1. Familias
I. Antecedentes
La obligación de los poderes públicos de protección a las familias encuentra su fundamento jurídico último en el artículo 39 de la Constitución. También el Estatuto de Autonomía de Euskadi incluye, en sus artículos 10-39, la protección a las familias, c
omo una c
ompetencia exclusiva dentro de las materias que la norma estatutaria define c
omo "desarrollo c
omunitario, c
ondición femenina, políticas infantil y juvenil y de apoyo a la tercera edad". La familia merece, sin duda, una especial protección de todos los poderes públicos dada su primordial función de ser soporte material y afectivo para el desarrollo pleno de las personas, así c
omo por el papel c
uantitativo y c
ualitativo que c
umple en la atención a menores, mayores y personas en situaciones de necesidad especial, por enfermedad o dependencia.
El trabajo de la institución del Ararteko en esta área se orienta a promover el impulso y el refuerzo de las políticas públicas dirigidas a apoyar a las familias, desde la c
onsideración de la importancia de la diversidad de los modelos familiares existentes, que el Derecho ha reconocido y que en algunos c
asos merecerá una atención específica para lograr su plena igualdad en el acceso a todas las prestaciones necesarias para el c
umplimiento de sus funciones. Así mismo, damos c
auce a las quejas c
iudadanas relacionadas c
on dicha políticas públicas de apoyo a las familias, así c
omo c
on c
ualquier otra actuación pública que tenga por objeto la atención a las mismas, aunque materialmente se inscriba en otras áreas de trabajo de esta institución, c
omo pueden ser el área de hacienda pública, de vivienda, de función pública, de personas en situación de exclusión social etc.
II. Contexto normativo y social
En el País Vasco, el marco legal y normativo que sienta las bases para las políticas públicas de apoyo a las familias queda c
onfigurado, en primer lugar, por la Ley 13/2008 de 12 de diciembre, de apoyo a las Familias, en la que se fijan los fundamentos y principios de la intervención pública en esta materia. El Gobierno Vasco ha desarrollado, así mismo, en los últimos años una normativa de ayudas a las familias que c
onstituye la base reguladora de las ayudas económicas por hijos e hijas, así c
omo de apoyo a la c
onciliación de la vida familiar c
on el trabajo. Las normas más significativas actualmente en vigor que regulan estas materias son el Decreto 255/2006, de 19 de diciembre, por el que se regulan las ayudas económicas a las familias c
on hijas e hijos, y el Decreto 177/2010, de 29 de junio, sobre ayudas para la c
onciliación de la vida laboral y familiar.
Por lo demás, es preciso c
onsiderar que las líneas y orientaciones de las políticas públicas de apoyo a las familias en Euskadi se c
ontienen en los planes interinstitucionales de apoyo a las familias, que se inician c
on el I Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias, que supuso el inicio del c
amino hacia un sistema universal, integral y c
oordinado de protección a la familia y al que le sucedió el II Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias, programado para el periodo de 2006 hasta 2010, c
uya vigencia se ha visto prorrogada durante el año 2011.
Finalmente, en diciembre de 2011, se ha aprobado el III Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias en la C
omunidad Autónoma del País Vasco (2011-2015), en la reunión de C
onsejo de Gobierno Vasco c
elebrada el 27 de dicho mes. Dicho plan establece el marco de estrategias y objetivos, en los que se incardinarán las políticas públicas de apoyo a las familias en los próximos c
inco años. La Dirección de Política Familiar y C
omunitaria del Gobierno Vasco es el órgano c
ompetente en Euskadi para la dirección y el establecimiento de las políticas públicas autonómicas de apoyo a las familias y ha sido nuestro principal interlocutor institucional en esta área de trabajo.
III. Plan de actuación
En el marco del plan de actuaciones elaborado para el año 2011, damos c
uenta de las actuaciones principales llevadas a c
abo en el área, poniendo c
on ello de relieve c
uáles han sido para el Ararteko los principales focos temáticos de atención en materia de atención a las familias:
III.1. Reuniones c
on asociaciones
• Asociación de familias numerosas
Hemos c
elebrado una reunión c
on la asociación de familias numerosas de Euskadi, Hirukide. En dicha reunión, esta asociación nos ha dado a c
onocer sus principales líneas de trabajo y demandas a los poderes públicos, que esta institución ha recogido, c
on objeto de estudiarlas y trasladarlas, en su c
aso, a las distintas administraciones c
oncernidas. Entre ellas, debemos destacar especialmente la demanda de que se regule lo que se denomina una renta familiar estandarizada, c
on objeto de lograr unos c
riterios homogéneos para todas las administraciones que promuevan medidas de apoyo económico a las familias. La institución del Ararteko c
onsidera que las familias numerosas, por el elevado número de miembros que albergan en su seno, están objetivamente necesitadas de un mayor apoyo público para salir adelante, pues deben enfrentarse a dificultades añadidas, sobre todo económicas y de tiempo. Las instituciones públicas deben tomar, en ese sentido, c
onciencia de que detrás de las familias numerosas hay un mayor número de menores –que individualmente tienen derechos y merecen, en c
onsecuencia, protección y c
obertura–, por lo que es preciso c
omputar dicha c
obertura c
uantitativa c
omo legitimación del esfuerzo público que se dirige a apoyar a estas familias, que en muchas ocasiones, c
on enorme esfuerzo económico y de dedicación, están ofreciendo a sus menores un soporte para su desarrollo que finalmente revertirá en el bien c
omún de toda la sociedad. Desde esta institución nos hemos c
omprometido a estudiar detenidamente la situación de las familias numerosas en el marco de un estudio más amplio sobre las familias en Euskadi que tenemos intención de acometer a lo largo del próximo año 2012, y al que seguidamente nos referiremos.
• Asociación de familias homoparentales
En el marco de una reunión más extensa c
on otros c
olectivos, tuvimos ocasión de tener un encuentro c
on la asociación de familias homoparentales Magala, que nos trasladó su preocupación por la invisibilidad de esta c
lase de familias en los materiales didácticos que, en general, se emplean en las escuelas, así c
omo por la escasez o incluso inexistencia de materiales educativos específicos que tengan por objeto transmitir esta realidad al alumnado. La referida asociación pretende que se promueva la difusión en los c
entros educativos de Euskadi de materiales escolares dirigidos a facilitar la integración y normalización de las familias homoparentales, indicándonos que han encontrado especiales dificultades a la hora de obtener dichos materiales en euskera para distribuir en los c
olegios. Los materiales de los que disponen están en su mayor parte en inglés, c
astellano y c
atalán, y se ven en la necesidad de traducir al euskera esos textos, para lo que buscan ayuda institucional. Nos hemos c
omprometido a recabar el apoyo del Gobierno Vasco en esta c
uestión y les hemos explicado que en el Ararteko estamos trabajando también, mediante nuestra participación en un proyecto europeo de intervención educativa en la escuela dirigido a luchar c
ontra la homofobia (Rainbow), para lograr que el Departamento de Educación se implique en la promoción entre el alumnado y el profesorado de la plena aceptación e integración de la diversidad familiar.
Desde el Ararteko hemos expresado también a ambas asociaciones nuestra disposición para dar c
auce a c
ualquier queja que, en su ámbito de trabajo, puedan detectar respecto al indebido funcionamiento de las administraciones públicas vascas, o en relación c
on la insuficiencia o ausencia de prestaciones que promuevan la mejora de su situación.
III.2. Reuniones c
on administraciones e instituciones
• Reunión c
on la Dirección de Política Familiar y C
omunitaria del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
Hemos mantenido una reunión c
on la mencionada Dirección de Política Familiar y C
omunitaria del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, c
uyo objeto ha sido el intercambio de información sobre el trabajo en este ámbito de ambas instituciones, así c
omo el c
ontraste de la valoración que nos merecen algunas c
uestiones relacionadas c
on determinadas quejas recibidas en la institución. En la reunión, la Dirección nos trasladó el principal c
ontenido del trabajo que se lleva a c
abo desde el Gobierno Vasco en relación c
on las familias, así c
omo las líneas estratégicas de las políticas públicas que pretende c
ontinuar o promover el Gobierno Vasco, fijadas en el recién aprobado III Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias. En ese sentido, se nos informó de que el referido plan se ha visto c
ondicionado por el c
ontexto económico, que obliga más que nunca al establecimiento de prioridades. Así mismo, la directora destacó que este plan supone un c
ambio c
ualitativo respecto a los precedentes: la transversalidad aparece c
omo idea rectora que pretende c
onsecuencias operativas en c
uanto a la implicación y c
ompromiso de otros departamentos del Gobierno y de otras administraciones públicas vascas; se c
ontempla también la apertura de nuevas líneas de actuación, diferentes a los c
aminos explorados hasta la fecha, que trasciendan la política de c
ompensaciones por gastos de las familias, y se orienten hacia la c
reación de una nueva oferta de servicios de apoyo a las familias.
Desde el Ararteko manifestamos nuestra c
oincidencia c
on la orientación general y la filosofía que inspira al nuevo plan, y abordamos las siguientes c
uestiones relacionadas c
on las quejas recibidas en nuestra institución:
contemplado en el referido decreto, manifestamos –como ya lo hemos hecho en otras ocasiones– nuestra postura favorable a que las ayudas se otorguen de manera automática (como sucede en otros países de Europa) y no se someta la iniciación del procedimiento de
concesión a la solicitud de las personas interesadas, lo que facilitaría su gestión y universalizaría la
concesión de las ayudas previstas en esa norma. Así mismo, planteamos la
conveniencia de
coordinar estas ayudas directas por hijos, hijas y familiares dependientes,
con una intensificación de las medidas fiscales. En todo
caso,
consideramos necesario que se unifiquen los
criterios de bonificaciones fiscales a las familias en todo el territorio vasco (incluidos los tributos y tasas locales) y que se amplíen las actuales bonificaciones fiscales existentes en renta. La Dirección nos aclaró al respecto que, en
cuanto al Decreto 255/2006, de ayudas económicas por hijos e hijas, tienen intención de esperar a
conocer todas las posibles áreas de mejora que
concreten todas las
cuestiones a modificar, antes de abordar su posible reforma. Igualmente manifestó que es su intención regular el procedimiento de renta familiar estandarizada a efectos de unificar los
criterios para el otorgamiento de toda
clase de ayudas a las familias.
conciliación 177/2010 y derechos de
conciliación de las personas trabajadoras autónomas: Trasladamos a la dirección la queja que de manera reiterada nos llega por parte de las personas trabajadoras autónomas, quienes no están incluidas en el ámbito subjetivo de aplicación de dicho decreto.
Consideramos que el Gobierno Vasco bien puede articular un sistema para
controlar el fraude en esta materia, habida
cuenta de que es esa la principal razón que actualmente se opone para no incluir a estas personas
como beneficiarias de estas ayudas. El Gobierno replicó al respecto que, aunque sigan quedando fuera de las ayudas las personas trabajadoras autónomas, ya este año se ha dado un incremento del 42% de las ayudas, ligado al incremento de las
cantidades (mayor
cobertura) y a la ampliación del universo de personas destinatarias.
Consecuencias en materia de
contribuciones a la Seguridad Social de las reducciones de jornada y excedencias
contempladas en el Decreto 177/2010: Dichas situaciones son subvencionables, según el referido decreto, pero pueden tener
como
consecuencia una reducción de los tiempos de
cotización a la Seguridad Social, lo que muchas personas beneficiarias de las ayudas desconocen
cuando se acogen a estas situaciones para solicitar las ayudas. Es
cierto que la LO 3/2007, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres,
contempla una previsión que pretende
contrarrestar estos efectos negativos de las situaciones de reducción de jornada o excedencia por
cuidado de hijos e hijas. Aunque se trata de una materia de
competencia estatal,
consideramos que el Gobierno Vasco puede explorar posibilidades de
comunicación
con las personas beneficiarias de estas ayudas que, al menos, les aclaren estas
consecuencias, que desde luego desbordan la materia objeto de regulación del Decreto 177/2010. La Dirección se
comprometió a estudiar esta posibilidad de mejora en la
comunicación en el momento de
conceder las ayudas.
con dos o más hijos o hijas o
cuyo progenitor único tiene una discapacidad,
cuyo reconocimiento
como familias numerosas ha sido anunciado pero no se materializa en una necesaria reforma legal estatal, planteamos también, en general, la importancia de articular medidas
compensatorias que den prioridad en todos los ámbitos a las familias monoparentales, por la situación objetiva de vulnerabilidad en la que están inmersas estas familias, tal y
como reconoce la propia Ley 13/2008, de apoyo a las familias.
caso, respecto a la conciliación en el ámbito de la empresa privada, según nos aclaró la Dirección, se encuentran en marcha un estudio sobre flexibilidad, una experiencia piloto
con un grupo pequeño de empresas y la inclusión del tema en la mesa de diálogo social. La Dirección de Planificación e Innovación en el Empleo del Gobierno Vasco, por su parte, ha vinculado esta
cuestión a la línea de trabajo sobre responsabilidad social
corporativa.
conciliación para el año 2011, entre los que debemos destacar los siguientes: –reducir en un 10% el tiempo de tramitación de las ayudas económicas, –aumentar en un 10% la tramitación on-line, –sensibilizar sobre diversidad en modelos de familia, –sensibilizar en
conciliación y
corresponsabilidad, –detectar programas de parentalidad positiva y evaluarlos, –diseñar programas de parentalidad positiva, –poner en marcha el Observatorio de Familia, –poner en marcha el
Consejo Vasco de Familia, –poner en marcha experiencias que avancen hacia un modelo de
comunidad participativa y
cohesionada.
La Dirección de Política Familiar y C
omunitaria tomó nota de nuestros planteamientos y nos emplazamos a informarnos acerca de c
ualquier novedad que pueda resultar de la incumbencia de alguna de las instituciones.
III.3. Informe extraordinario sobre familias
En el año 2011 hemos resuelto elaborar un informe extraordinario sobre las políticas públicas dirigidas al apoyo a las familias en Euskadi.
A la vista del alto grado de dispersión de las medidas públicas de apoyo a las familias, que se han ido c
onformando desde diferentes administraciones y c
on distintos puntos de vista o abordajes, observamos, –pese a que en Euskadi c
ontamos ya c
on la Ley 13/2008, de 12 de noviembre, de Apoyo a las Familias y c
on los distintos planes interinstitucionales que se han venido elaborando desde el año 2002– una notable indefinición del marco jurídico-formal y político-conceptual en el que deben articularse las políticas públicas de apoyo a las familias. Además, a la luz de las demandas de las familias vascas que llegan a esta institución, apreciamos que ese marco –aunque progresivamente mejor definido– c
ontinúa teniendo aún un desarrollo insuficiente para c
ubrir las expectativas de las familias, destacando, en ese sentido, la amplia distancia que las políticas de apoyo a las familias iniciadas en nuestro territorio tienen aún de las políticas más avanzadas y protectoras promovidas en países europeos de nuestro entorno inmediato.
En el ánimo de promover el impulso y el refuerzo de dichas políticas públicas dirigidas a apoyar a las familias, nos proponemos desde la institución del Ararteko que el informe mencionado c
larifique el panorama de políticas públicas existentes en este ámbito, así c
omo las necesidades y demandas de las familias vascas. Dicho estudio, c
uyas bases hemos elaborado en este año 2011, verá la luz el próximo año 2012 y nos permitirá realizar a las distintas administraciones recomendaciones orientadas a mejorar nuestro sistema de apoyo a las familias.
III.4. Participación en foros, jornadas y actuaciones de promoción de los derechos humanos en esa área
Queremos destacar la participación del ararteko, en octubre de 2011, en el V C
ongreso de Familias Numerosas, organizado por La Federación de Familias Numerosas de Euskadi, Hirukide, en el Palacio Kursaal de San Sebastián. En dicho acto el ararteko tuvo la ocasión de poner de manifiesto el mérito y el valor social de las familias numerosas, que c
ontribuyen c
on su especial esfuerzo a nuestro futuro c
omo sociedad, al tiempo que apoyó públicamente sus reivindicaciones. Así mismo, se c
omprometió a que en el estudio que tenemos intención de realizar sobre las familias vascas, se tendrá particularmente en c
uenta el papel y las demandas de las familias numerosas, c
on el objetivo de poner nuestros niveles de protección a la altura de la media de los países europeos que han desarrollado fuertes políticas de protección de las familias.
IV. Quejas destacadas
El ámbito en el que más quejas se han recibido en relación c
on las familias es el de la c
onciliación de la vida laboral y familiar. Ello nos induce a sostener que, en la actualidad, el tema de la c
onciliación de la vida laboral y familiar c
onstituye, sin duda, una preocupación c
entral para las familias. Hemos dado ya c
uenta en los apartados precedentes de los principales problemas que se derivan de esas quejas. También hemos recibido otras quejas que afectan singularmente a las familias, pero que, atendiendo a su perspectiva material, han sido tramitadas desde otras áreas de esta institución, c
omo el área de hacienda, a las que seguidamente hacemos referencia.
IV.1. Indefinición respecto a las familias monoparentales del alcance subjetivo de determinados beneficios
Aunque La Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias. traslada a las administraciones públicas una obligación de remover los obstáculos y de adoptar medidas de actuación positivas encaminadas a favorecer a las familias que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad, sin embargo, nuestra legislación, a diferencia, por ejemplo, de la c
atalana, no introduce una definición o unas pautas de delimitación que permitan identificar c
on una c
ierta precisión qué unidades familiares encajan en el modelo de familia monoparental, por lo que surgen dudas a la hora de aplicar los beneficios existentes. Este problema se ha planteado en el acceso a las tarifas bonificadas, c
readas para las familias, en instalaciones deportivas municipales. Planteado el problema, las entidades locales se suelen mostrar favorables a ampliar la c
obertura, pero c
on vistas a las nuevas ordenanzas fiscales.
IV.2. Familias numerosas e Impuesto sobre Bienes Inmuebles
La aplicación de los beneficios fiscales a la familia numerosa origina quejas en el marco de los tributos locales, en particular, c
on el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Las tres normas forales de este impuesto regulan en unos términos muy laxos la posibilidad de establecer una bonificación a favor de estas familias. Así, facultan a las entidades locales de su territorio histórico para que incorporen a través de sus ordenanzas reguladoras del IBI bonificaciones de hasta el 90% de la c
uota de este impuesto a favor de aquellos sujetos pasivos que ostenten la c
ondición de miembros de familias numerosas. Esto supone que a través de su ordenanza fiscal c
ada municipio va a especificar si incorpora o no el beneficio, la c
lase y c
aracterísticas de los bienes inmuebles, su duración, la c
uantía anual, así c
omo los demás aspectos sustantivos y formales de la bonificación, incluidas las c
ondiciones de c
ompatibilidad c
on otros beneficios fiscales. Lo más frecuente es que una vez reconocida la aplicación de la bonificación esta se mantenga mientras no se modifiquen las c
ircunstancias de las c
uales éste deriva. Sin embargo, algunas entidades locales, en sus ordenanzas fiscales, han optado por establecer solicitudes anuales para la aplicación del beneficio, c
omo vía de c
ontrol previo a su aplicación, lo que resulta más gravoso para estas familias y puede dar lugar a que no se aplique la bonificación en la c
uota del impuesto, porque ha transcurrido el plazo de solicitud para la aplicación del beneficio.
IV.3. Problemas fiscales en renta para familias separadas
Por el volumen de quejas que nos llegan, observamos que, en materia tributaria, las demandas de las personas c
ontribuyentes surgen c
uando la unidad familiar originaria se deshace. C
uestiones, c
omo c
uál de los progenitores hace declaración c
onjunta c
on los hijos e hijas y se aplica la reducción, o c
ómo se aplican la deducción por descendientes, o a qué c
ondiciones debe supeditarse la aplicación de la deducción por abonar a los hijos e hijas las anualidades por alimentos, o la reducción por abono de la pensión c
ompensatoria al c
ónyuge o pareja de hecho registrada. La norma del IRPF es de naturaleza reglada y la jurisprudencia aplica c
on el máximo rigor el principio de legalidad, sobre la base de que los beneficios fiscales, en la medida en que por naturaleza son c
ontrarios al principio de igualdad, han de ser aplicados restrictivamente. Por otro lado, se ha de tener presente que en materia fiscal la aplicación analógica de los beneficios fiscales está expresamente proscrita. Todo ello c
rea un variado elenco de problemas que sólo pueden resolverse c
asuísticamente, y que pueden llegar a generar situaciones injustas para muchos c
iudadanos y c
iudadanas.
V. Actuaciones de oficio impulsadas desde el área
En relación c
on la Recomendación general del Ararteko 4/2010, de 23 de diciembre, sobre abolición de barreras administrativas formales a familias homoparentales y a parejas o matrimonios del mismo sexo, hemos iniciado una actuación de oficio ante el Defensor del Pueblo de España –de la que damos más detalladamente c
uenta en el apartado de este mismo c
apítulo dedicado a la atención de las personas LGTB–, al que nos remitimos.
VI. Conclusiones
Las c
uestiones detectadas en este ámbito durante el año 2011 que queremos destacar especialmente son las siguientes:
VI.1. Necesidad de más apoyos públicos a las familias
Los poderes públicos vascos, en general, deben tomar c
onciencia de la importancia de incrementar el apoyo a las familias, que operan c
omo respaldo necesario para las situaciones de necesidad, c
omplementando y en muchas ocasiones suplantando en ese sentido las funciones del Estado de bienestar. Las quejas c
iudadanas y el tejido asociativo expresan esa necesidad de aumentar los apoyos públicos a las familias, en especial a aquellas que tienen singulares dificultades, c
omo pueden ser las familias numerosas, las familias monoparentales u otras en c
uyo seno viven personas en especiales situaciones de dependencia o enfermedad. Entendemos que además de las ayudas directas existentes en la actualidad, es preciso revisar el actual sistema fiscal para c
onvertirlo en una verdadera herramienta para articular el apoyo público a las distintas situaciones familiares.
VI.2. Definición de c
olectivos de familias más vulnerables c
omo destinatarias de ayudas
Detectamos también la necesidad de definir de manera más c
lara c
uáles son las familias más vulnerables a las que se refiere la Ley 13/2008, de 12 de diciembre, de Apoyo a las Familias.. La indefinición actual de estos c
olectivos, c
omo sucede c
on las familias monoparentales, da lugar a una desprotección efectiva de las mismas que resultan perjudicadas en c
uanto a las prestaciones de las que podrían ser destinatarias. C
onfiamos en que en el periodo de vigencia del recién aprobado III Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias se aborde definitivamente esa c
larificación y se articulen medidas encaminadas a beneficiar singularmente a esas familias más vulnerables.
VI.3. Importancia del III Plan Interinstitucional de Apoyo a las Familias en la C
omunidad Autónoma del País Vasco (2011-2015):
Consideramos acertada la perspectiva transversal que este plan interinstitucional, aprobado al finalizar el año 2011, quiere asentar, así c
omo la orientación hacia nuevas formas de apoyo a las familias dirigidas a c
rear más oferta de servicios c
omunitarios. En todo c
aso, es preciso que todas las instituciones vascas c
on responsabilidades en este ámbito c
oordinen sus esfuerzos para lograr la eficacia de sus previsiones.
VI.4. Elaboración de un informe extraordinario sobre situación de las familias en Euskadi
En el ánimo de promover el impulso y el refuerzo de las políticas públicas dirigidas a apoyar a las familias, nos proponemos desde la institución del Ararteko elaborar un informe extraordinario sobre la situación de las familias en Euskadi, c
on objeto de c
larificar el panorama de políticas públicas existentes en este ámbito, así c
omo las necesidades y demandas de las familias vascas. Dicho estudio, c
uyas bases hemos elaborado en este año 2011, verá la luz el próximo año 2012 y nos permitirá c
onocer mejor la realidad de las familias, sus problemas y demandas y dirigir, en c
onsecuencia, a las distintas administraciones vascas, recomendaciones orientadas a mejorar nuestro sistema de apoyo a las familias.