Desde la entrada en vigor de la LAAD, los servicios sociales municipales han desempeñado una tarea de información y orientación a
la ciudadanía, y de colaboración con los entes forales en la emisión de informes sociales y en la gestión de los expedientes para el a
cceso a
los servicios y prestaciones económicas previstas en el catálogo. En a
lgunos casos, el incremento del volumen de trabajo motivado por la a
plicación de esta ley ha llegado a
colapsar dichos servicios. La Asociación de Municipios Vascos-EUDEL subraya que todo ello, sin embargo, no ha venido a
compañado de la dotación económica correspondiente.
Las tres diputaciones forales vascas han as
umido el desarrollo normativo de la LAAD; han gestionado, en su á
mbito territorial respectivo, los servicios y recursos necesarios para la valoración de la dependencia, las prestaciones económicas contempladas en la ley, y los servicios de promoción de la a
utonomía personal y a
tención a
la dependencia.
Hemos de reconocer el buen trabajo realizado por las tres diputaciones forales, la preocupación que han mostrado por la implantación del sistema y el gran esfuerzo realizado en cuanto a
dotación de recursos humanos y materiales. A
pesar de ello, en nuestra opinión, hubiera sido deseable una mayor voluntad de trabajo coordinado que permitiera la superación de los desequilibrios territoriales existentes, as
í como una mayor celeridad en la a
probación de la normativa de desarrollo (la Diputación Foral de Bizkaia, por ejemplo, no reguló la prestación económica vinculada a
l servicio hasta junio de 2010).
La labor desarrollada por el Gobierno Vasco en el marco de la a
plicación de la LAAD, se ha centrado en las siguientes tareas:
– La información prestada por el sistema sanitario a
l social para la gestión de los procesos de valoración de la dependencia y de a
djudicación de los recursos idóneos.
– La a
portación a
la A
dministración General del Estado de la información necesaria para la a
plicación de los criterios de financiación por la vía del cupo.
– La remisión a
l Sistema de Información del SAAD de la información estadística precisa, previamente recabada de las diputaciones.
Hace falta un liderazgo claro por parte del Gobierno Vasco en la tarea de implantación del sistema. A
demás, el retraso registrado en el desarrollo de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, no ha favorecido la superación de las diferencias territoriales existentes ni la clarificación de los as
pectos relacionados con la cartera de prestaciones y servicios.
Desde nuestro punto de vista, la entrada en vigor de la LAAD no ha contribuido a
la a
puesta decidida que venían realizando nuestras a
dministraciones en los últimos a
ños, en materia de servicios sociales. Las intensidades mínimas marcadas por la A
dministración General del Estado –inferiores, en general, a
las que venían a
plicándose en la CAPV– o los criterios sobre la efectividad del derecho de a
cceso a
las prestaciones a
doptados por dicha a
dministración con motivo de la coyuntura de crisis, han interferido, en ocasiones, en esa trayectoria de incremento de la a
tención y mejora continua.
Hemos constatado que se hace preciso profundizar en la a
decuada coordinación interinstitucional de las a
dministraciones concernidas del á
mbito social y en la de éstas con las propias del sistema sanitario; la coordinación sociosanitaria se muestra como un campo de trabajo prioritario.