7.4. El análisis de los datos estadísticos relativos a la aplicación de la normativa de dependencia y promoción de la autonomía personal en la CAPV
En ma
teria de atención a la dependencia y promoción de la autonomía personal, resulta muy difícil realizar un análisis cuantitativo fiable, puesto que no existe un riguroso sistema integrado de información en el que se ma
nejen criterios unificados de recogida y explotación de datos. Ello motiva que registremos discrepancias entre los datos que nos aportan las distintas fuentes. Por todo ello, en este apartado dedicado a las conclusiones de nuestro estudio, nos referiremos principalmente a aquellos datos que, contrastadas las diversas fuentes, resultan más
coherentes.
7.4.1. La persona en situación de dependencia
En el ámbito estatal, el 67% de las personas beneficiarias (aquellas cuya dependencia ha sido reconocida y que disfrutan de alguna de las prestaciones[89] a que tienen derecho) son mujeres. El 76% de dicho conjunto de personas beneficiarias supera los 65 años.
En el caso de la CAPV, hemos optado por analizar el perfil de las personas cuya dependencia ha sido reconocida, por entender que, independientemente de la aplicación gradual de la LAAD o del hecho de que disfruten o no de prestaciones, constituyen el colectivo al que deben dirigirse las políticas públicas en la ma
teria que nos ocupa. Así, podemos afirmar que en el período transcurrido entre el 1 de enero de 2007 y el 1 de julio de 2010, el 63,74% de las personas que obtienen un reconocimiento de su situación de dependencia en la CAPV son mujeres. Por territorios, los valores oscilan en torno a esa media, si bien la población dependiente se encontraría más
feminizada en Bizkaia y en Gipuzkoa que en Álava.
En cuanto a la edad, comprobamos que la dependencia es una condición que puede estar presente en todas las fases vitales. Sin embargo, el 80% de los reconocimientos de dependencia corresponden a personas ma
yores de 65 años y quienes superan los 80 años suponen entre un 50 y un 60% del total de los reconocimientos.
Si cruzamos las variables relativas a la edad y al sexo, resulta que en edades interiores a los 65 años el porcentaje de reconocimientos de dependencia en hombres es ligeramente ma
yor; sin embargo, a partir de esa edad, el fenómeno de la dependencia tiene un impacto claramente superior en las mujeres.
Por lo que se refiere a la gradación, se observa, en cierta medida, ma
yor gravedad en la dependencia que presentan las mujeres. Entre las y los grandes dependientes, el grupo con ma
yor presencia es el de quienes han alcanzado los 80 años. Por grupos de edad, las y los menores de 18 años, y en especial las criaturas menores de 3 años presentan un porcentaje de grandes dependientes muy superior a la media.
[89] Cuando hablamos de prestaciones nos referimos tanto a prestaciones económicas como a servicios, al igual que lo hace la LAAD.
7.4.2. Las personas solicitantes del reconocimiento de la situación de dependencia
Desde la entrada en vigor de la ley (1 de enero de 2007) hasta el 1 de julio de 2010, 98.673 ciudadanas y ciudadanos vascos han solicitado el reconocimiento de su situación de dependencia, es decir, un 4,54% de la población total de la CAPV. De cada 1.000 vizcaínos/as, en torno a 39 habrían solicitado el referido reconocimiento; de cada 1.000 alaveses/as, 49 y de cada 1.000 guipuzcoanos/as, 53. Un total de 93.395 personas han sido valoradas y, de ellas, 77.352 (el 82,82%) han obtenido el reconocimiento de su situación de dependencia (22.808 personas más
de las previstas para la CAPV según la estimación realizada en ma
yo de 2007 por la Administración General del Estado). Así pues, el 17,18% de las personas valoradas en la CAPV no ha obtenido un reconocimiento de su situación de dependencia. La ma
yor tasa de dictámenes desfavorables la presenta Bizkaia. La tasa de personas reconocidas en situación de dependencia por cada 1.000 habitantes es de 43,77 en Gipuzkoa, 41,64 en Álava y 28,97 en Bizkaia.
Por lo que se refiere a la evolución observada durante los tres años objeto de nuestro estudio, el porcentaje de personas que solicitaron el reconocimiento de la situación de dependencia con relación al conjunto de habitantes de la CAPV fue disminuyendo paulatinamente: del 1,45% en 2007, al 1,37% en 2008 y 1,12% en 2009. Por territorios, en Bizkaia los índices se ma
ntuvieron constantes en los tres años; en Álava la disminución más
notable se registró en 2008 y en Gipuzkoa, en 2009.
El 43,74% de las personas cuya situación de dependencia ha sido reconocida por las administraciones forales es gran dependiente (Grado III); el 31,22% ha sido valorado en el Grado II (dependencia severa) y el 25,04, en el Grado I (dependencia moderada). Por territorios, Bizkaia registra el ma
yor índice de valoraciones de Grado I y Gipuzkoa el ma
yor índice de valoraciones de Grado III.
7.4.3. Los expedientes de solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia
Las solicitudes de reconocimiento de la situación de dependencia registradas en la CAPV (que incluyen también los expedientes de revisión) suponen un 5,65% del total estatal[90]. Del total de expedientes de solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia, un 92,40% han obtenido un dictamen sobre el grado de dependencia de la persona valorada (un 83,93% de dichos dictámenes) o sobre su consideración como autónoma (el restante 16,07%). Ello sitúa a nuestra comunidad en la séptima posición en cuanto al porcentaje de solicitudes con dictamen ya emitido, respecto del resto de comunidades autónomas del Estado. Dentro de la CAPV, apreciamos un ma
yor volumen relativo de expedientes de solicitud en Gipuzkoa, lo que, en buena parte, viene motivado por un ma
yor porcentaje de revisiones sobre las valoraciones realizadas.
7.4.4. La atención: las personas en situación de dependencia beneficiarias de servicios y prestaciones
La tasa de personas con derecho a prestación (aquellas que han obtenido un Grado II o Grado III) por cada 1.000 habitantes en la CAPV es de 19,62. Por territorios, Gipuzkoa y Álava presentan una tasa muy semejante, alejada de la de Bizkaia, notablemente inferior.
El 1,59% de la población vasca se beneficia de alguna de las prestaciones previstas en la LAAD.
Del conjunto de personas con derecho a prestación, el 19,01% se encuentran a la espera de atención; es decir, no les ha sido asignada aún ninguna de las prestaciones a que tienen derecho, lo cual resulta preocupante. En once comunidades autónomas del Estado, el porcentaje de personas a la espera de atención es ma
yor que el registrado en la CAPV. La ratio de prestaciones por persona beneficiaria en nuestra Comunidad se sitúa en 1,15, la octava más
alta del Estado, aunque inferior a la media estatal, de 1,18.
Con relación a ese 19,01% de las personas con derecho a prestación en la CAPV que, como indicábamos, aún no disfruta de ella, a pesar de haber visto reconocido su derecho, la distribución por territorios es la siguiente: Gipuzkoa registra un 15,52%, Bizkaia un 19,94% y Álava, un 24,71%. A pesar de que, como observamos, el porcentaje de personas con derecho que se encontraría en lista de espera es ma
yor en Álava, es en este territorio donde se encuentra la ma
yor ratio de prestaciones por persona beneficiaria: 1,35 (sólo superada por la comunidad de La Rioja, en el ámbito estatal) frente a la de 1,17 de Gipuzkoa o la de 1,05 de Bizkaia.
Por lo que se refiere a la demanda de servicios de la población dependiente en la CAPV, destaca la preferencia por la atención residencial y el servicio de ayuda a domicilio. La prestación económica más
solicitada es, con diferencia, la prestación económica para cuidados en el entorno familiar.
En cuanto al tipo de prestaciones que disfruta la población en situación de dependencia, detectamos una clara prevalencia de la prestación económica para cuidados en el entorno familiar (41,90%), lo que parece evidenciar que el carácter excepcional atribuido a las prestaciones económicas por la LAAD, con el fin de otorgar una prioridad a los servicios, no se está dando en la práctica. En segundo lugar, se encuentra la atención residencial (20,72%) seguida del servicio de ayuda a domicilio (11,88%), el centro de día (11,15%) y la teleasistencia. La prestación económica vinculada al servicio (que no ha sido asignada en Bizkaia, en ningún caso, en los tres ejercicios objeto de nuestro estudio) y la de asistencia personal (que, prácticamente, en el 100% de los supuestos ha sido asignada en Gipuzkoa) tienen un peso muy inferior (2,38% y 2,32% respectivamente).
7.4.4.1. Los servicios
La tasa de personas en situación de dependencia[91] beneficiarias del servicio de teleasistencia por cada 1.000 habitantes aumenta anualmente en nuestra Comunidad. Más
del 72% de las personas beneficiarias del servicio de teleasistencia son mujeres. En torno al 70% de las personas que reciben este servicio tienen más
de 80 años. Las personas menores de 65 años no superan el 6% del conjunto de personas beneficiarias de este servicio.
Entre 2007 y 2008 se produjo un incremento notable de la tasa de cobertura en el servicio de ayuda a domicilio; sin embargo, en 2009, detectamos una disminución que puede resultar preocupante si atendemos al hecho de que la demanda de este servicio por la ciudadanía va en aumento. Las personas beneficiarias de este servicio responden a un perfil semejante al que encontramos en la población usuaria de teleasistencia, si bien podría decirse que ésta última se encuentra algo más
envejecida y feminizada.
La población dependiente ma
yor de 65 años usuaria del servicio de centro de día es ma
yoritariamente femenina (más de un 70%). Sin embargo, en menores de 65 años, observamos una ma
yoría mas
culina (en torno al 58%). En general, entre un 66% y un 80% del conjunto de las personas beneficiarias supera los 65 años (se registran diferencias según el año y territorio analizados).
En la atención residencial también se da un predominio mas
culino en menores de 65 años. En este servicio la población beneficiaria se encuentra más
envejecida que en el centro de día. Más
de un 63% de las personas que reciben atención residencial son mujeres.
El centro de noche contemplado en el catálogo de servicios de la LAAD no se encuentra operativo en estos momentos en la CAPV, si bien es cierto que existieron algunas experiencias en el pasado. No parece que la demanda existente de este tipo de servicio anime a la creación de recursos de estas características.
Observamos que cuanto menor es la cobertura de un servicio, ma
yor es la proporción de mujeres y de ma
yores de 65 años entre sus personas beneficiarias.
En cuanto a las plazas disponibles en centros de día y centros residenciales, se siguen registrando listas de espera –en ma
yor medida respecto de los segundos– que nos muestran la insuficiencia de los recursos, especialmente por lo que se refiere a aquellos que se destinan a la población menor de 65 años en situación de dependencia.
7.4.4.2. Las prestaciones
Las tres prestaciones económicas que contempla la LAAD, han tenido una implantación dispar en nuestra comunidad.
La prestación vinculada al servicio sólo comenzó a asignarse en 2007, en el territorio alavés. En el territorio guipuzcoano se puso en ma
rcha en 2008 y en Bizkaia su regulación se ha hecho esperar hasta junio de 2010. En general, se ha asignado a personas ma
yores de 65 años, en más
de un 98% de los casos, y a mujeres, en más
del 66%.
Como ya indicábamos, la prestación económica para cuidados en el entorno familiar ha tenido un gran impacto en nuestra comunidad; ha registrado las ma
yores tasas de cobertura dentro del conjunto de prestaciones y servicios previstos por la LAAD. La adjudicación de esta prestación, además, ha crecido de año en año. Por territorios, Álava ha presentado las ma
yores tasas. Entre el 60-65% de quienes la perciben son mujeres, si bien, en edades inferiores a los 65 años, el predominio es mas
culino.
Al ma
rgen de un caso aislado registrado en Álava, la prestación para la asistencia personal únicamente se ha adjudicado en el territorio guipuzcoano. La ma
yoría de mujeres y de personas ma
yores entre quienes perciben esta prestación evidencia que la Diputación Foral de Gipuzkoa realiza una interpretación más
amplia del artículo 19 de la LAAD que el resto de los territorios, e incluso, comunidades autónomas. Ello le permite asignar la prestación no sólo a grandes dependientes que se encuentran en el mercado laboral o en el sistema educativo sino también a quienes, con esa misma gradación, es preciso facilitar "una vida más
autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria" (como recoge la LAAD), y que, por no cumplir con ciertos requisitos, no podrían acceder a la PECEF.
[91] Dado que la población analizada es siempre dependiente, en todo caso, cuando nos referimos a la persona beneficiaria de un servicio aludimos únicamente a aquella cuya dependencia ha sido reconocida por la administración foral.