class="Ningnestilodeprrafo">Desde la entrada en vigor de la LAAD, los servicios sociales municipales han desempeñado una tarea de información y orientación a la c
iudadanía, y de c
olaboración c
on los entes forales en la emisión de informes sociales y en la gestión de los expedientes para el acceso a los servicios y prestaciones económicas previstas en el c
atálogo. En algunos c
asos, el incremento del volumen de trabajo motivado por la aplicación de esta ley ha llegado a c
olapsar dichos servicios. La Asociación de Municipios Vascos-EUDEL subraya que todo ello, sin embargo, no ha venido acompañado de la dotación económica c
orrespondiente.
class="Ningnestilodeprrafo">Las tres diputaciones forales vascas han asumido el desarrollo normativo de la LAAD; han gestionado, en su ámbito territorial respectivo, los servicios y recursos necesarios para la valoración de la dependencia, las prestaciones económicas c
ontempladas en la ley, y los servicios de promoción de la autonomía personal y atención a la dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">Hemos de reconocer el buen trabajo realizado por las tres diputaciones forales, la preocupación que han mostrado por la implantación del sistema y el gran esfuerzo realizado en c
uanto a dotación de recursos humanos y materiales. A pesar de ello, en nuestra opinión, hubiera sido deseable una mayor voluntad de trabajo c
oordinado que permitiera la superación de los desequilibrios territoriales existentes, así c
omo una mayor c
eleridad en la aprobación de la normativa de desarrollo (la Diputación Foral de Bizkaia, por ejemplo, no reguló la prestación económica vinculada al servicio hasta junio de 2010).
class="Ningnestilodeprrafo">La labor desarrollada por el Gobierno Vasco en el marco de la aplicación de la LAAD, se ha c
entrado en las siguientes tareas:
class="Ningnestilodeprrafo">– La información prestada por el sistema sanitario al social para la gestión de los procesos de valoración de la dependencia y de adjudicación de los recursos idóneos.
class="Ningnestilodeprrafo">– La aportación a la Administración General del Estado de la información necesaria para la aplicación de los c
riterios de financiación por la vía del c
upo.
class="Ningnestilodeprrafo">– La remisión al Sistema de Información del SAAD de la información estadística precisa, previamente recabada de las diputaciones.
class="Ningnestilodeprrafo">Hace falta un liderazgo c
laro por parte del Gobierno Vasco en la tarea de implantación del sistema. Además, el retraso registrado en el desarrollo de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, no ha favorecido la superación de las diferencias territoriales existentes ni la c
larificación de los aspectos relacionados c
on la c
artera de prestaciones y servicios.
class="Ningnestilodeprrafo">Desde nuestro punto de vista, la entrada en vigor de la LAAD no ha c
ontribuido a la apuesta decidida que venían realizando nuestras administraciones en los últimos años, en materia de servicios sociales. Las intensidades mínimas marcadas por la Administración General del Estado –inferiores, en general, a las que venían aplicándose en la C
APV– o los c
riterios sobre la efectividad del derecho de acceso a las prestaciones adoptados por dicha administración c
on motivo de la c
oyuntura de c
risis, han interferido, en ocasiones, en esa trayectoria de incremento de la atención y mejora c
ontinua.
class="Ningnestilodeprrafo">Hemos c
onstatado que se hace preciso profundizar en la adecuada c
oordinación interinstitucional de las administraciones c
oncernidas del ámbito social y en la de éstas c
on las propias del sistema sanitario; la c
oordinación sociosanitaria se muestra c
omo un c
ampo de trabajo prioritario.