7.- LA RESPONSABILIDAD EN RELACIÓN A LOS DERECHOS SOCIALES: SU EFECTIVIDAD
Los Pactos Internacionales y las C
onstituciones estatales dejan c
laro que son los Estados los responsables primeros de hacer realidad todos los derechos humanos y, desde luego, también los derechos sociales.
La historia reciente antes relatada deja bien a las c
laras que solo la decidida intervención de los Estados ha sido c
apaz de poner orden en el c
aos liberal y garantizar derechos básicos a todas las personas, derechos negados y pisoteados por el libre mercado –mercado de trabajo, mercado del aseguramiento, mercado de la salud, mercado de la vivienda…–, que engorda c
omiéndose tales derechos.
Esta tarea de hacer realidad los derechos sociales excede, desde luego, de la mera obligación de respetar esos derechos, abstenerse de vulnerarlos y del deber de protegerlos. Los Estados están obligados a ello, pero también lo están a algo más: existe una obligación de “efectividad” de estos derechos. Efectividad c
uyo alcance variará en función de los momentos históricos y del desarrollo de las sociedades. Pero lo que resulta c
laro es que las personas seguimos siendo titulares de todos los derechos humanos, sociales incluidos, reconocidos en los diversos textos jurídicos.
Son, sin duda, los poderes públicos los que están obligados a llevar a c
abo políticas de avance en los derechos sociales. Son estos poderes públicos los que han de promover las c
ondiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitando la participación de todos en la vida política, económica, c
ultural y social (artículo 9.2 de la C
onstitución Española de 1978).
Esto significa que el Estado –todos los poderes públicos, nuestros Ayuntamientos, Diputaciones, Gobiernos Autonómicos–, han de ser garantes del bienestar social de todas las personas. Más en este momento histórico, en el que el proceso de globalización planetaria nos lleva a acentuar la c
risis social y a quebrar aún más si c
abe el respeto a los derechos más básicos de las personas, acrecentando la división entre los poseedores y losdesposeídos, también en nuestra sociedad.
Y deberíamos preguntarnos: ¿Pero es que los Estados no pueden hacer más? ¿Es legítimo que los Estados se excusen ante la alegada falta de recursos para rebajar o no desarrollar los derechos sociales? ¿Seguimos estando en democracia? ¿Sigue este siendo un auténtico Estado social?
Se atribuye a Nelson Mandela la siguiente reflexión acerca de la democracia, expresada en 1998: “Si no hay c
omida c
uando se tiene hambre, si no hay medicamentos c
uando se está enfermo, si hay ignorancia y no se respetan los derechos elementales de las personas, la democracia es una c
áscara vacía, aunque los c
iudadanos voten y tengan Parlamento”. C
iertamente, los derechos sociales son la esencia y la finalidad de un Estado democrático.
En efecto, una lectura integral de la C
onstitución y de otros textos fundamentales internacionales nos van a revelar que el pluralismo político, la democracia política, las instituciones democráticas, etc.… no son sino medios instrumentales para el logro de las aspiraciones universales a la c
onsecución de los valores de libertad, justicia e igualdad. La democracia c
omo forma de gobierno o de designación de los gobiernos no es sino un mero instrumento de decisión acerca de la c
osa pública para hacer realidad aquellas aspiraciones.
No se puede negar que los Estados precisen tiempo y medios para lograr la efectividad de los derechos sociales –efectividad que, por otra parte, nunca será plena, pues siempre se podrá aspirar a profundizar y avanzar más en ellos–. Pero es posible afirmar también que es inadmisible que los Estados y sus gobiernos admitan su incapacidad para avanzar en este terreno hasta lograr mínimos irrenunciables o, en su c
aso, mantener los logros anteriores.
Las cifras revelan, hoy, que estamos lejos de una situación de efectividad, siquiera relativa, de los derechos sociales. El estudio “Exclusión y desarrollo social 2012”, elaborado por la Fundación FOESSA, indica que en España se está produciendo la siguiente situación: hay hoy más de 11,5 millones de personas en riesgo de pobreza o exclusión social, c
ifra en c
laro avance desde el c
omienzo de la c
risis de 2008; un alto porcentaje de hogares están por debajo del umbral de la pobreza, c
oncretamente el 22%, y ha sido el país europeo en el que más aumentó la pobreza; un 25% de los hogares está en situación de riesgo; un tercio de los hogares tiene dificultades para llegar a fin de mes.
En Euskadi aumentan también de manera importante las bolsas de pobreza y hay ya 2.000 familias sin ingresos de ningún tipo, ni siquiera de ayudas públicas.
Por otra parte, estas c
ifras no son sino el resultado de lo que está ocurriendo en el mundo del mercado de trabajo. Los estremecedores datos son brindados por el propio Real Decreto Ley 3/2012 –la norma que ha decidido la última reforma laboral–: un paro de 5.273.600 personas; una tasa de desempleo del 22,85% –el 50% en la juventud de menos de 25 años–; una alta tasa de desempleo de larga duración; altísima tasa de temporalidad, del 25%, en tanto que la temporalidad media en la UE es del 14%.
En relación a las situaciones de pobreza, se adoptó por el C
onsejo de Europa, en 1984, una definición de pobreza, en el sentido siguiente: “se entiende por personas pobres las familias y grupos de personas c
uyos recursos materiales, c
ulturales y sociales son tan escasos que se ven excluidos de las formas de vida mínimamente aceptables en el Estado miembro en el que viven”. Es una definición realista y de alto c
ontenido sociológico, por c
uanto que no se refiere solo a personas, sino también a familias y grupos de personas y, aunque es menos objetiva para la c
uantificación, pone el acento en formas más extremas de pobreza. Pues bien, a este terreno de pobreza y de exclusión han llegado ya demasiadas personas y familias en nuestro entorno más c
ercano.
Otros terribles efectos de esta situación son ya apreciables directamente por la c
iudadanía: un descenso importante en la formación de nuevos hogares y de desarrollo personal de la juventud, que se mantiene o regresa al hogar familiar, a c
onsecuencia de la falta de empleo y de los c
ada vez más bajos salarios.
Se c
onstata, pues, que los fines del reconocimiento de los derechos sociales –la igualdad, la libertad y la justicia social– están quebrando c
ada día. Los datos expuestos muestran una realidad social en la que se está produciendo un c
onstante aumento de la desigualdad entre la c
iudadanía –entre personas ricas y pobres, entre mayores y jóvenes, entre nacionales y extranjeras–, sin que sea previsible que esta tendencia se frene sino, más bien, lo c
ontrario.
Es c
laro que la rebaja en los niveles de bienestar o, por decirlo en los términos reales, el aumento de la pobreza, está en directa relación c
on las decisiones estatales de ajuste económico. La c
iudadanía puede perder su empleo, puede no encontrar otro, pero lo que provoca su pobreza en los términos antedichos es la falta de actuación positiva y eficaz del Estado para subvenir a esa situación de necesidad.
Decisiones estatales de ajuste o austeridad que provocan, directamente, un descenso en las políticas públicas en derechos sociales, además de un empobrecimiento progresivo de nuestra sociedad, en todos los terrenos.
Es imprescindible un acuerdo global institucional de todos los poderes públicos en aras de la c
reación de empleo: empleo público y de c
alidad, en áreas de servicios y atención sociales, para reforzar la efectividad de los derechos de todas las personas y para lograr el acceso de la c
iudadanía a un trabajo digno.
Hay que exigir de los poderes públicos una decidida intervención en este terreno, priorizando el gasto público de modo que el bienestar de todas las personas, su dignidad y la plenitud de todos los derechos humanos sean una realidad.