4- La reconstrucción del contrato social y la reinvención garantista de los derechos sociales
A cuatro años del estallido de la crisis de 2008, no es exagerado sostener que las nuevas élites financieras han procedido a una auténtica ruptura desde ar
riba del contrato social que, al menos en Europa, había regido los llamados “años gloriosos” del capitalismo de posguerra. Esto ha dado lugar a una inédita reconfiguración de las relaciones de poder económico, político, mediático e incluso militar que propicia su concentración en pocas en pocas manos.
Esta irrupción de lo que Luigi Ferrajoli ha llamado “poderes salvajes” está teniendo un impacto notable en el constitucionalismo, la democracia y los derechos humanos tal como se concebían hasta ahora. Cada vez son más las voces, de hecho, que admiten que esta quiebra del contrato social está provocando un auténtico cambio de régimen. Que el elemento democrático de muchos regímenes constitucionales construidos en Europa en la segunda mitad del siglo XX está siendo desplazado por elementos oligárquicos carentes de toda legitimidad popular. Es esta mutación la que ha permitido a algunos autores resucitar lo que Jacob Burckhardt –resumiendo el programa del liberalismo doctrinario del siglo XIX, llamó oligarquías isonómicas– esto es, regímenes gobernados por minorías económicas que sin embargo toleran algunas libertades públicas. O lo que los periodistas griegos Katerina Kitidi y Ar
i Hatzistefanou han denominado deudocracias, es decir, regímenes controlados por los grandes acreedores e inversores financieros46.
Como bien advirtieron los clásicos de la antigüedad, de Aris
tóteles a Polibio, existe un peligro cierto de que la hybris, la desmesura del capitalismo financiarizado que se ha extendido a países como China o Rusia conduzca a la stasis, a la fragmentación social y a la confrontación civil. Este paso de la Constitución oligárquica a alguna variante de Constitución despótica no sería una novedad absoluta. En la Europa de 1930, de hecho, sería el Behemoth nacional socialista quien se impondría como salida a una crisis que el constitucionalismo social republicano de entreguerras no había podido o sabido afrontar47. De manera similar, también el programa neoliberal que está en el origen de la crisis actual necesitó de la dictadura para llevar adelante sus propósitos, tal como demostró el feroz golpe contra el régimen constitucional de Salvador Allende en Chile, en 1973.
A pesar de la gravedad de la situación, esta alternativa no es, desde luego, la única. Junto a ella existe otra: la de la regeneración democrática y la refundación igualitaria del contrato social. Esta fue la alternativa impulsada por la primavera de los pueblos que en 1848 puso en entredicho los efectos precarizadores del capitalismo liberal, y ha sido, también, la que intentado abrirse camino en algunos países que en la última década tuvieron que pasar por crisis similares a la actual, como muchos de América Latina.
En las condiciones actuales, esta alternativa exigiría combinar lo que Ermanno Vitale ha llamado la resistencia constitucional, es decir, la potenciación de los elementos más avanzados de un constitucionalismo social incumplido pero todavía vigente48, con el impulso, allí donde esta estrategia no resultara viable, de reformas y de nuevos procesos constituyentes.
Al menos cuatro elementos, en todo caso, deberían informar este nuevo contrato social: la recuperación y reinvención del gobierno público –estatal y no estatal– de la economía; su reconversión en un sentido ecológico y energéticamente sostenible (así como su progresiva desmilitarización); una nueva política distributiva basada en derechos sociales exigibles y no en concesiones discrecionales o clientelistas; y una profundización del principio democrático en diferentes esferas –institucionales y no institucionales– y en distintas escalas –locales, regionales e internacionales–.
Un análisis adecuado de cada uno de estos retos exigiría un desarrollo que excede los objetivos de esta intervención. Sin embargo, están lejos de inscribirse en un programa utópico, situado fuera de la historia. Forman parte, como se ha señalado al principio, de la mejor herencia del constitucionalismo republicano democrático surgido de las revoluciones del siglo XVIII. Pueden rastrearse en el constitucionalismo social fraguado en las primeras décadas del siglo XX, en las repúblicas mexicana, soviética, alemana o española, y en los principios más avanzados del constitucionalismo de posguerra. Están presentes, también, en aspectos esenciales de los nuevos marcos constitucionales aprobados en las últimas décadas en América Latina49. E integran, por fin, el núcleo duro de las reivindicaciones democráticas presentes en procesos constituyentes como el islandés o en las movilizaciones de “indignados” surgidas al calor de la crisis en diferentes puntos del planeta50. Estas movilizaciones, que llaman a “ocupar el mundo” contra la actual concentración oligárquica de poder político, económico, mediático y militar, no apelan a una minoría iluminada. Convocan a la cooperación y a la rebelión del 99% de la población mundial excluida del acceso a la riqueza colectivamente producida, contra la insolidaridad y la codicia del 1% restante. La fórmula puede resultar excesiva o restrictiva51. Pero expresa bien un estado de cosas en el que la capacidad de ar
ticular nuevas formas transnacionales de solidaridad y de fraternidad aparece como la piedra de toque para la ar
ticulación de nuevos contratos sociales capaces de frenar y revertir la degradación a la que el actual capitalismo rentista y depredador está conduciendo a la humanidad y al planeta. Desde una perspectiva realista, no son muchas las razones para el optimismo. Siempre quedará apelar, en todo caso, a las esperanzadoras palabras de Hölderin: que allí donde crece el peligro, crezca también lo permita salvarse de él.
46 Junto a Deudocracia, los periodistas griegos acaban de realizar un nuevo documental, Catastroika, en el que analizan el impacto negativo que los programas de ajuste impuestos sobre su país por la llamada Troika –Banco Central Europeo, Comisión y Fondo Monetario Internacional– han tenido en el alcance del principio democrático y de las libertades civiles y políticas.
47 La referencia es al clásico de F. Neumann, Behemoth. Pensamiento y acción en el nacional-socialismo, Fondo de Cultura Económica, México, 1983.
48 Vid. E. Vitale, Defenderse del poder. Por una resistencia constitucional, Trotta, Madrid, 2012.
49 Cuestión diferente, desde luego, es el juicio que pueda hacerse sobre la distancia existente entre estos marcos constitucionales y su desarrollo práctico.
50 A resultas de la crisis (y de otros factores internos) se han abierto procesos constituyentes en países tan disímiles como Islandia, Túnez o Egipto. También han ido ganando terreno, aunque con fuerza desigual, iniciativas constituyentes en Chile, en Francia y en España, y han crecido las voces que demandan un proceso constituyente de ámbito europeo capaz de contrarrestar el sesgo crecientemente antidemocrático adoptado por la Unión Europea. Para el caso español, y desde un punto de vista constitucional, tienen interés las contribuciones recogidas en R. Viciano et. al., Por una asamblea constituyente. Una salida democrática a la crisis, Sequitur, Madrid, 2012.
51 El economista Paul Krugman, por ejemplo, considera que el 99% es una cifra que apunta demasiado bajo, ya que en los últimos tiempos, una parte importante de las ganancias obtenidas por el 1% ha ido a parar a un segmento más reducido, el 0,1%, integrado por el millar más rico (vid. “We ar
e the 99%”, en http://www.nytimes.com/2011/11/25/opinion/we-are-the-99-9.html?_r=3).