4.6. Derechos de las personas mayores
Artículo 50 de la Constitución Española
"Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad.
Asimismo, con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio".
El colectivo de personas mayores constituye un grupo cada vez más amplio, casi un 20% de la población vasca, debido al aumento en la esperanza de vida y resulta, además, muy heterogéneo, porque agrupa tanto a personas con autonomía personal y con capacidad de participar activamente en la sociedad como a personas dependientes con una gran limitación de su autonomía personal.
Las administraciones públicas deben asumir la idea de envejecimiento activo y saludable, fomentando una vida activa y autónoma de las personas mayores, que redunde no solo en una mayor calidad de vida de estas personas, sino que también contribuya a la sostenibilidad de los servicios sociales. Esta concepción se basa en el reconocimiento de los principios de independencia, participación, dignidad, asistencia y autorrealización de las personas mayores. Se hace necesario llevar a la práctica las medidas definidas por las administraciones públicas para fomentar el envejecimiento activo.
Destacábamos el pasado año que las situaciones de maltrato a las personas mayores, especialmente psicológico, eran una realidad que no acaba de aflorar, por lo que son necesarias medidas de prevención y detección.
Resultan muy preocupantes los resultados del estudio realizado por el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco según el cual se sospechaba que 13.249 personas mayores de 60 años están sufriendo malos tratos, especialmente psicológicos, en nuestra comunidad. Por ello, es muy positiva la campaña que ha llevado a cabo ese departamento para prevenir y visibilizar los malos tratos a personas mayores.
La necesidad de una atención sanitaria y social simultánea, coordinada y estable, ajustada al principio de continuidad de la atención, cobra especial importancia en relación con las personas mayores y de manera reseñable con las personas mayores dependientes.
Se siguen registrando algunos déficits en la atención residencial.
Se han puesto de manifiesto una vez más las importantes diferencias que existen en los importes de los precios públicos de las plazas residenciales para personas mayores, que fijan las tres diputaciones forales. En la normativa de desarrollo de la Ley de Servicios Sociales debería tenderse a reducir las actuales diferencias de esos precios públicos.
Las personas mayores han mostrado su preferencia, a ser posible, por su mantenimiento en el hogar para afrontar la dependencia. Para ello es necesario reforzar las medidas encaminadas a este fin, como el servicio de teleasistencia, la ayuda a domicilio, la adaptación de la vivienda, los centros de día, las estancias temporales y de fin de semana en residencias y centros día, el servicio de bono-taxi…
El incremento de la prevalencia de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y la disminución de la atención residencial registrados en el conjunto de las prestaciones confirma la preferencia del mantenimiento en su domicilio de la persona mayor en situación de dependencia.
Hay que felicitarnos de que la asunción por el Gobierno Vasco del servicio de teleasistencia ponga fin a una serie de problemas detectados, mediante la flexibilización de los requisitos de acceso a dicho servicio y registre posibilidad de mejora.