Art. 49 de la C
onstitución Española
"Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los c
iudadanos".
Las personas c
on discapacidad siguen encontrando grandes dificultades en su vida c
otidiana para poder desarrollarla en c
ondiciones de igualdad, por problemas de accesibilidad urbana y a edificios de uso público, de acceso al transporte o a un empleo.
Los poderes públicos deben actuar para garantizar una vida independiente c
on apoyos suficientes para c
ubrir las necesidades básicas de las personas c
on discapacidad.
Después de la entrada en vigor en el Estado español de la Convención de los Derechos de las Personas c
on Discapacidad el día 3 de mayo de 2008 debemos pasar en el tratamiento de la discapacidad de un modelo rehabilitador a un modelo social y de la diversidad.
La accesibilidad al medio físico o entorno urbano y a las edificaciones sigue siendo objeto de numerosas denuncias por parte de las personas c
on discapacidad en esta institución. Año tras año venimos reclamando de las administraciones públicas y, en especial de los ayuntamientos, un análisis en profundidad de las distintas alternativas para instalar soluciones técnicas dirigidas a resolver los problemas de accesibilidad de los entornos urbanos. En este sentido, se insiste en la necesidad de primar aquellas instalaciones que puedan ser utilizadas por toda la c
iudadanía en c
ondiciones de igualdad, c
on el fin de hacer efectivo los principios de la igualdad de oportunidades y la no discriminación de las personas que presenten una discapacidad. Así, c
onsideramos que se debe dar prioridad a la instalación de ascensores adaptados sobre las soluciones de rampas o escaleras mecánicas o tapices rodantes.
Aun c
uando se han producido importantes avances, la accesibilidad universal al transporte público c
ontinua siendo una de las principales reivindicaciones de las personas c
on discapacidad y un gran reto al que se enfrentan los operadores de las empresas que gestionan los servicios de transporte público en la C
omunidad Autónoma del País Vasco. Todo ello se ha podido c
onstatar en el informe diagnóstico realizado por esta institución sobre la accesibilidad del sistema de transporte público de la C
APV.
La educación y la formación en igualdad de oportunidades es otro de los pilares fundamentales del sistema para que las personas c
on discapacidad puedan integrarse en la sociedad de manera plena y activa. No obstante, la realidad educativa está aún lejos de alcanzar dicho objetivo tal c
omo hemos podido c
omprobar, por ejemplo, en la tramitación de las reclamaciones presentadas por el c
olectivo de las personas sordas ante la c
arencia de intérpretes de lengua de signos en las enseñanzas de c
iclos formativos de formación profesional.
La normativa tributaria recoge beneficios fiscales (exenciones, bonificaciones, reducciones…), c
on los que pretende, por una parte, c
ompensar el mayor gasto en el que incurren las familias en c
uyo seno hay una persona c
on discapacidad y por otra, atender la menor c
apacidad económica que afecta a estas familias. Sin embargo, la aplicación de los beneficios existentes, en numerosas ocasiones, queda c
ondicionada a interpretaciones formalistas. Por ello, c
onsideramos que en todo momento se debe propugnar interpretaciones finalistas que permitan a la persona c
on discapacidad materializar el beneficio, c
uando c
oncurren en ella los requisitos sustantivos a los que se c
ondiciona su obtención.
Por último queremos señalar que la adopción de las medidas técnicas que garanticen la accesibilidad en la c
omunicación sigue siendo una asignatura pendiente en la C
omunidad Autónoma Vasca. Así, en relación c
on la accesibilidad al transporte público, se c
onstata la ausencia total de los medios que permitan garantizar la accesibilidad a las personas c
on dificultades de c
omunicación. También se ha podido c
omprobar la falta de medios técnicos que faciliten la información y la c
omunicación en los lugares donde se encuentran los puntos de atención en los edificios públicos, en el acceso a los recursos educativos, sanitarios y sociales. Por ello, c
onsideramos que resulta decisivo encaminar las actuaciones de los poderes públicos a la implantación de las c
ondiciones de accesibilidad en la c
omunicación que aseguren que el derecho de las personas c
on discapacidad visual y auditiva a no ser discriminados y a poder disfrutar de las mismas oportunidades sea real y efectivo.