Anexo 1.Resumen de medidas económicas más relevantes dirigidas a la compensación de costes. Tablas de importes
(Tabla 1) . Resumen de deducciones fiscales 2013 a las familias
Deducción | Araba/Álava / Bizkaia/ Gipuzkoa |
General | Deducción general de 1.375 € anuales por autoliquidación. |
Por descendiente | 579 € anuales (por el primer hijo/a). 716 € por el segundo. 1.210 € por el tercero. 1.430 € por el cuarto. 1.869 € (por el quinto o sucesivo). Además, si se trata de descendientes menores de 6 años, se aplicará un complemento de 331 €. Si el menor tiene entre 6 y menos de 16 años, Araba/Álava aplica un complemento adicional de 51 € y Bizkaia de 50 €. |
Por abono de anualidades por alimentos a las y los hijos | Para pensiones alimenticias podrá deducirse un 15% del total anual con un máximo de: – Límite por primer hijo: 173,70 €. – Límite por segundo hijo: 214,80 €. – Límite por tercer hijo: 363,00 €. – Límite por cuarto hijo: 429,00 €. – Límite por quinto hijo y sucesivos: 560,70 €. |
Por ascendiente | 277 € anuales por cada ascendiente con el que se conviva en el domicilio durante todo el año o cuando el contribuyente satisfaga cantidades a residencias donde el ascendiente conviva de forma continua y permanente (Bizkaia: 276 €). |
Por discapacidad y dependencia | Mayor o igual al 33% y menor del 65%: 771 € (Gipuzkoa: 867 €). Mayor o igual al 65% o dependencia moderada: 1.101 € (Gipuzkoa: 1.224 €). Mayor o igual al 75% con entre 15 y 39 puntos de ayuda a tercera persona o dependencia severa: 1.320 € (Gipuzkoa: 1.428 €). Mayor o igual al 75% con 40 o más puntos de ayuda a tercera persona o gran dependencia: 1.649 € (Gipuzkoa: 2.040 €). |
Por aportaciones al patrimonio protegido | Deducción del 30% (hasta 3.000 €) de las aportaciones al patrimonio protegido de personas con discapacidad. |
Por edad | Esta deducción varía en función de la edad, de la base imponible total (general+ ahorro) y del tipo de tributación. Su importe máximo asciende a 331 € en Gipuzkoa y 330 en Araba/Álava y Bizkaia para las personas con edad superior a 65 años. En el caso de las personas con edad superior a 75 años, el importe máximo en los tres territorios históricos es de 605 €. |
Por alquiler de vivienda habitual | En el caso de alquiler, deducción máxima del 20% anual (con un tope de 1.600 € anuales). – Araba/Álava: edad inferior a 30 años, titulares de familias numerosas y quienes tengan reconocida una incapacidad permanente, absoluta o gran invalidez, el 25%, con un límite de 2.000 €. – Bizkaia: edad inferior a 30 años, titulares de familias numerosas, el 25%, con un límite de 2.000 €. – Gipuzkoa: familias numerosas o con edad inferior a 35 años, el 25%, con un límite máximo de 2.000 €. |
Por adquisición de vivienda habitual | Araba/Álava y Bizkaia: – Deducción del 18% inversión + financiación, con el límite de 1.800 €. – 23% en caso de familia numerosa o menor de 30 años (excepto cuenta vivienda), con el límite 2.300 €. – En caso de tributación conjunta de una unidad familiar, los límites se duplican. – Límite de la deducción (crédito fiscal) por cada contribuyente 36.000 €. Gipuzkoa: – En el caso de adquisición a partir del 01-01-2012, el máximo deducible será de 1.500 € anuales (15% inversión + financiación). En el caso de personas menores de 35 años y familias numerosas, la deducción asciende al 20% de las cantidades destinadas a inversión y financiación, con una cantidad máxima deducible de 2.000 €. – En caso de tributación conjunta no se duplica el límite anual. – El máximo deducible en toda la vida de la persona contribuyente no podrá superar los 30.000 €. – Adquisiciones anteriores al 01-01-2012, el máximo deducible anual será de 2.160 € (18% inversión + financiación). En el caso de personas menores de 35 años y familias numerosas, una deducción del 23% de la cantidades destinadas a inversión y financiación, con una cantidad máxima anual deducible de 2.760 €. – En caso de tributación conjunta no se duplica el límite. – Crédito fiscal: 36.000 €. |
Fuente:
DFA: Norma Foral 18/2011, de 22 de diciembre, de Medidas Tributarias para el año 2012. DFB: Norma Foral 6/2006, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y Norma Foral 1/2012, de 29 de febrero, por la que se aprueban medidas transitorias para 2012 y 2013 y otras medidas tributarias. DFG: Renta 2011-Manual de divulgación, Norma Foral 5/2011, de 26 de diciembre, de modificación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tendente a la recuperación de la equidad y de aprobación de otras medidas tributarias, y Norma Foral 2/2005, de 8 de marzo, General Tributaria del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
(Tabla 2) . Principales medidas de compensación de costes en la CAPV. Gobierno Vasco
Tipo de ayuda | Normativa reguladora | Personas beneficiarias | Criterios | Cuantías |
Ayudas a personas trabajadoras que se encuentren en situación de excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos o hijas | Decreto 177/2010, por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral. | Personas trabajadoras por cuenta ajena / socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas. | 2.200-3.500 € según el porcentaje de reducción de jornada. | |
Ayudas a personas trabajadoras que se encuentren en situación de excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de familiares en situación de dependencia o en extrema gravedad sanitaria | Decreto 177/2010, por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral. | Personas trabajadoras por cuenta ajena / socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas. | Excedencia para atender al cuidado de familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria. Reducción de jornada de al menos 1/3 para atender a familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria. |
2.200-3.500 € según el porcentaje de reducción de jornada. En extrema gravedad sanitaria: 1.380-863 €. |
Ayudas para sustituir a personas trabajadoras acogidas a una excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos, hijas, de familiares en situación de dependencia o en extrema gravedad sanitaria | Decreto 177/2010, por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral. | Personas trabajadoras por cuenta ajena / socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas. | Contratación de personas inscritas como desempleadas. | Subvención de hasta el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes. |
Ayudas para la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos e hijas menores | Decreto 177/2010, por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral. | Padres o madres integrantes de la unidad familiar que figuren como titulares del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona empleada de hogar contratada para el cuidado del hijo o de la hija menor. | Contratación de personas dadas de alta en el Régimen Especial de Empleados del Hogar de la Seguridad Social. | Renta familiar <28.000 €: 100% de la cotización a la Seguridad Social. Renta familiar >28.000 €: 75% de la cotización a la Seguridad Social. |
Ayudas a familias con hijos e hijas (nacidos, adoptados o en acogimiento preadoptivo a partir del 1 de enero de 2007) | Decreto 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas. | Familias con hijos e hijas (nacidos, adoptados o en acogimiento preadoptivo a partir del 1 de enero de 2007). | – Por hijo y/o hija a cargo. – Por parto o adopción nacional múltiple. – Por adopción internacional. La cuantía de la ayuda estará en función del número de hijos y del nivel de renta del padre y de la madre integrantes de la unidad familiar. |
400-900 €. Segundos hijos/as: 400-1.100 €. En los casos de adopción o parto múltiple y de adopción internacional, 2.000 € en el caso del primer hijo/a y 1.500 € más por los sucesivos multiplicado por el coeficiente de renta estandarizada. |
Fuente: elaboración propia a partir de las informaciones referenciadas (2013).
(Tabla 3) . Principales medidas de compensación de costes en la CAPV. Seguridad Social
Tipo de ayuda | Normativa reguladora | Personas beneficiarias | Criterios | Cuantías |
Ayudas a personas trabajadoras que se encuentren en situación de excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos o hijas | Decreto 177/2010, por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral. | Personas trabajadoras por cuenta ajena / socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas. | 2.200-3.500 € según el porcentaje de reducción de jornada. | |
Ayudas a personas trabajadoras que se encuentren en situación de excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de familiares en situación de dependencia o en extrema gravedad sanitaria | Decreto 177/2010, por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral. | Personas trabajadoras por cuenta ajena / socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas. | Excedencia para atender al cuidado de familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria. Reducción de jornada de al menos 1/3 para atender a familiares en situación de dependencia o extrema gravedad sanitaria. |
2.200-3.500 € según el porcentaje de reducción de jornada. En extrema gravedad sanitaria: 1.380-863 €. |
Ayudas para sustituir a personas trabajadoras acogidas a una excedencia o reducción de jornada de trabajo para el cuidado de hijos, hijas, de familiares en situación de dependencia o en extrema gravedad sanitaria | Decreto 177/2010, por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral. | Personas trabajadoras por cuenta ajena / socias trabajadoras o socias de trabajo de las sociedades cooperativas. | Contratación de personas inscritas como desempleadas. | Subvención de hasta el 100% de la cotización empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes. |
Ayudas para la contratación de personas trabajadoras para el cuidado de hijos e hijas menores | Decreto 177/2010, por el que se regulan las ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral. | Padres o madres integrantes de la unidad familiar que figuren como titulares del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona empleada de hogar contratada para el cuidado del hijo o de la hija menor. | Contratación de personas dadas de alta en el Régimen Especial de Empleados del Hogar de la Seguridad Social. | Renta familiar <28.000 €: 100% de la cotización a la Seguridad Social. Renta familiar >28.000 €: 75% de la cotización a la Seguridad Social. |
Ayudas a familias con hijos e hijas (nacidos, adoptados o en acogimiento preadoptivo a partir del 1 de enero de 2007) | Decreto 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias con hijos e hijas. | Familias con hijos e hijas (nacidos, adoptados o en acogimiento preadoptivo a partir del 1 de enero de 2007). | – Por hijo y/o hija a cargo. – Por parto o adopción nacional múltiple. – Por adopción internacional. La cuantía de la ayuda estará en función del número de hijos y del nivel de renta del padre y de la madre integrantes de la unidad familiar. |
400-900 €. Segundos hijos/as: 400-1.100 €. En los casos de adopción o parto múltiple y de adopción internacional, 2.000 € en el caso del primer hijo/a y 1.500 € más por los sucesivos multiplicado por el coeficiente de renta estandarizada. |
Fuente: elaboración propia a partir de las informaciones referenciadas (2013).
Anexo 2.Comparativa de políticas de apoyo a las familias. Tablas relativas a medidas de compensación de costes y a programas y servicios de orientación familiar
(Tabla 1) . Comparativa de organización gubernamental con relación a la familia, por países
País | Estructura principal |
Alemania | Si bien en general la coordinación interministerial es muy cercana en temas de familia, existe un ministerio de Asuntos Familiares, Personas Mayores, Mujer y Juventud responsable del desarrollo legislativo y del establecimiento de modelos de actuación, y un Ministerio de Familias encargado de promover la coordinación interministerial y de establecer procedimientos de trabajo conjuntos, que está tomando progresivamente más y más relevancia. Todos los ministerios tienen transversalizada la perspectiva de género. |
Austria | Los ministerios federales de Economía y Trabajo y Familia y Juventud lideran las políticas de apoyo, estableciendo colaboraciones con el Ministerio de Servicios Sociales, Justicia y Mujer, así como con el de Ciencia y Educación. |
Bélgica | En la comunidad flamenca existe una comisión temática interministerial con relación a la familia que transversaliza las políticas de familia, coordinando empleo, vivienda, igualdad de oportunidades, etc. En la comunidad valona la actuación en relación con la familia es liderada desde el Ministerio de Servicio Público, englobando actuaciones como acción social, salud, igualdad de oportunidades, empleo o alojamiento. Asimismo, existe una Dirección Interdepartamental para la Cohesión Social que intenta transversalizar la familia en todo el Gobierno, si bien sin capacidad de control. |
Dinamarca | El Departamento de Sociedad Civil y Asuntos de Familia (encuadrado en el Ministerio de Asuntos Sociales) es el centro coordinador de las políticas relativas a la familia en todo el gobierno danés. |
Finlandia | El Ministerio de Salud y Asuntos Sociales lidera las políticas de apoyo a las familias y se coordina con el resto de ministerios en los casos en los que las políticas sean de carácter interdepartamental, de forma que puedan llevarse a cabo acciones intersectoriales. |
Francia | La acción familiar es liderada por el grupo de trabajo de asuntos de familia, responsable de desarrollar y coordinar la acción de los distintos ministerios que tengan actividad en materia de familia. Asimismo, es responsable de monitorizar las políticas y de darles un marco de actuación. |
Holanda | Las políticas familiares se articulan principalmente a través del Programa de Juventud y Familias, que colabora con los ministerios competentes en las acciones sectoriales. |
Irlanda | Si bien los departamentos individuales deciden sus propias políticas, existen acuerdos interministeriales compartidos (en forma de planes). Asimismo, el Departamento del Primer Ministro coordina todas las actuaciones. |
Italia | El Ministerio de Políticas Familiares lidera y coordina las políticas familiares en colaboración con el Ministerio de Salud, Trabajo y Políticas Sociales, y en menor medida otros ministerios que pudieran tener responsabilidades. |
Luxemburgo | El Ministerio de la Familia y de Igualdad de Oportunidades coordina y lidera las actuaciones en materia de familia, ya que muchas de ellas conciernen responsabilidades cuya atribución principal descansa en otros ministerios. Asimismo, existe un Consejo de Gobierno que, bajo la presidencia del Primer Ministro, se reúne al menos una vez cada dos semanas para dinamizar las políticas familiares. Si existen problemas de carácter técnico, se establecen grupos de trabajo interministeriales. |
Noruega | Las políticas familiares se desarrollan de la mano de las de igualdad de oportunidades y prestan especial atención a las políticas de infancia. El Ministerio de Trabajo e Inclusión Social lleva a cabo las políticas de familia relacionadas con familias en riesgo de exclusión, mientras que el Ministerio de Educación e Investigación es responsable de los recursos de atención a la infancia. |
Portugal | El Ministerio de Trabajo y Solidaridad Social es el responsable del desarrollo y la coordinación de las políticas familiares, incluyendo servicios sociales, empleo, igualdad de oportunidades, discapacidad y exclusión social. Está dividido en varias secretarías de Estado y existe un coordinador dependiente del Secretariado de Estado. Asimismo, hay una Comisión de Trabajo y Empleo, compuesta por el Gobierno, agentes sociales y empresas privadas, que trabaja temas de familia. |
Reino Unido | Existen varios ministerios con influencia en las políticas de familia: El Departamento de Trabajo y Pensiones actúa en casos de pobreza infantil y pensiones infantiles. El Departamento de Negocios y Empresa es responsable de los permisos de maternidad y paternidad. El Departamento del Tesoro lleva las deducciones fiscales. El Ministerio de Justicia es competente en las políticas de juventud. Finalmente, el Subcomité de Familias, Infancia y Juventud coordina las acciones interdepartamentales, en fuerte coordinación –en lo tocante a acciones económicas– con el Departamento del Tesoro. |
Suecia | El Ministerio de Integración e Igualdad de Oportunidades actúa transversalmente en las acciones de familia del resto de ministerios desde la perspectiva de igualdad, si bien la principal responsabilidad en materia de familia recae en el Ministerio de Salud y Asuntos Sociales. Asimismo, hay una oficina de coordinación –dependiente del Primer Ministro– en la que están representados los cuatro partidos políticos principales y donde se coordinan los elementos multisectoriales y multidepartamentales más relevantes. |
España | Todos los planes de política social, empleo, salud y educación deben contemplar de forma transversal la familia. Además, en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad se encuentra la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia que entre otras funciones tiene: – El impulso, análisis, elaboración, coordinación y seguimiento de los programas de actuación en materia de servicios sociales de atención primaria, de inclusión social, de protección y promoción de las familias y la infancia y de prevención de las situaciones de dificultad o conflicto social. – La gestión de los estudios, estadísticas y formación de profesionales de servicios sociales de atención primaria, de inclusión social y de protección y promoción de las familias y la infancia. – La convocatoria y gestión de subvenciones con cargo a la asignación tributaria para fines sociales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y de régimen general de servicios sociales, familias e infancia. – El impulso y gestión de órganos colegiados para el análisis, debate y propuestas en materia de familias, infancia, población gitana y acción social. |
CAPV | El Gobierno Vasco tiene las competencias en salud y educación. Garantiza la educación en la etapa obligatoria (6-16 años) y la cobertura del segundo ciclo de educación infantil (3-6 años) alcanza unos porcentajes elevados. La oferta 0-2 años se realiza, mayoritariamente, a través del Consorcio Haurreskolak, a cuya financiación contribuyen en partes iguales el Departamento de Educación, los entes locales y las familias. En el Departamento de Empleo y Política Social se sitúa la Dirección de Política Familiar y Desarrollo Comunitario, con responsabilidad en el diseño de la política de apoyo a las familias, así como de la gestión de algunas de las medidas incluidas en esta, como son las ayudas económicas por hijos e hijas o para la conciliación y acciones de sensibilización, apoyo a la crianza (parentalidad positiva), etc. Le corresponde, de igual manera, velar por la transversalidad y la incorporación de la perspectiva de familia en el resto de políticas sectoriales. En el ámbito del empleo, Lanbide, como organismo autónomo de políticas activas de empleo, gestiona las prestaciones económicas para la garantía de ingresos, garantizando unas rentas mínimas a las familias vascas. Emakunde es el organismo autónomo encargado de las políticas de igualdad de oportunidades, estando además la perspectiva transversalizada en cada departamento del Gobierno Vasco. Las competencias en materia de dependencia están distribuidas (conforme a la Ley 12/2008 de Servicios Sociales) entre el Gobierno Vasco, las diputaciones forales y los ayuntamientos, siendo los entes forales y locales los responsables (con alguna excepción) de la gestión de los servicios sociales. Las diputaciones forales tienen competencias específicas en hacienda (incluyendo la recaudación de tributos), con especial incidencia en las deducciones fiscales. |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión Social de Noruega (2012) y Cuestionario de Haro, Sweden National Organisation for Families (2013).
(Tabla 2) . Permiso maternal, por países
País | Semanas | Condiciones |
Alemania | 52-60 | Hasta el 65% del sueldo con un máximo de 1.800 € mensuales, si bien puede incrementarse hasta 300 € más por hijo/a en caso de partos múltiples. |
Austria | 16 | De las 16 semanas, 8 son antes del parto y las otras 8 después. Se paga el 100% del sueldo. En caso de partos múltiples puede ampliarse en 12 semanas más. A partir de esa fecha, se recoge la posibilidad de una excedencia de hasta tres años, con un tope de 436 € mensuales. |
Bélgica | 15 | El primer mes se remunera con el 82% del sueldo, bajando al 75% el resto del período. A partir de la baja, se pueden percibir entre 95 y 532 € mensuales, dependiendo de si se opta por reducir la jornada o se pide una excedencia de hasta un año para el cuidado de la criatura. |
Dinamarca | 52 | Bajo determinadas condiciones, puede llegar al 100% del salario. |
Finlandia | 18 | El porcentaje de salario varía entre un 70% y un 90%, dependiendo del volumen de ingresos previo y del tiempo de baja elegido. También existe cobertura para personas desempleadas y rentas bajas hasta un máximo de 553 € mensuales. Tras la baja, existe una prestación de entre 316 y 484 € al mes para cuidar a la criatura en casa, en función del nivel de ingresos y del tamaño del hogar familiar. |
Francia | 16-34 | 100% del sueldo. En caso de partos sencillos, se disfruta de 16 semanas, pudiéndose llegar hasta las 34 en caso de partos múltiples. A partir de la baja, la madre puede recibir hasta 513 € durante los tres primeros años si opta por una excedencia para el cuidado de la criatura. |
Holanda | 16 | Se paga el 100% del sueldo, con un tope de 177 € diarios máximo. Después se recoge la posibilidad de 26 semanas para la madre y otras 26 para el padre, si bien la compensación económica no es fija y depende de los convenios laborales, existiendo convenios que no recogen pago alguno. |
Irlanda | 26-42 | 80% del sueldo las 26 primeras semanas, pudiendo ampliarse a otras 16, en este caso sin percepción económica. |
Italia | 20 | 80% del sueldo durante esas 20 primeras semanas. A partir de la baja, se puede optar por prorrogarla con el 30% del salario durante otros 6 meses y otros 4 más, estos ya sin prestación económica. |
Luxemburgo | 16 | De las 16 semanas, 8 son antes del parto y las otras 8 después. Se paga el 100% del sueldo. En caso de partos múltiples, puede llegarse hasta los 4 meses. Tras las 16 semanas, se pueden percibir un máximo de 1.778 € durante 6 meses (si se opta por tomar una excedencia durante ese período para el cuidado de la criatura) o 485 € mensuales (en el caso de optar por una reducción de jornada). |
Noruega | 47-57 | Si se opta por 47 semanas de baja, se percibe el 100% del sueldo, mientras que si se opta por 57 semanas, se dispondrá de un salario reducido. En todas las condiciones el máximo anual será de 61.034 €. Si no se está empleada, también existe una cobertura económica anual de 4.528 €. Actualmente el país está en un debate para su ampliación. |
Portugal | 17-22 | Si se opta por el permiso de 17 semanas, se cobra el 100% del sueldo. En cambio, si se elige la opción de 22 semanas, el porcentaje baja al 80% del salario. |
Reino Unido | 52 | El importe de la prestación depende de la antigüedad en el empleo y del nivel de ingresos. En general, se percibe un tope del 90% del sueldo durante las primeras 39 semanas (aunque a partir de la sexta semana existe un máximo de 628 € mensuales). |
Suecia | 34,5 | Se percibe el 80% del sueldo los primeros 195 días y durante el resto del tiempo una tarifa fija de 20 € diarios. Parte del período puede ser transferido al cónyuge. Previo al parto y si hay riesgo, durante un máximo de 50 días se percibe el 80% del sueldo. |
España | 16 | 100% del sueldo. Posibilidad de reducción de jornada sin compensación económica hasta los seis años. |
CAPV | 16 | Se remite a la normativa estatal, si bien a partir de la baja existe una línea de subvenciones que permite compensar una excedencia o una reducción de jornada. |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión Social de Noruega (2012) y Cuestionario de Haro, Sweden National Organisation for Families (2013).
(Tabla 3) . Permiso paternal, por países
País | Existencia | Condiciones |
Alemania | N/D | Posibilidad de compartir la baja maternal. |
Austria | N/D | Posibilidad de compartir la baja maternal. |
Bélgica | Sí | 10 días, de los que 7 son remunerados con el 82% del sueldo. |
Dinamarca | Sí | 14 días, con el 100% del salario. |
Finlandia | Sí | Se aumentan 6 semanas más de baja si se comparte la baja madre/padre. También se contempla un máximo de 42 días complementarios para el padre tras el parto |
Francia | Sí | 11 días con el 100% del sueldo + 3 días con complemento familiar. |
Holanda | Sí | 2 días. |
Irlanda | N/D | Posibilidad de compartir la baja maternal. |
Italia | N/D | Posibilidad de compartir la baja maternal. |
Luxemburgo | N/D | |
Noruega | Sí | 12 semanas (obligatorias, no utilizables por la madre) con el 100% del sueldo. |
Portugal | Sí | 10 días con el 100% del sueldo. |
Reino Unido | Sí | 14 días con el 90% del sueldo, con la posibilidad de 13 semanas más no remuneradas. |
Suecia | Sí | 34,5 semanas. Se percibe el 80% del sueldo los primeros 195 días y durante el resto del tiempo una tarifa fija de 20 € diarios. Parte del período puede ser transferido al cónyuge. |
España | Sí | 13 días, al 100% del sueldo |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión Social de Noruega (2012) y Cuestionario de Haro, Sweden National Organisation for Families (2013).
(Tabla 4) . Transferencias a familias de carácter continuado relativas a la infancia
País | Importe | Condiciones |
Sistemas universales | ||
---|---|---|
Alemania | 164-215 € | Hasta los 18 años (hasta los 25 si está estudiando). No hay límite si existe discapacidad. La cuantía aumenta en función del número de hijos/as y de la edad de los mismos. Si uno de los progenitores deja de trabajar para cuidar a su hijo/a, tiene derecho a recibir el 67% del sueldo medio durante 14 semanas (o 300 € si no tenía trabajo remunerado previo). |
Austria | 105-152 € | Hasta los 18 años (si está estudiando, hasta los 26). Va aumentando con la edad del hijo/a y con cada hijo/a de más (hasta 97,8 € c/u). Complemento de 550 € mensuales para criaturas con discapacidad en hogares con ganancias de menos de 55.000 €. En septiembre hay paga extra, con lo que son 13 mensualidades. |
Bélgica | 88-244 € | Hasta los 18 años (hasta los 25 si está estudiando). Las familias monoparentales tienen un complemento de entre 21 y 46 € mensuales. También hay tratamientos especiales en caso de familias en desempleo o pensionistas. |
Dinamarca | 110-269 € | Hasta los 18 años. La cuantía es mayor cuanto menor es el hijo/a. Hay un complemento de 82 € mensuales para infancia menor de 7 años (hasta un máximo de 215 € mensuales). |
Finlandia | 100-182 € | Hasta los 18 años. Aumenta el importe según el número de hijos/as (100 € para el primero, 182 para el quinto y siguientes). Hay un suplemento para familias monoparentales de 47 € mensuales por hijo/a. |
Francia | 124-259 € | Solamente se paga cuando la familia tiene al menos 2 niños/as. Hasta los 20 años. Puede llegar a un máximo de 512 € durante los primeros tres años si un progenitor deja de trabajar para cuidar al hijo/a. Puede añadirse un máximo de 161 € si la familia es de rentas bajas. Complemento de entre 124-1.018 € para familias con hijos/as con discapacidad. |
Holanda | 193-276 € | Hasta los 17 años. Va aumentando con la edad del hijo/a, así como dependiendo del número de hijos/as. |
Irlanda | 166-203 € | Hasta los 16 años (18 si está estudiando o tiene alguna discapacidad). Incremento de 1.100 € anuales hasta los 6 años de edad. |
Luxemburgo | 185-685 € | Hasta los 18 años (hasta los 27 si está estudiando). En líneas generales, las ayudas oscilan entre 185 y 362 € (se incrementan según el número de hijos/as y dependiendo de la edad). Además, para hijos/as menores de 6 años hay un complemento de 16 € y para menores de 12 años de 48 €. Si el hijo/a tiene alguna discapacidad el incremento es de 185 € mensuales. Asimismo, existe una ayuda para compensar parcialmente los gastos de escolarización de entre 113 y 323 € mensuales (a partir de los 6 años). |
Noruega | 118-157 € | Hasta los 18 años. Varía según la zona del país (en las zonas rurales del norte hay un suplemento de 39 € sobre los 118 € base). |
Reino Unido | 64-100 € (aprox.) | Hasta los 16 años (hasta los 20 si continua estudiando). La cuantía varía según la edad y el número de hijos/as. |
Suecia | 116-165 € | Hasta los 16 años (hasta los 18 si la hija o hijo sigue escolarizada/o). El importe aumenta según el número de hijos/as y existe un complemento de hasta 1.000 € mensuales en caso de discapacidad infantil. Está exento de tributación. |
Sistemas no universales | ||
Italia | 10-258 € | Dependiendo de la renta y el número de personas del hogar familiar. |
Portugal | 0-407 € | Solamente para rentas bajas. Se establecen cinco niveles retributivos (que oscilan desde la inexistencia de ayudas a las situaciones de grave exclusión social). Existen incrementos por monoparentalidad, discapacidad y/o familia numerosa. |
España | 0-84 € | Ayudas económicas para familias con ingresos inferiores a 11.300 € (18.000 € en el caso de familias numerosas) prestadas por la Seguridad Social. Se contemplan suplementos por discapacidad. Se hace hincapié especialmente en el tramo de edad de 0-6 años. Las comunidades autónomas establecen sistemas de RGI cuyos importes y condiciones varían entre sí. |
CAPV | 33-375 € | Entre 400 € y 1.100 € anuales por hijo/a a cargo. Además, en casos de reducción de jornada para el cuidado de hijo/a (o de persona dependiente), se contemplan entre 2.046 y 3.500 € anuales. Las excedencias pueden mantenerse hasta los 6 años de edad del hijo/a, mientras que las reducciones de jornada pueden utilizarse hasta que cumpla los 14 años. Además, dentro de las medidas de alto impacto y si bien no se trata de medidas específicas para familias con hijos/hijas (pero que sí se incrementan según el número de hijos/as), por su elevada trascendencia es importante destacar que en casos de unidades convivenciales de ingresos reducidos el sistema de garantía de ingresos aporta entre 616 y 875 € por hogar (en función del número de miembros), además de complementos por vivienda (250 € mensuales). |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión social de Noruega (2012) y Euskadi.net (2013).
(Tabla 5) . Transferencias a familias de carácter puntual relativas a la infancia
País | Importe | Condiciones |
Bélgica | 1.086-1.903 € | Por nacimiento o adopción. Por cada segundo hijo/a (partos o adopciones múltiples) se suman 817 € más. |
Dinamarca | 5.634,00 € | Ayuda puntual de 5.634 € por adopción internacional. |
Finlandia | 1.900-4.500 € | Ayuda puntual por adopción internacional. La cuantía oscila según el país de origen del niño/a. |
Francia | 855-1.719 € | Por nacimiento se abonan 855,25 €. En caso de adopción la suma asciende hasta 1.719 €. |
Irlanda | 635,00 € | 635 € al nacer, en el cuarto y en el duodécimo cumpleaños, en caso de parto múltiple. |
Luxemburgo | 1.741,00 € | Ayuda puntual (de pago dividido en tres plazos) por cada nacimiento. Las madres que no trabajan tienen derecho a prestaciones económicas complementarias similares al permiso por maternidad. |
Noruega | 4.092,00 € | Ayuda puntual de 4.092 € por niño/a nacido/a o adoptado/a. |
Reino Unido | 625 € (aprox.) | Unos 625 € por cada hijo/a recién nacido. Además, se ingresa un cheque de unos 325 € en una cuenta del niño/a que solamente puede ser utilizado cuando cumpla los 18 años. |
España | 2.581-7.743 € | Ayudas puntuales por parto o adopción internacional que oscilan entre 2.581 € para 2 hijos/as y 7.743 € para 4 o más. Si existe discapacidad, los importes se duplican. |
CAPV | 2.000-3.500 € | En los casos adopción o parto múltiple y de adopción internacional, 2.000 € en el caso del primer hijo/a y 1.500 € más por los sucesivos multiplicados por el coeficiente de renta estandarizada (para determinar el importe final en función de los ingresos familiares). |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Ministerio de Infancia, Familia e Inclusión social de Noruega (2012) y Euskadi.net (2013).
(Tabla 6) . Deducciones fiscales por gastos de estructura familiar
País | Básica | Adicional | |||
Por cónyuge o relación análoga | Por descendientes | Por descendientes | Por monoparentalidad | Por discapacidad o dependencia | |
Alemania | En caso de declaración conjunta, se duplican las deducciones básicas hasta un máximo de 14.412 € anuales. En caso de familias monoparentales (con al menos 1 hijo/a), se establece una reducción fiscal de 3.108 €. | Deducción fiscal de entre 1.848 € anuales (por el primer hijo/a) y 2.148 € (para los siguientes) menores de 18 años, extendiéndose a 27 si estudia o está en paro. En el caso de tributación conjunta, los importes se doblan. | 774 € anuales (1.547 € en el caso de tributación conjunta) en el caso de menores de 16 años o con discapacidad. | Deducción para familias monoparentales hasta los 16 años de edad de la hija/o por un importe de entre 2.050 € anuales para el primer descendiente y 1.030 por cada uno de los siguientes. | Deducción por tener a cargo familiares con discapacidad, oscilando la cuantía entre 307 y 1.412 € mensuales en función del grado. |
Austria | Si el cónyuge del declarante ingresa menos de 6.000 € anuales (en una familia con hijos/as), existe un crédito fiscal de 364 € mensuales. | Crédito fiscal de 50 € por hijo/a al mes, compatible con las ayudas directas. | Por cada hijo/a se realiza un incremento del crédito fiscal de entre 130 € mensuales y hasta 220 € mensuales por el tercero y posteriores. La fórmula de deducción fiscal negativa se contempla en casos de bajos ingresos. | ||
Bélgica | En caso de declaración conjunta, pueden sumarse las dos deducciones básicas individuales hasta los 4.140 €. Si el cónyuge tiene alguna discapacidad, hasta 1.200 €. | 1.160 € anuales por el primer hijo, incrementándose progresivamente hasta 10.860 € por el cuarto (y 4.150 € por los sucesivos), siempre que estos no tengan ingresos o sean muy reducidos. En caso de que uno de los hijos tenga alguna discapacidad, computa el doble. | 430 € por cada hijo menor de tres años si no se ha obtenido una deducción previa por gastos de cuidado infantil (dentro o fuera del hogar). | En el caso de viudedad con hijas/os o de madre/padre soltero, se establecen deducciones de 1.200 €. | Deducción por persona dependiente a cargo (que tenga ingresos máximos de 2.490 €) por un máximo de 1.200 € anuales. |
Dinamarca | Crédito fiscal transferible entre cónyuges por un importe anual de 3.492 €, si bien el sistema de pago de impuestos es individual. Cada persona tiene garantizado un crédito fiscal de entre 231 € y 1.643 €, y el porcentaje de tributación varía según el nivel de ingresos. | No. | No. | No. | No. |
Finlandia | No. Sistema Fiscal Individual. | No. | No. | No. | No. |
Francia | Deducción en pareja inferior a la suma de las individuales (Sistema Quotient, que hace que el cónyuge tribute al 50%). Las PACS (equivalente a las parejas de hecho) se contemplan como matrimonios en su tratamiento fiscal. | La tributación es decreciente según el número de hijos/as a cargo. | 4.338 € por hijo/a a cargo hasta los 21 años o 25 si está estudiando. | No. | Deducción de 3.000 € anuales por persona mayor de 75 años que conviva con el contribuyente. |
Holanda | Crédito fiscal transferible entre cónyuges por un importe anual de 3.868 €. | Deducción fiscal por hijos/as (independiente del número) de 1.459 € anuales. | Deducciones para menores de 12 años variables en función de la renta. Oscilan entre los 11 y los 742 € (siempre que los ingresos superen los 4.562 € anuales). También es deducible el gasto en algunos tipos de estudios. | 7.035 € por hijo/a a cargo menor de 27 años en familias monoparentales. Adicionalmente, deducción de un 12% del total de la renta (con un máximo de 3.402 €) para hijos a cargo menores de 12 años y solamente en familias monoparentales. | No. |
Irlanda | Crédito fiscal de 3.660 € anuales por pareja. Además, si alguno de los miembros de la pareja es mayor de 65 años, aumenta en 1.016 €. | Crédito fiscal de 900 € anuales para familias en las que uno de los cónyuges se hace cargo de hijos/as menores de edad o dependientes (siempre que sus ingresos sean menores de 7.000 €). | No. | No. | Entre 85 y 159 € mensuales de deducción fiscal por persona a cargo o cónyuge con alguna discapacidad. |
Italia | Cuando uno de los cónyuges está a cargo del otro (al no superar los 2.480 €), se realiza una deducción de entre 434 y 546 € anuales, en función de la renta del hogar. | Entre 266 y 2.100 € por hijo/a (en función del número de los mismos y de los ingresos familiares) cuando estos no tienen ingresos o son muy reducidos (un máximo de 2.480 €). | En los casos de hijos/as menores de 3 años, 123 € anuales. En el caso de adopción internacional, se subvenciona hasta un 50% del total de los gastos. También se pueden deducir el 19% de los gastos en estudios. | En familias monoparentales, deducciones de entre 266 y 575 € por cada hijo/a a cargo, variables según la renta familiar (no universal). | Deducción por persona dependiente de entre 133 y 142 € (en función de los ingresos del hogar), siempre que los ingresos de la persona dependiente no superen los 2.840 €. |
Noruega | Sistema fiscal, en líneas generales, individual, si bien se contempla para los casos en los que uno de los cónyuges no trabaja una deducción conjunta de carácter anual de 6.582 €. | Deducción fiscal de 3.198 € anuales por el primer hijo y de 639 € por los siguientes hasta los 12 años. Si existen circunstancias excepcionales (discapacidad, por ejemplo) se amplía indefinidamente. | No. | La deducción básica se amplía en los casos de monoparentalidad, duplicándose (hasta 452 €) por cada hijo/a. | Deducciones de hasta 618 € mensuales para personas a cargo distintas al cónyuge o hijos/as. |
Portugal | Deducción conjunta de carácter anual de 279 €. | Entre 100 y 107 € anuales por hijo, dependiendo del número. Deducción fiscal de hasta el 30% de los gastos en educación. | Por hijo/a dependiente, un máximo de 170 € anuales, que se incrementan hasta los 341 € en los casos de menores de 3 años. | 340 € anuales de deducción fiscal en casos de familias monoparentales. | Entre 151 y 234 € anuales para ascendientes que convivan con el contribuyente si su pensión no supera el mínimo establecido. 30% de los gastos relativos a salud de personas dependientes. |
Reino Unido | Deducción en tributación conjunta dependiente del nivel de renta y solamente para parejas que trabajan al menos 30 horas semanales. Su importe oscila, según renta, entre los 1.050 y los 4.560 € aproximadamente. | Crédito fiscal de unos 700 € por hijos/as (independiente del número) y de otros 2.300 € por cada hijo/a menor de 16 años o hasta 19 si es estudiante. Además, en el primer año de vida de cada hijo/a se establecen otros 700 €. | Crédito fiscal para familias con hijos/as menores de 3 años de unos 680 € anuales. | Crédito fiscal para familias monoparentales que trabajan al menos 16 horas semanales por importe de unos 1.800 € anuales. | Crédito fiscal para familias con descendientes con discapacidad de unos 2.700 € anuales y de unos 1.200 € más en caso de discapacidad severa. |
Suecia | No. Sistema Fiscal Individual. | No. | No. | No. | No. |
España | Mínimo de contribuyente (mínimo personal y familiar) de 5.050 € que reduce la base liquidable. Deducción por inversión en vivienda habitual por un máximo de 1.352 € por contribuyente. | Deducción de entre 1.800 € (por el primer hijo/a) y 4.100 € (por el cuarto y siguientes) anuales por hijo/a a cargo (siempre que estos ingresen menos de 1.800 € anuales). | Deducción fiscal por un máximo de 1.200 € anuales durante los 3 primeros años de vida de cada hijo/a. | Reducción de la base liquidable cuando la persona solicitante, un ascendiente o un descendiente tenga alguna discapacidad, de entre 2.300 y 7.038 € (según grado). Reducción de entre 918 y 1.122 € anuales por persona mayor de 65 años o con discapacidad superior al 33% que esté a cargo, no teniendo ingresos superiores a 1.800 € anuales. | |
CAPV | Deducción general de 1.375 €. Complemento si la persona solicitante es mayor de 65 años de 330 € y de 605 € si es mayor de 75 años. Deducción por vivienda (compra o alquiler) de hasta 2.760 € por hogar. | Deducción fiscal de entre 579 € anuales (por el primer hijo/a) y 1.869 € (por el quinto o sucesivo). | Deducción fiscal complementaria para descendientes menores de 6 años de 331 €, y si tiene entre 6 y 16 años, un complemento adicional de 50 € (Araba/ Álava y Bizkaia). Para pensiones alimenticias podrá deducirse un 15%, con máximos en función del número de hijos. |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), SIIS (2004), Agencia Tributaria Española (2013), Diputación Foral de Álava (2013), Diputación Foral de Bizkaia (2013) y Diputación Foral de Gipuzkoa (2013).
(Tabla 7) . Deducciones fiscales por gastos derivados del cuidado familiar
País | Descendientes | Dependientes (ascendientes, descendientes y familiares de primer grado) |
||
Fuera del domicilio (contratación de ayuda especializada) | En el domicilio (contratación de ayuda doméstica) | Gastos para el cuidado de personas dependientes fuera del domicilio | Gastos para el cuidado de personas dependientes en el domicilio (ayuda doméstica) | |
Alemania | Deducción de 2/3 del coste del cuidado de los hijos/as (hasta un máximo de 4.000 €). | Deducción de 2/3 del coste del cuidado de los hijos/as (hasta un máximo de 4.000 €). | Cobertura parcial mediante deducciones fiscales para hacer frente a los gastos derivados de una residencia para personas mayores. | Cobertura parcial mediante deducciones fiscales para hacer frente a los gastos derivados de la contratación de ayuda doméstica en casos de dependencia, personas enfermas o ancianas. |
Austria | Los gastos del cuidado de personas dependientes son desgravables en la declaración de la renta. | Los gastos del cuidado de personas dependientes son desgravables en la declaración de la renta. | ||
Bélgica | Deducción de 11,2 € por día de atención fuera del hogar por cada hijo/a menor de 3 años. | Deducción máxima de 6.100 € anuales que permiten compensar hasta el 50% de los gastos de contratación de una persona dada de alta en la Seguridad Social hasta los 12 años de cada hijo/a. | No. | Deducción máxima de 6.100 € anuales que permiten compensar hasta el 50% de los gastos de contratación de una persona dada de alta en la Seguridad Social. |
Dinamarca | No. | No. | No. | |
Finlandia | No. | No. | No. | |
Francia | Para hijos/as menores de 7 años y en el caso de familias monoparentales o cuando ambos cónyuges trabajan, se abona el 50% del coste del cuidado hasta un máximo de 6.000 € anuales. Este máximo puede llegar a los 7.500 € en casos de discapacidad, familias numerosas, etc. | Deducción máxima de 6.000 € anuales (hasta 7.500 € si en el hogar reside alguna persona con discapacidad) que permiten compensar hasta el 50% de los gastos de contratación de una persona dada de alta en la Seguridad Social. | No. | Deducción máxima de hasta 13.800 € que permiten compensar hasta el 50% de los gastos de contratación de una persona dada de alta en la Seguridad Social. |
Holanda | No. | No. | Deducción fiscal de parte del coste de los gastos médicos. | Deducción fiscal de parte del coste de los gastos médicos. |
Irlanda | Crédito fiscal de 900 € anuales para familias en las que uno de los cónyuges se hace cargo de hijos/as menores de edad o dependientes (siempre que sus ingresos sean menores de 7.000 €). | No. | Deducción fiscal de un máximo de 1.800 € anuales para hacer frente a los gastos derivados de una residencia de personas mayores. | No. |
Italia | No. | No. | 19% de los gastos médicos de personas con discapacidad. | 19% de los gastos médicos de personas con discapacidad. |
Noruega | Para familias con hijos/as menores de 12 años, una deducción de entre 3.100 y 3.800 € anuales (en función del número de hijos). | No. | No. | No. |
Portugal | No. | No. | Hasta un 25% del total de los gastos relativos al cuidado residencial de personas mayores dependientes. | No. |
Reino Unido | Créditos fiscales para compensar el coste del cuidado infantil de parejas que trabajan al menos 16 horas a la semana, incluyendo el coste de guarderías en el puesto de trabajo por importes que oscilan entre unos 2.700 € anuales (guarderías de empresa) y los 11.000 €, aproximadamente. | Créditos fiscales para compensar el coste del cuidado infantil de parejas que trabajan al menos 16 horas a la semana, incluyendo el coste de guarderías en el puesto de trabajo por importes que oscilan entre unos 7.000 € anuales y los 11.000 €, aproximadamente. | No. | No. |
Suecia | No. | No. | No. | No. |
España | Reducción de la base liquidable de hasta 2.316 € por los gastos del cuidado de una persona dependiente (tanto la persona solicitante como sus ascendientes o descendientes). | Reducción de la base liquidable de hasta 2.316 € por los gastos del cuidado de una persona dependiente (tanto la persona solicitante como sus ascendientes o descendientes). | ||
CAPV | Exención fiscal de las actividades de rehabilitación y formación de niños y jóvenes; asistencia a lactantes, custodia y atención a niños menores de 6 años; realización de cursos, excursiones, campamentos o viajes infantiles y juveniles y otras análogas prestadas a favor de personas menores de 25 años en los servicios de alimentación, alojamiento o transporte prestados a personas dependientes por entidades de derecho público. | Las prestaciones de servicios de asistencia social (tercera edad, cargas familiares no compartidas, acción comunitaria y familiar) efectuadas por entidades de derecho público o entidades o establecimientos privados de carácter social. Exención fiscal de los servicios de alimentación, alojamiento o transporte accesorios de los anteriores prestados por dichos establecimientos o entidades, con medios propios o ajenos. |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), SIIS (2004), Agencia Tributaria Española (2013), Diputación Foral de Álava (2013), Diputación Foral de Bizkaia (2013) y Diputación Foral de Gipuzkoa (2013).
(Tabla 8) . Sistemas de cuidado infantil, por países
Alemania | A pesar de la gran inversión estatal, determinadas zonas de Alemania ofrecen un bajo ratio de plazas y resulta complicado poder acceder a una escuela infantil (además de ofrecer unas tarifas muy elevadas). |
Austria | Al tratarse de un Estado federal, existen diferencias por zonas. En general, se mantiene una estructura similar con créches que cuidan de la infancia hasta los 3 años y nursery schools hasta los 5 años. También se reconocen sistemas de carácter no formal como el canguraje, los grupos de madres y padres (que establecen turnos por días y horas) y los hogares de días (que cuidan entre 5 y 10 niñas y niños). Sin embargo, las tarifas y la oferta varían por zonas, siendo, por ejemplo, los servicios gratuitos en Viena, pero no en el Tirol o en Burgenland. |
Bélgica | El sistema de atención varía entre la parte flamenca y la francófona. Las tasas, si bien subvencionadas, varían según la zona del país y los ingresos familiares. Básicamente, existen dos tipos de infraestructuras: una de tipo formal (créches) y la otra no formal (grupos de juego). En ambas las plazas necesitan reservarse con mucha antelación, no estando garantizadas. El horario es amplio y suele cubrir de 7:00-18:00 h. El sistema funciona mediante cheques, que se adquieren a una tarifa fija de 7,5 € la hora y que al ser hechos efectivos por la persona empleada, son abonados a 20,5 € la hora (siendo ese diferencial abonado por el Estado). |
Dinamarca | El Estado garantiza plazas en escuelas infantiles desde los 6 meses hasta la incorporación al sistema escolar. Las escuelas infantiles tienen un compromiso de apertura horaria adaptada al mercado laboral, así como en materia de alimentación sana. También puede optarse por un sistema de canguraje. Incluso desde 2004 no solamente se cubren los gastos de cuidado infantil, sino también los de personas mayores de 65 años. En todos los casos el Estado subsidia el 50% de los costes. |
Finlandia | Existe una red pública de centros de día para el cuidado infantil a la que toda la infancia tiene derecho. Los costes de la plaza dependen de los ingresos de la familia. También existe una red privada de centros concertados cuyos costes están parcialmente subvencionados por el Instituto de Seguridad Social finlandesa. También es posible una cierta exención de impuestos: un 60% en el caso de empresas y hasta un 100% en el caso de personas prestadoras de servicios. |
Francia | La oferta de plazas es variada, aunque no universal ni gratuita, dependiendo del volumen de ingresos familiar. Las familias pueden optar por créches (guarderías infantiles muy arraigadas en el país, que acogen a la infancia desde los 2 meses de edad y que pueden ser públicas o privadas), canguraje (muy habitual en Francia), escuelas infantiles (a partir de los 2 años), etc. El horario de todos los servicios es flexible (de 07:00-19:00 h) y está subvencionado. Actualmente el Estado desarrolla un plan para aumentar el volumen de la oferta. El sistema de cuidado infantil se basa en un sistema de cheques que pueden ser adquiridos por la familia y que les permiten comprar servicios de cuidado infantil (formal o informal), deduciéndose hasta 12.000 € anuales (un máximo del 50% del gasto total) o por la empresa que quiere apoyar la conciliación de su plantilla. |
Holanda | Existe un sistema formal de atención (a través de escuelas infantiles), así como no formal (mediante canguraje e incluso cuidado de familiares que pueden acceder a las tarifas fijadas por el gobierno). El coste del sistema se reparte entre gobierno y empresas mediante un impuesto especial. |
Irlanda | El Estado ofrece un año de escolarización preescolar prácticamente gratuito a tiempo parcial dentro del programa ECCE (38 semanas con 3 horas diarias o 50 semanas con 2 horas y 15 minutos diarios). |
Italia | No existe una oferta estatal, pero algunas regiones sí ofrecen servicios municipales, si bien especialmente centrados en colectivos en riesgo de exclusión. |
Luxemburgo | Se contemplan distintos sistemas, incluyendo el cuidado en casa, el canguraje y el sistema de escuelas infantiles municipales (maison relais) para infancia de hasta 12 años. En este último caso, mediante un sistema de bonos, el Estado se hace cargo de 3 horas a la semana. Las siguientes 21 horas tienen un coste de 3 € la hora y de 7,50 € hasta 60 horas a la semana. Para más horas, se abona la tarifa completa. |
Noruega | Tras el año de baja familiar, la criatura tiene derecho a una plaza en el sistema público, fuertemente subsidiado. El coste es según ingresos, pero tiene carácter asequible (entre 85 y 424 € mes). El horario de apertura es más amplio que el habitual horario laboral (unos 90 minutos más). Si no se hace uso de este sistema y se le cuida en el propio hogar, se reciben 452 € mensuales. |
Portugal | Existe un amplio sistema no formal de cuidado basado en las familias, aunque también en el canguraje (con un máximo legal de 4 criaturas por persona cuidadora y hogar). También existe un sistema formal no universal de escuelas infantiles privadas y públicas, estas últimas con un sistema de tarifas dependiente de los ingresos familiares. |
Reino Unido | La atención infantil hasta los 4 años es pública y gratuita hasta un tope de 15 horas semanales y 38 semanas al año. Es posible utilizar servicios tanto formales (escuelas infantiles) como no formales (grupos de juego, canguraje, etc.). |
Suecia | La red de centros infantiles está fuertemente subvencionada por el Estado (con hasta 15.000 € por plaza) y tiene un horario normal de 6:00-18:00 h, aunque en muchas ciudades es más amplio. Su coste varía según ingresos, pero en ningún caso estos son superiores a 140 € mes por hija o hijo. También es posible el cuidado en casa, si bien es una opción dependiente de los ayuntamientos y que solamente está disponible aproximadamente en un tercio de los mismos, estableciéndose una compensación media de 333 € por hija o hijo de 1 a 3 años y con deducciones fiscales complementarias. |
España | Las familias encuentran dificultades en el acceso a la red de escuelas infantiles, tanto por el volumen de plazas existente como por las tarifas. Existen amplias diferencias dependiendo de la comunidad autónoma. |
CAPV | Existe una red de cuidados infantiles que, si bien no garantiza un sistema de plaza universal, ha experimentado un crecimiento constante en los últimos años. La oferta más amplia es la de escuelas infantiles, mayoritariamente los centros para 0-3 años del Consorcio Haurreskolak, cuyo coste oscila entre los 148 y los 208 € mensuales, y que cubre un máximo de 40 horas semanales. Existen, no obstante, otras medidas más minoritarias, como las ayudas a la contratación de personas para el cuidado en el hogar o el proyecto piloto haur-etxeak, basado en el sistema de canguraje. |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Federal Ministry of Economy, Family and Youth.
Austria (2012), https://www.gov.uk/ (2012), Ministry of Health, Welfare and Sport. Netherlands (2012), https://www.euskadi.net (2013) y haurreskolak.net (2013).
(Tabla 9) . Apoyos económicos específicos para personas con dependencia
País | Moderada | Severa | Grave y muy grave |
Alemania | 440-1.023 €. | 440-1.279 €. | 700-1.918 €. |
Dinamarca | Servicios universales y gratuitos garantizados por Ley. | ||
Francia | 530-1.235 €. | ||
Holanda | Servicios universales garantizados por Ley. En ocasiones se exige participar en el pago de los servicios en función de los ingresos y la comarca. | ||
Italia | 480 €, si bien dependen de la capacidad de apoyo familiar. | ||
Reino Unido | Unos 360 € para umbrales de ingreso inferiores a 27.000 € anuales. | ||
España (territorio nacional) |
60-300 €. | 300,9-462,18 €. | 417-833,96 €. |
Fuente: Kamette, F. (2011).
(Tabla 10) . Recursos de atención a la dependencia, por países
País | Atención domiciliaria | Atención no domiciliaria |
Alemania | No disponible. | No disponible. |
Austria | Beneficios económicos contemplados para personas que cuidan de sus familiares, especialmente para los niveles de mayor dependencia. Sistemas de atención a la dependencia mediante cuidado en el hogar profesionalizado (ayuda doméstica, ayuda comunitaria, transporte adaptado, etc.). |
Sistemas de atención a la dependencia para cualquier grupo, también de carácter institucional (hogares de día y centros de día y residencias). |
Bélgica | No disponible. | No disponible. |
Dinamarca | No se indica. | Hogares o apartamentos tutelados para personas con discapacidad o personas mayores que cubren ayuda doméstica, higiene personal, rehabilitación, cuidado sanitario (15 horas semanales), equipamiento adaptado, etc. Servicios en general gratuitos. |
Finlandia | Los ayuntamientos contemplan ayuda en el hogar (a través de personal de enfermería). Servicios gratuitos. | Los ayuntamientos proveen de servicios de alojamiento adaptados a personas con discapacidad (independientemente de su edad), así como servicios de transporte adaptado. Servicios gratuitos. |
Francia | Ayuda en el hogar para personas mayores que han perdido habilidades de la vida diaria, en general a través de entidades del Tercer Sector convenidas. Asimismo, se contemplan servicios de enfermería a domicilio. Servicios de pago parcial según renta disponible. | Hogares para personas dependientes y un programa especial de hogares para personas mayores en zonas rurales. Servicios de pago parcial según renta disponible. |
Holanda | Asistencia en las tareas domésticas y en la movilidad en el hogar. Asistencia en el transporte público. Asistencia para generar una red de relaciones sociales. Apoyo en el hogar. Estos sistemas pueden articularse mediante asignación directa por parte de la Administración o bien la persona usuaria puede elegir una dotación económica con la que “adquirir” la atención que prefiera. | No disponible. |
Irlanda | Programas de atención doméstica basados en cuidado de enfermería y ayuda doméstica (limpieza, catering, etc.), así como servicios de fisioterapia. Servicios de pago parcial según renta disponible. | Servicios hospitalarios y centros de día (con comida, baño, fisioterapia, terapia ocupacional, lavandería, etc.) y servicios residenciales. Servicios de pago parcial según renta disponible. |
Italia | Programas de atención doméstica (de carácter sociosanitario), así como prestaciones económicas para personas que se hacen cargo de sus familiares (para compensación parcial de gastos). Si bien el servicio es público, en muchas ocasiones es prestado por entidades del Tercer Sector. | Sistemas de residencias y apartamentos tutelados, en función del nivel de dependencia. En el último caso es un programa piloto de carácter experimental para mantener a las personas en un entorno comunitario. Si bien el servicio es público, en muchas ocasiones es prestado por entidades del Tercer Sector. |
Luxemburgo | Servicios de ayuda y cuidado a domicilio que cubren todo el país. Servicios de pago parcial según renta disponible. | Sistemas de atención diurna (centros de día). Servicios residenciales (1.600 camas) a través de la red pública Servior. Servicios de pago parcial según renta disponible. |
Noruega | Asistencia municipal en el hogar. Gratuita. Servicios complementarios (ajenos a la asistencia sanitaria) de coste limitado. | Hogares residenciales de coste limitado (a partir de unos ingresos determinados se contribuye con un 75% de los ingresos). Sin embargo, las propiedades y otros bienes no se contabilizan para el cálculo. |
Portugal | Cuidados en el hogar para personas con pérdida de habilidades de la vida diaria y discapacidades moderadas. Elevada cobertura en el país, si bien temporalmente reducida (no existen servicios de 24 horas en el hogar). En menor medida se ha ensayado una fórmula de acogimiento familiar. Servicios de pago parcial según renta. | Centros de día (de 9:00-17:00 h) y centros residenciales (que cubren alojamiento, comida, etc.). En menor medida se han desarrollado apartamentos tutelados. Servicios de pago parcial según renta. |
Reino Unido | Servicios de cuidado y atención domiciliaria, priorizados frente a la atención institucional. Incluyen servicios de adaptación del hogar. Se establecen pagos a personas en dependencia o a sus familiares (en caso de estar a cargo) para elegir los servicios de mayor interés (a su elección dentro de un rango de proveedores certificados). | No disponible. |
Suecia | Asistencia económica a personas con dependencia mayores de 65 años para el pago de asistencia domiciliaria. También se contemplan ayudas domésticas para reformas del hogar. Se contemplan apoyos económicos para familias en el cuidado de personas dependientes menores de edad. | Cobertura parcial de los costes residenciales para personas mayores con pérdida de las habilidades de la vida diaria o en situación de dependencia. El pago es parcial según renta disponible. |
España | Servicio de ayuda a domicilio. Implantación desigual según la zona del país (en algunas, inexistente). Apoyos económicos a personas que tienen a cargo a familiares con dependencia que son utilizados en algunas regiones como norma y no como excepción, al no existir la prestación institucional habilitada de forma general. En general, servicios de pago según renta. | Centros de día y centros residenciales. Desigual desarrollo según zonas del país. En general, servicios de pago según renta. |
CAPV | Servicios de ayuda a domicilio. Amplia implantación en los tres territorios históricos. Servicios experimentales de viviendas compartidas. | Amplia presencia del sistema institucional, con gran desarrollo del sistema de atención diurna (centros de día y centros ocupacionales) y del residencial (principalmente residencias). Sistemas de transporte adaptado disponibles. El acceso a los recursos es universal, si bien el pago de los precios públicos depende de la renta disponible de la persona beneficiaria. Existen diferencias en el cálculo del cómputo en los tres territorios históricos. |
Fuente:
elaboración propia a partir de Unión Europea (2013), Council of Europe (2013), Diputación Foral de Álava (2012), Diputación Foral de Bizkaia (2012) y Diputación Foral de Gipuzkoa (2012).
Anexo 3. Extracto del acta de la reunión del Consejo de la Infancia y la Adolescencia del Ararteko (15 marzo de 2013)
Aportaciones al estudio sobre familias diversas, en elaboración
El trabajo para este objetivo se estructura en dos momentos: el primero aborda una reflexión respecto a los distintos modelos de familia y a los elementos que definen que ese grupo de personas sea una familia; el segundo, las principales dificultades y/o necesidades detectadas en las familias y las propuestas para cubrir esas necesidades.
En lo tocante a los modelos de familia, las aportaciones son:
Familias de dos adultos con hijos e hijas: conocen muchas familias de este tipo. Muy habitual con dos hijos/hijas y también (creen que cada vez más) con un solo hijo/hija. Las familias numerosas también son frecuentes, aunque no tanto. La familia padre, madre, hijo, hija y mascota es lo que se suele representar en las películas y lo primero que nos sale cuando pensamos en una familia, pero la realidad es más compleja, diversa y rica…
Familia de dos hombres homosexuales con una hija adoptada. Conocen algunas parejas homosexuales, aunque no con hijos e hijas.
Familias monoparentales: pueden ser monoparentales porque se han separado o han enviudado, pero también porque han optado por tener el hijo solas. Conocen ambos tipos de familia.
Familias que viven con otros miembros de la familia extensa, generalmente los abuelos y abuelas. Es frecuente sobre todo cuando estas personas mayores se quedan solas y necesitan que alguien les cuide. En otros lugares (Angola) la “familia” se amplía con vecinos, personas que necesitan ayuda, etc.
Familias conformadas por un hombre mayor y una madre jovencita. Tienen un solo hijo/hija. Cada vez ven más familias así, con una gran diferencia de edad.
Familias reconstituidas. Es un tipo de familia frecuente y da lugar a múltiples relaciones, tanto entre los hijos y las nuevas parejas de sus progenitores como entre los hijos/hijas que aporta cada uno de ellos.
Varias “unidades familiares” que viven juntas. Es más habitual en otros lugares, por ejemplo en Cuba, y aquí no se ve tanto.
Respecto a lo que hace que una familia sea familia, hay acuerdo en que es el vínculo del cariño, más incluso que los lazos de sangre. Existe un proyecto de vida en común, querer construir un futuro juntos.
Se aprecian diferencias de “grados” en esas relaciones y vínculos de familia. Está la familia que vive bajo un mismo techo, la que mayormente se ha dibujado, pero se reconoce la existencia de la familia más extensa (abuelos, tíos, primos, incluso vecinos muy cercanos), con la que también se mantienen relaciones muy estrechas en muchos casos.
La familia da alegrías (por eso las caras sonrientes de los personajes de los dibujos), lo que no quita para que haya enfados y desacuerdos. En general, se está relajado.
La familia da seguridad, estabilidad, apoyo, cuidado, cosas materiales, educación… La familia quiere lo mejor para los suyos.
En relación con las necesidades de las familias, encontramos:
1. Cosas en las que la Administración puede facilitar:
Dinero, ayuda económica, ayuda alimentaria, ayuda para curar enfermedades, becas para estudios (garantizar educación superior). Algunas familias tienen más dificultades que otras: las que tienen más hijos, las que tienen algún miembro con enfermedad. Es importante el dinero para garantizar lo más básico.
Trabajo, tanto si te gusta como si no. Se necesita para acceder al dinero.
Tener alguien que les guíe y les aconseje: información, orientación…
Accesibilidad a medios o servicios públicos: a la sanidad, a la educación…
2. A la sociedad, a la comunidad, a todos y cada uno de nosotros, toca aportar en:
Orden. Necesidad de organizar mejor los recursos en tiempos de limitación económica.
Tiempo. Las familias necesitan tiempo para dedicar a cada actividad: al trabajo, a los hijos, a la pareja… La falta de tiempo y dedicación a la familia puede llevar a separaciones. Ahora que las familias están más presionadas económicamente, dedican más tiempo a trabajar y menos a la familia. Todos pueden estar estresados, tanto los padres/madres como los hijos/hijas. Importante el tiempo “de calidad” para estar juntos.
Apoyo, apoyo mutuo. Además de las cosas materiales, las familias necesitan apoyo, tanto dentro (compartir las tareas de casa) como fuera (redes de solidaridad).
Respeto, sentirse aceptadas. Algunas familias, como las homoparentales o los hijos/hijas adoptadas, tienen todavía dificultades para ser aceptadas.
3. A ambos:
Hogar estable, seguro. Se necesitan ciertas garantías de futuro, perspectiva de cierta seguridad.
Anexo 4. Aportaciones y propuestas del Tercer Sector
Recoge este anexo cuarto las propuestas y demandas del Tercer Sector de la CAPV en relación con la situación de las políticas públicas de apoyo a las familias.
La información aquí contenida ha sido obtenida a través de los cuestionarios, entrevistas y grupos de discusión en los que han participado las entidades relacionadas en el apartado de “nota metodológica” de este trabajo. Con ello, hemos querido reflejar las distintas opiniones de las diferentes asociaciones que por sus objetivos sociales tienen un interés particular en las políticas de apoyo a las familias y que tan generosamente han colaborado en la elaboración de este trabajo. Ahora bien, es preciso tener en cuenta que las recomendaciones de la institución del Ararteko para la mejora de la situación de las políticas de apoyo a las familias en Euskadi quedan expuestas en el último capítulo de este informe y no se identifican necesariamente con las propuestas y demandas aquí reflejadas. No obstante, consideramos de gran interés que también salgan a la luz con entidad propia las distintas opiniones de los grupos activos socialmente en este ámbito, ya que con ello recogemos también el pulso de una buena parte de la sociedad civil en lo que respecta a las necesidades y los ámbitos de mejora en materia de políticas de apoyo a las familias.
Para facilitar la lectura de este anexo, la información ha sido organizada en diversas áreas temáticas:
Propuestas y demandas en relación con la legislación y proyección institucional.
Propuestas y demandas en relación con la fiscalidad, las prestaciones y los precios públicos.
Propuestas y demandas en relación con la vivienda y suelo.
Propuestas y demandas en relación con la conciliación (empleo y formación, ocio y cultura).
Propuestas y demandas en relación con la educación y la sensibilización.
Propuestas y demandas en relación con la atención sociosanitaria.
Propuestas y demandas en relación con el transporte.
Asimismo, se han tenido en cuenta los distintos modelos de familia a la hora de estructurar la información, teniendo en cuenta las propuestas y demandas que tienen como destinatarias todas las familias, familias numerosas, familias con personas en situación de discapacidad y/o dependencia, separadas y/o divorciadas, acogedoras y adoptivas, monoparentales e interculturales.
Área 1. Legislación y proyección institucional
Todas las familias
Crear un Instituto Vasco de Familia, como organismo específico, independiente de cualquier consejería, con dotación presupuestaria propia para desarrollar una adecuada política de apoyo a la familia –integral y transversal–, apoyada y avalada directamente por Lehendakaritza.
Llevar a cabo estudios centrados en el gasto público de las políticas familiares, similares a los realizados en otros países de la Unión Europea, con el objetivo de avanzar en la equiparación de la CAPV con otros países europeos en este ámbito.
Establecer y aplicar informes o análisis de impacto familiar o social similares a los ya existentes en materia de medio ambiente o género, en el proceso de aprobación de distintas normativas que afecten a la familia en los ámbitos educativo, social, laboral o de vivienda.
Incorporar TICS en el desarrollo de las políticas públicas y modernizar y mejorar el acceso de la ciudadanía a la información de servicios de carácter familiar. Por ejemplo, replicar la página web de Concilia + como una buena práctica a campos como la información fiscal o las políticas familiares.
Hacer esfuerzos por retomar el antiguo sistema de subvenciones dirigidas al Tercer Sector de intervención social, apostando por los convenios con programas estables a través de la cartera de servicios sociales.
Mejorar los canales de comunicación y coordinación interdepartamental e interinstitucional entre las diferentes administraciones de la CAPV cuando se intervenga con un sistema familiar, así como delimitar más claramente las diferencias competenciales entre las distintas administraciones.
Fomentar una mayor participación de las entidades del Tercer Sector de la CAPV en la planificación, diseño, ejecución y evaluación continuada de las acciones de apoyo del Plan Interinstitucional de apoyo a las familias y políticas sociales y familiares.
Redistribuir las competencias en materia de familia a través de la Ley de Servicios Sociales, dotando de recursos económicos suficientes a las acciones en materia de familia, mediante convenios y conciertos plurianuales recogidos en la cartera de servicios sociales.
Aplicar la atención a la diversidad familiar a todas las políticas familiares, dando una atención integral.
Continuar desarrollando la Ley de Apoyo a las Familias y el III Plan Interinstitucional de apoyo a las familias, dotándoles de recursos, de forma que tengan una acción y/o aplicación efectiva.
Trabajar en el refuerzo de las políticas de prevención de la pobreza en el seno de la unidad familiar y especialmente en lo relativo a la protección infantil.
Familias con miembros con discapacidad y/o dependencia
Incorporar la discapacidad y/o la dependencia como elemento transversal en todas las políticas públicas, programas, servicios y recursos de apoyo y atención a las familias de la CAPV.
Establecer protocolos y actuaciones específicas en cada una de las acciones que figuran en el III Plan Interinstitucional de apoyo a las familias dirigidas a las personas con discapacidad, que garanticen la defensa de su autonomía personal.
Tener en cuenta las necesidades, prioridades, orientaciones y propuestas de las familias con miembros con discapacidad y/o dependencia, y movimientos asociativos que les representan, a la hora de diseñar e implementar políticas públicas en materia de familia.
Mejorar la colaboración entre los departamentos y áreas de política social y sanidad con el Tercer Sector de la CAPV, con el objetivo de establecer protocolos de actuación en casos de discapacidad.
Incorporar personas con discapacidad y/o dependencia en el Consejo de Familia.
Familias numerosas
Aplicar la Ley de Familias Numerosas con efectividad práctica en la CAPV mediante el cumplimiento de la Ley 13/2008 de Apoyo a las Familias para cumplir con los objetivos de esta, entre los cuales está que las personas puedan ejercitar la libertad de tener los hijos e hijas que deseen.
Familias separadas y/o divorciadas
Permitir el acceso de asociaciones mixtas a las subvenciones de Emakunde, de forma que los programas de violencia intrafamiliar puedan ser apoyados por esta institución.
Familias acogedoras y/o adoptivas
Recuperar la figura de las familias acogedoras profesionales.
Establecer la obligatoriedad de recibir sesiones formativas previas al acogimiento para todas las familias que deseen acoger.
Familias monoparentales
Considerar como familias numerosas a las familias monoparentales con dos hijos o hijas.
Familia e interculturalidad
Crear y normalizar una terminología específica que defina la familia gitana, donde esta se sienta identificada como etnia o cultura.
Incluir a las familias gitanas en el Consejo u Observatorio de la Familia.
Área 2.FISCALIDAD, PRESTACIONES Y PRECIOS PÚBLICOS
Todas las familias
Situar en términos equivalentes a la media de la EU-15 el conjunto de las políticas de apoyo a las familias con hijos e hijas, es decir, por encima del 2% del PIB.
Impedir la reducción de las dotaciones en la atención a familias, especialmente para a aquellas de menos recursos.
Aumentar la dotación presupuestaria de los programas de intervención familiar y educación en medio abierto, ya que el número de horas destinado a cada familia a menudo resulta insuficiente o hay familias que deben esperar para ser atendidas.
Centrar el esfuerzo en adecuar año a año los criterios para otorgar la Renta de Garantía de Ingresos, para evitar que queden fuera colectivos desprotegidos.
Incrementar y afianzar el presupuesto en el Programa de Intervención Familiar con familias en riesgo de exclusión social.
Universalizar las prestaciones en materia de infancia, de manera que los costes de la crianza de hijos e hijas estén cubiertos proporcionalmente con relación a sus condiciones y edad. Se propone no limitar este apoyo exclusivamente a los recursos de padres y madres.
Trabajar en la modificación del sistema de desgravaciones fiscales para acercarse al modelo de impuesto negativo sobre la renta (INR), mediante el que el Estado da dinero a la ciudadanía a través del impuesto sobre la renta para garantizar unos ingresos mínimos.
Evitar penalizar las transferencias de abuelos/as a hijos/as y nietos/as por parte del sistema fiscal debiendo quedar exentas de impuestos. Actualmente las transferencias realizadas por abuelos y abuelas a hijas e hijos y nietas y nietos son un importante elemento de lucha contra la pobreza infantil, por lo que deberían tener un trato fiscal preferente.
Familias con miembros con discapacidad y/o dependencia
Incorporar las conclusiones del “Estudio de impacto económico que supone en una familia la atención a una persona con discapacidad intelectual” en el diseño de las políticas fiscales, para adaptarse a la realidad de las familias.
Apuntalar el sistema de atención a las personas con discapacidad, manteniendo las dotaciones presupuestarias, de forma que la crisis no suponga un retroceso del apoyo y un retorno del cuidado a la familia, vigilando que los recursos económicos destinados a la persona con discapacidad sean destinados a mejorar su calidad de vida (ya que en ocasiones estos pueden ser los únicos de un núcleo familiar), y estableciendo un sistema efectivo de atención mediante la colaboración interinstitucional.
Aumentar las ayudas económicas en los programas de tratamiento de la atención temprana, así como en las ayudas técnicas para las personas con discapacidad y/o dependencia.
Establecer una línea de ayudas económicas para las personas cuidadoras de personas con dependencia y/o discapacidad dirigidas a acudir a centros de respiro, atención psicológica o servicios de apoyo e información.
Dotar de mayor presupuesto a las ayudas económicas que permiten contratar personal técnico para el cuidado de personas con discapacidad en el hogar.
Familias numerosas
Aumentar las ayudas económicas directas por hijos e hijas, y en mayor medida las dirigidas hacia terceros descendientes y sucesivos hasta los 15 años, ya que según el compromiso adquirido en el III Plan Interinstitucional de apoyo a las familias, se reducen en cuantía y se dilatan en el tiempo en el caso de los terceros y siguientes.
Conseguir el mismo sistema de renta estandarizada1 en todas las administraciones públicas y departamentos para aquellas ayudas o servicios de apoyo a las familias donde su condición de acceso o el criterio de la cuantía de dicha prestación venga condicionado por esta.
Mejorar las deducciones por hijo e hija para que se adapten a la realidad del gasto anual que suponen, garantizando la progresividad que implica tener más descendientes con una actualización anual mínima equivalente al IPC o la deducción en vivienda, incrementándose los límites (tanto el anua, como el del total de la vivienda) en un 20% por cada hijo o hija que se tenga.
Introducir dos nuevas deducciones: una deducción por familia numerosa de categoría general (3 o 4 hijos, o 2 cuando uno de ellos tiene alguna discapacidad) o especial (5 o más descendientes) por la aportación que hace este colectivo al sostenimiento demográfico de la CAPV; y otra deducción (“concilia”) dirigida a aquellas familias numerosas que tienen necesidad de contratar una persona cuidadora para la atención y cuidado de sus hijos e hijas para poder conciliar la vida personal, familiar y laboral.
Instar al Órgano Coordinador Tributario (OCT) para que las Juntas Generales de Gipuzkoa modifiquen su norma de haciendas locales permitiendo bonificar hasta un 90% a las familias numerosas en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) como lo hacen ya sus homónimas de Araba/Álava y Bizkaia.
Facilitar a las familias numerosas los aplazamientos y/o fraccionamientos de deudas tributarias elevando el límite para aportar garantías o ampliando los plazos.
Familias separadas y/o divorciadas
Poner en marcha el Fondo de Garantía Social para los casos de impago de las pensiones alimenticias, incluyendo en los próximos presupuestos una partida de hasta 500.000 euros para dicho fondo, de manera que por cada hijo o hija se puedan percibir 400 euros2.
Posibilitar hacer la declaración de la renta conjunta a madres y padres separados junto con el hijo o hija, aumentando la edad de los 18 años (límite actual) hasta los 22 años.
Aumentar la deducción por descendientes, independientemente del estado civil, y fijar una cantidad fija mínima en la deducción por manutención.
Familias acogedoras y/o adoptivas
Establecer la posibilidad de desgravar un porcentaje de los gastos invertidos en los viajes necesarios para la adopción internacional en el IRPF.
Proteger las ECAI (Entidades Colaboradoras de Adopción Internacional) con un mayor apoyo económico.
Familias monoparentales
Implantar la educación 100% gratuita para las familias monoparentales.
Familia e interculturalidad
Reconocer la identidad gitana, incluyendo una partida específica para su desarrollo en los presupuestos del Gobierno Vasco.
Área 3.VIVIENDA Y SUELO
Todas las familias
Aplicar el sistema de renta estandarizada3 para el caso de la ponderación de ingresos de las personas solicitantes de una vivienda en alquiler o compra, y el acceso a ayudas para rehabilitación.
Fomentar fórmulas para el aplazamiento de los pagos hipotecarios (estableciendo una moratoria de 5 años para deudas hipotecarias) o alquileres para evitar el desahucio de familias con hijos e hijas. Para ello, se propone un cambio legislativo en la Ley de Ejecuciones Hipotecarias y en la Ley de Arrendamientos Urbanos, de forma que se recoja la vivienda familiar y habitual como un bien inembargable o, en su defecto, la aplicación de la dación en pago con carácter retroactivo y obligatorio.
Dar prioridad a la promoción de viviendas de alquiler social, dedicando los excedentes de viviendas no vendidas con los que cuentan las cajas de ahorros para este fin y gravando las viviendas vacías de cara a que salgan al mercado y puedan ser utilizadas a un precio justo por las familias con mayor necesidad.
Familias con miembros con discapacidad y/o dependencia
Ampliar la red de servicios de atención residencial o vivienda permanente para personas con discapacidad y/o dependencia.
Vigilar el crecimiento en las necesidades de servicios de respiro y descanso familiar temporales: atención residencial y atención diurna.
Promover la oferta de viviendas de vida independiente para personas con discapacidad.
Habilitar una línea especial de ayudas a familias para el mantenimiento en su domicilio.
Familias numerosas
Establecer como derecho subjetivo que las personas puedan disfrutar de una vivienda digna y adecuada, priorizando su acceso a las familias numerosas a través de un cupo obligatorio en el sorteo. En su defecto, se propone ponderar en función del número de hijos e hijas (actualmente 3 puntos la familia con hijos/as, 2 puntos la pareja y 1 punto una persona).
Establecer un cupo mínimo del 5% y un máximo del 15% a viviendas destinadas para familias numerosas en todas las promociones de alquiler o adquisición de protección oficial, pública o privada (viviendas de 105 a 120 m2) o, en su caso, regular la adquisición de dos viviendas, para solventar la sobreocupación de las familias más numerosas.
Aumentar los ingresos ponderados existentes en las ayudas públicas a familias numerosas para alquiler o rehabilitación de vivienda, teniendo en cuenta los ingresos requeridos para solicitar una vivienda de protección oficial.
Otorgar la promoción de viviendas en régimen de cooperativa para las familias numerosas.
Mejorar la deducción por vivienda teniendo en cuenta también el número de hijos e hijas, e incrementándose los límites (tanto el anual como el total de vivienda) en un 20% por cada descendiente.
Área 4.CONCILIACIÓN
4.1. Empleo y formación
Todas las familias
Poner a disposición de aquellas familias que tienen menores a su cargo los recursos tanto técnicos como económicos para cubrir sus necesidades, y así poder conciliar su vida familiar y laboral de una manera eficaz.
Impulsar la conciliación de la vida laboral, familiar y personal en la normativa laboral para facilitar el cuidado de personas (menores, mayores y/o dependientes), así como mantener el programa Kontzilia.
Mantener iniciativas de apoyo a las familias en materia de conciliación, como ayudas dirigidas a ofrecer recursos de apoyo con nuevas tecnologías y dirigidas al conjunto de la población y a los diferentes modelos de familia.
Adecuar los horarios laborales a los horarios escolares, concediendo reconocimientos públicos e incentivos fiscales a aquellas empresas que favorezcan estas medidas de conciliación en su plantilla: flexibilidad horaria, ampliación de permisos, prestaciones sociales a cargo de la empresa, etc.
Ponderar las ayudas por excedencia y reducción de jornada para el cuidado de los hijos e hijas, aumentándose en función del número de descendientes que tenga la persona que se acoge a ellas.
Incorporar una deducción “concilia” dirigida a aquellas familias que tengan necesidad de contratar personal doméstico cuidador para la atención y cuidado de sus hijos e hijas, de cara a facilitar la conciliación de la vida familiar, personal y laboral.
Ampliar las políticas de conciliación de la vida familiar y personal entre personas que ya no están en activo que eviten el síndrome de la “abuela esclava”, a la vez que mediante medidas formativas y de otro tipo permitan aprovechar mejor el talento existente entre las personas mayores.
Ofrecer servicios de guardería gratuitos para personas sin empleo insertas en procesos de formación e inserción, a través de entidades de intervención social.
Impulsar actividades subvencionadas de ocio y tiempo libre en los centros de enseñanza, públicos o concertados privados, en los periodos vacacionales, adecuando los horarios a las necesidades familiares para facilitar una óptima conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
Flexibilizar la oferta de plazas y centros de educación infantil, en coordinación con las políticas de conciliación, de forma que sea una política pública coordinada en materia de horarios, vacaciones, períodos de adaptación, etcétera.
Familias con miembros con discapacidad y/o dependencia
Impulsar apoyos de fomento de la conciliación de la vida familiar, laboral y personal para las familias que, teniendo un hijo o hija con discapacidad, requieren mayor disponibilidad para acudir a terapias, consultas o tratamientos.
Apoyar la inclusión en la normativa laboral, medidas concretas de conciliación de la vida familiar, personal y laboral, flexibilizando horarios que permitan el cuidado de personas dependientes.
Familias numerosas
Apoyar la inclusión en los convenios colectivos de medidas que protejan y favorezcan a personas trabajadoras titulares de familia numerosa, movilidad geográfica, modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y extinción del contrato de trabajo4.
Incentivar la contratación laboral de padres y/o madres (con especial atención a las familias numerosas), bonificando a las empresas que lo promuevan con desgravaciones fiscales, ya que se han suprimido las bonificaciones a la Seguridad Social a las empresas cuando se incorporaba la mujer después de su permiso de maternidad5.
Dar prioridad de acceso a las familias numerosas en las actividades de ocio y cultura (como los campamentos o colonias organizados por la Diputación Foral de Álava), debido a que la dificultad para conciliar la vida personal, familiar y laboral se complica a medida que se tienen más hijos/as.
Familias acogedoras y/o adoptivas
Reelaborar la normativa respecto a jornadas reducidas y excedencias, pasando a considerar el tiempo que el menor lleva en la familia en lugar de la edad del mismo.
Ampliar (voluntariamente y a demanda de las madres) las bajas maternales para las familias que necesiten un mayor tiempo de adaptación.
Crear una figura específica (baja de maternidad y paternidad especial) para el periodo que suponen los viajes necesarios de las adopciones internacionales.
4.2. Ocio y cultura
Todas las familias
Impulsar el envejecimiento activo y potenciar el papel de abuelos y abuelas como referentes positivos en la familia.
Potenciar espacios y programas de convivencia intergeneracional. La educación en la diversidad de modelos familiares debe potenciar el conocimiento intergeneracional, siendo enriquecedor tanto para la infancia como para las personas mayores la convivencia y el aprendizaje mutuo de otras generaciones.
Promover una oferta pública de ocio deportivo gratuito teniendo en cuenta las necesidades de las familias y su lugar de residencia, puesto que se está incrementando paulatinamente el coste para la escuela pública (por ejemplo, las colonias vacacionales no reciben actualmente apoyo económico).
Familias con miembros con discapacidad y/o dependencia
Fomentar recursos o servicios de apoyo educativo y de tiempo libre dirigidos a menores con discapacidad, puesto que actualmente estos resultan escasos, especialmente en lo que se refiere a las temporalidades por descanso en servicios residenciales.
Familias numerosas
Facilitar la igualdad de oportunidades a las familias numerosas de cara a conocer y disfrutar de su propia cultura y sus costumbres, subvencionando aquellos espacios y actividades que motiven esta: albergues, euskaltegis, obras culturales, instalaciones y actividades deportivas...
Familias homoparentales
Facilitar espacios de encuentro para familias homoparentales con hijos e hijas.
Familia e interculturalidad
Facilitar espacios de participación e interculturalidad para familias gitanas, así como apoyar a las familias en estos procesos interculturales en su propia lengua.
Área 5.
Todas las familias
Introducir el sistema de renta estandarizada en los criterios de admisión de alumnado en centros públicos y privados concertados, así como en las becas universitarias y no universitarias.
Extender el programa de gestión solidaria de libros de texto y material curricular en todos los centros de enseñanza públicos y privados concertados, al menos en la enseñanza obligatoria, garantizando la libertad de elección de los padres y madres en la cualificación de sus hijos e hijas.
Garantizar que los periodos de adaptación en las haurreskolak y centros escolares se adecuen a la necesidad del niño o niña de un modo particular, sin tener que alargar los mismos por imposición.
Ampliar los servicios públicos de atención a niñas y niños de 0 a 3 años, importando buenas prácticas de otros países: centros cívicos acondicionados como guarderías, iniciativas comunitarias (familias agrupadas), aprovechamiento de las infraestructuras educativas ya existentes, etc.
Realizar un proceso de evaluación del proyecto piloto haur-etxeak de cara a conocer su impacto y posible ampliación.
Aumentar las plazas públicas para cubrir la etapa de 0 a 3 años en apoyo para familias con hijos e hijas (haurreskolak), aprovechando espacios docentes infrautilizados en horario de mañana para este fin y racionalizando la oferta de plazas, de forma que no existan zonas en las que haya escasez de plazas (urbanas) y otras en las que no se cubre la oferta (rurales).
Impulsar mayor apoyo económico para mantener y fomentar el servicio de madrugadores en los centros públicos para niños y niñas de 2 años.
Fomentar medidas de prevención y actuación frente al fracaso escolar, mejorando la coordinación interinstitucional entre educación y servicios sociales para evitar duplicidades, racionalizar el gasto y generar programas más eficientes.
Eliminar el límite de los 1.000 € para su consideración de retribución en especie no sujeto al IRPF, destinados al servicio de primer ciclo de educación infantil a hijos e hijas de personas trabajadoras, puesto que dicho límite no tiene en consideración el número de descendientes, e incluso que se pudiera extender el destino de la misma a toda la enseñanza obligatoria y bachiller.
Implementar descuentos y ayudas a la educación para todas las familias en función de dos variables: ingresos familiares y gastos familiares.
Desarrollar una serie de recursos (online) que ofrezcan información completa y actualizada a las familias sobre ayudas, recursos y servicios públicos en materia educativa, y sirvan de apoyo en esta tarea.
Promoción de programas públicos de información, asesoramiento y ayuda a las familias con hijos e hijas, y campañas de sensibilización de los principales valores en los que se debe fundamentar la política familiar de la CAPV.
Velar por la imagen de la familia y la parentalidad positiva en los medios públicos de comunicación a través de campañas institucionales de valoración social de las funciones de la familia, de la maternidad y paternidad, de las responsabilidades de todos los miembros de las familias en la atención y cuidado del hogar, y de fomento de la conciliación entre trabajo y familia.
Familias con miembros con discapacidad y/o dependencia
Considerar la educación como un bien público, así como generar interdependencia entre calidad, equidad e igualdad de oportunidades para todas las personas.
Trabajar desde las administraciones en la normalización y apoyo a la situación específica de los diferentes tipos de discapacidad y promover la construcción de una ciudadanía de pleno derecho.
Eliminar las barreras existentes al medio físico, a la comunicación y a la información, así como suprimir las barreras psicológicas y estructurales.
Realizar de forma sistemática jornadas y sesiones de intercambio de experiencias para familias con miembros con discapacidad.
Familias acogedoras y/o adoptivas
Implantar un periodo de adaptación en los centros escolares para menores adoptados, del mismo modo que se realiza una adaptación con los niños y niñas de corta edad en su incorporación a la escuela.
Familias monoparentales
Establecer la total gratuidad de la educación a las familias monoparentales a partir del primer hijo o hija.
Familias homoparentales
Incorporar de manera generalizada y transversal la diversidad familiar y los distintos modelos familiares existentes en el currículo y discurso educativo de los colegios públicos y privados concertados.
Formar a profesionales de la educación para favorecer la ruptura de prejuicios y la toma de conciencia sobre la diversidad familiar.
Modificar los formularios para las solicitudes y trámites administrativos: becas, ingreso a la escuela, notificaciones, etc., y adaptarlos a los diferentes modelos de familia.
Crear campañas de sensibilización y concienciación social dirigidas a toda la población sobre las familias homoparentales.
Área 6.ATENCIÓN SOCIOSANITARIA
Todas las familias
Desarrollar una Agencia de la Familia, adaptando el modelo francés, que centralice las prestaciones y servicios en un sistema de ventanilla única para ofrecer intervención integral, evitando los compartimentos estancos y la segmentación.
Mejorar la integración y comunicación interinstitucional e interdepartamental, así como entre la Administración y el Tercer Sector, para evitar la fragmentación de servicios y las duplicidades y optimizar los recursos existentes.
Dotar a las administraciones del conocimiento del entorno necesario para tener en cuenta una escala de necesidades sociosanitarias de la ciudadanía: urgentes, importantes y secundarias.
Implantar programas con cobertura pública (similares al PADI: Programa de Atención Dental Infantil) en la atención a anomalías y problemas oftalmológicos, de logopedia, psiquiatría y psicología infantil, etc., cada vez más frecuentes.
Establecer un protocolo, basado en la prevención selectiva y participada, dirigido a apoyar a las familias con hijos e hijas en riesgo de exclusión y/o conductas agresivas o disruptivas.
Ofrecer servicios públicos de terapia psicológica conjunta en situaciones de problemas familiares.
Avanzar en los modelos de atención centralizada a través de la progresiva implantación de la figura de gestor de caso.
Familias con miembros con discapacidad y/o dependencia
Impulsar el diseño de dispositivos y de un sistema integral de atención a personas con diagnóstico dual (discapacidad intelectual y enfermedad mental) que responda adecuadamente a las necesidades desde diferentes ámbitos.
Promover el apoyo psicológico y psiquiátrico a las personas con discapacidad intelectual, tanto desde el marco sociosanitario como desde los planes de Osakidetza.
Mantener y consolidar los avances, logros y derechos implantados en el sistema de protección de las personas con discapacidad intelectual y sus familias.
Reforzar y retomar la ampliación de la red de servicios de atención a personas con discapacidad, facilitando el acceso a los mismos.
Crear dispositivos de atención y apoyo a personas con discapacidad y/o dependencia que den respuesta a las necesidades reales de estas familias de manera eficaz y eficiente, evitando la fragmentación de servicios en el marco sociosanitario.
Desarrollar programas de apoyo dirigidos a familias con niños y niñas en situación de discapacidad, así como proyectos de desarrollo y autonomía personal para menores con discapacidad.
Fomentar el apoyo a las familias en su propia lengua, siendo conscientes de la necesidad de contar con intérpretes y personal traductor de lenguaje de signos.
Aumentar el número de horas de atención en el servicio de asistencia domiciliaria.
Poner en práctica el Servicio de Respiro Domiciliario (personal de apoyo en domicilio por horas) para momentos puntuales, así como establecer servicios de estancias de respiro flexibles, adecuados a las necesidades de las familias con miembros con discapacidad y/o dependencia.
Fomentar los programas de intervención psicológica para personas cuidadoras de personas con discapacidad y/o dependencia.
Ofrecer programas y talleres de psicoestimulación cognitiva para evitar el avance y/o ralentizar el deterioro en las personas con demencias en sus primeros años a partir del diagnóstico.
Poner en marcha una tarjeta sanitaria específica para personas con Alzheimer que identifique tanto a la persona enferma como a su principal cuidadora, de cara a establecer un protocolo específico de actuación en ingresos y consultas.
Ofertar programas de terapia ocupacional en centros sociosanitarios con el objetivo de ofrecer una atención integral a las personas en situación de dependencia y/o discapacidad.
Elaborar un censo de personas con Alzheimer en la CAPV en una base de datos común para todos los servicios y centros sociosanitarios.
Abrir centros o áreas especializadas en demencias en los centros de salud públicos de la CAPV.
Establecer protocolos y actuaciones específicas en cada una de las acciones que figuran en el Plan Interinstitucional de apoyo a las familias dirigidas a personas con discapacidad que garanticen la defensa de su autonomía personal.
Replantear el sistema de valoración de la dependencia. La actual valoración de la dependencia se entiende como arbitraria y desajustada (grados menores concedidos de lo que deberían ser) y resulta clave por ser la llave de acceso a otros servicios.
Mejorar la coordinación en la atención de urgencia a personas mayores en situación de dependencia, así como a la infancia en situación de desprotección a nivel local.
Promover protocolos y actuaciones específicas en el Plan Interinstitucional de apoyo a las familias dirigidas a personas con discapacidad que garanticen la defensa de su autonomía personal.
Desarrollar actuaciones tendentes a fomentar la atención a problemáticas de salud de la población infantil a través de programas de cobertura pública de problemas oftalmológicos, de logopedia, psiquiatría y psicología infantil, etc., cada vez más frecuentes.
Familias numerosas
Establecer un complemento por hijo o hija (similar al que se ofrece a las monoparentales) en la Renta de Garantía de Ingresos, ya que las familias de tres o más descendientes perciben la misma cuantía.
Tener en cuenta a las familias numerosas como colectivo vulnerable dentro de las especificidades del copago sanitario, subvencionando aquellos medicamentos de uso pediátrico, vacunas u otros artículos recomendados por la sanidad pública imprescindibles para garantizar una sociedad saludable.
Familias separadas y/o divorciadas
Crear dispositivos de mediación integral real (gabinetes de mediación familiar) y gratuitos con trabajadores y trabajadoras sociales que escuchen y sensibilicen a las familias o personas afectadas, y las integren con otras personas en su misma situación (grupos mixtos) y no solo con profesionales. Se propone solapar los servicios de intermediación familiar (servicios sociales) y el servicio de intermediación intrajudicial (justicia).
Familias acogedoras y adoptantes
Poner en marcha un programa integral de seguimiento a las familias acogedoras, habilitando un espacio único donde las familias encuentren apoyo y respuesta a sus distintas necesidades.
Familia e interculturalidad
Promover una prevención participada dirigida a apoyar a las personas inmigrantes que estén inmersas en un programa de reagrupación familiar.
Atender especialmente las problemáticas emergentes que presentan las familias inmigrantes: monoparentalidad, integración de menores, etc.
Área 7.TRANSPORTE
Todas las familias
Impulsar la reserva de plazas de aparcamiento para las mujeres gestantes a partir de la vigésima semana de embarazo en aparcamientos de la vía pública, parkings públicos, etc.
Adaptar el transporte público (autobús, tren, tranvía o funicular) con suficientes espacios reservados para carritos de niño y niña y sillas de ruedas.
Familias numerosas
Unificar las tarjetas o billetes de transporte que existen en cada uno de los territorios históricos de tal modo que, independientemente de donde se resida en la CAPV, las personas puedan favorecerse de su condición de familia numerosa para potenciar el uso del transporte público.
Instar al OCT y a las Juntas Generales de Gipuzkoa para que modifiquen su Norma de Haciendas Locales, permitiendo bonificar con hasta un 90% a las familias numerosas en el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en los diferentes municipios de dicho territorio.
Área 8.JUSTICIA
Familias separadas y/o divorciadas
Unificar procesos de separación y/o divorcio, así como medidas que modifiquen sustancialmente el sistema procesal, agilizándolo, acercándolo a la realidad y abaratando costes para las familias.
Promover el ejercicio real de la patria potestad y que, en caso de incumplimiento reiterado e injustificado de sus obligaciones, el progenitor no custodio pueda ser privado de la patria potestad.
Proteger el derecho a la relación entre abuelos y abuelas y nietas y nietos en los casos de separación familiar, fomentando el mantenimiento de la relación entre nietas y nietos y sus abuelas y abuelos de la misma forma en que se respeta con las madres y padres separados mediante un convenio regulador, debiendo ser tenido en cuenta el entorno familiar más amplio en las resoluciones judiciales.
Promover la modificación de medidas por parte de la fiscalía en caso de incumplimiento reiterado del régimen de visitas y/o manipulación del menor por parte del progenitor custodio. En estos casos se propone adjudicar la guardia y custodia del menor al otro progenitor o, en su caso, solicitar la intervención de los servicios sociales en apoyo a este, haciendo hincapié en la supresión de las medidas provisionalísimas (salvo casos excepcionales).
Dar los pasos necesarios para conseguir la liquidación de los bienes gananciales en el momento de la separación/divorcio.
Hacer los esfuerzos necesarios para conceder pensiones compensatorias en situaciones excepcionales y con un límite temporal, tendiendo el Estado a hacerse cargo de estas situaciones extraordinarias en unas condiciones dignas.
Trabajar para conseguir el reconocimiento de la guardia y custodia compartida de cara a que hijos/as tiendan a estar igual tiempo con el padre y con la madre, que ambos progenitores intervengan de manera efectiva en la educación y salud de los hijos/as, impulsando una aportación efectiva de ambos excónyuges a la manutención de los menores en proporción a sus ingresos.
Familias homoparentales
Adaptar los diferentes documentos públicos y oficiales a la diversidad de modelos de familia existentes en organismos como Registro Civil (inscripción de hijo/a de mujeres casadas), Osakidetza, INE, INEM, INSS (formularios para baja maternal, permiso de madre no biológica, formularios del hospital), etc., puesto que se ciñen aún al modelo familiar heterosexual.
Formar al personal de la Administración pública, y en concreto la de justicia (registros civiles), sobre la aplicación del artículo 7.3 de la Ley 14/2006 de reproducción asistida, referido a la filiación de hijos e hijas nacidas a través de reproducción asistida y su inscripción en registros civiles por parte una pareja de dos mujeres.
1 Decreto 154/2012, de 24 de julio, sistema que pondera la renta familiar según el número de miembros y su composición.
2http://agipase.blogspot.com.es/. Rueda de prensa del
16-09-2012. Los impagos de pensiones a hijos crecen del 19% al 32% en cuatro años.
Anexo 5. Herramientas para el desarrollo del trabajo de campo
A continuación se incluyen las diferentes herramientas utilizadas para la obtención de información primera para la elaboración del estudio sobre la situación de las políticas públicas de apoyo a las familias en la CAPV.
El anexo comprende las siguientes herramientas:
Guion para la realización de entrevistas a entidades sociales de la CAPV.
Guion para la realización de entrevistas a administraciones públicas de la CAPV.
Guion para la realización de grupos de discusión (focus groups) con entidades sociales de la CAPV.
Guion para la realización de la reunión del Consejo de la Infancia y la Adolescencia del Ararteko.
Cuestionario dirigido a entidades sociales de la CAPV (envío online).
Cuestionario dirigido a administraciones públicas de la CAPV (envío online).
Cuestionario para asociaciones europeas de familia (envío online).
GUION PARA ENTREVISTAS CON ENTIDADES SOCIALES DE LA CAPV
CONTEXTUALIZACIÓN DE LA ENTREVISTA
Presentación de los objetivos del estudio y del proceso metodológico.
VALORACIÓN GENERAL DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EN MATERIA DE LA FAMILIA EN LA CAPV
Valoración general de las políticas públicas sobre familias en la CAPV.
¿Son suficientes o insuficientes? Referirnos a:
– Marco normativo.
– Recursos o servicios.
– Ayudas económicas, subvenciones, descuentos.
¿Son adecuadas o no a las necesidades de las familias de la CAPV?
PUNTOS FUERTES Y PUNTOS DÉBILES DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DE LA CAPV EN MATERIA DE FAMILIA
Puntos fuertes, fortalezas y oportunidades de las políticas públicas de familia en la CAPV.
Puntos débiles y áreas de mejora en las políticas públicas en materia de familia en la CAPV.
DEMANDAS Y NECESIDADES CONCRETAS DE LAS ENTIDADES SOCIALES EN EL ÁMBITO DE FAMILIA
Necesidades concretas de las familias en la CAPV.
Demandas que las entidades sociales del ámbito de la familia hacen a las administraciones públicas de la CAPV.
CIERRE DE LA ENTREVISTA
Resumen y otras observaciones de la persona entrevistada sobre los temas tratados.
Próximos pasos a dar en el proceso.
Agradecimiento.
GUION PARA ENTREVISTAS CON ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DE LA CAPV
CONTEXTUALIZACIÓN DE LA ENTREVISTA
Presentación de los objetivos del estudio y del proceso metodológico.
LÍNEAS ESTRATÉGICAS DE LAS POLÍTICAS FAMILIARES (en su competencia)
Orientaciones de los servicios, recursos y ayudas. Objetivos, filosofía de las políticas familiares de su competencia.
Principales áreas de trabajo desarrolladas en su área o servicio.
Justificación de las políticas familiares desarrolladas desde su área / servicio.
Principales programas que desarrollan / ponen en marcha / disponen.
Principales necesidades a las que dan respuesta.
COORDINACIÓN INSTITUCIONAL
Con qué otras áreas de su institución se coordinan en aspectos relacionados con políticas familiares. Cómo se coordinan.
Con qué otras instituciones se coordinan en aspectos relacionados con políticas familiares. Cómo se coordinan.
Relación (coordinación) con las entidades sociales que trabajan en el área de familia.
Puntos débiles y áreas de mejora en la coordinación institucional y con las entidades sociales.
ORIENTACIONES A FUTURO, ÁREAS DE MEJORA
Áreas de mejora en las políticas familiares de su competencia.
Hacia dónde orientar las políticas familiares de cara a futuro.
Comparativa de políticas familiares con otras comunidades autónomas o UE.
A corto-medio plazo, la dotación económica para políticas familiares ¿se mantendrá, aumentará o disminuirá?
CIERRE
Resumen y otras observaciones de la persona entrevistada sobre los temas tratados.
Próximos pasos a dar en el proceso.
Agradecimiento.
GUION PARA GRUPOS DE DISCUSIÓN (FOCUS GROUPS) CON ENTIDADES SOCIALES DE LA CAPV
CONTEXTUALIZACIÓN DEL GRUPO
Presentación de los objetivos del estudio y del proceso metodológico.
Objetivos del grupo de discusión:
– Profundización en la identificación tanto de elementos específicos como comunes entre las distintas entidades.
– Propuestas específicas de acción.
RONDA DE PRESENTACIÓN DE LAS PERSONAS ASISTENTES
VALORACIÓN GENERAL DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS EN MATERIA DE LA FAMILIA EN LA CAPV
Valoración general de las políticas, recursos, servicios y ayudas para familias en la CAPV (opinión desde la vivencia y experiencia profesional).
Preguntas tipo: ¿Son suficientes o insuficientes? ¿Son adecuadas o no a las necesidades de las familias de la CAPV? etc.
PUNTOS FUERTES Y PUNTOS DÉBILES DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DE LA CAPV EN MATERIA DE FAMILIA
Puntos débiles y áreas de mejora en las políticas públicas en materia de familia en la CAPV (recursos, servicios, ayudas, etc.).
Puntos fuertes, fortalezas y oportunidades de las políticas públicas de familia en la CAPV (recursos, servicios, ayudas, etc.). Preguntas tipo: elementos especialmente valorados, evolución a lo largo de los años…
DEMANDAS Y NECESIDADES CONCRETAS DE LAS ENTIDADES SOCIALES EN EL ÁMBITO DE FAMILIA
Necesidades concretas de las familias y demandas que hacen a las administraciones públicas de la CAPV.
Propuestas de medidas específicas.
CIERRE DEL GRUPO DE DISCUSIÓN
Feedback al grupo sobre los aspectos comunes. Matizaciones, correcciones, etc.
Agradecimiento y agenda del proceso.
GUION PARA LA REUNIÓN DEL CONSEJO DE INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA DEL ARARTEKO
BLOQUE 0. CONTEXTUALIZACIÓN Y PUNTO DE PARTIDA
Presentación de los objetivos del estudio.
Objetivo del Consejo para la sesión de hoy: cuál es la percepción de las y los adolescentes sobre los diferentes modelos de familia y, desde ahí, identificar cuáles son sus principales necesidades y demandas.
BLOQUE 1. INTRODUCCIÓN: MODELOS DE FAMILIA
¿Qué es para ti una familia?
¿Qué diferentes tipos de familias conoces?
Dinámica: Debate abierto. Reflexión conjunta. El personal de Ararteko puede sugerir diferentes modelos de familia y preguntar sobre ellos (poner ejemplos).
BLOQUE 2. PRINCIPALES DIFICULTADES Y/O NECESIDADES DETECTADAS EN LAS FAMILIAS DESDE LA PERSPECTIVA ADOLESCENTE
Principales dificultades o necesidades detectadas en los diferentes modelos de familia: ¿cuáles son sus principales preocupaciones (relacionadas con hijos e hijas, personas mayores, personas con discapacidad, enfermedad o dependencia)? ¿qué se está “cociendo” en las familias?
Dinámica: Cada participante escribirá cada dificultad, preocupación o necesidad en una cartulina, y se irán pegando en la pared. Máximo 3 ideas (3 cartulinas) por persona. Una vez pegadas en la pared, cada persona explicará al resto en qué consiste cada una. Breve debate aclaratorio y de indagación, si es necesario.
Priorizar cuáles tienen que ver con políticas (servicios, recursos, ayudas económicas, desgravaciones fiscales) familiares en la CAPV.
Dinámica: Con ayuda del personal de Ararteko, se irán identificando en debate abierto cuáles de las necesidades pueden ser abordadas desde la Administración pública a través de sus políticas familiares (destacar las 10 más importantes para el grupo). Se irán agrupando las cartulinas en dos grupos: cuáles sí y cuáles no. Lo óptimo sería trabajar a partir de aquí únicamente con las necesidades que la Administración puede abordar desde sus políticas familiares.
BLOQUE 3. PROPUESTAS PARA CUBRIR LAS NECESIDADES DETECTADAS
¿Cuáles son vuestras propuestas para que, desde la Administración, se dé cobertura a estas necesidades?
Dinámica: Proponer soluciones y/o medidas que las administraciones pueden poner en marcha para cubrir las necesidades identificadas. Escribir una medida o solución en una cartulina y colocarlas junto a la necesidad correspondiente. Puede haber varias medidas para cada una de las necesidades. Una vez pegadas en el lugar correspondiente, cada persona explicará cuáles son las medidas propuestas al grupo. Se discutirán o aclararán si es necesario en debate abierto.
Estudio sobre la situación de las políticas públicas de apoyo a las familias en Euskadi:
Cuestinario para entidades sociales
Cuestionario para administraciones públicas
Research about family policies, Europe/Basque country comparison