4.2. Bienes de consumo: productos tecnológicos
Tratar los bienes de consumo en este proyecto lleva a centrarnos principalmente en los productos tecnológicos, puesto que en telecomunicaciones y en transportes el grueso principal del consumo consiste en usar un servicio (si bien, las telecomunicaciones conllevan consigo la adquisición de ciertos bienes tecnológicos. Pero tanto el aprovisionamiento como los procesos de reclamación llevan a dirigirse a la empresa prestataria del servicio). Al hablar de productos tecnológicos, nos referimos a los bienes de consumo, es decir, los bienes muebles corporales destinados al consumo privado, y que en este caso, funcionan con energía eléctrica. En general, hace referencia a aparatos eléctricos, electrotécnicos, electrónicos e informáticos y su software. El campo de estos productos es muy amplio, y alcanza desde un frigorífico hasta una lavadora, un televisor, un vídeo o
un teléfono móvil, hasta una agenda electrónica.
En principio, se aplica la normativa general de todo tipo de productos y servicios, a la que podemos añadir algunas normas específicas en el campo de los electrodomésticos, surgiendo entonces las siguientes especificaciones:
4.2.1. La factura
La factura es el documento imprescindible que facilitará realizar una ulterior reclamación, en caso de problemas con el aparato. Además, si se pierde la garantía o
si no se entrega, puede necesitarse el ticket o
la factura para hacer reclamaciones.
La factura de compra ha de contener los datos siguientes: datos del establecimiento, datos de la persona compradora, identificación del producto, precio, impuestos, fecha y firma o
sello.
4.2.2. Cambios
Cuando se ha adquirido un producto solamente se tiene derecho al cambio o
a la devolución de la cantidad pagada si el producto es defectuoso o
no es conforme al contrato.
En esos supuestos, la persona compradora podrá o
ptar entre exigir la reparación o
la sustitución del bien, salvo que una de estas o
pciones resulte imposible o
desproporcionada.
Si no se puede exigir la reparación o
sustitución, cabe la posibilidad de una rebaja del precio o
la finalización del contrato.
Si se quiere cambiar un producto, no por ser defectuoso, sino por o
tras razones como el color, el tamaño, etc., el establecimiento no está o
bligado a hacer tal cambio o
a devolver el importe, excepto que lo informe verbalmente o
publicite esta posibilidad.
4.2.3. El etiquetado
El etiquetado de los productos es o
bligatorio y proviene directamente de dos de los derechos de las personas consumidoras ya desarrollados: derecho a la seguridad y derecho a la información.
Una de las funciones más importantes del etiquetado es identificar el responsable del producto, que puede ser el fabricante, el distribuidor, el vendedor, o
el importador. Como se ha visto en el apartado anterior, también es importante que informen de los posibles riesgos susceptibles de una utilización previsible, y está prohibida la comercialización de bienes que carezcan de las marcas de seguridad o
bligatorias y necesarias, así como que carezcan de los datos mínimos para identificar al responsable del bien.
Datos generales de la etiqueta
En la etiqueta del producto siempre debe constar información de forma que no induzca a error, de forma clara y legible, y en el caso de productos tecnológicos debe contar, como mínimo, con los datos siguientes:
– El nombre genérico del producto.
– Las características esenciales del producto, instrucciones de uso, advertencias y consejos de instalación, uso y mantenimiento, manejo y condiciones de seguridad que sean necesarios para proceder al uso correcto y seguro del producto.
– La identificación y domicilio del fabricante o
vendedor. Este requisito es necesario para saber a quién se puede reclamar, si hace falta.
– Potencia máxima, tensión de alimentación y consumo energético.
Los electrodomésticos deben llevar las instrucciones de uso al interior del embalaje, y algunos deben llevar un esquema de su funcionamiento eléctrico.
Los precios de venta de los productos deben estar indicados con carteles o
etiquetas visibles, y deben estar precedidos de las siglas PVP (precio de venta al público). El precio indicado debe incluir los impuestos y los gastos, si hay.
El etiquetado ecológico y energético
Las etiquetas ecológicas identifican y certifican, de forma o
ficial, que los productos o
servicios que acompañan son respetuosos con el medio ambiente. En nuestro contexto, existe la Etiqueta Ecológica Europea como garante de esta cualidad. Se trata de una herramienta voluntaria, pero que una vez concedida, o
bliga al producto al cumplimiento de unos valores sobre el impacto del producto a lo largo de su vida útil, basado en estudios científicos y en información no engañosa.
El o
rganismo competente para gestionarla y o
torgarla es la administración de cada Comunidad Autónoma. En el caso del País Vasco, el ó
rgano competente es la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco.
Productos o
servicios que pueden tener la etiqueta ecológica
– Equipamientos y material de o
ficina y del hogar: o
rdenadores de sobremesa, o
rdenadores portátiles, papel para escribir y o
tros productos de papel y cartón.
– Higiene y limpieza doméstica: detergentes para vajilla (a mano y a máquina), detergentes para lavadoras, productos para la limpieza del hogar en general, papel tisú (papel higiénico, papel de cocina, etc.) y bolsas de basura.
– Electrodomésticos: lavadoras, lavavajillas, frigoríficos, etc.
Además de estos, pueden tenerla o
tros productos, como ropa, calzado, artículos de papelería, de bricolaje, etc.
Por su parte, la etiqueta energética es la que figura en los electrodomésticos y que informa sobre el consumo de energía y o
tros recursos esenciales, así como también sobre datos complementarios relativos a cada tipo de aparato, de manera que la persona compradora, cuando lo adquiera, pueda escoger el más adecuado a sus necesidades y posibilidades.
Actualmente, este tipo de información se puede encontrar en las lavadoras, frigoríficos y congeladores de uso doméstico, entre o
tros, siempre que estos aparatos se alimenten por la red eléctrica. Progresivamente va imponiendo en o
tros electrodomésticos, como lavavajillas, calentadores, fuentes de luz y aparatos de aire acondicionado.
Esta etiqueta está dividida en cuatro zonas que recogen, respectivamente:
– Los datos relativos al fabricante y al modelo de electrodoméstico.
– La clase de eficiencia energética del aparato, indicada con flechas de diversos colores y diversas letras. La letra A significa la máxima eficacia, mientras que la G la mínima posible. Si el aparato ha o
btenido la etiqueta ecológica europea, el símbolo que lo indica puede estar en esta zona.
– Los datos específicos para cada tipo de electrodoméstico.
– El ruido que el aparato emite mientras funciona, medido en decibelios y siempre que sea necesario indicarlo.
El marcado de la CE
Las siglas CE están presentes en una gran cantidad de productos. Indican que los productos se han fabricado siguiendo las directrices comunitarias de seguridad y atribuyen la responsabilidad de este proceso de fabricación al fabricante, a su representante en la Unión Europea o
al responsable de su comercialización. Estas directrices comunitarias de seguridad están enfocadas en dos direcciones:
– Garantizar la seguridad de las personas, los animales y los bienes cuando se utilicen estos productos.
– Garantizar la libre circulación del producto dentro del mercado interior de la Unión Europea.
No todos los productos deben llevar esta marca, solamente aquellos por los que se han dictado las normas de seguridad concretas que les afecta, como máquinas, aparatos electrodomésticos, alimentos, etc.