Ya en el año 2005, en la C
omunicación de la C
omisión al C
onsejo, al Parlamento Europeo y al C
omité Económico y Social Europeo y al C
omité de las Regiones “Trabajar juntos, trabajar mejor. Un nuevo marco para la c
oordinación abierta de las políticas de protección social y de inclusión en la Unión Europea” se plantea, en relación c
on la simplificación del MAC (método abierto de c
oordinación de la UE), los siguientes objetivos en el marco de sus acciones orientadas a “Contribuir decisivamente a la erradicación de la pobreza y la exclusión”6.
contra la pobreza y la exclusión entre las personas y los colectivos más marginados.
combatiendo todas las formas de discriminación que llevan a la marginación.
coordinación de las políticas de inclusión e implicar a todos los niveles de gobierno y a los agentes pertinentes, incluidos los pobres, para que sean eficientes y efectivas, se integren en todas las políticas públicas pertinentes,
como las económicas y presupuestarias y los programas del fondo estructural (en particular, el FSE), y que incluyan la perspectiva de género.
Estos objetivos siguen, 7 años después, vigentes y, de hecho, la estrategia de c
recimiento europeo “Europa 2020” para la década actual, c
oncreta la reducción de al menos en 20 millones el número de personas en situación o riesgo de pobreza y exclusión social (el objetivo de España se sitúa en el 1.400.000-1.500.000) c
omo una de sus metas.
Dos de los riesgos a los que se enfrentan la UE y sus países miembros en relación c
on este objetivo son “promover la inclusión activa en la sociedad y el mercado laboral de los grupos más vulnerables” y “superar la discriminación y aumentar la integración de las personas c
on discapacidad, minorías étnicas, inmigrantes y otros grupos vulnerables”. Se trata de retos que abordan la inclusión (o la integración) de forma global, no obstante, se encuentran c
itados por su profunda relación c
on el objeto del presente informe, la inclusión y participación a través de las TIC en tanto en c
uanto que las TIC pueden ser c
onsiderados c
omo elementos de desigualdad o c
omo c
ontribuidores en el incremento de desigualdades existentes pero, sobre todo, por su potencial igualador, incluyente y facilitador de la participación en la vida social y pública de todos los individuos.
Por ello debemos tomar c
omo referente la Agenda Digital Europea (ADE), es decir, la responsable de trasladar y c
ontribuir a superar esos retos en la sociedad de la información y el c
onocimiento.
La ADE identifica determinados obstáculos que impiden el desarrollo de las acciones en materia de e-inclusión y que, socavan gravemente los esfuerzos realizados para explotar las TIC, entre ellos se encuentran:
capacitación digitales que están excluyendo a muchos
ciudadanos de la sociedad y la economía digitales y limitando el gran efecto multiplicador que puede tener la adopción de las TIC sobre el aumento de la productividad.
con mayor eficacia, a los retos sociales derivados del envejecimiento de la población o la integración de las personas
con discapacidad, entre otros.
Por ello, sitúa entre sus c
ampos de acción tanto “Fomentar la alfabetización, la c
apacitación y la inclusión digitales” (pilar 6) en aras de evitar que los antecedentes o la c
apacitación no se c
onstituyan c
omo barreras para acceder al potencial de las TIC en relación c
on la autonomía y emancipación de las personas, c
omo extender los “Beneficios que hacen posibles las TIC para la sociedad de la UE” (pilar 7) en relación c
on el envejecimiento de la población, la autonomía de los pacientes y la inclusión de las personas c
on discapacidad (entre otros aspectos).
Ambos orientados a la c
onsecución de los objetivos generales de la política europea en materia de e-inclusión (inclusión digital) de reducir las brechas en el uso de las TIC y la promoción del uso de las TIC para superar la exclusión, y mejorar el desempeño económico, las oportunidades de empleo, la c
alidad de vida, la participación y la c
ohesión social7.
La Unión y los Estados miembros deberán adoptar todas las medidas que sean necesarias para lograr la inclusión de todos los c
iudadanos, también los más desfavorecidos, en la sociedad digital, de c
onformidad c
on la Estrategia Europa 2020 y el artículo 9 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea8.
El término “e-inclusión” o “inclusión digital” hace referencia, en c
onsecuencia, tanto a la no exclusión de las ventajas y beneficios que suponen las TIC (TIC inclusivas) de ningún individuo, c
omo al hecho de que el uso de estas posibilita alcanzar objetivos más amplios de inclusión. e-inclusión pone el foco, entonces, en la participación de toda la población en todos los aspectos de la sociedad de la información.
De hecho, bajo el mencionado pilar 6 la C
omisión Europea propone diferentes acciones orientadas a c
onseguir que los grupos potencialmente desfavorecidos adopten las tecnologías digitales, en referencia a las personas mayores, c
on menores niveles de alfabetización, c
on bajos ingresos o c
on discapacidad.
Grupos c
uyas c
aracterísticas no solo c
onstituyen un elemento para su etiquetaje c
omo “potencialmente desfavorecidos” de forma genérica sino que, además, suponen variables que afectan a sus posibilidades de e-inclusión. Ya en el último Europe’s Digital C
ompetitiveness Report (2010)9 se proporcionan las c
laves de c
uáles son las variables que pueden encontrarse en la trasfondo de una situación de exclusión digital: la pertenencia (o no) a un grupo desfavorecido (con especial incidencia en las personas mayores), el (bajo) nivel educativo, el (bajo) nivel de ingresos…
Se trata de variables que reducen, a la luz de los resultados del informe, las posibilidades de inclusión, por ello, el mismo informe indica c
omo requisito previo para el logro de una sociedad e-inclusiva, la promoción de las c
ompetencias digitales (pilar 6 de la Agenda Digital Europea, eje 3 de la Estrategia 2011-2015 –Plan Avanza– en España y la iniciativa “Ciudadanía Activa” de la Agenda Digital de Euskadi –AD@1510–).
Si bien, poseer las habilidades, c
onocimientos y destrezas necesarios para hacer un uso eficaz de la TIC es un requisito fundamental para la inclusión digital de la c
iudadanía, no lo son menos otros aspectos c
omo la disposición de infraestructuras o la accesibilidad electrónica. Es decir, además de la c
ualificación y la c
ompetencia personal para utilizar las TIC, es necesario un adecuado despliegue de infraestructuras (incluido entre las prioridades de c
ualquiera de los marcos estratégicos11 que se aborden), el libre acceso a la información y la posibilidad de acceder a c
ontenidos adaptados a las c
aracterísticas diferenciales de las personas. Así, desde todos los niveles políticos se promueven y desarrollan acciones orientadas a incrementar las posibilidades de acceso de toda la población a la sociedad de la información.
Un ejemplo es el hecho de que varias son las disposiciones y recomendaciones de la C
omisión Europea12 en relación c
on el planteamiento de un enfoque c
omún materia de accesibilidad (electrónica o web) o de equidad en el acceso a infraestructuras, dispositivos, productos y servicios (desde la e-administración al e-business).
En particular, en relación c
on el c
umplimiento de las pautas de accesibilidad web debe tenerse en c
uenta que supone un gran número de ventajas tanto para el propio individuo que accede a los c
ontenidos web c
omo para las organizaciones (o empresas) que desarrollan sus espacios web de acuerdo a estos estándares (para más información véase la WAI del W3C13).
Así, entendemos en el presente informe extraordinario que la inclusión digital tiene valor por sí misma, por c
uanto que posibilita que la población forme parte de la sociedad de la información, iguala a los individuos en sus c
ondiciones de acceso y participación en la vida social y política a través de las tecnologías, es decir, se encuentra en la base de la aplicación de principios de justicia social y se c
onstituye c
omo garante de la equidad en la sociedad del c
onocimiento.
comunicación para permitir la inserción de todos en la sociedad de la información. La inclusión digital es también la rutina diaria para maximizar el tiempo y sus posibilidades. Un incluido digital no es aquél que solamente usa el nuevo lenguaje para intercambiar emails, esto es el mundo digital. Sino el que usufructúa este soporte para mejorar sus
condiciones de vida y puede tener una postura
crítica frente a los
criterios que definen las tecnologías
como una panacea social14.
Precisamente porque la e-inclusión se c
onstituye c
omo un pre-requisito para la participación15 debemos explicitar c
uál es el c
oncepto de e-participación que se aborda en el presente informe.
Una gobernanza inclusiva sitúa su piedra angular en la promoción de la participación de los c
iudadanos16. Se trata de facilitar que los c
iudadanos tengan acceso a la información y a los servicios públicos pero, al mismo tiempo, que puedan participar en la toma de decisiones públicas que afecten tanto al bienestar de la sociedad en general c
omo al del individuo de forma particular.
La e-participación c
omprende, entonces, tanto la acción gubernamental para potenciar y fomentar esa participación c
omo la voluntad y la c
apacidad de la c
iudadanía para hacerlo (su e-inclusión). Aunque no debe restringirse a los servicios G2C (Government to C
itizen) si debe tener muy presente que la participación es un derecho de la c
iudadanía.
En este sentido, baste una somera revisión de la normativa al respecto (véase c
apítulo “Marco normativo” de este mismo informe) para saber c
ómo se ha regulado este derecho de participación en los diferentes c
ontextos políticos. La c
onclusión que se evidencia, de igual modo que en el artículo “Derecho a la Participación” del profesor Etxebarria (publicada en El C
orreo y en El Diario Vasco, 10 de diciembre de 2011) o en la Recomendación 12/2011 del Ararteko, es la falta de regulación sobre el derecho (y/o el deber) a participar en la vida pública más allá de las posibilidades de ser elegido c
omo representante público o la de elegir a los representantes públicos.
No se entrará en este informe a dilucidar hasta qué punto la participación, de forma genérica (sin “e”), debe ser c
onsiderada un deber de la c
iudadanía. Pero sí hemos de c
ontemplar el deber de los gobiernos de facilitar que la totalidad de los individuos participen, si lo desean, que puedan ejercer ese derecho y no solo en aquellas partes de la vida pública que, en c
ada momento determinado, se establezcan desde el gobierno (volviendo al G2C) sino también en aquellas otras en las que, respondiendo, especialmente al interés c
omún, la c
iudadanía promueva la inclusión de iniciativas gubernamentales, inste a los gobiernos a plantearse actuaciones hasta el momento no abordadas, etc. (asumiendo un papel activo en modalidad C
2G –Citizen to Government–).
Tradicionalmente, las iniciativas en e-participación han sido iniciadas por los gobiernos, pero en los últimos años la c
iudadanía o los grupos organizados de c
iudadanos (y c
iudadanas) han lanzado un número c
reciente (de ellas).
Traducción propia a partir de Europe’s Digital C
ompetitiveness Report (2010)18
De hecho, en el c
aso de Euskadi, ya se insta, en la mencionada recomendación del Ararteko, al Gobierno Vasco a “(…) proponer una ley que regule la participación c
iudadana en los asuntos públicos dentro de nuestra C
omunidad Autónoma. Esa norma deberá fijar un marco jurídico propio y regular el derecho de las personas de forma individual o a través de organizaciones, a participar c
onforme a los principios incluidos en esta recomendación”. Si bien se refiere a la participación de forma general, debemos hacerlo extensivo, por tanto, a la e-participación, es decir, al apoyo de las TIC a la participación en los procesos involucrados en el gobierno y la gobernanza19.
Teniendo en c
uenta que las iniciativas en materia de e-participación iniciadas de arriba abajo por los gobiernos han tenido (en 2010) menos éxito que las iniciadas por la c
iudadanía o las organizaciones sociales20 el Plan de Acción Europeo sobre Administración Electrónica 2011-201521, en c
onsonancia c
on la Declaración Ministerial de Malmö, señala c
omo una de sus prioridades la “Capacitación del usuario” es decir, incrementar la c
apacidad de c
iudadanos, empresas y otras organizaciones para comportarse proactivamente en la sociedad a través del uso de nuevas herramientas tecnológicas. Pueden acrecentarse la eficiencia de los servicios públicos y la satisfacción de los usuarios si se responde mejor a las expectativas de estos y si se diseñan aquellos en torno a las necesidades de los usuarios y en c
olaboración c
on ellos siempre que sea posible. Se trata asimismo de que las administraciones públicas ofrezcan un acceso sencillo a la información pública, mejoren la transparencia y permitan la participación efectiva de c
iudadanos y empresas en el proceso de formulación de políticas22.
Por su parte, el Gobierno de España señala23 la necesidad de establecer una estrategia de Administración electrónica de España para el año 2015, en c
umplimiento de los c
ompromisos derivados del Plan de Acción 2011-2015 de Administración Electrónica de la Unión Europea. Las prioridades de esta estrategia se c
entran en una Administración pública sostenible, una sociedad productiva y c
ohesionada y una sociedad participativa y c
olaborativa.
colaborativa: El refuerzo de la
colaboración entre
ciudadanos y empresas
con las Administraciones Públicas, impulsando los nuevos elementos de
comunicación que proporcionan las redes sociales, fomentando la reutilización y la accesibilidad, debe
conducir, más que nunca a una Sociedad más participativa y
colaborativa y a una Administración más abierta y transparente24.
De hecho, ya en la Estrategia 2011-2015 del Plan Avanza2 (publicada en 2010) se señala “Desarrollar servicios de Gobierno Abierto y de la eAdministración” c
omo uno de los retos (eje 4 “contenidos y servicios digitales”) entendiendo el gobierno abierto c
omo una nueva estrategia de interacción entre la Administración Pública y sus administrados, c
aracterizada por el establecimiento de c
anales de c
omunicación y c
ontacto directo entre ellos. Es decir, posibilitar la c
omunicación c
onstante y directa entre gobierno y c
iudadanía o, lo que es lo mismo para poder tomar decisiones basadas en sus necesidades y preferencias es necesario impulsar la participación de la población, lo que supone c
ambios c
ulturales pero también cambios en los c
anales de c
omunicación, pasando a ser electrónicos. En definitiva, iniciando el c
amino de la e-participación.
6 COM/2005/0706 final. Las negritas son propias.
7 Política de la C
omisión Europea en materia de e-inclusión en alineamiento c
on el reconocimiento (número 4) de la Declaración Ministerial de Riga.
8 Dictamen del C
omité Económico y Social Europeo sobre la «Comunicación de la C
omisión al Parlamento Europeo, al C
onsejo, al C
omité Económico y Social Europeo y al C
omité de las Regiones: Plan de Acción Europeo sobre Administración Electrónica 2011-2015 – Aprovechamiento de las TIC para promover una administración pública inteligente, sostenible e innovadora» C
OM(2010) 743 final y la «Comunicación de la C
omisión al Parlamento Europeo, al C
onsejo, al C
omité Económico y Social Europeo y al C
omité de las Regiones – Hacia la interoperabilidad de los servicios públicos europeos» C
OM(2010) 744 final.
9 C
apítulo 4 “eInclusion: regular internet use and skills among groups at risk of exclusion“, European Union, 2010.
10 Para un mayor detalle sobre estos planes, véase el c
apítulo “Marco estratégico y normativo” de este mismo Informe.
11 Pilar 4 “Very Fast Internet” de la ADE; eje 1 “Infraestructuras” del Plan Avanza2 y la iniciativa “Infoestructuras” de la AD@15.
12 Ejemplo:
contenido.
13 Web Accessibility Initiative (WAI), especialmente la sección destinada al diseño inclusivo.
14 Wikipedia: inclusión digital.
15 En el documento MEMO/06/237 Information and c
ommunication technology for an inclusive society – Frequently asked questions se c
ita, literalmente, Easy access to (ICT) is a prerequisite for participation.
16 United Nations e-Government Development Database. UN Public Administration Programme. e-Participation http://www2.unpan.org/egovkb/egovernment_overview/eparticipation.htm#.
17 Si en sus orígenes el ámbito de expresión del derecho a la participación se c
iñó a la vida política en su sentido más preciso (estructuras del Estado y partidos políticos), hoy somos c
onscientes de que en la sociedad c
ivil a través de sus organizaciones, e incluso espontáneamente en momentos sociales c
argados de intensidad, se pueden tener también firmes participaciones públicas, valiosas c
uando se sitúan en ese horizonte del bien público. Etxebarría, X. “Derecho a la participación” en El C
orreo y en El Diario Vasco, 10 de diciembre de 2011.
18 C
apítulo 5. “Online Public Services”. Apartado 1.5. e-Government. e-Participation, European Union, 2010.
19 Wikipedia: ICT supported participation in processes involved in government and governance, c
it. en Europe’s Digital C
ompetitiveness Report (2010).
20 Europe’s Digital C
ompetitiveness Report, European Union, 2010.
21 COM (2010) 743. Aprovechamiento de las TIC para promover una administración pública inteligente, sostenible e innovadora.
22 Las negritas son propias.
23 Resumen ejecutivo del informe presentado al C
onsejo de Ministros de 16 de septiembre de 2011 sobre la situación de la Administración electrónica en la Administración General del Estado. Esta estrategia fue presentada durante la sesión 1 “e-Government and the Administration” en el encuentro “Going Local II” c
elebrado en Sevilla, en diciembre de 2011.
24 Ibídem.