voz de las familias diversas. representantes de organizaciones sociales
LAS FAMILIAS CON HIJOS/AS, NUESTRO FUTURO
HIRUKIDE
Desde comienzos de este siglo XXI han sido muchos los expertos, informes y estudios que han dado la v
oz de alarma reiteradamente sobre el envejecimiento de la población tanto en Euskadi como en el conjunto del Estado. Este paulatino envejecimiento se v
io paliado circunstancialmente gracias al boom de la inmigración en los años de mayor bonanza económica y laboral, pero es obvio que ese momento pasó y con él han v
uelto a sus hogares buena parte de los ciudadanos extranjeros que v
inieron. Junto a ello, la crisis económica ha agudizado el descenso de nacimientos, v
olviendo a las cifras de hace más de 10 años.
El llamado invierno demográfico tendrá consecuencias directas sobre el Estado de bienestar en su conjunto y, ante todo, sobre el sistema público de pensiones que, como v
enimos reiterando desde hace años, será insostenible. Por tanto, parece obvio que hay que tomar más medidas para proteger a las familias con hijas e hijos, ya que las actuales no están siendo suficientes.
En este sentido, desde Hirukide coincidimos plenamente con el informe presentado por el Ararteko el pasado junio, sobre políticas de apoyo a las familias en Euskadi. Compartimos tanto los desafíos planteados como las recomendaciones dirigidas a las administraciones públicas v
ascas, a las cuales ya se las hemos trasladado en sucesivas ocasiones. Desde Hirukide v
enimos reclamando a las administraciones desde ya 15 años medidas a favor de una mayor transversalidad de las políticas de apoyo a las familias; un aumento de la inversión pública para compensar los costes de las familias con hijas e hijos; más medidas de conciliación de la v
ida personal, familiar y laboral; así como un mayor apoyo a las familias en situación de v
ulnerabilidad, todas ellas recogidas en su informe.
Pero para lograr avanzar realmente en todas estas materias es imprescindible implantar una cultura social que v
alore la maternidad y la paternidad, que los políticos de todos los colores hagan un pacto por las familias, para defenderlas y apoyar a las madres y padres que tengan hijos/as o personas dependientes. De igual forma, deberían apoyar a las empresas que promueven la responsabilidad familiar corporativa y facilitan la conciliación de la v
ida familiar y laboral de sus empleados y empleadas.
Porque no podemos olvidar que en el transcurso de la historia, la familia se ha reconocido como la unidad básica de la sociedad y el mejor medio para transmitir y preservar los v
alores fundamentales de la persona humana. Mediante la función de educación y socialización, la familia no solo transmite los v
alores, las costumbres y las tradiciones de padres a hijos, sino que es la ayuda y refugio para sus miembros en los momentos difíciles. Más que una simple unidad jurídica, social y económica, la familia es, ante todo, una comunidad de amor, de enseñanza y de solidaridad. A diario tenemos ejemplos claros de estas cualidades intrínsecas a la institución familiar, que está siendo el auténtico sustento y salvaguarda de las personas más castigadas y desfavorecidas por la actual crisis económica.
A continuación quiero proyectarles el v
ídeo que realizamos hace unos meses titulado “Con la familia, la remontada es posible” y con el que hemos querido mostrar precisamente cómo la familia es el auténtico sustento de nuestra sociedad y la principal salvaguarda a día de hoy.
(PROYECCIóN DEL V
IDEO REALIZADO POR HIRUKIDE)
Espero que les haya gustado. Por cierto, no puedo dejar de recomendarles que v
ean nuestro último v
ídeo que realizamos en el mes de mayo titulado “Ser madre es un plus”, que por cuestiones de tiempo no puedo proyectarles ahora. No obstante, se lo recomiendo encarecidamente: “Ser madre es un plus”.
Y v
olviendo al v
ídeo que acabamos de v
er, quiero incidir de nuevo en cómo la generosidad intergeneracional está cubriendo las necesidades básicas de miles de ciudadanos que tienen que acudir a sus seres más cercanos, su familia, para poder sobrellevar sus cargas económicas. Como dice el v
ídeo, “allí donde no llegan las instituciones o gobernantes, llega la familia”. En un momento como el actual, es fácil v
er la fuerza, el protagonismo y la necesidad de la institución familiar. Pero no siempre ha sido así y no quedan lejos los años en los que se cuestionaba su papel o importancia. Para evitar que v
uelva a ocurrir, una v
ez que pase la crisis económica, nuestros gobernantes e instituciones deberían considerar a la familia como el mejor y más seguro capital social, como la mejor inversión que puede hacer un país.
En este panorama económico, demográfico y social, lo que pedimos las familias con hijas e hijos a las administraciones y gobernantes es justicia y reconocimiento: que v
aloren adecuadamente la aportación al progreso social que representa el hecho de tener hijos/as. Y ahí tenemos mucho que decir las familias numerosas.
Pero, ¿quiénes somos las familias numerosas? ¿Cómo somos? ¿Quién forma este colectivo? Aquí le pediría a cada uno de ustedes un acto de reflexión y honestidad personal. Cuando oyen la expresión “familia numerosa”, ¿qué les v
iene a la cabeza? ¿A qué la asocian? Y es que, al igual que ocurre a otros colectivos, encontramos el primer escollo en los prejuicios y estereotipos que aún siguen v
igentes en nuestra sociedad.
Dentro de las familias numerosas hay una v
ariedad muy amplia de familias, estando presente en ellas todos los colectivos sociales que ustedes conocen. La inmensa mayoría son familias con tres hijos y el porcentaje disminuye exponencialmente conforme aumenta el número de hijos e hijas. Hay familias numerosas compuestas por parejas separadas, divorciadas, v
iudas/os, del mismo sexo… con hijos naturales, adoptados, de parejas anteriores… Familias numerosas hay de todas las ideologías, religiones, partidos y condiciones sociales y lo que nos une en este colectivo a todas es el hecho de tener un mayor número de hijos que el resto, con las preocupaciones, alegrías y necesidades que ello conlleva.
El hecho de ser familia numerosa condiciona y acrecienta cualquier dificultad que de por sí tenga una familia. ¿Qué pasa cuando un caso de enfermedad, pobreza, discapacidad o conciliación además se da en una familia numerosa? Ante un caso de v
iudedad, monoparentalidad, desempleo de uno o dos progenitores, etc., el hecho de tener tres, cuatro hijos agrava considerablemente la situación.
Por tanto, lo que pedimos es que se tenga en cuenta el número de hijos para cualquier caso concreto en el que se tomen medidas de discriminación positiva hacia las familias en general o colectivos con necesidades concretas en particular.
Tan solo quiero dejarles un dato para mostrarles la realidad de las familias numerosas. Según una encuesta realizada recientemente por la Federación Española de Familias Numerosas y la Fundación Madrid V
ivo en 5.000 hogares de todo el Estado, el 42% de las familias numerosas llega justa a fin de mes y una de cada tres tiran de los pocos ahorros que tienen o contraen deudas para afrontar los gastos del hogar.
A través de esta breve exposición, quiero trasladar cinco conceptos, ideas o metas a lograr:
1.En primer lugar, dirigiéndome a los defensores de otras comunidades autónomas, les pido que defiendan a las familias con hijos e hijas en general, ya que nuestros hijos son nuestro mayor tesoro. Un primer paso sería saber la situación real de aquellas y las políticas de familia reales en el Estado en su conjunto, en su comunidad autónoma y las buenas prácticas de nuestros países de la UE. Soy consciente de la complejidad de realizar un informe o estudio como el realizado por el Ararteko, pero ya tienen uno en el que basarse para hacer recomendaciones a sus gobiernos.
2.En segundo lugar, les pediría que trabajen para erradicar los prejuicios y estereotipos que acompañan a las familias numerosas, ya que estos hacen que en muchas ocasiones se desoigan nuestras peticiones o reclamaciones, por considerarse innecesarias, superfluas o injustas. De hecho, v
arias de las medidas a favor de las familias numerosas existentes se han logrado a golpe de sentencias del Tribunal Supremo u otros, como la acumulación de descuentos en el transporte público y la bonificación en la tasa de agua.
3.En tercer lugar, quiero hablarles del sistema de Renta Familiar Estandarizada, que hemos logrado que comience a implantarse en Euskadi y que estamos trabajando para lograr que se traslade a todas las administraciones públicas. A través de este sistema se pondera la renta familiar según el número de miembros de cada familia y sus circunstancias, de cara a servicios, ayudas o bonificaciones sujetas a un tope de renta familiar. Se trata de tener en cuenta en cierta medida la renta per cápita de la familia, ya que en la mayoría de los casos las familias numerosas se quedan fuera de todas las ayudas o bonificaciones por exceder los topes máximos establecidos: ayudas para conciliación, educación, v
ivienda, comedores o cualquier bonificación municipal.
4.Quiero ir finalizando mi exposición, pero no sin antes recalcar la cuarta idea, la importancia para las familias con hijos e hijas en general y las numerosas en particular de lo expuesto anteriormente por mi amigo Fernando Fantova sobre la conciliación familiar y laboral. Este es uno de los mayores retos que tenemos por delante tanto las entidades del tercer sector como todas las administraciones y agentes sociales. Sin medidas reales y efectivas que permitan que las mujeres se incorporen plenamente al mundo laboral y los hombres al mundo familiar, será imposible no solo que las familias tengan el número de hijos e hijas que deseen, sino que tengamos una Euskadi más joven y en definitiva una sociedad más garantizada.
5.Y por último, la importancia del “factor hijo e hija”. Que todas las administraciones e instituciones públicas tengan en cuenta el número de hijos/as de cada familia a la hora de legislar, reglamentar o tomar medidas que afecten a las familias, haciéndose IMPRESCINDIBLE que se revisen en profundidad las políticas de familia actuales y se alcance un consenso político entre todos los partidos para conseguir una v
erdadera POLíTICA FAMILIAR INTEGRAL E INTERINSTITUCIONAL que converja hacia los modelos de la UE.
POLíTICAS FAMILIARES. SITUACIóN Y NECESIDADES DE LAS FAMILIAS HOMOPARENTALES
SEHASKA ELKARTEA / ASOCIACIóN SEHASKA
1. SEHASKA
SEHASKA Asociación de Madres y Padres Homosexuales es una asociación joven que ha surgido de la necesidad de cuidar y asegurar el bienestar de nuestras hijas e hijos ante una sociedad en la que, aún hoy, se cuestiona nuestro modelo de familia.
Se constituyó en 2011 a partir del grupo de familias de ALDARTE. Actualmente la conformamos 40 familias y unas 150 personas.
SEHASKA comenzó realizando encuentros lúdicos con el objeto de que nuestros descendientes v
ieran otros modelos de familia como la suya y se ha convertido en una plataforma muy importante en la que encuentran referentes en la que apoyar su desarrollo y evolución.
Actualmente, realizamos todo tipo de actividades (lúdicas, sociales, mediáticas, reivindicativas….) y formamos parte de la red de asociaciones estatales de familias junto con FLG, GALEHI, FUNDACIóN TRIáNGULO, GALESH, SON NUESTROS HIJOS y otras.
2. INTRODUCCIóN
En España las políticas familiares han estado en auge en los últimos años. Podemos decir que ha habido un redescubrimiento de las mismas, pasando prácticamente de su ausencia durante el primer período de la democracia a su impulso e incremento en estos últimos años.
Sin embargo, seguimos cuestionándonos la heteronormatividad de la institución familiar. En los últimos años se están practicando políticas decididas y v
alientes en la lucha contra el patriarcado y el machismo, que se concretan en actuaciones contra el sexismo, la homofobia y la transfobia. Pero continúa siendo necesario que tomemos conciencia del precio que nuestra sociedad nos hace pagar a los hombres y a las mujeres por el simple hecho de serlo. Desde la FELGTB (Federación Estatal de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales), la sociedad se define como:
1.Sexista, porque impone roles de género totalmente diferenciados en función del sexo biológico de la persona, con los que se construyen las identidades de género, la identidad masculina y la femenina, de forma excluyente y jerarquizada.
2.Patriarcal, porque sitúa el papel cultural de los hombres por encima del de las mujeres: los géneros están jerarquizados y el masculino es predominante sobre el femenino.
3.Heterosexista, porque solo el tipo de relación heterosexual es aceptable: la sociedad ejerce diferentes tipos de v
iolencia contra cualquier otra forma de relación.
Nos queda camino por recorrer en el diseño de una sociedad plural, tolerante y con un modelo de bienestar que garantice la igualdad social.
2.1. De la familia modelo a los modelos de familia
La familia española se encuentra en un tiempo de profundas y aceleradas transformaciones, cuyo reflejo más claro puede apreciarse en la diversificación de modelos familiares. En estos últimos años se han difuminado en España los límites entre legitimidad e ilegitimidad familiar, puesto que han comenzado a ser aceptadas y reconocidas situaciones familiares y v
itales que durante décadas fueron rechazadas o simplemente obviadas, entre ellas, las familias homoparentales.
Desde nuestro punto de v
ista, tal y como planteó Lamo de Espinosa (1995), la historia de la humanidad es, en cierto sentido, la historia de la crisis de la familia, dado que la familia como institución no ha permanecido inmutable, sino que se ha ido modificando a lo largo y ancho de la historia y la geografía para intentar cubrir las necesidades y aspiraciones de los seres humanos en distintos contextos y momentos, como los estudios de la antropología cultural han demostrado ampliamente. Llevando esta idea un poco más allá, Inés Alberdi (1999) cita a Roussel en su argumento de que, muy posiblemente, estos distintos modos de organizar la familia tengan que v
er con distintas formas de entender y buscar la felicidad. Por tanto, no estaríamos ante la destrucción de la familia, sino ante su reconstrucción desde nuevas bases. Del mismo modo y siguiendo el análisis de esta misma autora, no nos encontraríamos ante la pérdida de v
alores familiares, sino ante el cambio y renovación en ellos.
Scanzoni (2004), usando una metáfora tomada de la ecología, plantea que, al igual que la diversidad de especies es un indicador de la salud de un ecosistema, la diversidad familiar debería ser contemplada como evidencia de la salud de una sociedad, en tanto que muestra el grado en que sus miembros pueden ejercer la libertad de elegir y desarrollar el modo de v
ida en familia que les hace más felices. De acuerdo con su análisis, María del Mar González (2009) afirma que la diversidad familiar debería dejar de ser considerada como un problema para ser celebrada como un indicador de libertad. Extendiendo un poco esta idea, a nuestro juicio, igual que ocurre con la v
ariedad de especies en un ecosistema, creemos que la diversidad familiar debe ser entendida como una fuente de riqueza para una sociedad, que cuenta así con una pluralidad de recursos y referentes para organizar la v
ida social.
3. MARCO JURíDICO
Artículo 14 de la Constitución Española de 1978
“Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquiera otra condición o circunstancia personal o social”.
3.1. Gestación subrogada
3.1.1. ¿Qué es la gestación subrogada?
La gestación subrogada es el nombre técnico que recibe el procedimiento de reproducción asistida v
ulgarmente conocido como “vientre de alquiler”. El desconocimiento general sobre este procedimiento lo coloca en la misma situación que estaba la fecundación in v
itro (FIV) en los años ochenta. En aquella época, a los bebés concebidos mediante esta técnica se les llamaba v
ulgarmente “bebés probeta”.
Un procedimiento de gestación subrogada tiene como objetivo permitir la paternidad/maternidad a una familia que no es capaz por sí misma de llevar a término la gestación. Para superar esta incapacidad, la familia establece un acuerdo con una mujer para que geste y dé a luz a su bebé.
3.1.2. Marco legal en Europa y EE. UU.
La legislación española no permite la gestación subrogada al declarar nulo de pleno derecho cualquier contrato de subrogación. La ley de reproducción asistida (Ley 14/2006, de 26 de mayo) así lo establece e insta a las autoridades a inscribir como madre legal del nacido a la mujer que le dio a luz. Por tanto, no existe una prohibición expresa de los acuerdos de subrogación, sino que están implícitamente no permitidos al no ser reconocidos legalmente.
La situación legal en Europa v
aría en función de los países y solo algunas legislaciones permiten los acuerdos de subrogación. De la misma manera, la regulación de la subrogación en EE. UU. v
aría según los Estados. Si bien en algunos no se permite, en otros está regulada y es una práctica habitual socialmente aceptada y muy utilizada por las parejas heterosexuales. Jurídicamente existen diferentes maneras de regularla, desde Illinois, que cuenta con legislación específica, hasta California, donde el marco legal está basado casi exclusivamente en la jurisprudencia. Estas diferencias tienen implicaciones prácticas que hacen que la parte legal del proceso difiera sustancialmente en función del Estado.
Probablemente, el marco legal más abierto del mundo es el californiano. Sentencias judiciales producidas en las últimas décadas han sentado las bases de un sistema que protege los derechos de las gestantes subrogadas, las y los niños y las personas que desean ser padres o madres. En California la filiación se establece por la v
oluntad de las personas progenitoras, es decir, padre o madre son quienes desean serlo y llevan a cabo su proyecto de paternidad cerrando un contrato con una gestante subrogada. Esto contrasta con los marcos legales europeos, que siguen basándose en el derecho romano. Así, la ley española de reproducción asistida regula la filiación materna basándose en la idea romana de que madre es la que pare.
3.1.3. La gestación subrogada en España
Es muy difícil calcular el número de familias españolas que han recurrido a la subrogación en el extranjero. El desconocimiento y el tratamiento sensacionalista que se ha dado en los medios han convertido la subrogación en un tema tabú. Hasta hace muy poco la subrogación era un fenómeno invisible; sin embargo, hay datos que hacen sospechar que es más que habitual. Según el INE, en 2007 nacieron en EE. UU. casi 1.000 bebés españoles, siendo el número de personas españolas residentes algo menor de 50.000. Esto arroja una tasa de natalidad comparable a la del áfrica subsahariana, en contraste con la de los residentes en España, que es una de las más bajas del mundo. Probablemente si el INE nos permitiera discriminar por Estados, nos encontraríamos con que las personas españolas residentes en California tienen la tasa de natalidad más alta de todo el planeta. Este secreto a v
oces se ha mantenido porque a las familias heterosexuales les ha costado poco fingir ante el registro que la gestación había sido llevada a cabo por la madre legal, ocultando la existencia de una gestante subrogada. Muy probablemente los responsables de los consulados eran conscientes de lo que estaba pasando y miraban para otro lado.
Incluso familias homoparentales registraban a sus bebés a nombre de uno de los hombres de la pareja y de la gestante como madre legal. Tras la v
uelta a España, podían iniciar un proceso de retirada de patria potestad por abandono de la madre legal. Además, la aprobación del matrimonio homosexual en 2005 abrió nuevas v
ías para la legalización de estas situaciones familiares. Tras el abandono de la “madre”, se podía iniciar un proceso de coadopción por parte del otro miembro de la pareja.
3.1.4. Bebés ilegales en su propio país y bebés apátridas
La denegación de la inscripción en el Registro Civil español lleva implícita la denegación de la ciudadanía española. Las familias, por tanto, no pueden obtener un pasaporte español para que sus hijas e hijos puedan hacer el v
iaje de v
uelta a casa. Afortunadamente, los EE. UU. conceden la nacionalidad a las personas nacidas en cualquiera de sus Estados, por lo que una niña o niño nacido en California, Illinois o Colorado puede v
iajar a España con su familia portando un pasaporte americano.
Una v
ez en España, el niño/a disfruta de una exención de v
isado que termina a los 90 días de llegar… y entonces pasa a situación irregular. Las autoridades españolas podrían en principio deportarlo, ¿pero a dónde? Para las autoridades de EE. UU. sus progenitores son españoles. En la práctica no parece que el Ministerio del Interior esté abriendo expedientes de expulsión, pero en cualquier caso estos niños y niñas no disfrutan de la misma protección legal que el resto de ciudadanos españoles.
Por otro lado, la denegación impide acceder a los beneficios sociales de los que disfrutan todas las familias españolas. Al no presentar constancia de la inscripción registral, el INSS deniega las solicitudes de prestación por paternidad y maternidad. Los progenitores empleados por cuenta ajena no pueden justificar la interrupción de sus contratos para cuidar a sus descendientes y se arriesgan a perder sus empleos por absentismo laboral. Sus hijas e hijos no pueden ser incluidos como beneficiarios de la Seguridad Social familiar. Las delegaciones de Hacienda deniegan las deducciones y prestaciones por maternidad y paternidad. Incluso el empadronamiento puede convertirse en una odisea, porque como ciudadano español simplemente no existe.
El problema es especialmente grave en el caso de bebés nacidos en India, Rusia y Ucrania. Ninguno de estos países otorga la nacionalidad a las hijas e hijos de extranjeros nacidos en su territorio. Al ser denegada la inscripción en el Registro Civil español, quedan apátridas.
3.1.5. Resumen de aspectos legales sobre gestación subrogada en el marco jurídico español
Entrar en un acuerdo de subrogación no es un delito. La ley de reproducción asistida simplemente declara nulos los contratos de subrogación, pero no hay ninguna penalización ni código sancionador asociado. Incluso aunque la subrogación gestacional fuera un delito, no puede ser ni juzgada ni sancionada en España, ya que la ley se aplica solo en el territorio del Estado que la emite. Ya hace más de 20 años que el Tribunal Constitucional estableció, sin ningún margen de duda, a propósito del caso de las españolas que interrumpían su embarazo en el extranjero, que no podían ser ni juzgadas ni sancionadas en España.
Según el Reglamento del Registro Civil, la inscripción de un nacimiento puede hacerse aportando al consulado español la certificación extranjera de la autoridad local homologada al Registro Civil de nacimientos. No se trata de hacer v
aler un contrato de subrogación, sino de transcribir al registro español un documento registral extranjero. El artículo 17 del Código Civil establece que son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles.
La Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de la que España es signataria desde 1999, establece v
arios principios que el Ministerio de Justicia y la Fiscalía General del Estado están contraviniendo con sus actuaciones:
1)Todo menor debe tener los mismos progenitores en todos los países, así como un mismo nombre y filiación.
2)Toda decisión tanto administrativa como judicial debe atenderse al derecho del menor como “interés superior” a cualquier otro concepto.
3)Todo menor tiene derecho a una nacionalidad.
La Ley 13/2005, que regula el matrimonio homosexual, deja clara su absoluta igualdad ante la ley en deberes y derechos con respecto a matrimonios entre personas de distinto sexo. Además, desde 2007 la ley permitió en España el registro de los hijos e hijas de los matrimonios entre dos mujeres desde el mismo momento del nacimiento y con independencia de la ausencia de v
inculación biológica con una de ellas. Esta ley está redactada de manera que solo se aplica a las mujeres. Sin embargo la Constitución Española consagra la igualdad absoluta entre las personas, con independencia de su sexo u orientación sexual.
3.1.6. Conclusiones
Las asociaciones de familias homoparentales hacemos la siguiente reivindicación:
•Que se legalice y se regule la gestación subrogada en España.
•Y que, como primer paso para su legalización, se permita la inscripción en el Registro Civil español de los descendientes de homosexuales españoles nacidos en el extranjero mediante la simple transcripción del documento registral del país de nacimiento. Para facilitar este trámite no es necesario cambiar ninguna ley o reglamento, solo es necesaria v
oluntad política para que la DGRN resuelva favorablemente los recursos presentados por las familias.
3.2. Adopción
Desde la aprobación de la ley del matrimonio homosexual en 2005, el acceso a la adopción por parte de nuestras familias ha sido posible. Sin embargo, en cuanto a la adopción internacional, ninguno de los países habituales de origen de los niños y niñas adoptados reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo, motivo por el que es necesario que un miembro de la pareja realice el proceso en solitario, para posteriormente casarse y formalizar la adopción.
Concretamente, este mismo mes de agosto, el Gobierno español acaba de firmar el convenio bilateral con Rusia para regular las adopciones. Con la firma de este convenio nuestro Gobierno otorga legitimidad a una legislación homófoba que está claramente en contra de los derechos humanos básicos de las personas LGBT. Y, una v
ez más, se demuestra que los derechos de las personas LGBT y de sus hijas e hijos son prescindibles para este Gobierno y pueden sacrificarse fácilmente.
Por ello, pedimos que se respete la legalidad v
igente en el Estado español en los acuerdos entre países que regulan las adopciones internacionales. Y por el mismo motivo deberían regularse los acuerdos internacionales en cualquier ámbito para que no permitieran, en ningún caso, incumplir la legalidad v
igente en cuanto a políticas familiares del Estado español.
Por otro lado, las parejas heterosexuales pueden adoptar conjuntamente un hijo sin tener que casarse o registrarse como pareja de hecho por la ley de adopción de 1987. Las parejas homosexuales tendrán que casarse si quieren adoptar conjuntamente o –si v
iven en Navarra, País V
asco, Aragón o Cataluña– inscribirse como pareja de hecho.
Al ser el matrimonio la única posibilidad disponible para acceder a la filiación conjunta de las parejas homosexuales, se coloca sobre el Estado un control de estas parejas que las parejas heterosexuales pueden eludir si lo desean.
Por ello, pedimos la modificación de la ley de adopción que permita la adopción y filiación de los hijos para todas las parejas, sean heterosexuales u homosexuales, estén casadas o inscritas como pareja de hecho o no.
3.3. Reproducción asistida
Respecto a las niñas y niños nacidos por inseminación artificial, a pesar de que el Código Civil dota a los bebés nacidos dentro del matrimonio de una presunción de filiación (no es necesario justificar de ningún modo la paternidad del marido a la hora de registrar a un niño/a), la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana Asistida, indica que para registrar al recién nacido de dos mujeres debe existir un consentimiento previo por parte de la madre no gestante.
Por otro lado, mientras que una mujer puede inseminarse con semen de un banco y obtener el reconocimiento legal de paternidad directamente para su pareja v
arón (que obviamente no es el padre biológico) aunque no esté casada con él, una mujer lesbiana no podría hacer lo mismo con su pareja mujer. En 2007 se introdujo una disposición adicional en la ley reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sexo de las personas, conocida popularmente como “ley de identidad de género”, que permite que los bebés nacidos mediante técnicas de reproducción asistida de una mujer casada con otra mujer sean reconocidos legalmente como hijos o hijas de la madre no biológica, siempre que esta muestre previamente al nacimiento su consentimiento de que sea así. Con este cambio legislativo se soluciona la filiación conjunta para los menores nacidos en parejas de mujeres casadas y que han sido concebidos mediante técnicas de reproducción asistida en clínicas, pero no para aquellos que sean concebidos por otras v
ías en el interior del matrimonio ni para los hijos e hijas de aquellas parejas de mujeres que opten por no casarse o registrarse como pareja de hecho.
Hay una contradicción legislativa, frente a lo que recoge el Código Civil, que dota a los nacidos dentro del matrimonio de una presunción de filiación, con la ley de identidad de género que se aplica actualmente en los registros civiles.
Desde las familias homoparentales pedimos que se termine con esta discriminación y que se nos permita la filiación directa de nuestros hijos e hijas sea cual sea el estado civil de los adultos.
3.4. Maternidad/paternidad responsable
La sociedad es la “gran familia” constituida por todas y cada una de las familias diversas que conforman un tejido social. De ahí la necesidad de proteger a la familia como “célula básica de la sociedad, de la fraternidad y de la solidaridad”, de proteger los v
alores familiares y apoyar las políticas familiares que defiendan a cada una de esas personas desde su concepción, y de posibilitar que las personas puedan construir sus propios hogares que les ayuden a v
ivir en plenitud su v
ida familiar y personal.
Una de las funciones más importantes y claves que desempeña la familia es la paternidad/maternidad. Es un proceso complejo que implica algo más que una madre o un padre proporcionando comida y seguridad al niño/a. Es un proceso bidireccional donde la clave es criar a los hijos e hijas de la manera más saludable posible. El papel de la madre y el padre implica proporcionar un medio ambiente seguro y estable, garantizando las necesidades nutricionales, ofreciendo amor y apoyo, y favoreciendo interacciones predecibles de naturaleza positiva.
La paternidad y la maternidad como realidad antropológica no se ordena únicamente a satisfacer una necesidad de la naturaleza: la reproducción y conservación de la especie, no, sino que se ordena a crear unos v
ínculos de justicia, de responsabilidad, de solidaridad y de amor entre padres, madres, hijos e hijas y otros parientes, como los abuelos, que se encuentran entre los más cercanos.
La paternidad y la maternidad como relación familiar interpersonal no es un hecho simplemente biológico: ser padre y ser madre no es simplemente generar un bebé, sino que también es una acción v
oluntaria. Pero, ¿qué pasa con la filiación? La filiación no se identifica necesariamente con la procreación porque, como ya se ha dicho, puede darse sin procreación, como en el caso de la adopción. También puede darse la procreación con rechazo de la paternidad o de la maternidad, como lamentablemente ocurre en el caso de las hijas e hijos no reconocidos o abandonados.
Además, la calidad de la parentalidad no depende del tipo de estructura familiar donde se v
ive, ni de los v
ínculos biológicos de sus integrantes, depende de las conductas, interacciones y enseñanzas de los padres y las madres. Esto nos lleva a reflexionar sobre la concepción actual de familia, basada ya no exclusivamente en v
ínculos de consanguinidad. De hecho, como argumentan Gómez-Granell y otros (2004), la práctica y la reflexión sobre los lazos de unión y las relaciones afectivas y familiares que v
amos estableciendo a lo largo de nuestra v
ida nos llevan a considerar como familia a aquellas personas que los hijos e hijas, e incluso los propios adultos, consideran como tales.
Numerosos estudios confirman que hogares con distinta composición pueden constituir contextos v
álidos para el desarrollo de los niños, con lo que se concluye que la clave para favorecer un desarrollo sano y armónico no se encuentra en la estructura del hogar, sino en la calidad de la v
ida familiar, en palabras de Golombok (2000). Estos son algunos de esos estudios:
•Nuevas familias, nuevos retos para la investigación y la educación (2009) – María del Mar González.
•Análisis comparativo de las nuevas estructuras familiares como contextos potenciadores del desarrollo psicológicos infantil (2010) – Enrique Arranz Freijo, Alfredo Oliva Delgado, Fernando Olabarrieta Artetxe y Lucía Antolín-Suárez.
•Does the sexual orientation of parents matter? (2001) – Judith Stacey & Timothy J. Biblarz.
•Marriage of Same-Sex Couples (2006) – Canadian Phychological Association.
•Lesbian, Gay, Bisexual and Transgender Parented Families (2007) – The Australian Psychological Society Ltd.
•Brief of American Psychological Association, The California Psychological Association, The American Psychiatric Association and The American Association for Marriage and Family Therapy (2010).
Como entidades de familias tenemos la responsabilidad de defender un nuevo modelo de maternidad y paternidad que no solo se base en lo biológico. Queremos paternidades y maternidades responsables.
Proponemos una radical reelaboración de toda la legislación de familia: proponemos el concepto jurídico de filiación como el v
ínculo de responsabilidad que se establece entre el/los adulto/s que forman la familia, sea cual sea su estado civil, nacionalidad o sexo, y sus hijos e hijas, pudiendo concebirse biológicamente o de forma asistida.
Si la filiación es un derecho del menor, la paternidad y la maternidad puede ser un deber de cuantos estén en condiciones afectivas y materiales de ejercerla con solvencia, pero no ha de ser una obligación individual específica que imponga a unos progenitores biológicos –por el mero hecho de serlo– un v
ínculo paternal con relación al fruto de su relación sexual. Al revés, tanto la paternidad como la maternidad han de ser siempre v
oluntarias; no solo v
oluntarias en la causa, sino también en el efecto.
4. EDUCACIóN
Unas de las cuestiones clave de las familias LGTB son, por un lado, el cambio social necesario para la aceptación e integración de nuestro modelo de familia en la sociedad y, por otro lado, el cambio legislativo, necesario para la obtención de los mismos derechos que el resto de los ciudadanos.
Como colectivo, somos conscientes de que la consecución de un v
erdadero cambio social hacia una sociedad que acepte nuestro modelo de familia y la diversidad en toda su amplitud requiere de un esfuerzo importante en el sistema educativo del mismo. En ese sentido, todo el esfuerzo realizado en la escuela revertirá directamente en el bienestar de las familias y de la sociedad.
El sistema educativo debe garantizar el desarrollo integral de todas las personas, como reconoce el art. 27 de la Constitución: “La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales”. ¿Lo estamos cumpliendo?
Hagamos un análisis, de la situación de la escuela de hoy.
4.1. La escuela ante la diversidad familiar
Las escuelas de hoy conservan una imagen de familia que cada v
ez se corresponde menos con los nuevos escenarios de los hogares actuales. Las familias han cambiado considerablemente. Pero, ¿cómo tienen en cuenta los centros educativos estos cambios?
La escuela tiene relación con un conjunto amplio y diverso de familias. Puede que haya familias que nunca acudan a los servicios sociales, a los de justicia o incluso muy esporádicamente a los de salud, pero en sociedades como la nuestra en que la escolarización es obligatoria todas las familias en las que hay menores de edad tienen relación con la escuela.
Es, además, un sistema en el cual todos los niños y niñas ingresan y permanecen durante un largo período de su infancia. Es donde se generan hábitos, se introducen parámetros culturales y también, en gran medida, donde tiene lugar una parte importante de la socialización de niños, niñas y jóvenes, ofreciéndoseles oportunidades para establecer relaciones con el grupo de padres, madres y adultos que no pertenecen a su familia. En tal sentido, la escuela contribuye a la paulatina incorporación de los menores a la sociedad. Niñas, niños y jóvenes pertenecen a la v
ez a dos sistemas: el familiar y el escolar, que funcionan con reglas específicas y particulares y que pueden coexistir, complementarse o contradecirse mutuamente, generando conflicto.
Ello nos lleva a plantearnos qué está haciendo la escuela en la actualidad y, sobre todo, qué debe hacer ante esta diversidad que puebla sus aulas.
Tradicionalmente, la actitud de la escuela ha sido obviar la diversidad familiar de su alumnado, de la misma manera que ha obviado su diversidad cultural o religiosa. Tan solo la llegada del día del padre o del día de la madre introduce alguna “disfunción” en el currículo escolar, porque obliga al profesorado a tomar en consideración la circunstancia de que no todo su alumnado comparte el mismo modelo de familia, lo que con frecuencia ha sido v
ivido como un problema. Más allá de las paredes del aula, toda la escuela ha reflejado esta misma asunción de homogeneidad familiar: desde las comunicaciones escolares a las familias, hasta los materiales educativos.
A nuestro juicio, la escuela no debe seguir negando esta realidad diversa que alberga, sino que tiene la responsabilidad de efectuar las modificaciones imprescindibles para darle cabida y enriquecerse con ella. En este sentido, nos parece muy interesante la propuesta que efectúan Koerner y Hulsebosch (1996), partiendo de una idea inicialmente planteada para abordar el papel de la escuela en una sociedad multicultural y compleja: la escuela debe ser, al tiempo, espejo y v
entana de la diversidad.
En primer lugar, la escuela debe ser un entorno en el que niños y niñas tengan la oportunidad de v
er reflejadas, reconocidas y apreciadas sus propias experiencias familiares. Sin duda, estas son un elemento absolutamente nuclear en su identidad y, por tanto, que la escuela las reconozca y acoja será clave para que se sientan seguros en ella.
En segundo lugar, los centros deben ser lugares en los que todas las familias se sientan acogidas, respetadas y apreciadas. Para ello, es imprescindible revisar la asunción automática de que todo el alumnado de un centro convive con su padre y su madre, por lo que se habrá de empezar por conocer la realidad familiar del centro, usando protocolos abiertos de manera que cada familia pueda manifestar qué personas la componen y qué relación hay entre ellas.
En tercer lugar, se deben revisar algunas prácticas curriculares habituales que pueden hacer que determinadas familias no se sientan incluidas o representadas. Así, el trabajo educativo excluyente en torno al “día del padre” o el “día de la madre” puede v
erse sustituido por otro acerca del “día internacional de las familias”, que se celebra, a propuesta de Naciones Unidas, el 15 de mayo.
En cuarto lugar, se requiere realizar un trabajo de sensibilización y capacitación al personal docente y directivo de los centros educativos para que puedan concienciarse del “currículum oculto” que manejan (ej.: cumplimiento de roles masculino y femenino; lenguaje masculino para englobar a niñas y niños; reparto de espacios; gran patio central para jugar al fútbol; etc.) y la manera en que este incide sobre el respeto a la diversidad.
Y por último, se deben revisar los libros de texto de las diferentes editoriales y otros materiales escolares para que recojan trasversalmente la diversidad familiar, la diversidad afectivo-sexual y la diversidad de identidad de género. Además, es importante diferenciar las relaciones sexuales (identificando los diferentes tipo de orientaciones sexuales) de la reproducción, sea de la manera que sea, biológica o asistida.
4.2. Bullying homofóbico
Ya son v
arios los estudios realizados estos últimos años en los que se pone de manifiesto la difícil situación que v
iven los y las adolescentes LGTB en sus centros de enseñanza. El sexismo, la homofobia y la transfobia –en definitiva, el machismo– tienen una fuerte implantación en la sociedad española y en su sistema educativo.
La v
iolencia contra las mujeres y los homosexuales tiene un carácter marcadamente cultural, y está ligada al proceso de socialización. De algún modo, las diferencias naturales entre mujeres y hombres, o entre heterosexuales y homosexuales, se interpretan como desigualdades. Si la diferencia deja de ser un v
alor, la sociedad se organiza en una jerarquía que separa el “nosotros” de los “otros”, dominadores y dominados, hombres y mujeres, heterosexuales y homosexuales.
Por otra parte, existe un importante remanente de comportamientos e ideas de carácter homófobo y transfóbico en un significativo porcentaje de la población escolarizada. A esto hay que añadir una gran desinformación tanto por parte del alumnado como del profesorado, falta de referentes positivos de la diversidad afectivo-sexual y escasez de materiales pedagógicos para trabajar el respeto a la diversidad afectivo-sexual y diversidad familiar. Se puede afirmar, sin miedo a equivocarnos, que hoy por hoy el sistema educativo español no es un espacio seguro para el alumnado que no responde a la normativa sexual y familiar mayoritarias.
Relacionado con esta homofobia emocional o afectiva, cabe destacar que una de las conclusiones que persisten en esos estudios es que el alumnado que conoce directamente a personas LGTB reduce considerablemente sus niveles de rechazo, lo cual reafirma la necesidad de que haya referentes de diversidad en el sistema educativo. Cuando hablamos de referentes aludimos tanto a presencia en los currículos y materiales escolares como a referentes directos: profesorado, familias, asistencia a charlas de colectivos LGTB, información en los tablones de anuncios, actividades lúdicas y culturales en las que se v
isualice la diversidad… Por estos motivos es fundamental trabajar también desde el interior del sistema educativo con las familias, como parte integrante del mismo.
La enseñanza es el sector profesional que cuenta con los índices más bajos de personas que se reconocen públicamente como LGTB. Esta situación los somete a un estrés innecesario que en ocasiones deben afrontar por miedo a las reacciones de sus compañeros, padres de alumnos o incluso de los mismos alumnos.
Veamos algunos datos sobre la homofobia. La Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA) ha revelado en 2012, con 93.079 encuestados, que el 91% de las personas LGTB de la UE han presenciado comentarios y conductas negativas en su etapa escolar hacia alumnado que es o parece LGTB. El resultado obtenido para España (91%) no es una excepción.
Según el estudio realizado por COGAM en la CAM, el 25,35% del alumnado afirmaba tener prejuicios y el 17,85% comportamientos homófobos.
Según el INJUVE/CIS “Jóvenes y diversidad sexual” 2009, con 1.411 encuestas, el sufrimiento de los jóvenes LGTB en el sistema educativo es muy grande cuando carecen de apoyo y de una imagen positiva de su realidad emocional.
Fuente: FELGTB.
Estos resultados, comunes en los centros de enseñanza de un país que ha alcanzado la igualdad legal plena por motivo de orientación sexual o identidad de género, son muestra, sin duda, de una homofobia cognitiva, afectiva y conductual que genera infelicidad y, en ocasiones, v
iolencia.
La recientemente aprobada ley de educación (LOMCE) sustituyó Educación para la Ciudadanía, por Educación Cívica y Constitucional. Previamente, el RD 1190/2012 eliminó la única mención que existía en Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos «al rechazo de situaciones de discriminación hacia personas de diferente orientación afectivo-sexual».
Cada v
ez es más claro que el alumnado LGTB necesita el apoyo del gobierno estatal, autonómico y de toda la comunidad educativa y, sin embargo, se eliminan algunas de las escasas herramientas existentes.
Por todo ello:
•Es prioritario trabajar transversalmente la educación en la diversidad afectivo-sexual por parte del profesorado, desafiando abiertamente el bullying y la homofobia en el lenguaje.
•Realizar un trabajo de sensibilización y capacitación al personal docente y directivo de los centros educativos para que puedan concienciarse del “currículum oculto” que manejan y la manera en que este incide sobre el respeto a la diversidad.
•Incorporar a la ley de educación la educación en la diversidad afectivo-sexual y hacerlo como una prioridad, rectificando la línea emprendida con la eliminación a través del RD 1190/2012 de la única referencia expresa al respecto que contenía previamente Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.
•Fomentar en la educación primaria la enseñanza sobre la diversidad de modelos familiares, permitiendo que los alumnos comprendan desde su corta edad la diversidad existente en la v
ida familiar.
•Garantizar desde el ministerio y las comunidades autónomas la formación del profesorado en prevención de bullying, diferenciando lo que es y no es delictivo y denunciando los delitos cometidos.
•Crear un observatorio o unidad que coordine estudios estatales en los centros educativos en coordinación con las comunidades autónomas para medir los niveles de discriminación, homofobia y v
iolencia homofóbica en el sistema educativo español para garantizar que las políticas funcionan o replantearlas por aquellas más eficientes.
•Formación del profesorado en la problemática concreta y compleja de los niños y niñas adoptadas, como medio de prevención de los problemas que estos niños sufren. Actualmente, la diputación junto con Agintzari ofrece unos cursos impartidos por los padres de los niños adoptados, para los profesionales de la educación que estén interesados.
5. MARCO SOCIAL
Las políticas públicas (su presencia o ausencia, así como sus características) tienen una poderosa incidencia en la organización social, en la construcción de identidades, en las dinámicas de género y en el bienestar de la infancia.
En la sociedad de hoy hay un fuerte interés por el tema de la conciliación que obedece a una conjunción de factores, como el avance en la igualdad de género, el cambio en las actitudes de género (hacia unas más igualitarias), los cambios en los modelos de familia, las demandas de mejora en la calidad de v
ida, la preocupación por la educación de los niños, el desarrollo de la sociedad de la información (que permite otras formas de trabajo), la necesidad de gestionar mejor el capital humano de las empresas y la necesidad de fomentar la natalidad.
5.1. Roles y políticas de conciliación familiar
La situación de la familia incide fuertemente en la infancia. En España, con políticas sociales caracterizadas por el familiarismo y la escasa implicación pública, la familia proporciona protección y ayuda al individuo ante eventuales adversidades y riesgos (enfermedad, dependencia, desempleo). El modelo de referencia es el de una familia caracterizada por su estabilidad y por la presencia de una pareja heterosexual, en la que el hombre gana el salario principal y la mujer asume el cuidado de sus miembros. La diversidad familiar actual conlleva nuevas necesidades que no se pueden resolver a partir de v
iejos esquemas, puesto que ello implica un riesgo social para la infancia. El surgimiento de nuevas realidades familiares requiere nuevas políticas.
Han cambiado de un modo notable los roles que se desempeñan dentro de la familia. Los roles que desempeñamos hombres y mujeres son cada v
ez más similares. Así, las mujeres se han ido incorporando mayoritariamente a las tareas productivas, colaborando activamente al sostén económico de la familia, al tiempo que los hombres v
an compartiendo de modo creciente las tareas reproductivas, implicándose en el cuidado de hijos e hijas y la atención a las tareas domésticas.
En una pareja formada por dos personas del mismo sexo se ponen en cuestión los roles de género (actitudes y comportamientos que se esperan de un hombre y una mujer en una cultura determinada, dentro de los cuales entraría la categoría de roles parentales), al tener que realizar, dos hombres o dos mujeres, un reparto de tareas como alimentar, nutrir, dar cariño, trabajar fuera del hogar, limpiar, cocinar o hacer la compra sin tener en cuenta el sexo.
No existe (a pesar de la ley de conciliación de la v
ida personal, laboral y familiar) una adecuación entre la organización social (horarios laborales, escolares y v
acaciones) y la realidad de las familias en las que trabajan los integrantes adultos de las mismas.
En definitiva, todo esto implica medidas para posibilitar la conciliación de la v
ida laboral y la familiar, lo cual abarca desde los permisos maternos y paternos para atender a las y los recién nacidos, las facilidades de reincorporación a la v
ida laboral, así como la atención a la pequeña infancia, mediante apoyo a las madres, escuelas infantiles, sistemas de guarda, ludotecas infantiles, bibliotecas, centros de deportes, así como las instituciones que acogen a los niños y niñas con “problemas”. Se trata pues de que el Estado asuma la responsabilidad pública en la atención a la infancia.
Desde otro punto de v
ista y enlazando con la creciente homofobia que se da en las escuelas, como hemos podido analizar, las familias homoparentales somos muy conscientes de la importancia que tiene nuestra máxima dedicación a nuestros descendientes en su preparación ante la sociedad, por lo que necesitamos de unas adecuadas políticas de conciliación familiar que faciliten esta dedicación. Debemos renovar las políticas de conciliación familiar para integrar los nuevos cambios de roles y las nuevas necesidades debido a la evolución del modelo de familia.
Por tanto, planteamos que la política familiar debe:
•Crear las condiciones para que los padres y las madres puedan pasar más tiempo con sus hijas e hijos.
•Instaurar servicios de ayuda a los padres/madres en lo referente a la educación y cuidado de los menores.
•Aumentar el permiso de maternidad/paternidad.
•Desarrollar instalaciones asequibles y de calidad para el cuidado de la infancia.
•Procurar condiciones favorables de un apoyo adaptado para quienes quieran tener descendientes.
•Mejorar los sistemas de guardería.
•Flexibilidad la organización del trabajo.
5.2. La pobreza infantil y la mujer en el mercado laboral
La pobreza infantil es algo INACEPTABLE en la sociedad actual. Desgraciadamente, las estadísticas, tanto europeas como a nivel del País V
asco, son cada v
ez peores.
Por definición, los niños y niñas pobres lo son porque lo son sus familias y, más concretamente, porque lo son sus progenitores. Por lo tanto, la cuestión relevante no se refiere tanto a la pobreza infantil como a la pobreza de las familias con hijos e hijas y, por tanto, a la insuficiencia de los ingresos de sus padres y madres. A su v
ez, esa pobreza responde a causas y factores más amplios que se relacionan con el mercado de trabajo, las políticas de apoyo a las familias y los sistemas de garantía de ingresos.
Las ayudas que España ha destinado en la lucha contra la pobreza infantil no han sido suficientes. Financiar prestaciones económicas de urgencia social no es suficiente ni muy eficiente, comparando con los resultados obtenidos en otros países como Irlanda, en el que las ayudan se han gestionado a través de programas transversales que contemplan la educación, la sanidad, la fiscalidad y la situación laboral.
Analicemos ahora la situación laboral de las mujeres. Las mujeres, en comparación con los hombres, presentan un mayor índice de desempleo, una mayor incidencia de los contratos a tiempo parcial, importantes diferencias salariales y la necesidad de garantizar una mayor formación para ocupar igual o menor categoría profesional.
Durante décadas, las mujeres han ejercido el rol de v
erdaderos proveedores, sin remuneración alguna, de servicios sociales para personas dependientes y concretamente para menores, personas mayores y enfermas.
El familiarismo en esta sociedad se sostiene en el trabajo no remunerado de las amas de casa. Sin embargo, tal disponibilidad femenina se hace cada v
ez más difícil de simultanear con su participación plena en el mercado laboral.
En lo que se refiere a las tareas de cuidado, cabe destacar el informe del Instituto de la Mujer “Cuidados a personas dependientes. V
aloración económica”, del año 2008, en el que se muestra que el 83,6% de las mujeres en España (5,3 millones) se dedica al cuidado informal, es decir, atención altruista y no remunerada prestado a personas dependientes, lo que representaría el 9,05% del empleo en España y el 4,2% del PIB de ese periodo.
Respecto al cuidado formal, entendido como la actividad sanitaria o de servicios sociales realizada por profesionales con una titulación académica, seguimos encontrando una clara segmentación a favor de que sean mujeres las que desarrollen las profesiones v
inculadas a estos ámbitos. Concretamente, estamos haciendo referencia a que el 73% de las actividades sanitarias y el 85% de las actividades de servicios sociales relacionados con el cuidado son realizadas por mujeres.
Son las mujeres las que forman parte mayoritariamente del personal contratado a tiempo parcial, además de que suelen concentrarse en empleos que tienen relativamente bajos salarios. Muchas mujeres se enfrentan a serias dificultades de incorporación a un puesto de trabajo a tiempo completo y bien remunerado, y más bien tienen que recurrir a contratos a tiempo parcial y/o a quedar dentro de la economía informal. Dentro de este colectivo se encuentran las mujeres que salieron del mercado de trabajo para atender a sus familias y que cuando sus hijos e hijas ya son autónomos tienen serias dificultades para reintegrarse en el mercado laboral.
Todo ello revierte en que sus aportaciones a la Seguridad Social son menores en comparación con la media y, por lo tanto, las prestaciones que tendrán derecho a percibir en caso de perder su empleo o su pensión futura también serán inferiores.
Así, como colectivos especialmente sensibles, las familias monoparentales formadas por una sola mujer o familias homoparentales formadas por dos mujeres pueden encontrarse con serias dificultades en el mercado laboral y en el sustento de sus familias.
Como conclusión a lo tratado, SEHASKA propone las siguientes políticas:
•Potenciar la integración y la igualdad de derechos y salarios de las mujeres en el mercado laboral.
•Favorecer y potenciar el empleo para las familias con menores, como v
ía para reducir la pobreza infantil y como v
ía de motivación para el aumento de la natalidad en la CAPV.
5.3. Cambio social. La diversidad como v
alor
En el momento actual, por ejemplo, seguramente ha ido por delante la aceptación social mayoritaria del derecho al matrimonio entre personas del mismo sexo o del divorcio sin previa separación que el propio derecho, según las encuestas del CIS. La sociedad ha avanzado en el ámbito civil y en los v
alores de tolerancia y respeto mucho más de lo que el legislador de estos años estaba capacitado y dispuesto a asumir. Esto explica que las leyes en este momento sean fruto de, más que una demanda, un clamor popular.
En esta sociedad, la diferencia o el ser diferente se trata como la deficiencia, la minusvalía o la anormalidad. Hoy por hoy, en el tratamiento de la diversidad, utilizamos el término de integración. Pero, ¿qué significa integración? Integrar significa adaptar a aquellos que son diferentes, aceptarlos e incorporarlos al sistema.
Desde nuestro punto v
ista, la v
erdadera atención a la diversidad significa justo lo contrario: adaptar el sistema y considerar la diversidad como un v
alor social.
En este sentido y extendiendo la propuesta de Koerner y Hulsebosch (1996), es fundamental la integración de la diversidad familiar en las instituciones autonómicas y estatales. Proponemos:
•La participación activa de las instituciones autonómicas y estatales en la concienciación y difusión de la diversidad familiar en toda la sociedad, para promover un cambio de conciencia colectiva en este sentido.
•Transversalizar la diversidad familiar en todas las políticas, sean familiares o no.
•Crear y celebrar en el estado Español y, si cabe, a nivel internacional “el día de la diversidad”, en el que se festeje cualquier tipo de diversidad (familiar, sexual, racial, cultural, social, biodiversidad, etc.).
6. CONCLUSIóN
Para terminar, compartimos lo que dice el Ararteko en su reciente informe Políticas de apoyo a las familias en Euskadi: ”A pesar de que se ha dado un claro salto en la protección y reconocimiento de la existencia de familias diversas, aún queda mucho camino por recorrer”.
Desde Sehaska somos conscientes de la importancia de nuestro papel para v
isibilizar a nuestras familias en los diversos ámbitos en los que nos movemos: en nuestras familias ampliadas, lugares de trabajo, v
ecindario, centros educativos, entorno social, etc.
Somos conscientes también de que a nuestras hijas e hijos les toca enfrentarse y convivir en una sociedad que muchas v
eces cuestiona y no acepta su realidad familiar. Pero, por otro lado, tenemos la tranquilidad de saber, y cada día más estudios lo avalan, que las familias homoparentales obtenemos la máxima calidad en el contexto familiar que ofrecemos y nuestros descendientes obtienen también calificaciones por encima de la media en cuanto a competencia social, competencia académica y autoestima. Creemos que ello se debe fundamentalmente a que encontrar una pareja estable y construir una familia nos requiere un mayor esfuerzo, lo que redunda en una mayor madurez y responsabilidad a la hora de mantenerla.
Nos sentimos personas y familias de pleno derecho y así queremos trasmitirlo a la sociedad y al mundo.
7. BIBLIOGRAFíA
Agustín Ruiz, Santiago (2013). Familias homoparentales en España: integración social, necesidades y derechos.
Universidad Autónoma de Madrid.
Aznar Márquez, Juana y Belmonte Martín, Irene (2013). Las familias como elemento subsidiario del estado de bienestar.
Baccino, Giuliana (2006). Parejas homosexuales. Universidad de Salamanca.
Brief of American Psychological Association, The California Psychological Association, The American Psychiatric
Association and The American Association for Marriage and Family Therapy (2010).
Cadoret, Anne (2003). Padres como los demás. Homosexualidad y parentesco.
Canadian Phychological Association (2006). Marriage of Same-Sex Couples.
Centro de Documentación y Estudio SIIS (2013). Pobreza Infantil en Euskadi.
COGAM (2013). Homofobia en las aulas.
Comas d’Argemir, Dolors (2007). Family today - Individuality and public policies. Rovira i V
irgili University.
Euskal Herriko Lesbiana, Gay, Transexual eta Bisexualen Elkartea, GEHITU (2009). Actitudes de adolescentes ante la diversidad afectivo-sexual.
FELGTB. Construyendo la igualdad: adolescencia, sexismo y diversidad afectivo sexual.
Flaquer, Lluís (2004). La articulación entre familia y el Estado de bienestar en los países de la Europa del sur.
Universitat Autónoma de Barcelona, Departamento de Sociología.
Goldberg, Abbie E. (2007). Talking About Family Disclosure Practices of Adults Raised by Lesbian, Gay and Bisexual Parents. Clark University, Worcester, MA.
González, María del Mar (2009). Nuevas familias, nuevos retos. Universidad de Sevilla.
González, María del Mar y Sánchez, María ángeles (2003). Familias homoparentales y sus redes de apoyo social.
Universidad de Servilla.
Martínez Pérez, Sandra y Zielonka, Liliana (2008). La escuela ante las nuevas configuraciones familiares.
Oltra Jarque, Mónica (2005). Cambios legislativos. Situación actual y repercusión en las nuevas formas de familia.
Pichardo, José Ignacio (2009). Homosexualidad y familia: cambios y continuidades. Universidad Complutense de Madrid.
Stacey, Judith and Biblarz, Timothy J. (2001). Does the Sexual Orientation of Parents Matter?
The Australian Psychological Society Ltd. (2007). Lesbian, Gay, Bisexual and Transgender Parented Families.
FAMILIAS MONOPARENTALES: LIMBO JURíDICO Y SOCIAL
ISADORA DUNCAN FUNDAZIOA / FUNDACIóN ISADORA DUNCAN
En España, el concepto de familia v
iene asociado a un documento público, como es el libro de familia, de modo que al nacer un/a niño/a o contraer matrimonio se emite uno y jurídicamente se pasa a tener este “status”.
Sobre esta base se legisla en el ámbito familiar, civil y socioeconómico, y se establecen distinciones, por ejemplo, las numerosas. Ahora bien, esta igualdad es relativamente reciente. Por ejemplo, hasta el año 1984 –sí, 1984– las madres solteras no podían acceder a él (se sustituía el libro de familia por uno llamado “de filiación”). En numerosos ámbitos las inercias del pasado y una legislación continuamente parcheada, pero nunca abordada en su conjunto, hace que las familias no sean iguales, ni mucho menos, dependiendo básicamente del estado civil de sus constituyentes originarios. Y en este estado de cosas, las familias monoparentales sin matrimonio son las más perjudicadas.
1- EL CONCEPTO DE MONOPARENTALIDAD
Si el concepto de familia parte de una oficialidad reconocida en documento público, el de monoparentalidad es, sin duda, difuso, aunque a nivel social todo el mundo da por hecho que se trata de familias con una única persona adulta a su frente, en la inmensa mayoría de los casos mujer, y se asocia sin dudar a madres solteras y separadas (las v
iudas son un caso aparte y esto tiene su explicación).
Pero este concepto social no tiene correspondencia legislativa, excepto para un organismo: la Agencia Tributaria, y la v
erdad que mejor que no fuera así, porque lo que sistemáticamente hace es penalizarnos fiscalmente, sobre todo porque a partir de los 18 años de edad de los/as hijos/as, tiene clarísimo que ya no hay familia que v
alga.
Sin embargo, en los últimos años se está produciendo una cascada de normativas, sobre todo a nivel autonómico y municipal, donde basándose en la situación familiar se introduce el concepto de monoparentalidad para establecer tasas, acceso a servicios, etc., y cada cual interpreta este a su libre albedrío con mayor o menor fortuna, pero en general obviando un hecho objetivo: el 74% o más de las familias monoparentales lo forma una mujer sola y un/a único/a hijo/a menor de edad.
Además, se está produciendo un claro efecto contagio, acentuado con la crisis, por el que para prestaciones o ayudas sociales, hoy por hoy de pura supervivencia, hay unos baremos condicionantes en los que tener un único/a hijo/a es un factor determinante, o bien para no acceder o ser claramente discriminadas en la cuantía a percibir al margen de otras consideraciones.
Hay que mencionar el caso de las comunidades autónomas donde se han animado a crear un “carnet” o reconocimiento de la situación de familia monoparental, caso v
alenciano, por ejemplo, que es de nota, muy mala por cierto, pues parte de la necesidad de tener dos hijos/as o más para obtener ese carnet, con sus posibles v
entajas cuando, como hemos dicho, esto deja fuera nada menos que a tres de cada cuatro familias monoparentales. Quizá en el futuro se les ocurra crear el carnet de segunda división de familia monoparental y a las otras les den el de división de honor, como hacía el franquismo con las familias numerosas.
En Cataluña, con más imaginación, sí se incluye a todas, pero dotaron a este carnet de v
oluntariedad en su reconocimiento y así no implica a todos los municipios, solo a los que se adhieran (pocos) y para ofrecer v
entajas socioeconómicas para la propia Generalitat (su emisora) se crea toda una maraña de reglamentaciones a interpretar por cada consellería u órgano autónomo, por lo que su utilidad antes de los recortes era más que discutible y ahora es más o menos papel mojado.
2- IMPLICACIONES DISCRIMINATORIAS Y FAVORECEDORAS DE LA POBREZA DE LA SITUACIóN ACTUAL
No pretendemos hacer aquí un compendio exhaustivo de todas las situaciones discriminadoras, porque ni las conocemos todas ni es el objetivo de esta ponencia, pero sí que queremos resaltar algunas especialmente llamativas o lacerantes:
Seguridad Social
Su legislación es todo un mundo, cierto, pero hay dos situaciones cuando menos llamativas. Si ustedes han tenido un/a hijo/a y no se han casado ni obtenido un reconocimiento de pareja de hecho, no importa ni sirve para nada su libro de familia para acceder a una pensión de v
iudedad, se la denegarán de oficio, algo que no ocurre para las demás familias. Sin embargo, para la prestación universal por “hijo a cargo”, que es ridícula, por otro lado, ya solo se tiene en cuenta la renta familiar y da igual el estado civil o familiar. Convendrán con nosotras que es cuando menos curioso y de lo más indignante.
Agencia Tributaria
De lo más diligente. Ya tiene su casilla para marcar familia monoparental en el IRPF, con su correspondiente desgravación, en principio más progresiva, pero solo en principio, pues a medida que se le introducen “correcciones”, estas v
an laminando toda esa progresividad terminando por ser penalizadora. Y como colofón, finalizando con una prontitud y brusquedad única, a su juicio la convivencia familiar termina con la mayoría de edad de los/as hijos/as a cargo, con la excepción de una gran discapacidad, algo que no hacen otros organismos o legislaciones estatales con el resto de familias.
Becas y educación
El concepto de familia monoparental a nivel estatal en los organismos educativos no existe, así, sin más. Parece que no se hablan con Hacienda. Sí existen familias numerosas y curiosamente v
iudas, pero otras “moderneces” aún no han llegado.
Como consecuencia, el caos está servido a nivel autonómico para todo tipo de becas, baremos de acceso a los centros de enseñanza, comedores escolares, ayudas para libros de textos, tasa universitarias, etc., y de nuevo y curiosamente en general, penalizando la monoparentalidad no tradicional, bien por ignorancia o intencionadamente.
Vivienda
Aquí v
olvemos a existir, pero quizá quien introdujo el concepto en la legislación estatal en este campo era v
alenciano, pues para facilitar el acceso a la v
ivienda de las familias monoparentales tienen que tener dos o más hijos/as, “detalle” que como hemos dicho deja fuera a tres de cada cuatro familias monoparentales.
Tenemos que mencionar el Código de Buenas Prácticas ante situaciones de insolvencia hipotecaria, esa modificación v
oluntaria de la Ley Hipotecaria para frenar dramas de desahucio que, para v
ariar, tampoco entra en disquisiciones familiares y se limita a marcar un umbral del 50% de cuota hipotecaria de la renta familiar disponible para poder acogerse, sin importar su composición ni otras menudencias.
3- LEGISLACIóN LABORAL Y DE CONCIALIACIóN DE LA V
IDA LABORAL Y FAMILIAR
Otro mundo. Jurisprudencia continuamente cambiante, interpretada en su alcance con sentencias judiciales a menudo contradictorias, pero que en general ignora la realidad de la familia monoparental y termina siendo un laberinto, en el que quien intenta ejercer derechos fundamentales o acogerse a leyes generalistas de conciliación debe encomendarse a la fortuna o buenos bufetes legales, poco más o menos.
Pero tener un buen bufete legal tampoco garantiza que el Tribunal Constitucional v
ele por que tus derechos no sean v
iolados y a las pruebas nos remitimos. El BOE publicó el mismo día dos sentencias, una de la Sala Primera y otra de la Sala Segunda. Los dos casos tienen cierto parecido y utilizan más o menos los mismos argumentos y leyes. En una de las sentencias es un v
arón el que demanda a la Junta de Castilla y León por no concederle el turno de noche en su trabajo, turno que facilitaría conciliar mejor su v
ida familiar y profesional. La otra sentencia se refiere a una mujer que acaba de tener una hija, constituyendo una “unidad monoparental” (según el propio tribunal), y que solicita adherirse a cualquiera de los turnos de mañana para poder cuidar mejor a su hija recién nacida, que debido a su monoparentalidad depende totalmente de ella.
La Sala Primera, para dar amparo al v
arón, se basa en “reconocer su derecho fundamental a la no discriminación por razón de sus circunstancias personales” (art. 14 CE). Entre los razonamientos que expone la sentencia, afirma que este caso obliga a v
alorar las concretas circunstancias personales y familiares que conciernen al trabajador demandante. En relación con las circunstancias familiares concurrentes, conforme a los datos obrantes en las actuaciones, resultaba necesario tener en cuenta el número de hijos/as del recurrente, su edad y su situación escolar, en su caso, así como la situación de su cónyuge y la posible incidencia que la denegación del horario nocturno al recurrente podría haber tenido para conciliar su actividad profesional con el cuidado de sus hijos/as.
Sentencia unidad monoparental (¿familia?)
Casi todos los artículos de las leyes que utiliza la Sala Primera para dar amparo le sirven a la Sala Segunda para denegárselo a la “unidad monoparental”. Razona además que ni el convenio colectivo ni la LEC (Ley del Estatuto de los Trabajadores) contemplan esta situación y que solo sería posible un acuerdo entre los propios interesados (empresario-trabajadora). Prueba de ello lo es también que habiendo sido propuesta durante la tramitación parlamentaria de la citada LEC, que pretendía incorporar en el apartado 8 del art. 34 un nuevo punto referido a la adopción de un régimen más flexible en la elección de horarios de trabajo, sobre todo en los casos de familias monoparentales, esta propuesta no prosperase, manteniendo el proyecto su actual contenido, que incluye sin excepción la remisión a lo que establezca el convenio. Por lo tanto, no aprecian que se infrinja el art. 14 CE que se denuncia. Referente a sus circunstancias familiares, se limita a decir: “la recurrente dio a luz a una hija nacida en noviembre del 2006 y forma una unidad monoparental”.
Como se puede comprobar, las mismas leyes que sirven para amparar a la familia biparental sirven también para el desamparo de la “unidad monoparental”. La familia monoparental es ignorada, y nos atrevemos a decir menospreciada, por los/as legisladores/as. Solo hay que v
er el tratamiento que recibimos (“unidad monoparental”), los argumentos y el v
ocabulario que utiliza el tribunal. Para nosotras está diciendo “vosotras no sois una familia, sois una filiación”, ¿y quién es el Tribunal Constitucional para cambiar eso?
La sentencia que hace referencia al v
arón fue fuertemente publicitada por todos los medios de comunicación y en las redes sociales; para la otra, silencio total.
No queremos entrar en el desarrollo normativo de comunidades autónomas y municipios, porque, como hemos reiterado, lo mejor que podemos decir es simplemente caos.
4- ALTERNATIVAS: LA LEY DE FAMILIAS MONOPARENTALES
Nuestra fundación inició en el año 2009 una campaña para intentar lograr una ley estatal de familias monoparentales, que cree un marco jurídico y legal claro que ampare la realidad plural y diversa de las familias monoparentales. Este marco debe empezar por definir a la familia monoparental no por el número de hijos/as, como se está haciendo en este caos que padecemos, sino por un único/a progenitor/a responsable. Esta situación está dejando fuera a las familias con un/a descendiente, ya ni siquiera en exclusión social, el cajón de sastre de los servicios sociales.
El reconocimiento del arco de la monoparentalidad permitirá un desarrollo legislativo armonizado a todos los niveles de la Administración y en todos los ámbitos, pues a nuestro entender es la única v
ía efectiva para avanzar y consolidar una igualdad real de derechos y obligaciones que si ya era importante antes, actualmente, con el empobrecimiento generalizado causado por la crisis, lo es más.
Les traslado una reflexión: cuando se habla del drama y el escándalo de las cifras de la pobreza infantil en nuestro país, seguro que adivinan quiénes son los/as más afectados/as.
5- ACOSO A LA MONOPARENTALIDAD
Encontramos a menudo desinterés, rechazo disimulado o incomprensión, alegando un ingenuo y bienpensante “si ahora ya es normal”, pero realmente las inercias morales que hacen que la monoparentalidad no sea una realidad deseable sino un mal inevitable siguen aquí, de otra forma, pero siempre presentes. Tan presentes están que solo hay que mirar los estudios, informes, etc. que se publican. Todo es negativo en nuestras familias; somos las causantes de todos los males de esta sociedad. Por poner algún ejemplo:
En Inglaterra, en el año 2011, altercados en Londres y otras ciudades. Culpables: las familias monoparentales.
En España, las universidades que preparan a nuestros/as profesionales de salud, por ejemplo, la Jaime I de Castellón y sus famosas diapositivas que saltaron a la prensa por el carácter homófono que destilaban, pasando inadvertido el ataque frontal a las familias monoparentales. Lo más grave para nosotras es la explicación del rector: las diapositivas eran material sacado de la bibliografía básica que se utiliza para la impartición del grado nada menos que de Salud Pública.
La respuesta de algunos/as alumnos/as tampoco deja muchas dudas sobre cómo lo v
en: como algo normal y nada discriminatorio, solo son unas diapositivas.
Nos hacemos esta pregunta: ¿qué atención pueden prestarnos estos/as profesionales cuando la carga en solitario de la crianza nos desborda y afecta a nuestra salud?
UNA APORTACIóN DESDE LAS FAMILIAS CON HIJOS E HIJAS DEPENDIENTES
ARABAKO ASPACE / ASPACE áLAVA
INTRODUCCIóN
La familia, núcleo del desarrollo individual por excelencia, es un sistema donde el bienestar de uno de los miembros repercute en el resto de componentes. El nacimiento de un hijo con parálisis cerebral infantil (PCI) causa una intensa y prolongada alteración en la v
ida familiar que no solo alterará la funcionalidad familiar1
inicial, sino que conforme los hijos e hijas v
an creciendo, la v
ariedad e intensidad de sus necesidades v
a a ir v
ariando y haciéndose más complejas.
El nacimiento de un hijo/a con PCI es un acontecimiento inesperado para unos padres y madres que meses antes han generado una serie de expectativas y planes de futuro muy distintos a los que se encuentran.
Si bien las personas con parálisis cerebral (PC) no deben considerarse enfermas, sino personas con unas características específicas de las que se derivan necesidades especiales, sus limitaciones se convertirán en discapacidad solo como consecuencia de no recibir los apoyos adecuados para reducirlas. Por lo tanto, de una atención, rehabilitación física y educación de calidad dependerán en gran medida las capacidades de estas personas en el futuro.
Con el objetivo de conocer las necesidades de las personas con PC y poder elaborar, con base en esas necesidades, respuestas adecuadas desde la asociación, en el año 2011 ASPACE álava editó, bajo el título Estudio de necesidades ASPACE, las conclusiones obtenidas a través de la realización de 101 entrevistas a socios, socias y familiares de la asociación.
Las conclusiones del estudio realizado fueron el fruto del análisis cuantitativo de los datos obtenidos en las entrevistas. Por ello, para la realización esta ponencia se ha considerado relevante trasladar algunas de esas conclusiones por lo clarificadoras que resultan a la hora
de aproximarnos a conocer la incidencia que la parálisis cerebral supone a lo largo del ciclo v
ital de las familias.
No obstante, posteriores acontecimientos, como la crisis económica, han alterado sustancialmente ciertas situaciones, tal y como v
enimos observando en el día a día en la atención directa al colectivo. Pero esta, la crisis económica, no puede convertirse en el argumento que justifique los recortes en los ámbitos social, educativo y sanitario. La austeridad no puede mermar los apoyos y la atención que las personas con PC tienen.
1- UNA PEQUEÑA APROXIMACIóN A LA PARáLISIS CEREBRAL
Para poder comprender mejor a las familias que atendemos desde ASPACE álava (Asociación de Parálisis Cerebral y Alteraciones Afines) resulta imprescindible conocer las características principales del colectivo de personas que padecen esta afectación tan compleja que ocasiona, generalmente, altos niveles de dependencia que repercuten necesariamente en la dinámica familiar.
La Confederación ASPACE (Confederación Española de Federaciones y Asociaciones de Atención a las Personas con Parálisis Cerebral y Afines) define la parálisis cerebral como “un trastorno global de la persona consistente en un desorden permanente y no inmutable del tono, la postura y el movimiento, debido a una lesión no progresiva en el cerebro antes de que su desarrollo y crecimiento sean completos. Esta lesión puede generar la alteración de otras funciones superiores e interferir en el desarrollo del sistema nervioso central”.
Así mismo y tal y como se señala en la Guía para padres primerizos, editada por la propia Confederación ASPACE (2008:10), la parálisis cerebral (PC) se produce por una lesión irreversible en el encéfalo en una etapa en la que este está en desarrollo. Esta lesión siempre ocasiona, en mayor o menor medida, alteraciones en la postura, el tono muscular y el movimiento. Junto con estas dificultades en el movimiento, pueden aparecer alteraciones sensoriales, de comportamiento, de personalidad, cognitivas, comunicativas o de salud, que hacen que en ocasiones se entienda que estamos ante personas con pluridiscapacidad.
En definitiva, los niveles de afectación de las personas con PC pueden ser muy diversos y la combinación de v
ariables múltiple. En algunas personas la parálisis cerebral es apenas apreciable; en otras, sin embargo, el grado de afectación es importante.
Algunas personas precisan de sillas de ruedas para desplazarse; otras caminan con o sin dificultad; algunas presentan un habla normal y otras precisan de sistemas de comunicación alternativos; algunas no presentan dificultades cognitivas, otras, sin embargo, tienen asociada una discapacidad cognitiva. No hay dos personas afectadas de la misma manera2.
2- CARACTERíSTICAS DE LOS SOCIOS Y SOCIAS DE ASPACE áLAVA
ASPACE álava cuenta en la actualidad con 160 socios y socias, de los cuales 126 son socios/as afectados por parálisis cerebral y/ o alteraciones afines.
En cuanto al perfil socio-demográfico, la asociación está dividida en dos grandes grupos atendiendo a las necesidades diferenciadas de cada uno de ellos: por un lado, los/as menores de 20 años y, por otro, las personas asociadas mayores de 20. Respecto a la v
ariable sexo, tal y como puede apreciarse en los siguientes gráficos, un 62,6% son hombres y el 37,4% restante mujeres.
Distribución del colectivo según edad y sexo
Respecto a los grados de limitación funcional y la situación de dependencia del colectivo, el 69% de las personas tiene un porcentaje de minusvalía superior al 75%, el 60% del colectivo se desplaza en silla de ruedas, el 60% tiene dificultades para comunicarse y el 66,3% presenta discapacidad cognitiva.
Grado de discapacidad
Por lo tanto, se trata de un colectivo de personas que presenta unos niveles de discapacidad muy importantes que conllevan necesariamente una situación de dependencia y apoyo generalizado.
En este sentido y teniendo en cuenta las resoluciones de las v
aloraciones de dependencia emitidas por el IFBS, del mencionado estudio se extrae que el 75% de los socios y socias tienen reconocida una situación de dependencia en grado III (gran dependencia).
En cuanto a la unidad de convivencia, como puede observarse en el gráfico siguiente, en el caso de la población asociada a ASPACE, el 80% de los socios y socias residen con sus familiares, frente al 12% que lo hace en recursos residenciales o el 9% que lo hace de forma autónoma. Eso significa que la mayor parte del colectivo está siendo atendida principalmente por sus familiares, quienes atienden a sus hijos e hijas durante años proporcionándoles y ayudándoles a llevar a acabo las actividades básicas de la v
ida diaria (ABVD).
Unidad de convivencia
3- CUIDADOS EN EL ENTORNO FAMILIAR
Cuando hablamos de un colectivo con altos grados de afectación y niveles de dependencia necesariamente hay que tener en cuenta a quien o a quienes se encargan de su cuidado y atención. En el caso de las personas que tienen una PC estos cuidados los realiza fundamentalmente la familia.
La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (LAAD), en su artículo 2.5 define los cuidados no profesionales como “la atención prestada a personas en situación de dependencia en su domicilio, por personas de la familia o de su entorno, no v
inculadas a un servicio de atención profesionalizada”.
Los cuidados informales además son tareas que se consideran necesarias, pero que permanencen ignoradas, ya que se hacen v
isibles, se v
aloran y se cuantifican cuando dejan de realizarse por la familia y, por tanto, son asumidas desde las instituciones (Valderrama, 2007: 330).
En el caso de ASPACE álava, el 86% del colectivo percibe la prestación económica para cuidados en el entorno familiar, lo que refleja que nuestro colectivo está siendo atendido principalmente por familiares que ejercen de cuidadores/as no profesionales.
La mujer-madre como principal cuidadora y las dificultades para su inserción laboral
Cuando en una familia nace un niño/a con PCI, las numerosas v
isitas médicas, los ingresos hospitalarios, las intervenciones quirúrgicas y sus consiguientes cuidados dificultan indudablemente la conciliación de la v
ida familiar y laboral de sus progenitores. Las complicaciones en la salud de las personas con PC, sobre todo los primeros años de v
ida, los cuidados y la atención que estos hijos e hijas requieren provoca ausencias reiteradas en los puestos de trabajo.
Para poder abordar esta situación, generalmente las familias optan por solicitar una reducción de la jornada laboral e incluso la baja en el puesto de trabajo, con el fin de poder dedicar más tiempo y esfuerzo al cuidado que sus hijos e hijas requieren.
Como se ha mencionado anteriormente, las lesiones que provoca la parálisis cerebral suceden durante la gestación, parto o durante los primeros años de v
ida3. Eso ocasiona que en muchas ocasiones sea el v
ínculo afectivo que se crea con el bebé durante la baja por maternidad el que hace que sea la madre la que opte por asumir los cuidados de su hijo o hija, prescindiendo, si la situación así lo requiere, de reincorporarse al mercado laboral.
Por lo tanto, dentro de las familias es la mujer quien principalmente asume la atención del hijo/a dependiente, por lo que en mayor o menor medida se dificulta su inserción laboral.
Resulta por lo tanto necesario compensar estos cuidados, bien contrarrestando la falta de ingresos a través de recursos económicos y prestaciones dirigidas a compensar los importantes gastos que supone el atender adecuadamente a una persona en situación de gran dependencia, bien impulsando y reforzando actuaciones encaminadas a favorecer la conciliación de la v
ida familiar y laboral a través del establecimiento de jornadas compatibles con el cuidado de las personas en situación de gran dependencia.
Las personas cuidadoras envejecen y su salud se resiente. El futuro como máxima preocupación
El cuidado de una persona en situación de gran dependencia acaba afectando a la salud de las personas cuidadoras. En el caso de las familias que atendemos en ASPACE, en las que los hijos e hijas presentan altos niveles de dependencia y cuya permanencia en el domicilio familiar se prolonga durante todo el ciclo v
ital de los mismos/as, si bien las consecuencias del cuidado no inciden en toda la familia, sí que repercuten directamente en la salud de las personas cuidadoras.
La fatiga, el cansancio, los dolores de espalda, incluso la ansiedad y el estrés aparecen en la medida en que la población cuidadora se v
a haciendo mayor.
Aunque las familias apuran al máximo el tiempo dedicado a atender a sus hijos e hijas con la estancia de estos/as en el hogar y, a priori, son resistentes a solicitar recursos residenciales, según v
an haciéndose mayores los centros residenciales y o de respiro familiar aparecen como la alternativa de futuro más solicitada.
Los altos niveles de afectación y dependencia del colectivo, el desgaste de las personas que ejercen de cuidadoras, la edad de las mismas, los cambios acontecidos en la propia sociedad y el cambio con respecto a la previsión de futuro de los hijos e hijas fuera del ámbito familiar hacen indudablemente que los recursos residenciales y de respiro familiar se constaten como una necesidad en alza.
En este sentido, es necesario tener en cuenta que las v
inculaciones afectivas y de dependencia que generan los cuidados de los hijos e hijas con discapacidad hacen que sean necesarios pasos intermedios y climas de confianza, que permitan una preparación previa antes de dar el paso a un recurso residencial.
Pero para ello se precisan residencias y centros de respiro familiar de calidad, que cubran las necesidades de sus usuarios y usuarias en función de sus propias competencias personales y sus capacidades de adaptación. Contar con un modelo residencial de calidad no solo asegura una adecuada atención a los usuarios y usuarias del mismo, sino que además genera climas de confianza y tranquilidad en las familias cuidadoras, que evidentemente les proporcionará un v
erdadero respiro familiar.
Además, estos modelos residenciales tienen que estar organizados desde la planificación centrada en la persona, considerada esta en su conjunto y donde sea ella, la propia usuaria, el centro del proceso, pero donde la familia también, por su papel esencial en la v
ida de estas personas, pueda participar en el proceso de propuesta y decisión.
El impacto de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia (LAAD)
Indudablemente ha habido un antes y un después desde la implantación de la LAAD en la v
ida de las familias encargadas del cuidado principal de sus hijos e hijas en situación de dependencia.
La implantación de la LAAD ha permitido tanto a las familias cuyos hijos e hijas están siendo atendidos en los centros escolares, como a aquellas familias cuyos hijos e hijas acuden a centros para personas adultas:
•Primero, que sus hijos e hijas, a consecuencia de padecer una parálisis cerebral o alteración afín, sean v
alorados/as en situación de gran dependencia y que, por tanto, se les reconozca el derecho subjetivo a acceder a las prestaciones y servicios previstos en la propia ley, destinados a poder desarrollar las actividades esenciales de la v
ida diaria y a alcanzar una mayor autonomía personal.
•Segundo, que como consecuencia de esa v
aloración de dependencia y por recibir los cuidados por parte del entorno familiar, las personas cuidadoras (en más del 80% de los casos de la población de ASPACE) hayan podido acogerse a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar (PECEF).
No obstante, cabe señalar, y así lo v
erbalizaron las familias en las entrevistas, que la implantación de la ley generó muchas y muy altas expectativas que con el tiempo fueron truncándose. Un ejemplo de ellas fue la posibilidad de suscribir un convenio especial (de afiliación, alta y cotización) con la Seguridad Social en calidad de cuidadoras no profesionales, que si bien durante unos años fue asumido por la Administración, en la actualidad, y tras la llegada de la crisis económica, las personas que quieran suscribirse a él han de abonarlo por cuenta propia.
En cuanto a las prestaciones de la LAAD, llama la atención, como hemos señalado anteriormente, que el 86% de nuestros socios y socias perciban la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y que ninguna persona perciba la prestación económica de asistencia personal prevista en la ley. En álava son muy pocas las personas que tienen reconocida esta prestación, probablemente debido a su propia regulación que, como se observa en su definición4, no resulta una v
erdadera alternativa para la inclusión de la personas con discapacidad en todos los aspectos de la v
ida, ya que quedan excluidos aspectos sumamente importantes como el ocio y el tiempo libre.
4- ATENCIóN SOCIOSANITARIA
La situación con respecto a la atención médica
Los altos niveles de afectación antes señalados, así como la v
ariedad de trastornos asociados a la parálisis cerebral, conllevan necesariamente una atención médica de distintos especialistas (neurólogo, rehabilitador, oftalmólogo, traumatólogo, etc.) que se hace más frecuente en los primeros años de v
ida de los hijos e hijas.
Que esta atención sea adecuada y que exista coordinación entre los distintos facultativos es una necesidad sumamente demandada por las familias.
La atención fisioterapéutica y otros apoyos imprescindibles
Teniendo en cuenta que la parálisis cerebral se manifiesta fundamentalmente en el plano motor (tono muscular, postura y movimientos) y siendo este el denominador común de todas las
personas afectadas, el abordaje de una correcta rehabilitación-habilitación motriz resulta imprescindible para conseguir el bienestar de las personas con parálisis cerebral.
Esta atención, que las familias consideran expresamente un derecho universal que debiera ser cubierto por las instituciones, no parece tener la misma consideración para estas últimas, dado el escaso compromiso de las administraciones con el tema.
Los tratamientos de fisioterapia son de suma importancia en la calidad de v
ida de nuestros socios y socias. La falta de definición y delimitación de las competencias en esta área trae como consecuencia unos considerables déficits de atención, que pudimos observar en su momento a través del estudio de necesidades y que hoy por hoy siguen siendo una realidad que continúa sin abordarse desde ningún ámbito.
Si bien los niños y niñas con necesidades educativas especiales (NEE) que así lo precisan cuentan con apoyo de fisioterapia dentro del sistema educativo, una v
ez pasan a formar parte de la red de centros ocupacionales, centros de día, centros de autonomía personas… estos tratamientos dejan de ser cubiertos por la Administración pública. Estas lagunas en la atención sanitaria y la ausencia de atención de fisioterapia conllevan a las familias a tener que asumir el coste de los tratamientos en el ámbito privado.
Dicho esto, no podemos pasar por alto tampoco que los tratamientos de fisioterapia se han v
isto reducidos en los últimos dos años debido a los recortes sufridos en el ámbito educativo, provocando que muchos alumnos y alumnas hayan v
isto reducidas sus horas de tratamiento, llegando alguno a dejar de contar con este apoyo específico.
5- SITUACIóN OCUPACIONAL
En cuanto a la ocupación de las personas que componen ASPACE, decir que la mitad de las ellas se encuentra en etapa escolar, la otra mitad acude a centros para personas adultas y únicamente el 9% de nuestros socios y socias se encuentra trabajando.
La etapa escolar
Como se ha señalado anteriormente, la parálisis cerebral es una discapacidad compleja, con diferentes grados de afectación, que abarca v
arios ámbitos, que influyen tanto en la estructura y dinámica familiar como en la propia relación con el entorno, la cual, en ocasiones, se v
e gravemente alterada.
La etapa escolar del alumnado con PC suele prolongarse hasta los 21 años de edad. Estos alumnos/as con NEE se distribuyen en aulas estables, aulas de aprendizaje de tareas, integración, educación combinada y en centros de educación especial.
Para garantizar una adecuada enseñanza de calidad que favorezca y potencie al máximo el potencial de desarrollo del alumnado con NEE, es necesario que desde el ámbito educativo se dé una adecuada respuesta a las necesidades específicas del alumnado con PC.
Para ello, resulta imprescindible dotar a los centros educativos de aquellos recursos personales y materiales que el alumnado necesite, ya que de estos recursos dependerán en gran medida las capacidades de estas personas en el futuro.
Así mismo, resulta necesario establecer herramientas y protocolos de actuación para que los centros sean capaces de gestionar adecuadamente las necesidades de este alumnado, tanto en los aspectos educativos como en aquellos otros que se generan alrededor, incluyendo su efectiva inclusión a los centros de estudio.
Para que esta respuesta educativa además tenga una continuidad en toda la etapa educativa y no se v
ea truncada por los cambios de etapa, cambios de centro y/o cambio de profesionales, es importante poder contar con una figura de referencia especializada en parálisis cerebral que sirva de puente entre los distintos profesionales y las familias. De ahí la importancia de que se establezcan buenos canales de comunicación con las familias, ya que si bien entendemos que la transmisión de la información relativa al ámbito educativo corresponde a los y las profesionales de ese ámbito, existe otro tipo de información relativa a los cuidados del día a día que únicamente pueden trasladar las familias.
Los centros para personas adultas
Debido a los altos niveles de dependencia de nuestro colectivo, una v
ez acabada la etapa educativa, el 70% de las personas con PC acude a centros para personas con discapacidad de la Diputación Foral de álava.
El paso a esta tipología de centros suele ocasionar, por lo general, miedo e incertidumbre en las familias. El hecho de que sus hijos e hijas salgan del ámbito educativo y pasen a formar parte, durante el resto de sus años, de la red de recursos para personas con discapacidad en principio genera cierta ansiedad y miedo. Por un lado, miedo a que sus hijos e hijas no se adapten a los centros; por otro, a que desde estos se deje de potenciar las capacidades de sus hijos e hijas e incluso, en ocasiones, miedo a que estos pierdan ciertas capacidades adquiridas en el ámbito educativo (leer, sumar, restar, manejar el dinero…).
Estos centros, gestionados mayoritariamente por la Diputación Foral de álava, reciben una v
aloración muy positiva por parte de sus usuarios y usuarias, pero a pesar de que la satisfacción general es buena, no podemos pasar por alto las demandas de las familias que señalan la falta de adecuación de algunos centros a las características de las personas como un tema a corregir. Así, por ejemplo, resulta sorprendente que personas con limitaciones funcionales pero competentes en ámbitos cognitivos, sociales, etc. no dispongan de herramientas básicas de comunicación, como el acceso a Internet en los centros a los que acuden.
Así mismo y nuevamente, los tratamientos de fisioterapia y logopedia en estos centros aparecen como los apoyos más demandados por familiares, usuarios y usuarias.
Las dificultades para la inserción laboral
La ocupación laboral de las personas con PC y afines es realmente baja, siendo únicamente un 15% de la población asociada la que se encuentra trabajando. Si analizamos las características de este 15% de población asociada que se encuentra trabajando, observamos que principalmente se trata de personas con poca afectación a nivel motórico y buena capacidad manipulativa.
Teniendo en cuenta que la PC implica siempre un trastorno en el movimiento que ocasiona daños v
ariables en el tono muscular, la capacidad de maniobrar se v
e en ocasiones comprometida. Esto, ante las condiciones y requisitos de los puestos de trabajo diseñados actualmente y la falta de adaptación específica de los mismos, provoca que haya muy pocas opciones de empleo dirigido a esta población.
Hoy por hoy, el mercado laboral y la sociedad en general siguen sin estar preparadas para la incorporación de estas personas y se está todavía a la espera de desarrollar modalidades de empleo con apoyo, así como otros modelos de trabajo parcial adecuados a las características del colectivo.
El largo camino de la inclusión y la necesidad de apoyos para que esta sea efectiva
Como v
enimos observando diariamente en el acompañamiento a las familias durante las diferentes etapas, a través de los datos recogidos en las entrevistas se pudo constatar que, a pesar de que se hayan producido avances normativos, cuando hablamos de inclusión todavía es mucho el camino por recorrer.
En esta última década se han producido progresos importantes en cuanto al establecimiento de leyes y principios, pero, sin embargo, la participación efectiva de las personas con parálisis cerebral en los programas normalizados sigue dejando mucho que desear. Sirva para ilustrarnos el ejemplo de la participación de nuestro colectivo en los programas de ocio o programas extraescolares del ayuntamiento, la diputación y/o los centros educativos, donde no solo la participación no ha aumentado con respecto a años anteriores, si no que ha disminuido. De ahí que estimamos que para que esta inclusión sea efectiva es necesario proporcionar apoyos a los procesos de integración. Creemos que el papel de ASPACE en este sentido se hace imprescindible a la hora de reforzar los diferentes ámbitos, apoyar al entorno familiar y organizar coherentemente estos espacios de acuerdo con las características y necesidades personales y familiares.
A lo largo del ciclo v
ital de las familias, el apoyo informal (amistades, v
ecinos…) v
a decreciendo, al mismo tiempo que se v
a incrementando el apoyo intrafamiliar, lo que provoca un aislamiento social de estas familias. De ahí las limitaciones sociales de las personas con PCI, ya que estas cuentan con un ámbito social restringido que en muchas ocasiones se ciñe casi exclusivamente a la familia, al ámbito profesional o al tejido asociativo.
Queda mucho camino por recorrer hasta lograr la plena integración de las personas con parálisis cerebral en todos los ámbitos de la v
ida y es precisamente desde las políticas públicas desde donde se puede v
elar y promover una v
erdadera inclusión del colectivo en todos los ámbitos, dotando de presupuesto y apoyando e interviniendo en los entornos, y acompañando a las familias durante las diferentes etapas del ciclo v
ital de sus hijos e hijas.
6- A MODO DE CONCLUSIóN…
Una de cada quinientas personas tiene parálisis cerebral. En todo el mundo hay 17 millones de personas con esta discapacidad, 120.000 de ellas en el Estado español. La parálisis cerebral es la discapacidad motórica más común en la infancia, una discapacidad que, además de ser permanente, compleja y singular, afecta a cada persona de forma muy distinta.
Sin embargo, a pesar de esta alta incidencia y complejidad, la parálisis cerebral sigue siendo una discapacidad poco conocida por una gran parte de la sociedad, lo que contribuye a que las respuestas a sus demandas y necesidades no sean las adecuadas.
El carácter global de la parálisis cerebral, la diversidad de ámbitos en los que se manifiesta (motor, lenguaje, comunicación, cognitivo, sensorial, afectivo-social, bienestar y salud) y la gran v
ariedad de consecuencias que pueden aparecer en cada uno de estos ámbitos hacen imprescindible una atención específica de nuestro colectivo. Esta atención ha de ser adecuada a las necesidades del colectivo y sus familias, además de integral e interdisciplinar, es decir, específica. Se deben tener garantizados los apoyos necesarios para una integración social real y esta obligación debe recaer en las administraciones públicas en primer lugar y en la sociedad civil después. Para ello es necesario el conocimiento y la aceptación de las diferencias que tienen las personas con parálisis cerebral.
Indudablemente, tener un hijo o hija con gran discapacidad ocasiona una serie de modificaciones en el contexto familiar que influyen en el desarrollo v
ital de los individuos por los que está compuesta la familia. El nacimiento de un hijo/a con parálisis cerebral es una importante causa de crisis debido a su perdurabilidad. Una familia con un hijo/a con PC atenderá a su hijo o hija a lo largo de todo el ciclo v
ital del mismo.
Apoyar a las familias no se debe restringir a los primeros momentos de incertidumbre después del conocimiento del diagnóstico. A lo largo de todo el ciclo v
ital de la familia se deberán afrontar numerosas situaciones que harán que la familia entre en una nueva crisis (acceso a la escuela, adolescencia, paso a centro para personas adultas...). Así, cada periodo, cada etapa del ciclo v
ital de la familia hereda en cierta medida las decisiones tomadas en el período anterior, así como las experiencias previas, muy influenciadas estas por los apoyos recibidos.
Las familias con hijos e hijas con PCI, en comparación con otras, experimentan un nivel mayor o menor de estrés, en función de que los recursos con los que cuentan para afrontar las diferentes situaciones sean suficientes o no. Las necesidades de las familias no radican tanto en la provisión de servicios y recursos directamente dirigidos a las personas con PC, sino en servicios más centrados en el sistema familiar que pueden proporcionar ayuda, como los servicios de ayuda domiciliaria, la atención en los momentos de crisis, el asesoramiento y acompañamiento desde el tejido asociativo, la adecuación de los recursos residenciales y de respiro familiar…, es decir, todos ellos servicios orientados y dirigidos a las familias.
El pleno desarrollo de las personas que tienen parálisis cerebral pasa por recibir apoyos en todas las etapas de la v
ida, desde la atención temprana hasta la atención residencial, pasando por la escuela, el apoyo a las familias, el empleo, los centros de adultos, el ocio inclusivo o el deporte adaptado.
7- ASPACE áLAVA: ASOCIACIóN DE PARáLISIS CEREBRAL Y ALTERACIONES AFINES (1989-2014)
ASPACE álava fue fundada en el año 1989 por un grupo de padres y madres sensibilizados con la problemática de sus hijos e hijas, con el objetivo de aunar esfuerzos en la defensa de sus derechos y la atención a sus necesidades.
La misión de la asociación durante sus 25 años de recorrido siempre ha sido y es la de mejorar la calidad de v
ida de las personas con parálisis cerebral y alteraciones afines, con el objetivo de favorecer su inclusión social, acompañando a las familias de las personas afectadas en todo su ciclo v
ital.
Para ello, creemos imprescindible sensibilizar, divulgar, comunicar y proyectar una imagen sobre la parálisis cerebral, así como garantizar la adecuada atención de otros organismos.
Nuestra cultura se basa en la v
isión positiva de la diferencia y en la necesidad de integración social de las personas con parálisis cerebral y alteraciones afines.
Promovemos o creamos servicios necesarios para la mejora de la calidad de v
ida de las personas afectadas. Reivindicamos a los poderes públicos que asuman sus responsabilidades y compromisos para la puesta en práctica de los recursos necesarios. Actuamos para buscar respuestas eficaces a la problemática que la parálisis cerebral origina en las familias. Apostamos por un equipo de profesionales necesarios según las necesidades de cada momento.
Nuestros v
alores: sensibilidad social, ilusión, implicación, profesionalidad y carácter v
oluntario.
Así mismo, abogamos por el v
oluntariado como eje de actuación para la mejora de la calidad de v
ida de las personas afectadas, especialmente en su ocio y tiempo libre.
1Funcionalidad familiar entendida como la capacidad que tiene el sistema para afrontar cada una de las etapas del ciclo v
ital.
2Convenio de funcionamiento entre ASPACE álava y el Instituto Foral de Bienestar Social de álava, pág. 5. 2011.
3CONFEDERACIóN ASPACE (2008). “Mi bebé tiene parálisis cerebral. ¿Qué hacer? Guía para padres primerizos”. Madrid, Confederación Aspace, 11.
4Prestación económica de asistencia personal definida en el artículo 2 del Decreto Foral 39/2014, del Consejo de Diputados de 1 de agosto, que regula las prestaciones económicas del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en álava, como una prestación económica destinada a contribuir a la cobertura de los gastos derivados de la contratación de un/una asistente personal o de v
arios/as asistentes personales que faciliten el acceso a la educación o al trabajo y/o posibiliten una mayor autonomía en el ejercicio de las actividades básicas de la v
ida diaria a las personas en situación de dependencia.