.
4.5.4. Los días 3 y 4 de diciembre el Ararteko participó en las Jornadas de Seguimiento de la Aplicación de la C
onvención sobre los Derechos del Niño en España organizadas por la Plataforma de Organizaciones de Infancia c
on la ponencia Un breve recorrido por la atención a la salud mental de la infancia y adolescencia en la C
APV desde la perspectiva del Ararteko.
5. Valoración del estado de los derechos c
iudadanos
5.1. Las personas c
on enfermedad mental c
onstituyen un grupo de población especialmente vulnerable, c
on mayores dificultades para el acceso a los recursos públicos. Son, sin embargo, miembros de pleno derecho de la c
omunidad a la que pertenecen, lo que obliga a los poderes públicos a garantizar las c
ondiciones que posibiliten un efectivo ejercicio de los derechos de los que son titulares.
Ello exige que la actuación a favor de este c
olectivo incluya todas aquellas c
uestiones que permitan su efectiva integración en la c
omunidad: alojamiento, educación, empleo, suficiencia económica, eliminación del estigma, participación, etc.
5.2. A pesar de que los avances han sido notables en los últimos años, se registra una insuficiencia o falta de apoyo institucional a las estructuras intermedias de rehabilitación en el ámbito de la salud mental (hospitales/centros de día, recursos de alojamiento c
on distinto grado de supervisión, c
entros ocupacionales, c
omunidades terapéuticas, c
lubes sociales y recursos de rehabilitación psicosocial), algo que venimos señalando en los últimos años y que hemos recogido también en el Estudio que se describe en el punto IV.2.
Esta insuficiencia supone un grave obstáculo para c
omplementar las intervenciones realizadas en los c
entros de salud mental o en unidades de hospitalización de c
orta estancia; para garantizar la c
orrecta implementación de programas de atención psiquiátrica (como los dirigidos a personas sin hogar, por ejemplo) o para el desarrollo de procesos de desinstitucionalización.
Para hacer frente a esta problemática resulta urgente reforzar la puesta en marcha de iniciativas que favorezcan los acuerdos entre las diferentes administraciones c
oncernidas (administración sanitaria, de servicios sociales y de vivienda) c
on la c
onsiguiente implicación de los niveles autonómico, foral y municipal.
5.3. El notable incremento de quejas relativas a la disconformidad c
on el resultado de las valoraciones de dependencia y las numerosas revisiones a la baja registradas en personas c
on enfermedad mental, c
on especial incidencia en el territorio alavés, nos preocupa de manera especial, máxime si tenemos en c
uenta la percepción manifestada por las y los profesionales sanitarios o del trabajo social de la Red pública de Salud Mental, c
on los que tenemos oportunidad de c
ontrastar nuestra información, sobre gradaciones difícilmente c
omprensibles a la vista de las necesidades de apoyo y supervisión de las personas valoradas.
En todos estos c
asos el ente foral alavés manifiesta que ello es el resultado de una c
orrecta aplicación del nuevo baremo de valoración de la dependencia estatal el c
ual, en su opinión “corrige disfunciones manifiestas del instrumento de valoración anterior, haciendo más real y ajustada a la realidad de las personas valoradas, la c
onsideración de su situación de dependencia”.
Consideramos urgente que las administraciones c
oncernidas se replanteen (con vistas a la publicación del Decreto de C
artera de Prestaciones y Servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales) los requisitos de acceso a las prestaciones y servicios de atención a las personas c
on problemas de salud mental, pues la exigencia de una determinada gradación de dependencia podría arrojarnos a un escenario de desatención nada deseado. En tal sentido, resulta oportuno situar el acceso a dichas prestaciones y servicios a partir de la situación de riesgo de dependencia, situación que habrá de ser valorada por el instrumento que se c
onsidere más fiable. En c
ualquier c
aso, tal herramienta habrá de permitir valorar adecuadamente todas las situaciones de riesgo de dependencia, c
on especial mención de las motivadas por la enfermedad mental, incorporando nuevas dimensiones relacionadas c
on la autonomía personal, la participación y la c
omunicación.
5.4. Seguimos recibiendo quejas por disconformidad c
on el tratamiento farmacológico pautado u otras medidas restrictivas establecidas c
on fines terapéuticos. Se trata de c
uestiones técnico-médicas que, dada su naturaleza, no c
orresponde valorar a esta institución; sin embargo, en estos c
asos, llevamos a c
abo actuaciones para c
omprobar que los derechos que asisten a la persona c
omo paciente están siendo respetados durante ese tratamiento o para informarle sobre la posibilidad de solicitar una segunda opinión médica de acuerdo c
on el c
ontenido de Decreto 149/2007, de 18 de septiembre, por el que se regula el ejercicio del derecho a la segunda opinión médica en el Sistema Sanitario de Euskadi.
Además, en estos c
asos, hemos percibido una gran receptividad por parte de las y los especialistas en psiquiatría de la Red de Salud Mental de Osakidetza y una excelente disposición para adecuar sus prescripciones a las necesidades y demandas del/a paciente.
Este tipo de situaciones pone de relieve la gran utilidad de las recomendaciones del C
omité de Ética Asistencial en Salud Mental de la Red de Salud Mental de Araba/Álava y de las guías de práctica c
línica; subraya, además, la relevancia del c
onsentimiento informado, así c
omo la necesidad de aplicar los protocolos que sobre medidas restrictivas de la libertad del paciente han sido elaborados y actualizados por la Red de Salud Mental de Araba/Álava, y que c
uentan c
on el visto bueno del c
omité referido.
5.5. Detectamos déficits en la c
oordinación sociosanitaria que deben ser subsanados, en especial, en el territorio alavés y en las actuaciones a favor de la erradicación del estigma (en toda la C
APV).
5.6. Sigue estando pendiente de llevar a c
abo la desinstitucionalización de los/as pacientes del Hospital Psiquiátrico por parte de la Diputación Foral de Araba/Álava.
5.7. Se hace preciso incorporar la perspectiva transcultural en la atención y promoción de la salud mental. El recurso c
on el que se c
uenta en la actualidad para la traducción del idioma (servicio telefónico) no garantiza, en nuestra opinión una adecuada e integral atención. Parecería oportuno que en estos c
asos, en los que la alianza terapéutica es c
rucial para la recuperación, se c
ontara de manera presencial c
on un mediador c
ultural para asegurar la c
ompleta c
omprensión mutua.