14. Trabajo y Seguridad Social
Este a
ño se ha recibido en esta á
rea un total de 22 quejas, cuya distribución por subáreas es la siguiente:
– Funcionamiento de la A
dministración y procedimiento a
dministrativo.....16
– Medidas de fomento de empleo.....3
– Administración laboral.....2
– Otros as
pectos.....1
Por lo que respecta a
l detalle de la tramitación de las quejas gestionadas en el á
rea a
l cierre del ejercicio, en diciembre de 2012, su información estadística es la siguiente.
2. Quejas destacadas
2.1. Funcionamiento de la A
dministración y procedimiento a
dministrativo
Muchas de las quejas que hemos recibido han tenido que ver con el funcionamiento de los servicios, en sus vertientes del sistema de gestión de demandas de empleo, o de la a
ctividad de fomento y a
poyo a
l empleo y formación profesional.
En lo que respecta a
la formación, junto a
as
pectos relativos a
la a
decuación entre el contenido de los cursos y los criterios de selección, también se ha planteado el problema derivado del retraso en el pago de cantidades ya concedidas a
las entidades organizadoras de cursos en a
nteriores convocatorias, as
í como por la demora en la a
probación de nuevas a
yudas para su impartición. Se ha causado as
í un perjuicio a
las entidades cuyo funcionamiento está condicionado en gran parte por el pago de las a
yudas. Por su parte, la impartición de nuevos cursos se ha visto a
fectada por el retraso en la nueva convocatoria.
Por lo que se refiere a
l pago de cantidades a
deudadas, se nos comunicó que se ha debido a
la necesidad de a
decuar la contabilidad correspondiente a
Lanbide, que a
l haberse transformado en organismo a
utónomo, queda sujeta a
hora a
los principios de la contabilidad pública. A
este motivo se han unido otros relativos a
l desarrollo informático para esa transformación en organismo a
utónomo.
En el á
mbito de las a
yudas del Decreto 328/2003, de 23 de diciembre, de A
poyo a
la Cultura Emprendedora y a
la Creación de Empresas, en concreto para la creación de nuevas estructuras empresariales por personas en situación de desempleo, la tramitación de una queja nos llevó a
concluir que el cese en la a
ctividad subvencionada se había considerado, inadecuadamente, como causa para exigir la devolución de una a
yuda ya a
bonada.
Nuestra valoración, discrepante con la realizada por Lanbide, pidió la revisión de la decisión por estar basada en el incumplimiento de una condición –permanecer indefinidamente en la a
ctividad– que no está recogida en el Decreto 328/2003. La recomendación, no a
ceptada, se recoge en la Resolución del A
rarteko, de 6 de marzo de 2012, por la que se recomienda a
Lanbide que revise una resolución en la que se declara la obligación de reintegrar una subvención a
la Creación de Empresas.
Con relación a
la gestión de las ofertas de empleo, a
lgunas quejas expresaban la insuficiente información ofrecida para despejar determinadas dudas sobre cómo se seleccionan las candidaturas para su posterior envío a
las empresas.
La respuesta a
nuestra petición de información nos permitió conocer el procedimiento de gestión de candidaturas, recogido en un manual de gestión de las ofertas. Preguntas sobre dudas tan detalladas posiblemente no sean habituales, y no hay, por ello, cauces previstos para dar una información tan precisa a
quien las plantea. En cualquier caso, indicamos a
Lanbide que fue la vía de su queja y no las habituales de Lanbide lo que permitió el a
cceso a
esta información detallada.
Dentro de éste a
partado de tramitación de ofertas de empleo, el pasado a
ño planteamos a
Lanbide que dado que el requisito de residencia es de fácil cumplimiento, no lo a
plicara como excluyente “a priori”, como venía haciendo. A
tendiendo a
la a
rgumentación, dicho Ente ha dictado una instrucción sobre la a
plicación del requisito de residencia con el fin de unificar y a
clarar los supuestos en que el citado requisito debe incorporarse como obligatorio: con carácter general se evitará considerar la residencia como requisito excluyente de las candidaturas a
las ofertas de empleo, con la única excepción de las ofertas que correspondan a
programas públicos de discriminación positiva de demandantes de un á
mbito determinado.
La situación de a
lta en la demanda de empleo tiene consecuencias en el a
cceso a
prestaciones, que en ocasiones son a
demás competencia estatal. Los datos han de reflejar por tanto la realidad, sin que los datos relativos a
una persona se reflejen de manera dispar en uno y otro á
mbito. Viene esta observación a
l hilo de la queja de una persona extranjera, a
quien Lanbide dio de baja como demandante por haberle caducado el permiso de residencia.
El sistema informático de Lanbide detecta cuando un permiso ha caducado, sin tener en cuenta que puede haberse iniciado el trámite para su renovación, y que mientras dura ese procedimiento queda prorrogada la a
utorización a
nterior de residencia. Es decir, a
ctualmente, una persona que tiene un permiso continuado de residencia se puede encontrar sin embargo con que le dan de baja porque obvia la prórroga del permiso.
Aunque el problema se recondujo y el interesado recuperó su inscripción en las condiciones que le correspondían, nos pareció conveniente dirigirnos a
Lanbide para trasladar nuestra valoración en el sentido de que lo ocurrido debía servir para a
decuar los sistemas de información ya que, de lo contrario, si la persona a
fectada se hubiera a
quietado padecería las consecuencias del error inducido por la falta de coordinación entre la información de una y otra a
dministración (Lanbide y el servicio público de empleo estatal SPEE).
En otra queja por la baja en una demanda de empleo nos plantearon un problema sobre el cómputo del tiempo en el que se debía renovar esa demanda.
El problema parecía tener que ver con el tratamiento de los datos relativos a
l cálculo del tiempo transcurrido. El a
nálisis de los datos a
portados con la queja mostraba que había renovado periódicamente su tarjeta desde el a
lta el 18 de a
gosto de 2008, pero Lanbide le dio de baja el 17 de octubre de 2012, en lugar de en noviembre.
2.2. Salud laboral
En el á
mbito de salud laboral, destacamos la reunión mantenida con AS
VIAMIE y OSALAN, sobre el problema de las personas a
fectadas por el a
mianto.
Después de trasladar a
dicha as
ociación el contenido del informe de OSALAN sobre diversas a
ctuaciones relacionadas con esta materia, nos hicieron llegar varias puntualizaciones, de las que destacamos las siguientes, a
lgunas recogidas en la Estratega de Seguridad y Salud en el Trabajo: información más detallada sobre a
ctuaciones tales como la emisión de informes de exposición de trabajadores a
fibras de a
mianto, realización de jornadas informativas, procedimiento interno de investigación de enfermedades profesionales, registro de posibles expuestos, estudio de una matriz Empleo-Exposición, optimación de a
ctuaciones a
la A
tención Primaria, etc.
Consideramos que la mejor manera de a
bordar tales observaciones era promover una reunión de dicha as
ociación con OSALAN, lo que llevamos a
cabo en el modo en que se recoge más a
delante, en el a
partado IV.
En este a
partado de salud laboral no debemos olvidar la siniestralidad laboral, donde las estadísticas, a
unque puedan ofrecer mejores cifras, nos recuerdan que los a
ccidentes siguen presentes. En un curso organizado en la Escuela Social de Vitoria/Gasteiz tuvimos ocasión de reflexionar sobre este problema cuyo a
bordaje pretende la Estrategia Vasca de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Porque es sabido que la economía tiene influencia en los derechos sociales, debemos vigilar para que en la a
ctual coyuntura no sólo no se retroceda sino que se a
vance en la salud de las personas trabajadoras, mejorando sus condiciones. Confiamos por ello en que la estrategia diseñada por la a
dministración pueda lograr su despliegue efectivo en el período previsto.
3. Contexto normativo
Es importante mencionar en este a
partado el papel que puede jugar la Estrategia Vasca de Seguridad y Salud en el Trabajo 2011-14, por ser un referente en las a
ctuaciones para completar el desarrollo normativo ya realizado para a
bordar el problema de la siniestralidad laboral.
4. Otras a
ctuaciones. Reuniones con as
ociaciones
Buscando promover un cauce de relación entre las as
ociaciones de personas a
fectadas por el a
mianto y OSALAN, se ha promovido una reunión de dicho organismo y AS
VIAMIE, a
la que a
cudió la institución del A
rarteko.
Los principales as
untos tratados fueron estos: las dificultades que existen para que las a
dministraciones, sanitaria, salud laboral, INSS, cumplan los objetivos recogidos en diversos planes y normas; tramitación de expedientes de incapacidad, comunicación de sistema de salud a
OSALAN, vigilancia postocupacional y su a
lcance y la importancia de un Fondo de Compensación, objeto este último de la ponencia a
bierta en el Parlamento.
El A
rarteko se comprometió a
estudiar los casos individuales de personas que han cesado su relación de empleo y que, por tal circunstancia, encuentran dificultades para que el INSS tramite sus peticiones de reconocimiento de incapacidad por enfermedad laboral. Por su parte, OSALAN ofreció a
la as
ociación su disponibilidad para las diversas cuestiones que a
fectan a
este colectivo.
5. Valoración del estado de los derechos ciudadanos
1. En el a
partado de quejas hemos mencionado que muchas de ellas han estado relacionadas con el funcionamiento de los servicios. Es una circunstancia que también reflejaron a
lgunas de las recibidas el pasado a
ño con motivo, a
tenor de lo expresado por Lanbide, de la reciente as
unción de competencias.
2. Algunas decisiones a
doptadas por Lanbide en el desarrollo de sus funciones tienen relación con prestaciones que corresponden a
l Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
Como es sabido, uno y otro son á
mbitos competenciales diferentes, lo que puede ser un problema a
ñadido a
la hora de encauzar a
quellas decisiones que resultan equivocadas.
Es por ello esencial que para mejorar el funcionamiento de los servicios se solucionen los problemas de carácter técnico. Los sistemas de información deben reflejar situaciones ciertas, sin que los mismos datos de una persona se reflejen de manera dispar en uno y otro á
mbito.