11. Personas víctimas de los grupos terroristas
I. Antecedentes
Los actos de violencia terrorista han supuesto durante años, en Euskadi, una gravísima vulneración de los derechos humanos más elementales, entre otros, el derecho a la vida, a la integridad física y a la libertad, mediante los asesinatos, la extorsión y la amenaza. La institución del Ararteko siempre ha querido mostrar su c
ercanía a las víctimas del terrorismo y su oposición radical a todos los actos de violencia terrorista.
En el año 2011 hay que reseñar un doble motivo de satisfacción. Por una parte, debemos c
onstatar que, afortunadamente, no ha habido que lamentar ningún asesinato c
omo c
onsecuencia de actos terroristas. Por otra parte, debemos felicitarnos de que la organización terrorista ETA ha anunciado lo que denominó "cese definitivo de su actividad armada". Este c
omunicado abre un período de esperanza de que se pueda poner fin al terrorismo y que c
esen las graves vulneraciones de los derechos humanos que la sociedad vasca ha padecido durante tantos años.
II. El área en c
ifras
Como ha sucedido en años anteriores, son muy pocas las quejas recibidas en el ámbito de las víctimas del terrorismo, únicamente 3.
En el momento de c
ierre de la redacción del informe anual todas las quejas se encuentran finalizadas.
Además, se ha realizado una actuación de oficio.
III. Contexto normativo y política pública
III.1. Derecho de reparación integral de las víctimas del terrorismo
Una reivindicación ampliamente sentida por las asociaciones de víctimas del terrorismo ha sido la de solicitar una nueva regulación de los derechos de las víctimas. Finalmente nos podemos alegrar por la aprobación por parte de las C
ortes Generales de la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
Resulta especialmente reseñable que la norma aprobada trae c
ausa de una proposición de ley c
onsensuada por todos los grupos parlamentarios de las C
ortes Generales (socialista, popular, c
atalán –Convergencia i Unió–, vasco –EAJ-PNV–, Esquerra Republicana-Izquierda Unida, Iniciativa per C
atalunya, Verdes y Mixto), lo que dota a esta ley de una importante c
arga simbólica de unidad democrática frente al terrorismo. La nueva ley incorpora algunas novedades normativas y refuerza varias previsiones ya existentes. En su título primero hay que destacar:
– El objeto y finalidad de la ley que se define desde la perspectiva de la protección integral de las víctimas del terrorismo
– Contempla la defensa de los principios de memoria, dignidad, justicia y verdad.
– Su aplicación se extiende a los actos terroristas acaecidos desde el 1 de enero de 1960.
– Incorpora la figura de los amenazados.
En su título segundo c
ontempla medidas inmediatas a adoptar en c
aso de amenaza terrorista:
– Información general y específica sobre ayudas, indemnizaciones y demás prestaciones.
– Asistencia psicológica y psiquiátrica.
– Asistencia sanitaria de urgencia.
Su título tercero se dedica a los derechos y prestaciones, y recoge las principales innovaciones de la ley:
– Se unifican las prestaciones que venían reguladas de manera diferenciada en las normas anteriores.
– Se incrementa el importe de las prestaciones.
– Se establece, c
on c
arácter extraordinario, el abono por el Estado de la responsabilidad c
ivil fijada en sentencia, de acuerdo c
on una tabla de c
uantía establecida en la ley.
– Se prevén ayudas excepcionales por actos sufridos en el extranjero.
– Se regulan los daños materiales en viviendas; en establecimientos mercantiles e industriales; en sedes de partidos políticos, sindicatos y organizaciones sociales; y en vehículos.
– Se regula expresamente el sistema indemnizatorio para los supuestos de ayudas excepcionales por daños sufridos en el extranjero.
El título c
uarto regula un régimen de protección social a las víctimas del terrorismo en distintos ámbitos materiales:
– Asistencia sanitaria.
– Derechos laborales.
– Derechos del personal al servicio de las administraciones públicas.
– Actuaciones en materia de vivienda.
– Actuaciones en el ámbito educativo.
– Derechos específicos de los extranjeros que son víctimas del terrorismo.
El título quinto regula los derechos de las víctimas en los procesos judiciales:
– Derecho a justicia gratuita.
– Derecho a información especializada.
– Funcionamiento de la Oficina de Información y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo.
El título sexto regula los reconocimientos y c
ondecoraciones, siendo especialmente relevante el reconocimiento del derecho a la memoria de las víctimas del terrorismo. En este sentido c
ontempla:
– Medidas activas de los poderes públicos para asegurar el recuerdo y reconocimiento de las víctimas del terrorismo.
– Creación de un C
entro Nacional para la Memoria de las Víctimas del Terrorismo, c
uya sede se ubicará en el País Vasco.
El título séptimo regula la tutela institucional de las víctimas del terrorismo a través de un órgano de la Administración General del Estado, así c
omo el fomento del movimiento asociativo y fundacional.
Consideramos que se trata de un buen texto, que va a reforzar los derechos y garantías de las víctimas del terrorismo.
III.2. Derecho de participación de las víctimas del terrorismo
La Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo, prevé en su art. 6 la c
reación del C
onsejo Vasco de Participación de las Víctimas del Terrorismo, c
ontemplando que esté formado de manera paritaria, por un lado, por las administraciones públicas vascas y, por otro, por asociaciones y fundaciones vascas de víctimas del terrorismo y por asociaciones pacifistas.
El pasado año el Gobierno Vasco aprobó finalmente el Decreto 55/2010, de 23 de febrero, para la c
reación del C
onsejo Vasco de Participación de las Víctimas del Terrorismo, que tiene c
omo objetivo "canalizar la participación de las víctimas del terrorismo en todas aquellas c
uestiones que le incumban y proponer a las administraciones públicas la puesta en marcha de políticas c
oncretas en este c
ampo".
El 14 de abril de 2010 quedó c
onstituido el C
onsejo Vasco de Participación de las Víctimas del Terrorismo. Este órgano está presidido por el director del Instituto Vasco de C
riminología y, c
omo vocales de las administraciones públicas, figuran el c
onsejero de Interior del Gobierno Vasco, la directora de la Atención a las Víctimas del Terrorismo, el asesor adjunto a esta dirección y los alcaldes de Barakaldo y Santurtzi, en representación de Eudel. En representación de la sociedad c
ivil figuran tres vocales de otras tantas asociaciones de víctimas del terrorismo –Covite, Zaitu y ACFSEVT–, una representante de la Fundación Fernando Buesa –representando a las fundaciones vascas c
readas en relación c
on una víctima del terrorismo– y una persona perteneciente a Gesto por la Paz, por las asociaciones pacifistas vascas.
Durante 2011 el c
onsejo se ha reunido en varias ocasiones, c
onstituyendo un importante foro de participación y debate de las c
uestiones que afectan a las víctimas del terrorismo.
Hay que destacar la importancia del derecho de participación c
omo un derecho transversal que está relacionado c
on c
ada uno de los derechos de las víctimas del terrorismo.
III.3. Derecho a la memoria
La Ley 4/2008, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo, declara, en su art. 8.1., que "los poderes públicos vascos promoverán el asentamiento de una memoria c
olectiva que c
ontribuya a la c
onvivencia en paz y libertad y a la deslegitimación total y radical de la violencia". Por ello, recibimos c
on especial satisfacción que las instituciones vascas instauraran en 2010 el primer Día de la Memoria de las Víctimas del Terrorismo. La fecha elegida, el 10 de noviembre, tiene una gran c
arga simbólica, ya que es el único día del año en el que no se han producido muertos ni heridos por la actuación terrorista.
El Día de la Memoria, 10 de noviembre de 2011, se c
elebraron distintos actos institucionales c
onmemorativos, entre otros, los organizados por el Parlamento Vasco, el Gobierno Vasco, las diputaciones forales de Álava y Bizkaia, así c
omo el realizado por la Juntas Generales de Gipuzkoa.
III.4. Derecho a la memoria en el ámbito municipal
En numerosas ocasiones hemos señalado que es en el ámbito municipal, por ser el más c
ercano a la c
iudadanía, en el que resulta especialmente determinante el ejercicio del derecho a la memoria de las víctimas del terrorismo.
Una de las recomendaciones c
ontenidas en nuestro informe sobre Atención institucional a las víctimas del terrorismo en Euskadi, en relación c
on el derecho a la memoria, señalaba: "Resulta negativamente reseñable que muchos municipios en los que se han producido atentados terroristas o que c
uentan entre sus vecinos c
on víctimas del terrorismo no hayan c
onsiderado necesario adoptar ninguna iniciativa en su memoria. La enorme c
arga simbólica del c
ompromiso de las c
orporaciones municipales en esta c
ausa c
ontribuiría, sin duda, a propiciar la deslegitimación social y política del terrorismo".
En el referido informe se recomendaba "promover en todos los municipios y necesariamente en los que se haya producido una victimación terrorista, una c
alle o instalación pública en memoria de las víctimas del terrorismo, de forma personalizada y participativa, y organizar anualmente algún tipo de actividad educativa en relación c
on ella".
Desgraciadamente, en el momento en el que se redactó el informe apenas una quincena de municipios habían organizado actos de homenaje y reconocimiento a las víctimas del terrorismo, lo que resultaba especialmente c
riticable si se c
ontrastaba c
on el importante número de municipios vascos en los que se habían producido atentados mortales.
Nos hemos referido en otras ocasiones, c
on una valoración muy favorable, a la iniciativa llevada a c
abo por la Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo del Departamento de Interior del Gobierno Vasco denominada Mapa de la Memoria, que ha posibilitado que en estos últimos años se hayan ido incorporando distintos municipios vascos a realizar homenajes a las víctimas que se han producido en sus respectivos términos municipales.
Si bien en el año 2010 pudimos reseñar, por orden c
ronológico, las iniciativas llevadas a c
abo por los ayuntamientos de Lasarte, Zumarraga, Markina, Getxo, Zumaia, Erandio, Andoain, Orio, Elburgo y Beasain, estos c
uatro últimos el día 10 de noviembre, recién elegido Día de la Memoria, hemos de c
onstatar que en 2011 no ha habido ninguna nueva iniciativa que añadir al Mapa de la Memoria. Únicamente se puede destacar algunas iniciativas de c
ontinuación anual de los homenajes ya realizados, c
omo en Getxo o en Lasarte.
También se han c
elebrado homenajes a víctimas individuales, protagonizados por familiares, amigos o representantes institucionales o de partidos políticos, en distintas localidades vascas.
En una c
omparecencia parlamentaria de la directora de Atención a las Víctimas del Terrorismo señalaba, en relación c
on el Mapa de la Memoria que "pese a la buena disposición del Ayuntamiento y de algún acuerdo municipal adoptado, por expreso deseo de las familias, se ha decidido no realizar el homenaje que se pretendía llevar a c
abo. Por ejemplo, en Amurrio, Llodio, Sestao y Ordizia".
Esa dirección ha retomado, después de la c
onstitución de los ayuntamientos tras las recientes elecciones municipales, c
onversaciones c
on los entes municipales para c
ontinuar c
ompletando el Mapa de la Memoria. A estos efectos, resulta de interés la siguiente información que nos ha facilitado la referida Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo:
MUNICIPIOS DONDE SE HAN PRODUCIDO ATENTADO TERRORISTA C
ON FALLECIMIENTO
MUNICIPIOS DONDE SE HAN REALIZADO HOMENAJES
DATOS
ÁLAVA
Porcentaje: 86,27%
BIZKAIA
Porcentaje: 81,33%
GIPUZKOA
Porcentaje: 66,81%
PORCENTAJES TOTALES
Álava (275.568 habitantes) + Bizkaia (985.658 habitantes) + Gipuzkoa (663.420 habitantes)= 1.924.646 habitantes
Álava (237.746 habitantes)+ Bizkaia (801.704 habitantes)+ Gipuzkoa (443.293 habitantes)= 1.482.779 habitantes
PORCENTAJE TOTAL= 77,04%
Fallecidos: Álava (47) + Bizkaia (224) + Gipuzkoa (343) = 614
Homenajeados: Álava (35) + Bizkaia (156) + Gipuzkoa (230) = 421
PORCENTAJE TOTAL DE HOMENAJEADOS: 68,56%
* Datos de población oficiales Eustat año 2009.
Desde la perspectiva de la población que vive en municipios en los que sí se han realizado homenajes a las víctimas del terrorismo de esas localidades, c
omprobamos que el porcentaje de c
iudadanos vascos que residen en localidades que han honrado la memoria de las víctimas es muy alto.
No obstante, animamos a la Dirección de Víctimas del Terrorismo a que c
ontinúe la importante labor de dinamización de las iniciativas del Mapa de la Memoria para 2012, pues la memoria de las víctimas del terrorismo debe ser una de las bases sobre la que se c
onstruya la nueva situación c
reada c
on el c
ese de la violencia de ETA.
III.5. Derecho a la c
onvivencia en paz y libertad: el interés de las víctimas en la deslegitimación del terrorismo a través de los medios de c
omunicación y de la educación en la prevención terrorista
El derecho a la paz, a la libertad y a la c
onvivencia viene reconocido en el art. 9 de la Ley 4/2008, que se vincula a la idea de deslegitimación ética, social y política del terrorismo.
La propia Ley 4/2008, en los apartados b) y d) de su art. 9.3. realiza un mandato a los poderes públicos para que impulsen "la educación para la paz y en los derechos humanos, así c
omo la promoción de los valores democráticos, en todos los niveles del sistema educativo".
Asimismo, se pide a los poderes públicos que pongan en marcha "medidas activas para la deslegitimación ética, social y política del terrorismo, defendiendo y promoviendo la legitimación social del Estado democrático y de derecho y su articulación en normas de c
onvivencia integradora c
omo garantía de nuestras libertades y de nuestra c
onvivencia en paz".
En la anterior legislatura se aprobó, a los efectos de promover la c
ultura de paz, el Plan Vasco de Educación para la Paz y los Derechos Humanos (2008-2011) y se c
reó, mediante el Decreto 31/2009, de 10 de febrero, el C
onsejo C
onsultivo de Educación en Derechos Humanos y por la Paz.
En el año 2010 se aprobó el plan de C
onvivencia Democrática y Deslegitimación de la Violencia (2010-2011), que supuso una reformulación del c
itado Plan Vasco de Educación para la Paz y los Derechos Humanos.
El propio plan señala c
omo su objetivo avanzar en un c
ambio de actitudes en el c
onjunto de la c
iudadanía, orientado a asumir el sistema democrático c
omo garantía de c
onvivencia en libertad. Se indica, además, la voluntad del plan de dar c
ontinuidad y sistematizar iniciativas anteriores en eficacia para la paz. Toma en c
onsideración recomendaciones efectuadas por organismos internacionales y en sintonía c
on el c
ontexto estatal. El plan se basa en el c
arácter interdepartamental de toda acción del propio Gobierno en esta materia, c
omo en su dimensión interinstitucional.
El Decreto 1/2011, de 11 de enero, modifica el Decreto 31/2009, de 10 de febrero, de c
reación y regulación del C
onsejo C
onsultivo de Educación en Derechos Humanos y por la Paz, y c
rea el C
onsejo C
onsultivo de C
onvivencia Democrática y Deslegitimación de la Violencia. Este c
onsejo c
onsultivo tiene una formación plural, ya que está formado por representantes de las administraciones públicas: varios vocales del Gobierno Vasco, un vocal por c
ada diputación foral y tres vocales en representación de los municipios vascos; c
uatro representantes de asociaciones y organizaciones que trabajan en educación para la paz y derechos humanos; c
uatro vocales del C
onsejo Escolar de Euskadi; una persona en representación de la UPV/EHU; un vocal en representación de EITB; y un representante del Ararteko. Por tanto, la institución del Ararteko ha participado en las tres reuniones de este c
onsejo c
elebradas en 2011, c
onsejo que está llamado a ser un foro de encuentro donde debatir c
uestiones que tengan que ver c
on la c
onvivencia democrática y la deslegitimación de la violencia, por lo que deberá jugar un papel relevante en estos momentos.
IV. Quejas presentadas por las personas víctimas de grupos terroristas
Hemos señalado que son muy pocas las quejas presentadas por las víctimas del terrorismo. En 2011 solamente se han recibido 3 quejas.
IV.1. En el año 2010 reseñamos una queja planteada por una persona propietaria de un c
oncesionario de automóviles de una marca francesa que, c
omo c
onsecuencia de la c
ampaña de ETA c
ontra los denominados "intereses franceses", sufrió c
inco atentados entre finales de los años 80 del pasado siglo y 1995.
En relación c
on estos hechos, el Ararteko tramitó ante el Médiateur francés la queja planteada, sometiendo a su c
onsideración la injusta situación en la que se encuentra el afectado c
omo c
onsecuencia de los ataques que sufrió.
IV.2. En otra queja, una persona perseguida por ETA entre los años 1994 y 1997 abandonó la C
omunidad Autónoma del País Vasco por razones de seguridad. En 2011 volvió a Euskadi en una situación muy precaria, pero no pudo acceder a las distintas ayudas previstas al no c
umplir el requisito de empadronamiento mínimo exigido para la c
oncesión de este tipo de prestaciones.
Se remitió a esta persona a que acudiera a la Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo del Gobierno Vasco, para que ellos pudieran evaluar y c
oncretar, de manera personalizada, las medidas y ayudas a las que tendría derecho en el marco de la Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación a las Víctimas del Terrorismo.
IV.3. Una c
oncejal de un ayuntamiento guipuzcoano planteó ante esta institución que la alcaldía había prohibido el acceso a los edificios municipales de los escoltas de la edil amenazada, lo que planteó una situación de posible falta de seguridad de la persona amenazada.
Finalmente, ambas partes llegaron a un acuerdo para resolver el c
onflicto suscitado, por lo que, al desaparecer el objeto de la queja, la institución del Ararteko puso fin a su intervención.
IV.4. Por último, hay que reseñar que se ha realizado una actuación de oficio en relación c
on el estado de una escultura en homenaje a las víctimas del terrorismo en la c
iudad de Vitoria-Gasteiz.
En efecto, en un encuentro c
on víctimas del terrorismo, un representante de C
OVITE nos trasladó su preocupación sobre el estado en que se encuentra esta obra de homenaje a las víctimas del terrorismo, que c
onsiste en un montículo revestido c
on unas placas en las que figuran los nombres de las víctimas del terrorismo. Esta obra se ha deteriorado y se han borrado algunos de esos nombres, lo que desvirtúa la c
arga simbólica que supone "la singularidad irremplazable de todas y c
ada una de las víctimas del terrorismo c
on sus nombres y apellidos".
Se planteó al Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz si tiene alguna previsión de actuación sobre el monumento. En el momento de c
ierre del informe aún no hemos recibido respuesta municipal.
V. Actividades previstas en el plan de actuación
V.1. Relaciones c
on asociaciones y fundaciones
Las actuaciones, tanto de las asociaciones de víctimas del terrorismo c
omo de las fundaciones c
onstituidas en recuerdo de una víctima del terrorismo, además de las asociaciones pacifistas, han c
ontribuido, sin duda, a que se visualice a las víctimas del terrorismo y se c
onozcan su situación y sus reivindicaciones.
Se ha mantenido una reunión c
on la asociación de víctimas del terrorismo C
OVITE. En ella se abordó en general distintas c
uestiones que afectan a la situación de las víctimas del terrorismo.
Además, por parte de C
OVITE se plantearon algunos desacuerdos c
on el actual marco normativo y la necesidad, en su opinión, de acometer la modificación de las normas reguladoras de los derechos de las víctimas del terrorismo. Por una parte, c
onsideraban que la Ley 4/2008, de 19 de junio, de Reconocimiento y Reparación de las Víctimas del Terrorismo, y el Decreto 290/2010, que la desarrolla, deberían ser modificados en lo que afecta a c
inco ámbitos que entienden que son susceptibles de un enfoque distinto, c
omo se ha dado en otras normas autonómicas sobre esta materia:
a) Reparación e indemnización de los daños personales.
b) Indemnización de las situaciones de dependencia.
c) Beneficios fiscales.
d) Distinciones honoríficas.
e) Movimiento asociativo.
Igualmente, c
onsideran que la recientemente aprobada por las C
ortes Generales Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, no da respuesta a alguna de las reivindicaciones planteadas por las asociaciones de víctimas del terrorismo.
La institución del Ararteko se ha c
omprometido a mantener nuevos encuentros c
on esta asociación para tratar aquellas c
uestiones que afectan a los derechos de las víctimas del terrorismo.
Se ha realizado también una reunión c
on la asociación Gesto por la Paz, en la que se hizo una puesta en c
omún sobre el proceso abierto tras el anuncio de c
ese definitivo de la violencia por parte de ETA. C
onstatamos la necesidad de seguir trabajando en la defensa y promoción de la c
ultura y de la ética de respeto a los derechos fundamentales más básicos (derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad), amenazados y violados sistemáticamente por la violencia terrorista. Asimismo, se c
onstató la necesidad de seguir trabajando en el desarrollo y aplicación de la Ley 4/2008, de Reconocimiento y Reparación a las víctimas del Terrorismo.
También se han mantenido c
ontactos c
on algunas fundaciones, c
omo la Fundación Fernando Buesa Fundazioa, y se ha acudido a diversos actos organizados por asociaciones y fundaciones.
V.2. Reuniones c
on administraciones públicas
A lo largo de 2011 se han mantenido distintos encuentros y c
omunicaciones c
on la Dirección de Atención a las Víctimas del Terrorismo del Departamento de Interior y c
on la Dirección de Derechos Humanos del Departamento de Justicia y Administración Pública del Gobierno Vasco, para tratar c
uestiones que tienen que ver c
on los derechos de las víctimas del terrorismo y c
on valores de paz y c
onvivencia democrática.
V.3. Beca de investigación aplicada
Como ya se señaló en el informe de 2010, la institución del Ararteko adjudicó una beca de investigación aplicada a Asun Merinero Sierra, bajo el título "El derecho a la memoria y al reconocimiento social de las víctimas del terrorismo en la C
APV". El trabajo está prácticamente finalizado y se publicará próximamente.
VI. Conclusiones
VI.1. Desde el punto de vista normativo, realizamos una valoración muy positiva de la aprobación de la Ley de las C
ortes Generales 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo, de la que ya hemos reseñado alguna de sus aportaciones, y esperamos que c
on su aplicación y su desarrollo reglamentario mejore la situación de las víctimas del terrorismo.
VI.2. La declaración de "cese definitivo de la violencia" por parte de ETA ha supuesto una mejora en la vida de miles de personas amenazadas y perseguidas, y la esperanza de toda la sociedad vasca de un futuro en paz y libertad.
En la nueva etapa que se abre siguen teniendo toda su vigencia los principios de memoria, verdad y justicia, reconocidos c
omo derechos de las víctimas del terrorismo, que deberán ser tenidas en c
uenta para c
onseguir una paz justa y duradera.