4.4.3. Retraso
En el caso de un retraso, respecto de la hora prevista de salida, superior a
2 horas en vuelos de hasta 1.500 km, superior a
3 horas en vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km o extracomunitarios entre 1.500 y 3.500 km y superior a
4 horas en el resto de vuelos, las personas a
fectadas tendrán derecho a
:
– Tener comida y refrescos suficientes durante la espera.
– Dos llamadas telefónicas, fax o correo electrónicos.
– Alojamiento en hotel si hay que pernoctar (incluye el transporte a
l hotel).
– Devolución del precio del billete correspondiente a
la parte o partes del viaje no efectuadas y, en su caso, vuelo de vuelta a
l punto de partida lo más rápido posible si el retraso es de más de cinco horas.