2.1. Educación
Tal y c
omo se señalaba en las gráficas anteriores, c
asi la mitad de las quejas relacionadas c
on menores de edad tramitadas este año (el 46%) hacen referencia a situaciones relacionadas c
on el sistema educativo formal. Para la exposición de lo acontecido en esta área reproduciremos lo recogido en el c
apítulo sobre la supervisión de la actuación de las administraciones públicas del informe general al Parlamento Vasco c
orrespondiente a Educación, ya que afecta en su mayor parte a niños, niñas y adolescentes.
Las quejas referidas a admisión de alumnado han vuelto representar un volumen similar al de anteriores años. Los motivos de queja son redundantes. Así, este año se han c
uestionado de nuevo los criterios prioritarios de admisión que son aplicados en los supuestos de insuficiencia de plazas, en especial el referido al c
riterio de renta anual de la unidad familiar, y se ha puesto otra vez de manifiesto la utilización abusiva de datos del padrón.
Continúan recibiéndose también quejas que pretenden que la Administración educativa reconsidere la ratio autorizada. A este respecto hemos hecho saber a los interesados que la superación de las ratios vigentes solo tiene lugar, de manera excepcional, por motivos tasados, previa solicitud expresa por parte de los c
entros, y que la previsión existente para ampliar la ratio en un diez por c
iento está orientada a posibilitar la escolarización del alumnado que deba ser escolarizado una vez c
omenzado el c
urso.
Queremos insistir en que, en nuestra opinión, sería deseable que la Administración educativa publicase los detalles de la aplicación informática que permite la gestión mecanizada del proceso, en particular las relativas a la adjudicación de segundas y terceras opciones.
Como es sabido, fuera de este proceso ordinario, la admisión del alumnado se gestiona a través de las comisiones territoriales de escolarización. Al plantear sus propuestas, estas c
omisiones, además de la voluntad expresada por las familias, deben perseguir una integración lo más normalizada posible en el sistema educativo vasco, atendiendo, de manera particular, a los c
riterios que siguen: 1) la proximidad del c
entro en relación al domicilio familiar y existencia de hermanos ya escolarizados; 2) el equilibrio entre todos los c
entros (públicos y c
oncertados) sostenidos c
on fondos públicos; 3) el aprovechamiento eficiente de los recursos técnicos y humanos existentes en los c
entros y 4) la idoneidad del c
entro para dar la mejor respuesta educativa al alumno/a.
Ya el pasado año, señalamos que algunas de las quejas tramitadas nos hacían temer que no se estuviera c
onsiderando de forma debida la voluntad de las familias, ya que habíamos advertido que en algunos c
asos las propuestas de escolarización se apartaban del modelo lingüístico y del tipo de c
entro querido por las familias. Pues bien, este año debemos dejar c
onstancia de una preocupación mayor si c
abe. En efecto, hemos recibido quejas de familias que, además de discrepar de la propuesta de escolarización realizada, han tratado de hacer valer la realidad de una situación económica c
omprometida que dificulta el hacerse c
argo de los gastos de escolarización. En este sentido, estas quejas han puesto sobre la mesa la diferencia real entre los gastos de escolarización, según se trate de c
entros públicos o privados c
oncertados, para argumentar que esta realidad no puede pasar desapercibida al ponderar los c
riterios que llevan a realizar propuestas de escolarización que se apartan de la voluntad de las familias.
Desde el Departamento de Educación se ha insistido en que tanto las c
ondiciones de financiación de los c
entros privados c
oncertados c
omo las ayudas a las familias para transporte, c
omedor y material escolar permiten el acceso universal del c
onjunto de la población a toda la red de c
entros docentes de enseñanza no universitaria, c
onstituida tanto por los c
entros de titularidad pública c
omo por los privados c
oncertados, que c
onfiguran el mapa escolar.
Hemos tramitado también un significativo número de quejas relacionadas c
on la posibilidad de cambio o traslado de c
entro educativo al margen del proceso ordinario de admisión de alumnado. Ello nos ha permitido c
omprobar que hay dos razones que exceptúan de la permanencia durante un c
urso en el c
entro previamente solicitado: las situaciones que suponen riesgo o sufrimiento para el alumno y que estén debidamente c
onstatadas mediante un informe de la Inspección educativa, y los c
ambios de domicilio sobrevenidos que c
omportan traslado a distancias c
onsiderables en edades muy tempranas, situación esta última c
omprobable mediante c
ertificado del padrón actualizado.
Consideramos obligado hacer referencia a c
iertos c
asos que hemos c
onocido de órdenes de escolarización que se han seguido de decisiones judiciales que han tratado de poner fin a situaciones de falta de escolarización de algunos menores. Asimismo, han acudido a esta institución familias que han mostrado su c
ontrariedad por el modo en que se ha aplicado el programa aprobado para la erradicación de la desescolarización y del absentismo escolar. A nuestro modo de ver, todas estas quejas son demostrativas de la existencia de una demanda social en torno a la opción educativa c
onocida c
omo “educación en c
asa” o “homeschooling”.
Entrando a c
onsiderar otro tipo de asuntos, debemos señalar que, en general, los datos que nos han sido facilitados por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación permiten ser optimistas en c
uanto al c
umplimiento de los indicadores dispuestos para la mejora c
ontinua de la oferta educativa. Las mayores dificultades, eso sí, siguen produciéndose en la etapa inicial de c
ero a tres años, sobre todo en la oferta de aulas de dos años.
A este respecto, este año destaca entre todas la queja presentada c
on el fin de c
analizar la demanda c
iudadana existente en Barakaldo. Nos c
onsta que esta demanda ha dado lugar a importantes iniciativas, entre ellas la moción aprobada por el pleno en sesión ordinaria c
elebrada c
on fecha de 29 de diciembre de 2011, que instaba a que se dictaran las órdenes oportunas a fin de suscribir la adhesión de Barakaldo al Consorcio Haurreskolak. Precisamente, la falta de c
umplimiento de esta moción hace que c
obre fundamento la demanda c
iudadana que, en estos momentos, se ha planteado a modo de queja en esta institución reclamando la ampliación de la oferta educativa que es programada para este tramo de c
ero a dos años. El Informe 2008-2010, presentado por el C
onsejo Escolar de Euskadi, se hace eco también de los problemas particulares de insuficiencia de plazas en Barakaldo.
En lo que respecta a c
uestiones de planificación o programación educativa, el año 2012 hemos dictado sendas resoluciones c
on motivo de las quejas tramitadas a instancia de la c
omunidad educativa del CEIP Iruarteta. Una primera (resolución del Ararteko, de 31 de enero de 2012) relativa a la decisión adoptada de trasladar a este c
entro educativo alumnado proveniente del C
EIP Mujika-Solokoetxe, debido a las obras de reforma estructural del edificio que alberga este último c
entro educativo y, a c
ontinuación, una segunda (resolución del Ararteko, de 12 de noviembre de 2012) en relación c
on la decisión administrativa de ampliar la oferta educativa del C
EIP Iruarteta a una c
uarta línea. En ambas resoluciones hemos incidido en dos c
uestiones que resultan de c
onsideración obligada c
uando se trata de asuntos relativos a c
uestiones de programación o planificación educativa: por un lado, la participación de los agentes educativos implicados y, por otro, la necesaria y c
umplida motivación de las decisiones que se adopten.
Precisamente, la tramitación de una queja referida al nuevo itinerario educativo previsto para el CEIP Elatzeta de Irun nos ha permitido c
onstatar una actitud receptiva por parte de la Administración educativa. En este sentido, hemos indicado a los interesados que valoramos c
omo muy positivo que el Departamento de Educación haya tenido en c
onsideración la participación directa de las familias en el grupo de trabajo que ha de ocuparse de preparar y reforzar este itinerario nº 2, que incluye los c
entros IES Hirubide, C
EIP Elatzeta y C
EIP Leka-enea.
Más aun, la propia c
onsejera de Educación, Universidades e Investigación, en una c
omparecencia parlamentaria ante la C
omisión de Educación para dar c
uenta del mapa escolar de Álava, ha tenido especial interés en destacar que dicho mapa es el resultado de una planificación democrática, c
on la participación de todos los representantes de la c
omunidad educativa, en el modo en que de forma reiterada viene recomendando esta institución.
Al hilo de esto anterior, debemos reconocer que la programación dispuesta en este nuevo mapa para la c
iudad de Vitoria-Gasteiz ha permitido reconducir la situación de la que nos hicimos eco en el informe del pasado año 2011, en el que un significativo número de niños y niñas quedaron sin plaza en el proceso de admisión de alumnado.
El año 2012 hemos puesto fin a la actuación de oficio emprendida para efectuar el seguimiento del c
umplimiento de los indicadores fijados en la planificación educativa de aulas de dos años en la c
iudad de Vitoria-Gasteiz. La respuesta facilitada por el director de C
entros Escolares y, en especial, la intervención de la c
onsejera de Educación, Universidades e Investigación en la C
omisión de Educación del Parlamento Vasco, en su sesión de 19 de marzo de 2012, han permitido c
orroborar el esfuerzo de planificación que ha sido realizado por la Administración educativa para tratar de ajustar su oferta de plazas a la demanda de las familias. De hecho, debemos señalar que el proceso de admisión del alumnado para el c
urso 2012-2013 se ha c
errado sin que se hayan registrado quejas significativas en torno a la oferta de plazas de dos años en las nuevas zonas de expansión de Vitoria-Gasteiz, a diferencia de lo que venía ocurriendo los últimos años.
Por otra parte, hemos c
onocido un primer avance del diagnóstico que ha realizado el Departamento de Educación, Universidades e Investigación en torno al primer c
iclo de la educación infantil. Sabemos que, en el marco de este diagnóstico, la Inspección educativa ha elaborado un informe en torno a la presencia de personal ayudante para las aulas de dos años en c
entros públicos dependientes de la Administración educativa, habiendo analizado aspectos tales c
omo: (1) la c
uantificación de la presencia de personal ajeno al Departamento de Educación en las aulas de dos años; (2) las modalidades del servicio que ofertan, tipología de c
ontratos y agentes que c
ontratan; (3) horarios de presencia y tipos de intervención de este personal en las aulas; y (4) c
uotas a pagar por las familias.
Al momento de elaborar este informe únicamente nos c
onsta el propósito del departamento de precisar las líneas de intervención necesarias y de establecer un c
alendario de actuación al efecto. Seguimos pendientes, por tanto, de c
onocer los posibles resultados que pueda ofrecer esta actuación.
En el ámbito de la formación profesional hemos recibido quejas de c
iudadanos c
ontrariados por la falta de una mayor oferta de enseñanzas de grado superior. De igual modo, nos parece de interés destacar las formuladas por varios interesados que, habiendo superado previamente un c
iclo de grado medio relacionado c
on alguna de las familias incluidas en la opción a la que se presentaban, c
onfiaban en quedar exentos de la parte específica de la que c
onsta la prueba. Un error en la tramitación de sus matrículas por parte de los c
entros educativos responsables de gestionarlas ha provocado que, al publicarse los resultados de la prueba, figuraran c
omo c
andidatos no c
alificados en la parte específica. No obstante, finalmente, los errores denunciados han sido subsanados.
Queremos hacernos eco también de la aprobación del Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación c
on títulos y c
ertificaciones lingüísticas en euskera (BOPV nº 74, de 16 de abril).
Asimismo, nos vemos obligados a destacar de nuevo los problemas que se han suscitado c
on ocasión de la implantación de la enseñanza de lengua y literatura vasca en los c
entros extranjeros. Lamentablemente, estos problemas persisten en determinados c
entros, c
oncretamente en el Colegio Alemán San Bonifacio, y echamos de menos una actitud más decidida por parte de la Administración educativa para tratar de reconducirlos.
El año 2012 hemos tenido que pronunciarnos también sobre los c
riterios de distribución del alumnado empleados en un c
entro educativo seleccionado para la experimentación del Marco de Educación Trilingüe (MET) (Resolución del Ararteko, de 22 de noviembre de 2012).
Ciertamente, las orientaciones abiertas y flexibles que c
aracterizan la puesta en práctica experimental del MET dan c
abida a distintos c
riterios de agrupamiento del alumnado en ejercicio de la autonomía de organización, pedagógica y de gestión que se reconoce a los c
entros educativos. En el c
aso que ha dado lugar a la queja, la distribución elegida se ha justificado c
on la mayor dotación de recursos que han permitido c
ompensar las desigualdades reconocidas entre los grupos. De hecho, los resultados de la evaluación de los distintos grupos parecen avalar la estrategia planteada. De todos modos, c
on independencia de estos resultados, que no dejan de ser c
ircunstanciales, a juicio de esta institución, sería c
onveniente que el Departamento de Educación, Universidades e Investigación propiciase un análisis más detenido c
onforme al que poder c
oncluir si estas c
ondiciones de participación en la experiencia MET son las adecuadas para garantizar la igualdad de oportunidades del alumnado interesado en proseguir su formación académica c
onforme a este proyecto de educación trilingüe.
Con relación a los centros educativos mencionaremos que la Asociación de Madres y Padres del CEIP Txingudi-Irungo ikastola y del IES Txingudi han solicitado la intervención de esta institución para, entre otros objetivos, tratar de c
oncretar el grado de responsabilidad que las diferentes administraciones c
oncernidas deben tener en el normal sostenimiento de estos c
entros educativos. Nos c
onsta que estos c
entros educativos, que pasaron a formar parte de la red pública de enseñanza c
omo c
onsecuencia del proceso de c
onfluencia de las Ikastolas y la escuela pública, viven una situación c
iertamente especial, puesto que, si bien a efectos de programación y planificación educativa está previsto que den respuesta a alumnado residente en el municipio de Irun, los bienes patrimoniales c
on los que están dotados y c
uya titularidad no ha sido c
edida hasta el pasado año 2011 c
orresponde al Ayuntamiento de Hondarribia. En la tramitación seguida nos ha sorprendido la reacción de la Alcaldía de Hondarribia, que se ha mostrado c
ategórica c
on respecto a la decisión de no destinar más recursos económicos al mantenimiento de los accesos e instalaciones de los edificios que acogen las instalaciones de Txingudi ikastola.
En c
uanto a los servicios c
omplementarios de transporte y c
omedor, ya el pasado año dejamos dicho que el modo en que se han c
onfigurado los servicios c
omplementarios de transporte y c
omedor nos llevaba a descartar nuestra intervención en c
iertos supuestos no exentos de polémica, en la medida en que la autorización del servicio de c
omedor de gestión directa lleva aparejada la renuncia al servicio de transporte escolar de mediodía. Así ocurrió c
on la queja presentada en torno al IPI Ikasbidea de Durana.
A este respecto, el año 2012 debemos dejar c
onstancia de que la Asociación de Madres y Padres de Usuarios de Autobús en la Ikastola Ikasbidea (Asociación TTIPI-TTAPA Ikasbidea) lleva meses intentando habilitar un c
auce formal c
onforme al que insistir en sus demandas. En este sentido, por medio de esta institución, se ha tratado de lograr la resolución expresa de una solicitud planteada ante la c
onsejera de Educación, Universidades e Investigación, pero pese a nuestros reiterados intentos, hasta el momento no hemos logrado obtener una satisfacción al respecto.
También ha sido motivo de polémica la decisión adoptada por la Administración educativa de suspender el servicio de transporte escolar que se venía prestando al alumnado residente en las localidades de Ametzaga, Sarria y Bitoriano. Varios representantes de los c
onsejos escolares, así c
omo de las asociaciones de madres y padres de los c
entros educativos del municipio alavés de Zuia, han solicitado nuestra mediación.
En lo relativo al servicio de c
omedor, debemos destacar una serie de quejas en las que se han c
uestionado los diferentes precios que han de abonar los c
omensales en función de si poseen o no derecho a transporte.
Los c
riterios existentes sobre este servicio determinan que la c
uota a usar por el c
omedor del alumnado c
on derecho a transporte sea inferior al que no tenga tal derecho. Estos últimos se quejaban de esa diferencia de trato, lo que, a nuestro juicio, no c
onlleva una discriminación c
arente de fundamento, porque la prioridad para el establecimiento del servicio de c
omedor escolar está c
onectada precisamente a la existencia de alumnado c
on derecho a transporte.
A nuestro modo de ver, estas quejas quizá pongan de manifiesto, pues no se han solido plantear de esta manera en otros ejercicios, los efectos de la c
risis económica, dado que familias que hasta hace poco c
entraban su interés en obtener plaza de c
omedor han pasado a poner en duda el sistema de precios.
Por otra parte, estos últimos años venimos asistiendo también a dos demandas reiteradas por parte de algunas familias. Una de ellas, el reconocimiento de la posibilidad de una dieta vegetariana, se ha visto finalmente satisfecha. En efecto, la Circular de la viceconsejera de administración y servicios por la que se emiten instrucciones para el funcionamiento de c
omedores escolares en régimen de gestión directa, a partir del c
urso escolar 2012/2013, además del menú basal general y de los especiales que puedan estar motivados por las posibles intolerancias, alergias y enfermedades del alumnado, incluye los llamados menú vegetariano y menú no c
erdo.
Este último, que según la Administración educativa pretende dar respuesta a las familias que unen su petición de una dieta distinta a motivos religiosos, no es sin embargo suficiente para éstas y, por ello, demandan el reconocimiento de la llamada dieta halal.
Esta petición es suscrita, entre otros, por el C
onsejo Islámico de Euskadi, que hace extensivas sus demandas a otro tipo de c
uestiones c
omo la c
ontratación de profesorado en el marco del programa Hispano-Marroquí de Enseñanza de Lengua Árabe y C
ultura Marroquí.
En lo que respecta al alumnado c
on necesidades educativas especiales, el año 2102 hemos c
ontinuado c
on la tramitación de quejas relativas a determinadas necesidades sanitarias (diabetes mellitus tipo 1) tomando c
omo referente de nuestra actuación la Circular de atención sanitaria especial durante el horario escolar aprobada en noviembre de 2005.
Por otra parte, debemos destacar el dictado de la Resolución del Ararteko, de 29 de noviembre de 2012, en un c
aso de un menor c
on necesidades educativas especiales al que se ha autorizado su matriculación en el c
entro c
oncertado c
ercano a su domicilio familiar y precisa de un especialista de apoyo educativo.
Asimismo, la Federación Vasca de Asociaciones de Personas Sordas “Euskal Gorrak” nos ha hecho llegar de nuevo varias quejas c
on respecto a necesidades del alumnado c
on discapacidad auditiva, en particular de los que siguen enseñanzas de idiomas, determinados estudios de formación profesional e incluso estudios universitarios.
También hemos tenido ocasión de resolver adecuadamente la queja de una familia c
uya pretensión era la de tener acceso a los informes psicopedagógicos de su hijo y de c
omprobar que los menores que, tras el c
ierre del c
olegio La Ola y tras estar escolarizados en un aula estable del C
EIP Berango-Merana han pasado a estarlo en el IES Julio C
aro Baroja de Getxo, han sido trasladados c
on el acompañamiento de la persona responsable del aula, del personal de apoyo y de los responsables de su transporte.
Un año más, algunas familias afectadas insisten en la necesidad de procurar una mejor respuesta al alumnado c
on c
ondiciones personales de sobredotación y al que presenta trastornos de déficit de atención. A este respecto, c
onfiamos en que la puesta en marcha del Plan Estratégico de Atención a la Diversidad en el marco de una Escuela Inclusiva permita reforzar las estrategias necesarias que c
ontribuyan a tal propósito.
La c
onsideración de la diversidad personal y c
ultural c
omo una c
aracterística inherente a la propia sociedad y, en c
onsecuencia, valorada en c
lave positiva c
omo enriquecedora para todas las personas que la c
onformamos, impregna también otros dos planes que ven la luz en 2012: el Plan para la mejora de la escolarización del alumnado gitano 2012-2015 y el Plan de atención al alumnado inmigrante en el marco de la escuela inclusiva e intercultural 2012-2015. Sabido es que esta institución ha venido realizando durante años un especial seguimiento a la situación de escolarización de niños y niñas pertenecientes a estos dos c
olectivos, entendiendo que se encontraban en situaciones de especial vulnerabilidad. Desde esta perspectiva, saludamos c
on satisfacción los planes y c
onfiamos en que estas propuestas de trabajo, en las que se recogen actuaciones muy acordes c
on sugerencias y recomendaciones señaladas por el Ararteko, sean una vía eficaz para la superación de los obstáculos que dificultan el avance en c
ondiciones de igualdad de todos los niños y niñas vascos, independientemente de su origen, identidad c
ultural o nivel socio-económico.
Suscribimos especialmente planteamientos c
omo el de evitar la c
oncentración del alumnado inmigrante en unos pocos c
entros, pero no por esa c
reencia infundada de que la presencia de niños y niñas inmigrantes perjudica al rendimiento de los niños y niñas “autóctonos”, sino precisamente porque la c
oncentración en un mismo grupo de un porcentaje alto de inmigrantes no parece ser beneficiosa para el propio alumnado inmigrante, según las c
onclusiones del ISEI-IVEI c
on los datos de la evaluación internacional de estudiantes PISA 2009. El rendimiento sustancialmente más bajo del alumnado no se debe solo a su c
ondición de nacidos fuera. Gran parte de la diferencia de c
alificaciones, según este estudio que sirve de base diagnóstica al plan arriba c
itado, “viene explicada por sus c
aracterísticas socioeconómicas y c
ulturales”. La situación económica determina el lugar donde vive una familia y el c
olegio donde estudian sus hijos. C
omo parece evidente, la mayor parte de inmigrantes residen en las zonas más desfavorecidas de las c
iudades y se c
oncentran en las escuelas de esas zonas. Es responsabilidad de la Administración, así pues, utilizar todos los medios de que disponga para evitar todo tipo de situación que pueda resultar discriminatoria o poco equitativa. Y no sólo por razones pedagógicas, que también, sino por razones de tipo social: evitar la guetización o la estigmatización de determinados c
entros o sectores y favorecer la inclusión social.
Y si bien la escolarización de alumnado inmigrante o gitano no ha sido objeto de ninguna queja presentada en la institución, la atención al alumnado socialmente desfavorecido y los programas c
ompensatorios han sido el núcleo de dos expedientes que entendemos significativos.
El primero de ellos se refiere a la disolución del C
onsorcio para la Educación C
ompensatoria y Formación Ocupacional de Vitoria-Gasteiz “Pedro Anitua”. Si bien el hecho que daba origen a la apertura de nuestra actuación de oficio era a mediados de junio de 2012 la posible eliminación del programa Aulas de Inserción Sociolaboral Educativa (AISE) del C
onsorcio, asistimos en los meses posteriores a la desaparición del Propio C
onsorcio tras 27 años de andadura.
Del análisis de toda la información aportada c
oncluíamos que, tras la importante desestabilización económica que supuso en 2011 la retirada inesperada de la Diputación Foral de Álava de la financiación del programa AISE, la reducción de la aportación económica del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz respecto a la de años anteriores, dejó “herido de muerte” al C
onsorcio, que no pudo asumir el lanzamiento de una oferta formativa para el c
urso 2012-2013 ni siquiera en su apartado de Programas de C
ualificación Profesional Inicial. Siendo esta “formación ocupacional y educación c
ompensatoria de Vitoria-Gasteiz” el objetivo del C
onsorcio según se recoge en el artículo 3º de sus Estatutos, la imposibilidad de c
umplimiento de sus fines llevó a la c
onsiguiente extinción del C
onsorcio. El Departamento de Educación, en todo c
aso, garantizó la c
ontinuidad de los Programas de C
ualificación Profesional Inicial en las c
ondiciones de mayor normalidad posible, encontrando vías alternativas para que la entidad que venía gestionándolos lo siguiera haciendo. El resto de programas y servicios desaparecieron.
La primera reacción que nos suscita este hecho es lamentarlo profundamente. Somos c
onscientes de que la decisión de la c
ontinuidad del C
onsorcio se sitúa en la esfera de las decisiones políticas legítimas de las instituciones socias y en un marco de limitación presupuestaria y austeridad que supone la siempre difícil tarea de la priorización. No obstante, tal y c
omo venimos sosteniendo en c
uantas manifestaciones públicas y privadas c
onsideramos oportuno, no tenemos ninguna duda respecto al valor de las actuaciones c
ompensatorias y preventivas en la realización del derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes. Entornos educativos c
ompensadores c
omo el generado por el c
onsorcio c
ontribuyen de manera determinante en la integración de la diferencia y favorecen la adquisición por parte de los jóvenes en situación de riesgo de c
ompetencias, c
onocimientos y actitudes para el desarrollo de los diversos roles y funciones hasta su incorporación al status de persona adulta, promoviendo su emancipación.
Desde ahí c
onsideramos que uno de los grandes riesgos en estos momentos de gran limitación económica es el repliegue de c
ada administración, institución y/o departamento en aquello que, desde una lectura escrupulosa de la norma, es su c
ompetencia, abandonando prestaciones y servicios que se venían ofreciendo y de los que se venía beneficiando la c
iudadanía (que entendemos veía satisfecha c
on ese programa/servicio una necesidad sentida)
La segunda actuación a la que nos referimos tiene su origen en la inquietud trasladada por representantes de familias, alumnado y profesionales ante la drástica reducción del Programa de Refuerzo Socioeducativo Udako-Neguko Eskola que hasta la fecha venía prestando el Ayuntamiento de Bilbao para el apoyo socio-educativo a c
hicos y c
hicas de medio social desfavorecido. Recibimos, en paralelo, un importante número de llamadas a nuestra intervención desde equipos de dirección y asociaciones de padres y madres de c
entros educativos c
oncretos, c
olectivos pedagógicos, la Mesa de Recursos Socioeducativos y Sanitarios del Distrito 5, etc.
De la información obtenida respecto al programa valorábamos especialmente: su c
arácter socio-educativo, esto es, enmarcado en espacios de intersección y c
ompartidos; su c
arácter compensatorio y preventivo, esto es, destinado a aquellos niños, niñas y adolescentes que se encuentran en desventaja respecto a su grupo y c
ompensador de los déficits. Preventivo en la medida en que dificultará el agravamiento de situaciones de riesgo y vulnerabilidad; la confianza generada en las familias, así c
omo su papel de apoyo y acompañamiento a padres y madres en el desempeño de sus c
ompetencias parentales (es este uno de los efectos más mencionados por las personas c
on las que hemos tenido c
ontacto); su c
arácter comunitario, por ser desarrollado en el propio entorno de los c
hicos y c
hicas y dentro de una filosofía normalizadora y nada estigmatizadora; y su arraigo en el territorio y su papel en la red de agentes socio-educativos, resultando en muchos c
asos el elemento “conector” entre la familia y los recursos c
omunitarios o, incluso, entre algunos de estos.
Como en el c
aso anterior, aun entendiendo que la decisión se ubicaba en la esfera de las decisiones políticas legítimas, nos pareció oportuno trasladar al ayuntamiento nuestra preocupación por la situación en la que quedaban los más de 600 niños y niñas que venían recibiendo hasta la fecha este servicio y nos interesábamos por sus previsiones respecto a la c
obertura de las necesidades que motivaban el programa.
La respuesta del Ayuntamiento de Bilbao aclaraba c
on c
arácter previo que la c
ompetencia educativa en Euskadi c
orresponde al Departamento de Educación, Universidades e Investigación del Gobierno Vasco y explicaba la existencia de este programa municipal, c
uyos inicios se remontan a más de una década, por la inexistencia en aquel momento de una oferta similar a la actual de programas orientados a abordar las necesidades asociadas al entorno sociocultural del alumnado por parte del sistema educativo.
Tal y c
omo le decíamos en respuesta a estos argumentos, no discutiremos que la c
ompetencia de garantizar el derecho a la educación, c
on los pertinentes apoyos a los niños y niñas c
on necesidades educativas especiales y específicas, es del c
itado departamento, aunque sí nos surge alguna duda respecto a la afirmación de que sean programas similares. Por otro lado, que una administración o institución determinada sea la c
ompetente señala quién tiene la responsabilidad inexcusable de actuar, pero no excluye a otras de hacerlo c
on c
arácter c
omplementario o c
uando nos referimos a actuaciones en ámbitos de necesaria c
olaboración. C
obra en este punto importancia c
apital la c
oordinación, que garantizaría la finalidad perseguida de evitar duplicidades y dispersión, al tiempo que los c
iudadanos y c
iudadanas c
ontinúan viendo atendidas sus necesidades.
Porque esta es la preocupación original y nuclear de nuestra intervención: quién y c
ómo va a atender las necesidades de los c
hicos, c
hicas y familias a las que daba respuesta este servicio a partir de su desaparición. En este sentido sí c
abe reprochar, al menos y desde nuestro punto de vista, el abandono del servicio que se venía ofreciendo y del que se venía beneficiando la c
iudadanía sin esperar o gestionar adecuadamente un relevo que garantizara la c
obertura de esa necesidad por parte de la otra administración, institución o departamento que se entienda c
ompetente.
Por último, en lo tocante a convivencia escolar, resumiremos nuestras actuaciones c
on la c
ita de la Resolución del Ararteko, de 27 de marzo de 2012, por la que se c
oncluye una actuación relativa a un c
aso de maltrato entre iguales en un c
entro educativo. La familia de una joven que se vio inmersa en una situación de maltrato entre iguales mientras c
ursó estudios de 2º c
urso de educación secundaria obligatoria ha solicitado la intervención de esta institución por el modo en que los agentes educativos respondieron a dicha situación. Desde esta institución, hemos valorado c
omo positivo el esfuerzo que viene realizando el Departamento de Educación, Universidades e Investigación para abordar c
on la mayor rapidez, eficacia y seguridad posibles todos los episodios relacionados c
on el maltrato entre iguales en c
entros educativos, c
on medidas tales c
omo la aprobación de nuevas guías, c
omo son la Guía de Actuación en los C
entros Educativos ante el Maltrato entre Iguales y el Protocolo de Actuación Escolar ante el C
iberbullyng. Sin embargo, la realidad del c
aso analizado en esta queja nos lleva a insistir, una vez más, en que se deben evitar actuaciones burocratizadas y en que se debe profundizar en una aplicación sistemática y eficaz de estas nuevas guías que permita c
umplir y dar respuesta, de una manera satisfactoria, a los objetivos ineludibles de procurar un buen diagnóstico de la realidad del maltrato, de proporcionar apoyo, protección y seguridad a las víctimas y de mantener una relación de c
onfianza y buena c
omunicación c
on las familias afectadas.
Respecto a esta problemática, c
elebramos el inicio de la actividad en 2012 del Observatorio de la C
onvivencia Escolar de la C
omunidad Autónoma del País Vaco, del que la institución del Ararteko participa en c
alidad de miembro del Pleno. Se procura así un espacio donde, de manera sistemática y estable en el tiempo, c
on el necesario liderazgo y la presencia de los distintos agentes y c
olectivos implicados, se avance c
onjuntamente en la promoción de una c
onvivencia basada en el respeto y el diálogo.
Atendiendo a una de las finalidades que persigue el Observatorio (véase el DECRETO 19/2012, de 21 de febrero, por el que se c
rea el Observatorio de la C
onvivencia Escolar de la C
omunidad Autónoma del País Vasco en el segundo pleno del año se presentó la investigación del ISEI-IVEI sobre Maltrato entre iguales en Educación Primaria y ESO en su edición de 2012, estudio que recoge las opiniones y percepciones del alumnado de diferentes edades sobre el maltrato entre iguales en su c
entro y en su c
ontexto más c
ercano y que permite c
ontar c
on información muy significativa sobre esta realidad. El estudio pone en relación los resultados obtenidos c
on los de investigaciones anteriores (2004, 2005, 2008 y 2009), permitiendo el análisis y la valoración de las variaciones observadas, así c
omo el impacto de las medidas articuladas para su erradicación. No obstante, la edición de 2012 ha incorporado un número mayor de variables al análisis (18 para Primaria y 19 para Secundaria, frente a 12 y 13 variables, respectivamente, que se han repetido en todos los estudios) en un intento de reflejar nuevos c
ontextos del maltrato, c
omo es el c
aso del c
iberbullying, o visibilizar c
aracterísticas del maltrato hasta la fecha ocultas, c
omo podría ser el acoso homofóbico.