Caracterización del sector
Cada a
ño, cuando se a
cerca la época de la vendimia, y en menor medida la recolección de la patata, llegan hasta Á
lava numerosas personas y familias enteras dispuestas a
trabajar en el campo durante unas semanas. La mayor parte de estas personas a
parecen en los pueblos de la Rioja a
lavesa, y a
lgunas en la Montaña y la Llanada a
lavesa, en torno a
setiembre-octubre, permanecen mientras duran las tareas de recolección y tienen trabajo, y luego se van a
otras zonas o vuelven a
sus lugares de origen. De a
hí que, habitualmente, a
l referirse a
estas personas se hable de "trabajadores temporeros", intentado englobar bajo esos términos a
todo el colectivo.
Sin embargo, conviene señalar que el colectivo de trabajadores temporeros, como cualquier otro, está compuesto por personas y grupos con características muy diferentes: en función de su origen; de que vengan solas, en grupos organizados o en grupos familiares; de que hayan sido contratadas en origen, hayan trabajado en a
ños a
nteriores para determinados a
gricultores, o vengan a
probar suerte; de que tengan regularizada su situación a
dministrativa o no, en el caso de las personas de origen extranjero; de que sólo a
cudan a
las tareas de recolección o participen también en otras tareas a
grícolas, a
lo largo del a
ño, en la zona... En función de éstas y otras características pueden variar, sustancialmente, sus condiciones de vida, sus posibilidades de trabajo y, en general, sus necesidades.
En este informe nos limitaremos exclusivamente a
la situación de las personas menores, los hijos e hijas de las familias temporeras que a
cuden con sus padres y se encuentran en edad de escolarización.
Se trata de un grupo de chicos y chicas variable cada temporada pero que, en los últimos a
ños han oscilado entre los 541 (año 2000) y los 205 (año 2009), de los cuales a
proximadamente entre un 20% y un 60% (según el a
ño) han sido escolarizados durante unas semanas en los centros educativos de las zonas o comarcas citadas.
Desde 1995, la institución del A
rarteko ha venido efectuando un seguimiento sobre la situación de la población temporera en Á
lava, centrado, entre otras cuestiones, en las condiciones de escolarización de los hijos e hijas de los trabajadores temporeros que a
cuden con sus familias a
las tareas a
grícolas.
En el a
ño 2002 este tema fue objeto de un informe extraordinario (Situación de la población temporera en Á
lava), presentado y debatido en el Parlamento Vasco y que fue objeto de diferentes iniciativas: proposición no de ley sobre trabajadores temporales, a
probada por el Parlamento Vasco el 12 de diciembre de 2002; moción referente a
los trabajadores temporeros, a
probada por las Juntas Generales de Á
lava el 20 de enero de 2003.
Para la realización del informe se utilizaron diferentes fuentes de información:
– visitas a
los as
entamientos y a
lojamientos;
– visitas a
los centros escolares;
– entrevistas a
trabajadores temporeros con trabajo y sin él;
– reuniones con equipos y personas implicadas directamente en programas de a
tención: trabajadoras sociales de base, equipos docentes de los centros educativos, equipos que llevan programas socioeducativos, responsables de la Ertzaintza...;
– peticiones de datos a
instituciones locales y territoriales;
– a
nálisis de memorias a
nuales sobre programas llevados a
cabo;
– reuniones con las personas responsables de diferentes departamentos a
fectados (Diputación Foral de Á
lava y Gobierno Vasco)...
Y se seleccionó la información de a
cuerdo con un criterio de utilidad: que sirviera para conocer mejor la realidad y para poder intervenir mejor sobre ella. As
í se organizó de a
cuerdo con los cuatro centros de interés sobre los que hemos venido insistiendo reiteradamente: 1) contrataciones; 2) a
lojamientos; 3) escolarización; 4) integración social. De hecho, la estructura básica del informe (capítulos 2 a
5) y el a
grupamiento de las propias recomendaciones responden, en gran medida, a
dicho esquema.
Tras la publicación del informe y la a
probación de la proposición no de ley del Parlamento y la moción de Juntas, el seguimiento del A
rarteko ha venido diferenciando, por un lado, las a
ctuaciones concretas llevadas a
cabo en cada campaña y, por otro, los planes o a
ctuaciones a
medio plazo. As
í, por ejemplo, en el informe del a
ño 2004 se reflejaron independientemente los datos correspondientes a
la campaña de ese a
ño (en cada uno de los bloques de recomendaciones; uno de ellos, mejoras en la escolarización...), y los pasos dados, especialmente en relación a
l Plan Integral, la Mesa interinstitucional y a
lgunas propuestas de desarrollo normativo (cfr. Informe 2004, cap. I, a
pdo. 1.1.2).
Habitualmente, el seguimiento de esta institución se ha concretado, en diferentes a
ctuaciones:
– Reuniones con el Consejero de A
gricultura del Gobierno Vasco.
– Participación, inicialmente, en la Mesa de Temporerismo promovida por la Diputación Foral de Á
lava y, posteriormente, en la Mesa interinstitucional sobre trabajo temporero de la CAPV creada por el Decreto 97/2003.
– Expedientes de oficio dirigidos a
la Diputación Foral de Á
lava, a
los Departamentos de A
gricultura, de Educación y de Vivienda y As
untos Sociales del Gobierno Vasco.
– Visitas in situ a
diferentes instalaciones o servicios…
Y los referentes han sido, casi siempre, las 17 recomendaciones de nuestro informe y las dos propuestas institucionales a
rriba citadas. Especialmente en lo que refiere a
las a
ctuaciones de oficio o peticiones de información llevadas a
cabo a
nte las diferentes instituciones o departamentos. As
í:
– A
l Departamento de A
gricultura se le solicitaba información a
ctualizada sobre el desarrollo del Plan Integral, el funcionamiento de la Mesa interinstitucional, las líneas de a
yuda para a
condicionar las instalaciones destinadas a
trabajadores temporeros...
– A
l Departamento de Educación, sobre las medidas y a
ctuaciones llevadas a
cabo para el cumplimiento de las recomendaciones 13 y 14 del informe, sobre escolarización de los menores.
– A
l Departamento de Vivienda y As
untos Sociales, sobre el decreto que regula los requisitos mínimos que deben cumplir los a
lojamientos de los temporeros...
– A
la Diputación Foral de Á
lava, sobre la convocatoria de a
yudas para a
condicionar las instalaciones destinadas a
trabajadores temporeros...
Los últimos a
ños, sin embargo, hemos limitado el seguimiento propiamente dicho a
l tema de la escolarización de menores (cfr. Informe 2005 y siguientes), que será el que a
quí se a
borde.
Los problemas fundamentales
De a
cuerdo con lo observado, la situación de las familias temporeras y también la de sus menores depende fundamentalmente de:
– Cuáles son sus condiciones de contratación.
– Cuáles son sus condiciones de a
lojamiento.
– Qué posibilidades reales tienen para escolarizar a
sus hijos e hijas.
– Cuál es el grado de sensibilización social o de implicación de la población de a
cogida.
A estos cuatro condicionantes (analizados cada uno de ellos de manera específica en diferentes capítulos del informe de referencia) hay que a
ñadir un quinto elemento que también es fuente de problemas: la disparidad de a
dministraciones, instituciones y servicios implicados en la respuesta de sus necesidades, y las dificultades que en tales casos suelen darse para lograr una buena coordinación entre todos los a
gentes intervinientes.
Desde la perspectiva que a
quí nos ocupa, centrada específicamente en la situación de los menores, debemos destacar de forma especial dos de los temas o problemas ya señalados:
– Las condiciones de los a
lojamientos en los que muchas veces viven (furgonetas, a
campadas, lonjas, viviendas semiabandonadas…).
– Las posibilidades y condiciones de escolarización en los centros de la zona.
Todos los temas o problemas a
bordados, sin duda, influyen en la situación de los menores, pero estos dos parece que lo hacen de forma más directa y que a
fectan, a
l menos, a
dos de sus derechos básicos: a
la educación y a
la salud.
Nos detendremos, pues, especialmente en ellos.
Las propuestas de mejora
El informe de referencia efectuaba una serie de recomendaciones, dirigidas a
las a
dministraciones implicadas, sobre cada una de las cuestiones a
nalizadas en profundidad:
– Sobre la implicación de instituciones y servicios y la mejora de los mecanismos de coordinación interinstitucional.
– Sobre el control y mejora de las condiciones de contratación.
– Sobre la mejora de las condiciones de a
lojamiento.
– Sobre las mejoras en la escolarización y a
tención a
menores de familias temporeras.
– Sobre la sensibilización social y la integración en la comunidad.
Recogemos a
quí, simplemente, el enunciado de las 17 recomendaciones del A
rarteko (para no perder la visión global), y desarrollaremos solamente las tres dirigidas a
mejorar la escolarización y a
tención a
los menores.
– Las tres recomendaciones sobre la implicación de instituciones y servicios proponían:
• Reforzar el papel de la Mesa de temporerismo –u otro instrumento similar– como mecanismo de coordinación interinstitucional.
• Lograr la implicación institucional de todas las a
dministraciones concernidas.
• Incrementar temporalmente la capacidad de respuesta de determinados servicios en las zonas a
fectadas.
– Sobre el control y mejora de las condiciones de contratación, efectuamos cinco recomendaciones:
• Impulsar las contrataciones en origen.
• Denunciar y perseguir las subcontrataciones.
• Facilitar los trámites de contratación e incrementar la intervención de la Inspección de trabajo.
• Potenciar la creación o gestión de bolsas de trabajo temporal.
• La negociación de un convenio a
grario para Á
lava.
– Sobre la mejora de las condiciones de a
lojamiento, que a
fectan muy directamente a
las condiciones de vida y a
la salud de los menores, proponíamos:
• Regular las condiciones de los a
lojamientos destinados a
la población temporera.
• A
rbitrar o utilizar vías de a
yuda institucional a
la habilitación o a
condicionamiento de locales como a
lojamiento.
• Promover y a
poyar las iniciativas de a
lbergues o equipamientos comunitarios.
• Clarificar y desarrollar las funciones de control e inspección de locales.
– En un cuarto bloque, nos centramos en las mejoras a
introducir en la escolarización y a
tención de menores de familias temporeras. Nos extenderemos en ello:
Los pasos dados en la escolarización y a
tención a
los niños y niñas que a
cuden a
las campañas a
grícolas junto con sus familias, los logros a
lcanzados, as
í como las dificultades para mejorar las respuestas, se expusieron con detalle en el capítulo 4 del informe. Seguramente, de los cinco grandes temas a
bordados en el informe, es éste en el que, durante los a
ños de seguimiento, se han experimentado mayores a
vances y se han tomado más iniciativas. En estas recomendaciones se trataba, pues, no tanto de plantear propuestas novedosas cuanto de insistir en a
lgunas de las líneas de a
ctuación iniciadas, y buscar su mejora y sus mayores efectos.
Así, de a
cuerdo con la experiencia de los a
ños y teniendo en cuenta muchas de las a
portaciones recogidas de los propios a
gentes educativos, el A
rarteko proponía:
• Incrementar, por todos los medios, el grado de escolarización de menores (Recomendación nº 13), que en ningún caso llegaba a
l 50% de los menores "censados" y que, en muchas ocasiones, se limitaba a
su as
istencia esporádica a
clase durante uno o pocos días.
Para lograr un mayor grado de escolarización y as
istencia a
clase, se propone:
* Seguir con las a
yudas a
l transporte y a
l comedor escolar as
í como con el a
poyo de los programas socioeducativos.
* A
nalizar la desigual as
istencia de a
lgunos colectivos en función de factores como la edad, el género, la localización, o la procedencia, y favorecer su real escolarización mediante medidas específicas (etapa 0-3 a
ños; mayores de 12 a
ños; chicas; menores de origen portugués).
* Sensibilizar a
todas las partes sobre la exigencia y obligatoriedad de la escolarización.
* Lograr la implicación directa de todos los centros ubicados en la zona.
* Incidir –cuando sea posible y a
unque sólo sea indirectamente– en la escolarización en origen, a
portando la información disponible a
las a
utoridades competentes.
• Mejorar la respuesta educativa de los centros (Recomendación nº 14), para lo que se propone:
* Potenciar la relación o el intercambio de información y documentación con los centros de origen, cuando existe una escolarización normalizada.
* Elaborar a
lguna ficha personal o certificación que facilite el seguimiento entre centros y en a
ños posteriores.
* Facilitar la formación específica del profesorado, su incorporación a
los centros con suficiente a
ntelación a
la presencia de temporeros, y el intercambio de experiencias y materiales.
* A
daptar los proyectos de centro, programas, a
ctividades y a
grupamientos escolares a
las necesidades básicas de los menores (habilidades sociales, técnicas instrumentales...).
* Coordinar las intervenciones escolares con las que se desarrollan en los programas socioeducativos extraescolares, buscando el refuerzo mutuo en el logro de objetivos básicos.
* Favorecer la integración en la dinámica escolar (espacios, a
ctividades, grupos) en todos los casos en que se considere posible...
* Plantearse la conveniencia y viabilidad de contar con profesionales de otro perfil (con conocimiento de portugués o pertenecientes a
las culturas de origen...).
• Continuar y extender los programas socioeducativos (Recomendación nº 15), subvencionados por el Departamento de Bienestar Social de la Diputación Foral de Á
lava y gestionados por diferentes as
ociaciones, valorados por todos como una experiencia positiva, para el logro de sus propios objetivos y como fórmula de a
poyo a
otros servicios educativos o sociales. En este sentido, se propone:
* Extenderlos a
todas las zonas y localidades con presencia de familias temporeras.
* Clarificar las responsabilidades de las as
ociaciones y el personal educador en relación con las de otras instituciones y profesionales (servicios sociales, centros educativos...).
* Facilitar su coordinación con otras instancias y el logro de objetivos comunes.
– Finalmente, efectuamos dos recomendaciones sobre la sensibilización social y la integración en la comunidad:
• Desarrollar programas y a
ctividades de sensibilización social.
• Informar a
la población temporera sobre sus derechos, obligaciones o los servicios disponibles.
Además de estas 17 recomendaciones del informe, hay que hacer a
quí referencia a
la Recomendación general del A
rarteko, de 1997, sobre "Las condiciones de a
lojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias"
Los seguimientos
Como ya se ha señalado, el seguimiento del A
rarteko sobre la situación de la población temporera ha utilizado diferentes vías y ha ido variando en función de las circunstancias.
A modo de ejemplo, resumiremos a
quí el seguimiento del a
ño 2007, especialmente significativo, porque dicho a
ño se realizó una evaluación intermedia del Plan Integral de A
tención a
l Trabajo Temporero (aprobado en junio de 2004) y, por otra parte, se iniciaron los pasos para la elaboración de un nuevo Plan, para el periodo 2008-2011.
La dinámica establecida en la Mesa Interinstitucional de Trabajo Temporero, en la que participó un representante del A
rarteko, (con documentos muy pormenorizados, memorias, propuestas, foros de participación en los que pueden tomar parte todas las entidades y sectores concernidos) hizo que el nivel de información sobre el tema fuese muy a
mplio.
Además, buena parte de los documentos (de evaluación o de planificación) que se elaboran, una vez revisados y a
probados, son de conocimiento público e incluso son presentados y debatidos en el Parlamento Vasco, lo que hace innecesario recogerlos a
quí.
Tanto los planes como las evaluaciones realizadas siguen el esquema desarrollado en nuestro informe de referencia. Con cuatro grandes bloques (y para cada uno de ellos, una serie de objetivos y líneas de a
ctuación):
1) Mejora de las condiciones de contratación.
2) Mejora de los a
lojamientos.
4) Sensibilización social e integración en la comunidad.
Ello permite a
preciar, con cierta facilidad, cuáles han sido los a
vances más significativos y en qué as
pectos y mejoras hay que seguir insistiendo.
Se trata de documentos muy a
mplios, por lo que no procede traerlos a
quí. Cualquier persona o entidad interesada puede a
cudir a
ellos. Pero sí podemos recordar a
quí cuáles están siendo las principales líneas de a
ctuación o los objetivos perseguidos y, posteriormente, destacar a
lgunos elementos.
Lo primero puede resumirse en el siguiente cuadro:
La evaluación intermedia (del 2006) trata de concretar, para cada uno de los objetivos o líneas de a
ctuación:
– Cuál ha sido su grado de consecución.
– La conveniencia o necesidad de continuar.
– Si se considera necesario o no el cambio y en qué sentido.
– Quién o quiénes son los responsables de ejecutarlo.
– El gasto realizado (cuando éste es cuantificable).
En general, podemos decir que el grado de consecución de los objetivos es bastante a
lto y que, a
l mismo tiempo, se considera necesario seguir insistiendo y continuar con la mayor parte, de las a
cciones previstas. En determinadas cuestiones, la necesidad de mejorar en el futuro parece mayor, especialmente en los dos primeros campos. As
í, por ejemplo:
– En las inspecciones de los contratos y las condiciones laborales de las personas trabajadoras temporeras.
– En la a
gilización de las contrataciones en origen.
– En la elaboración de un convenio a
grario para la CAPV.
– En el control del cumplimiento de las normas en materia de prevención de riesgos laborales.
– En el registro y control de los a
lojamientos.
– En la normativa de uso y cesión de los a
lojamientos colectivos y no colectivos.
– En la inspección de a
lojamientos…
A partir de ese momento, el seguimiento específico del A
rarteko durante los últimos a
ños se ha limitado a
l tema de la escolarización de menores, tanto mediante expedientes de oficio dirigido a
l Departamento de Educación del Gobierno Vasco, como mediante la visita a
a
lguno de los centros educativos de la Rioja a
lavesa.
A esto hay que a
ñadir, como fuentes de información complementaria, la tramitación de a
lguna queja y la lectura de a
lgunas memorias que a
portan información, por ejemplo, sobre las condiciones de a
lojamiento que, en muchos casos, a
fectan también a
menores. En este sentido, todo a
punta a
que siguen dándose situaciones inaceptables a
pesar de la a
probación del Decreto 248/2006, por el que se regulaban los requisitos mínimos de los a
lojamientos para personal temporero, ya que la intervención institucional es muy escasa (en cuanto a
l registro y a
creditación de los mismos, en cuanto a
las inspecciones o en cuanto a
la intervención municipal). Lo que sí se han a
tendido son ciertas solicitudes de a
yudas a
través de diferentes programas.
Datos esenciales – indicadores. Grado de escolarización
El seguimiento a
nual efectuado por esta institución nos permite disponer de datos bastante fiables tanto respecto a
la población infantil temporera presente en la zona como a
la a
tendida en los centros escolares durante las semanas de campaña a
grícola.
En general, durante los últimos a
ños, se ha a
preciado un descenso notable en el número de menores presentes en la zona con sus familias y, a
l mismo tiempo, un grado de escolarización durante el tiempo de permanencia en la zona que ha ido mejorando, a
l menos en determinados tramos de edad (especialmente de los 3 a
los 12 a
ños).
A modo de ejemplo, ofrecemos los datos del curso 2006-2007 y del curso 2009-2010, tanto de la población menor de edad "censada" como de sus condiciones de a
lojamiento y de escolarización.
Así, de a
cuerdo con el informe de gestión del 2006, el número de menores de 0 a
16 a
ños "censados" en grupos familiares establecidos en la Rioja a
lavesa fue de 203, lo cual supone un descenso significativo respecto a
a
ños a
nteriores, y buena parte de ellos provenían de Portugal. Se visitaron 94 a
lojamientos en la zona, de todo tipo. El número de menores a
lojados en viviendas a
condicionadas que cumplían las recomendaciones marcadas en nuestro informe de referencia, era de 13. La mayoría de los menores (99) estaban a
lojados en lonjas, bordas, a
lmacenes o bodegas. En las dos a
campadas de Elvillar, en tiendas y lonas sin a
gua corriente, se contabilizaron 15 menores. Otros 30 en casas viejas; 36 en caravanas o furgonetas…
En la zona de Salvatierra sólo se detectaron ese a
ño 3 menores, de una sola familia, en un a
lmacén que tampoco reunía las condiciones exigibles. En la cuadrilla de Campezo/Kanpezu, el número de menores fue de 20, todos ellos procedentes de Portugal y pertenecientes a
7 familias, a
lojados en lugares que no cumplían unos mínimos higiénicos.
En las tres zonas, comparando con los datos de a
ños a
nteriores, se observó una tendencia a
la baja en cuanto a
l número de menores. A
provechando la escolarización, as
í como los programas socioeducativos impulsados por la Diputación Foral de Á
lava, se llevaron a
cabo diferentes iniciativas de educación en la salud: desayunos en los centros, as
istencia a
los comedores escolares, duchas, difusión de materiales de higiene buco-dental…
En cuanto a
la escolarización propiamente dicha, en el siguiente cuadro podemos a
preciar cuál fue la lograda en los diferentes niveles en función de dos variables como la edad y el sexo, en el caso de la Rioja a
lavesa:
Fuente: Instituto Foral de Bienestar Social de la Diputación Foral de Á
lava. Memoria, informe de gestión 2006.
La Memoria destacaba como as
pectos positivos el a
lto porcentaje de escolarización lograda ese a
ño, la duración de la misma (algo más de seis semanas en Laguardia, Elciego y Lanciego), o el que se favoreciera la integración escolar en determinadas materias.
Respecto a
los/las menores de origen portugués, ese a
ño, en la Rioja a
lavesa fueron 87: de ellos, fueron escolarizados 35; los no escolarizados, en edad de escolarización obligatoria, fueron 28, y según la información recogida en las visitas a
los a
lojamientos, unos 59 menores no estaban escolarizados en origen (34 de ellos de 3 a
16 a
ños).
Respecto a
la escolarización lograda, éstas son a
lgunas consideraciones significativas:
– Sigue dándose una escasa escolarización de mayores de 12 a
ños, que obligatoriamente, por ley, tendrían que a
cudir a
los institutos. (Las razones fundamentales del a
bsentismo escolar son: el desplazamiento a
otra localidad, escaso nivel a
cadémico…).
– Comparando datos con a
ños a
nteriores, se observa una mayor proporción de menores escolarizados: prácticamente el 60% de los "censados" ese a
ño frente a
l 30% del a
ño a
nterior, lo cual supone una importante reducción del a
bsentismo escolar.
Respecto a
l último a
ño del que disponemos datos (campaña del 2009), de la respuesta ofrecida por el Departamento de Educación a
nuestra petición de información podemos destacar los siguientes:
– La escolarización de este a
lumnado durante la campaña se había realizado en los siguientes centros de la Rioja A
lavesa:
• CEP Víctor Tapia, de Laguardia: del 29 de septiembre a
l 20 de octubre, con un máximo de 13 a
lumnos/as de entre 3 y 10 a
ños.
• CEP Elciego: con una as
istencia máxima de 24, del 22 de septiembre a
l 20 de octubre (20 de E. Primaria y 4 de E. Infantil).
• CEP Ramiro de Maeztu (Oion): del 28 de septiembre a
l 9 de octubre; máximo de as
istencia: 8 a
lumnos/as, a
lgunos transportados desde Kripan y Viñaspre.
• CEP Labastida: cuatro a
lumnos, de los cuales dos han continuado escolarizados en el centro una vez finalizada la vendimia.
• CEIPS As
sa Ikastola, de Lapuebla de Labarca: 17 a
lumnos (12 de E. Primaria y 5 de E. Infantil).
• CEP Lantziego Ikastola: a
partir del 18 de septiembre, con un máximo de 14 menores escolarizados.
– En cuanto a
l profesorado de a
poyo destinado a
l programa había sido de 9 personas (igual número que en la campaña a
nterior): un profesor o profesora a
los centros de Oion y Labastida, dos en los centros de Lantziego, Elciego y Laguardia, contratación de un profesor en As
sa.
El informe elaborado por la Delegación de Educación de Á
lava, a
demás de los datos de escolarización, ofrece una valoración bastante detallada, centro a
centro, respecto a
diferentes cuestiones, como:
– La utilización de espacios y la organización escolar.
– Las a
ctividades formativas llevadas a
cabo con el a
lumnado.
– La valoración, tanto as
pectos positivos como negativos, efectuada por cada docente implicado en el programa…
Recoge también una serie de propuestas de mejora. Señalemos a
quí, de forma muy resumida a
lgunos de estos elementos, puesto que pueden orientar a
ctuaciones futuras:
– En bastantes centros existe un problema de locales que exige habilitar para a
ula otros espacios como la biblioteca escolar, durante el tiempo de campaña.
– En general se suelen programar as
pectos no sólo a
cadémicos sino también referidos a
la formación en valores cívicos (como el respeto a
las personas y las cosas o el ejercicio de la tolerancia) y hábitos de higiene personal.
– El transporte y el comedor escolar son de uso muy generalizado.
– Los niveles de integración en la organización habitual del centro varían mucho según los casos: es frecuente que el a
lumnado de E. Infantil se integre plenamente en las a
ulas ordinarias de dicha etapa; en E. Primaria lo más habitual es crear un grupo específico con este a
lumnado, separado de los grupos estables, si bien con a
lgunas a
ctividades en común, que van desde compartir el recreo o el comedor hasta trabajar conjuntamente parte de las á
reas.
– En general, sin ocultar las dificultades, el profesorado hace una valoración positiva del trabajo, y señala as
pectos positivos como la cooperación entre el equipo docente, la coordinación con los servicios sociales, la buena disposición del a
lumnado, lo enriquecedor del trabajo tanto para el a
lumnado de temporada como para el a
lumnado estable…
– También se señalan a
lgunos as
pectos negativos o mejorables, por ejemplo, respecto a
reforzar la comunicación, mejorar la formación específica del profesorado, lograr un mayor conocimiento o relación con las familias, a
gilizar la provisión de plazas cuando resulten necesarias…
Conviene recordar, a
demás, que con buena parte de estos menores, gracias a
los programas socioeducativos impulsados por el Departamento de Política Social y Servicios Sociales de la Diputación Foral de Á
lava, se llevan a
cabo otras a
ctividades igualmente educativas a
unque no estrictamente escolares (actividades de tiempo libre, desarrollo de hábitos de higiene personal o de a
limentación, orientación sobre necesidades sanitarias…).
Resulta de interés contrastar o completar estos datos (cuya fuente es la Delegación Territorial de Educación del Gobierno Vasco) con a
lgunos de los que a
porta el Departamento de Política Social y Servicios Sociales de la Diputación Foral de Á
lava en la Memoria descriptiva elaborada por el Instituto Foral de Bienestar Social sobre temporerismo a
grícola correspondiente a
l ejercicio 2009, memoria remitida a
la institución del A
rarteko con fecha 11 de marzo de 2010.
Así, respecto a
lo que solemos llamar como "censo" de la población temporera y, en concreto, de menores de familias temporeras presentes en la zona, podemos destacar los siguientes datos:
Fuente: Diputación Foral de Á
lava / Memoria del Instituto Foral de Bienestar Social. 2009 / Elaboración propia.
Centrándonos en los datos de La Rioja A
lavesa, única comarca en la que en ese curso se dieron escolarizaciones, nos encontramos con 86 menores escolarizados sobre un total de 201 censados en la zona, lo que supone un 43% de escolarización. Este porcentaje, sin embargo, varía mucho según las edades o etapas educativas, como se puede a
preciar en la tabla siguiente:
Fuente: Diputación Foral de Á
lava / Memoria del Instituto Foral de Bienestar Social. 2009 / Elaboración propia.
Respecto a
la no escolarización (al menos, mientras dura la campaña de la vendimia) y a
sus razones, nos parecen de interés los siguientes datos:
Fuente: Diputación Foral de Á
lava / Memoria del Instituto Foral de Bienestar Social. 2009 / Elaboración propia.
Como complemento de la escolarización propiamente dicha, conviene recordar que gracias a
los programas socioeducativos impulsados desde el Instituto Foral de Bienestar Social, se a
provecha para trabajar hábitos y llevar a
cabo a
ctuaciones en materia de a
limentación, higiene personal, vestuario o salud de los menores, a
demás de incidir en las familias para favorecer la escolarización.
Luces y sombras en la respuesta institucional
Hay que reconocer que la respuesta institucional a
nuestras propuestas o recomendaciones para mejorar la situación de la población temporera ha sido diligente y mantenida en el tiempo.
Sin duda, ha influido en ello la proposición no de ley a
probada por el Parlamento Vasco en 2002, o la moción igualmente a
probada por las Juntas Generales de Á
lava en 2003, en los dos casos tras la presentación y debate de nuestro informe. Ello supuso la creación de nuevos mecanismos o vías de colaboración (como la Mesa Interinstitucional), la concreción de los objetivos y líneas de a
ctuación en diferentes Planes, as
í como su evaluación o valoración periódica, la disponibilidad de un presupuesto específico, la rendición de cuentas en sede parlamentaria…
Así, podemos decir que en todos los temas tratados se han producido a
vances, a
unque no en todos del mismo grado.
En cuanto a
los dos temas que a
quí más nos interesan se siguen dando todo tipo de situaciones. As
í:
– Respecto a
las condiciones de los a
lojamientos se mantienen todavía a
lgunas situaciones que no reúnen las mínimas condiciones de salubridad.
– Y respecto a
la escolarización en la zona, a
pesar de los recursos y programas puestos en marcha, todo a
punta a
que se produce una barrera o un techo difícil de romper, seguramente en muchos casos por factores culturales o que tienen que ver con la escolarización (o no escolarización) en origen.
Hay, pues, mucho trabajo realizado, pero también mucho por mejorar.
La visión de las quejas
No es fácil que una población que está de paso y a
penas conoce los servicios o instituciones a
los que, en teoría, podría a
cudir en defensa de sus derechos, presente una queja.
En ocasiones, personal del propio A
rarteko de visita en la zona, a
l hablar con trabajadores temporeros y conocer, por ejemplo, el impago de un trabajo ya realizado o las condiciones de a
lojamiento, ha a
nimado a
esas personas a
que presentaran una denuncia. La respuesta, casi siempre, ha sido clara: "No ganaríamos nada, y perderíamos nuestras posibilidades de volver a
ser contratados".
Las quejas recibidas, normalmente, han tenido un carácter informal y han llegado a
través de otras personas o servicios sociales que intervienen en la zona. En cuanto a
los motivos de queja, suelen ser los ya citados: un as
entamiento o un a
lojamiento que no reúne las condiciones mínimas; una serie de menores que no a
cuden a
la escuela; un centro escolar que no dispone de los recursos a
decuados…
Cuando el trabajo de campo ha sido posible, las propias visitas de personal del A
rarteko han sido una importante fuente de información para el A
rarteko que ha dado pie a
diferentes a
ctuaciones. Cuando ello ha sido imposible, han resultado de gran utilidad las informaciones y memorias a
portadas por los servicios sociales de base, por las as
ociaciones que llevan a
cabo programas socioeducativos en la zona o por el propio Instituto de Bienestar Social de la Diputación Foral de Á
lava.
La visión de los propios menores y de sus familias
Cuando uno a
cude a
un centro de la zona y habla con los chicos o chicas de familias temporeras en él escolarizados, en general, observa y escucha manifestaciones de satisfacción sobre el transporte, sobre el comedor, sobre el tiempo y la a
ctividad escolar, sobre el tiempo de recreo, sobre las a
ctividades extraescolares…
Cuando a
cude a
un as
entamiento o a
un a
lojamiento y se encuentra, en horario escolar, con población infantil que no ha a
cudido a
la escuela, puede escuchar todo tipo de razones, tanto de los propios menores (que, en ocasiones, querrían a
cudir a
la escuela pero tienen que a
tender otras obligaciones) como en boca de sus familiares.
Las causas o excusas que las propias familias suelen poner para no escolarizar a
sus hijos e hijas suelen ser:
– Que van a
estar pocos días (Corta duración de la estancia).
– El miedo a
l transporte escolar.
– Que el menor o la menor en cuestión tiene que cuidar de otros menores de edad, mientras ellos trabajan en el campo.
– El miedo a
que a
cuda solo y no sea bien tratado.
– La permanencia de una persona a
dulta responsable a
l cuidado de los menores (como a
lternativa a
la escolarización)…
Así, por ejemplo, entre las causas manifestadas por las familias en el último a
ño para no escolarizar a
sus hijos e hijas, destacan como más frecuentes:
– En el caso de menores en el tramo 0-3 a
ños de dad, que se trata de niño/s muy pequeños, y que iban a
estar poco tiempo.
– En el caso de mayores: poco tiempo en la zona, o que ya hay una persona que se queda a
su cuidado.
Evolución
Como ya se ha dicho, según sea el a
ño y las condiciones de la campaña, existe una gran variabilidad en lo que respecta a
la población temporera presente en la zona y, más en concreto, respecto a
l nº de menores y sus necesidades de escolarización.
Lo podemos comprobar en las siguientes tablas, en las que se resumen a
lgunos datos recogidos durante los últimos diez a
ños.
Fuente: Diputación Foral de Á
lava. Memorias a
nuales del Instituto Foral de Bienestar Social.
Fuente: Diputación Foral de Á
lava. Memorias a
nuales del Instituto Foral de Bienestar Social.
Fuente: Diputación Foral de Á
lava. Memorias a
nuales del Instituto Foral de Bienestar Social.
La evolución, como muestran los datos, ha sido muy diferente según se trate de una zona de vendimia (Rioja A
lavesa) o de zonas dedicadas tradicionalmente a
l cultivo de la patata.
Respecto a
l nº de menores presentes y a
su escolarización, que es lo que a
quí nos ocupa de manera especial, se puede decir que, a
unque se a
precie un descenso notable en las necesidades de escolarización, éstas todavía siguen siendo significativas en la comarca de la Rioja A
lavesa.
Otros datos disponibles (aunque no reflejados a
quí) refuerzan la necesidad de intervención social, especialmente los que hacen referencia a
la escolarización o no en origen, por ejemplo en la población que proviene de Portugal, y a
las condiciones de a
lojamiento de muchas de las familias con menores, mayoritariamente en lonjas, bordas, a
lmacenes, pabellones o bodegas que no siempre reúnen las condiciones mínimas exigibles.
A modo de síntesis o conclusión (elementos más destacables)
El trabajo llevado a
cabo durante estos a
ños en Á
lava con respecto a
las condiciones de la población temporera es un buen ejemplo de colaboración interinstitucional. Permite a
preciar los a
vances experimentados en la respuesta a
las necesidades de una población especialmente vulnerable pero también, y a
l mismo tiempo, reconocer los límites de la intervención a
nte situaciones de gran tradición y a
rraigo social.
Así, por ejemplo, respecto a
la escolarización de los menores, se han a
rbitrado los recursos necesarios para ella (transporte, comedor, profesorado, a
ulas…) y se ha logrado cierto grado de as
istencia, pero existe un techo de escolarización difícil de romper (especialmente entre mayores de 12 a
ños y menores de tres a
ños), a
l igual que resulta muy difícil lograr una verdadera inclusión en la dinámica escolar de los centros de la zona o lograr una continuidad con la escolarización de este a
lumnado en sus lugares de origen.
Parecidos a
vances y límites se pueden a
preciar también en los otros grandes temas a
bordados:
– En las condiciones de contratación (con incrementos a
nuales de las contrataciones en origen, pero que sólo a
lcanzan a
una parte de la población temporera y de los a
gricultores contratantes).
– En las condiciones de a
lojamiento (con locales que van mejorando sus condiciones y otros que siguen sin reunir los mínimos requisitos).
– En el grado de sensibilización social e implicación de la población de a
cogida, en el que todavía se a
precian prácticas y niveles de compromiso muy diferentes.
Todo ello influye en las condiciones de vida de las personas menores de edad presentes en la zona durante el periodo de recolección, cuestión principal que hemos querido a
bordar en este capítulo.
Recomendaciones
Como se ha recordado en las páginas a
nteriores, en el informe extraordinario sobre la Situación de la población temporera en Á
lava efectuamos ya 17 recomendaciones que buscaban la mejora en todas las cuestiones consideradas esenciales: en la coordinación interinstitucional; en las condiciones de contratación; en las condiciones de a
lojamiento; en las condiciones de escolarización; en las condiciones de integración social. Posteriormente, efectuamos también una Recomendación general, de carácter más a
mplio y concreto, sobre "Las condiciones de a
lojamiento de los trabajadores temporeros y su familia", (cuyo contenido íntegro se recoge en la versión digital de este informe).
Tal y como hemos pretendido mostrar en este capítulo, en todos los temas se han producido a
vances y en todos siguen existiendo cuestiones pendientes o necesitadas de mejora. Mejoras que –seguimos creyendo– deben ir en la misma línea a
puntada en nuestras recomendaciones e, igualmente, en los planes a
probados durante estos a
ños.
No se trata pues, a
quí, de efectuar nuevas recomendaciones específicas para este sector de la población, sino en insistir en la vigencia y utilidad de las ya efectuadas, con una especial a
tención en a
quellas que mayor incidencia directa tienen en la vida y los derechos de las personas menores de edad, como son las condiciones de los a
lojamientos en los que viven (vehículos, zonas de a
campada, locales cedidos por los a
gricultores…) y las condiciones en las que son escolarizados en los centros educativos de la zona.
Sólo la voluntad institucional y la continuidad del trabajo durante muchos a
ños lograrán superar prácticas todavía as
entadas y que ponen en riesgo los derechos de este sector vulnerable de la población.
Evidentemente, también pueden ser de a
plicación a
este sector de la población buena parte de las recomendaciones que respecto a
l sistema educativo, hacemos en el capítulo 5 de este informe.
Recomendación general, de 1997, sobre «Las condiciones de a
lojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias»
En los últimos tres a
ños la institución del A
rarteko ha efectuado un seguimiento de las condiciones en las que viven los trabajadores temporeros y sus familias, en diferentes zonas de Á
lava, durante el trabajo de la vendimia o de la recogida de la patata. Se han a
nalizado básicamente cuatro cuestiones problemáticas:
– los sistemas de contratación;
– las condiciones de a
lojamiento;
– las condiciones de escolarización;
– los grados de integración-exclusión social respecto a
l entorno.
Respecto a
las condiciones de escolarización de los hijos e hijas de las familias que a
cuden a
los trabajos de temporada, ya el a
ño 1995 esta institución efectuó una serie de gestiones y recomendaciones y, de hecho, se ha podido a
preciar una evolución favorable.
También el a
ño pasado (1996) el informe a
nual recogía una serie de propuestas de a
ctuación institucional para la mejora de la situación de estas personas en el ejercicio de sus derechos. Se señalaban, en concreto, tres campos de a
ctuación preferente:
1. El desarrollo normativo y el cumplimiento de la legalidad.
2. La coordinación entre diferentes instituciones y a
gentes sociales.
3. La información a
estas personas sobre derechos y servicios.
El seguimiento efectuado este último a
ño (que queda recogido en el capítulo 2 del Informe ordinario de 1997) ha permitido valorar a
lgunos a
vances en cuestiones ya a
bordadas y, a
l mismo tiempo, a
nalizar con mayor intensidad una de las cuatro cuestiones a
rriba señaladas: las condiciones de a
lojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias. Esta recomendación se centrará precisamente en esta cuestión: la de los a
lojamientos.
El trabajo de campo permite observar situaciones muy diversas y diferenciar, como mínimo, cuatro de ellas:
a) la de las personas a
cogidas ocasionalmente en los a
lbergues promovidos por las instituciones;
b) la de las familias que a
campan en zonas o campamentos previstos para ello;
c) la de las personas y familias que se a
lojan en locales habilitados por los a
gricultores o las empresas contratantes;
d) la de las familias y personas que pernoctan donde y como pueden, a
l no disponer de otras condiciones mejores.
Permite también diferenciar implicaciones y a
ctuaciones de diferentes estamentos:
• iniciativas de instituciones cuyo á
mbito es el territorio histórico (por ejemplo, de la Diputación Foral de Á
lava), como la puesta en marcha de a
lbergues;
• implicaciones de las a
utoridades locales, por ejemplo, a
utorizando o habilitando lugares de a
campada;
• a
condicionamiento de locales para a
lojar a
estas personas por parte de los propios contratantes (bien sea en unidades de explotación familiar, o bien en el caso de empresas vitivinícolas)...
Es evidente que las necesidades de a
lojamiento difieren mucho según los casos (trabajadores solos, familias completas...) y que, por tanto, no es posible ofrecer una única solución igualmente válida para dar respuesta a
todas las necesidades que se presentan.
Lo que sí es posible es fijar a
lgún criterio básico y común en el que se puedan fundamentar las diferentes soluciones y, en función de ello, delimitar las responsabilidades que correspondan a
unos u otros a
gentes sociales. Y siempre desde la perspectiva de los derechos que as
isten a
estas personas. A
cudiremos para ello a
diferentes á
mbitos del derecho, sin perder de vista que el tema que nos ocupa es siempre el de las condiciones de a
lojamiento de un determinado colectivo.
****
El derecho a
una vivienda a
decuada y digna es un derecho reconocido constitucionalmente y que ya se recoge en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948. Este derecho ha sido desarrollado en diferentes instrumentos de carácter internacional:
• Convenios (como el Convenio internacional sobre la protección de los derechos de los trabajadores migrantes y los miembros de sus familias, de 1950).
• Pactos (como el Pacto internacional de los derechos económicos, sociales y culturales, de 1996).
• Declaraciones y recomendaciones (como la Declaración sobre as
entamientos humanos de Vancouver, de 1976).
• Resoluciones de la ONU sobre la realización del derecho a
una vivienda a
decuada (numerosas resoluciones: de la As
amblea General, del Consejo Económico y Social, de la Comisión de Derechos Humanos, de la Comisión de As
entamientos Humanos, de la Subcomisión para la Prevención de la Discriminación y la Protección de las Minorías...).
Algunos de estos convenios, pactos, declaraciones y resoluciones tienen un carácter general; otros, sin embargo, se refieren a
situaciones específicas o a
la a
plicación de tal derecho a
los colectivos más vulnerables. No se trata a
quí de efectuar un recorrido por tales instrumentos y ver su a
plicabilidad a
la situación que nos ocupa. Sin embargo, sí puede resultar de interés a
nalizar dos cuestiones centrales para nosotros:
• qué se entiende por una vivienda «adecuada»;
• y qué papel corresponde a
los gobiernos, y a
otros a
gentes, a
la hora de garantizar tal derecho.
Tomemos, por ejemplo, uno de los últimos documentos trabajados por la ONU respecto a
esta cuestión. Nos referimos a
l Programa de Habitat (Objetivos y Principios, Compromisos y Plan de A
cción Mundial), a
probado por el Comité Preparatorio de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre los As
entamientos Humanos (A/CONF. 165/ L.1 de 12 de a
bril de 1996).
El programa de Habitat caracteriza lo que debe ser considerado como una vivienda a
decuada en los siguientes términos:
"43. Una vivienda a
decuada significa a
lgo más que tener un techo bajo el que guarecerse. Significa también disponer de un lugar privado, espacio suficiente, a
ccesibilidad física, seguridad a
decuada, inclusive en lo que a
tañe a
la tenencia, estabilidad y durabilidad estructurales, iluminación, calefacción y ventilación suficientes, una infraestructura básica a
decuada que incluya servicios de a
bastecimiento de a
gua, saneamiento y eliminación de desechos, factores a
propiados de calidad del medio a
mbiente y relacionados con la salud; y un emplazamiento a
decuado y con a
cceso a
l trabajo y a
los servicios básicos, todo ello a
un costo razonable. La determinación de la idoneidad de todos estos factores debe hacerse con las personas interesadas, teniendo en cuenta la perspectiva del desarrollo gradual. El criterio de idoneidad suele variar de un país a
otro, pues depende de factores culturales, sociales, a
mbientales y económicos particulares...".
Y entre las medidas que deben a
doptar los gobiernos a
fin de promover, proteger y velar por el logro gradual del derecho a
una vivienda a
decuada señala, por ejemplo, lo siguiente:
"d) Supervisar y evaluar con eficacia las condiciones de a
lojamiento; inclusive el número de personas sin hogar y de viviendas deficientes y, en consulta con la población a
fectada, formular y a
doptar políticas de vivienda a
propiadas y poner en práctica estrategias y planes eficaces para hacer frente a
estos problemas".
El Programa de Habitat dedica una especial a
tención a
los «grupos vulnerables» integrados por personas entre las que se encuentran «los trabajadores migratorios». As
í, señala que:
"72. La vulnerabilidad es la incapacidad de competir en condiciones de igualdad para conseguir recursos y oportunidades. La vulnerabilidad suele estar causada por la marginación y la exclusión de a
lguien de las tendencias socioeconómicas predominantes y de los procesos de a
dopción de decisiones. Para reducir la vulnerabilidad, es necesario mejorar y garantizar el a
cceso de los miembros de grupos vulnerables a
la vivienda, la financiación, la infraestructura, los servicios sociales básicos, los mecanismos de protección social y los procesos de a
dopción de decisiones".
Las resoluciones o los criterios señalados son de carácter general -se refieren a
los as
entamientos o a
las viviendas en general- sin entrar a
concretar situaciones específicas, como pueden ser las de los trabajadores temporeros.
En el plano internacional —que es en el que, de momento, nos estamos moviendo— será la Organización Internacional del Trabajo (OIT) la que, en a
lgunas de sus recomendaciones y convenios, establecerá una serie de criterios específicos para estos colectivos. As
í, por ejemplo:
• La Recomendación 16/1921 sobre el a
lojamiento de los trabajadores a
grícolas señala:
"Que cada Miembro de la Organización Internacional del Trabajo reglamente, si no lo hubiera ya hecho, por vía legislativa o en otra forma, las condiciones de a
lojamiento de los trabajadores a
grícolas, teniendo en cuenta las condiciones especiales climatológicas o de otra clase que influyan en el trabajo a
grícola del país, y previa consulta a
las organizaciones interesadas de empleadores y de trabajadores, cundo estas organizaciones existan.
Que dicha reglamentación se a
plique a
todos los locales provistos por los empleadores para a
lojar a
sus trabajadores, individualmente, en grupos o con sus familias, ya se los a
loje en las casas de dichos empleadores o en edificios puestos por los mismos a
su disposición.
Que dicha reglamentación contenga las disposiciones siguientes:
a) a
menos que las condiciones climatológicas hagan innecesaria la calefacción, los a
lojamientos destinados a
familias obreras, a
grupos de trabajadores o a
trabajadores a
islados deberán tener habitaciones que puedan ser calentadas;
b) los locales destinados a
l a
lojamiento de grupos de trabajadores deberán estar provistos de un lecho para cada uno de los ocupantes, y estar a
mueblados y situados de manera que permitan a
los obreros el as
eo personal; habrá locales separados para el a
lojamiento de las personas de diferente sexo; y en el caso de locales ocupados por familias, se tomarán disposiciones a
decuadas en lo que concierne a
los niños;
c) los establos, cuadras y cobertizos no podrán ser utilizados como locales para dormitorio de obreros.
Que cada Miembro de la Organización Internacional del Trabajo tome medidas para garantizar la a
plicación de las disposiciones de dicha reglamentación".
• El Convenio sobre política social (normas y objetivos básicos) de 22 de junio de 1962, en su a
rtículo sexto establece el siguiente criterio: «Cuando las circunstancias en que los trabajadores estén empleados los obliguen a
vivir fuera de sus hogares, las condiciones de trabajo deberán tener en cuenta sus necesidades familiares normales». E igualmente señala que, cuando la vivienda forma parte de la remuneración, la a
utoridad competente deberá tomar todas las medidas para garantizar que es a
decuada.
• La Recomendación 165/1981 sobre los trabajadores con responsabilidades familiares, refiriéndose concretamente a
los trabajadores temporeros señala, en su a
rtículo 21, que con el fin de proteger a
estos trabajadores, muchos de los cuales tienen responsabilidades familiares, deberían reglamentarse y supervisarse a
decuadamente las condiciones en que ejercen su trabajo. Y en el a
partado segundo de ese mismo a
rtículo establece como criterio que, en la medida de lo posible, las condiciones de empleo de los trabajadores temporeros deberían ser equivalentes a
las de los trabajadores permanentes.
También la OIT señala las condiciones mínimas que, con carácter general, debe tener una vivienda a
decuada. (Véase, por ejemplo, la Recomendación 115/1991, de 7 de junio, sobre la vivienda de los trabajadores.)
Es normal que en los instrumentos internaciones se fijen criterios y se efectúen recomendaciones de carácter general, sin entrar a
detallar situaciones que pueden varias sustancialmente de unos lugares a
otros. La a
plicación de tales criterios (globales) a
las diferentes situaciones (particulares) que se dan en un determinado territorio corresponde a
cada gobierno, o a
cada a
dministración competente en dicho territorio. Por ello, el logro de un mismo objetivo (en nuestro caso, la mejora de las condiciones de vida y de a
lojamiento de los trabajadores temporeros y de sus familias) podrá ser a
bordado en cada lugar de formas o mediante programas diferentes, a
decuadas a
las circunstancias de cada situación.
Así, la problemática del a
lojamiento de los trabajadores temporeros y de sus familias es a
bordada en nuestro entorno a
través de iniciativas de diferente signo. Señalamos a
lgunas de ellas, a
título de ejemplo:
• El establecimiento de vías de a
yuda económica dirigidas expresamente a
tal fin.
Estas a
yudas van destinadas unas veces a
los propios a
gricultores (por ejemplo, las a
yudas para la reforma de las explotaciones a
grarias destinadas a
la «mejora de las condiciones de vida y de trabajo de los empleados en las explotaciones», contemplada en el a
rt. 5 del Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero), y otras veces a
as
ociaciones o entidades sin fines de lucro (por ejemplo, las a
yudas para el a
condicionamiento de a
lojamientos previstas en la Orden de 4 de noviembre de 1994, del Ministerio de As
untos Sociales, sobre medidas de a
poyo a
las migraciones interiores).
• La fijación de las condiciones mínimas, materiales y funcionales, que deben cumplir determinados servicios, a
efectos de a
utorización, registro, a
creditación, inspección... (vía utilizada, por ejemplo, por la Consejería de As
untos sociales de la Junta de A
ndalucía para regular los centros de servicios sociales, Decreto 87/1996, de 20 de febrero; Orden de 29 de febrero de 1996, y utilizada también por la propia A
dministración vasca para otro tipo de servicios como los a
lbergues e instalaciones destinadas a
la estancia y a
lojamiento de grupos infantiles y juveniles, Orden de la Consejería de Cultura de 12 de noviembre de 1997).
• La inclusión en los convenios colectivos del sector de la responsabilidad del contratante respecto a
l a
lojamiento de los temporeros, o de las condiciones de habitabilidad dignas que deben tener los a
lojamientos (ej.: convenios de La Rioja o de la provincia de Jaén).
• Las a
yudas a
las corporaciones locales para la as
istencia a
los trabajadores y sus familias, que contemplan incluso la puesta en marcha de determinados servicios como guarderías para hijos de los trabajadores temporeros (por ejemplo, en la Orden de 10 de enero de 1992, de la Consejería de As
untos Sociales de la Junta de A
ndalucía).
Como se puede comprobar por los ejemplos a
nteriores, la problemática particular de este colectivo se puede a
bordar de un modo totalmente específico, mediante normativas propias o a
cuerdos que contemplen su situación, o bien a
provechando vías o normas de carácter más general en las que tales situaciones encuentren a
comodo. A
mbas vías son utilizadas y pueden servir a
l objetivo perseguido.
En el momento a
ctual, ni en nuestra Comunidad ni en el Territorio Histórico de Á
lava existe, por ejemplo, un convenio colectivo a
grícola, pero sí existen iniciativas legislativas o marcos normativos que pueden ser utilizados o desarrollados para resolver la problemática a
quí planteada. La tramitación parlamentaria, iniciada ya, del A
nteproyecto de Ley de Desarrollo Rural constituye, sin duda, una oportunidad para a
bordar estas y otras cuestiones. De igual modo, determinados textos normativos a
ctualmente vigentes, como el Decreto 210/1990, de 30 de julio, sobre a
yudas a
las explotaciones a
grarias del País Vasco, o el Decreto 168/1997, de 8 de julio, por el que se regulan las explotaciones a
grarias prioritarias en la Comunidad A
utónoma del País Vasco, pueden servir como vía para la canalización de posibles a
yudas institucionales a
la «modernización » de las explotaciones, concepto que, tal y como queda recogido en la exposición de motivos del último decreto citado, incluye las mejoras de las condiciones de vida y trabajo del personal.
De hecho, a
lgunas empresas y a
gricultores de la zona han obtenido subvenciones públicas para sus proyectos de habilitación de locales destinados a
l a
lojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias. No obstante, el a
nálisis de la realidad de los a
lojamientos en la zona a
lavesa pone a
l descubierto que hay muchas cuestiones que deben ser objeto de clarificación. As
í:
a) la responsabilidad que corresponde a
l contratante (sea éste un a
gricultor o una empresa) a
la hora de a
tender las necesidades de a
lojamiento de los trabajadores y sus familias;
b) las condiciones mínimas, materiales y funcionales, exigibles a
cualquier situación para que pueda considerarse "digna";
c) la responsabilidad de las diferentes a
dministraciones (locales, forales...) a
la hora de a
utorizar, supervisar o velar por el cumplimiento de tales condiciones.
Por todo ello, el A
rarteko recomienda regularizar las condiciones mínimas (materiales, higiénicas y funcionales) que deben cumplir los diferentes a
lojamientos destinados a
los trabajadores temporeros y a
sus familias, regularización que debe servir como criterio para la posible a
djudicación de a
yudas publicas, para la a
utorización e inspección de los a
lojamientos y, en última instancia, para garantizar unas condiciones dignas de tales a
lojamientos.
Recomendación general, de 2000, sobre «Regulación de las condiciones de los a
lojamientos de temporeros»
Desde el a
ño 1996 el A
rarteko ha reflejado en todos los informes a
nuales a
l Parlamento su preocupación y sus propuestas en relación con la situación de los trabajadores temporeros y la de sus familias, que a
cuden, especialmente, a
la vendimia y a
la recogida de patata en Á
lava (cfr. capítulos 1 de los informes de 1996 a
1999). Habitualmente se ha centrado en cuatro cuestiones de especial trascendencia:
– sistemas de contratación;
– escolarización de sus hijos e hijas;
– integración-exclusión social.
La recomendación general que a
quí se efectúa se centra en uno de los cuatro as
pectos citados: las condiciones de las instalaciones destinadas a
l a
lojamiento de los temporeros.
No es la primera vez que el A
rarteko a
borda de forma directa esta cuestión. As
í, en el informe de 1997 incluyó una recomendación general sobre la necesidad de regular las condiciones de a
lojamiento de los trabajadores temporeros y sus familias, y en el informe del último a
ño (1999) fue objeto de una a
tención preferente.
Sin embargo, a
pesar de las propuestas, no se ha logrado ninguna mejora significativa de la situación, y la cuestión de los a
lojamientos sigue siendo un tema pendiente, fuente periódica de dudas, problemas y preocupaciones.
Durante el a
ño 2000, en una de las reuniones de la Mesa interinstitucional creada para a
bordar la problemática de los trabajadores temporeros de Á
lava (reunión de 22 de febrero) se planteó la conveniencia de que el A
rarteko volviese a
a
nalizar la cuestión, a
ún no resuelta, de los a
lojamientos de estas personas y de sus familias, y elaborase a
lgún documento o propuesta que pudiera servir de referencia a
los componentes de la Mesa.
En respuesta a
tal petición, la institución del A
rarteko mantuvo reuniones de trabajo con responsables de diferentes a
dministraciones competentes en el tema (algunas de ellas, como los departamentos del Gobierno Vasco, no presentes en la Mesa interinstitucional) y, posteriormente, elaboró un dossier con sus propuestas de regulación, que entregó formalmente a
la Diputada Foral de Bienestar Social de Á
lava, en cuanto responsable o impulsora de la citada Mesa, e hizo llegar a
las diferentes instancias.
La recomendación general que a
quí se hace recoge, en esencia, el contenido del dossier y las propuestas presentadas con fecha de mayo de 2000, sobre las que no existe todavía, en el momento de redactar este informe, una respuesta concreta por parte de ninguna de las instituciones competentes.
Normalmente, las intervenciones sobre esta cuestión efectuadas hasta este a
ño por la institución del A
rarteko han pretendido describir y a
nalizar el problema, y proponer las a
ctuaciones institucionales necesarias para mejorar su situación, de a
cuerdo con las funciones que la Ley le a
djudica y sin entrar en concreciones que corresponden a
otras instancias. Sin embargo, tanto en el dossier elaborado como en esta recomendación se ha dado un paso más y se a
portan a
lgunos ejemplos y propuestas concretas que se consideran útiles para desbloquear la situación.
La recomendación se estructura en tres partes:
1. Una primera, descriptiva, en la que se refleja la realidad observada y las diferentes necesidades por cubrir (resumen, en parte, de a
nálisis efectuados en los a
ños a
nteriores).
2. Una segunda, en la que se ofrece información sobre diferentes iniciativas y proyectos, de otros lugares (que pueden servir como elementos de referencia).
3. Una tercera parte, en la que se a
borda la cuestión desde el punto de vista competencial y se proponen los instrumentos jurídicos para su regulación (recomendación y propuestas).
1. Asentamientos y a
lojamientos de los trabajadores temporeros y sus familias en Á
lava. Situaciones a
tener en cuenta
Uno de los problemas que suele darse a
l a
nalizar la problemática de los temporeros es el de la falta de datos globales y fiables sobre su realidad. Existen, sí, datos parciales sobre determinadas cuestiones (sobre menores que se escolarizan, personas que a
cuden a
las oficinas de información o que utilizan los a
lbergues de Salvatierra y Laguardia, trabajadores que han sido dados de a
lta en la Seguridad Social), pero mediante ellos resulta muy difícil obtener una visión global -cuantitativa y cualitativa- de los problemas del sector.
Respecto a
los datos específicos sobre a
lojamientos y as
entamientos, el problema es similar. En a
lgunos casos concretos, bien por iniciativa municipal, bien por medio de programas promovidos por el Instituto Foral de Bienestar Social, se han recogido y se conocen a
lgunos datos sobre esta cuestión. As
í, por ejemplo, limitándonos a
las últimas campañas, contamos con a
lgunas fuentes de datos que podemos utilizar, a
unque no exista todavía un censo fiable de locales o a
lojamientos. Para mayor claridad y seguridad, recogeremos a
quí los datos correspondientes a
la campaña de 1999 (sobre la que se ha podido disponer de todas las memorias).Respecto a
los datos del 2000, se incluyen a
lgunos, en función de su disponibilidad en el momento de redactar esta recomendación (diciembre de 2000). Centrándonos, pues, en las fuentes de datos de las campañas de 1999, podemos señalar las siguientes:
– Respecto a
la zona de recogida de patata, la memoria que elaboró Cáritas sobre el trabajo con temporeros y a
gricultores el a
ño 1999 a
porta datos de interés, obtenidos mediante 112 encuestas en 36 pueblos de la Llanada, Valle de A
rana y Montaña a
lavesa.
– En la zona de la Rioja a
lavesa, la intervención de los servicios sociales de base y la realización durante los últimos a
ños de un programa de a
tención e intervención socioeducativa en Elciego ha logrado, por ejemplo, no sólo la escolarización o la realización de a
ctividades relacionadas con la a
limentación, la salud, la higiene o el uso del tiempo libre de un número considerable de menores, sino, también, la recopilación de datos globales sobre la situación del colectivo de familias y trabajadores temporeros que a
cuden a
esta localidad. Los informes a
nuales elaborados por el equipo educativo de Hezilan, encargado del desarrollo de este programa subvencionado por el Departamento de Bienestar Social de la Diputación Foral de Á
lava, recogen muchos datos de interés para intervenciones posteriores: origen de las familias, composición de los núcleos familiares, a
ños que llevan viniendo a
la vendimia, registros de escolarización... La extensión de estos programas a
otras localidades (Lanciego y Kanpezu en el a
ño 2000) permitirá a
umentar el grado de conocimiento de la realidad.
– El Estudio sobre el temporerismo en la Rioja a
lavesa, promovido por la Secretaría de Servicios Sociales y del que se presentó un informe en a
bril de 2000, ofrece una visión a
mplia de la disponibilidad, ocupación, tipología, condiciones y capacidad de los diferentes a
lojamientos existentes en la zona, as
í como de las dificultades sentidas por los propios a
gricultores respecto a
esta cuestión... Datos, todos ellos, recogidos mediante encuesta y entrevista a
una muestra de propietarios de explotaciones en la zona.
En la campaña de vendimia de 1999, a
demás, se dio una circunstancia nueva y con incidencia directa en la cuestión que a
quí a
bordamos: la supresión de la zona de a
campada que se solía habilitar en Elciego en a
ños a
nteriores. Evidentemente, esta decisión, mantenida los dos últimos a
ños, ha tenido una consecuencia directa en las condiciones de as
entamiento de muchas familias, a
costumbradas a
a
cudir los a
ños a
nteriores y a
campar en ella. Personal de la institución del A
rarteko comprobó in situ los problemas y la incertidumbre que, sobre todo en los primeros momentos después de la llegada, se les plantearon a
muchas de estas familias.
La decisión de suprimir la zona de a
campada se debe, entre otras razones, a
l criterio de que sean las partes contratantes las que as
uman la responsabilidad de a
lojar a
las personas contratadas. Este criterio es compartido por esta institución, y as
í lo ha mantenido en todo momento. El problema surge cuando los contratantes no as
umen, de hecho, esta responsabilidad o lo hacen en unas condiciones que no respetan la dignidad de las personas o unos mínimos exigibles. Mínimos que, por otra parte, no están definidos, ya que falta una normativa específica que los regule, o un a
cuerdo que los precise.
En a
nteriores informes de esta institución se han diferenciado cuatro situaciones-tipo respecto a
las condiciones de a
lojamiento de estas personas:
a) la de las personas a
cogidas -normalmente, durante uno o dos días- en los a
lbergues promovidos por las instituciones;
b) la de las familias que a
campan en zonas o campamentos previstos para ello;
c) la de las personas y familias que se a
lojan en locales habilitados por los a
gricultores o las empresas contratantes;
d) la de las familias y personas que pernoctan donde y como pueden, por no disponer de otras condiciones mejores.
Existen también otras diferenciaciones significativas y de gran importancia. Una de ellas es la que distingue entre el a
lojamiento de quienes a
cuden a
la zona a
trabajar sin familia, y quienes llevan consigo a
toda la familia. Lógicamente, las necesidades son muy diferentes en un caso u otro.
Aportaremos a
quí a
lgunos datos, correspondientes principalmente a
la campaña de 1999, sobre cada una de las cuatro situaciones señaladas. En unos casos se trata de informaciones entresacadas de las memorias; en otros, de datos obtenidos en las visitas a
as
entamientos y locales realizadas por personal del A
rarteko los días 29 de septiembre y 6 de octubre de 1999. Haremos también a
lguna referencia a
la situación observada el a
ño 2000, a
raíz de las visitas efectuadas a
diferentes lugares los días 17 y 18 de octubre.
En 1998, una vez finalizadas las obras, se puso en servicio el a
lbergue permanente de Salvatierra, promovido por la Diputación Foral de Á
lava, con capacidad para 31 personas. Respecto a
l a
lbergue temporal de Laguardia, durante los últimos a
ños se han habilitado los locales de la piscina municipal para un número determinado de plazas (48 personas), y se han utilizado criterios similares de funcionamiento (estancias de un máximo de dos noches, manutención...).
Las demandas que reciben y el servicio que ofrecen estos dos servicios son bastante diferentes: menor en el caso de Salvatierra (93 hombres, a
lo largo de cuatro semanas y sin problemas de saturación el a
ño 99), y mucho mayor en el caso de Laguardia (192 hombres y 13 mujeres, a
lo largo de once días ese mismo a
ño). En este caso, la capacidad del a
lbergue fue desbordada durante los primeros días de funcionamiento, teniendo que ser a
mpliada en 16 plazas más de forma provisional. Esta situación de desbordamiento se ha reproducido, con mayor intensidad, el último a
ño, en el que ha permanecido a
bierto sólo diez días, con una ocupación del 100%, habiendo optado, a
l final, por su cierre a
nticipado, debido a
importantes problemas de gestión.
Es claro que la fórmula de los a
lbergues presenta serias limitaciones, e incluso contradicciones. También ofrece elementos positivos: colaboración entre distintas instituciones, implicación de los servicios as
istenciales de base y del voluntariado de la zona, a
tención a
colectivos especialmente vulnerables como el de inmigrantes extranjeros (84 de los 93 a
cogidos en Salvatierra, y el 80% de los a
cogidos en Laguardia el a
ño 99), ofrecimiento de otros servicios a
demás del a
lojamiento (ropa, comida, as
eo, botiquín, información...).
Así, según los datos y valoraciones recogidos en las memorias técnicas de tales servicios, hasta este último a
ño se podía mantener que la vía de los a
lbergues, incluso con sus limitaciones (máximo de dos días de estancia, limitaciones de horario, saturación en determinados días, desigual grado de implicación por parte de los a
gentes sociales...) ofrecía un servicio útil para un colectivo de personas especialmente vulnerable, que a
cude a
la vendimia o a
la recogida de patata por libre o en pequeños grupos no familiares, formado mayoritariamente por personas de origen extranjero (especialmente del Magreb). Los problemas surgidos en el a
lbergue de Laguardia el último a
ño obligan a
revisar la situación y la valoración del servicio ofrecido en esta zona. Una revisión que tendría que tener en cuenta, entre otros elementos, la situación de provisionalidad y las condiciones materiales y de seguridad del a
lbergue de Laguardia, y la evolución creciente del número de personas que a
cude a
esta zona sin tener resueltas sus necesidades de a
lojamiento.
Hay, a
l menos, dos características del funcionamiento de estos servicios que les diferencian respecto a
a
lbergues para temporeros de otros lugares: ofrecen una a
tención provisional (mientras no hayan sido contratados, no durante el período de contrato), y es la A
dministración (DFA, no los a
gricultores) quien corre con todos los costes. A
mbas características están relacionadas entre sí y tendrían que ser revisadas en el caso de optar por los a
lbergues como una fórmula de a
lojamiento estable, cuestión que, en ocasiones, se ha planteado como deseable y sobre la que existe experiencia en otros lugares.
Como se ha señalado, los dos últimos a
ños se ha suprimido la tradicional zona de a
campada de Elciego, utilizada mayoritariamente por familias del pueblo gitano llegadas a
vendimiar desde otros lugares de España y de Portugal.
En la zona de recogida de la patata se ha mantenido, a
l menos, el campamento de A
lbaina, en condiciones similares a
a
ños a
nteriores: uno o dos servicios sanitarios, un generador de corriente, un grifo de a
gua corriente y a
lgunos contenedores de basura. El a
ño 99 se a
ñadió la disponibilidad de un a
ljibe de a
gua para el as
eo, cedido por el A
yuntamiento, del que no se ha dispuesto en la última campaña. Las "viviendas" siguen siendo, en la mayoría de los casos, chabolas temporales (unas quince), construidas con materiales precarios y sin que reúnan las mínimas condiciones de seguridad y salubridad. Se utilizan también como a
lojamientos a
lgún a
utobús viejo y furgonetas. Respecto a
posibles a
campadas en otros lugares de la zona, carecemos de datos directos, por no haberlas visitado.
La supresión del espacio de a
campada de Elciego, sin una a
lternativa real en bastantes casos, ha hecho que surjan por la zona nuevos lugares de a
campada, más pequeños y en condiciones de mayor o menor precariedad, según los casos. As
í, por ejemplo, el 6 de octubre de 1999 pudimos visitar a
lgunos as
entamientos:
– frente a
la a
ntigua zona de a
campada, en un espacio cedido por el a
gricultor contratante para a
parcar sus caravanas y furgonetas (5 familias);
– en un camino hacia las viñas, ensanchado a
l efecto, también en Elciego (6 familias);
– junto a
la báscula de Baños de Ebro (9 familias);
– en espacios próximos a
a
lguna lonja o pabellón del a
gricultor (en Laguardia, Samaniego, Baños, Lapuebla, Elciego...);
– en varias zonas destinadas a
a
cumular materiales de construcción (en Villabuena...).
La mayoría de estas a
campadas se han vuelto a
reproducir este último a
ño, e incluso han surgido otras nuevas, a
lgunas de ellas bastante grandes, como una de las visitadas en Elvillar (con no menos de 12 familias extensas, el 18 de octubre).
En general, las zonas de a
campada están ocupadas por familias extensas o emparentadas entre sí (en a
lgunos casos de más de 40 miembros), que a
cuden en grupo con sus furgonetas, caravanas o camiones y a
las que se ofrece, normalmente, a
lguna toma de luz y de a
gua, a
unque no en todos los casos. El resto de servicios (sanitarios, ducha, cocina, a
gua caliente, lugares para dormir...) corre de su cuenta. Las personas a
campadas en Elciego han podido utilizar las duchas y servicios de las piscinas municipales, puestas a
su disposición.
Prácticamente todas las personas con las que ha podido hablar personal de esta institución consideran que su situación real ha empeorado respecto a
a
ños a
nteriores (por falta de servicios, por lejanía del núcleo de población, dificultad de los a
ccesos...). A
lguna manifiesta que la situación es parecida: "igual de mal". También hay quien pone de manifiesto una situación que, a
veces, pasa desapercibida: los a
gricultores contratantes les han ofrecido a
lojamiento, pero prefieren utilizar sus camiones y remolques y hacer una vida más grupal.
Esta última observación sirve para poner de manifiesto la dificultad a
ñadida que supone, para un correcto a
lojamiento, el hecho de a
cudir a
la zona, no sólo quienes quieren y pueden trabajar, sino familias completas con todos sus miembros. La experiencia demuestra que esta realidad (acudir en familia) se mantiene a
ño tras a
ño y es previsible que as
í siga sucediendo, por razones culturales y de mercado. A
nte ello, no parece que la mejor solución sea hacer como si no existieran.
c) A
lojamientos en locales ofrecidos por los a
gricultores o empresas contratantes
En el informe a
nual del A
rarteko de 1997 se resumía la situación de este modo:
"Respecto a
las personas y familias que son a
cogidas en locales propiedad de los a
gricultores o de las empresas contratantes, se han podido constatar situaciones muy dispares: desde locales considerados modélicos y habilitados por a
lgunas empresas de gran capacidad económica (...), hasta espacios sin condiciones mínimas de habitabilidad (normalmente, espacios destinados a
guardar los a
peros de labranza en diferentes explotaciones, sobre todo de tipo familiar), pasando por a
lgunas iniciativas recientes de habilitación y reforma de locales para tales fines por parte de a
gricultores de a
lgunas localidades." La observación de campo realizada, esencialmente el a
ño 1999, permite seguir manteniendo básicamente lo dicho.
Durante los días 29 de septiembre y 6 de octubre de ese a
ño se visitaron locales destinados a
l a
lojamiento de trabajadores y/o de sus familias en diferentes localidades: de la Llanada a
lavesa, de la Montaña a
lavesa, de municipios próximos a
nuestra Comunidad y de la Rioja a
lavesa. Las condiciones de estos a
lojamientos se a
notaron conforme a
una ficha de observación elaborada a
l efecto.
La tipología más habitual en estos locales, según lo visto, puede responder a
la siguiente descripción:
– En cuanto a
l lugar habilitado, pabellones independientes o espacios a
nexos a
la vivienda del a
gricultor (lonjas, a
lmacenes), dedicados muchas veces, durante el resto del a
ño, a
l a
lmacenamiento de género o de instrumentos de labranza, y que se despejan o se preparan para a
coger a
las familias de temporeros en estas fechas.
– En cuanto a
las condiciones o los servicios disponibles, lo más habitual es que dispongan de a
gua corriente y luz, y cuenten con una cocina y a
lgún retrete o baño habilitado, en el propio local o en un lugar próximo. La distribución del espacio suele ser por matrimonios o núcleos familiares, sin más separación que la ofrecida por los colchones en el suelo, a
lguna mesa o a
lguna mampara, en el mejor de los casos.
El número de personas a
cogidas en uno de estos locales varía mucho según los casos. En las visitas efectuadas se ha encontrado todo tipo de situaciones: desde 14 núcleos familiares y 43 personas a
lojadas en uno de estos pabellones, hasta locales ocupados por una sola familia integrada por 10 personas.
Para una correcta valoración de esta cuestión, conviene no olvidar la enorme variedad de situaciones -tanto de necesidades como de respuestas ofrecidas-, la dificultad de conocer los términos económicos en que se ofrecen estos a
lojamientos, o la múltiple casuística que se da a
la hora de diferenciar entre servicios u objetos ofrecidos por el a
gricultor o empresa y equipamiento a
portado por los propios contratados.
El Informe sobre el temporerismo en la Rioja a
lavesa, de a
bril de 2000, promovido por la Secretaría de Servicios Sociales de la Diputación Foral de Á
lava, recoge datos significativos sobre la enorme variedad de situaciones que se dan, incluso desde un determinado punto de vista: el de los propios a
gricultores contratantes. Los datos recogidos de una muestra de 298 a
gricultores permiten -aunque con muchas reservas sobre su validez y fiabilidad- un mejor a
cercamiento a
la realidad. As
í, respecto a
la muestra a
nalizada, podemos saber, por ejemplo:
– Cuántos consideran que ofertan a
lojamiento (64% del total) y cuántos no lo hacen (más de la tercera parte).
– Qué tipos de a
lojamientos ofrecen: casa (33%), lonja (35%), a
lmacén o pabellón (19%)...
– Qué condiciones mínimas tienen esos a
lojamientos: a
gua corriente, luz, baño y cocina (40%); a
demás, a
gua caliente y literas (30%)...
– Qué estimación de plazas disponibles se podría hacer para la zona (se computan 1.688 plazas en las 193 encuestas positivas, y se hace una estimación que puede llegar a
las 4.000-4.500 plazas).
– Qué dificultades encuentra el a
gricultor para a
lojar a
las personas temporeras: no disponer de un lugar a
decuado (27%); necesidad de hacer reformas en el local, lo que le supone mucho gasto para los pocos días que dura la vendimia (10%); problemas de convivencia y dudas sobre su comportamiento (16%)...
Conviene recordar que se trata, en estos casos, de a
preciaciones de los propios a
gricultores, no contrastadas con otras fuentes o con la observación directa de la realidad.
La realidad a
nalizada permite destacar, a
l menos, dos elementos objetivos que dificultan este tipo de soluciones:
– el tamaño, características y capacidad económica de a
lgunas explotaciones, con pocos recursos para dedicarlos a
habilitar un a
lojamiento en condiciones;
– el tiempo, relativamente escaso, de utilización a
nual de estas instalaciones como a
lojamientos (campañas de recogida cortas).
Evidentemente, la capacidad económica de una gran empresa vinícola de la Rioja a
lavesa poco tiene que ver con los recursos disponibles por un sencillo a
gricultor que dedica unas hectáreas a
la patata. Por lo que hemos visto, las soluciones más dignas respecto a
a
lojamientos corresponden a
empresas fuertes o a
a
gricultores especialmente sensibilizados o con infraestructuras a
daptables. En a
lgunos casos, a
la hora de a
bordar las obras de habilitación necesarias, han contado con a
yudas económicas de las instituciones.
d) Personas a
la intemperie y familias que a
campan en zonas sin ningún servicio
Algunas de las situaciones observadas y descritas respecto a
zonas de a
campada podrían entrar, perfectamente, en este a
partado. A
ello habría que a
ñadir la situación que se suele dar en Laguardia, los días, o mejor las noches, que el a
lbergue tiene ocupadas todas las camas disponibles (personas durmiendo en los soportales del A
yuntamiento, o en la parada del a
utobús...).
Este tipo de situaciones es más frecuente en los momentos de falta de contrato: cuando todavía no han sido contratados por nadie, o entre contrato y contrato. Pero también se dan, con cierta frecuencia, a
pesar de estar contratados, a
l no as
umir la parte contratante la responsabilidad del a
lojamiento.
***
De a
cuerdo con las situaciones descritas, esta institución ha venido insistiendo en a
nteriores ocasiones sobre determinados as
pectos. As
í, por ejemplo, sobre la necesidad del trabajo coordinado entre las diferentes instituciones y a
gentes sociales para lograr una mejora de los servicios, sobre la fragilidad de la situación que puede dar origen a
problemas a
ún mayores, sobre el desbordamiento en estas fechas de a
lgunas redes de a
tención, sobre los diferentes criterios y grados de implicación de las a
utoridades municipales de las localidades a
fectadas...
Es justo reconocer que en a
lgunos de estos as
pectos se han tomado decisiones, se han puesto medios y se han logrado mejoras: a
pertura de oficinas de información, colaboración en campañas de sensibilización, reforzamiento de plantillas de profesionales, inicio de a
lguna experiencia piloto de contratación en origen... Sin embargo, en la cuestión específica de los as
entamientos y a
lojamientos, que es la que a
quí se a
borda, no se han dado pasos significativos.
En opinión de esta institución, hay dos cuestiones que están en la base de las situaciones que se producen y que, de hecho, se convierten en dificultades objetivas para la resolución de los problemas planteados con relación a
los as
entamientos y los a
lojamientos:
– la a
usencia de una normativa o a
cuerdo que especifique las obligaciones de las partes contratantes y, entre ellas, la que se refiere a
l a
lojamiento, y que regule las condiciones mínimas que tales locales deben cumplir;
– las dificultades objetivas para resolver a
lgunas necesidades mediante medios estrictamente individuales y la a
usencia de iniciativas de respuesta comunitaria o de colaboración entre varios a
gricultores con problemas similares.
Sigue sin existir un convenio a
grícola para el territorio que clarifique estas cuestiones. Sigue sin existir una normativa específica que determine las condiciones mínimas de los locales o los mecanismos de a
yuda y de supervisión...Y respecto a
las iniciativas de colaboración para resolver problemas comunes, lo más destacable de lo que hayamos tenido conocimiento puede ser el interés manifestado por UAGA en conocer y divulgar las experiencias llevadas a
cabo en este sentido por el á
rea de migraciones de la confederación a
graria COAG, en el caso de Catalunya (con visita incluida a
determinadas instalaciones),o la iniciativa del A
yuntamiento de Leza para disponer, en el futuro, de un local de uso común.
Teniendo en cuenta la realidad de los últimos a
ños, especialmente la carencia de a
lojamientos por parte de bastantes a
gricultores y la dificultad objetiva de otros para a
coger a
familias completas, llama la a
tención la a
usencia de iniciativas de colaboración entre varios para resolver problemas comunes. Es posible, incluso, que determinadas situaciones pudieran ser resueltas sin necesidad de nuevos equipamientos, utilizando los recursos a
ctualmente existentes, pero que no han sido a
provechados para estas funciones. Recursos como el "Alojamiento juvenil de la Montaña a
lavesa", situado en Bernedo, o la zona de a
campada y el edificio construido por el A
yuntamiento, junto a
la ermita de San Bartolomé, en Lagrán...
Por otra parte, en la zona de la Rioja a
lavesa, cada vez es más frecuente la contratación de estas personas, no sólo para la vendimia, sino para realizar otras tareas a
grícolas, lo cual supone que los tiempos de estancia se prolonguen y, con ello, sea a
ún más importante regular, controlar y garantizar las correctas condiciones de los a
lojamientos.
Por todo ello, esta institución reitera, básicamente, los a
rgumentos que utilizó en 1997 para defender la necesidad de regular el tema de los a
lojamientos y que le llevó a
formular una recomendación de carácter general, incluida en el informe a
l Parlamento, para "regularizar las condiciones mínimas (materiales, higiénicas y funcionales) que deben cumplir los diferentes a
lojamientos destinados a
los trabajadores temporeros y a
sus familias, regularización que debe servir como criterio para la posible a
djudicación de a
yudas públicas, para la a
utorización e inspección de los a
lojamientos y, en última instancia, para garantizar unas condiciones dignas de tales a
lojamientos."
Los siguientes a
partados pretenden a
vanzar en esa línea, concretar las propuestas y ofrecer a
lgunas vías de solución.
2. Diferentes iniciativas para regularizar la situación en otras comunidades a
utónomas
Antes de a
nalizar la situación y las propuestas de solución desde una perspectiva jurídica y competencial (lo que se hará en el a
partado 3 de esta recomendación), parece interesante recoger a
quí, a
unque sea telegráficamente, a
lgunas iniciativas, más o menos recientes, tomadas en otras Comunidades y que pueden ofrecer pistas para la solución de los problemas planteados. Evidentemente, cada una de ellas responde a
una problemática de determinadas características y a
dopta determinadas soluciones que pueden resultar inútiles o insuficientes en contextos diferentes. No se trata, pues, de ofrecer modelos de solución directamente a
plicables a
nuestra situación, sino de plantear a
lternativas que han podido servir en otros contextos y de las cuales se puede obtener a
lguna luz.
Limitándonos a
zonas relativamente próximas y con presencia significativa de temporeros, podemos señalar las siguientes iniciativas y rasgos respecto a
la regulación de los a
lojamientos:
• Se ha ido creando una red de a
lojamientos-albergues, a
rrendados por los a
yuntamientos y subvencionados por la Junta de A
ndalucía, a
l menos para determinadas campañas o zonas (ej.: a
ceituna).
• A
raíz de los problemas surgidos en El Ejido, parece que se quiere a
bordar la cuestión de los a
lojamientos puestos a
disposición de los trabajadores por parte de los empresarios.
• Respecto a
la a
tención a
necesidades de la familia, existe también una red de guarderías en origen (migraciones internas).
• Conviene recordar que, en muchos casos, no estamos a
nte un trabajo de temporada, sino de todo o de gran parte del a
ño. En todo caso, se trata de campañas de bastante duración.
2) Catalunya:
Conocemos, básicamente, la experiencia llevada a
cabo durante varios a
ños por la COAG, en la que se ha interesado la UAGA. A
lgunos rasgos destacables de esta experiencia son:
• Combina contratación en origen, red de a
lojamientos y casas particulares, y gestión integral de los servicios para el a
gricultor (mediante pago del a
gricultor a
la COAG).
• A
lgunos a
yuntamientos han decidido construir a
lgún a
lojamiento comunitario.
• Existe convenio a
grario y también fijación de las condiciones mínimas de los a
lojamientos, a
l menos de hecho.
• Las situaciones familiares son muy minoritarias y no se contemplan en los a
lojamientos.
3) Rioja:
• Existe, desde hace a
ños, un convenio a
grario que recoge explícitamente las obligaciones de la parte contratante respecto a
l a
lojamiento de los contratados.
• Sin embargo, situaciones como la del campamento de Bañares hacen dudar del cumplimiento de dicho convenio en esta materia.
4) Navarra:
• Existe un Plan de choque para el a
lojamiento de los trabajadores temporales en campañas de recolección de productos a
grícolas, presentado por el Departamento de A
gricultura del Gobierno de Navarra a
l Parlamento, en respuesta a
una moción a
probada en el Pleno del Parlamento el 27 de octubre de 1999.
• Las instituciones consultadas consideran dicho plan como "provisional".
• Busca la creación de una especie de red de casas particulares (no utilizadas) que serían puestas en a
lquiler, a
disposición de los empleadores, para su uso como a
lojamiento de trabajadores temporales.
• Para fomentar la incorporación de casas a
este sistema, propone una deducción de hasta un 20% en el IRPF para quienes inviertan en la a
dquisición o rehabilitación de locales para este fin.
• El Gobierno de A
ragón ha publicado varios decretos (el último de ellos el 10 de marzo de 2000) "de a
yudas para el a
condicionamiento de inmuebles destinados a
l a
lojamiento de trabajadores temporales del sector a
gropecuario".
• Del decreto se pueden destacar dos elementos:
* el nivel de las a
yudas concedidas (hasta el 50% de la inversión realizada en el a
condicionamiento de los inmuebles);
* la fijación detallada de las condiciones mínimas de habitabilidad que deben cumplir los locales (anexo del decreto).
6) Extremadura:
• El Convenio del campo de Cáceres establece expresamente que "el a
gricultor deberá facilitar a
l trabajador una vivienda con unas condiciones dignas de habitabilidad tanto para él como para su familia".
• Los datos ofrecidos por el Observatorio permanente del temporerismo a
grícola, en noviembre de 2000, sobre a
lojamientos de los temporeros de la cereza en el Valle del Jerte ofrecen un panorama variado:
* 50% a
lojados en a
lbergues y centros de diferente tipo puestos en marcha, sobre todo, por los a
yuntamientos en colaboración con las organizaciones sociales.*
30% de a
lojamientos en casas, garajes o a
lmacenes con condiciones de habitabilidad muy diferentes.
* 19% en a
campadas, mayoritariamente en el campamento puesto en marcha por la Junta de Extremadura.
7) Respecto a
las zonas de a
campada, a
l margen de la normativa sobre campings (Decreto 41/1981 del Gobierno Vasco), existe a
lguna iniciativa municipal, como la del A
yuntamiento de A
rrasate (no ligada a
l trabajo temporero, sino a
l as
entamiento de a
lgunas familias nómadas). Va en la línea de lo que existe en municipios de diferentes países para facilitar un espacio de a
campada a
quienes viajan en a
utocaravana...:
• habilitar una zona, con servicios mínimos (toma de luz, a
gua, desagüe, pavimento...);
• regular su uso (número de personas, tiempo máximo de estancia...).
3. Regulación de las condiciones de las instalaciones destinadas a
l a
lojamiento de temporeros. A
nálisis competencial y propuestas
En esta última parte, como cuestión previa, conviene a
nalizar, dentro de la estructura política territorial de la Comunidad A
utónoma del País Vasco, a
quién corresponde exigir y regular las condiciones de habitabilidad básicas de las instalaciones para los trabajadores temporales del sector a
grario. Esto es, se trata de delimitar, dentro de las relaciones entre instituciones comunes y territorios históricos, cuál es el órgano encargado de regular las materias relacionadas con el sector a
grario y con las condiciones de los lugares destinados a
un uso residencial y su as
entamiento en el territorio.
No a
bordaremos este tema desde la perspectiva laboral, a
unque ello sea posible, ya que el fijar las condiciones de trabajo corresponde a
l legislador estatal (legislación básica) o, en su caso, reside en el á
mbito de la negociación colectiva (convenios a
grarios...). Por otra parte, nos centraremos únicamente en la cuestión de los a
lojamientos.
Según recoge el Estatuto de A
utonomía del País Vasco, la Comunidad A
utónoma dispone de competencias sobre materias como a
gricultura (10.9.) o vivienda (10.31.), que permiten entrar a
regular las condiciones mínimas de habitabilidad que deben presentar las residencias destinadas a
l a
lojamiento temporal de los trabajadores a
grarios. La Ley 27/1983, de Territorios Históricos, no a
tribuye competencias exclusivas en esta materia a
las diputaciones forales, por lo que podemos concluir que la regulación normativa de esta materia corresponde a
las instituciones comunes de la Comunidad A
utónoma, en concreto a
l Gobierno Vasco, mediante una disposición reglamentaria.
En virtud de este reparto competencial, a
l Gobierno Vasco se le podría exigir que estableciera unos criterios mínimos que sirvieran a
l resto de a
dministraciones con incidencia en el sector (diputaciones forales y a
yuntamientos) para preservar el derecho de los temporeros del sector a
grícola a
un a
lojamiento digno.
En otros sectores, como es el turístico o la política juvenil, existen varios instrumentos reglamentarios que sirven para fijar a
lgunos parámetros sobre lo que puede ser considerado como servicios mínimos en este tipo de usos residenciales temporales.
Entre otros, encontramos el Decreto 41/1981, de 16 de marzo, sobre Ordenación de Campings en el País Vasco; el Decreto 406/1994, de 18 de octubre, sobre Ordenación de A
lbergues o Instalaciones Destinadas a
la Estancia y A
lojamiento de Grupos Infantiles y Juveniles; y el Decreto 128/1996, de 28 de mayo, por el que se regulan los Establecimientos de A
lojamiento Turístico en el Medio Rural.
Otra materia que es preciso mencionar a
la hora de a
bordar la problemática de las instalaciones dedicadas a
residencias temporales de trabajadores a
grícolas es la ordenación del territorio y el urbanismo.
Los planes territoriales y sectoriales con incidencia deberían presentar la posibilidad de introducir un uso residencial colectivo temporal vinculado a
las labores de recolección y de producción de carácter temporal, especialmente en el sector vitivinícola y en el de la patata dentro del Territorio Histórico de Á
lava.
En ese sentido, sería de interés que el Plan Territorial Sectorial de A
ctividades Económicas, as
í como el de Suelos A
grarios, a
mbos en fase de redacción, contemplaran la necesaria vinculación de este tipo de uso con las a
ctividades productivas del sector vitivinicultor, teniendo en cuenta la periódica e imprescindible a
portación de trabajadores temporales.
Por otro lado, sería también deseable que el Plan Territorial Parcial de Rioja A
lavesa, comarca donde se concentra la práctica totalidad del sector vitivinícola en Euskadi, y el Plan Territorial Parcial de Á
lava Central, donde se concentra la producción de patata, regularan el uso residencial temporal para a
lojamiento de trabajadores, vinculándolo, principalmente, a
la existencia de tareas de recolección.
Esa inclusión del uso residencial temporal colectivo, a
su vez, debería recogerse por los a
yuntamientos donde existan este tipo de explotaciones a
grícolas en los instrumentos de planeamiento básico, esto es, en sus normas subsidiarias.
Tal inclusión permitiría a
los municipios controlar una realidad social existente, con tendencia a
proliferar, o a
l menos perdurar, as
í como introducir elementos de policía urbanística que vinculasen la licencia municipal a
la existencia y mantenimiento de instalaciones destinadas a
residencia de temporeros, reuniendo las condiciones mínimas fijadas por el futuro decreto del Gobierno Vasco.
Si tomamos como referencia este diseño de distribución competencial, la problemática del a
lojamiento de los trabajadores temporales de las producciones de patata y vitivinícolas se podría a
bordar desde los siguientes instrumentos jurídicos:
1. Decreto del Gobierno Vasco a
propuesta del Departamento de A
gricultura, estableciendo la exigencia de que las explotaciones vitivinícolas y de la patata, a
l menos las de nueva creación y los proyectos de a
mpliación de las existentes, cuenten con instalaciones para a
lojar a
los trabajadores temporales, en la proporción que se determine en función de las necesidades y capacidad de producción de cada explotación.
En este decreto se a
bordarían también los requisitos y condiciones mínimas que deberían reunir estas instalaciones:
– luz natural y ventilación a
decuada;
– cama o litera con colchón ignífugo y taquilla;
– servicios higiénicos de ducha, lavabo y retrete por cada diez personas;
– cocina y fregadero a
licatado, y mínimo equipamiento para cocinar;
– zona para comedor.
2. Decreto Foral de la Diputación Foral de Á
lava sobre convocatoria de a
yudas para a
condicionar las instalaciones para trabajadores temporales, cumpliendo los requisitos mínimos señalados por la normativa a
utonómica a
ntes citada.
En este decreto se debería indicar que la concesión de cualquier a
yuda, subvención o beneficio fiscal a
la inversión en este sector se condiciona a
l cumplimiento de las determinaciones establecidas por el decreto del Gobierno Vasco sobre instalaciones de temporeros.
3. Recoger en los documentos estratégicos de ordenación del territorio la necesidad de prever este uso, como un elemento indispensable y vinculado a
las explotaciones de la patata y vitivinícolas. Nos referimos, en concreto, a
l Plan Territorial Sectorial de A
ctividades Económicas (Plan Territorial Sectorial de Suelos A
grarios), Plan Territorial Parcial de la Rioja A
lavesa y Plan Territorial Parcial de Á
lava Central.
4. Incorporar a
la revisión de las normas subsidiarias de todos los municipios a
fectados el uso de vivienda colectiva temporal vinculado a
las explotaciones a
grarias. As
imismo, se deberían incorporar a
las normas subsidiarias de planeamiento municipal los requisitos y parámetros mínimos que deben reunir tales instalaciones, de tal manera que, en caso de incumplimiento, fuera posible la intervención municipal utilizando los instrumentos de disciplina urbanística.