HARTU-EMANAK, As
ociación para el a
prendizaje permanente y la participación social de las personas mayores, creada en 2002, trabaja por la promoción de una sociedad más participativa, democrática y solidaria mediante la participación social a
ctiva, el desarrollo de proyectos de a
prendizaje permanente, y la transmisión de la experiencia de sus miembros a
la sociedad, en general, y a
las nuevas generaciones, en particular. Se encuentra ubicada en Bizkaia.
En 2006 creó un grupo de trabajo denominado "Personas Mayores y Servicios Sociales" en el que se a
nalizan, entre otros, as
pectos relacionados con la LAAD.
Destacamos las principales cuestiones que esta as
ociación a
borda en la valoración que nos han remitido:
– Consideran positivos los siguientes as
pectos de la ley:
• Reconocimiento del derecho a
la promoción de la a
utonomía y la a
tención a
la dependencia como derecho subjetivo de ciudadanía.
• Definición de los grados de dependencia.
• Establecimiento de un catálogo de prestaciones y servicios.
– La ciudadanía ha pasado de un estado de ilusión y esperanza, a
nte las expectativas que ofrecía la LAAD, a
un estado de desilusión, desconfianza y crítica hacia las instituciones por la tardanza y los desajustes en la a
plicación de a
quélla.
– No define, con criterios objetivos, la valoración del entorno social complementario a
l informe médico individual.
– En su opinión, la representación del movimiento as
ociativo de personas mayores y del tercer sector debería estar presente en el Comité Consultivo contemplado en el a
rtículo 40 de la LAAD; en general resulta imprescindible mejorar la participación y representación de las As
ociaciones de Personas Mayores en los Órganos Consultivos y Consejos As
esores.
– Habría que a
nticipar el horizonte temporal para la completa implantación de la LAAD, fijado a
ctualmente en 8 a
ños, a
6 a
ños.
– Consideran muy positiva la a
probación por el Parlamento Vasco de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.
– El plazo para la universalización del Sistema Vasco de Servicios Sociales, de 8 a
ños a
partir de la entrada en vigor, no debería ser superior a
5 a
ños.
– El espacio sociosanitario no se regula suficientemente y el futuro de su desarrollo es incierto.
– Por lo que se refiere a
la CAPV, no se a
dvierten a
vances en el desarrollo de dicho espacio sociosanitario. A
precian cierta desconexión entre los á
mbitos social y sanitario, especialmente en lo relacionado con las pautas de a
tención a
l paciente cuando se producen variaciones (de empeoramiento o mejora) en su estado de salud.
– Excesiva dilación de los procedimientos de valoración y elaboración del plan individualizado de a
tención.
– Colapso inicial en los servicios sociales de base con sede en los a
yuntamientos.
– Debilidad que presenta el servicio de a
yuda a
domicilio pese a
ser uno de los servicios más demandados por las personas mayores para potenciar su a
utonomía personal y permanecer en su entorno natural. Se hace precisa su urgente mejora.
– La dotación de recursos económicos es insuficiente; es preciso garantizar una financiación pública sostenible.
– Consideran que el reparto a
ctual de las competencias entre las diferentes a
dministraciones públicas no es el a
decuado y que dificulta la coordinación y a
rmonización interinstitucional y pone en riesgo la eficacia del sistema y la eficiencia de los recursos.
– Se ve la necesidad de mejorar los servicios de información, orientación, valoración y diagnóstico, as
í como de potenciar el papel de los servicios sociales de base.
– Es necesario potenciar y consolidar los programas de a
tención y a
poyo a
las personas mayores dependientes que residan en sus domicilios y a
sus familias o personas cuidadoras, para contribuir a
la mejora de la calidad de vida de unas y otras; un buen modelo es el programa ZAINDUZ de la Diputación Foral de Bizkaia.
– Conviene mejorar la a
tención a
la ciudadanía instando a
los correspondientes organismos para que tengan permanentemente a
ctualizada la información que a
parece en su página oficial "web", especialmente por lo que se refiere a
la normativa en vigor.