1. El área en cifras
En el año 2015 se han recibido 4 quejas en el área de protección de an
imales, lo que supone el 0,19% del total de las quejas recibidas por la institución a lo largo de este ejercicio.
2. Quejas destacadas
En el presente ejercicio, si bien por su número las quejas recibidas no resultan significativas, hemos de señalar que han prevalecido las reclamaciones que versan sobre los conflictos generados en la convivencia entre las personas y los an
imales en distintos ámbitos.
La ciudadanía se dirige a esta institución para denunciar la falta de actuación de las administraciones an
te sucesos producidos por algunos an
imales en determinados espacios públicos.
Por ello nos dirigimos a las entidades locales concernidas en tanto que les corresponde velar por el cumplimiento de la normativa de tenencia de an
imales para evitar los daños a las personas. En este sentido, se exige que en las vías y espacios públicos urbanos los perros deban ir controlados y sujetos mediante el uso de las correspondientes cadenas o correas. Asimismo, estos an
imales deben ir identificados con el microchip, y deben estar censados y registrados en el registro del municipio de residencia, para lo cual es importante que desde las entidades locales se realicen campañas de identificación an
imal para evitar en el futuro las negativas consecuencias que pueden producirse an
te abandonos, agresiones, quejas, etc.
Por otra parte, hemos de hacer referencia a la queja formulada por una asociación con motivo del trato inadecuado a los an
imales en programas de EiTB.
Con motivo de las quejas que se habían tramitado en esta institución en el ejercicio del año 2014 por los malos tratos recibidos por los an
imales en el programa televisivo, llamado “El Conquistador del Fin del Mundo”, de EiTB, esta Institución solicitó a dicha Entidad que se ocupara de estudiar la posibilidad de implementar protocolos de actuación dirigidos a las productoras de programación que establezcan medidas de control que garanticen la no agresión y el bienestar de los an
imales. En respuesta a ello, EiTB nos informó que trasladaban las consideraciones realizadas al equipo responsable correspondiente y, que de conformidad con las reflexiones adoptadas al respecto en el proyecto del libro de estilo de EiTB, se habían tomado las medidas preventivas para posteriores ediciones.
A la vista de la nueva reclamación en la que se hacía referencia a que dicho maltrato a los an
imales se venía produciendo reiteradamente y en diversos programas, nos volvimos a dirigir a dicha Entidad con objeto de que nos informaran sobre las medidas que se habían adoptado al respecto.
En relación con esta intervención, la directora general de EiTB nos informó de que se habían ido tomando medidas y acciones durante estos últimos años y que, en este sentido, se había redactado recientemente una cláusula ad hoc para que sea incluida en todos aquellos contratos de producción que EiTB suscriba, en los que puedan aparecer y participar an
imales.
El tenor literal de la cláusula an
teriormente referida dice lo siguiente:
“En el caso de que la Productora quisiera incorporar la imagen o participación de an
imales en las pruebas que puedan llegar a celebrarse durante los diferentes programas, será preceptivo que ponga dicha circunstancia en conocimiento de ETB, quien tras comprobar que dicha participación o aparición no implica comportamientos y actitudes ajenas a su condición o que implique trato vejatorio, podrá autorizar expresamente cada prueba en la que intervengan an
imales, así como su posterior emisión.”
Asimismo, nos comunicó que tenían intención de revisar los mecanismos de control para evitar controversias futuras, mostrando con ello su compromiso con la defensa y protección de los an
imales.
3. Valoración del estado de los derechos ciudadanos
En la actualidad es evidente que cada vez es mayor la presencia de los an
imales domésticos en los espacios públicos. Por ello, si bien resultan necesarias las políticas de control por parte de los municipios, quizás se deberían también arbitrar otro tipo de soluciones que permitan una convivencia equilibrada entre las personas que tienen an
imales domésticos y el resto de ciudadanos.
Así, se podrían habilitar zonas concretas de esparcimiento para los an
imales en horarios concretos; se podrían, también, poner los medios urbanos suficientes para dar la posibilidad a los poseedores de los an
imales de la recogida de las deposiciones caninas y, sería conveniente, asimismo, la realización de campañas informativas para la concienciación y la educación de la población propietaria de an
imales sobre las cuestiones relativas a la tenencia de an
imales con objeto de que dispongan de información suficiente sobre las obligaciones que tienen y las consecuencias del incumplimiento de las mismas.