4. Análisis de medidas de apoyo a familias relativas a la infancia
Las prestaciones para el apoyo a familias con hijos/hijas se dividen en dos grandes grupos. Por un lado, encontramos aquellas que ofrecen tiempo y/o dinero (como los permisos maternidad/paternidad o las ayudas económicas) y, por otro, encontramos los servicios (recursos, programas, infraestructuras, etc.) puestos a disposición de la ciudadanía como apoyo en la crianza de sus hijas e hijos.
4.1. Prestaciones económicas
Dentro del apartado de prestaciones económicas debemos distinguir tres tipos de prestaciones:
En primer lugar, los permisos de maternidad y paternidad (parental leave), destinados a los primeros momentos de crianza de la infancia, justo tras su nacimiento (aunque en algunos casos incluso se retrotraen a las últimas fases del embarazo). Es esta una medida de tiempo conjugada con dinero, por ser tiempos retribuidos al 100%.
En segundo lugar, las ayudas económicas directas (cash benefits), que mediante transferencias a las familias actúan como método de compensación de costes en la crianza de las hijas e hijos.
En tercer lugar, los apoyos fiscales (tax benefits), que mediante deducciones fiscales y reducciones impositivas complementan la compensación de costes a las familias a través de las declaraciones de impuestos (habitualmente las declaraciones de la renta).
A. Permisos de maternidad y paternidad
Los permisos parentales son permisos remunerados referidos a las condiciones del permiso de maternidad y paternidad en los nacimientos y/o adopción de nuevas criaturas.
En general incluyen a todo el sistema social, ya que además del Estado están presentes las empresas y las personas trabajadoras, que mediante sus cotizaciones generan los recursos económicos suficientes para su mantenimiento. Por tanto, en líneas generales se trata de un recurso al que solamente acceden las personas empleadas por cuenta ajena, si bien la realidad europea es muy diversa.
A pesar de sus diferencias (que pueden ser consultadas en detalle en la tabla 2 del anexo 2), pueden identificarse líneas comunes en las condiciones del permiso maternal. Como perfil genérico podríamos decir que se trata de:
Una prestación universal para todas las mujeres trabajadoras por cuenta ajena (aunque algunos países también compensan económicamente a mujeres no activas en el mercado laboral, si bien con una dotación menor).
Con una duración de en torno a 16 semanas (aunque la horquilla por países oscila entre las 15 y las 20 semanas, y en el norte de Europa es incluso sensiblemente superior), si bien desde 2009 se lleva trabajando a nivel europeo en una directiva que la aumente a 18 semanas e incluso siendo reclamada por las asociaciones de familia europeas un mínimo de 24 semanas (COFACE, 2009a).
Durante la que suele percibirse de media el 100% del último salario (aunque hay casos con un menor porcentaje y casos en los que no se toma el último salario, sino una media de los últimos tres o seis meses), siendo reclamado desde las asociaciones de familia europeas que en ningún caso se pueda bajar del 85% del salario bruto en ninguno de los países miembro de la UE (COFACE, 2009a).
Asimismo, comienza a reconocerse –aunque aún de forma muy tímida– la figura del permiso de paternidad, existiendo muchos países europeos que hacen una dotación de entre 10 y 14 días de permiso remunerado para los padres (normalmente con el 100% del salario) inmediatamente después del parto (y compatible con el de la madre) y cuyo detalle comparativo puede ser consultado en la tabla 3 del anexo 2. Esta duración está en la línea con lo reclamado por las asociaciones de familia europeas, que solicitan un mínimo de al menos 10 días con el 100% del salario y plenamente compatible con el maternal (COFACE, 2011).
Sin embargo, para otro tipo de asociaciones (PPiiNA, 2010) resulta claramente insuficiente, demandando que el permiso de paternidad tenga las mismas condiciones que el maternal en cuanto a condiciones económicas, temporales y que resulten intransferibles entre sí, para garantizar la corresponsabilidad entre hombres y mujeres en las tareas reproductivas desde el comienzo de la vida de sus hijas o hijos.
Este tipo de iniciativas de momento están únicamente vigentes en algunos países nórdicos, como es el caso de Suecia o de Islandia, que aumentan la duración del permiso parental si es compartido entre la madre y el padre. Por ejemplo, en el caso de Suecia, su Ley de Familia de 2010 (revisada en 2013) trabaja desde el concepto de la unidad convivencial, no estableciendo políticas a priori para la madre y para el padre, sino regulando desde la base de que ambos progenitores se repartan equitativamente tareas1.
B. Ayudas económicas directas
Además de los permisos por nacimiento o adopción y ayudas a la conciliación, la mayor parte de los países europeos apoyan a las familias con hijas e hijos mediante transferencias económicas continuadas de carácter directo durante el período en que los hijos e hijas están a cargo de la familia.
La realidad europea del sistema de prestaciones económicas para la familia es la de una gran diversidad por países (e incluso por regiones dentro de un mismo país). Cada país presenta modelos distintos (pudiéndose consultar un análisis más pormenorizado e individualizado en la tabla 4 del anexo 2), aunque pueden identificarse ciertos rasgos comunes.
En general, existe un apoyo económico universal, de carácter mensual, que se mantiene habitualmente hasta los 18 años (aunque la horquilla es de casos que van desde los 16 hasta los 27 si la persona se encuentra estudiando), si bien hay amplias variaciones, con un importe medio que oscilaría entre 100 y 150 € por hijo o hija (dándose incrementos por número de hijos/as, su edad y si presentan algún tipo de discapacidad).
En el caso de la CAPV, este apoyo económico por hijo/hija, que se da en todos los casos (aunque previa solicitud) por motivo del nacimiento, adopción o acogimiento del primer hijo a cargo, solo se mantiene en el tiempo en los supuestos de segundos y sucesivos hijos: hasta los 2 años en los casos de segundos hijos/hijas y hasta los 6 años en los casos de terceros y sucesivos. El pago es, por otro lado, anual2 y previa solicitud.
Respecto a la universalidad de los apoyos económicos directos, esta se da principalmente en los países del modelo nórdico y centroeuropeo, mientras que en los países del modelo mediterráneo únicamente se realizan transferencias a familias en situación o riesgo de exclusión social. Por el contrario –como veremos en el siguiente apartado–, los países mediterráneos basan sus políticas de apoyo a las familias en la fiscalidad.
Si bien Portugal, Italia y España presentan únicamente apoyos económicos directos en casos de familias de recursos reducidos (means-tested), el caso más llamativo quizás sea el español, ya que dentro del modelo mediterráneo puede afirmarse que España presenta las menores duraciones e importes, así como los límites máximos de ingresos familiares para el acceso a ayudas más reducidos.
Además de las transferencias no puntuales por hijo o hija, es común en el contexto europeo que, tras el permiso por maternidad y/o paternidad, ciertos países además bonifiquen económicamente la excedencia o reducción de jornada, en algunos casos solamente para la madre y en otros utilizable tanto por la madre como por el padre. Este período (que en ciertos países incluso está protegido del despido) oscila entre 1 año y 6 años.
Respecto a todas estas medidas, la CAPV quedaría claramente enclavada en el modelo mediterráneo, a pesar de unos elementos diferenciales con el caso estatal, como son las ayudas a la conciliación y por hijo/hija a cargo, ya que la falta de transferencias mensuales de carácter universal la sitúa muy lejos de los escenarios medios de los países centroeuropeos.
El elemento diferencial al que nos referimos se encuentra en las ayudas del Decreto 177/2010 (tal y como se refería en el capítulo anterior), destinadas a personas trabajadoras en excedencia o reducción de jornada para el cuidado de hijos o hijas (y a empresas para su sustitución), así como para que las familias contraten a personas trabajadoras para el cuidado de hijos e hijas menores y que, aunque suponen un paso positivo (y diferencial con la situación del Estado), resultan claramente insuficientes respecto a la realidad europea.
En cualquier caso, es importante señalar, tal y como recoge Ortega Gaspar (2012), que la mera regulación de medidas no supondrá que estas vayan a ser un éxito, sino que otros elementos como “el nivel de retribución asignado al período, la cultura de la sociedad, la flexibilidad, el sector empresarial o el nivel educativo” jugarán un papel muy relevante.
Y es que sin una cultura sociolaboral que facilite la conciliación familiar, el impacto de las medidas públicas será menor, ya que, como veíamos en el capítulo segundo, solamente una cultura empresarial y laboral más racional junto con una fuerte apuesta pública por las medidas de conciliación permitirá la reducción del envejecimiento poblacional.
¿En qué consiste, sin embargo, una fuerte apuesta pública por las medidas de conciliación? Autores como Gauthier (2007) señalan que aunque los recursos y servicios de apoyo –que veremos en el siguiente punto– son los elementos de las políticas públicas de apoyo a las familias que más incentivan a tener el primer hijo o hija (y a tenerlo antes), son las transferencias económicas las que “tienen efectos más intensos, especialmente a partir del segundo hijo”, por lo que un buen sistema de apoyos económicos en la crianza de la infancia (junto con otros factores, claro está) será clave para aumentar la natalidad de la CAPV y garantizar la sostenibilidad del modelo de bienestar.
Asimismo, Bradshaw (2012) aboga por que este tipo de apoyos sean de carácter universal “como único sistema a contemplar para un modelo de políticas públicas para las familias, en la medida en que reducen la desigualdad y favorecen la equidad horizontal, reconocen el esfuerzo universal que supone la crianza de hijas e hijos y compensan el coste económico de la misma, garantizando las mismas oportunidades independientemente del nivel socioeconómico de la familia de origen y contribuyendo –por tanto- a mantener la tasa de reemplazo”. Esto es especialmente importante en el caso de la CAPV, cuyo envejecimiento poblacional se deriva principalmente de la baja tasa de fecundidad (tal y como veíamos en el segundo capítulo).
Además de los apoyos mensuales, ciertos países también tienen dotaciones complementarias (cuyo detalle puede consultarse en la tabla 5 del anexo 2) relacionadas con el momento de nacimiento o adopción de un hijo o hija. En este campo existen países más y menos sensibilizados en este aspecto, así como distintos conceptos contemplados, si bien podemos distinguir dos grupos principales:
Transferencias puntuales por nacimiento o adopción nacional (birth grant), que consisten en una aportación puntual del Estado a la familia en el nacimiento de una nueva criatura.
Este tipo de ayudas son las más comunes y están contempladas en países tanto nórdicos (como Noruega), centroeuropeos (como Bélgica o Francia) o mediterráneos (como España). La diferencia está en la cuantía, más alta en los países del centro y norte de Europa que en los mediterráneos, si bien las cuantías de la CAPV son similares a las de los países centroeuropeos.
Transferencias puntuales por adopción internacional, consistentes en un apoyo económico que pretende sufragar parcialmente los gastos en los que se incurre en un proceso de adopción internacional. Su cuantía se incrementa en los casos de adopción múltiple.
Este grupo es también relativamente común, aunque más habitual entre los países nórdicos, como Dinamarca o Finlandia, en los que las cuantías además son muy elevadas. La CAPV también las contempla, incluso con importes mayores que los de países centroeuropeos como Francia.
Como puede apreciarse, en ambos grupos la CAPV presenta unos importes y condiciones muy similares a los de los países más avanzados a nivel europeo, dato que contrasta con la reducida implicación pública en los apoyos económicos continuados, tanto con relación a su universalidad como a su importe.
C. Apoyos fiscales
Finalmente, una tercera fórmula bastante extendida para prestar apoyos económicos a las familias es la relativa a la fiscalidad, principalmente a través de deducciones y reducciones fiscales. Se trata de un sistema que, como se apuntaba en el capítulo cuarto, presenta algunos inconvenientes, a pesar de su concepción redistributiva:
Por un lado, solamente aquellas familias con una capacidad económica relativamente alta podrán beneficiarse de este sistema, ya que familias por debajo de un determinado nivel de ingresos no podrán utilizarlo de forma plena.
Por otro, es un sistema en el que las familias son compensadas en sus gastos con un año de retraso, ya que en general enmiendan los gastos realizados en la declaración de impuestos del año siguiente.
En general, encontramos tres niveles de uso del sistema fiscal en relación con las políticas de apoyo a las familias en Europa:
En primer lugar, los países nórdicos, en los que el sistema fiscal es prácticamente inexistente como método de compensación de costes a las familias y que están orientados sistemáticamente hacia las transferencias directas a familias.
En segundo lugar, los países centroeuropeos, que si bien utilizan este sistema, lo hacen en un lugar secundario dentro de su modelo de compensación de costes, siendo el principal el de las transferencias directas a familias.
Algunos países (como Reino Unido o Francia) han “evolucionado” el sistema fiscal, sin desecharlo como método de apoyo a las familias y compatibilizándolo con los apoyos económicos directos. Para ello han utilizado la vía de las deducciones fiscales reembolsables –que describíamos en el capítulo anterior– y que permiten que todas las familias (y no solamente las de cierta capacidad económica) puedan beneficiarse del sistema fiscal, ayudando además a la activación laboral de las familias de menos recursos (making work pay)3. En todo caso y como bien detecta SIIS (2013b), han sido incapaces de resolver aun los problemas derivados de la compensación de costes con un año de retraso, estableciéndose sistemas de previsiones y estimaciones parciales nada sencillos.
Finalmente, en los países del bloque mediterráneo el sistema fiscal es el principal canal público para la compensación de costes a familias, siendo las transferencias directas a familias solamente para situaciones de vulnerabilidad. Es además un sistema clásico de apoyos, no existiendo deducciones fiscales convertibles.
Respecto a los ámbitos de actuación contemplados en el modelo fiscal, encontramos dos subtipos principales a nivel europeo.
Por un lado, los modelos clásicos (ver información ampliada en la tabla 6 anexo 2). En estos se compensan principalmente gastos de la estructura familiar, como son los del cónyuge dependiente, hijos e hijas a cargo y otras personas dependientes (principalmente ascendientes y personas con discapacidad).
Es un modelo clásico de varón sustentador y por tanto permite declaraciones conjuntas de pareja y la inclusión de deducciones fiscales y reducciones impositivas por los conceptos antes indicados.
Su ámbito geográfico es principalmente el de los países mediterráneos, en los que los apoyos públicos se vehiculizan a través de la fiscalidad. En los países centroeuropeos también se usa, si bien con menor intensidad.
Por otro, los modelos más avanzados (ver información ampliada en la tabla 7 del anexo 2). En estos, además de los gastos de estructura familiar, también se compensan los gastos derivados del cuidado familiar. Por tanto, contempla la compensación de costes para el cuidado de descendientes y ascendientes (en casos de discapacidad y dependencia), tanto dentro como fuera del hogar (sistemas formales y no formales).
Este tipo de sistemas se basa en la dificultad de previsión de los costes derivados del cuidado y, por tanto, una vez ejecutado el gasto anual, se utiliza la declaración de impuestos para su compensación.
Es un modelo utilizado en los países del centro de Europa (como Francia, Alemania o Bélgica) que compensan parcialmente los gastos de la contratación de personas para el cuidado de los hijos/as o los mayores dependientes en el hogar, las residencias, los centros de día o las escuelas infantiles.
A la vista de estos datos, y retomando las preguntas que nos hacíamos con el análisis estructural del inicio de este capítulo, ¿dónde se sitúa la CAPV? y ¿en qué grupo de países europeos podríamos encuadrar su modelo de apoyos económicos?
La CAPV participa casi plenamente de los rasgos que definen el modelo mediterráneo de apoyos fiscales clásicos, al aunar prácticamente todas las condiciones antes referidas:
La vía fiscal es el principal método de compensación de costes para familias normalizadas (siendo las transferencias directas no universales y estando básicamente dirigidas a familias en vulnerabilidad o exclusión, al no estar concebidas como una herramienta específica de apoyo a familias).
La fiscalidad recoge todos los elementos de impacto en el marco familiar (como la educación, la sanidad, la discapacidad, la infancia, la vivienda o el transporte), constituyéndose en la herramienta marco para el apoyo a las familias.
Se trata de un sistema en el que es posible realizar tributaciones conjuntas (típicas del modelo del varón sustentador), mientras que en los países del norte de Europa se ha ido progresivamente abandonando esta fórmula en pro de una mayor igualdad.
Sin embargo, la CAPV difiere en que sí se contempla la compensación de costes por el cuidado de la familia, si bien no a través del sistema fiscal, sino de transferencias directas a familias (mediante ayudas a la contratación de personas en el hogar) o mediante servicios públicos directos (como veremos en el siguiente apartado) con un sistema de recursos residenciales y de día para la atención de personas con discapacidad y/o en situación de dependencia.
1 Este extremo, sin embargo, es un elemento de debate en ese país, ya que en consulta realizada durante el trabajo de campo de este estudio desde la Asociación Nacional de Familias HARO se entiende que el gobierno no debería intervenir en la autonomía interna de las familias y que debería ser cada familia quien decidiera la distribución interna de los 480 días de baja (duración que, por otro lado, es objeto de debate para su ampliación).
4.2. Servicios y recursos
Además de los recursos de compensación de costes, los Estados ponen recursos de apoyo a la crianza de hijos e hijas a disposición de las familias, que mediante ciertas infraestructuras y servicios permiten compatibilizar la vida familiar, laboral y personal, tanto mediante servicios prestados fuera del domicilio (como pueden ser las escuelas infantiles), como dentro de él (por ejemplo, los relativos al cuidado en el propio hogar).
Hablamos de sistemas esenciales para la conciliación de la vida familiar, laboral y personal en general, pero especialmente trascendentes en el caso de familias vulnerables, como las monoparentales y/o de bajos niveles retributivos, y de las mujeres que quieren retornar a su carrera profesional. La inexistencia o el mal funcionamiento de estos recursos (por tener tarifas excesivas, por falta de plazas o por horarios laborales no ali
neados con los horarios de atención) dificultará todavía más sus posibilidades de conciliación y de incorporación efectiva al mercado laboral.
En el caso de las mujeres, tal y como indicábamos en el capítulo segundo, en un escenario de dualidad de ingresos entre la mujer y el hombre y en un contexto de suma de ingresos en el hogar, el resultante económico sigue siendo más beneficioso para la familia en la que es la mujer quien reduce su jornada o sale del mercado laboral, por sus ingresos menores. De hecho, como afirma Ortega-Gaspar (2012), en el caso de las mujeres “una cuestión fundamental para salir del mercado laboral es el alto coste de los servicios de cuidados a menores, que lleva a muchas mujeres al abandono del mercado laboral (especialmente a las de bajos salarios)”.
En los casos de las familias monoparentales, la situación es aún más dura, ya que existe, tal y como recoge COFACE (2008a), un claro riesgo de derivación hacia la exclusión social, impidiendo no solamente una mejora de su carrera laboral, sino su expulsión del sistema productivo, reproduciendo la espiral de pobreza en la que están inmersas estas familias.
Por tanto, un sistema completo, flexible y compensado según el nivel de ingresos será la mejor forma de garantizar que todas las familias (independientemente de su tipología y nivel de ingresos) puedan conciliar por igual y, por tanto, que sus posibilidades de desarrollo socioeconómico no se vean mermadas por el mero hecho de querer conformar una familia.
Asimismo y en el caso concreto de la CAPV, que este tipo de recursos sean útiles y tengan un correcto funcionamiento serán claves en la mejora de la pirámide poblacional, ya que, tal y como muestran Rindfuss (2007), Baizán (2009) y muy especialmente Esping-Andersen (2013), una “mayor disponibilidad de escuelas infantiles tiene un efecto favorable en la tasa de fecundidad” y constituye “el instrumento político más eficaz para combatir la baja natalidad”, tal y como sucede en los países del norte de Europa.
De hecho, referenciando al propio Esping-Andersen (2002), “aquellos países que fracasan en la armonización del empleo femenino y la familia se encontrarán a futuro con desequilibrios (poblacionales) realmente importantes en las décadas futuras”.
A. Principales tipos de recursos. Sistemas formales y no formales
La UE, buscando una mejora continua en el cuidado de la infancia y en la conciliación de la vida laboral y familiar, fijó en la Cumbre de Barcelona de 2002 unos objetivos para el cuidado infantil que establecían:
Sin embargo, el cumplimiento de estos objetivos es desigual, variando enormemente la situación, ya que una vez más cada país y región presenta distintas realidades. En todo caso, intentaremos hacer una breve radiografía de los principales elementos destacables:
Principales recursos de atención infantil en Europa |
Jardines de infancia Los jardines de infancia (créches, kindergarten) son instituciones muy arraigadas en países como Bélgica, Francia, Alemania o Austria, responsables del cuidado de la infancia desde el momento del fin de la baja maternal hasta los dos o tres años de edad. Su horario suele ser lo suficientemente amplio como para cubrir el horario de trabajo familiar, por ejemplo, de 7:00 a 17:30 h, dependiendo del horario de salida laboral más habitual. |
Escuelas infantiles Las escuelas infantiles suelen constituir el escalón inmediatamente superior, haciéndose cargo de la infancia desde los 2/3 años (dependiendo de cuándo finalicen los jardines de infancia) hasta el inicio de la escolarización obligatoria (habitualmente los 5 o 6 años, dependiendo del país). Sus objetivos ya van más encaminados a la preparación y adaptación a la escuela ordinaria, si bien en general todavía a través del juego. Dependiendo del país, están total o parcialmente subvencionadas. En algunos países no existe esta diferenciación entre jardines de infancia y escuelas infantiles, siendo una única institución la que cubre a la infancia desde el fin de la baja maternal hasta la escolarización obligatoria. |
Nidos infantiles / Canguraje Los nidos infantiles o el canguraje (childminding) son un tipo de recurso menos institucional, si bien todavía regulado, en los que una persona homologada es la que cuida en su propio hogar (a veces con sus propios hijos e hijas). El número de critaturas por nido varía según países y regiones, pero oscila entre las 3 y las 10. El sistema de remuneración también es variable, si bien en general suele tratarse de una tarifa pública y fija por niño/a abonada por la familia y un complemento subvencional aportado por la Administración. Asimismo, la formación también varía por países, existiendo diferentes niveles de cualificación e incluso estando más o menos instaurada la profesión en sociedad (por ejemplo, en el caso de Francia, es una profesión reconocida y con años de trayectoria). |
Grupos de hijos/as / Grupos de madres/padres Estos grupos son un paso más desregularizado dentro de la atención no formal, existiendo, por tanto, diferencias en el nivel de reconocimiento hacia ellos dependiendo del país. No están exactamente contemplados dentro de la Cumbre de Barcelona, ya que esta no recoge soluciones provistas por miembros de la familia, vecindario o personas cuidadoras no certificadas (Unión Europea, 2002). Esta opción es menos común que las anteriores, si bien en el norte y centro de Europa tiene cierta difusión, por lo que se ha decidido incluirla. En ella son las propias familias las que se organizan para cuidar (habitualmente de forma rotatoria por turnos de horas o días) entre 5 y 10 criaturas. Se trata de grupos de carácter más comunitario en los que existe cooperación entre las familias para determinar el enfoque educativo y en el que se comparte la responsabilidad. Dependiendo del país, podemos encontrarnos desde casos en los que no son opciones reconocidas, al estar reconocidas pero no apoyadas económicamente, hasta incluso formar parte del sistema público y ser una opción más dentro de las que elegir. |
Hogares de día Los hogares de día son un complemento escolar para aquellas familias cuyo horario laboral excede las posibilidades del sistema de atención principal. Pueden estar situados en centros municipales, centros escolares o incluso en hogares particulares, y tratan de apoyar a la infancia en el desarrollo de actividades complementarias a la escolarización y de refuerzo escolar, de ocio e incluso en los deberes del colegio. |
El detalle por países sobre la oferta existente de estos modelos genéricos de atención puede consultarse en la tabla 8 del anexo 2, incluyendo información sobre tarifas, formas de pago, horarios, etc.
B. Niveles de cobertura. Sistemas formales y no formales
Una vez conocida la oferta existente, es importante contrastarla con sus resultados. De acuerdo con datos de la Unión Europea (2008), a mitad de la implantación de los objetivos de Barcelona encontramos grandes diferencias por países.
Entre la infancia de menos de tres años –que, recordemos, debía estar cubierta por servicios de cuidado en al menos un 33% del total–, solamente cinco Estados miembros (Dinamarca, Holanda, Suecia, España y Bélgica) superaban este porcentaje, y países como Portugal, Reino Unido o Francia se acercaban al mismo. Por el contrario, Italia, Alemania o Irlanda ofrecían entre un 16% y un 26% de plazas, mientras que eran los países de Europa del Este los que peores guarismos mostraban, con una oferta inferior al 10% (EUROSTAT, 2006b).
Entre la infancia de más de tres años que aún no accede a la educación obligatoria en su país, ya eran muchos los países que superaban el 90% de plazas. Concretamente Bélgica, Dinamarca, Francia, Alemania, Irlanda, Suecia, España o Italia superaban ese dato, mientras que Holanda y Reino Unido se encontraban cerca (85%-90%). Por debajo de esos datos, además de los países del este, destacan los casos de Portugal y Finlandia, que se encontraban entre el 70% y el 85%.
Analizando la amplitud horaria de esta cobertura (entendiéndola como uno de los principales elementos que pueden permitir una mejor conciliación laboral y familiar, por ejemplo, para aquellas familias que quieran mantener íntegra su jornada laboral y no reducirla o tomar excedencias), apreciamos distintos escenarios.
En el caso de las estructuras de apoyo formal1, descubrimos que los países que mayor y menor rango horario ofrecen coinciden, independientemente de si estudiamos los sistemas para infancia de menos o de más de tres años. Así, Portugal, Islandia y Noruega ofrecen una atención mediana en sus infraestructuras formales de más de 33 horas semanales (recordemos que la jornada estándar en la UE es de 40 horas semanales). Por el contrario, los de menor oferta horaria son Austria, Irlanda, Holanda y Reino Unido (por debajo de las 25 horas semanales).
(Gráfico 34) . Cuidado infantil. Sistemas formales. Número mediano de horas. Menos de 3 años
Fuente:
EUROSTAT (2012).
(Gráfico 35) . Cuidado infantil. Sistemas formales. Número mediano de horas. Más de 3 años
Fuente:
EUROSTAT (2012).
En un grupo intermedio (justamente por encima de la media de la UE27, de entre 26 horas semanales) se encuentra España (con 28-30 horas, aproximadamente), junto a Francia y Finlandia (en el caso de la oferta de más de tres años).
En la CAPV, si bien no se dispone de estadísticas comparables, debe hacerse notar que ha existido una fuerte apuesta pública por el modelo formal de atención, especialmente a través del modelo de escuelas infantiles del Consorcio Haurreskolak, cuyo horario máximo es de 40 horas semanales, si bien no disponemos de horarios medianos de atención que permitan compararnos con otros países2.
En el ámbito de los sistemas no formales3, países como Holanda y Austria siguen ofreciendo horarios de atención con menor cobertura horaria (de entre 9 y 12 horas semanales), mientras que en Portugal, junto a países nórdicos como Finlandia o Suecia (más habituados a este tipo de sistemas, como se apuntaba anteriormente), la atención mediana es de casi 30 horas semanales.
(Gráfico 36) . Cuidado infantil. Sistemas no formales. Número mediano de horas. Menos de 3 años
Fuente:
EUROSTAT (2012).
(Gráfico 37) . Cuidado infantil. Sistemas no formales. Número mediano de horas. Más de 3 años
Fuente:
EUROSTAT (2012).
El caso español vuelve a estar en posiciones intermedias, si bien ofrece mayor atención horaria mediana en espacios para infancia de menos de tres años (25 horas semanales, por encima de la medias europea y de países como Francia o Alemania) que en los de más de tres años (10,8 horas semanales, por debajo de las medias europeas y por debajo de esos países).
Respecto a la situación de la CAPV, aun careciendo de datos estadísticos comparables, es importante hacer notar la menor apuesta pública por este tipo de recursos, ya que en contraposición con el fuerte despliegue del sistema formal, el apoyo al sistema no formal es más reducido, principalmente mediante la contratación subvencionada de personas para el cuidado de la infancia recogido en el Decreto 177/2010 de Gobierno Vasco.
El análisis de estos datos nos lleva, en todo caso, a la obtención de tres conclusiones principales:
El horario de las escuelas infantiles de la CAPV es similar o mayor al de los recursos similares en Europa.
En primer lugar, el horario de apertura de las escuelas infantiles de la CAPV no es menor que el de otros países europeos. Sin embargo, este es uno de los aspectos que durante el trabajo de campo de este informe se reproducía con más fuerza.
“En estos momentos existe un desequilibrio entre la demanda de plazas en las haurreskolak y la oferta de este servicio”.
(Entrevistas con entidades sociales)
Teniendo en cuenta que los horarios ofertados desde el Consorcio Haurreskolak parecen de los más amplios a nivel europeo, ¿por qué siguen siendo objeto de debate entre las familias? ¿por qué no tienen una utilidad plena para la conciliación de la vida familiar y laboral?
Quizás la respuesta la obtengamos cambiando el eje de la pregunta, ya que muy probablemente no sean los horarios de los centros de atención infantil los que deban aumentarse, sino que es el mercado laboral vasco (y el estatal, por ende) el que debe racionalizarse, ya que aquí –como veíamos en capítulos anteriores de este informe– sí existen diferencias con otros países europeos.
Es decir, no se trataría tanto de prolongar los recursos de atención hasta horas más tardías, sino de adecuarlos a unas jornadas más concentradas y que permitan la conciliación y además el disfrute del tiempo de las familias con sus hijas e hijos, ya que un horario de apertura habitual en una escuela infantil (que puede ser de 07:30/08:00 h a 16:30/17:00 h) en un país centroeuropeo o nórdico es más que suficiente, mientras que a nivel estatal (y no siendo la CAPV una excepción) resulta muy difícil encontrar empresas privadas cuyo horario laboral finalice antes de las 17:30 o 18:00 h.
De hecho, autores como Esping-Andersen (2013) hablan de que un “ámbito de políticas públicas que debería priorizarse es la adaptación del mercado laboral (...), ya que las características institucionales del mercado laboral español están lejos de ser óptimas desde el punto de vista de la fecundidad”.
Por tanto, la pregunta quizás tenga más que ver con cómo modificar los horarios laborales (para hacerlos más racionales y similares a los europeos, de forma que puedan compatibilizarse con la vida personal y familiar) que con una mayor oferta horaria de los recursos de conciliación.
En cambio, otra de las críticas detectadas durante el trabajo de campo (relativa a los desequilibrios internos en la distribución de plazas, especialmente entre entornos rurales y urbanos) sí parece ser relevante, ya que, como se afirmaba previamente en este capítulo, las escuelas infantiles tienen una importancia clave en la conciliación y en la fecundidad, siendo necesario un acceso fácil y asequible a una plaza en estos recursos.
Existe una clara relación entre una oferta pública fuerte de los recursos de conciliación y la capacidad de incorporación laboral a jornada completa de ambos progenitores.
Una segunda conclusión que se deriva del análisis de los datos es que existe una clara correlación entre la brecha salarial existente en distintos países y la calidad de su oferta para la conciliación.
Por ejemplo, tanto el Reino Unido como Holanda, que arrojan elevadísimas tasas de brecha salarial (del 20% y superiores), ofrecen unos recursos de conciliación formal con horario muy reducido. Por el contrario, países como Portugal, Dinamarca o Italia presentan la situación contraria: menor brecha salarial y recursos con horarios más amplios.
La apuesta de la CAPV en materia de recursos de apoyo a la conciliación está principalmente orientada al sistema formal.
LA CAPV se está dotando de una red de recursos de apoyo a la conciliación progresivamente más fuerte, con una fuerte inversión pública en los últimos años, principalmente destinada a la apertura de Haurreskolak.
Sin embargo, los modelos de atención no formal (muy comunes en otros países de Europa) no parecen ser una prioridad para la administración vasca, siendo menores en su dimensionamiento e incluso habiendo menguado en los últimos años.
1 Según la metodología EU-SILC, los sistemas formales incluyen: educación preescolar, educación escolar (recordemos que algunos países europeos inician la escolarización obligatoria a los 4 años –como Luxemburgo– o a los 5 –como Grecia, Holanda o Reino Unido–), cuidado infantil en centros comunitarios fuera del horario escolar/preescolar (bien antes, bien después) y cuidado en centros de día.
2 Durante el proceso de realización de este informe se realizó la consulta pertinente sin resultados al respecto.
3 La metodología EU-SILC recoge como sistemas no formales aquellos en los que la infancia es atendida por una persona profesional (child-minder), por otros familiares distintos a las madres y padres, por vecinas y vecinos, amigos y amigas de la familia, etc., en un hogar (en el suyo propio o en el de la persona cuidadora), por lo que incluye espacios tanto profesionales como no profesionales.