Art. 49 de la C
onstitución Española
"Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este Título otorga a todos los c
iudadanos".
Las personas c
on discapacidad siguen encontrando grandes dificultades en su vida c
otidiana para poder desarrollarla en c
ondiciones de igualdad, por problemas de accesibilidad urbana y a edificios de uso público, de acceso al transporte o a un empleo.
Los poderes públicos deben actuar para garantizar una vida independiente c
on apoyos suficientes para c
ubrir las necesidades básicas de las personas c
on discapacidad.
Hay que destacar que la reciente aprobación de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la C
onvención Internacional sobre los Derechos de las Personas c
on Discapacidad, supone un c
ambio de modelo en el que las personas c
on discapacidad son titulares de derechos y no objeto de políticas asistenciales.
La accesibilidad al medio físico o entorno urbano y a las edificaciones sigue siendo objeto de numerosas quejas por parte de las personas c
on discapacidad en esta institución.
El derecho a acceder a la utilización de las dotaciones públicas y los equipamientos c
olectivos supone la necesidad de la eliminación de las barreras arquitectónicas que puedan existir. Por ejemplo, es significativo que se den este tipo obstáculos en el acceso a un c
entro de salud mental.
Aun c
uando se han producido importantes avances, la accesibilidad universal al transporte público c
ontinua siendo una de las principales reivindicaciones de las personas c
on discapacidad y un gran reto al que se enfrentan los operadores de las empresas que gestionan los servicios de transporte público en la C
omunidad Autónoma del País Vasco. Todo ello se ha podido c
onstatar en el informe diagnóstico realizado por esta institución sobre la accesibilidad del sistema de transporte público de la C
APV.
En ese informe se c
onstata la alta c
alificación en materia de accesibilidad que merece el sistema del metro de Bilbao o los sistemas tranviarios y, por el c
ontrario, el sistema de transporte ferroviario resulta prácticamente inaccesible. Tampoco los sistemas por c
arretera son muy satisfactorios respecto a su grado de accesibilidad, teniendo en c
uenta la situación de las principales terminales de autobús, así c
omo de las paradas en todo el territorio de la C
APV.
La educación y la formación en igualdad de oportunidades es otro de los pilares fundamentales del sistema para que las personas c
on discapacidad puedan integrarse en la sociedad de manera plena y activa. No obstante, la realidad educativa está aún lejos de alcanzar dicho objetivo tal c
omo hemos podido c
omprobar, por ejemplo, en la tramitación de las reclamaciones presentadas por el c
olectivo de las personas c
on discapacidad auditiva que precisan intérpretes de lengua de signos.
Hay que insistir en la necesidad de intensificar los esfuerzos para propiciar una adecuada respuesta educativa a los menores c
on necesidades educativas especiales.
La normativa tributaria recoge beneficios fiscales (exenciones, bonificaciones, reducciones…), c
on los que pretende, por una parte, c
ompensar el mayor gasto en el que incurren las familias en c
uyo seno hay una persona c
on discapacidad y por otra, atender la menor c
apacidad económica que afecta a estas familias. Sin embargo, la aplicación de los beneficios existentes, en numerosas ocasiones, queda c
ondicionada a interpretaciones formalistas. Por ello, c
onsideramos que en todo momento se debe propugnar interpretaciones finalistas que permitan a la persona c
on discapacidad materializar el beneficio, c
uando c
oncurren en ella los requisitos sustantivos a los que se c
ondiciona su obtención.
Por último queremos señalar la necesidad de adoptar medidas técnicas que garanticen la accesibilidad en la c
omunicación. Por ello, c
onsideramos que resulta decisivo encaminar las actuaciones de los poderes públicos a la implantación de las c
ondiciones de accesibilidad en la c
omunicación que aseguren que el derecho de las personas c
on discapacidad visual y auditiva a no ser discriminados y a poder disfrutar de las mismas oportunidades sea real y efectivo. Así, en relación c
on la accesibilidad al transporte público, se c
onstata la ausencia total de los medios que permitan garantizar la accesibilidad a las personas c
on dificultades de c
omunicación. También se ha podido c
omprobar la falta de medios técnicos que faciliten la información y la c
omunicación en los lugares donde se encuentran los puntos de atención en los edificios públicos, en el acceso a los recursos educativos, sanitarios y sociales.
Por último, se debe reseñar que las redes sociales actuales resultan prácticamente inaccesibles para las personas c
on discapacidad sensorial.
Asimismo, muchas de las páginas web de las administraciones públicas resultan inaccesibles para estas personas c
on discapacidad sensorial.