En c
aso de c
ancelación motivada por la persona usuaria, se debe informar a la c
ompañía lo antes posible, ya que se puede imponer una penalización variable según el tipo de vuelo, el ámbito y la tarifa utilizada.
En c
aso de retraso en los viajes o de c
ancelaciones por parte de la c
ompañía aérea, esta debe informar sobre las c
ausas, y en estos c
asos las personas afectadas tienen derecho a:
– C
ompensación económica de 250 euros (vuelos hasta 1.500 km), 400 (vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y los demás entre 1.500 y 3.500 km) o 600 euros (el resto). Los kilómetros se c
uentan hasta el último destino.
No hay c
ompensación si se c
omunica c
on dos semanas de antelación la c
ancelación, si se informa en el plazo entre dos semanas y siete días promoviendo un transporte alternativo que permita salir c
on no más de dos horas de antelación y llegar c
on no más de c
uatro horas de retraso, o si se informa c
on menos de siete días de antelación y se ofrece otro vuelo que permita salir c
on no más de una hora de antelación y llegar c
on dos horas de retraso. Todo ello respecto a los horarios de llegada y de salida c
ontratados.
La c
ompensación económica podrá reducirse un 50% si se ofrece vuelo alternativo y la diferencia horaria c
on la original es inferior a 2 horas en vuelos de 1.500 km, inferior a 3 horas en vuelos c
omunitarios de más de 1.500 km o los otros entre 1.500 y 3.500 km e inferior a 4 horas en el resto de vuelos.
– Que se les devuelva el precio del billete c
orrespondiente a la parte o partes del viaje no efectuadas y, en su c
aso, vuelo de vuelta al punto de partida lo más rápido posible.
– A ser c
onducidas a su destino final en c
ondiciones de transporte c
omparables lo más rápidamente posible o, en su c
aso, en fecha posterior. Si se establece el vuelo a otro aeropuerto, la c
ompañía c
orrerá c
on los gastos de transporte hasta el aeropuerto primeramente c
onvenido, u otro lugar c
ercano c
onvenido c
on el pasajero.
– Tener c
omida y refrescos suficientes durante la espera.
– Alojamiento en hotel si hay que pernoctar (incluye el transporte al hotel).
– Dos llamadas telefónicas, fax o c
orreos electrónicos.
Recientemente, además, ha habido una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que ha dictaminado que los pasajeros de un vuelo c
ancelado tienen derecho a reclamar el reembolso de los gastos razonables en que hayan incurrido c
uando una c
ompañía aérea no les haya proporcionado atención, pero además también una c
ompensación en c
oncepto de daños morales32.
32 Ver noticia en http://www.elpais.com/articulo/economia/Justicia/europea/respalda/pago/danos/morales/cancelacion/vuelo/elpepueco/20111013elpepueco_3/Tes.