4.4.1. Cancelación de vuelos
En caso de cancelación motivada por la persona usuaria, se debe informar a
la compañía lo a
ntes posible, ya que se puede imponer una penalización variable según el tipo de vuelo, el á
mbito y la tarifa utilizada.
En caso de retraso en los viajes o de cancelaciones por parte de la compañía a
érea, esta debe informar sobre las causas, y en estos casos las personas a
fectadas tienen derecho a
:
– Compensación económica de 250 euros (vuelos hasta 1.500 km), 400 (vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y los demás entre 1.500 y 3.500 km) o 600 euros (el resto). Los kilómetros se cuentan hasta el último destino.
No hay compensación si se comunica con dos semanas de a
ntelación la cancelación, si se informa en el plazo entre dos semanas y siete días promoviendo un transporte a
lternativo que permita salir con no más de dos horas de a
ntelación y llegar con no más de cuatro horas de retraso, o si se informa con menos de siete días de a
ntelación y se ofrece otro vuelo que permita salir con no más de una hora de a
ntelación y llegar con dos horas de retraso. Todo ello respecto a
los horarios de llegada y de salida contratados.
La compensación económica podrá reducirse un 50% si se ofrece vuelo a
lternativo y la diferencia horaria con la original es inferior a
2 horas en vuelos de 1.500 km, inferior a
3 horas en vuelos comunitarios de más de 1.500 km o los otros entre 1.500 y 3.500 km e inferior a
4 horas en el resto de vuelos.
– Que se les devuelva el precio del billete correspondiente a
la parte o partes del viaje no efectuadas y, en su caso, vuelo de vuelta a
l punto de partida lo más rápido posible.
– A ser conducidas a
su destino final en condiciones de transporte comparables lo más rápidamente posible o, en su caso, en fecha posterior. Si se establece el vuelo a
otro a
eropuerto, la compañía correrá con los gastos de transporte hasta el a
eropuerto primeramente convenido, u otro lugar cercano convenido con el pasajero.
– Tener comida y refrescos suficientes durante la espera.
– Alojamiento en hotel si hay que pernoctar (incluye el transporte a
l hotel).
– Dos llamadas telefónicas, fax o correos electrónicos.
Recientemente, a
demás, ha habido una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que ha dictaminado que los pasajeros de un vuelo cancelado tienen derecho a
reclamar el reembolso de los gastos razonables en que hayan incurrido cuando una compañía a
érea no les haya proporcionado a
tención, pero a
demás también una compensación en concepto de daños morales32.
32 Ver noticia en http://www.elpais.com/articulo/economia/Justicia/europea/respalda/pago/danos/morales/cancelacion/vuelo/elpepueco/20111013elpepueco_3/Tes.