El ár
ea de justicia ha abierto un total de 66 nuevos expedientes de queja en 2013, que representan un 2,47% del total de los admitidos a trámite por el Ar
arteko durante el año. A continuación se expone su distribución por materias:
– Registro Civil y Registro de la Propiedad 20
– Funcionamiento de la Administración y procedimiento administrativo 18
– Asistencia jurídica gratuita 12
– Otros aspectos 4
– Colegios de abogados y procuradores 3
– Puntos de encuentro 3
– Otros colegios profesionales 2
– Menores infractores 2
– Colegios de notarios y registradores 1
– Régimen de contratación, patrimonio y responsabilidad administrativa 1
En cuanto a su tramitación a lo largo del año, su estado al cierre de este informe es el siguiente:
TOTAL | En trámite | Concluidas | Actuación incorrecta | Actuación no incorrecta | Asesoramiento e información a la ciudadanía | Inadmisión sobrevenida |
59 | 24 | 28 | 10 | 3 | 15 | 7 |
El resto de reclamaciones recibidas en el ár
ea han debido ser rechazadas formalmente por falta de competencia. Algunas de ellas planteaban conflictos entre particulares, ante los que nuestra intervención ha debido limitarse a orientar de cara a su efectiva solución en Derecho, informando a quienes las promovían sobre los aspectos sustantivos y procedimentales que, en cada caso, resultaran relevantes; otras venían referidas a actuaciones de órganos administrativos del Estado central, que hemos hecho llegar a nuestrohomólogo estatal. Por último, hemos debido rechazar aquellas quejas que no hubiéramos podido tramitar sin interferir en la actuación de juzgados y tribunales, lo que está vedado tanto al Ar
arteko como a cualquier otra instancia no jurisdiccional, en virtud del principio de independencia del poder judicial.
Ahora bien, en ocasiones hemos advertido tras este último tipo de quejas situaciones de indefensión, atribuibles a problemas o disfunciones vinculadas a los medios al servicio de la Administración de Justicia. Por ello, y sin perjuicio de rechazar toda solicitud de intervención en asuntos que estuvieran sub iudice, no hemos querido dejar de trasladar tales situaciones a los juzgados. Se ha tratado de gestiones informales, desarrolladas siempre en coordinación con la defensa letrada que estuviera designada, y dirigidas a contribuir a que las personas reclamantes pudieran defender en sede judicial, con todos los instrumentos que la Ley pone a su disposición, sus legítimos derechos e intereses.
Este año nuestra labor al respecto ha abarcado una amplia variedad de cuestiones, de entre las que cabe destacar tres por su reiteración e incidencia en la efectividad de los derechos de la ciudadanía:
Si bien la extensión de este informe impide referirse con detalle a estas intervenciones, al hablar de su contexto social y normativo apuntaremos algunas de las claves estructurales que, a nuestro juicio, explican los problemas a los que han tratado de responder.
En cualquier caso debemos agradecer la colaboración que este aspecto de nuestra labor ha encontrado, un año más, tanto en la Judicatura como en la Fiscalía. Un apoyo que nos resulta imprescindible y que, en el periodo del que informamos, ha sido especialmente activo además por parte de las Secretarías judiciales, tanto por lo que se refiere a las de los juzgados particulares, como a la de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia y a las coordinadoras provinciales.