2.5. Justicia
A c
omienzos de 2011 se presentó al Parlamento Vasco el informe extraordinario “Infancias vulnerables”, informe síntesis de prácticamente todos los informes del Ararteko publicaos hasta esa fecha sobre la infancia o c
on apartados específicos dedicados a ella, y de los seguimiento efectuados sobre c
ada uno de ellos año tras año. Entre los ámbitos en él abordados está el de los adolescentes infractores, c
on origen en el informe extraordinario de 1998 “Intervención c
on menores infractores” y objeto de seguimiento anual hasta 2010. Transcurridos c
asi dos años desde la publicación del informe y las recomendaciones c
on las que c
oncluía, parecía adecuado efectuar un seguimiento del grado de c
umplimiento de éstas, para lo que solicitamos datos e información básica al Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco.
Una aproximación a los principales datos de evolución de las medidas ejecutadas permiten c
onocer el mayor o menor grado de aplicación de las mismas, así c
omo las tendencias generales, información básica para la valoración de la recomendación del informe que habla de “aplicar en toda su extensión el marco normativo establecido por la Ley 3/2005 y el Decreto 80/2009”. Estos datos globales nos dicen:
(Tabla 2)
Número de medidas ejecutadas en la C
APV (2009-2012)
Fuente: Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco
Los años 2009 y 2010 muestran un incremento en el número de medias, bastante más acusado en el primero de ellos (19%). En el año 2011 c
ambia la tendencia, reduciéndose el número de medidas en un 6,3%, decremento que se hace mayor en 2012 (19%) y que nos sitúan en un nivel de demanda similar al del año 2004.
El descenso de las medidas impuestas se da en los juzgados de menores de los tres territorios: un 12,8% en el de Bilbao, un 18,2% en el de Donostia-San Sebastián y un 34,5% en el de Vitoria-Gasteiz.
En relación c
on los delitos, a pesar de la reducción global del número de medidas, los delitos relacionados c
on la violencia intrafamiliar y c
ontra la pareja han seguido c
reciendo, aunque sea ligeramente. Suponen el 37,5% de las medidas c
autelares y el 10,8% de las firmes.
(Gráfico 13)
Número de medidas definitivas y c
autelares ejecutadas en la C
APV (2009-2012)
Fuente: Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco
El 8% de las medidas impuestas en 2012 han sido c
autelares. No se observan c
ambios significativos en las libertades vigiladas y, tanto el número, c
omo la duración de los internamientos, ha disminuido. En relación c
on la c
onvivencia en grupo educativo c
omo medida c
autelar, que en 2012 han sido 3, c
ompartimos la reflexión que traslada el departamento sobre lo “poco oportuno de esta medida, dada la naturaleza y regulación legal de la misma, c
uya ejecución requiere un trabajo, reposo y atención que la naturaleza c
autelar no permite”.
(Gráfico 14)
Número de medidas c
autelares ejecutadas en la C
APV, según modalidad (2009-2012)
Fuente: Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco
El 92% de las medidas ejecutadas en 2012 son firmes y su c
umplimiento se realiza en un 72,8% en medio abierto, frente al 27,2% de las realizadas en c
entro (internamientos, c
onvivencias y permanencias de fin de semana). Respecto a años anteriores, en 2012 se producen algunos c
ambios muy significativos en las principales medidas definitivas:
(Gráfico 15)
Número de medidas firmes ejecutadas en la C
APV, según modalidad (2009-2012)
Fuente: Departamento de Interior, Justicia y Administración Pública de Gobierno Vasco
comunidad vuelven a bajar por segundo año
consecutivo. Tras la enorme
caída producida en 2008 y a pesar de los incrementos registrados en 2009 y 2010, nos encontramos lejos de años anteriores en los que se superaba ampliamente la frontera de los 400
casos.
cotas incluso inferiores a las del 2007.
crecieron un 80,2% en el año 2010 y aumentaron su duración
considerablemente. Los dos últimos años la tendencia ha sido decreciente, situándonos en 2012 en
cifras similares a las del año 2009, aunque la duración se mantiene.
crece respecto a 2011.
Para la aplicación real de las medidas, uno de los factores determinantes suele ser la mayor o menor disponibilidad de medios y recursos.
(Tabla 3)
Red de c
entros educativos del sistema de justicia juvenil
Directamente relacionada c
on la disminución de las medidas, la tasa de ocupación media de la red de c
entros de justicia juvenil ha ido decreciendo a lo largo de 2012, situándose entre el 70% y el 80%. Esta ha sido la razón del c
ierre de dos residencias de autonomía a c
omienzos de año y el c
entro específico para el c
umplimiento de medidas de permanencia de fin de semana. En total, 18 plazas.
El sistema se c
ompleta c
on la red de servicios en medio abierto, que mantiene los equipos en c
ada uno de los territorios históricos y ve c
onsolidados los c
entros de día, que ofrecen un total de 36 plazas distribuidas proporcionalmente a la población de éstos.
Pero más allá de la necesaria y adecuada disponibilidad c
uantitativa de recursos, c
abe preguntarse por otros aspectos c
ontemplados en la normativa c
itada más arriba y que vienen a respondernos sobre la mayor o menor idoneidad de la intervención desde c
laves educativas. Así, aun c
uando se nos ha informado de que existe una c
ircular relativa a la c
onciliación en fase de c
umplimiento por la que se recomienda que en los Proyectos Educativos Individuales en los que se entienda pertinente se establezca un área de trabajo específica que, desde la responsabilización de la propia c
onducta, de sus c
onsecuencias, implicación en otras personas, etc. se llegue a plantar la posibilidad de iniciar un proceso de mediación/conciliación, en opinión de algunos profesionales c
on los que hemos podido c
onversar, esta posibilidad no está siendo suficientemente utilizada.
En lo tocante a la recomendación 3ª del informe de Infancias vulnerables sobre “establecer dependencias policiales y registros específicos para menores”, ya se recoge en el área de Interior del informe ordinario que los c
entros de detención de la Ertzaintza c
ontinúan sin dotarse de dependencias específicas de c
ustodia para las personas menores, c
omo exige la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero (art. 17.3). Las nuevas instalaciones de la Policía Municipal de Bilbao, también visitadas por personal de esta institución, sí disponen de esta sala específica, aunque se han hecho algunas propuestas de mejora al entender que no c
umple por c
ompleto el principio de separación exigida (cuya finalidad es evitar que las personas menores tengan c
ontacto c
on los detenidos adultos), ya que se encuentra ubicada al lado de otras salas y espacios de uso c
omún, además de que el itinerario de acceso a ella es también c
omún para unas y otras personas.
La recomendación 4ª pone la mirada en el servicio de defensa ofrecido por el turno de oficio de abogados y la formación específica de éstos. La c
reación de un turno específico de menores que requiere a los letrados y letradas de una formación específica para ser incluidos en el mismo es un avance importante en la pretensión legislativa. Ahora bien, testimonios a los que hemos tenido acceso directamente nos trasladan algunas prácticas c
on c
arencias de especialización y, sobre todo, c
on formas de trabajo de la jurisdicción de personas adultas. Parece pues que habrá que seguir avanzando en la mejora de la formación específica de los letrados y letradas del turno de oficio de personas menores.
Sí se han producido mejoras en la c
oordinación entre los servicios de justicia juvenil y los servicios sociales de infancia en desprotección, objeto de la recomendación 5ª del informe señalado. De hecho, ya el pasado año se daba c
uenta de la aprobación del protocolo de actuación para la c
oordinación de ambos sistemas y, tal y c
omo hemos podido c
omprobar en el transcurso de visitas y tramitación de quejas, además de ser c
orroborado por las personas responsables de éstos, el nivel de satisfacción y el avance en la eficacia son evidentes.
Como la literatura especializada y las personas profesionales trasladan, los niños y niñas en situación de mayor vulnerabilidad están más expuestos a presentar dificultades en los distintos ámbitos de sus vidas. Esto es así también en lo c
oncerniente a los y las adolescentes que, encontrándose en c
ierto nivel de desprotección y, por tanto, siendo objeto de atención por parte de los servicios sociales de protección a la infancia, trasgreden la norma y c
omenten algún delito que les pone en c
ontacto c
on el sistema judicial. De los c
inco c
olectivos que en los últimos años han participado de la atención de ambos sistemas, llama la atención el c
recimiento incesante (porcentualmente mayor en c
hicas) del número de adolescentes que agreden en el seno de sus familias o a sus parejas y es necesaria una separación de su medio. Es significativa también la reducción en 2011 y 2012 de menores extranjeros no acompañados, reflejo, por otra parte, del descenso en el número de llegadas a nuestro territorio de estos c
hicos en ese período.
De los avances en la atención sanitaria y en la c
olaboración c
on el sistema sanitario (recomendación 6ª), sólo hemos tenido c
onstancia del inicio en 2012 de visitas regulares del psiquiatra del C
SM de Zumarraga al c
entro educativo Ibaiondo. C
omo ya se ha venido señalando en informes anteriores, la atención a la salud mental de los y las adolescentes que lo precisan desde los servicios públicos presenta importantes lagunas, máxime teniendo en c
uenta que el número de personas afectadas va en aumento. En todo c
aso, esta debilidad en la atención no se c
ircunscribe a estos c
olectivos sino, tal y c
omo ya se ha expuesto en el apartado sobre Sanidad de este mismo informe, a las c
arencias y limitaciones actuales de la respuesta a la salud mental en la C
APV.