Anexo 2.Comparativa de políticas de apoyo a las familias. Tablas relativas a medidas de compensación de costes y a programas y servicios de orientación familiar
(Tabla 1) . Comparativa de organización gubernamental con relación a la familia, por países
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión Social de Noruega (2012) y Cuestionario de Haro, Sweden National Organisation for Families (2013).
(Tabla 2) . Permiso maternal, por países
País | Semanas | Condiciones |
Alemania | 52-60 | Hasta el 65% del sueldo con un máximo de 1.800 € mensuales, si bien puede incrementarse hasta 300 € más por hijo/a en caso de partos múltiples. |
Austria | 16 | De las 16 semanas, 8 son antes del parto y las otras 8 después. Se paga el 100% del sueldo. En caso de partos múltiples puede ampliarse en 12 semanas más. A partir de esa fecha, se recoge la posibilidad de una excedencia de hasta tres años, con un tope de 436 € mensuales. |
Bélgica | 15 | El primer mes se remunera con el 82% del sueldo, bajando al 75% el resto del período. A partir de la baja, se pueden percibir entre 95 y 532 € mensuales, dependiendo de si se opta por reducir la jornada o se pide una excedencia de hasta un año para el cuidado de la criatura. |
Dinamarca | 52 | Bajo determinadas condiciones, puede llegar al 100% del salario. |
Finlandia | 18 | El porcentaje de salario varía entre un 70% y un 90%, dependiendo del volumen de ingresos previo y del tiempo de baja elegido. También existe cobertura para personas desempleadas y rentas bajas hasta un máximo de 553 € mensuales. Tras la baja, existe una prestación de entre 316 y 484 € al mes para cuidar a la criatura en casa, en función del nivel de ingresos y del tamaño del hogar familiar. |
Francia | 16-34 | 100% del sueldo. En caso de partos sencillos, se disfruta de 16 semanas, pudiéndose llegar hasta las 34 en caso de partos múltiples. A partir de la baja, la madre puede recibir hasta 513 € durante los tres primeros años si opta por una excedencia para el cuidado de la criatura. |
Holanda | 16 | Se paga el 100% del sueldo, con un tope de 177 € diarios máximo. Después se recoge la posibilidad de 26 semanas para la madre y otras 26 para el padre, si bien la compensación económica no es fija y depende de los convenios laborales, existiendo convenios que no recogen pago alguno. |
Irlanda | 26-42 | 80% del sueldo las 26 primeras semanas, pudiendo ampliarse a otras 16, en este caso sin percepción económica. |
Italia | 20 | 80% del sueldo durante esas 20 primeras semanas. A partir de la baja, se puede optar por prorrogarla con el 30% del salario durante otros 6 meses y otros 4 más, estos ya sin prestación económica. |
Luxemburgo | 16 | De las 16 semanas, 8 son antes del parto y las otras 8 después. Se paga el 100% del sueldo. En caso de partos múltiples, puede llegarse hasta los 4 meses. Tras las 16 semanas, se pueden percibir un máximo de 1.778 € durante 6 meses (si se opta por tomar una excedencia durante ese período para el cuidado de la criatura) o 485 € mensuales (en el caso de optar por una reducción de jornada). |
Noruega | 47-57 | Si se opta por 47 semanas de baja, se percibe el 100% del sueldo, mientras que si se opta por 57 semanas, se dispondrá de un salario reducido. En todas las condiciones el máximo anual será de 61.034 €. Si no se está empleada, también existe una cobertura económica anual de 4.528 €. Actualmente el país está en un debate para su ampliación. |
Portugal | 17-22 | Si se opta por el permiso de 17 semanas, se cobra el 100% del sueldo. En cambio, si se elige la opción de 22 semanas, el porcentaje baja al 80% del salario. |
Reino Unido | 52 | El importe de la prestación depende de la antigüedad en el empleo y del nivel de ingresos. En general, se percibe un tope del 90% del sueldo durante las primeras 39 semanas (aunque a partir de la sexta semana existe un máximo de 628 € mensuales). |
Suecia | 34,5 | Se percibe el 80% del sueldo los primeros 195 días y durante el resto del tiempo una tarifa fija de 20 € diarios. Parte del período puede ser transferido al cónyuge. Previo al parto y si hay riesgo, durante un máximo de 50 días se percibe el 80% del sueldo. |
España | 16 | 100% del sueldo. Posibilidad de reducción de jornada sin compensación económica hasta los seis años. |
CAPV | 16 | Se remite a la normativa estatal, si bien a partir de la baja existe una línea de subvenciones que permite compensar una excedencia o una reducción de jornada. |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión Social de Noruega (2012) y Cuestionario de Haro, Sweden National Organisation for Families (2013).
(Tabla 3) . Permiso paternal, por países
País | Existencia | Condiciones |
Alemania | N/D | Posibilidad de compartir la baja maternal. |
Austria | N/D | Posibilidad de compartir la baja maternal. |
Bélgica | Sí | 10 días, de los que 7 son remunerados con el 82% del sueldo. |
Dinamarca | Sí | 14 días, con el 100% del salario. |
Finlandia | Sí | Se aumentan 6 semanas más de baja si se comparte la baja madre/padre. También se contempla un máximo de 42 días complementarios para el padre tras el parto |
Francia | Sí | 11 días con el 100% del sueldo + 3 días con complemento familiar. |
Holanda | Sí | 2 días. |
Irlanda | N/D | Posibilidad de compartir la baja maternal. |
Italia | N/D | Posibilidad de compartir la baja maternal. |
Luxemburgo | N/D | |
Noruega | Sí | 12 semanas (obligatorias, no utilizables por la madre) con el 100% del sueldo. |
Portugal | Sí | 10 días con el 100% del sueldo. |
Reino Unido | Sí | 14 días con el 90% del sueldo, con la posibilidad de 13 semanas más no remuneradas. |
Suecia | Sí | 34,5 semanas. Se percibe el 80% del sueldo los primeros 195 días y durante el resto del tiempo una tarifa fija de 20 € diarios. Parte del período puede ser transferido al cónyuge. |
España | Sí | 13 días, al 100% del sueldo |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión Social de Noruega (2012) y Cuestionario de Haro, Sweden National Organisation for Families (2013).
(Tabla 4) . Transferencias a familias de carácter continuado relativas a la infancia
País | Importe | Condiciones |
Sistemas universales | ||
---|---|---|
Alemania | 164-215 € | Hasta los 18 años (hasta los 25 si está estudiando). No hay límite si existe discapacidad. La cuantía aumenta en función del número de hijos/as y de la edad de los mismos. Si uno de los progenitores deja de trabajar para cuidar a su hijo/a, tiene derecho a recibir el 67% del sueldo medio durante 14 semanas (o 300 € si no tenía trabajo remunerado previo). |
Austria | 105-152 € | Hasta los 18 años (si está estudiando, hasta los 26). Va aumentando con la edad del hijo/a y con cada hijo/a de más (hasta 97,8 € c/u). Complemento de 550 € mensuales para criaturas con discapacidad en hogares con ganancias de menos de 55.000 €. En septiembre hay paga extra, con lo que son 13 mensualidades. |
Bélgica | 88-244 € | Hasta los 18 años (hasta los 25 si está estudiando). Las familias monoparentales tienen un complemento de entre 21 y 46 € mensuales. También hay tratamientos especiales en caso de familias en desempleo o pensionistas. |
Dinamarca | 110-269 € | Hasta los 18 años. La cuantía es mayor cuanto menor es el hijo/a. Hay un complemento de 82 € mensuales para infancia menor de 7 años (hasta un máximo de 215 € mensuales). |
Finlandia | 100-182 € | Hasta los 18 años. Aumenta el importe según el número de hijos/as (100 € para el primero, 182 para el quinto y siguientes). Hay un suplemento para familias monoparentales de 47 € mensuales por hijo/a. |
Francia | 124-259 € | Solamente se paga cuando la familia tiene al menos 2 niños/as. Hasta los 20 años. Puede llegar a un máximo de 512 € durante los primeros tres años si un progenitor deja de trabajar para cuidar al hijo/a. Puede añadirse un máximo de 161 € si la familia es de rentas bajas. Complemento de entre 124-1.018 € para familias con hijos/as con discapacidad. |
Holanda | 193-276 € | Hasta los 17 años. Va aumentando con la edad del hijo/a, así como dependiendo del número de hijos/as. |
Irlanda | 166-203 € | Hasta los 16 años (18 si está estudiando o tiene alguna discapacidad). Incremento de 1.100 € anuales hasta los 6 años de edad. |
Luxemburgo | 185-685 € | Hasta los 18 años (hasta los 27 si está estudiando). En líneas generales, las ayudas oscilan entre 185 y 362 € (se incrementan según el número de hijos/as y dependiendo de la edad). Además, para hijos/as menores de 6 años hay un complemento de 16 € y para menores de 12 años de 48 €. Si el hijo/a tiene alguna discapacidad el incremento es de 185 € mensuales. Asimismo, existe una ayuda para compensar parcialmente los gastos de escolarización de entre 113 y 323 € mensuales (a partir de los 6 años). |
Noruega | 118-157 € | Hasta los 18 años. Varía según la zona del país (en las zonas rurales del norte hay un suplemento de 39 € sobre los 118 € base). |
Reino Unido | 64-100 € (aprox.) | Hasta los 16 años (hasta los 20 si continua estudiando). La cuantía varía según la edad y el número de hijos/as. |
Suecia | 116-165 € | Hasta los 16 años (hasta los 18 si la hija o hijo sigue escolarizada/o). El importe aumenta según el número de hijos/as y existe un complemento de hasta 1.000 € mensuales en caso de discapacidad infantil. Está exento de tributación. |
Sistemas no universales | ||
Italia | 10-258 € | Dependiendo de la renta y el número de personas del hogar familiar. |
Portugal | 0-407 € | Solamente para rentas bajas. Se establecen cinco niveles retributivos (que oscilan desde la inexistencia de ayudas a las situaciones de grave exclusión social). Existen incrementos por monoparentalidad, discapacidad y/o familia numerosa. |
España | 0-84 € | Ayudas económicas para familias con ingresos inferiores a 11.300 € (18.000 € en el caso de familias numerosas) prestadas por la Seguridad Social. Se contemplan suplementos por discapacidad. Se hace hincapié especialmente en el tramo de edad de 0-6 años. Las comunidades autónomas establecen sistemas de RGI cuyos importes y condiciones varían entre sí. |
CAPV | 33-375 € | Entre 400 € y 1.100 € anuales por hijo/a a cargo. Además, en casos de reducción de jornada para el cuidado de hijo/a (o de persona dependiente), se contemplan entre 2.046 y 3.500 € anuales. Las excedencias pueden mantenerse hasta los 6 años de edad del hijo/a, mientras que las reducciones de jornada pueden utilizarse hasta que cumpla los 14 años. Además, dentro de las medidas de alto impacto y si bien no se trata de medidas específicas para familias con hijos/hijas (pero que sí se incrementan según el número de hijos/as), por su elevada trascendencia es importante destacar que en casos de unidades convivenciales de ingresos reducidos el sistema de garantía de ingresos aporta entre 616 y 875 € por hogar (en función del número de miembros), además de complementos por vivienda (250 € mensuales). |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión social de Noruega (2012) y Euskadi.net (2013).
(Tabla 5) . Transferencias a familias de carácter puntual relativas a la infancia
País | Importe | Condiciones |
Bélgica | 1.086-1.903 € | Por nacimiento o adopción. Por cada segundo hijo/a (partos o adopciones múltiples) se suman 817 € más. |
Dinamarca | 5.634,00 € | Ayuda puntual de 5.634 € por adopción internacional. |
Finlandia | 1.900-4.500 € | Ayuda puntual por adopción internacional. La cuantía oscila según el país de origen del niño/a. |
Francia | 855-1.719 € | Por nacimiento se abonan 855,25 €. En caso de adopción la suma asciende hasta 1.719 €. |
Irlanda | 635,00 € | 635 € al nacer, en el cuarto y en el duodécimo cumpleaños, en caso de parto múltiple. |
Luxemburgo | 1.741,00 € | Ayuda puntual (de pago dividido en tres plazos) por cada nacimiento. Las madres que no trabajan tienen derecho a prestaciones económicas complementarias similares al permiso por maternidad. |
Noruega | 4.092,00 € | Ayuda puntual de 4.092 € por niño/a nacido/a o adoptado/a. |
Reino Unido | 625 € (aprox.) | Unos 625 € por cada hijo/a recién nacido. Además, se ingresa un cheque de unos 325 € en una cuenta del niño/a que solamente puede ser utilizado cuando cumpla los 18 años. |
España | 2.581-7.743 € | Ayudas puntuales por parto o adopción internacional que oscilan entre 2.581 € para 2 hijos/as y 7.743 € para 4 o más. Si existe discapacidad, los importes se duplican. |
CAPV | 2.000-3.500 € | En los casos adopción o parto múltiple y de adopción internacional, 2.000 € en el caso del primer hijo/a y 1.500 € más por los sucesivos multiplicados por el coeficiente de renta estandarizada (para determinar el importe final en función de los ingresos familiares). |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión social de Noruega (2012) y Euskadi.net (2013).
(Tabla 6) . Deducciones fiscales por gastos de estructura familiar
País | Básica | Adicional | |||
Por cónyuge o relación análoga | Por descendientes | Por descendientes | Por monoparentalidad | Por discapacidad o dependencia | |
Alemania | En caso de declaración conjunta, se duplican las deducciones básicas hasta un máximo de 14.412 € anuales. En caso de familias monoparentales (con al menos 1 hijo/a), se establece una reducción fiscal de 3.108 €. | Deducción fiscal de entre 1.848 € anuales (por el primer hijo/a) y 2.148 € (para los siguientes) menores de 18 años, extendiéndose a 27 si estudia o está en paro. En el caso de tributación conjunta, los importes se doblan. | 774 € anuales (1.547 € en el caso de tributación conjunta) en el caso de menores de 16 años o con discapacidad. | Deducción para familias monoparentales hasta los 16 años de edad de la hija/o por un importe de entre 2.050 € anuales para el primer descendiente y 1.030 por cada uno de los siguientes. | Deducción por tener a cargo familiares con discapacidad, oscilando la cuantía entre 307 y 1.412 € mensuales en función del grado. |
Austria | Si el cónyuge del declarante ingresa menos de 6.000 € anuales (en una familia con hijos/as), existe un crédito fiscal de 364 € mensuales. | Crédito fiscal de 50 € por hijo/a al mes, compatible con las ayudas directas. | Por cada hijo/a se realiza un incremento del crédito fiscal de entre 130 € mensuales y hasta 220 € mensuales por el tercero y posteriores. La fórmula de deducción fiscal negativa se contempla en casos de bajos ingresos. | ||
Bélgica | En caso de declaración conjunta, pueden sumarse las dos deducciones básicas individuales hasta los 4.140 €. Si el cónyuge tiene alguna discapacidad, hasta 1.200 €. | 1.160 € anuales por el primer hijo, incrementándose progresivamente hasta 10.860 € por el cuarto (y 4.150 € por los sucesivos), siempre que estos no tengan ingresos o sean muy reducidos. En caso de que uno de los hijos tenga alguna discapacidad, computa el doble. | 430 € por cada hijo menor de tres años si no se ha obtenido una deducción previa por gastos de cuidado infantil (dentro o fuera del hogar). | En el caso de viudedad con hijas/os o de madre/padre soltero, se establecen deducciones de 1.200 €. | Deducción por persona dependiente a cargo (que tenga ingresos máximos de 2.490 €) por un máximo de 1.200 € anuales. |
Dinamarca | Crédito fiscal transferible entre cónyuges por un importe anual de 3.492 €, si bien el sistema de pago de impuestos es individual. Cada persona tiene garantizado un crédito fiscal de entre 231 € y 1.643 €, y el porcentaje de tributación varía según el nivel de ingresos. | No. | No. | No. | No. |
Finlandia | No. Sistema Fiscal Individual. | No. | No. | No. | No. |
Francia | Deducción en pareja inferior a la suma de las individuales (Sistema Quotient, que hace que el cónyuge tribute al 50%). Las PACS (equivalente a las parejas de hecho) se contemplan como matrimonios en su tratamiento fiscal. | La tributación es decreciente según el número de hijos/as a cargo. | 4.338 € por hijo/a a cargo hasta los 21 años o 25 si está estudiando. | No. | Deducción de 3.000 € anuales por persona mayor de 75 años que conviva con el contribuyente. |
Holanda | Crédito fiscal transferible entre cónyuges por un importe anual de 3.868 €. | Deducción fiscal por hijos/as (independiente del número) de 1.459 € anuales. | Deducciones para menores de 12 años variables en función de la renta. Oscilan entre los 11 y los 742 € (siempre que los ingresos superen los 4.562 € anuales). También es deducible el gasto en algunos tipos de estudios. | 7.035 € por hijo/a a cargo menor de 27 años en familias monoparentales. Adicionalmente, deducción de un 12% del total de la renta (con un máximo de 3.402 €) para hijos a cargo menores de 12 años y solamente en familias monoparentales. | No. |
Irlanda | Crédito fiscal de 3.660 € anuales por pareja. Además, si alguno de los miembros de la pareja es mayor de 65 años, aumenta en 1.016 €. | Crédito fiscal de 900 € anuales para familias en las que uno de los cónyuges se hace cargo de hijos/as menores de edad o dependientes (siempre que sus ingresos sean menores de 7.000 €). | No. | No. | Entre 85 y 159 € mensuales de deducción fiscal por persona a cargo o cónyuge con alguna discapacidad. |
Italia | Cuando uno de los cónyuges está a cargo del otro (al no superar los 2.480 €), se realiza una deducción de entre 434 y 546 € anuales, en función de la renta del hogar. | Entre 266 y 2.100 € por hijo/a (en función del número de los mismos y de los ingresos familiares) cuando estos no tienen ingresos o son muy reducidos (un máximo de 2.480 €). | En los casos de hijos/as menores de 3 años, 123 € anuales. En el caso de adopción internacional, se subvenciona hasta un 50% del total de los gastos. También se pueden deducir el 19% de los gastos en estudios. | En familias monoparentales, deducciones de entre 266 y 575 € por cada hijo/a a cargo, variables según la renta familiar (no universal). | Deducción por persona dependiente de entre 133 y 142 € (en función de los ingresos del hogar), siempre que los ingresos de la persona dependiente no superen los 2.840 €. |
Noruega | Sistema fiscal, en líneas generales, individual, si bien se contempla para los casos en los que uno de los cónyuges no trabaja una deducción conjunta de carácter anual de 6.582 €. | Deducción fiscal de 3.198 € anuales por el primer hijo y de 639 € por los siguientes hasta los 12 años. Si existen circunstancias excepcionales (discapacidad, por ejemplo) se amplía indefinidamente. | No. | La deducción básica se amplía en los casos de monoparentalidad, duplicándose (hasta 452 €) por cada hijo/a. | Deducciones de hasta 618 € mensuales para personas a cargo distintas al cónyuge o hijos/as. |
Portugal | Deducción conjunta de carácter anual de 279 €. | Entre 100 y 107 € anuales por hijo, dependiendo del número. Deducción fiscal de hasta el 30% de los gastos en educación. | Por hijo/a dependiente, un máximo de 170 € anuales, que se incrementan hasta los 341 € en los casos de menores de 3 años. | 340 € anuales de deducción fiscal en casos de familias monoparentales. | Entre 151 y 234 € anuales para ascendientes que convivan con el contribuyente si su pensión no supera el mínimo establecido. 30% de los gastos relativos a salud de personas dependientes. |
Reino Unido | Deducción en tributación conjunta dependiente del nivel de renta y solamente para parejas que trabajan al menos 30 horas semanales. Su importe oscila, según renta, entre los 1.050 y los 4.560 € aproximadamente. | Crédito fiscal de unos 700 € por hijos/as (independiente del número) y de otros 2.300 € por cada hijo/a menor de 16 años o hasta 19 si es estudiante. Además, en el primer año de vida de cada hijo/a se establecen otros 700 €. | Crédito fiscal para familias con hijos/as menores de 3 años de unos 680 € anuales. | Crédito fiscal para familias monoparentales que trabajan al menos 16 horas semanales por importe de unos 1.800 € anuales. | Crédito fiscal para familias con descendientes con discapacidad de unos 2.700 € anuales y de unos 1.200 € más en caso de discapacidad severa. |
Suecia | No. Sistema Fiscal Individual. | No. | No. | No. | No. |
España | Mínimo de contribuyente (mínimo personal y familiar) de 5.050 € que reduce la base liquidable. Deducción por inversión en vivienda habitual por un máximo de 1.352 € por contribuyente. | Deducción de entre 1.800 € (por el primer hijo/a) y 4.100 € (por el cuarto y siguientes) anuales por hijo/a a cargo (siempre que estos ingresen menos de 1.800 € anuales). | Deducción fiscal por un máximo de 1.200 € anuales durante los 3 primeros años de vida de cada hijo/a. | Reducción de la base liquidable cuando la persona solicitante, un ascendiente o un descendiente tenga alguna discapacidad, de entre 2.300 y 7.038 € (según grado). Reducción de entre 918 y 1.122 € anuales por persona mayor de 65 años o con discapacidad superior al 33% que esté a cargo, no teniendo ingresos superiores a 1.800 € anuales. | |
CAPV | Deducción general de 1.375 €. Complemento si la persona solicitante es mayor de 65 años de 330 € y de 605 € si es mayor de 75 años. Deducción por vivienda (compra o alquiler) de hasta 2.760 € por hogar. | Deducción fiscal de entre 579 € anuales (por el primer hijo/a) y 1.869 € (por el quinto o sucesivo). | Deducción fiscal complementaria para descendientes menores de 6 años de 331 €, y si tiene entre 6 y 16 años, un complemento adicional de 50 € (Araba/ Álava y Bizkaia). Para pensiones alimenticias podrá deducirse un 15%, con máximos en función del número de hijos. |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), SIIS (2004), Agencia Tributaria Española (2013), Diputación Foral de Álava (2013), Diputación Foral de Bizkaia (2013) y Diputación Foral de Gipuzkoa (2013).
(Tabla 7) . Deducciones fiscales por gastos derivados del cuidado familiar
País | Descendientes | Dependientes (ascendientes, descendientes y familiares de primer grado) |
||
Fuera del domicilio (contratación de ayuda especializada) | En el domicilio (contratación de ayuda doméstica) | Gastos para el cuidado de personas dependientes fuera del domicilio | Gastos para el cuidado de personas dependientes en el domicilio (ayuda doméstica) | |
Alemania | Deducción de 2/3 del coste del cuidado de los hijos/as (hasta un máximo de 4.000 €). | Deducción de 2/3 del coste del cuidado de los hijos/as (hasta un máximo de 4.000 €). | Cobertura parcial mediante deducciones fiscales para hacer frente a los gastos derivados de una residencia para personas mayores. | Cobertura parcial mediante deducciones fiscales para hacer frente a los gastos derivados de la contratación de ayuda doméstica en casos de dependencia, personas enfermas o ancianas. |
Austria | Los gastos del cuidado de personas dependientes son desgravables en la declaración de la renta. | Los gastos del cuidado de personas dependientes son desgravables en la declaración de la renta. | ||
Bélgica | Deducción de 11,2 € por día de atención fuera del hogar por cada hijo/a menor de 3 años. | Deducción máxima de 6.100 € anuales que permiten compensar hasta el 50% de los gastos de contratación de una persona dada de alta en la Seguridad Social hasta los 12 años de cada hijo/a. | No. | Deducción máxima de 6.100 € anuales que permiten compensar hasta el 50% de los gastos de contratación de una persona dada de alta en la Seguridad Social. |
Dinamarca | No. | No. | No. | |
Finlandia | No. | No. | No. | |
Francia | Para hijos/as menores de 7 años y en el caso de familias monoparentales o cuando ambos cónyuges trabajan, se abona el 50% del coste del cuidado hasta un máximo de 6.000 € anuales. Este máximo puede llegar a los 7.500 € en casos de discapacidad, familias numerosas, etc. | Deducción máxima de 6.000 € anuales (hasta 7.500 € si en el hogar reside alguna persona con discapacidad) que permiten compensar hasta el 50% de los gastos de contratación de una persona dada de alta en la Seguridad Social. | No. | Deducción máxima de hasta 13.800 € que permiten compensar hasta el 50% de los gastos de contratación de una persona dada de alta en la Seguridad Social. |
Holanda | No. | No. | Deducción fiscal de parte del coste de los gastos médicos. | Deducción fiscal de parte del coste de los gastos médicos. |
Irlanda | Crédito fiscal de 900 € anuales para familias en las que uno de los cónyuges se hace cargo de hijos/as menores de edad o dependientes (siempre que sus ingresos sean menores de 7.000 €). | No. | Deducción fiscal de un máximo de 1.800 € anuales para hacer frente a los gastos derivados de una residencia de personas mayores. | No. |
Italia | No. | No. | 19% de los gastos médicos de personas con discapacidad. | 19% de los gastos médicos de personas con discapacidad. |
Noruega | Para familias con hijos/as menores de 12 años, una deducción de entre 3.100 y 3.800 € anuales (en función del número de hijos). | No. | No. | No. |
Portugal | No. | No. | Hasta un 25% del total de los gastos relativos al cuidado residencial de personas mayores dependientes. | No. |
Reino Unido | Créditos fiscales para compensar el coste del cuidado infantil de parejas que trabajan al menos 16 horas a la semana, incluyendo el coste de guarderías en el puesto de trabajo por importes que oscilan entre unos 2.700 € anuales (guarderías de empresa) y los 11.000 €, aproximadamente. | Créditos fiscales para compensar el coste del cuidado infantil de parejas que trabajan al menos 16 horas a la semana, incluyendo el coste de guarderías en el puesto de trabajo por importes que oscilan entre unos 7.000 € anuales y los 11.000 €, aproximadamente. | No. | No. |
Suecia | No. | No. | No. | No. |
España | Reducción de la base liquidable de hasta 2.316 € por los gastos del cuidado de una persona dependiente (tanto la persona solicitante como sus ascendientes o descendientes). | Reducción de la base liquidable de hasta 2.316 € por los gastos del cuidado de una persona dependiente (tanto la persona solicitante como sus ascendientes o descendientes). | ||
CAPV | Exención fiscal de las actividades de rehabilitación y formación de niños y jóvenes; asistencia a lactantes, custodia y atención a niños menores de 6 años; realización de cursos, excursiones, campamentos o viajes infantiles y juveniles y otras análogas prestadas a favor de personas menores de 25 años en los servicios de alimentación, alojamiento o transporte prestados a personas dependientes por entidades de derecho público. | Las prestaciones de servicios de asistencia social (tercera edad, cargas familiares no compartidas, acción comunitaria y familiar) efectuadas por entidades de derecho público o entidades o establecimientos privados de carácter social. Exención fiscal de los servicios de alimentación, alojamiento o transporte accesorios de los anteriores prestados por dichos establecimientos o entidades, con medios propios o ajenos. |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), SIIS (2004), Agencia Tributaria Española (2013), Diputación Foral de Álava (2013), Diputación Foral de Bizkaia (2013) y Diputación Foral de Gipuzkoa (2013).
(Tabla 8) . Sistemas de cuidado infantil, por países
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Federal Ministry of Economy, Family and Youth.
Austria (2012), https://www.gov.uk/ (2012), Ministry of Health, Welfare and Sport. Netherlands (2012), https://www.euskadi.net (2013) y haurreskolak.net (2013).
(Tabla 9) . Apoyos económicos específicos para personas con dependencia
País | Moderada | Severa | Grave y muy grave |
Alemania | 440-1.023 €. | 440-1.279 €. | 700-1.918 €. |
Dinamarca | Servicios universales y gratuitos garantizados por Ley. | ||
Francia | 530-1.235 €. | ||
Holanda | Servicios universales garantizados por Ley. En ocasiones se exige participar en el pago de los servicios en función de los ingresos y la comarca. | ||
Italia | 480 €, si bien dependen de la capacidad de apoyo familiar. | ||
Reino Unido | Unos 360 € para umbrales de ingreso inferiores a 27.000 € anuales. | ||
España (territorio nacional) |
60-300 €. | 300,9-462,18 €. | 417-833,96 €. |
Fuente: Kamette, F. (2011).
(Tabla 10) . Recursos de atención a la dependencia, por países
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Diputación Foral de Álava (2012), Diputación Foral de Bizkaia (2012) y Diputación Foral de Gipuzkoa (2012).