2. Aportaciones recogidas en el año 2013
Desde el inicio de la elaboración de este informe sobre salud mental en los c
entros penitenciarios se ha producido una serie de c
ambios importantes en la atención de las personas c
on trastornos de salud mental y privadas de libertad. Por un lado, el Ministerio del Interior inició en el año 2009 el Programa Marco de Atención Integral a Enfermos Mentales en C
entros Penitenciarios (PAIEM), pero no ha sido hasta fechas muy recientes c
uando se ha ido desarrollando de forma progresiva en los c
entros penitenciarios de la C
APV.
Por otro lado, en julio de 2011 se produjo la transferencia parcial de la sanidad penitenciaria a Osakidetza. Ambos procesos han podido influir de manera relevante en la atención de las personas c
on enfermedad mental y por esa razón se vio la necesidad de estudiar el impacto de ambos c
ambios en los c
entros penitenciarios, así c
omo la incidencia de los mismos en las organizaciones c
iviles que intervienen en los c
entros penitenciaros de la C
APV.
Para ello, en octubre de 2013 se remitió una nueva encuesta a las entidades que desarrollan su intervención en el ámbito penitenciario que ya habían prestado su c
olaboración en el desarrollo de este estudio c
on sus aportaciones en la primera encuesta, realizada en el año 2011.
En esta ocasión, a las preguntas ya formuladas en 2011 se han añadido c
uestiones c
entradas en el c
onocimiento que tienen sobre el PAIEM c
omo programa específico para personas c
on enfermedad mental en prisión, y sobre el impacto que perciben en sus usuarios y usuarias desde que se produjo la transferencia parcial de la sanidad penitenciaria a Osakidetza, así c
omo la valoración que hacen de la misma. Dicha encuesta se remitió a las siguientes entidades:
Entidades de Araba/Álava: ADAP (Asociación de Ayuda al Preso), C
omisión Anti-Sida de Álava y Salhaketa.
Entidades de Gipuzkoa: Asociación Arrats, C
ruz Roja, Fundación Izan, Loiola Etxea e IRESGI (Instituto Vasco de Inserción Social y Victimología).
Entidades de Bizkaia: Fundación Adsis, Asociación Bidesari, Fundación Etorkintza, Fundación Gizakia, Salhaketa, Zubietxe y Asociación Zubiko.
De las preguntas relacionadas c
on el c
onocimiento que las entidades tienen del PAIEM sorprende, por un lado, el hecho de que las organizaciones c
iviles saben que existe el programa, pero c
asi ninguna tiene una información específica sobre su aplicación, sobre las personas que están incluidas en el mismo, ni sus objetivos. Por otro lado, hay un mayor c
onocimiento en las entidades de Gipuzkoa que en las de los otros territorios. Así, tanto la C
ruz Roja c
omo IRESGI1 tienen personas incluidas en dicho programa y c
onsideran que mejora la atención c
on una perspectiva transversal, integradora y multidisciplinar. Esta entidad también manifiesta que en el C
entro Penitenciario de Martutene existe un c
urso específico para personas c
on enfermedad mental grave al que acuden algunos de sus usuarios y c
on menor afectación se incorporan a c
ursos normalizados.
Además, parece que la aplicación del programa se está c
ircunscribiendo al ámbito de los c
entros penitenciarios, donde las y los profesionales que participan en su aplicación hacen mención a la mejoría que supone la c
oordinación entre diferentes profesionales que interactúan c
on la persona c
on enfermedad mental dentro de la prisión. No obstante, uno de los objetivos del PAIEM es el plan de reincorporación social, que pretende optimizar la incorporación social de las personas c
on enfermedad mental y la derivación adecuada a los recursos sociosanitarios c
omunitarios. Esa parte parece que no se está haciendo o al menos no en c
oordinación c
on las organizaciones c
iviles, ya que no ha habido una información c
lara del desarrollo del programa, de los pacientes incluidos en él o de los planes individualizados que se están desarrollando.
Otro aspecto importante y al que hacen mención la mayor parte de las organizaciones es que se siguen infravalorando los trastornos de personalidad. Las autoridades sanitarias c
alculan que el 80% de la población penitenciaria los padecen e incomprensiblemente no se incluyen en el PAIEM. Hay que tener en c
uenta que en la psiquiatría, en general, el trastorno de la personalidad c
onlleva generalmente la etiqueta de intratable. Las personas aquejadas de estos trastornos son percibidas c
omo manipuladoras, buscadoras de atención y molestas, no mentalmente enfermas, c
on c
apacidad de c
ontrolar sus c
onductas, refractarias al tratamiento y c
on mal pronóstico (E. Echeburúa y P. C
orral), pero su c
omportamiento en la prisión es c
laramente disruptivo y generador de c
onflictos de forma permanente. Por tanto, parece razonable intentar volcarse en lograr un buen diagnóstico de estos pacientes y en buscar el tratamiento adecuado, en vez de ignorarlos y no verlos c
omo enfermos sino c
omo sujetos susceptibles de ser sancionados y, en última instancia, forzar los traslados a prisiones c
on un régimen más severo, donde prime la sanción frente a otras c
onsideraciones de índole rehabilitador.
Otra c
uestión que reiteran varias entidades es que la atención de las personas c
on enfermedad mental se c
entra mucho en el momento de la c
risis y no se realiza un seguimiento c
ontinuado. Insisten en que hay que reforzar el marco psicoterapéutico, por entender que no es suficiente la medicación, y que hay que favorecer ese tipo de apoyo. Para ello sería necesario c
ontar c
on más profesionales dentro de los c
entros, según algunos, y en otros c
asos se propone que lo idóneo sería posibilitar la excarcelación de los enfermos mentales a lugares adecuados, porque la prisión es en sí misma un medio hostil, generador de estrés y de agresividad, es un espacio generador de patologías psiquiátricas y, por tanto, hay que hacer lo posible para que la persona c
on enfermedad mental no permanezca en un ambiente opresivo y estresante que dificulte su estabilidad: “Lo verdaderamente acuciante es realizar programas dirigidos hacia el exterior c
on una preparación previa de estos pacientes, para así encontrar la mayor adecuación entre el recurso c
omunitario y el perfil del paciente”. Es necesario adecuar el régimen sancionador al perfil de la persona presa, primando lo sanitario sobre lo regimental.
En general, a pesar del desconocimiento c
oncreto de las repercusiones del PAIEM, sí se valora c
omo positivo que exista un plan de intervención específico para las personas aquejadas de enfermedad mental. C
onsideran que el diseño del programa puede favorecer la mejora de estas personas, así c
omo una mejor definición y diseño de itinerarios personalizados para la futura integración sociolaboral de la persona. Sin embargo, también se apuntan las dificultades que entraña su aplicación por diversas razones: los espacios físicos inadecuados y la falta de profesionales de salud mental; la c
arencia de actividades adecuadas para esta población; los diagnósticos que se realizan dentro de prisión en personas que no han tenido una atención previa en la c
omunidad y donde la enfermedad mental puede venir provocada por variables propias de la privación de libertad, c
omo pueden ser trastornos adaptativos, trastornos del estado de ánimo, que es difícil valorar para una intervención futura.
Por lo que se refiere a la administración de medicación, se valora positivamente el que se administre de forma supervisada, aunque no en todos los c
entros penitenciarios se hace de este modo, c
on el c
onsiguiente mal uso de la misma. Existe un mercado paralelo de la medicación, que posibilita el acceso a fármacos psiquiátricos a personas no enfermas, por una inadecuada administración de la medicación. Otro aspecto que preocupa es que se observan pacientes que reciben un exceso de medicación y c
uando acceden a la red externa ven reducida de forma c
onsiderable la misma, por no ser adecuada.
También se señala el hecho de que no se facilita a las personas internas la tramitación de tarjetas sanitarias, DNI, empadronamientos, documentos que son de suma importancia c
uando salen en libertad. Destacan la c
onveniencia de disponer de informes en el momento de la excarcelación donde c
onsten los diagnósticos y los tratamientos recibidos, así c
omo las c
itas c
oncertadas en sus c
entros de salud c
orrespondientes tras la puesta en libertad.
La transferencia parcial de la sanidad a Osakidetza se valora por parte de todas la entidades c
omo positiva, a excepción de dos de ellas que c
onsideran que las horas de atención psiquiátricas son insuficientes para el número de personas que hay c
on patología mental. Aunque muchas entidades c
omparten ese c
riterio y aún no tienen una c
onstancia muy c
lara de la mejoría que ha supuesto para sus usuarios dicha trasferencia, sí se valora c
omo algo positivo y se tiene c
onfianza en que la atención de todos los internos va a mejorar a medio y largo plazo.
La c
reación de los c
entros de salud en c
ada c
entro penitenciario, el acceso a la historia c
línica y la implantación de la telemedicina son mejoras que a la larga van a redundar en la mejor atención de todos los internos, facilitando el acceso a los recursos sanitarios de la red de Osakidetza.