7.6. El procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y la adjudicación de las prestaciones del sistema
class="Ningnestilodeprrafo">En general, el procedimiento es percibido por la c
iudadanía afectada c
omo largo y c
omplejo. Las personas interesadas no alcanzan a c
omprender el c
ontenido de las resoluciones de reconocimiento de la situación de dependencia ya que en ellas se alude a una serie de servicios y prestaciones a los que supuestamente tienen derecho, pero que posteriormente no se materializan en la práctica, bien porque no se c
ontemplan en el subsiguiente programa individualizado de atención (PIA), porque, de acuerdo c
on la aplicación gradual de la LAAD, c
arecen de efectividad en ese momento, o bien porque finalmente no se c
umplen los requisitos exigidos para la c
oncesión del servicio o prestación c
oncreta.
class="Ningnestilodeprrafo">A pesar de que, desde nuestro punto de vista, debería tratarse de un único procedimiento, nos encontramos, en general, c
on tres procedimientos c
onsecutivos:
class="Ningnestilodeprrafo">– El de reconocimiento de la situación de dependencia, en el que se resuelve sobre el grado y nivel de dependencia y se informa sobre los derechos que c
orresponden a tal valoración.
class="Ningnestilodeprrafo">– El de elaboración del PIA, por el que se aprueban las prestaciones y/o servicios que resultan idóneos para la persona en situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">– El de adjudicación de la c
oncreta prestación o servicio.
class="Ningnestilodeprrafo">Esto genera, en nuestra opinión, una excesiva burocratización y retrasa el ejercicio real y efectivo de los derechos preconizados en la LAAD.
class="Ningnestilodeprrafo">Este problema se agrava si tenemos en c
uenta que, para el segundo de los procedimientos indicados, el de elaboración del PIA, no se ha establecido plazo, y la superación de esta fase es requisito previo para iniciar la siguiente: la de solicitud de la prestación c
orrespondiente.
class="Ningnestilodeprrafo">Durante los dos primeros años de implantación hemos registrado c
asos de excesiva dilación en la tramitación. En el c
aso de Bizkaia, podríamos afirmar que se produjo un c
olapso inicial que ha ido superándose c
on el paso del tiempo. La Administración guipuzcoana viene destacando por su agilidad en lo que se refiere al reconocimiento de la situación de dependencia y la materialización del PIA.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a la adjudicación de las prestaciones, la asignación de las plazas en c
entros residenciales y c
entros de día (en menor medida), se dilata más que la del resto de prestaciones pues, independientemente de la tramitación, el número de plazas disponibles marca el ritmo de adjudicación.
class="Ningnestilodeprrafo">Pese a ser c
onscientes del enorme esfuerzo que han realizado las tres diputaciones vascas para implantar el nuevo sistema e incluso, reconociendo que los plazos en la tramitación han ido acortándose sensiblemente, en nuestra opinión, el tiempo que media entre la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y la efectiva adjudicación del servicio o prestación sigue siendo, en general, superior al adecuado, si atendemos a la especial vulnerabilidad que presentan las personas en situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">El análisis de los servicios c
ontemplados en la LAAD no ha sido, en modo alguno, objeto del presente estudio, máxime c
uando la vigencia de tal análisis se encontraría c
ondicionada por la inminente publicación, por parte del Gobierno Vasco, del Decreto regulador de la C
artera de Prestaciones y Servicios, en desarrollo de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales. Sin embargo, algunas de las c
uestiones analizadas afectan de manera directa a estos servicios y es preciso que las hagamos c
onstar:
class="Ningnestilodeprrafo">– El servicio de ayuda a domicilio, muy demandado en nuestra c
omunidad, c
onstituye una herramienta indispensable para favorecer la permanencia de la persona dependiente en su hogar. La determinación de las horas de prestación de este servicio ha de atender a factores tales c
omo las necesidades reales de la persona en situación de dependencia y los apoyos c
on que c
uenta en la red formal e informal. Requiere, por tanto, de una flexibilidad que se ha visto afectada, en ocasiones, por el establecimiento de las intensidades mínimas de protección. Por otro lado, se han detectado c
iertos problemas en la gestión de este servicio y el c
ontrol de su c
alidad.
class="Ningnestilodeprrafo">Su c
arácter de servicio básico habrá de ser tenido en c
uenta para fijar su precio público, c
on el fin de que dicho precio no disuada a la persona necesitada del apoyo.
class="Ningnestilodeprrafo">– La prevalencia de la PECEF sobre el resto de servicios y prestaciones puede responder a diversos factores: la afloración de una realidad social que se encontraba oculta a los ojos de las administraciones; la eficacia de c
iertas c
ampañas de información dirigidas a la c
iudadanía; el tratarse de una prestación de fácil gestión y c
oste relativamente bajo para la Administración; el aliciente económico que supone para algunas familias que ya venían ofreciendo el c
uidado y que, dada la insuficiencia de la red de servicios existente, no podían optar a éstos.
class="Ningnestilodeprrafo">Esta prestación ha supuesto, en determinados supuestos, un obstáculo para la elección de los servicios, especialmente en los c
asos en que rige una incompatibilidad entre éstos y las prestaciones económicas o c
uando, aun siendo c
ompatibles, las reducciones practicadas más el precio público asumido la agotan prácticamente.
class="Ningnestilodeprrafo">Hemos detectado, en algún c
aso, que el recurso a esta prestación ha podido suponer el abandono de la persona en situación de dependencia del servicio que venía disfrutando, o el entorpecimiento de un itinerario de integración socio-laboral y de promoción de la autonomía, en el c
aso de personas c
on discapacidad que terminan su formación. En este sentido, parece fundamental que nuestras administraciones velen por que estas distorsiones no se produzcan.
class="Ningnestilodeprrafo">– Hemos registrado c
iertas dificultades en el acceso a las ayudas técnicas o productos de apoyo en personas mayores de 65 años.
class="Ningnestilodeprrafo">– Los programas, dispositivos y recursos destinados al respiro de las personas c
uidadoras son insuficientes y, en ocasiones, sólo se dirigen al c
olectivo de personas mayores, en lugar de hacerlo al c
onjunto de personas en situación de dependencia.