class="Ningnestilodeprrafo">El Consejo c
onstituye un foro especifico de participación de las personas mayores y de las entidades, asociaciones y organizaciones relacionadas c
on la personas mayores, para la c
olaboración en la planificación y seguimiento de las políticas y actuaciones destinadas a lograr el bienestar de este sector de la c
iudadanía.
class="Ningnestilodeprrafo">Es un órgano c
olegiado, de c
arácter c
onsultivo, adscrito al Departamento para la Política Social de las Diputación Foral de Gipuzkoa, al que se le tiene asignada la tarea de c
ontribuir al diseño, puesta en marcha y seguimiento de la política social relacionada c
on las personas mayores.
class="Ningnestilodeprrafo">Según nos informa la Secretaria Técnica del Departamento para la Política Social, las valoraciones y aportaciones que se exponen a c
ontinuación provienen de las asociaciones y las personas mayores que integran el C
onsejo, sin intervención de quienes forman parte del C
onsejo en representación de instituciones públicas o empresas gestoras:
class="Ningnestilodeprrafo">– La aprobación en sí de una ley de estas c
aracterísticas es muy positiva; era totalmente necesaria ante la situación de abandono en que se encontraban muchas familias.
class="Ningnestilodeprrafo">– El apoyo económico a los familiares que atienden a las personas en situación de dependencia c
ontemplado en la ley se c
onsidera un logro de ésta.
class="Ningnestilodeprrafo">– La normativa de dependencia ha generado y seguirá generando puestos de trabajo.
class="Ningnestilodeprrafo">– El desarrollo de la ley se c
onsidera lento; además es desigual según la c
omunidad autónoma de que se trate. C
oncretamente, c
on relación al desarrollo llevado a c
abo por las administraciones públicas vascas, la valoración es positiva; se c
onsidera que la situación en que se encuentra el desarrollo de esta ley en otras autonomías es peor.
class="Ningnestilodeprrafo">– Los c
riterios utilizados en la valoración de la dependencia por las y los técnicos son dispares.
class="Ningnestilodeprrafo">– El resultado de la valoración no satisface a un elevado número de familias.
class="Ningnestilodeprrafo">– Sería c
onveniente que la Administración del Estado pusiera los medios técnicos y económicos necesarios para garantizar un desarrollo eficaz y universal de esta Ley.
class="Ningnestilodeprrafo">– La implantación de la ley ha facilitado que muchas personas en situación de dependencia que no se habían acercado a los servicios sociales de base lo hagan. Ello ha c
ontribuido a c
onocer c
on mayor precisión la realidad de la dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">– La ley garantiza el acceso a los servicios y prestaciones al c
onstituirse c
omo un derecho subjetivo.
class="Ningnestilodeprrafo">– Dificulta el acceso de personas mayores o muy mayores que no se encuentran en situación de dependencia a los c
entros residenciales y que, sin embargo, lo precisan. Este aspecto tiene una especial incidencia en situaciones de urgencia (personas sin apoyo familiar o vecinal tras un ingreso hospitalario o una c
aída). En estos c
asos el proceso de valoración de la dependencia puede retrasar un acceso a los servicios que debería ser más rápido. En algunos municipios existen protocolos de urgencia, en otros no.
class="Ningnestilodeprrafo">– Los c
riterios utilizados para la valoración se c
entran especialmente en c
uestiones físicas desatendiendo aspectos c
omo la falta de habilidades sociales y personales para realizar gestiones o la situación de alcoholismo de la persona.
class="Ningnestilodeprrafo">– Mediante la c
oncesión de las prestaciones económicas no se garantiza el c
orrecto c
uidado de las personas dependientes en el domicilio. Se dan c
asos en los que no es posible saber si tales c
uidados son administrados c
orrectamente.
class="Ningnestilodeprrafo">– Las asociaciones –que debieran ser agentes c
olaboradores de las administraciones– han quedado ignoradas.
class="Ningnestilodeprrafo">– La gestión por parte de la Diputación Foral de Gipuzkoa está siendo ágil: 15 días para la valoración de la dependencia y un máximo de dos meses en la tramitación de las prestaciones económicas. Se registran retrasos en el acceso a servicios c
omo c
entros de día y residencias pues ello depende de las plazas disponibles. Se detectan diferencias en el tiempo de espera para el acceso a estos servicios según el lugar de residencia; así, en los pueblos grandes las listas de espera son más amplias.
class="Ningnestilodeprrafo">– Las personas que padecen enfermedades c
ognitivas requieren de procedimientos de valoración más rápidos y una puesta en marcha del servicio de ayuda a domicilio más ágil. Su atención no está debidamente c
ontemplada en el sistema.
class="Ningnestilodeprrafo">– Se hace preciso el impulso de programas de atención psicológica para mayores c
on discapacidad o que se encuentren en situaciones límite.
class="Ningnestilodeprrafo">– Sería c
onveniente articular un debate sobre el modelo actual de servicios sociales y su viabilidad a la vista del envejecimiento de la población y el incremento de las situaciones de dependencia, así c
omo la c
reación de un Plan estratégico en materia de autonomía personal y atención a la dependencia.