4. Y con un número de recomendaciones limitado
Como se ha señalado a
l inicio, partíamos de un volumen de recomendaciones ya efectuadas en informes a
nteriores enormemente a
mplio: 42 en el informe sobre protección; 36 en el informe sobre menores extranjeros no a
compañados; 46 en el de a
dolescentes infractores; etc. En total, 200 recomendaciones en materia de infancia y sobre los sectores o problemáticas a
quí a
nalizadas, y eso, contando solamente las efectuadas en los correspondientes informes extraordinarios; no otras recomendaciones generales.
Algunas de esas recomendaciones, como es natural, se han ido cumpliendo con el tiempo, por lo que no es necesario mantenerlas. Otras muchas, sin embargo, siguen sin ser a
plicadas o –lo que es más frecuente– lo han sido parcialmente, por lo cual pueden seguir manteniendo su vigencia, plena o parcial.
En cualquier caso, se trata de recomendaciones ya efectuadas con a
nterioridad y, por tanto, conocidas por los a
gentes sociales y responsables públicos, sin necesidad de repetirlas a
quí. Solamente cuando la situación que se quería mejorar con una o varias de nuestras recomendaciones, a
nuestro juicio, no sólo no ha mejorado sino que ha empeorado, o la hace a
hora a
ún más necesaria que entonces, la hemos reformulado a
quí o hemos insistido sobre ella.
Por lo demás, hemos procurado que las recomendaciones efectuadas en este informe sean "nuevas", a
daptadas a
las situaciones más recientes, no demasiadas, centradas en a
quellos problemas que consideramos más determinantes, y, muchas o a
lgunas de ellas, de carácter transversal (es decir, a
plicables a
todas o muchas de las situaciones o sectores estudiados).
Esto último queda reflejado en cierto modo en el propio esquema utilizado para ordenarlas. As
í, las ocho primeras recomendaciones son presentadas bajo el título de "Recomendaciones de carácter global, válidas para todos o muchos de los sectores a
nalizados":
– Reforzar y extender la conciencia social sobre los derechos de la infancia.
– Poner en práctica el derecho a
participar, a
ser oído.
– A
poyar a
las familias para el correcto desarrollo de sus funciones respecto a
sus miembros menores de edad.
– Clarificar mejor las responsabilidades institucionales y el papel del Tercer sector en la a
tención a
la infancia.
– Liderazgo institucional en la creación y defensa de los recursos necesarios.
– Evaluación sistemática y pública de los resultados obtenidos.
– Mejorar la coordinación entre diferentes servicios y profesionales como medio eficaz para garantizar una mayor coherencia en las intervenciones con menores.
– Compaginar políticas compensatorias con medidas contra la segregación o estigmatización.
A partir de ese momento, las recomendaciones tienen un carácter más específico y, en ciertos casos, suponen la concreción y a
plicación de recomendaciones a
nteriores a
un determinado á
mbito o sistema. As
í, efectuamos:
– Doce recomendaciones en relación a
los sistemas de protección, encaminadas a
mejorar la a
tención que se ofrece en nuestra Comunidad a
los/las menores en situaciones de riesgo o desamparo, tanto a
utóctonos como extranjeros (menores extranjeros no a
compañados).
– Siete recomendaciones en relación con el sistema de justicia juvenil (Recomendaciones 21 a
27).
– Diecisiete recomendaciones sobre el sistema educativo, relativas a
la respuesta a
las necesidades educativas especiales y específicas (Recomendaciones 28 a
35), a
la mejora de la convivencia escolar (Recomendaciones 36 a
41) y a
la protección y garantía de sus derechos de los menores de orientación homosexual o de identidad transexual (42 a
44).
– Cinco recomendaciones para la mejora de la a
tención a
la infancia por parte del sistema sanitario (Recomendaciones 45 a
49).
– Nuestras propuestas de mejora terminan con una recomendación final sobre la necesidad de seguimiento de las diferentes situaciones de vulnerabilidad y su evolución.