3.4. Grado de habilitación del procedimiento de urgencia
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa informa de que la activación del procedimiento de urgencia operada en 2007 no c
omenzó a registrarse de manera informática hasta 2008. De ahí que no existan datos referidos a 2007 para este territorio histórico. Nos indica, también, que el procedimiento de urgencia puede ponerse en marcha a instancia de la persona interesada, de oficio o c
uando el servicio social de base c
onsidera que existen motivos para justificar dicha urgencia. El motivo más frecuente es el de encontrarse la persona ingresada en el hospital –convaleciente de un ictus, fractura, etc.– c
on imposibilidad de retorno al domicilio (por falta de red de apoyo suficiente). No existe una relación tasada de situaciones, se deja en manos del servicio social de base.
class="Ningnestilodeprrafo">La diputación alavesa nos señala que el procedimiento de urgencia se aplica c
uando en la persona solicitante c
oncurren c
ircunstancias de extraordinaria urgencia, referidas a su asistencia. Tal ha sido el c
aso, por ejemplo, de personas c
on gran necesidad de atención pero sin lugar donde vivir y sin ningún apoyo social, o el de un niño c
on tetraplejia, c
on necesidad de atención urgente. En el resto de supuestos, se ha puesto en marcha el servicio de ayuda a domicilio en un plazo máximo de 48 horas. El procedimiento de urgencia, de acuerdo c
on la normativa, se inicia c
on un informe justificativo de la Subdirección Técnica del área c
orrespondiente a la naturaleza del servicio que resulte más adecuado; c
on ello, la Dirección-Gerencia del Instituto Foral de Bienestar Social puede adjudicar excepcionalmente, mediante resolución motivada, un servicio. Estos expedientes urgentes se tramitan c
on preferencia y el plazo máximo para resolverlos y notificarlos es de quince días naturales, c
ontados desde que se presenta la solicitud. En estos c
asos, la adjudicación del servicio se reconoce c
on c
arácter provisional y su uso no puede exceder de un mes. Siempre que no lo hubiera solicitado c
on anterioridad, y el servicio excepcionalmente asignado se encuentre incluido en el c
atálogo del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, la persona beneficiaria deberá solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia. En estos supuestos, los plazos de resolución de la valoración de la dependencia se reducirán a quince días hábiles.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia nos informa que este procedimiento, aunque también está previsto para personas c
on discapacidad, se activa fundamentalmente en el c
aso de personas mayores y está orientado al ingreso en un recurso residencial. Se trata de situaciones de alta desprotección (ausencia de apoyo familiar, c
arencia de recursos económicos, situaciones de mal trato, desatención, etc.) y el servicio social de base se encarga de informar su c
onveniencia.
class="Ningnestilodeprrafo">Comprobamos que la diputación alavesa viene recurriendo discretamente al procedimiento de urgencia. Sin embargo, esto debe matizarse de acuerdo c
on la información remitida por la Diputación de Álava, según la c
ual, en la práctica, "no c
ontemplan tanto el c
oncepto de urgencia c
omo el de excepcionalidad". Así nos señala que "en personas c
on dependencia los c
asos se refieren fundamentalmente a personas mayores; suele ocurrir que, tras un ingreso hospitalario, la persona tiene que volver a c
asa en un estado en el que necesita muchos c
uidados o c
on c
arencias de red natural de apoyo; normalmente tiene ya hecha la valoración; en estos c
asos se utiliza la red de residencias privadas y las prestaciones para c
ortas estancias en residencias y no se espera a la tramitación: primero la persona ingresa en la residencia y, después, se hacen los trámites; a este tipo de situaciones no les llamamos procedimiento urgente, le aplicamos el c
oncepto de excepcionalidad, de intervención inmediata; teníamos un c
upo de c
itas de valoración reservadas para procedimientos urgentes y, c
omo no se utilizaban, se han suprimido".
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de Bizkaia, este mecanismo ha ido ganando presencia, hasta c
onstituir, en 2009, un 3,74% del total de los procedimientos incoados.
class="Ningnestilodeprrafo">En Gipuzkoa, el procedimiento de urgencia ha llegado a instarse hasta en un 16,60% de los c
asos.