1. Expedientes de queja de o relativos a niños, niñas y adolescentes: un acercamiento cuantitativo
El número de expedientes de queja a instancia de parte (esto es, excluidos los expedientes de oficio abiertos a iniciativa de la institución y demás actuaciones que conforman la actividad global del Ararteko) en los que, de manera expresa, se cita la presencia o implicación de niños, niñas y adolescentes alcanza en 2012 la cifra de 300 que, respecto a la totalidad de los presentados en la institución del Ararteko supone casi el 10,2% de éstos. Conviene señalar que en este cómputo se han incluido dos supuestos:
a. Las quejas presentadas directamente por adolescentes y jóvenes.
b. Las quejas presentadas por personas que representan a las personas menores. En una importantísima proporción esta persona es su padre o su madre, aunque también se da el caso de otros familiares y educadores/educadoras.
No han sido contabilizadas, aunque sí merecen ser tenidas en cuenta, las 1.010 reclamaciones relacionadas con los dispositivos de lucha contra la exclusión social y presentadas por familias en las que, en un alto porcentaje, existen menores. Son muchos los estudios que relacionan la escasez de recursos económicos y la falta de acceso a bienes materiales con dificultades para disfrutar, en igualdad de oportunidades, de los derechos a la educación y a la salud, entre otros. Además, los contextos de pobreza y exclusión social afectan a las familias y al bienestar de niños y niñas en otros aspectos como el de las relaciones familiares y sociales, incrementando su vulnerabilidad frente al maltrato, la violencia y el abandono escolar. A esta realidad compleja dedicaremos un capítulo especial de este informe, acercándonos a los principales indicadores que podrían dar luz sobre el impacto que la crisis económica y de empleo está teniendo en la vida de los niños y niñas vascos.
En relación con quién presenta la queja, podemos afirmar que en 2012 un 20% de estas ha sido presentado por la o el propio menor que, en la práctica totalidad de los casos, se encuentra en los límites de la mayoría de edad legal. De entre estos, algo más del 80% se refieren a problemas relacionados con sus procesos de emancipación y el resto a dificultades surgidas en el acceso la formación profesional de grado superior. El 80% restante de las quejas son presentadas por personas adultas, que refieren situaciones en las que hay menores afectados. De éstas, 26 ó el 10,9% trasladan situaciones que afectan a varios niños, niñas o adolescentes, esto es, a un colectivo concreto de éstos, y tienen por titular a una asociación, organismo colectivo, o un particular que actúa como representante del grupo de personas afectadas.
(Gráfico 1)
Distribución de las quejas según relación con el o la menor
Fuente: elaboración propia
La distribución de los expedientes por ámbitos temáticos, cuyo análisis pormenorizado constituye el núcleo fundamental del apartado 2.2. de este informe, es conforme a lo reflejado en el siguiente gráfico:
(Gráfico 2)
Distribución de las quejas según ámbito temático
Fuente: elaboración propia
De las 300 quejas recibidas y con la información disponible a la fecha de redacción de este informe, 29 han sido rechazadas, encontrándose el resto ya cerradas (con sus diversos resultados) o en alguna de las fases de su tramitación.
(Gráfico 3)
Porcentaje de quejas rechazadas y admitidas a trámite
Fuente: elaboración propia
Las tres principales causas para la no admisión de las quejas, en la medida en que aglutinan al 76% de éstas, son: la evidente inexistencia de irregularidad (48,28%), el encontrarse pendiente de resolución judicial (13,79%) y la no realización de reclamación previa o necesidad de esperar el cumplimiento de plazos legales de respuesta (13,79%). Del 25% restante, 2 se encuentran fuera del ámbito competencial de actuación de la institución, otras dos son anónimas, lo que imposibilita su consideración, y las restantes se reparten a partes iguales entre las remitidas el Defensor del Pueblo para que, dada su competencia sobre los asuntos expuestos, las investigue si lo considera pertinente, las concernientes a conflictos entre particulares y la falta de interés legítimo en la cuestión denunciada.
En todo caso, aun cuando en estos casos no se haya podido proceder a una investigación o intervención de la situación presentada en la queja y prescindiendo de aquellas rechazadas por evidente inexistencia de irregularidad, el análisis de las quejas no admitidas a trámite aporta una información valiosa respecto a situaciones en las que los derechos de los ciudadanos y ciudadanas pueden estar viéndose comprometidos.
Por otro lado, es criterio de esta Defensoría que, con independencia de que los impedimentos competenciales señalados permitan o no tramitar formalmente una reclamación, siempre que comprobemos su fundamento debemos proporcionar a quien la plantee toda la ayuda que esté en nuestra mano. De esta forma tratamos de que nuestra intervención, aunque no siempre pueda referirse directamente al motivo de insatisfacción manifestado, resulte efectiva al menos en relación con la incidencia que éste pueda tener en su vida. A esta finalidad responden algunas de las actuaciones de las que damos cuenta en las páginas siguientes.
(Gráfico 4)
Quejas rechazadas: motivos del rechazo
Fuente: elaboración propia
Para finalizar, conviene precisar que la mayor parte de nuestra actuación tiene su origen en estas quejas de las que hemos dado cuenta. No obstante, cuando tales quejas nos muestran problemas que pueden trascender el supuesto individual o, incluso, salta la alarma social en relación con alguna situación en la que entendemos se puede estar viendo comprometido alguno de los derechos de la infancia, el plan de actuación del Ararteko prevé iniciar expedientes de oficio. De ellos daremos cuenta al hilo de la exposición temática del apartado siguiente.