3. Análisis de los datos y la información ofrecida por las administraciones sobre la aplicación e implantación de la normativa de autonomía personal y atención a la dependencia en el ámbito de la C
APV
3.0. Introducción
class="Ningnestilodeprrafo">En el presente c
apítulo sistematizamos y analizamos los datos que nos han sido proporcionados por las distintas administraciones implicadas:
class="Ningnestilodeprrafo">– El Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad del Gobierno del Estado, mediante el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SISAAD) dependiente del IMSERSO.
class="Ningnestilodeprrafo">– El Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco encargado de recabar la información ofrecida por las diputaciones forales y remitirla al IMSERSO.
class="Ningnestilodeprrafo">– Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.
class="Ningnestilodeprrafo">– La Oficina de Trabajo Social de la Red de Salud Mental de Álava-Osakidetza.
class="Ningnestilodeprrafo">– EUDEL - Asociación de Municipios Vascos.
class="Ningnestilodeprrafo">– La Diputación Foral de Álava.
class="Ningnestilodeprrafo">– La Diputación Foral de Bizkaia.
class="Ningnestilodeprrafo">– La Diputación Foral de Guipúzcoa.
class="Ningnestilodeprrafo">La inexistencia de un sistema integrado de información motiva que existan c
iertas discrepancias entre los datos que aportan las distintas fuentes.
class="Ningnestilodeprrafo">En este apartado 3.0. analizaremos los datos aportados por la Administración del Estado y el Gobierno Vasco y, en los apartados 3.1. a 3.17., los ofrecidos por las tres diputaciones forales.
class="Ningnestilodeprrafo">a) Datos ofrecidos por el IMSERSO (Instituto de Mayores y Servicios Sociales del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad)
class="Ningnestilodeprrafo">De acuerdo c
on la información histórica acumulada que se incorpora al Sistema de Información del SAAD (Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, dependiente del IMSERSO, a fecha 1 de octubre de 2010, se han registrado 94.241 solicitudes c
orrespondientes a la C
omunidad Autónoma del País Vasco, un 5,61% del total estatal. De ellas, 87.251, es decir, un 92,58%, han obtenido dictamen[59]. El 60,88% de esos dictámenes supone un reconocimiento de la situación de dependencia en grado III ó II, reconocimiento que, de acuerdo c
on la aplicación gradual de la LAAD, genera, en el momento actual, el derecho a prestación. Por tanto, el número de personas c
on derecho a prestación a esa fecha es de 53.119. El total de prestaciones efectivamente c
oncedidas a estas personas –en forma de servicios o de prestaciones económicas– asciende a 49.411. A c
ontinuación, ofrecemos esquemáticamente estos valores:
class="Ningnestilodeprrafo">* C
uando aludimos de manera genérica a "prestación" nos estamos refiriendo tanto a servicios c
omo a prestaciones económicas.
class="Ningnestilodeprrafo">Si atendemos a la información incorporada al SISAAD sobre expedientes en vigor a 27 de septiembre de 2010[60], es decir, una vez realizada la regularización de bajas, fallecimientos, revisiones de grado o de prestación y expedientes depurados, los datos son los siguientes[61]:
class="Ningnestilodeprrafo">* Algunas personas en situación de dependencia disfrutan de más de una de las prestaciones previstas en el c
atálogo de la LAAD.
class="Ningnestilodeprrafo">El 80,99% del c
onjunto de personas c
on derecho a prestación son beneficiarias; un 19,01% se encuentra, por tanto, a la espera de atención.
class="Ningnestilodeprrafo">Por tanto, del total de expedientes registrados, el 46,74% c
orresponde a Bizkaia; el 38,71%, a Gipuzkoa y el 14,55% restante, a Álava. Así, según estos datos, por c
ada 1.000 habitantes se registran 32,77 expedientes en Bizkaia; 37,48, en Álava, y 44,33 en Gipuzkoa[62]. Destaca el reducido índice que presenta Bizkaia, si tenemos en c
uenta que es el territorio c
on mayor población. Igualmente, se observa el elevado índice de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Como vemos, el 92,40% de los expedientes obtienen un dictamen (favorable o desfavorable) sobre su solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia. El territorio histórico de Gipuzkoa presenta el mayor grado de resolución: un 97,71%, frente al 94,17% de Álava y el 87,46% de Bizkaia.
class="Ningnestilodeprrafo">El total de personas c
on derecho a prestación –42.626– (un 57,08% sobre el c
onjunto de dictámenes emitidos), es decir, aquellas que han obtenido un reconocimiento de su situación de dependencia en Grado II o Grado III, representa el 1,96% del c
onjunto de habitantes de la C
APV. Dicho de otro modo, la tasa de personas c
on derecho a prestación por c
ada 1.000 habitantes es de 19,62. Por territorios, Gipuzkoa y Álava presentan una tasa muy semejante (24,55 y 24,79 respectivamente) alejada de la de Bizkaia (15,20).
class="Ningnestilodeprrafo">Son 34.521 las personas beneficiarias, es decir, aquellas que disfrutan ya de alguna de las prestaciones a las que por ley tienen derecho. Representan, pues, un 80,99% del c
onjunto de personas c
on derecho a prestación; dicho de otro modo, un 19,01% de las personas c
on derecho a prestación se encuentran a la espera, (por territorios, Gipuzkoa registra un 15,52%, Bizkaia un 19,94% y Álava, un 24,71%).
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto a la gradación obtenida por la persona solicitante, el 16,07% de las valoraciones realizadas determina que la persona es autónoma, que no puede ser c
onsiderada en situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">La distribución de las valoraciones por grado de dependencia se ofrece a c
ontinuación.
class="Ningnestilodeprrafo">El Grado III supone el 28,94% de las valoraciones realizadas, el Grado II, el 28,14% y el Grado I, el 26,85%. C
omo vemos, más de la mitad de las valoraciones realizadas (el 57,08%) obtienen la gradación que da derecho a prestación (grados III y II).
class="Ningnestilodeprrafo">Dentro de c
ada grado, es siempre superior el porcentaje c
orrespondiente al Nivel 1, el de menor gravedad.
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto al perfil de la persona beneficiaria (con, al menos, una prestación asignada), los datos ofrecidos por el SISAAD sobre la distribución por sexo y edad se refieren al c
onjunto de la población española:
Mujeres | Hombres |
67% | 33% |
class="Ningnestilodeprrafo">Como puede apreciarse, el 67% de las personas beneficiarias c
on prestación son mujeres y más de un 76% del total superan los 65 años. Por otra parte, el 3,75% son menores de 18 años.
class="Ningnestilodeprrafo">Como avanzábamos, c
on relación al número de personas beneficiarias, en nuestra c
omunidad c
uentan c
on, al menos, una prestación 34.521 personas, el 80,99% de las personas c
on derecho a prestación. De modo que el 1,59% de la población vasca se beneficia de alguna de las prestaciones previstas en la LAAD.
class="Ningnestilodeprrafo">Del total de prestaciones asignadas (39.786) el 42,96% se registra en Gipuzkoa, el 37,10%, en Bizkaia, y el 19,94% en Álava.
class="Ningnestilodeprrafo">La ratio de prestaciones por persona beneficiaria en la C
APV es de 1,15 lo que la sitúa en la octava posición dentro del c
onjunto estatal aunque por debajo de la media (1,18). Por territorio histórico, Álava presenta la mayor ratio (1,35), seguida de Gipuzkoa (1,17) y de Bizkaia (1,05), en última posición.
A c
ontinuación, presentamos la distribución de las 39.786 prestaciones asignadas (servicios y prestaciones económicas) de acuerdo c
on la tipología establecida en el C
apítulo II de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia (LAAD):
class="Ningnestilodeprrafo">Advertimos una prevalencia c
lara de la prestación económica para c
uidados en el entorno familiar seguida de la atención residencial.
class="Ningnestilodeprrafo">Como ya hemos indicado, estos datos son los ofrecidos por el IMSERSO. Por las razones que en el próximo apartado explicaremos, parece más adecuado realizar el análisis de la distribución de las prestaciones, a la vista de los datos ofrecidos por el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco.
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto al servicio de prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal, hemos de señalar que el SISAAD no registra ningún servicio en la C
APV. Desde nuestro punto de vista, una serie de servicios y ayudas que se vienen ofreciendo en nuestra c
omunidad, incluso antes de la entrada en vigor de la LAAD, deberían enmarcarse en este apartado, por lo que la distribución general sería bien distinta. Nos estamos refiriendo a los servicios de atención temprana, los servicios relacionados c
on las ayudas técnicas o productos de apoyo, de adaptación de vivienda, etc., que analizamos en los apartados 2.10.1.a), 2.10.2.d), 3.12.0 y 3.12.9 de este informe.
class="Ningnestilodeprrafo">Por último, de acuerdo c
on los datos facilitados por la Tesorería General de la Seguridad Social, a 1 de octubre de 2010, en el País Vasco se habían resuelto 7.837 convenios especiales de c
uidadores/as no profesionales de personas en situación de dependencia: 1.132 en Álava (3,6 por c
ada 1.000 habitantes), 3.745 en Bizkaia (3,25 por c
ada 1.000 habitantes) y 2.960 en Gipuzkoa (4,19 c
onvenios por c
ada 1.000 habitantes)[63].
class="Ningnestilodeprrafo">b) Datos ofrecidos por el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco
class="Ningnestilodeprrafo">Según nos c
omunica el Departamento, los datos que ofrece el SISAAD c
orresponden a un c
iclo de solicitud que incluye únicamente la primera valoración y las prestaciones pautadas para esa primera valoración. La razón estriba en que, a la fecha de c
ierre de este informe, el Departamento no ha remitido todavía al IMSERSO las modificaciones operadas. Estas modificaciones son de dos tipos:
class="Ningnestilodeprrafo">– las relativas al Plan Individualizado de Atención: nuevos servicios o prestaciones pautadas, suspensión de las que se estaban disfrutando, modificaciones de la c
uantía en el c
aso de prestaciones económicas, etc.;
class="Ningnestilodeprrafo">– las que se refieren al grado y nivel reconocidos.
class="Ningnestilodeprrafo">Así pues, el Departamento nos ha facilitado los datos obtenidos a partir de sus ficheros –con las revisiones incluidas– advirtiéndonos de dos c
uestiones que han de tenerse en c
uenta a la hora de interpretarlos:
class="Ningnestilodeprrafo">– La depuración realizada c
on relación a los fallecimientos se sirve de los datos ofrecidos por el INE.
class="Ningnestilodeprrafo">– El número de prestaciones asignadas se c
orresponde c
on las prestaciones/servicios que han sido c
oncedidos durante el c
iclo de vida del expediente de un beneficiario. Es decir, por ejemplo, si a un beneficiario se le c
oncede una prestación económica para c
uidados en el entorno familiar y posteriormente se le suspende para ingresar en un c
entro residencial, se c
omputarían dos prestaciones, esto es, una PECEF y un servicio de atención residencial.
class="Ningnestilodeprrafo">La segunda c
uestión nos impide utilizar tales datos para el c
álculo de la ratio de prestaciones por persona beneficiaria. Sin embargo, sí vamos a hacer uso de ellos para c
onocer la gradación de las personas solicitantes c
orrespondiente a su última valoración y la distribución de todas las prestaciones que se han pautado en la C
APV:
Fuente: IMSERSO. Sistema de Información del SISAAD.
class="Ningnestilodeprrafo">Como puede apreciarse, el 37,56% de los dictámenes favorables de dependencia en la C
APV c
orresponden al Grado III; el 33,49% al Grado II y el 28,95% al Grado I. Por territorios, Bizkaia registra el mayor índice de valoraciones de Grado I (32,53%, frente al 26,90 de Gipuzkoa y el 24,96 de Álava) y Gipuzkoa el de valoraciones de Grado III (39,84%, frente al 37,50% de Álava y el 35,43 de Bizkaia). Álava es el único territorio en el que el índice de valoraciones de Grado II supera al de las de Grado I.
class="Ningnestilodeprrafo">Incluimos también los datos relativos a las prestaciones asignadas c
uyo análisis no ha de pasar por alto las matizaciones anteriormente realizadas.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a las prestaciones que disfruta la población en situación de dependencia, observamos una c
lara prevalencia de la prestación económica para c
uidados en el entorno familiar (41,90%). La segunda prestación más disfrutada es la atención residencial (20,72%) seguida del servicio de ayuda a domicilio (11,88%), el c
entro de día (11,15%) y la teleasistencia (9,65%). La prestación económica vinculada al servicio y la de asistencia personal tienen un peso muy inferior (2,38% y 2,32% respectivamente).
class="Ningnestilodeprrafo">Observamos las siguientes desviaciones remarcables respecto de esta distribución media:
class="Ningnestilodeprrafo">– El índice de atención residencial asignada es notablemente superior a la media en Bizkaia (29,46%) y marcadamente inferior en Álava (10,02%).
class="Ningnestilodeprrafo">– En Álava, el índice de prestación económica vinculada al servicio es marcadamente superior a la media (8,18%) y el de servicio de teleasistencia, inferior (7,76%).
class="Ningnestilodeprrafo">– El índice de servicio de ayuda a domicilio asignado (21,84%) es muy superior a la media, en Álava, y muy inferior en Bizkaia (2,40%).
class="Ningnestilodeprrafo">– La asignación de la prestación económica de asistencia personal sólo tiene una presencia destacable en Gipuzkoa, donde se registra el prácticamente 100% de las asignaciones.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Información ofrecida por Osakidetza-Servicio Vasco de Salud
class="Ningnestilodeprrafo">Como ya avanzábamos en el c
apítulo dedicado a la metodología, hemos dirigido una petición de información a Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, c
on el fin de c
onocer la evolución en la aplicación de la LAAD sobre el c
olectivo de personas c
on enfermedad mental, que están siguiendo tratamiento en los servicios de salud mental y al tiempo demandan la valoración de dependencia para tener acceso a otros recursos, servicios y prestaciones sociales.
class="Ningnestilodeprrafo">En c
oncreto, la petición a Osakidetza-Servicio Vasco de Salud se c
oncretaba en los siguientes aspectos:
class="Ningnestilodeprrafo">1. Datos que permitan determinar por territorio histórico, entre otros, el número de solicitudes de valoración de dependencia del c
olectivo de personas c
on enfermedad mental, grado de dependencia, servicios y prestaciones asignadas.
class="Ningnestilodeprrafo">2. Medidas adoptadas para facilitar el acceso al sistema de atención a la dependencia de las personas c
on enfermedad mental.
class="Ningnestilodeprrafo">3. Dificultades de aplicación de la LAAD en los distintos territorios.
class="Ningnestilodeprrafo">4. Posibles modificaciones en la LAAD.
class="Ningnestilodeprrafo">5. Nuevos recursos para atender a las necesidades del c
olectivo de personas c
on trastorno mental severo.
class="Ningnestilodeprrafo">6. Aspectos positivos de la LAAD.
class="Ningnestilodeprrafo">De la respuesta de Osakidetza-Servicio Vasco de Salud destacamos los siguientes extremos:
class="Ningnestilodeprrafo">– C
on relación a los datos solicitados, se nos indica que no es posible proporcionarlos en el momento de la petición, por su exhaustividad y por la propia dinámica organizativa de la atención en salud mental y su multiplicidad de recursos. Sin embargo, el Servicio se muestra dispuesto a fijar los indicadores pertinentes y elaborar un protocolo de recogida de información.
class="Ningnestilodeprrafo">– Nos señalan que, dadas las c
ompetencias asumidas por las diputaciones forales en materia de dependencia, la red de salud mental se limita a realizar una tarea informativa, proponiendo a la persona que solicite la valoración de dependencia y facilitándole los trámites para que acceda a dicha valoración. En el c
aso de las personas c
on trastorno mental severo, la valoración de dependencia se c
onsidera una prioridad.
class="Ningnestilodeprrafo">– En la red de salud mental se ha c
reado un instrumento de trabajo llamado plan individualizado de tratamiento (PIT) en el que se incluyen de forma integral los aspectos relacionados c
on el tratamiento de la persona c
on trastorno mental severo, entre ellos, las prestaciones derivadas de la LAAD y una c
onsideración sobre c
uáles deberían ser los recursos adecuados para la c
oncreta persona. Puede producirse un antagonismo entre el PIT y el PIA elaborado por la diputación foral. Si no se da la necesaria c
oordinación entre el ámbito social y el ámbito sanitario, pueden priorizarse aspectos distintos en la detección de las necesidades y generarse c
onflictos en c
uanto a c
uáles son los recursos idóneos para la persona en situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">– En opinión de Osakidetza, el baremo de valoración de la dependencia fue c
onfeccionado c
on una orientación hacia la discapacidad física y sensorial. C
omo c
onsecuencia, en el c
aso de personas c
on trastorno mental severo, "la valoración de dependencia es sistemáticamente escasa así c
omo los recursos asignados, lo que evidentemente frustra las expectativas derivadas de la aprobación de la ley y, en ocasiones, invierte las posibilidades de recursos".
class="Ningnestilodeprrafo">Sobre esta c
uestión, en igual sentido, la Diputación Foral de Bizkaia nos indicaba que la incidencia de la LAAD en el c
olectivo de personas por ellos tuteladas "ha sido verdaderamente escasa, no habiéndose detectado un incremento significativo en el derecho de servicios o prestaciones". El ente foral señalaba, para explicar este fenómeno, que el c
oncepto de dependencia utilizado por la ley define de forma explícita qué se entiende por apoyo para las actividades básicas de la vida diaria, sin embargo no aborda las necesidades de las personas c
on enfermedad mental que precisan "otros apoyos para su autonomía personal". Así, el baremo c
ontempla situaciones ligadas a la pérdida de autonomía física, intelectual o sensorial, pero no lo hace c
on las relativas a las personas c
on enfermedad mental. De ese modo –señala la Diputación– el resultado que se obtiene es muy diverso, hasta el punto de darse la c
ontradicción de que una persona declarada judicialmente incapaz por razón de enfermedad mental resulta declarada autónoma a los efectos de la LAAD, c
on el perjuicio que ello supone en el acceso a c
iertas prestaciones y servicios.
class="Ningnestilodeprrafo">– No obstante lo anterior, en su respuesta, Osakidetza realiza una valoración positiva de la LAAD por haber propiciado que las instituciones perciban determinadas realidades derivadas de la discapacidad c
omo responsabilidad propia, y la c
olaboración sociosanitaria e interinstitucional c
omo una labor ineludible, sin perjuicio de que no llegue a c
ubrir todas las expectativas generadas. Asimismo, c
onsidera que ha servido de acicate para la puesta en marcha de determinadas estructuras (minirresidencias) imprescindibles para la atención del c
olectivo de personas c
on trastorno mental grave.
class="Ningnestilodeprrafo">– A pesar del c
amino recorrido, es precisa una mayor implementación de recursos de inserción laboral para las personas c
on trastorno mental grave, pues dichos recursos son los más eficaces desde el punto de vista terapéutico y los que mejor c
ontribuyen a la superación del estigma y los prejuicios sociales. Se detecta también la necesidad de recursos residenciales, especialmente para personas de 40 a 60 años, c
omo alternativa a la institucionalización.
class="Ningnestilodeprrafo">– Sobre las dificultades apreciadas por Osakidetza c
on relación a la aplicación de la LAAD, reproducimos el c
ontenido íntegro de la información ofrecida por el Servicio Vasco de Salud:
class="Ningnestilodeprrafo">"La aplicación de la ley de dependencia y las c
onsecuencias que derivan de la misma están intensamente influenciadas por las c
ulturas, alianzas y proyectos c
omunes entre el Departamento de Sanidad/Osakidetza y las diputaciones forales c
orrespondientes. Aun existiendo un C
onsejo Vasco de Atención Sociosanitaria, c
on sus c
orrespondientes c
omisiones de c
oordinación territorial, en donde se puede pactar y elaborar la política de atención sociosanitaria y dar desarrollo al plan estratégico, finalmente en c
ada territorio la c
omprensión e interpretación de c
uáles son los ámbitos de c
ompetencia no son siempre c
omunes. Hay dos c
uestiones diferenciadas:
class="Ningnestilodeprrafo">a) La aplicación del baremo de dependencia y la valoración de la misma, que es similar en todos los territorios.
class="Ningnestilodeprrafo">b) La implementación de recursos necesarios derivados de la situación de dependencia, generalmente de c
arácter sociosanitario, y la participación en la financiación de los mismos. En este sentido sí hay diferencia entre los territorios.
class="Ningnestilodeprrafo">Si ponemos c
omo base el acuerdo de reubicación de pacientes psiquiátricos a estructuras sociales normalizadas, que se firmó por parte del C
onsejo Vasco de Atención Sociosanitaria en enero del año 2005, el desarrollo del mismo ha sido radicalmente diferente, siendo Bizkaia el único territorio en el que las c
onclusiones del acuerdo se han llevado a c
abo; en Gipuzkoa no ha habido solicitudes (al no haber hospitales psiquiátricos públicos) y en Araba no ha habido acuerdo de reubicación por distintas c
uestiones que han llevado a posponer dicho acuerdo a la c
onsecución de otros temas.
class="Ningnestilodeprrafo">En Bizkaia hay una c
ompresión de la interrelación sociosanitaria y una percepción de que la financiación de estructuras es algo propio y que deriva de la aplicación de la ley de dependencia. El Plan de reubicación de pacientes psiquiátricos ha externalizado más de 50 pacientes desde el año 2005 y se ha c
onstruido la minirresidencia de Galdames que junto a todas las plazas de pisos protegidos que se mantienen en régimen de c
ofinanciación, son algunos de los ejemplos de implicación en el desarrollo c
ompartido de la ley de dependencia dentro del espacio sociosanitario.
class="Ningnestilodeprrafo">En Gipuzkoa la situación es similar a la de Bizkaia, c
on la c
onstrucción y c
ofinanciación de minirresidencias y otro tipo de c
entros de ámbito sociosanitario.
class="Ningnestilodeprrafo">En Araba, la situación en lo que respecta a la percepción c
onjunta de necesidades es distinta y, aunque hay c
omunicación, las estructuras no siempre reflejan un c
onsenso c
omún. El plan de reubicación no ha tenido ninguna salida y las personas en situación de dependencia y que ya no deberían forman parte del ámbito sanitario por la ausencia de sintomatología siguen en él, al estar c
erradas las salidas a otras situaciones más normalizadas".
class="Ningnestilodeprrafo">d) Información ofrecida por la Oficina de Trabajo Social de la Red de Salud Mental de Álava-Osakidetza
class="Ningnestilodeprrafo">La Oficina de Trabajo Social de la Red de Salud Mental de Álava-Osakidetza nos ha aportado información de gran interés sobre el impacto de la LAAD en las personas c
on enfermedad mental atendidas en la Red de Salud Mental de Álava.
class="Ningnestilodeprrafo">Destacamos, a c
ontinuación, las c
uestiones más relevantes:
class="Ningnestilodeprrafo">– La entrada en vigor de la ley ha modificado el modo de acceso de las personas c
on enfermedad mental (PCEM) a los servicios sociales que presta el Instituto Foral de Bienestar Social de Álava (IFBS).
class="Ningnestilodeprrafo">– La aplicación efectiva de esta ley está suponiendo una reorganización de las estructuras que lleva c
onsigo un largo tiempo de impasse, razón por la que no se están pudiendo ocupar las plazas libres de muchos alojamientos de personas c
on enfermedad mental c
oncertados c
on el IFBS.
class="Ningnestilodeprrafo">– La herramienta de valoración empleada no recoge adecuadamente las limitaciones y dificultades para la vida autónoma que tienen las personas c
on enfermedad mental. El baremo utilizado se c
entra principalmente en las dificultades funcionales, mientras que las limitaciones de estas personas están, más a menudo, relacionadas c
on la iniciativa y la motivación. Las adaptaciones que c
ontempla el baremo para discapacidad intelectual y enfermedad mental respecto al desempeño de tareas no resultan eficientes para valorar la necesidad de apoyo externo o dependencia de terceros.
class="Ningnestilodeprrafo">– Un notable porcentaje del c
olectivo ha sido valorado en el grado de dependencia I; ello les impide acceder a los recursos residenciales públicos o c
oncertados. Se trata de un problema muy grave pues gran parte de este grupo presenta una inmediata necesidad de alojamiento.
class="Ningnestilodeprrafo">– La prioridad en función del grado de dependencia a la hora de acceder a los recursos y la limitada oferta de servicios dificultan el acceso a recursos no residenciales c
omo talleres ocupacionales, atención diurna, etc.
class="Ningnestilodeprrafo">– Es preocupante la situación de las personas c
on enfermedad mental de más de 60 años. Llegadas a esta edad, los recursos específicos de salud mental dejan de ofrecerles c
obertura, pero su acceso a la atención residencial pública de la tercera edad se torna imposible por las siguientes razones:
class="Ningnestilodeprrafo">a) las plazas están ocupadas por grandes dependientes funcionales;
class="Ningnestilodeprrafo">b) en pocas ocasiones se les reconoce c
omo grandes dependientes, pues presentan un deterioro c
ognitivo y sociofamiliar mayor que el funcional;
class="Ningnestilodeprrafo">c) la habitual ausencia de bienes, sus bajas pensiones o la ausencia de apoyo económico familiar no les permite acceder a los recursos residenciales privados.
class="Ningnestilodeprrafo">– La nueva ley reconoce el derecho a una serie de recursos que, en el c
aso de las personas dependientes por su enfermedad mental, no existen o son insuficientes. De ahí la necesidad de impulsar la c
reación de:
class="Ningnestilodeprrafo">a) unidades sociosanitarias para personas mayores c
on enfermedad mental y para otras que no tienen c
abida en los actuales recursos;
class="Ningnestilodeprrafo">b) c
entros ocupacionales;
class="Ningnestilodeprrafo">c) c
entros de día y de noche;
class="Ningnestilodeprrafo">d) apoyo socioeducativo en el hogar;
class="Ningnestilodeprrafo">e) acompañamiento de apoyo, también a los que se encuentran en residencias.
class="Ningnestilodeprrafo">– Es necesario apoyar a las familias que c
uidan a personas c
on enfermedad mental c
on recursos intermedios y apoyo domiciliario.
class="Ningnestilodeprrafo">– Es preciso equiparar la oferta de servicios de las residencias para salud mental a la existente en residencias de tercera edad (actividades ocupacionales, rehabilitadoras, c
uidados sanitarios, etc.).
class="Ningnestilodeprrafo">– En Álava, todos los recursos están c
entralizados en Vitoria; ello obliga a desarraigar a las personas usuarias de su medio rural, salvo en el c
aso del Valle de Ayala, donde existen recursos gestionados por ASASAM (Asociación Ayalesa de Familiares y Enfermos Psíquicos): c
entro ocupacional y atención residencial. Es necesario dotar al resto de c
uadrillas de Álava de recursos propios para las personas c
on enfermedad mental.
class="Ningnestilodeprrafo">– La prestación económica vinculada al servicio es de imposible aplicación, pues los alojamientos privados utilizados en Salud Mental hasta ahora están desapareciendo y los pocos que quedan c
arecen de la homologación requerida.
class="Ningnestilodeprrafo">e) Información ofrecida por EUDEL-Asociación de Municipios Vascos
class="Ningnestilodeprrafo">En opinión de EUDEL, desde la entrada en vigor de la LAAD, los servicios sociales municipales, c
omo puerta de entrada al Sistema Vasco de Servicios Sociales, han desempeñado, además de su tarea de información, valoración y orientación a la c
iudadanía, una labor indiscutible de gestión de la oferta de los servicios que el c
atálogo ofrece.
class="Ningnestilodeprrafo">Sobre el impacto generado por la LAAD en el ámbito municipal, la Asociación de Municipios Vascos nos indica:
class="Ningnestilodeprrafo">"Es indudable que en el tiempo que llevamos desde la puesta en marcha de este nuevo marco de protección se ha producido un incremento de la demanda de información, valoración y gestión de recursos e intervención social. Por este motivo, podríamos diferenciar dos impactos diferentes:
class="Ningnestilodeprrafo">1.- Por un lado, un impacto que no se suele medir pero que tiene gran importancia en los servicios sociales municipales, es el relativo a todas las personas interesadas que acuden a éstos para informarse de los derechos que puedan c
orresponderles por medio de esta Ley, a ellas o a sus allegados, en aparente situación de dependencia (lo c
ual no significa que todas estas personas tengan posteriormente derecho a las prestaciones del SAAD). Todo ello, a pesar de que la ley no se refiera expresamente a la función de información, supone una importante c
arga de trabajo para las estructuras de servicios sociales, y sin olvidar que en su c
onsideración de puerta de acceso al sistema de servicios sociales gestionan en varias de sus fases procedimentales el acceso a recursos ajenos a la c
ompetencia municipal.
class="Ningnestilodeprrafo">Tal función que ya se venía realizando, se ha visto incrementada, no obstante, c
on el notable impulso que la ley ha ofrecido al elevarlo a la c
ategoría de derecho. La mayor dedicación de las estructuras de servicios sociales municipales a esta tarea, por el c
ontrario, no viene acompañada de la dotación económica c
orrespondiente.
class="Ningnestilodeprrafo">En este sentido, c
on la entrada en vigor de la ley, en enero de 2007, muchos servicios sociales municipales vieron desbordadas sus dependencias por el aumento en la demanda, ya que a las personas que solicitaban la valoración de la dependencia para poder acceder a un recurso determinado (centro de día, ingreso residencial...), se sumaron aquellas personas que solicitaban la valoración de la dependencia para poder acceder a las diferentes prestaciones económicas (especialmente la prestación económica para c
uidados en el entorno familiar). (...)
class="Ningnestilodeprrafo">2.-El segundo impacto se produce por la propia aplicación de la ley.
class="Ningnestilodeprrafo">En este sentido, las dificultades en la organización de los servicios sociales municipales se han visto agravadas por la falta de apoyo económico de la instancia promotora del SAAD a las estructuras municipales. A este respecto, c
abe recordar que a pesar de que en el artículo 32 de la LAAD, relativo a la financiación del Sistema, hace referencia a que la Administración General del Estado garantizará la c
obertura del nivel de protección mínimo garantizado para c
ada persona beneficiaria del Sistema, la realidad es que esta aportación económica c
ubre una pequeña parte de los c
ostes derivados de la aplicación de la ley.
class="Ningnestilodeprrafo">El servicio de ayuda a domicilio (SAD), es uno de los servicios de gestión municipal que más se demanda entre la c
iudadanía por ser un recurso que mantiene a la persona dependiente en su propio entorno, y las horas de prestación del servicio se pueden ajustar a las necesidades reales de las personas usuarias. Sin embargo, esta flexibilidad se ha visto afectada por las intensidades mínimas establecidas en la normativa de desarrollo que no tiene en c
uenta las necesidades reales, ni si la persona demandante c
uenta c
on apoyos de la red formal, ni el c
opago que estas personas tienen que afrontar.
class="Ningnestilodeprrafo">Por otro lado, es preciso traer a c
olación que el precio/hora que los ayuntamientos vascos están abonando en estos momentos por la gestión y el mantenimiento del servicio de ayuda a domicilio, es notablemente superior a los del resto del Estado, situándose en estos momentos a la c
abeza en c
uanto al c
oste horario del servicio que c
asi viene a triplicar la c
uantía que desde el SAAD se financia".
class="Ningnestilodeprrafo">Sobre la implantación de la LAAD en los tres territorios históricos, EUDEL nos señala:
class="Ningnestilodeprrafo">"La implantación de la ley se ha ido desarrollando de forma desigual en los tres territorios, ya que al no haber habido ninguna instancia c
omún que haya c
oordinado las acciones, han sido las diputaciones forales las c
ompetentes para el establecimiento del procedimiento de valoración de la dependencia y de gran parte de los servicios incluidos en el c
atálogo del SAAD.
class="Ningnestilodeprrafo">Del mismo modo, la c
oordinación interinstitucional es materia pendiente en servicios sociales, y c
omo en otras c
uestiones, se ha desarrollado de manera diferente en los tres territorios.
class="Ningnestilodeprrafo">Es a partir de este momento en el que se está desarrollando normativamente la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, c
uando se deberían establecer los mecanismos de c
oordinación que puedan garantizar un equilibrio territorial en materia de servicios sociales, incluyendo los temas relativos a la dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">En este sentido, en el artículo 7 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, referente a los principios por los que se rige la ley, c
abe destacar los apartados c
) y h), relativos a la igualdad y equidad, y c
oordinación y c
ooperación respectivamente.
class="Ningnestilodeprrafo">En el apartado c
) relativo a la igualdad y equidad, se determina que las administraciones públicas vascas deberán garantizar la c
obertura de prestaciones y servicios, la distribución homogénea de los recursos, así c
omo el acceso a los recursos y prestaciones c
on c
riterios de equidad.
class="Ningnestilodeprrafo">Asimismo, en el apartado h) relativo a la c
oordinación y c
ooperación se establece que las administraciones públicas vascas actuarán en c
ooperación y c
oordinación entre sí.
class="Ningnestilodeprrafo">Bajo estas mismas premisas se puede entender el artículo 79 de la mencionada ley que hace referencia al Sistema Vasco de Información sobre Servicios Sociales, se pretende dar un paso más allá del nivel territorial y tratar de c
onseguir una unificación de la información, de manera c
oordinada entre el Gobierno Vasco, las tres diputaciones forales, los ayuntamientos y las entidades privadas. Este proceso se acaba de iniciar y su desarrollo está previsto que dure 2 años.
class="Ningnestilodeprrafo">Paralelamente y en c
oncreto en relación al servicio de ayuda a domicilio, desde EUDEL se ha iniciado un proceso de estudio y valoración de un baremo de acceso para la determinación de los niveles de atención, que trate de unificar estos c
riterios a nivel municipal en los tres territorios. Este estudio, se está desarrollando por el SIIS y se encuentra en fase de validación.
class="Ningnestilodeprrafo">Entendemos que la existencia de herramientas que faciliten el trasvase de datos e información entre las diferentes instituciones es absolutamente necesaria, tanto para agilizar los trámites administrativos de c
ara a las personas usuarias del sistema, así c
omo para c
rear un Sistema Vasco de Servicios Sociales c
onsolidado que evite las desigualdades entre territorios".
class="Ningnestilodeprrafo">La Asociación de Municipios Vascos subraya que la principal dificultad a la que los Ayuntamientos se han tenido que enfrentar en la aplicación de la LAAD "ha sido y sigue siendo la falta de financiación para la aplicación de la misma". En su opinión, "los ayuntamientos se han visto obligados a asumir las atribuciones establecidas por la gestión de una ley c
on el aumento de la c
arga de trabajo que ello supone, pero sin transferir los recursos económicos suficientes para su desarrollo.
class="Ningnestilodeprrafo">EUDEL viene defendiendo la suficiencia financiera de los municipios ante la entrada en vigor de normas que les atribuyen c
ompetencias y para ello exige que tales normas articulen mecanismos de financiación municipal para su desarrollo, c
on el fin de que los derechos adquiridos por la c
iudadanía se vean garantizados.
class="Ningnestilodeprrafo">A la falta de financiación añade la Asociación de Municipios Vascos la falta de información sobre los impactos de la implantación de la ley en el ámbito local y asegura que "no se tienen en c
uenta los esfuerzos necesarios para desarrollar y gestionar las tareas encomendadas en la norma a los entes locales, lo que deja entrever una falta de planificación a la hora de hacer política sin c
ontar c
on los agentes implicados y las necesidades que éstos puedan tener: formación del personal técnico municipal antes de la entrada en vigor de la ley, financiación suficiente para afrontar las c
ompetencias atribuidas, etc.".
class="Ningnestilodeprrafo">Añade que "en la actualidad nos encontramos en un momento c
rucial en la estructuración del sistema prestacional vasco c
on el desarrollo normativo de tres leyes fundamentales para dicha estructuración: la Ley de Servicios Sociales, la Ley de Familia y la Ley para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social; ante los c
ambios en el marco de referencia en materia de servicios sociales, que obligan a la asunción por los gobiernos locales de nuevas funciones y c
onsecuentemente a la prestación de nuevos servicios, c
entros, prestaciones económicas y demás recursos sociales, y a una mayor intensidad y c
obertura de los mismos, así c
omo un c
onsiderable incremento en la gestión, el sistema de financiación de los servicios municipales debe necesariamente verse alterado". Y por ello c
oncluye que "como c
onsecuencia de esa nueva atribución de c
ompetencias sería necesario redefinir las fórmulas de la asignación de recursos económicos a los gobiernos locales para la adecuada c
umplimentación de las obligaciones que se derivan de la asunción de nuevas funciones operadas por los c
ambios normativos descritos".
class="Ningnestilodeprrafo">Ante esta nueva ordenación EUDEL nos indica que los servicios sociales municipales van a tener que gestionar tanto prestaciones y servicios del sistema de servicios sociales, c
omo del sistema de garantía de ingresos y del sistema de la dependencia. Ello, unido, en su opinión, a que juegan un papel estratégico en la materialización del derecho subjetivo exigible a los servicios sociales y a que son la puerta de entrada al sistema y su elemento básico, "hace preciso optar por fórmulas de c
ofinanciación o de c
oparticipación del resto de las instituciones en la financiación de los servicios sociales municipales".
class="Ningnestilodeprrafo">Por último, la Asociación de Municipios Vascos destaca la necesaria c
oordinación de las actuaciones de las administraciones c
on responsabilidades en materia de servicios sociales, y demanda que los municipios sean partícipes y protagonistas en c
lave de igualdad en el diseño de las políticas sociales.
class="Ningnestilodeprrafo">f) Información y datos ofrecidos por las tres diputaciones forales
class="Ningnestilodeprrafo">La información facilitada por las diputaciones forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa ha sido la principal fuente de nuestro informe. C
orresponde a los ejercicios 2007, 2008 y 2009, lo que nos permite c
onocer la evolución operada desde la entrada en vigor de la LAAD, el 1 de enero de 2007. La información acumulada ofrecida por las diputaciones de refiere a los datos extraídos a 1 de octubre de 2010. En los apartados siguientes (3.1. a 3.17.) sistematizamos esta información y la analizamos.
class="Ningnestilodeprrafo">[59] C
uando indicamos que la solicitud ha obtenido un dictamen queremos expresar que la Administración se ha pronunciado sobre la valoración de dependencia de la persona solicitante, bien c
onsiderándola autónoma, bien determinando el grado y nivel de dependencia que presenta.
class="Ningnestilodeprrafo">[60] Fecha de extracción de los datos desagregados por territorio histórico, realizada por el IMSERSO.
class="Ningnestilodeprrafo">[61] La depuración, en el c
aso del País Vasco, no es total, c
omo se explica en el apartado b) relativo a los datos facilitados por el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco.
class="Ningnestilodeprrafo">[62] Población referida al 1 de enero de 2009. C
APV: 2.172.175; Álava: 313.819; Bizkaia: 1.152.658 y Gipuzkoa: 705.698 (fuente: INE).
class="Ningnestilodeprrafo">[63] En algunos c
asos, los/as c
uidadores/as no profesionales no tienen la obligación de suscribir este c
onvenio (por ejemplo, si ya se encuentran afiliados a la Seguridad Social c
omo pensionistas) o pueden estar atendiendo a más de una persona en situación de dependencia. Ello y el hecho de que se c
ompute la PECEF a pesar de que ésta pueda ser sustituida por una atención residencial explica que estas c
ifras no c
oincidan c
on las c
orrespondientes a las PECEF asignadas.
3.1. Solicitudes de valoración de la situación de dependencia
3.1.1. Las solicitudes registradas
class="Ningnestilodeprrafo">A c
ontinuación, ofrecemos la información relativa al número de solicitudes de valoración y reconocimiento de la situación de dependencia, registradas en c
ada uno de los territorios históricos que c
onforman la C
APV, para los ejercicios 2007, 2008 y 2009. C
omo en estos valores se incluyen también las solicitudes de revisión de la valoración inicial, la información nos da idea del volumen de trabajo al que han tenido que hacer frente las tres diputaciones forales, c
omo c
onsecuencia de la puesta en marcha de la LAAD.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa amplía la información ofrecida indicando que, además de las solicitudes señaladas, que c
orresponden a valoraciones efectuadas por aplicación del Baremo de Valoración de la Dependencia (en adelante, BVD), se recibieron 2.025 solicitudes de valoración RAI[64] en el 2007 y 8.706 solicitudes en el año 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">Advertimos que tanto en Gipuzkoa c
omo en Bizkaia el número de solicitudes registradas aumentó en 2008 y disminuyó en 2009, presentando en este año valores ligeramente superiores a los registrados en 2007. Las tendencias apuntadas resultaron más acusadas en Gipuzkoa. En el c
aso de Álava, el total anual de solicitudes recibidas fue disminuyendo paulatinamente.
class="Ningnestilodeprrafo">De acuerdo c
on los datos ofrecidos por las tres diputaciones forales, a fecha 1 de julio de 2010, el total de las solicitudes registradas en la C
APV desde la entrada en vigor de la LAAD era de 117.300[65]. A c
ontinuación, ofrecemos el total desagregado por territorios:
class="Ningnestilodeprrafo">Es c
iertamente reseñable la proporción que presenta el territorio histórico de Gipuzkoa (un 43,67%) c
uya población es muy inferior a la de Bizkaia.
class="Ningnestilodeprrafo">[64] Véase apartado 2.9.d) del c
apítulo II de este informe.
class="Ningnestilodeprrafo">[65] En los apartados 3.0.b) y 1.3. de este informe analizábamos las c
ausas de las diferencias entre los datos publicados por el SISAAD, los ofrecidos por el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco y los remitidos por las tres diputaciones forales.
3.1.2. Las personas solicitantes y la proporción que representan c
on relación a la población de c
ada territorio histórico
class="Ningnestilodeprrafo">En las siguientes tablas y gráficos se ofrece información sobre el número de personas solicitantes de la valoración y, en su c
aso, reconocimiento de la situación de dependencia, en c
ada territorio histórico, respecto de los tres ejercicios referidos.
class="Ningnestilodeprrafo">Dada la desigual distribución de la población existente en nuestra c
omunidad autónoma, analizaremos estos datos c
on relación al número de habitantes de c
ada territorio histórico.
class="Ningnestilodeprrafo" align="center">* Fuente: INE. C
ifras de población y c
ensos demográficos.
class="Ningnestilodeprrafo">De acuerdo c
on los datos facilitados por las diputaciones, en 2007, el 1,45% de la población vasca solicitó el reconocimiento de su situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del SAAD. Por territorios, Álava presentó el porcentaje más alto de personas solicitantes respecto a su población (1,98%), seguido de Gipuzkoa (1,88%). Sin embargo, el porcentaje de Bizkaia fue marcadamente inferior: 1,06%.
class="Ningnestilodeprrafo">En 2008 se produce una disminución del porcentaje para el c
onjunto de la C
APV (de un 1,45%, en 2007, a un 1,37%, en 2008). Es reseñable la disminución en Álava (del 1,98%, en 2007, al 1,49%, en 2008).
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere al año 2009, los parámetros se mantienen c
onstantes en Bizkaia y disminuyen de manera notable en Gipuzkoa (de un 1,83% a un 1,21%). Álava también registra una c
lara disminución (de un 1,49% a un 1,13%). El porcentaje de solicitudes respecto a la población total de la C
APV desciende del 1,37%, registrado en 2008, al 1,12% de 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">De acuerdo c
on los datos ofrecidos por las diputaciones forales, desde la entrada en vigor de la ley, el 1 de enero de 2007, hasta el 1 de julio de 2010, 98.673 personas han solicitado el reconocimiento de su situación de dependencia. La distribución por territorios se expone a c
ontinuación:
class="Ningnestilodeprrafo">La mayor proporción c
orresponde a Gipuzkoa, donde el 5,39% de su población ha solicitado el reconocimiento de la situación de dependencia. Este porcentaje es menor en Álava (4,93%). El valor registrado en Bizkaia es el menor de la C
omunidad: un 3,92%.
class="Ningnestilodeprrafo">Poniendo en relación estos datos, referidos a las personas solicitantes, c
on los que en el anterior apartado ofrecíamos sobre solicitudes registradas, observamos que, en el c
aso de Gipuzkoa, el número de personas solicitantes tan sólo representa un 74,25% del total de solicitudes registradas (frente al 89,85% registrado en Bizkaia o el 97,88% de Álava). Ello da muestra del mayor volumen de revisiones que presenta el territorio guipuzcoano.
class="Ningnestilodeprrafo">En el presente apartado presentamos los datos proporcionados por las tres diputaciones forales sobre el número de valoraciones realizadas por c
ada una de ellas en los años 2007, 2008 y 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">El número total de las valoraciones realizadas c
orresponde a la suma de las que se realizan por homologación –en virtud de la D.A. 9ª de la LAAD, sobre la efectividad del reconocimiento de las situaciones vigentes de gran invalidez y de necesidad de ayuda de tercera persona– y las efectuadas por aplicación del Baremo de Valoración de Dependencia (BVD) c
onforme al Real Decreto 504/2007, de 20 de abril[66].
class="Ningnestilodeprrafo">Destacamos el porcentaje que supone el c
onjunto de dictámenes desfavorables sobre el total de las valoraciones realizadas por aplicación del BVD.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava nos indica "que desde que se puso en marcha el proceso de valoración de la dependencia (abril de 2007) hasta finales del año 2008 se habían presentado un total de 1.166 reclamaciones, de las c
uales 1.106 habían sido estimadas; la mayoría de las reclamaciones estimadas fueron motivadas porque las personas solicitantes no estaban de acuerdo c
on la valoración obtenida por homologación, por c
ontar c
on ayuda de tercera persona, c
on lo que fue necesario realizar una valoración vía BVD".
class="Ningnestilodeprrafo">Señala, además, que en el año 2007 se realizaron en Álava numerosas homologaciones, siguiendo los c
riterios de la disposición adicional primera del Real Decreto 504/2007, de 20 de abril (conocidos c
omo "pasarelas"), c
on el c
onvencimiento de que se producía un beneficio para las personas c
on discapacidad que c
umplían los requisitos, ya que, rápidamente, se les asignaba un grado de dependencia c
on el que podrían acceder directamente al c
onjunto de prestaciones del SISAAD. Pese a ello, desde el principio, se dieron instrucciones a todos los servicios sociales de base, forales y municipales, para que orientasen e instasen a estas personas a realizar una solicitud de valoración, toda vez que los datos de los expedientes obrantes en el órgano foral podían no estar actualizados (sólo c
uentan c
on expedientes actualizados c
uando las personas afectadas se dirigen al c
entro de valoración a notificar los c
ambios –nos aclaran–) y se podrían dar situaciones de personas que habían obtenido un grado de dependencia por aplicación de la "pasarela de ayuda de tercera persona (ATP)" inferior al que les resultaría de la aplicación del BVD. Por ello –añaden– posteriormente fueron valoradas c
on el BVD la práctica totalidad de estas personas. Si del resultado de la valoración BVD resultaba un grado o nivel inferior al de la homologación, se mantenía el de la homologación y, por el c
ontrario, si se obtenía un grado superior, éste era el que se fijaba en el reconocimiento.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación nos aclara que estas c
ircunstancias se produjeron durante el primer año pero que a partir de mediados del año 2008, "prácticamente no se ha venido realizando ninguna homologación, puesto que se utiliza el BVD (o EVE, en su c
aso) para todas las personas. Únicamente hay 3 supuestos en los que se siguen produciendo homologaciones por ATP, por ser la única manera en la que algunas personas pueden acceder a las prestaciones:
class="Ningnestilodeprrafo">– personas perceptoras de Pensión No C
ontributiva,
class="Ningnestilodeprrafo">– personas perceptoras de la asignación por hijo a c
argo del INSS y
class="Ningnestilodeprrafo">– personas en baja maternal (por niños/as c
on dependencia)".
class="Ningnestilodeprrafo">Así pues, nos c
onfirma que "en los dos últimos años únicamente se vienen efectuando unos seis c
asos de homologación anuales; sin embargo, por un error ya detectado en su sistema informático (y que se encuentra en proceso de solución), el sistema sigue c
onsiderando c
omo homologaciones los c
asos de personas que luego han sido valoradas por el BVD".
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa nos indica que, por motivos técnicos, hasta 2009 no ha sido posible la aplicación de la homologación de ATP, y que durante dicho año se han realizado las homologaciones c
on efectos retroactivos. Del total de valoraciones realizadas por homologación (5.671), 620 (553 c
orrespondientes a 2007 y 67 a 2008), es decir, un 10,93% no han obtenido el reconocimiento de la situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de Bizkaia, la Diputación nos aclara que únicamente aplicaron la homologación a las personas que tenían reconocido el c
omplemento de la necesidad del c
oncurso de otra persona (ATP) c
on una puntuación superior a 45, lo que automáticamente les situaba en una Grado III Nivel 2 de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">El volumen de valoraciones realizadas por la Diputación Foral de Gipuzkoa es especialmente reseñable. En este territorio, de manera similar en los tres ejercicios analizados, en torno al 12-14% de las valoraciones BVD realizadas reciben un dictamen desfavorable. Entendemos por dictamen desfavorable aquel por el que se determina que la persona no se encuentra en situación de dependencia, por no alcanzar un resultado final de 25 puntos tras serle aplicado el baremo. En los c
asos de Álava y Bizkaia el incremento de este porcentaje en el tiempo es remarcable. Así, en ambos c
asos, se pasa de una situación, en 2007, en la que el porcentaje no supera el 9%, a rebasar el 24%, en 2009. Sin embargo, en el c
aso de Bizkaia, estos datos han de tomarse c
on la debida c
autela, pues nos c
omunica la Diputación que, en los datos aportados sobre dictámenes desfavorables, han incluido las denegaciones y los desistimientos, además de las valoraciones c
omo personas autónomas.
class="Ningnestilodeprrafo">Como ya hemos indicado en el c
apítulo relativo al marco jurídico, la Diputación Foral de Álava no utiliza ningún otro baremo para la valoración de dependencia; la Diputación Foral de Gipuzkoa utiliza, además, la valoración RAI para el acceso a algunos servicios forales en su territorio (atención residencial y c
entro de día para personas mayores). En Bizkaia, hasta la entrada en vigor del nuevo Decreto 162/2009, se venía aplicando de modo c
omplementario este segundo instrumento de valoración; el ya derogado Decreto Foral 74/2007 establecía que la resolución de valoración de la dependencia había de pronunciarse sobre el resultado de ambos instrumentos de valoración.
class="Ningnestilodeprrafo">Por último, presentamos los datos relativos al número de personas valoradas desde la entrada en vigor de la LAAD (el 1 de enero de 2007) hasta el 1 de julio de 2010. Destacamos el porcentaje que suponen las personas que no obtienen un reconocimiento de su situación de dependencia, es decir, aquellas que, tras la valoración, han sido c
onsideradas autónomas por no reunir la puntuación precisa.
class="Ningnestilodeprrafo">Por tanto, según los datos ofrecidos por las diputaciones forales, en Álava, el 98,59% de las personas solicitantes a fecha 1 de julio de 2010 (15.488 según indicábamos en el apartado anterior) habían sido ya valoradas. Este porcentaje desciende al 94,98%, en el c
aso de Gipuzkoa, y a un 93,02%, en Bizkaia.
class="Ningnestilodeprrafo">Como podemos apreciar, el 16,35% de las personas valoradas en la C
APV son alavesas, el 38,68%, guipuzcoanas, y el 44,97%, vizcaínas. Si estos datos los ponemos en relación c
on el número de habitantes de c
ada territorio histórico, resulta que en Gipuzkoa, la tasa de personas valoradas por c
ada 1.000 habitantes es de 51,19; en Álava de 48,66 y en Bizkaia de 36,44.
class="Ningnestilodeprrafo">Los territorios históricos de Gipuzkoa y Álava presentan un porcentaje muy semejante de personas que no obtienen reconocimiento de la situación de dependencia (14,48% en el c
aso de Gipuzkoa y 14,42%, en el de Álava). Sin embargo, el registrado en Bizkaia es muy superior: 20,50%. En los términos antes expresados, esto hace que, por 1.000 habitantes, la tasa de personas reconocidas en situación de dependencia sea de 43,77 en Gipuzkoa, 41,64 en Álava y 28,97 en Bizkaia. Esta última tasa resulta llamativamente baja.
class="Ningnestilodeprrafo">[66] Disposición adicional primera del Real Decreto 504/2007, de 20 de abril: Efectividad del reconocimiento de las situaciones vigentes de gran invalidez y de la necesidad del c
oncurso de otra persona.
1. A efectos de lo previsto en la disposición adicional novena de la Ley, a las personas que tengan reconocido el c
omplemento de gran invalidez, se les reconocerá la situación de dependencia, c
on el grado y nivel que se determine mediante la aplicación del baremo establecido en el artículo anterior, garantizando en todo c
aso el grado I dependencia moderada, nivel I.
2. Asimismo, a las personas que tengan reconocido el c
omplemento de la necesidad del c
oncurso de otra persona, determinado según el baremo del anexo 2 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y c
alificación de grado de minusvalía, se les reconocerá el grado y nivel que les c
orresponda, en función de la puntuación específica otorgada por el c
itado baremo, de acuerdo c
on la siguiente tabla:
De 15 a 29 puntos: Grado I de dependencia, nivel 2.
De 30 a 44 puntos: Grado II de dependencia, nivel 2.
De 45 a 72 puntos: Grado III de dependencia, nivel 2.
3. Las personas que tengan reconocida la necesidad de asistencia de tercera persona, de acuerdo c
on el anexo 2 del Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, c
ontinuarán disfrutando de todos los efectos jurídicos de dicho reconocimiento, c
uando deban acreditarlo ante c
ualquier Administración o entidad pública o privada, en tanto no les sea reconocido el grado y nivel de dependencia que le c
orresponda c
onforme al presente baremo.
4. En los supuestos recogidos en los números anteriores de esta disposición adicional, el reconocimiento de la situación de dependencia, c
on el grado y nivel que se determine mediante la aplicación del baremo establecido en este real decreto, se realizará por los órganos c
orrespondientes, a instancias de la persona interesada o su representante legal.
class="Ningnestilodeprrafo">3.2.2.1. A la vista de las opiniones emitidas por los c
olectivos afectados c
on relación al trabajo de valoración desempeñado por los servicios forales (capítulo 4 de este informe), esta institución solicitó información a las diputaciones forales sobre los mecanismos habilitados para garantizar la c
ualificación, en materia de dependencia, de las y los profesionales que c
onforman los equipos de valoración, así c
omo de quienes realizan las entrevistas en el domicilio de la persona solicitante. Nos interesaba c
onocer el perfil de estos/as profesionales, qué c
ursos de formación sobre dependencia y discapacidad, dirigidos a tales profesionales, se habían organizado y/o subvencionado por los entes forales, y si existían c
ontactos formales de los equipos de valoración c
on las entidades sociales representantes de los distintos c
olectivos de personas c
on discapacidad o en situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">En la respuesta recibida de la Diputación Foral de Álava se afirma que la c
ualificación y adecuación al puesto de los profesionales valoradores se ha garantizado desde el Instituto Foral de Bienestar Social (IFBS) mediante los siguientes mecanismos:
class="Ningnestilodeprrafo">– Antes de la c
onstitución del equipo de valoración, se definieron las c
aracterísticas técnicas y profesionales del trabajo que habían de realizar y de los perfiles académicos que mejor se adecuaban a dichas c
aracterísticas. Se optó por profesionales del área del c
onocimiento de las c
iencias de la salud y se formó un equipo de c
arácter multidisciplinar de diplomados universitarios en enfermería, fisioterapia y terapia ocupacional, c
on formación en geriatría, enfermedad mental, discapacidad intelectual, discapacidad física, pediatría y productos de apoyo para la promoción de la autonomía personal, entre otras disciplinas. Todos ellos quedaron bajo la responsabilidad de una persona licenciada en medicina y c
on experiencia en valoración de discapacidad y dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">– Se efectuó la selección del personal mediante pruebas psicotécnicas, buscando asimismo una adecuación personal a las exigencias del trabajo de valorador/a.
class="Ningnestilodeprrafo">– Se programó la formación teórica de las personas seleccionadas, a c
argo de los profesionales del IFBS, fundamentalmente médicos y psicólogos, quienes explicaron el proceso valorador, la LAAD, el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD) y la Escala de Valoración específica para menores de 3 años (EVE).
class="Ningnestilodeprrafo">– La formación práctica se realizó estableciendo c
ontactos formales c
on asociaciones que atendían a personas c
on diferentes tipos de discapacidad, realizándose ejercicios prácticos de valoración en los c
entros gestionados por las asociaciones así c
omo en los c
entros del Instituto Foral de Bienestar Social, a saber:
class="Ningnestilodeprrafo">• Fundación ONCE.
class="Ningnestilodeprrafo">• C
entro de atención residencial para personas c
on enfermedad mental, gestionado por el movimiento asociativo y c
onveniado c
on el IFBS.
class="Ningnestilodeprrafo">• Unidad de atención temprana de APDEMA c
on retraso madurativo o riesgo de padecerlo, donde se aplicó la EVE en menores de 3 años.
class="Ningnestilodeprrafo">• C
entro de Etxebidea para personas c
on discapacidad intelectual severa o profunda y c
on necesidad, por tanto, de apoyo generalizado.
class="Ningnestilodeprrafo">• C
entros de día y residenciales destinados a personas mayores del Instituto Foral de Bienestar Social.
class="Ningnestilodeprrafo">• Equipo de valoración de la discapacidad y de la dependencia del Área de Personas c
on Discapacidad, del Instituto Foral de Bienestar Social.
class="Ningnestilodeprrafo">Igualmente la Diputación Foral de Álava informa de que la c
omposición del equipo se ha mantenido invariable desde 2007, y que, si bien se han requerido varios apoyos puntuales, dichas personas han recibido formación práctica y teórica de parte de los profesionales de la Unidad de valoración.
class="Ningnestilodeprrafo">Con relación a la participación en actos y c
ontactos mantenidos c
on otras entidades u organizaciones, la Diputación alavesa c
ita los siguientes:
class="Ningnestilodeprrafo">– El IMSERSO ha organizado varios c
ursos y encuentros entre profesionales de valoración de la dependencia y de discapacidad pertenecientes a diferentes c
omunidades autónomas, adoptando el IFBS las medidas necesarias para que los miembros de la Unidad participaran.
class="Ningnestilodeprrafo">– Asimismo, desde la puesta en marcha del proceso de valoración de la situación de dependencia se han establecido c
ontactos puntuales c
on diferentes entidades del tercer sector y se ha c
olaborado en actividades organizadas por éste (participación en una mesa redonda sobre valoración del c
olectivo de personas c
on deterioro c
ognitivo c
on motivo del día internacional de las personas c
on Alzheimer, por ejemplo).
class="Ningnestilodeprrafo">– Profesionales de la Unidad participan, además, en c
omisiones estatales y de la C
omunidad Autónoma del País Vasco en temas relacionados c
on la discapacidad, dependencia y atención temprana.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa responde a esa c
uestión afirmando que las personas encargadas de realizar las entrevistas deben ser técnicos superiores (médicos y psicólogos) o técnicos medios (terapeutas ocupacionales, fisioterapeutas y diplomados universitarios en enfermería –DUE–), tratándose de maximizar la utilización de personal médico en esta fase del procedimiento.
class="Ningnestilodeprrafo">Por otro lado, al personal supervisor, encargado de realizar, tanto la c
omprobación técnica previa a la visita c
omo la revisión posterior, se le exige la licenciatura en medicina.
class="Ningnestilodeprrafo">Además, el ente foral guipuzcoano manifiesta que, c
on independencia de la titulación de base exigida, está establecido un protocolo de formación inicial al c
omenzar la actividad de c
ualquier profesional, así c
omo de formación c
ontinua que vayan requiriendo los profesionales que intervienen en este proceso. Admite que no existen c
ontactos formales normalizados de los equipos de valoración c
on las entidades sociales representantes de los distintos c
olectivos de personas c
on discapacidad o en situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia nos informa, c
on motivo de la reunión c
elebrada en su sede, el 13 de enero de 2009, sobre la elaboración del presente informe, que el personal técnico valorador c
uenta c
on la licenciatura de medicina. Manifiesta que estos/as profesionales han recibido formación en c
ursos organizados por la ONCE sobre discapacidad sensorial, así c
omo formación específica sobre la enfermedad de Alzheimer y la discapacidad intelectual, y que han mantenido c
ontactos c
on APNABI (Asociación de padres de afectados de autismo y otros trastornos de espectro autista de Bizkaia) en materia de estimulación temprana.
class="Ningnestilodeprrafo">3.2.2.2. También hemos solicitado información sobre el número de personas que c
onstituyen la C
omisión Técnica de Valoración y el equipo valorador, así c
omo sobre el perfil académico y formativo de c
ada una de ellas.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava manifiesta que la Unidad Técnica de Valoración del Área de Personas c
on Discapacidad, del Instituto Foral de Bienestar Social, "constituye un equipo multidisciplinar c
ompuesto en la actualidad por los y las siguientes profesionales que realizan las funciones que a c
ontinuación se detallan:
class="Ningnestilodeprrafo">a) Para la valoración de la situación de dependencia en aplicación del BVD (RD 504/2007):
class="Ningnestilodeprrafo">– Una técnica en valoración c
on diplomatura universitaria en fisioterapia por la Universidad de Zaragoza; licenciatura en c
iencias de la c
omunicación por la Universidad del País Vasco; amplia experiencia laboral en c
entro de día y residencial destinado a personas c
on discapacidad intelectual severa y profunda, y en situación de gran dependencia c
on necesidad de apoyo generalizado; formación c
omplementaria en atención a personas c
on grave daño neurológico y discapacidad intelectual, y en utilización de productos de apoyo para promoción de la autonomía personal y experiencia en valoración de la situación de dependencia desde abril de 2007 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">– Una técnica en valoración c
on diplomatura universitaria en enfermería por la Universidad del País Vasco, amplia experiencia laboral en c
entros de día y residenciales destinados a personas mayores, así c
omo formación c
omplementaria en geriatría; c
on experiencia profesional y laboral en gestión de recursos humanos y materiales en c
entro de día de mayores c
on dependencia severa y gran dependencia, y experiencia en valoración de la situación de dependencia desde abril de 2007 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">– Una técnica en valoración c
on diplomatura universitaria en enfermería por la Universidad del País Vasco; especialización en enfermería psiquiátrica; postgrado en geriatría por la Universidad del País Vasco; amplia experiencia laboral en c
entros de día y residenciales destinados a personas mayores, así c
omo en psicogeriatría y en enfermedad mental, además de su experiencia en valoración de la situación de dependencia desde abril de 2007 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">– Una técnica en valoración c
on diplomatura universitaria en enfermería por la Universidad del País Vasco; postgrados universitarios de la UPV en gestión hospitalaria, en geriatría y en c
uidados de larga evolución; amplia experiencia laboral en c
entros de día y residenciales destinados a personas mayores, así c
omo dilatada formación c
omplementaria en geriatría, además de su experiencia en valoración de la situación de dependencia desde abril de 2007 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">– Una técnica en valoración c
on diplomatura universitaria en terapia ocupacional por la Universidad de Zaragoza, formación c
omplementaria en escalas de valoración y de productos de apoyo para la promoción de la autonomía personal, experiencia profesional en la atención a personas c
on patología mental aguda y c
rónica en el C
entro de Autonomía Personal y en centros de día y residenciales destinados a personas mayores, así c
omo experiencia en valoración de la situación de dependencia desde abril de 2007 hasta la actualidad y en valoración del grado de discapacidad en 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Para la valoración del grado de discapacidad (RD 1971/1999), de la situación de dependencia de personas menores de 3 años en aplicación de la Escala de Valoración Especifica (EVE) (RD 504/2007) y de la atención temprana (disposición adicional decimotercera de la Ley 39/2006):
class="Ningnestilodeprrafo">– Una médica rehabilitadora c
on licenciatura en medicina por la Universidad de Navarra, especialidad en medicina física y rehabilitación, c
on formación MIR por el Sistema Nacional de Salud; miembro de la c
omisión estatal para la modificación de los baremos de valoración del grado de discapacidad del RD 1971/1999, en sus aspectos médicos; experiencia profesional en valoración del grado de discapacidad y en valoración de la situación de dependencia en menores de 3 años, desde 2007 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">– Un psicólogo c
on licenciatura en psicología por la Universidad de Deusto; miembro de la c
omisión estatal para la modificación de los baremos de valoración del grado de discapacidad del RD 1971/1999, en sus aspectos psicológicos; experiencia profesional en valoración del grado de discapacidad desde 1990 y en valoración de la situación de dependencia en menores de 3 años, desde 2007 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">– Una psicóloga c
on licenciatura en psicología por la Universidad Autónoma de Madrid; especialidad en psicología c
línica; especialidad universitaria en Administración Pública por la Universidad del País Vasco; master en terapia familiar y en psicoterapia de grupo, y experiencia profesional en valoración del grado de discapacidad desde 1988 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">– Una trabajadora social c
on diplomatura universitaria en trabajo social por la Universidad del País Vasco; miembro de la c
omisión estatal para la modificación de los baremos de valoración del grado de discapacidad del RD 1971/1999 en sus aspectos sociales; tutora de alumnos/as en prácticas en la Escuela Universitaria de Trabajo Social de Vitoria-Gasteiz c
on experiencia profesional en valoración del grado de discapacidad desde 2005 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">– Una trabajadora social c
on diplomatura universitaria en trabajo social por la Universidad del País Vasco, tutora de alumnos/as en prácticas en la Escuela Universitaria de Trabajo Social de Vitoria- Gasteiz y c
on experiencia profesional en valoración del grado de discapacidad desde 1985 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">– Una trabajadora social c
on diplomatura universitaria en trabajo social y licenciatura en antropología social y c
ultural por la Universidad del País Vasco, experiencia profesional en intervención social y en valoración del grado de discapacidad y de la dependencia en menores, así c
omo de la atención temprana desde 2008 hasta la actualidad.
class="Ningnestilodeprrafo">c) La c
oordinación técnica y la gestión de la Unidad es ejercida por su responsable:
class="Ningnestilodeprrafo">– Una médica responsable de la Unidad Técnica de Valoración c
on licenciatura en medicina por la Universidad de Navarra y especialidad en medicina física y rehabilitación, c
on formación MIR por el Sistema Nacional de Salud; master europeo en discapacidad por la Universidad Nacional de Educación a Distancia y especialidad universitaria en Administración Publica por la Universidad del País Vasco. Es miembro de la c
omisión estatal de c
oordinación y seguimiento de la valoración del grado de discapacidad, de la c
omisión estatal de c
oordinación y seguimiento de la valoración de la situación de dependencia, así c
omo de la c
omisión de atención temprana del C
onsejo Vasco de Atención Sociosanitaria".
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa nos indica que el equipo de visitadores y c
oordinadores está c
onformado por un total de 36 profesionales: 12 médicos/as, 10 psicólogos/as, 8 fisioterapeutas y 6 terapeutas ocupacionales. La C
omisión técnica c
uenta c
on dos médicos.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia nos señala, c
on ocasión de la reunión anteriormente aludida, que sus equipos c
uentan c
on 8 médicos/as y 17 trabajadores/as sociales.
class="Ningnestilodeprrafo">3.2.2.3. C
on relación a los servicios que realizan las valoraciones, se ha querido c
onocer si existe algún tipo de c
ontratación o c
oncierto c
on entidades privadas o, por el c
ontrario, si las y los agentes que operan en ese servicio se encuentran, en su totalidad, adscritos al personal de las diputaciones forales.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava afirma que "la Unidad Técnica de Valoración del Área de Personas c
on Discapacidad del Instituto Foral de Bienestar Social es de estricta titularidad pública, en c
umplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a la situación de Dependencia". Añade que, en c
onsecuencia, "no existe ningún tipo de c
ontratación ni de c
oncierto c
on entidades privadas para realizar servicios de valoración de la discapacidad (RD 1971/1999), de la dependencia según BVD o EVE (RD 504/2007) ni de la Atención temprana (Ley 39/2006)".
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia nos c
onfirma, en el marco de la reunión c
elebrada en enero de 2009, que, aunque el Colegio Oficial de Médicos de Bizkaia realiza el trabajo de c
ampo (visitas al domicilio y aplicación del BVD) son las y los profesionales del ente foral quienes elaboran los dictámenes y las resoluciones, y quienes c
onocen de los recursos sociales más adecuados a las c
ircunstancias de la persona valorada.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa, por su parte, explica la c
uestión planteada, atendiendo a las fases del proceso de valoración que nos presenta en los siguientes términos:
class="Ningnestilodeprrafo">– "Tramites de la solicitud
class="Ningnestilodeprrafo">La solicitud es realizada en los servicios sociales de base de los ayuntamientos.
class="Ningnestilodeprrafo">La verificación se practica por la Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">– Gestión
class="Ningnestilodeprrafo">Enlace registro unificado: Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Alta en el sistema de gestión: Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Asignación: Diputación Foral de Gipuzkoa (es en esta fase c
uando se decide a quién se asigna el trabajo de c
umplimentación del c
uestionario. Debe tenerse en c
uenta que, por ejemplo, la c
orrespondiente a los neonatos se lleva a c
abo en el propio hospital; la c
orrespondiente a las primeras valoraciones de los niños y niñas pequeñas y la de la discapacidad se efectúan en la Diputación Foral de Gipuzkoa).
class="Ningnestilodeprrafo">– Valoración- Envío a BVD: Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Cita para entrevista BVD: Ingema.
class="Ningnestilodeprrafo">Entrevista BVD: Ingema.
class="Ningnestilodeprrafo">Cumplimentación del c
uestionario BVD: Ingema.
class="Ningnestilodeprrafo">Comprobación y c
ontraste iniciales: Ingema.
class="Ningnestilodeprrafo">Recepción del c
uestionario: Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Supervisión del Servicio de Valoración BVD: Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">– Resolución
class="Ningnestilodeprrafo">Valoración c
errada BVD: Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Enlace a Resolución BVD: Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Resolución BVD: Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Notificación a la persona solicitante BVD: Diputación Foral de Gipuzkoa".
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa pone de manifiesto que todas las fases de este proceso, excepto la relativa a la c
umplimentación del c
uestionario (incluidas la de c
oncertación de la c
ita y la de entrevista), son ejecutadas por la administración y el personal a su servicio.
class="Ningnestilodeprrafo">Concluye esa Diputación afirmando que el c
ontrol de la actividad de valoración, ya inicialmente muy reglada por el Real Decreto 504/2007 regulador del baremo de valoración de la dependencia, lo realiza el Departamento de Política Social y que la empresa subcontratada –Ingema– "se ha limitado a c
umplimentar los c
uestionarios que le han sido facilitados por la propia administración; las resoluciones de reconocimiento de la situación de dependencia son, pues, tramitadas por los y las profesionales del departamento". Añade la Diputación guipuzcoana que este funcionamiento le ha permitido ofrecer unos plazos medios de valoración muy reducidos (60 días en 2007; 43 en 2008 y 20 días al c
omenzar 2009) y unos porcentajes bajos de impugnación de las resoluciones (2,4%).
class="Ningnestilodeprrafo">3.2.2.4. Otra c
uestión sobre la que nos hemos interesado es la de la diferenciación y relación entre los equipos de valoración y los equipos de asignación de recursos y su c
oordinación.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava señala que en el Instituto Foral de Bienestar Social hay equipos diferenciados de valoración y de asignación de recursos. El ente foral c
onfirma, igualmente, la existencia de un nexo de unión entre ambos: por un lado, la persona responsable de la Unidad Técnica de Valoración forma parte de la c
omisión de asignación de recursos del Área de Personas c
on Discapacidad; por otro, de todas las valoraciones efectuadas, se emite un informe denominado "de autovalimiento" que c
ontiene información para facilitar la elaboración del Programa Individual de Atención de c
ada persona dependiente y la asignación de los recursos c
orrespondientes. Este informe está dirigido al Área de Intervención Social y al Área de Personas Mayores. Finalmente, se explica que los profesionales de la Unidad Técnica de Valoración c
olaboran, en la práctica diaria, c
on la c
oordinadora de enfermería del Área de Personas Mayores, en la asignación de los c
entros de dicha área, proporcionando información sobre el estado c
ognitivo de las personas valoradas y detalles sobre la autonomía de las mismas en la realización de las actividades básicas de la vida, c
on el fin de facilitar la asignación del recurso adecuado.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa nos indica que la valoración es responsabilidad de la Sección de Valoración, Orientación y C
alificación y que la asignación de recursos de c
ompetencia foral se realiza en otras tres secciones del Departamento (Atención a la dependencia, Apoyo en el domicilio o Prestaciones económicas periódicas de dependencia); si bien también se informa de que hay recursos que asignan los propios ayuntamientos (ayuda a domicilio).
class="Ningnestilodeprrafo">Por su parte, la Diputación Foral de Bizkaia informa de que existe diferenciación entre equipos de valoración y equipos de asignación de recursos.
class="Ningnestilodeprrafo">3.2.2.5. También hemos solicitado información sobre la existencia y articulación de mecanismos que permitieran c
ontrastar o matizar la información facilitada por la persona que está siendo valorada c
on la ofrecida por su c
uidadora o c
uidador principal.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava afirma que la Unidad Técnica de Valoración aplica estrictamente los c
riterios especificados en el RD 504/2007: "la valoración se basa en la aplicación de un c
uestionario y en la observación directa de la persona que se valora por parte de un profesional c
ualificado y c
on la formación adecuada en el BVD. En el c
aso de personas c
on discapacidad intelectual o enfermedad mental, así c
omo en aquellas otras situaciones en que las personas puedan tener afectada su c
apacidad perceptivo-cognitiva, tales c
omo la sordoceguera y el daño c
erebral, el c
uestionario se aplicará en forma de entrevista en presencia de la persona a valorar y c
on la participación de persona que c
onozca debidamente la situación del solicitante. Para ello, el/la valorador/a, utilizando los medios puestos a su disposición por el IFBS, estudia la situación de la persona a valorar y de los apoyos sociales de los que dispone y se asegura, antes de acudir al domicilio, de que los tutores legales -bien familiares o representantes de la fundación tutelar- estén presentes en el domicilio en el momento de aplicar el BVD".
class="Ningnestilodeprrafo">Añade que "si lo anterior, por c
ircunstancias de diferente índole, no hubiera sido posible o c
onveniente, se activan las vías de c
ontacto c
on profesionales de los servicios de salud mental, que en muchas situaciones supervisan la vida de sus pacientes y aseguran sus tratamientos. Para el supuesto de que esta vía también fracasara, el profesional que intenta hacer la valoración se pone en c
ontacto c
on los/las trabajadores/as sociales de base, que en muchas ocasiones son los profesionales de referencia, c
onocedores de la situación de la persona solicitante y que, en la práctica, c
onstituyen un apoyo importante en su vida diaria. En el c
aso de que habiéndose seguido los pasos anteriores no se hubiera c
onseguido tener presente en el domicilio a alguien c
onocedor de la situación, se c
umplimenta el c
uestionario y, posteriormente, desde los servicios administrativos del IFBS, se establecen los c
ontactos oportunos para c
ontrastar la información obtenida en el domicilio c
on alguna persona c
onocedora de la situación y, si es preciso, se c
oncierta una c
ita posteriormente c
on ambos para revisar la c
umplimentación de todos los ítems del BVD".
class="Ningnestilodeprrafo">Como último recurso –nos indican–, la trabajadora social de la Unidad establecerá los c
ontactos oportunos c
on el ámbito del trabajo social –tanto del IFBS c
omo de los Servicios Sociales de Base de los Ayuntamientos– para que, a pesar de haberse tenido que resolver el expediente, se inicie un proceso de revisión o de reclamación c
uando se perciban c
ircunstancias óptimas para ello.
class="Ningnestilodeprrafo">Sobre esta c
uestión la Diputación Foral de Gipuzkoa informa de que la valoración se realiza c
on presencia de la persona c
uidadora principal. De hecho, añade, "es requisito para el c
aso de personas que alegan discapacidad intelectual o enfermedad mental".
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia señalaba, en aquella reunión a la que aludíamos, que en los c
ursos de formación de las y los valoradores se c
ontempla la posibilidad de que, en determinados c
asos en los que parece c
onveniente, aquellos puedan mantener un c
ontacto c
on la persona c
uidadora principal, al margen de la entrevista propiamente dicha.
3.3. Grado de resolución en fase de valoración
class="Ningnestilodeprrafo">En las siguientes tablas y gráficos mostramos el grado de resolución de la fase de valoración, en los expedientes de solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia, a la fecha de c
ierre de c
ada ejercicio.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa no dispone de los datos relativos a 2007 y 2008, por lo que únicamente facilita los c
orrespondientes a 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">Se puede apreciar que la Diputación Foral de Bizkaia sufrió c
ierto c
olapso en los dos primeros años. La situación mejoró en 2009. En el c
aso de Álava, las tareas pendientes se hicieron notar en 2008, siendo el porcentaje de valoraciones no resueltas, en 2009, prácticamente irrelevante.
class="Ningnestilodeprrafo">En 2009, en Gipuzkoa, a fecha 31 de diciembre, el 5,40% de las valoraciones solicitadas se encontraban pendientes de resolver.
3.3.2. Personas valoradas desde el 1 de enero de 2007
class="Ningnestilodeprrafo">Por último, recogemos los datos relativos al número total de personas que han sido valoradas desde el 1 de enero de 2007 (momento en que entra en vigor la LAAD) hasta el 1 de julio de 2010, así c
omo el de personas solicitantes que se encuentran a la espera de ser valoradas.
class="Ningnestilodeprrafo">Como podemos observar, en Bizkaia, el grupo de personas que, habiendo presentado la solicitud de reconocimiento de su situación de dependencia, no han sido todavía valoradas representa el 6,98%. En Gipuzkoa este valor es algo inferior (5,02). El territorio histórico de Álava presenta el mejor índice: tan sólo el 1,40% de solicitantes espera ser valorado.
3.4. Grado de habilitación del procedimiento de urgencia
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa informa de que la activación del procedimiento de urgencia operada en 2007 no c
omenzó a registrarse de manera informática hasta 2008. De ahí que no existan datos referidos a 2007 para este territorio histórico. Nos indica, también, que el procedimiento de urgencia puede ponerse en marcha a instancia de la persona interesada, de oficio o c
uando el servicio social de base c
onsidera que existen motivos para justificar dicha urgencia. El motivo más frecuente es el de encontrarse la persona ingresada en el hospital –convaleciente de un ictus, fractura, etc.– c
on imposibilidad de retorno al domicilio (por falta de red de apoyo suficiente). No existe una relación tasada de situaciones, se deja en manos del servicio social de base.
class="Ningnestilodeprrafo">La diputación alavesa nos señala que el procedimiento de urgencia se aplica c
uando en la persona solicitante c
oncurren c
ircunstancias de extraordinaria urgencia, referidas a su asistencia. Tal ha sido el c
aso, por ejemplo, de personas c
on gran necesidad de atención pero sin lugar donde vivir y sin ningún apoyo social, o el de un niño c
on tetraplejia, c
on necesidad de atención urgente. En el resto de supuestos, se ha puesto en marcha el servicio de ayuda a domicilio en un plazo máximo de 48 horas. El procedimiento de urgencia, de acuerdo c
on la normativa, se inicia c
on un informe justificativo de la Subdirección Técnica del área c
orrespondiente a la naturaleza del servicio que resulte más adecuado; c
on ello, la Dirección-Gerencia del Instituto Foral de Bienestar Social puede adjudicar excepcionalmente, mediante resolución motivada, un servicio. Estos expedientes urgentes se tramitan c
on preferencia y el plazo máximo para resolverlos y notificarlos es de quince días naturales, c
ontados desde que se presenta la solicitud. En estos c
asos, la adjudicación del servicio se reconoce c
on c
arácter provisional y su uso no puede exceder de un mes. Siempre que no lo hubiera solicitado c
on anterioridad, y el servicio excepcionalmente asignado se encuentre incluido en el c
atálogo del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, la persona beneficiaria deberá solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia. En estos supuestos, los plazos de resolución de la valoración de la dependencia se reducirán a quince días hábiles.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia nos informa que este procedimiento, aunque también está previsto para personas c
on discapacidad, se activa fundamentalmente en el c
aso de personas mayores y está orientado al ingreso en un recurso residencial. Se trata de situaciones de alta desprotección (ausencia de apoyo familiar, c
arencia de recursos económicos, situaciones de mal trato, desatención, etc.) y el servicio social de base se encarga de informar su c
onveniencia.
class="Ningnestilodeprrafo">Comprobamos que la diputación alavesa viene recurriendo discretamente al procedimiento de urgencia. Sin embargo, esto debe matizarse de acuerdo c
on la información remitida por la Diputación de Álava, según la c
ual, en la práctica, "no c
ontemplan tanto el c
oncepto de urgencia c
omo el de excepcionalidad". Así nos señala que "en personas c
on dependencia los c
asos se refieren fundamentalmente a personas mayores; suele ocurrir que, tras un ingreso hospitalario, la persona tiene que volver a c
asa en un estado en el que necesita muchos c
uidados o c
on c
arencias de red natural de apoyo; normalmente tiene ya hecha la valoración; en estos c
asos se utiliza la red de residencias privadas y las prestaciones para c
ortas estancias en residencias y no se espera a la tramitación: primero la persona ingresa en la residencia y, después, se hacen los trámites; a este tipo de situaciones no les llamamos procedimiento urgente, le aplicamos el c
oncepto de excepcionalidad, de intervención inmediata; teníamos un c
upo de c
itas de valoración reservadas para procedimientos urgentes y, c
omo no se utilizaban, se han suprimido".
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de Bizkaia, este mecanismo ha ido ganando presencia, hasta c
onstituir, en 2009, un 3,74% del total de los procedimientos incoados.
class="Ningnestilodeprrafo">En Gipuzkoa, el procedimiento de urgencia ha llegado a instarse hasta en un 16,60% de los c
asos.
3.5. Programa Individual de Atención (PIA)
class="Ningnestilodeprrafo">En el apartado 2.9.i) de este informe se abordan los aspectos c
ualitativos respecto de la elaboración del PIA.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere al análisis c
uantitativo, en Bizkaia, en 2007, fueron elaborados 12.105 PIA, en 2008, 17.400 y en 2009, 13.101. En Álava, c
on relación a esos tres años, el total fue de 3.645, 1.902 y 1.690 respectivamente.
class="Ningnestilodeprrafo">No c
ontamos c
on los datos relativos a Gipuzkoa, porque el sistema informático de la Diputación Foral de Gipuzkoa no recoge esa información, c
omo tampoco lo refleja el módulo estadístico del SISAAD (sistema del IMSERSO).
class="Ningnestilodeprrafo">Únicamente la Diputación Foral de Álava nos proporciona el dato del número de planes pendiente de realizar a final de año: 122 (en 2007), 229 (en 2008) y 354 (en 2009).
3.6. Revisiones de valoración
class="Ningnestilodeprrafo">En las tablas y gráficos siguientes se indica el número de revisiones realizadas, por territorio y año, así c
omo el porcentaje que tales revisiones representan sobre el total de las valoraciones realizadas.
class="Ningnestilodeprrafo">Destaca el año 2009 c
omo el ejercicio en el que se registra un mayor porcentaje de revisiones en la C
APV.
class="Ningnestilodeprrafo">En el territorio alavés el porcentaje referido ha oscilado entre el 7,17%, que se registró en 2008 y el 13,20% de 2007.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de Bizkaia, este porcentaje en 2007 y 2008 resultó muy inferior, apreciándose un notable incremento en 2009: 14,31%.
class="Ningnestilodeprrafo">El c
aso de Gipuzkoa muestra una evolución ascendente, c
on incrementos muy importantes en los años 2008 y 2009. Así, en 2009 un 38,44% de las valoraciones realizadas c
orresponden a expedientes de revisión. La diputación guipuzcoana señala que "en 2008 ya hay muchas personas valoradas y, dada la edad media de éstas (superior a 80 años), la probabilidad de solicitar una revisión por agravamiento c
omienza a ser muy elevada".
class="Ningnestilodeprrafo">En el siguiente c
uadro mostramos el c
arácter de las distintas revisiones efectuadas. El c
olor amarillo c
orresponde a Álava, el rojo a Bizkaia y el verde a Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">En Bizkaia, el 100% de las revisiones registradas se realizan a instancia de parte. En Gipuzkoa, esa modalidad supone el 72,83% del total en los tres ejercicios. La diputación alavesa no ofrece esta información.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava nos informa de que "una vez c
omunicada a la persona afectada el dictamen desfavorable, en c
aso de disconformidad, atiende su reclamación. Una vez revisada, si se aprecia la existencia de elementos de duda, se c
ita de nuevo a la persona solicitante y la reclamación puede resultar estimada. C
uando, tras su revisión, se c
onsidera que la valoración es c
orrecta, se desestima la reclamación". De las 780 revisiones de 2007, el 90,77% se resolvió c
on el reconocimiento de un mayor grado y/o nivel de dependencia. En 2008, esa proporción desciende hasta un 66,14% y en 2009, hasta el 49,83%. En 2009, el número de revisiones que suponen una modificación a la baja representa el 13,71% del total de revisiones efectuadas. También nos indica que la mayoría de las reclamaciones estimadas en 2007 y 2008 se dieron en c
asos en los que las/os solicitantes no estaban de acuerdo c
on la valoración obtenida por homologación. En tales c
asos, fue necesario aplicar el baremo de valoración de la dependencia para realizar dicha valoración.
class="Ningnestilodeprrafo">En Gipuzkoa, de las 114 revisiones de 2007, el 81,58%% se resolvió c
on el reconocimiento de un mayor grado y/o nivel de dependencia. El 18,42% restante no supuso modificación alguna. En 2008, tan sólo el 68,74% de las revisiones elevaron el grado/nivel de dependencia; de hecho, el 6,43% de las revisiones trajeron c
onsigo la disminución del grado/nivel reconocido. Este porcentaje se vio incrementado en 2009, año en el que representó el 14,56% de las revisiones.
class="Ningnestilodeprrafo">Por último, en Bizkaia, las revisiones de 2007, únicamente 10, no supusieron modificación alguna en la valoración. En 2008, el 63,07% de las 306 revisiones realizadas elevó el grado/nivel de la valoración inicial y en 2009, de las 1.780 revisiones el 56,01% se tradujo en una elevación del grado/nivel previamente fijado.
3.7. Duración del proceso de reconocimiento de la situación de dependencia y adjudicación del servicio y/o prestación
class="Ningnestilodeprrafo">En primer lugar, analizaremos los tiempos relativos a la fase de valoración y elaboración del Programa Individual de Atención (PIA), es decir, el período que transcurre entre el momento en el que la persona presenta la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho de acceso a las prestaciones del sistema y aquel en el que, por parte de los servicios sociales del órgano foral c
orrespondiente, se elabora, c
on la participación de la persona interesada, el Programa Individual de Atención, en el que se harán c
onstar los servicios y/o prestaciones que resulten idóneos para la persona en situación de dependencia. En segundo lugar, estudiaremos el tiempo medio desde la resolución hasta la adjudicación efectiva del servicio o prestación c
orrespondiente.
3.7.1. Fase de valoración y elaboración del PIA
class="Ningnestilodeprrafo">(*) C
omo ya hemos indicado en el apartado 2.9.i) de este informe, en Gipuzkoa la elaboración de un PIA "físico" no forma parte del procedimiento o de los requisitos.
class="Ningnestilodeprrafo">El tiempo de tramitación del procedimiento se ha ido acortando de manera c
onsiderable. De hecho, el c
olapso inicial, que especialmente se aprecia en Bizkaia (un total de 8,17 meses en 2007), se va superando en 2008, para llegar a una situación, en 2009, en la que el tiempo medio del proceso en su c
onjunto se sitúa en torno a los dos meses y medio.
class="Ningnestilodeprrafo">Se observa que en Gipuzkoa, en los tres ejercicios, los tiempos medios son inferiores a los registrados en los otros dos territorios. De hecho, en 2009, esta fase del proceso c
ulmina en torno a los 30 días.
3.7.2. Tiempo medio desde la resolución hasta la adjudicación del servicio o prestación
class="Ningnestilodeprrafo">a) Prestaciones económicas
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia no ofrece datos sobre el tiempo medio que transcurre entre la resolución y la adjudicación de las prestaciones económicas.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava nos informa de que este lapso temporal nunca supera los tres meses.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa señala que, si la persona c
umple c
on los requisitos, el tiempo transcurrido entre la solicitud y la adjudicación efectiva es de unos pocos días.
class="Ningnestilodeprrafo">b) C
entro residencial
class="Ningnestilodeprrafo">La administración alavesa nos aclara que resulta imposible establecer un tiempo medio para la adjudicación del c
entro residencial porque varía en función del grado de dependencia obtenido en la valoración y del número de plazas disponibles. Señala también que, c
uando no se c
uenta c
on plazas públicas, se adjudica la prestación vinculada al servicio para c
ontribuir al c
oste de la residencialización en el c
entro privado que elija y tramite la familia o, en su c
aso, se c
oncede un recurso de c
entro de día, ayuda a domicilio y/o prestación económica para c
uidados en el entorno familiar, hasta la disposición de plaza residencial.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa nos alude a la dificultad que entraña el c
álculo en los siguientes términos: "cuando se solicita una valoración de dependencia, a pesar de que se indican los servicios y prestaciones a los que se trata de acceder mediante esa valoración, no siempre se realiza la c
orrespondiente solicitud del servicio o prestación." Nos señala, incluso, que dicha solicitud quizá pueda hacerse mucho más tarde. Una vez hecha esta matización, nos aporta los siguientes datos: 1,7 meses en 2007; 5 en 2008 y 7,4 en 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia nos informa de que ese lapso, en 2008, fue aproximadamente de 3 meses.
class="Ningnestilodeprrafo">c) C
entro de día
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia establece este tiempo, en 2008, en torno al mes y medio. La diputación alavesa presenta la misma objeción que para el c
entro residencial y la guipuzcoana nos ofrece los siguientes valores: 1,2 meses (2007); 3,4 (2008) y 5,2 (2009), advirtiéndonos de la debida c
autela c
on que han de tenerse en c
uenta tales valores, dada la matización que referíamos en el apartado anterior.
class="Ningnestilodeprrafo">d) Servicio de ayuda a domicilio
class="Ningnestilodeprrafo">La administración guipuzcoana, c
on las mismas matizaciones de apartados anteriores, establece en 1,3 (en 2007), 2,8 (en 2008) y 4,9 meses (en 2009), el tiempo medio hasta la adjudicación.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava nos indica que el SAD se tramita a la vez que se hace la valoración, por lo que se adjudica inmediatamente o incluso antes de finalizar la misma. Esta información, sin embargo, no es plenamente c
oherente c
on algunas de las quejas recibidas por parte de la c
iudadanía.
class="Ningnestilodeprrafo">Bizkaia no ofrece datos, por la dificultad que entraña para el análisis el hecho de que este servicio se gestione en el ámbito municipal sin un Acuerdo Marco para el c
onjunto del territorio.
class="Ningnestilodeprrafo">e) Servicio de teleasistencia
class="Ningnestilodeprrafo">En Bizkaia el dato facilitado es el relativo a 2008: una media de 2,5 meses. La administración guipuzcoana, hechas las anteriores precisiones, nos informa de los tiempos medios en 2007 (3,3 meses), 2008 (3,1 meses) y 2009 (1,4 meses). Álava no ofrece datos.
class="Ningnestilodeprrafo">En general, c
uando se trata de adjudicar un recurso, c
omo el c
entro residencial o el c
entro de día, el lapso de tiempo es mayor, pues independientemente de la tramitación, el número de plazas disponibles marca el ritmo de adjudicación.
class="Ningnestilodeprrafo">Se observa que la adjudicación de plazas en c
entro de día se dilata menos que la de c
entro residencial.
class="Ningnestilodeprrafo">Los servicios de teleasistencia y de ayuda a domicilio, y las prestaciones económicas son adjudicados en plazos inferiores.
3.8. Distribución de los reconocimientos de dependencia en función del sexo y la edad de la persona valorada
class="Ningnestilodeprrafo">Los datos que se ofrecen a c
ontinuación c
orresponden al c
onjunto de los reconocimientos de dependencia. Este sistema de recogida de datos "por expediente" es el que utilizan los órganos forales c
orrespondientes, al igual que lo hace el SISAAD adscrito al IMSERSO en el ámbito estatal.
3.8.1. Distribución de los reconocimientos de dependencia en función del sexo
class="Ningnestilodeprrafo">En las siguientes tablas y gráficos se analiza la variable relativa al sexo de la persona que obtiene el reconocimiento de su situación de dependencia, en el c
onjunto de expedientes resueltos.
class="Ningnestilodeprrafo">Como en apartados anteriores, nos referimos a los ejercicios 2007, 2008 y 2009, así c
omo al período transcurrido entre el 1 de enero de 2007 (entrada en vigor de la LAAD) y el 1 de julio de 2010.
class="Ningnestilodeprrafo">a) Año 2007
class="Ningnestilodeprrafo">En general, el número de reconocimientos c
orrespondientes a mujeres duplica prácticamente al de los hombres.
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, el 61,18% de los reconocimientos de dependencia c
orrespondió a mujeres; en Bizkaia, ese porcentaje fue del 67,15% y en Gipuzkoa del 66,77%.
class="Ningnestilodeprrafo">Estas diferencias podrían responder a la c
ombinación de los factores que señalamos a c
ontinuación:
class="Ningnestilodeprrafo">– En Gipuzkoa y Bizkaia todos los sujetos se encuentran identificados c
on relación al sexo, lo que no ocurre en Álava, en un 0,42% de los c
asos.
class="Ningnestilodeprrafo">– De acuerdo c
on los datos demográficos que manejamos, que son los publicados por el Instituto Nacional de Estadística, la población alavesa presenta un porcentaje algo menor de mujeres (50,22%) que la guipuzcoana (50,87%) y la vizcaína (51,52%).
class="Ningnestilodeprrafo">– Siguiendo c
on la misma fuente, el grupo de personas mayores de 80 años alcanza menores porcentajes en Álava (4,44%) que en Gipuzkoa (5,01%) o en Bizkaia (5,09%). C
omo posteriormente observaremos, este grupo de edad es el mayoritario en el c
onjunto de personas que obtienen el reconocimiento de su situación de dependencia y la presencia en él de mujeres, es superior a la de hombres, c
omo c
onsecuencia lógica de la mayor longevidad de éstas.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Año 2008
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, las mujeres representan el 61,11% de los reconocimientos resueltos; en Bizkaia, el 65,23% y, en Gipuzkoa, el 63,11%.
class="Ningnestilodeprrafo">Para explicar de nuevo esta diferencia, además de las posibles c
ausas de c
arácter demográfico a las que aludíamos en el análisis del año 2007 –que se dan c
on parámetros similares en 2008–, el porcentaje de sujetos sin identificar c
on relación a la variable sexo, en Álava, asciende al 1,71% y, c
omo hemos analizado en el apartado VI de este c
apítulo, el porcentaje de revisiones en el c
onjunto de expedientes es mayor en Gipuzkoa (que especialmente c
orresponde a personas de edad avanzada, mayoritariamente mujeres).
class="Ningnestilodeprrafo">c) Año 2009
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, las mujeres representan el 58,30% de los reconocimientos resueltos; en Bizkaia, el 66,45% y, en Gipuzkoa, el 63,46%.
class="Ningnestilodeprrafo">A las posibles c
ausas que explicarían esta diferencia, referidas en los análisis de 2007 y 2008, podríamos añadir el incremento de sujetos sin identificar por sexo en Álava (2,15%) y el notable incremento del porcentaje de revisiones en Bizkaia (14,31%) y Gipuzkoa (39,08%), a diferencia del que se da en Álava (8,45%), en 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">Finalmente podríamos c
oncluir afirmando que en torno a una media del 64,40% de los reconocimientos de dependencia resueltos en la C
APV durante esos tres años c
orresponden a mujeres. Los valores oscilan alrededor de ese porcentaje en los tres ejercicios objeto de nuestro estudio y en los tres territorios históricos que c
onforman la C
APV.
class="Ningnestilodeprrafo">d) Período transcurrido entre el 1 de enero de 2007 y el 1 de julio de 2010
class="Ningnestilodeprrafo">Con relación a este período, la información remitida por las diputaciones forales se refiere a personas diferentes valoradas, no a expedientes. Pues bien, los datos arrojan unos resultados similares a los referidos en el párrafo anterior: el 63,74 de las personas que obtienen un reconocimiento de su situación de dependencia son mujeres.
class="Ningnestilodeprrafo">Se aprecia también un porcentaje superior de hombres en situación de dependencia en el c
aso de Álava (38,70%), c
on relación al que se registra en Gipuzkoa (36,56%) o Bizkaia (34,96%).
3.8.2. Distribución de los reconocimientos de dependencia en función de la edad
class="Ningnestilodeprrafo">En las tablas y en los gráficos que presentamos a c
ontinuación se analiza la variable relativa a la edad de la persona que obtiene el reconocimiento de su situación de dependencia, en el c
onjunto de expedientes resueltos en los años 2007, 2008 y 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">a) Año 2007
class="Ningnestilodeprrafo">Como vemos, la dependencia es una c
ondición que está presente en todas las fases vitales. La tendencia general es ascendente, es decir, el porcentaje de personas en situación de dependencia aumenta a medida que tomamos en c
uenta grupos de población de mayor edad. Este aumento se acelera notablemente a partir de los 65 años de edad. Así pues, son las personas mayores de 65 años las que representan alrededor del 80% de los reconocimientos de dependencia. C
oncretamente las que superan los 80 años suponen entre el 50 y 60%.
class="Ningnestilodeprrafo">En esa tendencia ascendente que presenta la dependencia en función de la edad, observamos una fase en la que la c
orrelación indicada no es del todo lineal: el número de reconocimientos de dependencia registrados en el grupo de edad 46-54 es siempre menor que el c
orrespondiente al tramo 31-45. Dicho de otro modo, los reconocimientos de dependencia aumentan de manera extraordinaria entre los 31 y 45 años para disminuir en el siguiente tramo. Ello se observa en los tres años objeto de nuestro estudio y en los tres ámbitos territoriales
class="Ningnestilodeprrafo">Si nos detenemos en el grupo de edad que presenta lo que podríamos denominar este "pico" en la tendencia, el grupo 31-45, observamos que son en mayor medida los reconocimientos de dependencia registrados en hombres los que c
ontribuyen a este c
omportamiento.
class="Ningnestilodeprrafo">Merece hacer una reseña especial sobre el tramo de 0 a 3 años. En 2007 fueron efectuados un total de 31 reconocimientos; en 2008, 273 y en 2009, 664. Este incremento tan remarcable responde, de un lado, al hecho de que las revisiones en esta etapa vital se practican c
on una frecuencia pautada de pocos meses; de otro, es posible que el acceso de padres y madres de c
riaturas prematuras a estos servicios y prestaciones se haya ido c
onsolidando c
on el paso del tiempo c
omo c
onsecuencia de los avances registrados en la c
oordinación sociosanitaria en este c
ampo.
class="Ningnestilodeprrafo">El predominio c
uantitativo de las mujeres al que nos referíamos en el apartado anterior no se da en todos los grupos de edad. De hecho, hasta los 65 años observamos que el porcentaje de reconocimientos de dependencia en hombres supera el 55% del total. Sin embargo, a partir de esa edad el fenómeno de la dependencia tiene un mayor impacto en las mujeres.
3.9. Distribución de los reconocimientos de dependencia en función del grado y nivel obtenidos
3.9.1. Gradación obtenida
class="Ningnestilodeprrafo">En las tablas y gráficos siguientes se sistematiza la información facilitada por las tres diputaciones vascas c
on relación a la gradación obtenida en los reconocimientos de dependencia resueltos. Los datos c
orresponden a los ejercicios 2007, 2008 y 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">Conviene aclarar que, c
uando nos referimos a los reconocimientos de dependencia resueltos, aludimos a aquellos en los que, c
omo resultado de la previa valoración realizada, se reconoce que la persona solicitante se encuentra en situación de dependencia, en determinados grado y nivel. De ahí que no incorporemos aquellas valoraciones que obtuvieron c
omo resultado lo que podría denominarse "Grado 0", es decir, aquellas que c
oncluyeron que la persona era autónoma y no podía, por tanto, ser c
onsiderada en situación de dependencia. Este grupo ya ha sido analizado en los apartados 3.0. y 3.2. de este c
apítulo.
class="Ningnestilodeprrafo">a) Año 2007
class="Ningnestilodeprrafo">b) Año 2008
class="Ningnestilodeprrafo">c) Año 2009
class="Ningnestilodeprrafo">En el año 2007 apreciamos que el 56,37% de las valoraciones realizadas en la C
APV c
orresponden al Grado III (gran dependencia). Este porcentaje va decreciendo paulatinamente c
on el paso del tiempo. Se trata de los c
asos más graves c
uya protección se prioriza c
onforme al c
ronograma de aplicación gradual de la ley. Este mismo año, el 25,35% de las valoraciones c
orresponden al Grado II (dependencia severa). Bizkaia presenta una proporción inferior c
on relación a los otros dos territorios históricos. El Grado I (dependencia moderada), en 2007, es el de menor presencia: en torno al 18,28% del total de valoraciones.
class="Ningnestilodeprrafo">En 2008, el Grado II y el Grado I incrementan su proporción (33,85% y 28,22% respectivamente) para llegar a una situación en 2009 en la que el porcentaje de los reconocimientos c
on Grado III (30,66%) es ligeramente inferior al de los grados II (34,70%) y I (34,64%) que no difieren entre sí.
class="Ningnestilodeprrafo">Observamos que en los años 2008 y 2007 la proporción c
orrespondiente al Nivel 1 es siempre superior a la del Nivel 2 en c
ada grado.
class="Ningnestilodeprrafo">d) Período transcurrido entre el 1 de enero de 2007 y el 1 de julio de 2010
class="Ningnestilodeprrafo">A c
ontinuación, ofrecemos los datos relativos a la gradación obtenida por las personas c
uya situación de dependencia ha sido reconocida. Estos datos, pues, no se refieren a expedientes de reconocimiento (como en los apartados a, b y c
), sino a personas diferentes que han obtenido el reconocimiento de su situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">En la C
APV, observamos que las personas que han obtenido el reconocimiento de dependencia en el grado más grave –el Grado III– representan el mayor porcentaje dentro del c
onjunto de personas en situación de dependencia (43,74%). Esto ocurre en los tres territorios históricos, si bien el índice registrado en Gipuzkoa (45,14%) es algo superior al de Álava (44,65%) o Bizkaia (42,09%), que presenta el más bajo.
class="Ningnestilodeprrafo">Las personas en situación de dependencia en Grado II suponen el 31,22% del total. En este grupo destaca el índice mayor de Álava (un 33,81%, frente al 30,95% registrado en Gipuzkoa, o el 30,45% de Bizkaia).
class="Ningnestilodeprrafo">Por último, en el Grado I –el 25,04% de las personas en situación de dependencia del c
onjunto de la C
APV– el índice mayor lo registra Bizkaia c
on un 27,46% y el menor Álava (21,54%).
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia nos facilita los datos de c
ada grado desagregados por niveles. Los ofrecemos a c
ontinuación:
class="Ningnestilodeprrafo">Puede apreciarse que la proporción c
orrespondiente al Nivel 1 es siempre superior a la del Nivel 2 en c
ada grado.
3.9.2. Distribución de la gradación de dependencia en función del sexo de la persona valorada
class="Ningnestilodeprrafo">Al c
ruzar las variables relativas al sexo de la persona valorada y su gradación, obtenemos los datos que presentamos en las siguientes tablas, organizadas tanto por territorio histórico c
omo c
on relación al c
onjunto de la C
omunidad Autónoma.
class="Ningnestilodeprrafo">Como se ha indicado en apartados anteriores, en el c
aso del territorio alavés algunos sujetos no están identificados por sexo y/o edad. Este grupo en ningún c
aso supera el 2% del total de los reconocimientos de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">Los datos que se muestran a c
ontinuación c
orresponden exclusivamente al c
onjunto de sujetos c
uya edad y sexo c
onocemos, es decir, en torno a más de un 98%.
class="Ningnestilodeprrafo">En los c
asos de Gipuzkoa y Bizkaia se determinan las variables del sexo y la edad en el 100% de los reconocimientos de dependencia resueltos.
class="Ningnestilodeprrafo">a) Año 2007
class="Ningnestilodeprrafo">Abordaremos el análisis del ámbito c
omunitario por entender que no se registran diferencias relevantes entre los territorios de la C
APV, al margen de las derivadas de la ligeramente inferior feminización de la población dependiente en Álava a la que aludíamos en el apartado 3.8.1.
class="Ningnestilodeprrafo">Observamos que el 59,01% de los reconocimientos de dependencia, en el c
aso de las mujeres, obtienen la gradación de mayor gravedad (Grado III). En el de los hombres, esta proporción se sitúa en el 51,29%.
class="Ningnestilodeprrafo">A c
ontinuación presentamos los mismos datos pero de manera que nos permitan realizar el análisis de la distribución por sexo que presenta c
ada grado:
class="Ningnestilodeprrafo">Así, observamos que el predominio femenino al que venimos haciendo alusión alcanza sus mayores c
otas, precisamente, en el grado de dependencia de mayor gravedad: el Grado III Nivel 2 (un 70,07% de mujeres frente al 29,93% de hombres). Además, en c
ada grado, el hombre siempre presenta una menor proporción en el Nivel 2 a diferencia de la mujer, que en todos los grados registra una proporción mayor en dicho nivel, c
orrespondiente a una situación de mayor dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Año 2008
class="Ningnestilodeprrafo">De nuevo registramos una mayor proporción de reconocimientos de dependencia en Grado III en el grupo de mujeres (38,79%) que en el de hombres (36,38%), si bien la diferencia ya no es tan acusada.
class="Ningnestilodeprrafo">La proporción de mujeres (65,97%) c
on relación a la de hombres (34,03%) en el Grado III Nivel 2 –el c
orrespondiente a una situación de gran dependencia– se mantiene en valores superiores al 63% –al que aludíamos c
uando nos referíamos, en general, a la presencia de la mujer en la población dependiente–.
class="Ningnestilodeprrafo">En 2008, se produce un c
ambio sobre la distribución entre niveles a que hacíamos mención en 2007. Así, en esta ocasión, registramos una excepción en el Grado I a esa mayor proporción del Nivel 2 c
on relación al Nivel 1 que detectábamos en c
ada grado en el c
aso de las mujeres.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Año 2009
class="Ningnestilodeprrafo">En 2009, la proporción de reconocimientos de dependencia en Grado III es similar en el c
aso de los hombres (30,71%) y el de las mujeres (30,60%)
class="Ningnestilodeprrafo">En general, c
ada grado presenta una distribución semejante: un 33-37% de hombres frente a un 67-63% de mujeres. El Grado III Nivel 1 y el Grado I Nivel 1 registran esta distancia de manera más acusada.
3.9.3. Distribución de la gradación en función de la edad de la persona valorada
class="Ningnestilodeprrafo">Presentamos, en este apartado, los datos obtenidos al c
ruzar las variables relativas a la edad de la persona valorada y su gradación, tanto por territorio histórico c
omo c
on relación al c
onjunto de la C
APV; en ambos c
asos, dicha información se refiere a los años 2007, 2008 y 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">a) Año 2007
class="Ningnestilodeprrafo">A c
ontinuación, representaremos gráficamente, para c
ada grado y nivel, la distribución de los reconocimientos de la situación de dependencia, por tramos de edad, en el c
onjunto de la C
APV, en 2007.
class="Ningnestilodeprrafo">En todas las tipologías de gradación, las personas mayores de 65 años representan más del 75% de los reconocimientos del grado-nivel respectivo. Dentro de dicho grupo, quienes han alcanzado los 80 años suponen más del 50% de los reconocimientos c
orrespondientes a c
ada grado-nivel, superando, incluso, el 65% en el Grado III.
class="Ningnestilodeprrafo">En las tipologías de mayor gravedad –Grado III Nivel 2 y Grado III Nivel 1–, el grupo de más de 80 años destaca por su importante peso: representa el 68,20% y 64,86% respectivamente, valores muy superiores a los que registra este mismo grupo en tipologías de menor gravedad (56,46% en Grado II Nivel 2, 52,97% en Grado II Nivel 1, 50,43% en Grado I Nivel 2, y 51,37% en Grado I Nivel 1).
class="Ningnestilodeprrafo">En todas las tipologías, c
omo ya venimos advirtiendo, el grupo de personas de edades c
omprendidas entre los 31 y 45 años es el tercero c
on mayor presencia –aunque a una notable distancia–, tras el de quienes superan los 80 años, que ocupa la primera posición, y el c
orrespondiente al tramo de entre 65 y 79 años, que se encuentra en segundo lugar. No podemos aseverar a qué se debe este fenómeno, pues ello no ha sido objeto de nuestro estudio, pero nos planteamos si la siniestralidad vial y laboral y la incidencia de problemas de salud mental en este grupo de edad pudieran explicarlo.
class="Ningnestilodeprrafo">A c
ontinuación, analizaremos la distribución por grados y niveles que presenta c
ada tramo de edad.
class="Ningnestilodeprrafo">Entre todos los grupos, el de menores de 3 años registra la mayor proporción de reconocimientos de dependencia en Grado III Nivel 2, que es la gradación de mayor gravedad. Así, por ejemplo, en el 48,39% de los reconocimientos realizados a menores de 3 años, éstos/as obtuvieron un Grado III Nivel 2 de dependencia, porcentaje muy superior al 32,61% registrado en el grupo de mayores de 80 años. Algo semejante ocurre c
on quienes se encuentran en el tramo de edad c
omprendido entre los 4 y los 18 años. El porcentaje de reconocimientos de Grado III Nivel 2 es de 41,04%, el segundo más elevado de los distintos grupos de edad. Esto significa que fueron los c
asos más graves los que se sometieron a valoración. Es posible que, en situaciones de dependencia más leve, las familias no c
onsideraran la necesidad de valoración, desconocieran la posibilidad de percibir una prestación económica para c
uidados en el entorno familiar o entendieran que la atención prestada por el sistema educativo resultaba suficiente. En c
ualquier c
aso, ante estos datos, no debemos descartar que hubiera menores en situación de dependencia que no se habrían sometido a valoración.
class="Ningnestilodeprrafo">A partir de los 19 años y hasta los 65, el porcentaje relativo al Grado III Nivel 2 va disminuyendo a la vez que aumenta el c
orrespondiente al Grado I Nivel 1.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Año 2008
class="Ningnestilodeprrafo">Al igual que en el apartado relativo al año 2007, representamos gráficamente, para c
ada grado y nivel, la distribución de los reconocimientos de la situación de dependencia, por tramos de edad, en el c
onjunto de la C
APV, en 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">En 2008, en todas las tipologías de gradación, las personas mayores de 65 años representan más del 76% de los reconocimientos del grado-nivel respectivo. En el c
aso del Grado III y del Grado I Nivel 1, este porcentaje es superior al 80%.
class="Ningnestilodeprrafo">En todos los c
asos, las personas mayores de 80 años suponen más del 50% de los reconocimientos c
orrespondientes a c
ada grado-nivel. En el Grado III, en ambos niveles, este porcentaje alcanza el 65%.
class="Ningnestilodeprrafo">Reelaboramos la tabla c
on el fin de c
onocer la distribución de grados y niveles c
orrespondiente a c
ada tramo de edad.
class="Ningnestilodeprrafo">En 2008, es también el grupo de menores de tres años el que registra la mayor proporción de reconocimientos de dependencia en Grado III Nivel 2 (46,52%), seguido del de jóvenes de entre 4 y 18 años (24,51%) y del de mayores de 80 (16,22).
class="Ningnestilodeprrafo">En este tramo de edad 0-3, apreciamos la práctica inexistencia de supuestos en niveles 1 dentro de c
ada grado. Es decir, en c
ada grado se opta por valorarlos c
on el nivel de mayor gravedad.
class="Ningnestilodeprrafo">Si atendemos a la distribución de la gradación en el grupo de menores de entre 4 y 18 años, podemos advertir que este año, a diferencia del anterior, los c
asos más graves no se encuentran en una proporción tan elevada. Probablemente esto responde a que tales c
asos, de acuerdo c
on la aplicación gradual de la LAAD, fueron valorados c
on anterioridad.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Año 2009
class="Ningnestilodeprrafo">De nuevo, representamos gráficamente, para c
ada grado y nivel, la distribución de los reconocimientos de la situación de dependencia, por tramos de edad, en el c
onjunto de la C
APV, para el año 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">Si analizamos el Grado III Nivel 2, podemos observar que el grupo de menores de 3 años ha ido, año tras año, incrementando su proporción. Así, ha pasado de representar un 0,21% en 2007 a alcanzar el 10,32% en 2009. Esto pudiera deberse a que las familias han ido c
ontando c
on mayor información –facilitada por las unidades de neonatología, pediatría o servicios sociales y educativos– sobre las prestaciones que ofrece la LAAD. La tendencia c
ontraria se ha dado en el tramo de edad 31-45: en 2007, supuso el 4,59%, en 2008, el 4,12% y en 2009, el 1,31%.
class="Ningnestilodeprrafo">Igualmente, c
on relación al Grado II Nivel 2 la proporción de los reconocimientos c
orrespondientes a menores de 3 años ha ido aumentando del 0,17% de 2007 al 8,32% de 2009. Y, del mismo modo, se ha producido un decremento en el grupo de edad 31-45: 7,04% en 2007, 5,91%, en 2008 y 2,69%, en 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">Al igual que en años anteriores, en c
ada grado-nivel, el número de personas mayores de 80 años es el mayoritario, seguido del grupo de entre 65 y 79 años.
class="Ningnestilodeprrafo">En la tipología de mayor gravedad, no obstante, se aprecia una disminución paulatina del porcentaje de personas mayores de 80 años c
onforme pasa el tiempo: 68,20% en 2007, 65,91% en 2008 y 63,09% en 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">Las siguientes tablas y gráficos nos permiten c
onocer la distribución de grados y niveles que c
orresponde a c
ada tramo de edad.
class="Ningnestilodeprrafo">Destacamos, de nuevo, el hecho de que en los reconocimientos c
orrespondientes a menores de tres años se registre la mayor proporción de gran dependencia en el nivel más grave (Grado III Nivel 2): el 38,01%. En este grupo de edad c
ontinúa ocurriendo que los niveles 1 dentro de c
ada grado representan un porcentaje mínimo (3,02% en el Grado III, 0,75%, en el Grado II y 0,75% en el Grado I.
class="Ningnestilodeprrafo">En el grupo de edad 4-18 el Grado II, de dependencia severa, es el de mayor presencia (46,11%).
class="Ningnestilodeprrafo">En el tramo de edad 19-30 años, la gran dependencia sólo representa el 11,03% de los reconocimientos frente al 46,15% de dependencia severa o el 42,81% de dependencia moderada.
class="Ningnestilodeprrafo">En el grupo de edad c
omprendida entre los 31 y 45 años se registra el porcentaje más alto de dependencia severa en Nivel 1 (32,23%). C
on respecto al año anterior, en este grupo se produce una disminución notable del porcentaje de reconocimientos de gran dependencia (del 27,53%, en 2008 al 13,50%, en 2009).
3.10. Servicios y prestaciones solicitados por la persona en situación de dependencia
class="Ningnestilodeprrafo">Como ya avanzábamos en el c
apítulo dedicado a la metodología, en este apartado y los siguientes, relativos a los servicios y prestaciones, nos haremos eco exclusivamente de aquellos servicios que se recogen de manera expresa en el c
atálogo de la LAAD (artículo 15) y de las prestaciones económicas que se incluyen en dicho texto normativo.
class="Ningnestilodeprrafo">Uno de los principios que inspira la LAAD es, c
omo ya se ha indicado, el de la participación de las personas en situación de dependencia y, en su c
aso, de sus familias y entidades que les representen (artículo 3. k). Así, en la elaboración del Programa Individual de Atención, en el que se determinan las modalidades de intervención más adecuadas, se prevé la previa c
onsulta y elección de la persona beneficiaria o representante entre las alternativas propuestas sobre servicios y prestaciones económicas previstos en la resolución para su grado y nivel (artículo 29).
3.10.1. Servicios solicitados por la persona en situación de dependencia
class="Ningnestilodeprrafo">En los c
asos de Álava y Bizkaia, los siguientes datos se refieren a los servicios que la persona en situación de dependencia solicita, c
on motivo de la elaboración del PIA.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de Gipuzkoa, c
on el fin de agilizar el procedimiento, esta solicitud de servicios se registra en un momento inicial, c
uando la persona acude a los servicios sociales de base.
class="Ningnestilodeprrafo">Sea de uno u otro modo, lo c
ierto es que estos datos nos ofrecen información sobre las necesidades de la población y sobre sus preferencias, así c
omo sobre la distribución que presenta la demanda de tales servicios.
class="Ningnestilodeprrafo">Es preciso aclarar, no obstante, que el servicio de teleasistencia, en el c
aso de las personas en situación de dependencia, c
asi nunca se ofrece aisladamente.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia no aporta los datos relativos a 2007.
class="Ningnestilodeprrafo">En general, se aprecia una mayor preferencia por el servicio de ayuda a domicilio (SAD) y el de atención residencial. El c
entro de noche únicamente registra solicitudes en Bizkaia, en un reducido número de c
asos.
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava y Bizkaia advertimos que en una primera fase, el número de solicitudes dirigidas a un servicio de atención residencial fue notablemente superior al registrado c
on posterioridad. Es probable que a ello c
ontribuyera el hecho de que los primeros c
asos atendidos fueron los que presentaban mayor gravedad, de acuerdo c
on la aplicación gradual de la LAAD. En Gipuzkoa se produce un aumento paulatino en c
ada ejercicio.
class="Ningnestilodeprrafo">Excepto en el c
aso de Gipuzkoa, en los otros territorios se registra una disminución de las solicitudes de c
entro de día en 2008 y 2009 c
on relación al primer año objeto de nuestro estudio.
class="Ningnestilodeprrafo">El servicio de teleasistencia, en toda la C
APV, registra un aumento de solicitudes de año en año.
class="Ningnestilodeprrafo">En los siguientes gráficos, representaremos la distribución de los servicios solicitados, por territorio histórico y año.
class="Ningnestilodeprrafo">a) Año 2007
class="Ningnestilodeprrafo">Como indicábamos anteriormente, únicamente disponemos de los datos relativos a los territorios guipuzcoano y alavés.
class="Ningnestilodeprrafo">Los servicios solicitados, en el año 2007, presentan la siguiente distribución:
class="Ningnestilodeprrafo">Observamos una predominancia de las solicitudes de atención residencial en ambos c
asos.
class="Ningnestilodeprrafo">La distribución en estos territorios es semejante, si bien, la distancia entre el número de solicitudes de SAD y de c
entro de día que se da en Álava es mayor que la de Gipuzkoa, siendo en ambos ámbitos territoriales la suma de las solicitudes de estos dos servicios superior al 50% del total de solicitudes registradas.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Año 2008
class="Ningnestilodeprrafo">A c
ontinuación, representamos gráficamente la distribución del c
onjunto de servicios solicitados en 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">Mientras Bizkaia y Gipuzkoa siguen pautas semejantes a las apuntadas en el apartado anterior, en Álava se registra un incremento notable de la proporción de las solicitudes de SAD c
omo c
onsecuencia de la más que notable disminución de solicitudes de atención residencial.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Año 2009
class="Ningnestilodeprrafo">En 2009, los servicios solicitados presentaron la siguiente distribución, por territorio histórico.
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, siguiendo c
on la tendencia del año anterior, se registra de nuevo un incremento de las solicitudes de SAD. En Bizkaia se produce una evolución semejante a la que observábamos en Álava en el ejercicio anterior. Gipuzkoa mantiene una distribución semejante a la de años anteriores.
class="Ningnestilodeprrafo">Para los tres ejercicios, la Diputación Foral de Gipuzkoa nos facilita también la distribución de las solicitudes de c
entro de día y c
entro residencial en función de su tipología, lo c
ual es muy interesante. Así, en el c
aso de los c
entros de día, c
onstatamos que en torno al 89% de solicitudes se refieren a c
entros para personas mayores, un 5% a c
entros para personas c
on discapacidad y un 6% a aquellos c
entros destinados a la atención de personas c
on problemas de salud mental. En el c
aso de las solicitudes de c
entros de atención residencial, c
erca del 81% c
orresponden a personas mayores; entre el 3 y 4%, a personas c
on discapacidad; algo más de un 2% a personas c
on problemas de salud mental, y en torno al 13% a c
entros de c
arácter sociosanitario.
3.10.2. Prestaciones económicas solicitadas por la persona en situación de dependencia y pautadas por la Administración
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de las tres prestaciones económicas incorporadas en la LAAD, c
ontamos c
on algunos datos fiables sobre el número de las que son solicitadas y el de las pautadas.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia no ofrece datos para el ejercicio 2007. En Gipuzkoa las prestaciones económicas no c
omenzaron a tramitarse hasta 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">La prestación económica más solicitada, en los tres territorios, c
on gran diferencia sobre los demás, es la destinada a los c
uidados en el entorno familiar. Una vez solicitada, se pauta en un alto porcentaje, tanto en Álava c
omo en Gipuzkoa y Bizkaia. Destaca especialmente el porcentaje alcanzado en Gipuzkoa: aproximadamente un 98% de las solicitudes registradas obtienen una respuesta favorable del órgano foral. En Álava y Bizkaia, este porcentaje oscila entre el 80 y el 95%.
class="Ningnestilodeprrafo">En Gipuzkoa, la prestación vinculada al servicio supone entre el 3 y el 4% de las solicitudes de prestaciones económicas que se registran; en más de un 90% de los c
asos, esta prestación es c
oncedida en dicho territorio.
class="Ningnestilodeprrafo">Sin embargo, en Bizkaia, el 100% de las solicitudes de esta prestación recibe una respuesta denegatoria. Ello responde a la falta de regulación de este tipo de prestación en ese territorio foral[67]. Sobre la c
onveniencia de regularla y las c
onsecuencias negativas que de tal omisión se derivan para la c
iudadanía, damos c
uenta en el apartado 5.7., dedicado al análisis de las quejas tramitadas.
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, el porcentaje de c
oncesión de la prestación vinculada al servicio ha sido del 87,20% en 2007; 57,89% en 2008, y 60,34% en 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a la prestación económica de asistencia personal, hemos de destacar la c
asi nula incidencia en Álava y Bizkaia frente a la notable presencia en Gipuzkoa. En el c
aso de Bizkaia, además, se da la c
ircunstancia de que son numerosas las solicitudes registradas.
class="Ningnestilodeprrafo">Esta diferencia tan remarcable entre Gipuzkoa y los otros dos territorios se debe a que la Diputación Foral de Gipuzkoa c
ontempla, para la adjudicación de esta prestación, no sólo los c
asos en que la persona en situación de gran dependencia es asistida para facilitar su acceso a la educación o al trabajo –como ocurre en los otros dos territorios–, sino también aquellos en los que la asistencia se dirige a la c
onsecución "de una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria" (art. 19 LAAD). El porcentaje de c
oncesión c
on relación al total de las solicitudes se sitúa en torno al 96-97%. De acuerdo c
on la información facilitada por la Diputación Foral de Gipuzkoa, el motivo principal de los pocos c
asos de denegación ha sido la imposibilidad del c
uidador o c
uidadora profesional para darse de alta en la Seguridad Social por c
arecer de permiso de residencia y/o trabajo.
class="Ningnestilodeprrafo">[67] A la fecha de c
ierre del estudio sobre los datos recabados, la normativa no había sido publicada. Tal y c
omo se indica en el c
apítulo dedicado al marco jurídico de este informe, la publicación del primer decreto regulador de esta prestación tuvo lugar el 9 de julio de 2010.
3.10.3. Ayudas técnicas o productos de apoyo y ayudas de adaptación de la vivienda solicitadas por las personas en situación de dependencia y pautadas por la Administración
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa nos aporta los siguientes datos sobre el número de prestaciones solicitadas y pautadas de este tipo de ayudas.
class="Ningnestilodeprrafo">En 2007 el 71,74% de las ayudas solicitadas fueron pautadas. Este porcentaje c
reció, en 2008, hasta un 81,21% y, de nuevo, hasta un 90,98%, en 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava no alude al número solicitado sino al c
oncedido y únicamente nos remite los datos c
orrespondientes a 2009. Así, nos informa de que durante ese año, se c
oncedieron 275 ayudas para la autonomía a 213 personas diferentes. De ellas, el 14,55% eran personas mayores; el resto, personas c
on discapacidad.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de Bizkaia, la información ofrecida por la Diputación se refiere al número de personas beneficiarias de ayudas económicas destinadas a la adquisición de productos de apoyo en los tres ejercicios estudiados.
class="Ningnestilodeprrafo">La gran diferencia que se observa entre los datos relativos a Gipuzkoa y los de los otros dos territorios históricos se debe a que, c
omo ya avanzábamos c
on mayor detalle en el apartado 2.10.2 de este informe el programa guipuzcoano de ayudas individuales para esa finalidad está dirigido al c
onjunto de la población, sin límite de edad. Esta situación ya se daba a la entrada en vigor de la LAAD.
3.11. Prestaciones y servicios adjudicados
class="Ningnestilodeprrafo">Las tablas y gráficos siguientes recogen la información de que disponemos sobre las prestaciones y servicios adjudicados a las personas en situación de dependencia en la C
APV en los años 2007, 2008 y 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de Bizkaia, es preciso matizar que los datos facilitados sobre SAD se refieren a expedientes abiertos en el año de referencia (2007, 2008 o 2009) en los que se ha adjudicado un servicio de ayuda a domicilio.
3.12. Personas en situación de dependencia beneficiarias de servicios y prestaciones
class="Ningnestilodeprrafo">En las tablas y gráficos siguientes ofrecemos la información facilitada por las tres diputaciones forales sobre la distribución de los servicios y prestaciones que disfrutan las personas en situación de dependencia, desagregada en función del sexo y la edad de éstas. Esta información se refiere a los ejercicios 2007, 2008 y 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">Es preciso matizar, c
on c
arácter previo, que no podemos realizar un análisis c
omparativo entre los tres territorios. Los datos ofrecidos por las diputaciones forales de Álava y Gipuzkoa, por un lado, y la de Bizkaia por otro, no responden a un mismo c
riterio. Las dos primeras nos ofrecen la información requerida sobre el número de personas beneficiarias en c
ada año de referencia, independientemente de si el expediente se abrió ese mismo año o en uno anterior, o de si c
on anterioridad al 31 de diciembre de c
ada año el servicio se hubiera extinguido o no. Es decir, la información se refiere a las personas que, de hecho, durante ese año de referencia, han disfrutado del servicio o prestación de que se trate. Sin embargo, según nos indica la Diputación Foral de Bizkaia, en su c
aso resulta imposible ofrecer los datos de este modo, pues el programa informático c
on el que trabajan no lo permite. La información que nos remiten, también de gran interés, se refiere a aquellas personas beneficiarias de c
ada c
oncreto servicio o prestación c
uyo expediente se hubiera abierto en el año de referencia, de modo que, por ejemplo, no se c
omputaría en 2008 quien, a pesar de disfrutar de un determinado servicio en ese año, hubiera c
omenzado a disfrutarlo en 2007. Por este motivo analizaremos los datos c
orrespondientes a Álava y Gipuzkoa por una parte, y los de Bizkaia, por otra.
class="Ningnestilodeprrafo">En las siguientes tablas hemos sombreado c
on amarillo los datos del Territorio Histórico de Álava, c
on verde los de Gipuzkoa y c
on rojo los de Bizkaia.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa no remite los datos relativos a las personas beneficiarias de las prestaciones económicas en 2007 porque las solicitudes de estas prestaciones no c
omenzaron a tramitarse hasta el año 2008, debido a que su regulación no fue aprobada hasta noviembre de 2007.
class="Ningnestilodeprrafo">a) Año 2007
class="Ningnestilodeprrafo">b) Año 2008
class="Ningnestilodeprrafo">c) Año 2009
class="Ningnestilodeprrafo" style="text-align: left;" align="center">* La Diputación Foral de Álava informa de que una persona del sexo masculino disfrutó en 2009 de la PEAP. El sujeto no se encuentra identificado por edad.
class="Ningnestilodeprrafo">Una vez presentados los datos recabados, y analizada la distribución del c
onjunto de servicios y prestaciones de que son beneficiarias las personas en situación de dependencia, procedemos a estudiar, para c
ada servicio o prestación, el número de personas beneficiarias y el perfil de éstas en c
uanto a su sexo y edad.
3.12.0. Las personas en situación de dependencia beneficiarias de los servicios de prevención y promoción de la autonomía personal
class="Ningnestilodeprrafo">3.12.0.1. En el apartado 2.10.1.a) de este informe aludíamos a las c
aracterísticas de estos servicios y su tipología.
class="Ningnestilodeprrafo">En el artículo 22 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, referido al c
atálogo de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, se c
ontempla expresamente el servicio de intervención social en atención temprana y una serie de servicios sociales que sirven de soporte de la autonomía (servicio de apoyo a la vida independiente y servicio de ayudas técnicas y adaptación del medio físico).
class="Ningnestilodeprrafo">Con relación a los servicios de prevención, resulta sumamente difícil c
uantificar su impacto, dado que, c
omo indicábamos, en muchas ocasiones, estos servicios se incluyen en los programas de teleasistencia, ayuda a domicilio, c
entros de día y atención residencial.
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto a los servicios de promoción, a que se refiere el artículo 21 de la LAAD, indicábamos que el C
onsejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia había c
oncretado su tipología, avanzado que entre ellos se encontraban los de habilitación y terapia ocupacional, atención temprana, estimulación c
ognitiva, promoción, mantenimiento y recuperación de la autonomía funcional, habilitación psicosocial para personas c
on enfermedad mental o discapacidad intelectual, y apoyos personales y c
uidados en alojamientos especiales (viviendas tuteladas).
class="Ningnestilodeprrafo">Hemos recabado información de las diputaciones forales acerca de qué tipo de actuaciones y de servicios se han puesto en marcha, en materia de prevención de las situaciones de dependencia y en servicios de promoción de la autonomía personal.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava señala que todos los programas, servicios y c
entros tienen c
omo uno de sus objetivos prioritarios la prevención en c
ualquiera de sus tipos: primaria, secundaria o terciaria, así c
omo la promoción de la autonomía personal. En c
oncreto, c
ita una serie de servicios para personas c
on discapacidad –dirigidos, en general, a personas menores de 65 años–: el programa de atención temprana (0-3 años), los c
entros ocupacionales (para actividades de aprendizaje y habilidad personal y social), el c
entro de empleo Endesa (para la inserción laboral), ayudas para la promoción del empleo c
on apoyo, la c
onvocatoria de ayudas técnicas y productos de apoyo para la autonomía, el programa de vida independiente y los pisos asistidos para personas c
on diferentes niveles de autonomía. Todos ellos presentan el límite de edad señalado. También alude a otros dos c
entros que tienen una proyección más general: el c
entro de orientación y valoración (que valora el grado de discapacidad y dependencia a toda la población) y el c
entro de autonomía personal (que ofrece asesoramiento sobre los productos de apoyo a c
ualquier persona y servicios de atención diurna para la promoción de la autonomía dirigidos a personas menores de 65 años).
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto a los servicios dirigidos a las personas mayores, nos señala el programa "Cuidarse para c
uidar" (dirigido al apoyo de familiares c
uidadores) y las ayudas para favorecer la autonomía (que, c
omo se indica en el apartado 2.10.2.d) son muy limitadas para este c
olectivo).
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa, al margen de las ayudas técnicas o productos de apoyo a que nos referimos en los apartados 2.10.2.d) y 3.12.9. o el programa "SENDIAN", señala que este tipo de servicios se encuentran integrados en el funcionamiento y planes de c
uidado de otros dispositivos. En este sentido, nos indica que están mejorando las ratios de personal obligatorio y sus perfiles profesionales, para posibilitar el desarrollo de estos programas. C
on relación a ello, aludían a la aplicación del c
atálogo de servicios residenciales aprobado por el Departamento foral, que tiene c
arácter de obligado c
umplimiento para la c
oncertación de plazas residenciales de personas mayores. En su opinión, "esas c
ondiciones de c
oncertación superan los requisitos mínimos de autorización".
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia nos indica que el servicio GIZATEK, al que aludimos en los apartados 2.10.2.d) y 3.12.9, y el programa "ZAINDUZ" (apartado 2.10.1.f) persiguen los objetivos de prevención y promoción de la autonomía a que nos venimos refiriendo.
class="Ningnestilodeprrafo">3.12.0.2. Los servicios de atención temprana
class="Ningnestilodeprrafo">Hemos tenido un especial interés en recabar información acerca de la atención temprana, hasta el momento destinada a niñas y niños de entre 0 y 3 años de edad. Las tres diputaciones ofrecen este servicio, en la práctica, a pesar de que tan sólo Bizkaia c
uenta c
on regulación específica. Esta diputación ya incluía la estimulación temprana en la c
onvocatoria de ayudas individuales a personas c
on discapacidad, c
on anterioridad a la entrada en vigor de la LAAD. A partir del año 2009, ha regulado, de manera expresa, estas ayudas específicas y ha aprobado la c
onvocatoria para la c
oncesión de ayudas individuales para la estimulación temprana (0-3 años). Así, aprobó el Decreto Foral 216/2008, de 30 de diciembre, para las ayudas c
orrespondientes al año 2009. Las ayudas para el 2010 se c
onvocan mediante el Decreto Foral 192/2009, de 30 de diciembre.
class="Ningnestilodeprrafo">Con motivo de un expediente de oficio del que damos c
uenta en el apartado 5.14.2., nos dirigimos a las tres diputaciones forales interesándonos sobre si existía algún tipo de c
oordinación c
on las unidades de Neonatología, las c
onsultas de seguimiento y los servicios de Atención Infantil Temprana de los hospitales, así c
omo sobre los servicios o prestaciones que se estaban pautando, en general, para niños y niñas menores de 3 años y, en particular, para c
riaturas de 0 a 6 meses c
on problemas de bajo peso, c
on alto riesgo para el padecimiento de discapacidad o en situaciones de riesgo psicosocial en Neonatología[68].
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava nos c
ontestó lo siguiente:
class="Ningnestilodeprrafo">"Los niños y niñas c
on bajo peso al nacer son remitidos al C
entro de Valoración para valoración de la situación de dependencia, c
on el fin de prolongar la baja maternal de sus padres o madres y para el reconocimiento del derecho a las prestaciones del sistema desde las Unidades Neonatales, Servicios de Neuropediatría y de Atención Primaria de Pediatría, así c
omo desde la asociación de Prematuros de Euskadi (APREVAS) a la que previamente se informó de la existencia de esos recursos a través de sus representantes en la C
omisión de Atención Temprana del C
onsejo vasco de Atención Sociosanitaria. Existe además c
oordinación en el seguimiento de esos niños/as entre la Unidad de Atención Temprana y los servicios de Neonatología, Neuropediatría y Atención Primaria en Pediatría.
class="Ningnestilodeprrafo">Cuando los niños prematuros deben permanecer en la incubadora de las unidades neonatales, se facilita a sus familias el procedimiento de valoración, ésta se realiza basándose en los informes sobre la situación clínica y el peso al nacer del niño/a.
class="Ningnestilodeprrafo">Como se ha señalado, desde las Unidades de Neonatología, desde los Servicios de Pediatría de Atención Primaria, desde las asociaciones de prematuros (Aprevas) y desde los Servicios Sociales de Base, se informa a las familias de la existencia de prestaciones económicas y de servicios (Atención Temprana para niños que presentan retraso madurativo o riesgo de padecerlo) derivando a los padres al C
entro de Valoración y Orientación del Instituto Foral de Bienestar Social, donde se efectúa la acogida y se da una c
ita en un plazo no superior a 15 días para valoración del niño y de su situación social por el EVAT (Equipo de Valoración en Atención Temprana). Éste tiene c
arácter público y multidisciplinar, estando c
onstituido por médico/a rehabilitador/a, psicólogo/a y trabajador/a social, quienes determinan las intervenciones terapéuticas a seguir poniendo a la familia en c
ontacto c
on el Equipo de Intervención en Atención temprana (EIAT), en este c
aso, c
onveniado c
on el movimiento asociativo.
class="Ningnestilodeprrafo">Esta Atención Temprana destinada a todos los niños y niñas que presentan retraso madurativo o que están en riesgo de padecerlo (…) c
omprende un c
onjunto de intervenciones c
on una perspectiva bio-psico-social: seguimiento en el tiempo y estimulación global del desarrollo madurativo, fisioterapia, musicoterapia, atención especifica para niños invidentes, logoterapia, además del apoyo psicológico y social a padres mediante tratamientos individuales o grupales.
class="Ningnestilodeprrafo">El Equipo de Valoración efectúa revisiones periódicas, c
on una frecuencia no superior a 6 meses.
class="Ningnestilodeprrafo">Desde la primera c
onsulta, el EVAT aplica la Escala de Valoración Especifica para evaluar la dependencia en niños/as menores de 3 años y tiene en c
uenta, así mismo, los Baremos c
ontenidos en el RD 1971/1999 c
on objeto de reconocer los derechos del niño/a y de la familia lo más precozmente posible, posibilitando la percepción de las ayudas económicas destinadas a su atención que la ley establece. El/la trabajador/a social de la Unidad, facilita la realización de los trámites administrativos oportunos para ello.
class="Ningnestilodeprrafo">En ningún c
aso se exigen reconocimientos previos de discapacidad o de dependencia ni otros requerimientos administrativos c
omo requisito imprescindible para el acceso de los/las niños/as a la Atención Temprana, la c
ual tiene en Álava, c
arácter universal y gratuito.
class="Ningnestilodeprrafo">Las prestaciones que reciben estos niños/as y familias, además de las proporcionadas por otros organismos públicos y privados en razón de la discapacidad y de la dependencia, son las derivadas del reconocimiento de esta situación según del RD 504/2007, fundamentalmente la prestación económica para c
uidados en el entorno familiar (…)".
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, en 2007, existían 43 personas beneficiarias en programas de atención temprana, 19 niños y 24 niñas, c
on el siguiente diagnóstico: prematuros y prematuras (10); síndrome de Down (6); retraso psicomotor (10); parálisis c
erebral (4); trastorno generalizado del desarrollo (3); hipotonía (1); síndrome de maullido de gato (1); hidrocefalia (1); hipoacusia (1); fenilcetonuria (1); síndrome de Klinefelter (1); agenesia del c
uerpo c
alloso (1); síndrome de Marfan (1); macrocefalia (1) y síndrome polimalformativo (1). En 2008, el número de niños y niñas atendidos ascendió a 74, lo que arroja una tasa de c
obertura de 0,24 por c
ada 1.000 habitantes. En 2009 se registraron 75 niños y niñas beneficiarias: 37 en el área de estimulación precoz/atención temprana (convenio c
on APDEMA) y 38 en la de fisioterapia (Convenio c
on ASPACE).
class="Ningnestilodeprrafo">Según la información aportada por la Diputación Foral de Bizkaia, las c
riaturas de 0 a 6 meses c
on problemas de bajo peso, c
on alto riesgo para el padecimiento de discapacidad o en situaciones de riesgo psicosocial en Neonatología están siendo valoradas y reconocidas en situación de dependencia; en un buen número de los c
asos, se está pautando una prestación económica y servicios de atención –o estimulación– temprana. En el apartado 5.14.2. de este informe relativo al análisis de las quejas tramitadas por esta institución se da c
uenta de c
iertos aspectos sobre la c
oordinación entre los sistemas social y sanitario en este ámbito territorial.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa nos ofrece la siguiente información:
class="Ningnestilodeprrafo">"En Gipuzkoa, una vez detectada en los niños la necesidad de atención temprana por el neonatólogo, el neuropediatra, el pediatra de atención primaria, el personal escolar o el de los servicios sociales de base, los padres o tutores, tramitan la solicitud de discapacidad y/o de dependencia a través de los servicios sociales de base. Éstos la remiten a la sección de Valoración, Orientación y C
alificación de la discapacidad.
class="Ningnestilodeprrafo">Una vez establecido el c
ontacto entre la familia y los servicios técnicos de la Diputación Foral, la valoración de c
asos c
orre a c
argo de técnicos valoradores de la sección (médico rehabilitador, psicólogo y trabajador social), todos los c
uales llevan a c
abo el c
orrespondiente reconocimiento. En el transcurso del mismo se orienta a Atención Temprana, al tiempo que se realizan las c
ertificaciones de minusvalía y/o dependencia, según proceda, sin que ninguna de ellas sea requisito imprescindible para recibir el tratamiento.
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto a la intervención, una vez reconocida la necesidad de Atención Temprana, tras realizar la valoración integral, los técnicos indican el tratamiento de atención temprana (listado de profesionales, intensidad, fecha de revisión), c
uando así procede. Esta indicación se recoge en documento enviado a los padres. El seguimiento de la atención se realiza a través de revisiones en la valoración del niño, y de reuniones c
on los profesionales que los atienden.
class="Ningnestilodeprrafo">Los técnicos de valoración dan, así mismo, el visto bueno, a los tratamientos de atención temprana llevados a c
abo en Aspace, indicados desde los servicios de Sanidad.
class="Ningnestilodeprrafo">Finalmente, c
uando a través de las valoraciones de discapacidad y/o dependencia detectan niños que precisan atención o una reorientación de la que vienen recibiendo, realizan la intervención oportuna.
class="Ningnestilodeprrafo">La intervención propiamente dicha se lleva a c
abo en gabinetes psicológicos donde se proporciona tratamiento a algunos niños c
on retrasos madurativos o c
on riesgo de padecerlo. Otros niños c
on trastornos en su desarrollo son atendidos, en el ámbito sanitario y/o educativo, en c
entros específicos, (DFG da la autorización o visto bueno a los tratamientos proporcionados por Aspace y participa en la financiación).
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto a los servicios que se prestan, varios psicólogos c
olaboran c
on la DFG en la realización del tratamiento indicado por los técnicos de valoración. Estos trabajan en relación c
on psicopedagogos, pedagogos, psicomotricistas, maestros, logopedas... especializados en atención temprana. El tratamiento se ofrece de O a 3 años, y excepcionalmente se prorroga hasta los 6. La frecuencia de las sesiones es semanal, quincenal, mensual o bimensual.
class="Ningnestilodeprrafo">La c
obertura alcanzada en 2008 ha sido de 110 niño/as (una tasa de 0,16 niños y niñas atendidos por c
ada 1.000 habitantes) con un número aproximado de 5.478 sesiones.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa financia el tratamiento de Atención Temprana por sesión y niño. Además aporta una c
antidad fija mensual por niño atendido en Aspace, c
onsiderando un máximo de 50 niños atendidos al mes.
class="Ningnestilodeprrafo">Existe un acuerdo c
on el Hospital Donostia por el que desde el Servicio de Pediatría –especialmente en la Unidad de neonatología– se informa a las familias potencialmente beneficiarias de la existencia de las ayudas, y se les orienta a solicitar tanto la valoración EVE c
omo las ayudas c
orrespondientes (Prestación económica de entono familiar, SAD o Atención temprana, básicamente) en el servicio social de base. Paralelamente el Servicio de Pediatría (al que en 2008 se impartió una jornada sobre la escala EVE) elabora una propuesta de valoración EVE que remite directamente a la Sección de Valoración de la Diputación. La sección abre una valoración EVE sobre la base de dicha propuesta. C
uando se recibe la solicitud de EVE desde el servicio social de base, la valoración ya está preparada sin necesidad de realizar la visita de valoración. C
on esto se reducen sustancialmente los plazos.
class="Ningnestilodeprrafo">Es el propio Servicio de Pediatría (Unidad de neonatología) quien realiza el c
ribaje de los c
asos, en función de los pesos al nacer y diagnósticos.
class="Ningnestilodeprrafo">Los servicios de Atención Temprana están dirigidos a todos los niños/as que presentan un trastorno del desarrollo o están en situación de riesgo de padecerlo y sus familias. Los profesionales deben estar formados en las distintas situaciones de discapacidad o riesgo, para atender de forma individualizada, según las necesidades de c
ada niño/a y entorno. C
on c
arácter general el SAAD ofrece a los menores de 3 años atención a las necesidades que éstos tengan de ayuda a domicilio y, en su c
aso, prestaciones económicas vinculadas y para c
uidados en el entorno familiar".
class="Ningnestilodeprrafo">Con motivo de la realización de este estudio hemos c
onocido someramente el proyecto Hera, que nació c
omo una iniciativa de trabajo desarrollada íntegramente en el terreno de la neonatología, c
on un planteamiento multidisciplinar, involucrando e incluyendo a todos los agentes implicados en esta materia. Parece que se ha definido c
omo una interesante herramienta para mejorar los c
uidados de niñas y niños nacidos prematuramente, mediante programas de c
uidados c
entrados en su desarrollo. Según los datos c
on los que c
ontamos, en este proyecto están participando profesionales de neonatología, enfermería y psicología de diversos hospitales del Estado español, entre ellos, el Hospital de C
ruces y el Hospital Donostia.
class="Ningnestilodeprrafo">3.12.0.3. El nuevo modelo de atención temprana para la C
APV
class="Ningnestilodeprrafo">El 28 de febrero de 2011, el C
onsejo Vasco de Atención Sociosanitaria ha aprobado el documento relativo al Modelo de Atención Temprana para la C
omunidad Autónoma del País Vasco.
class="Ningnestilodeprrafo">Define la atención temprana c
omo "el c
onjunto de intervenciones dirigidas a la población infantil de 0-6 años, a la familia y al entorno, que tienen por objeto dar respuesta, lo más pronto posible, a las necesidades transitorias o permanentes que presentan los niños c
on trastornos en su desarrollo o que tienen el riesgo de padecerlos"[69].
class="Ningnestilodeprrafo">El modelo aprobado c
onstituye un documento de c
apital importancia en este ámbito, puesto que fija las pautas de actuación c
oordinada por parte de todos los sectores implicados –sistemas educativo, sanitario y social– y todas las instituciones afectadas. Es fruto del trabajo de una c
omisión c
reada al efecto e integrada por miembros de dichos sectores e instituciones.
class="Ningnestilodeprrafo">El Modelo de Atención Temprana c
onstituye un plan integral de atención y está dirigido a niños y niñas de entre 0 y 6 años de edad (amplía, por tanto el límite de edad). Su finalidad es ofrecer tratamiento para prevenir o evitar las situaciones de riesgo de los trastornos en el desarrollo infantil, así c
omo para c
orregir, en todo o en parte, tales trastornos y paliar, en lo posible, sus c
onsecuencias. Por tanto, tiene en c
uenta a esas niñas y niños, a sus familias y a las y los distintos tipos de profesionales que intervienen en el proceso.
class="Ningnestilodeprrafo">Según se indica en el documento, en la C
APV nacen en torno a 2.000 niñas y niños al año (aproximadamente, el 10%) necesitados de los servicios de atención temprana. Puede tratarse de trastornos en el desarrollo motriz, c
ognitivo, sensorial, en el lenguaje, la c
onducta, el desarrollo emocional, la expresión o de retraso evolutivo. Es de suma importancia ofrecer, c
uanto antes, a esos menores y a sus familias, los recursos adecuados pues es en fases tempranas c
uando interactúan múltiples factores biológicos y psicosociales, y se adquieren funciones muy importantes para la evolución futura.
class="Ningnestilodeprrafo">La atención temprana se c
onfigura c
omo una serie de actuaciones de c
arácter general, no c
entradas exclusivamente en los y las niñas, sino también en su entorno (en especial, los padres y madres). Su función no se c
ircunscribe a la solución de un problema específico, sino que pretende desarrollar todo el potencial de las personas usuarias. De ahí que se trate de un modelo c
on una triple naturaleza, sanitaria, social y educativa, aunque integrado en el ámbito de los servicios sociales. Ello significa que, en función de las necesidades de c
ada c
aso, el proceso se c
entrará en uno de los tres sectores, no necesariamente de forma exclusiva, c
on una posible derivación posterior a alguno de los otros sectores en función de la evolución y las necesidades que puedan ir detectándose a lo largo del proceso.
class="Ningnestilodeprrafo">El modelo propone dos tipos de equipos de atención temprana: los de valoración y los equipos de intervención. Los primeros, realizan las valoraciones de reconocimiento de la discapacidad y/o dependencia, elaboran un plan de intervención y realizan su seguimiento. Habrán de estar c
ompuestos, c
omo mínimo, por un psicólogo/a, un médico/a y un trabajador/a social. Los equipos de intervención, por su parte, llevan a c
abo las actuaciones necesarias para aplicar el plan de intervención y c
oordinar los diferentes recursos necesarios. Lo c
ompone un equipo de profesionales del ámbito biopsicosocial dirigidos por un c
oordinador o c
oordinadora. Ambos equipos deberán trabajar de forma totalmente c
oordinada.
class="Ningnestilodeprrafo">Además, al ser un modelo basado en tres sistemas –el de servicios sociales, el sanitario y el educativo–, se hará especial hincapié en que el eventual tránsito entre ellos sea fluido, sin que la integración en un nuevo entorno tenga que suponer alteración negativa alguna para las niñas y niños, ni una ruptura de vínculos c
on el anterior sector, pues, en definitiva, se propone un modelo integral de atención.
class="Ningnestilodeprrafo">El modelo c
rea una c
omisión interinstitucional para su puesta en marcha, desarrollo y seguimiento, así c
omo para su difusión entre la población. También se c
rea una c
omisión técnica permanente en c
ada territorio histórico, integrada por los tres sistemas, para el seguimiento.
class="Ningnestilodeprrafo">El modelo propuesto se inspira, entre otros, en los siguiente principios: el derecho de las niñas y niños y de sus familias a la atención; la prevención y el tratamiento por parte de los tres sistemas c
itados; la universalidad; el c
arácter integral; la prontitud, agilidad y fácil acceso; la responsabilidad y financiación públicas, la homogeneidad en toda la C
APV, y la participación de las familias en las distintas fases de la atención.
class="Ningnestilodeprrafo">Confiamos en que este documento va a c
ontribuir eficazmente a desarrollar, de manera c
oordinada en toda la C
APV, la atención temprana, para su mayor eficacia, c
obertura y atención adecuadas. De su materialización habremos de dar seguimiento en próximos ejercicios.
class="Ningnestilodeprrafo">[68] El Real Decreto 504/2007, sobre el baremo de valoración de la dependencia ya aludido, aprueba la escala de valoración específica (EVE) para menores de tres años. Según esta escala, el peso al nacimiento (que se valora desde el momento del nacimiento hasta los 6 meses) c
onstituye uno de los c
riterios de su aplicabilidad, junto c
on las medidas de soporte para funciones vitales y las medidas para la movilidad.
class="Ningnestilodeprrafo">[69] FEDERACIÓN ESTATAL DE ASOCIACIONES DE PROFESIONALES DE ATENCIÓN TEMPRANA. Libro Blanco de la Atención temprana. 3ª ed. Real Patronato sobre la Discapacidad: Madrid, 2010. Documento 55/2005.
3.12.1. Las personas en situación de dependencia beneficiarias del servicio de teleasistencia
class="Ningnestilodeprrafo">a) El número de personas beneficiarias
class="Ningnestilodeprrafo">El número de personas beneficiarias aumenta anualmente, c
omo puede observarse en el siguiente gráfico.
2007 | 2008 | 2009 | |
Álava | 643 | 994 | 1.182 |
Gipuzkoa | 930 | 2.535 | 3.394 |
2007 | 2008 | 2009 | |
Bizkaia | 885 | 1.935 | 2.323 |
class="Ningnestilodeprrafo">En las tablas y gráficos siguientes relacionamos el número de personas beneficiarias en c
ada territorio c
on el de sus habitantes.
class="Ningnestilodeprrafo">En Bizkaia, el número de altas anuales por c
ada 1.000 habitantes ha ido incrementándose hasta situarse, en 2009, en 2 personas por c
ada 1.000 habitantes.
class="Ningnestilodeprrafo">De acuerdo c
on los datos facilitados por las diputaciones forales de Álava y Gipuzkoa, el número de personas beneficiarias del servicio de teleasistencia por c
ada 1.000 habitantes ha ido aumentando año a año. En 2007 la tasa fue superior en Álava (2,10 frente a 1,34 de Gipuzkoa), pero en 2008 y 2009 Gipuzkoa ha registrado una tasa mayor.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Distribución en función del sexo de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">En todo c
aso, más del 72% de las personas beneficiarias del servicio de teleasistencia son mujeres. La predominancia femenina que se observa es, si c
abe, mayor en Gipuzkoa que en Álava.
class="Ningnestilodeprrafo">Con relación a Bizkaia, en todos los años, más del 80% de las altas registradas c
orresponden a mujeres en situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Distribución en función de la edad de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, en 2007 y 2008, más de un 70% de las personas que c
ontaban c
on servicio de teleasistencia eran mayores de 80 años. Este porcentaje se incrementa en 2009 hasta más de un 74%. En Gipuzkoa, en los tres años, supera el 75%. En ambos territorios, el grupo de personas entre 65 y 79 años representa en torno al 20-24% del total. Por tanto, en ningún c
aso el porcentaje de personas menores de 64 años supera el 6% del total.
class="Ningnestilodeprrafo">Los c
asos de menores de 30 años que utilizan este servicio son mínimos. Advertimos un ligero envejecimiento de la población usuaria c
on el paso del tiempo.
class="Ningnestilodeprrafo">En Bizkaia, el porcentaje c
orrespondiente a altas registradas en personas de más de 80 años oscila entre el 60 y el 70% del total y el que se refiere al grupo de personas entre 65 y 79 años representa un 30%.
3.12.2. Las personas en situación de dependencia beneficiarias del servicio de ayuda a domicilio (SAD)
class="Ningnestilodeprrafo">a) El número de personas beneficiarias
class="Ningnestilodeprrafo">En las tablas y gráficos siguientes relacionamos el número de personas beneficiarias en c
ada territorio c
on el de sus habitantes.
class="Ningnestilodeprrafo">El número de altas en Bizkaia aumentó de 2007 a 2008, pero volvió a disminuir en 2009, registrando un número más bajo que en 2007.
class="Ningnestilodeprrafo">Como observamos, en Álava, en los tres años, es mayor el número de personas en situación de dependencia que disfrutan del servicio de ayuda a domicilio por c
ada 1.000 habitantes (entre 7 y 10) que las que se registran en Gipuzkoa (entre 5 y 6). En ambos territorios se aprecia un incremento de la tasa entre 2007 y 2008. Sin embargo, de 2008 a 2009 la tasa en Álava desciende y aumenta tímidamente en Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Distribución en función del sexo de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere al servicio de ayuda a domicilio, un elevado número de personas en situación de dependencia del Territorio Histórico de Gipuzkoa no se encuentra identificado según la variable del sexo. Se trata de los c
asos que derivan de la escala de valoración Sakontzen (herramienta utilizada c
on anterioridad al BVD previsto por la LAAD); c
oncretamente, 1.867, 494 y 396 personas en 2007, 2008 y 2009, respectivamente. Por tal motivo, obviaremos la representación gráfica de la distribución por sexo.
class="Ningnestilodeprrafo">Ahora bien, atendiendo exclusivamente a los sujetos identificados por sexo –que responden a valoraciones BVD–, advertimos que en los tres años el porcentaje c
orrespondiente a las mujeres se sitúa entre el 72 y el 74% del total, superior, c
omo vemos, al registrado en Álava (66-67%).
class="Ningnestilodeprrafo">La distribución de las altas en Bizkaia sitúa el porcentaje de mujeres entre el 70 y el 74% del total de personas beneficiarias.
class="Ningnestilodeprrafo">El hecho de que Álava presente un mayor porcentaje de hombres que el registrado en los otros dos territorios podría responder a que su mayor tasa de c
obertura permite llegar a c
asos menos graves, que porcentualmente c
orresponden a la población masculina.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Distribución en función de la edad de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">Como en el c
aso anterior, en Gipuzkoa, 1.867 personas beneficiarias del SAD en 2007, 494 en 2008 y 396 en 2009 se encuentran sin identificar en c
uanto a su sexo.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de Álava, en torno al 87% de las personas dependientes beneficiarias del servicio de ayuda a domicilio superan los 65 años; en Gipuzkoa, analizando la edad de los sujetos identificados, este porcentaje se eleva alrededor del 91%. En Bizkaia, entre el 90 y el 93% de las altas registradas c
orrespondía a mayores de 65 años.
class="Ningnestilodeprrafo">Podríamos decir, pues, que la población dependiente usuaria de este servicio en Gipuzkoa y Bizkaia se encuentra más envejecida que en el territorio alavés, probablemente, de nuevo, c
omo c
onsecuencia de la mayor c
obertura que se aprecia en este territorio.
class="Ningnestilodeprrafo">Quienes superan los 80 años representan, en Álava, un 62-64% del total, en Gipuzkoa un 66% y en Bizkaia entre un 64 y un 75%.
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava y Gipuzkoa encontramos, ya en este servicio, un grupo de edad –el de 31-45 años– que provoca una modificación en la tendencia general ascendente –mayor número de personas beneficiarias c
onforme aumenta la edad–, pues se registran valores muy inferiores en el siguiente grupo –el de 46-54 años–. En el c
aso de las altas de Bizkaia no advertimos tal modificación.
class="Ningnestilodeprrafo">a) El número de personas beneficiarias
class="Ningnestilodeprrafo">En las tablas y gráficos siguientes relacionamos el número de personas beneficiarias en c
ada territorio c
on el de sus habitantes.
class="Ningnestilodeprrafo">En 2007, la tasa de personas dependientes beneficiarias del servicio de c
entro de día por c
ada 1.000 habitantes se sitúa en Gipuzkoa en el 2,86% y en Álava en el 1,50%. Esta distancia entre los dos territorios se va haciendo mayor c
on el paso del tiempo. Así, en 2009, se registraron valores de 3,64% y 1,93%, respectivamente. El incremento más remarcable se produce entre 2007 y 2008 en ambos territorios. En el c
aso de Álava, entre 2008 y 2009, no se registra aumento alguno.
class="Ningnestilodeprrafo">En Bizkaia, la tasa de altas por c
ada 1.000 habitantes disminuye notablemente entre 2007 (1,84%) y 2008 (0,44%), para seguir haciéndolo ligeramente en 2009 (0,31%).
class="Ningnestilodeprrafo">b) Distribución en función del sexo de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, excepto en 2007, año en el que las mujeres suponen un 72,87%, la población femenina representa entre un 62 y un 63% del total de las personas beneficiarias del servicio de c
entro de día. En Gipuzkoa, en los tres ejercicios, el porcentaje de mujeres se sitúa en torno al 63%.
class="Ningnestilodeprrafo">Las altas en Bizkaia presentan un c
omportamiento un tanto diferente. El porcentaje de mujeres va aumentando anualmente, c
omenzando c
on un 52,87% en 2007, en 2008 se registra un 58,25%, para alcanzar en 2009 el 66,39%.
class="Ningnestilodeprrafo">Es preciso destacar que hasta la edad de 65 años en Gipuzkoa y Álava, en los tres años estudiados, la población mayoritaria es la masculina (alrededor del 58% del total). Este fenómeno se produce también c
on las altas en Bizkaia.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Distribución en función de la edad de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">En este servicio apreciamos de manera c
lara la importancia numérica del grupo de personas de entre 31 y 45 años, produciéndose incluso una notable disminución de la población beneficiaria al pasar al siguiente grupo (46-54 años), rompiendo pues, la tendencia gradual de incremento del número de personas beneficiarias a medida que aumenta la edad.
class="Ningnestilodeprrafo">El grupo mayoritario lo c
onforman, en todo c
aso, las personas mayores de 65 años: en Gipuzkoa, entre el 66-68% de las personas beneficiarias; en Álava, entre el 75-80%. Las altas en Bizkaia registran una mayoría c
lara de personas que superan los 65 años en 2009 (año en que disminuye el número de altas por c
ada 1.000 habitantes), lo que no ocurre, por ejemplo en 2007 (48,17%).
class="Ningnestilodeprrafo">Este servicio, en la actualidad, no se encuentra operativo en ningún territorio de nuestra c
omunidad.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava nos aclara que "no se ha recogido este tipo de demanda especifica en una medida que pudiera suscitar la c
reación de esta c
lase de recurso, ya que es mucho más habitual que las necesidades de atención (y donde hay más dificultades para los apoyos), se registren durante las 24 horas del día, para lo que ya existen las residencias en sus diferentes modalidades, o por el día, para lo que existe una diversidad de apoyos (SAD, atención diurna, PECEF, c
entros ocupacionales...)".
class="Ningnestilodeprrafo">En este Territorio Histórico, c
oncretamente en Vitoria-Gasteiz, existió un recurso c
on plazas de c
entro de noche de titularidad foral, que se mantuvo en funcionamiento desde diciembre de 2001 hasta enero de 2004, debiendo ser reconvertidas las plazas nocturnas en residenciales por falta de demanda para el recurso de c
entro de atención nocturna, según indica el ente foral.
class="Ningnestilodeprrafo">Otra experiencia tuvo lugar en Donostia, en el C
entro Gerontológico Julián Rezola, de Matia Fundazioa, que tampoco se c
onsolidó. La Diputación Foral de Gipuzkoa informa de que, en la actualidad, no existe tal recurso en su territorio ni está prevista su c
reación a c
orto plazo.
class="Ningnestilodeprrafo">Igualmente, en Bizkaia, se impulsó un c
entro de respiro en Santurtzi, ubicado en la Residencia Nuestra Señora de Begoña, c
on estancias de noche. En la actualidad no permanece activo este servicio.
class="Ningnestilodeprrafo">a) El número de personas beneficiarias
2007 | 2008 | 2009 | |
Bizkaia | 5.465 | 1.788 | 775 |
class="Ningnestilodeprrafo">En las siguientes tablas y gráficos relacionamos el número de personas beneficiarias en c
ada territorio c
on el de sus habitantes.
class="Ningnestilodeprrafo">La tasa de c
obertura del servicio experimenta en Gipuzkoa un incremento anual (6,44 en 2007, 7,84 en 2008 y 8,42 en 2009); en Álava el incremento se produce entre 2007 y 2008 pero en 2009 registramos una disminución de dicha tasa. La tasa de altas en Bizkaia experimenta una disminución anual.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Distribución en función del sexo de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, en los tres años objeto de nuestro estudio, las mujeres c
onstituyen el 62-63% de la población usuaria del servicio de c
entro residencial. En Gipuzkoa este porcentaje se sitúa entre el 65 y el 66%. Las altas en Bizkaia siguen ese c
omportamiento, registrando porcentajes que oscilan entre el 67,35% de 2009 y el 74,16% de 2008. De nuevo advertimos que hasta los 65 años, sin embargo, los valores se invierten y el predominio es masculino.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Distribución en función de la edad de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, en los tres años analizados, entre el 79 y el 80% de la población beneficiaria de este servicio supera los 65 años de edad. Dentro de este grupo, las personas mayores de 80 años representan, a su vez, el 75%. En el c
aso de Gipuzkoa, en torno al 81-84% de las personas que se encuentran en c
entros residenciales son mayores de 65 años. De ellas, entre el 74-77% superan los 80 años.
class="Ningnestilodeprrafo">El c
omportamiento de las altas en Bizkaia nos muestra un 84-89% de personas mayores de 65 años. En 2007, alrededor del 70% de este grupo superaba la edad de 80 años; en 2008, c
erca del 82%; y en 2009, en torno al 74%.
3.12.6. Las personas en situación de dependencia beneficiarias de la prestación económica vinculada al servicio (PEVS)
class="Ningnestilodeprrafo">a) El número de personas beneficiarias
class="Ningnestilodeprrafo" style="text-align: left;">*En Bizkaia no se han tramitado las solicitudes por falta de regulación.
**En Gipuzkoa no se tramitó ninguna solicitud hasta 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">Como ya hemos indicado a lo largo de este informe, Bizkaia no reguló esta prestación hasta junio de 2010. Por tal motivo, ninguna persona pudo beneficiarse de ella hasta ese momento.
class="Ningnestilodeprrafo">Esta prestación se c
oncede fundamentalmente para el pago de plazas residenciales que no sean forales. De ahí que resulte c
onveniente relacionar sus tasas de c
obertura c
on las registradas en el servicio de atención residencial del anterior apartado.
class="Ningnestilodeprrafo">En las tablas y gráficos siguientes relacionamos el número de personas beneficiarias en c
ada territorio c
on el de sus habitantes.
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, la tasa de personas beneficiarias de la PEVS por c
ada 1.000 habitantes se sitúa en 2,58 en 2007; 3,53 en 2008 y 3,20 en 2009. Observamos, pues, una disminución en 2009. En Gipuzkoa se produce un incremento entre 2008 Y 2009 pero los valores (0,27 y 0,43) son inferiores a los registrados en Álava, c
omo c
onsecuencia de la mayor c
obertura que presentaba el territorio guipuzcoano en la atención residencial y el hecho de que, en Álava, una prestación de estas c
aracterísticas ya tuviera una c
ierta trayectoria.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Distribución en función del sexo de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">En general, alrededor del 66-69% de las personas que perciben esta prestación son mujeres. En Gipuzkoa, en 2009, este porcentaje se incrementa hasta un 75,58%.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Distribución en función de la edad de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">Entre el 73% y 84% (según el territorio) de quienes perciben esta prestación supera los 80 años. En realidad, alrededor del 98% de las y los perceptores es mayor de 65 años.
3.12.7. Las personas en situación de dependencia beneficiarias de la prestación económica para c
uidados en el entorno familiar (PECEF)
class="Ningnestilodeprrafo">a) El número de personas beneficiarias
class="Ningnestilodeprrafo">En las siguientes tablas y gráficos relacionamos el número de personas beneficiarias en c
ada territorio c
on el de sus habitantes.
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava y Gipuzkoa, el número de personas que perciben la PECEF por c
ada 1.000 habitantes ha ido aumentando año a año. Se registra, en todo c
aso, una mayor tasa en Álava (2,83 en 2007; 10,95 en 2008 y 15,54 en 2009) que en Gipuzkoa (0 en 2007; 6,81 en 2008 y 13,11 en 2009). C
omo vemos, esta distancia ha ido disminuyendo progresivamente.
class="Ningnestilodeprrafo">Las altas en Bizkaia presentan valores parecidos los primeros años, registrándose en 2009 una disminución.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Distribución en función del sexo de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, entre el 60 y el 62% de las personas preceptoras de la PECEF son mujeres. En Gipuzkoa este porcentaje se sitúa en torno al 62-64%. Sin embargo, hasta los 65 años el predominio es c
laramente masculino.
class="Ningnestilodeprrafo">Las altas en Bizkaia presentan una población femenina del 65,17% en 2007, 63,88% en 2008 y 61,44% en 2009. También apreciamos un predominio masculino en las altas registradas de personas menores de 65 años.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Distribución en función de la edad de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">En general, podemos afirmar que entre el 54-60% de las personas beneficiarias de esta prestación supera los 80 años. En Álava y Gipuzkoa entre el 75 y el 84% del total de personas beneficiarias son mayores de 65 años. En grupos de edad inferiores destacan por su volumen el de menores entre 4 y 18 años y adultos entre 31 y 45 años.
class="Ningnestilodeprrafo">En Bizkaia, las altas c
orrespondientes a mayores de 65 años se encuentran entre el 77-81% del total.
3.12.8. Las personas en situación de dependencia beneficiarias de la prestación económica de asistencia personal (PEAP)
class="Ningnestilodeprrafo">a) El número de personas beneficiarias
class="Ningnestilodeprrafo" style="text-align: left;" align="center">* En Gipuzkoa no se tramitó ninguna solicitud hasta 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">Como puede observarse, en el territorio histórico de Bizkaia esta prestación no se ha otorgado, en los tres años objeto de nuestro análisis, y en Álava se registra únicamente un c
aso. Según nos informa la Diputación Foral de Álava "se trata de un c
hico c
on gran dependencia que se encuentra trabajando y su prestación está vigente desde junio de 2009".
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación alavesa nos indica que esta prestación "apenas se solicita (sólo se han registrado tres solicitudes) porque la normativa es muy restrictiva: tiene que haber un c
ontrato de trabajo y esto, en grandes dependientes, es difícil; en el c
aso de estudiantes, se está resolviendo mediante el SAD y las prestaciones para c
uidados en el entorno familiar; se hace de esta forma porque suelen ser niños y niñas c
uyas familias prefieren ser ellas quienes les atiendan apoyadas por el SAD, de forma que la propia familia c
obra la prestación; si optasen por la prestación para la asistencia personal tendrían que c
ontratar a una persona ajena a la familia y la prestación se destinaría íntegramente a quien ejerciera la actividad profesional de asistente personal".
class="Ningnestilodeprrafo">La situación de Gipuzkoa es bien distinta y a ella exclusivamente nos referimos en las tablas y gráficos siguientes. El número total de personas beneficiarias ha pasado de 707 en 2008 a 1.175 en 2009, un incremento nada desdeñable. La tasa de personas beneficiarias por c
ada 1.000 habitantes, por tanto, ha experimentado un incremento de 2008 a 2009 (1,01% y 1,66% respectivamente). Sin duda, la interpretación de la Diputación Foral de Gipuzkoa sobre el c
umplimiento de los requisitos para acceder a esta prestación, a la que aludíamos en el apartado 3.10.2. de este mismo c
apítulo, permite explicar esta diferencia territorial tan remarcable.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Distribución en función del sexo de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">Mostramos, a c
ontinuación, la distribución que presenta Gipuzkoa:
class="Ningnestilodeprrafo">Más del 73% de las personas beneficiarias de la prestación económica de asistencia personal son mujeres, tanto en 2007 c
omo en 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Distribución en función de la edad de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">La distribución del c
onjunto de personas beneficiarias c
on relación a la edad de éstas, en Gipuzkoa, se expone a c
ontinuación.
class="Ningnestilodeprrafo">En ambos ejercicios, el grupo de personas mayores de 65 años representa más del 93% del total de personas beneficiarias. Las mayores de 80 años suponen más del 76% de dicho total. La edad avanzada de la persona beneficiaria de esta prestación c
orrobora la tesis que planteábamos: la Diputación Foral de Gipuzkoa, c
ontempla, para la adjudicación de esta prestación, no sólo los c
asos en que la persona en situación de gran dependencia es asistida para facilitar su acceso a la educación o al trabajo, sino también aquellos en los que la asistencia se dirige a la c
onsecución "de una vida más autónoma en el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria" (art. 19 LAAD). Favorece, por tanto, a un grupo de personas que no encontrándose en el mercado laboral ni en el sistema educativo, precisan una atención que favorezca su vida autónoma. C
on frecuencia, la Diputación Foral de Gipuzkoa atiende mediante esta prestación a personas a quienes no puede c
onceder la PECEF.
3.12.9. Las personas beneficiarias de ayudas técnicas (productos de apoyo) y/o para adaptación de vivienda
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a este tipo de ayudas dirigidas a la prevención de las situaciones de dependencia y la promoción de la autonomía personal, hemos de señalar de antemano que nos hemos encontrado c
on serios problemas para recabar la información c
orrespondiente. Ofrecemos a c
ontinuación los datos que hemos obtenido.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava nos informa de que durante el año 2009, se c
oncedieron 275 ayudas para la autonomía a 213 personas diferentes, siendo el 14,55% de éstas personas mayores y el 85,45% restante personas c
on discapacidad. Así pues, no c
ontamos c
on información sobre los años 2007 y 2008 ni sobre la distribución por razón de sexo y edad. Tampoco c
onocemos qué porcentaje de esas ayudas se destinó a personas en situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia nos remite información sobre el número de personas beneficiarias de ayudas económicas para la adquisición de productos de apoyo en general, sin especificar si se trata o no de personas en situación de dependencia. Aporta además datos sobre el desembolso económico que estas ayudas suponen para la administración.
class="Ningnestilodeprrafo">Como podemos apreciar, el número de personas beneficiarias ha ido aumentando de año en año. En 2009, prácticamente se c
uadruplica el número de personas beneficiarias c
on relación al año anterior. Hasta el año 2009 la c
onvocatoria anual de ayudas estaba destinada únicamente a personas c
on discapacidad que no hubieran c
umplido los 65 años. A partir de ese año se extiende a toda persona en situación de dependencia, sin límite de edad. Esto explica el gran incremento registrado en 2009, tanto en el número de personas beneficiarias c
omo en los importes totales. También observamos un aumento notable de las c
antidades que se destinan a c
ada persona perceptora. (709,64 euros en 2008 frente a los 1348,47 de 2009).
class="Ningnestilodeprrafo">La tasa de personas beneficiarias por c
ada mil habitantes se sitúa en 0,09 en 2007, 0,11 en 2008 y 0,45 en 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">El Servicio Público Foral de Orientación y Préstamo de productos de apoyo de la Diputación Foral de Bizkaia GIZATEK nos aporta los datos sobre la distribución por edad de las personas que se beneficiaron de este tipo de ayudas en 2009, año en el que se c
rea este servicio.
class="Ningnestilodeprrafo">Destaca la proporción de personas mayores de 65 años en el c
onjunto de beneficiarias de este tipo de ayudas (55,51%). Una vez más, el grupo de edad 31-45 es especialmente numeroso. Destaca el importe medio del gasto destinado a los grupos de edad 0-3 y 19-30. En general, hasta los 45 años los importes medios por persona beneficiaria son significativamente mayores a los registrados a partir de esa edad, lo que indica que los productos facilitados en edades más tempranas son más c
ostosos.
class="Ningnestilodeprrafo">La información ofrecida por la Diputación Foral de Gipuzkoa es la más c
ompleta, si bien, hemos de aclarar que c
orresponde tanto a personas autónomas c
omo a aquellas que se encuentran en situación de dependencia –verdadera población objeto de nuestro estudio–. Los datos que nos remite incluyen también las ayudas destinadas a la adaptación de la vivienda.
class="Ningnestilodeprrafo">Con relación al ejercicio 2008 nos amplían la información indicándonos que el programa Etxetek c
oncedió 4.576 ayudas a 1.936 personas diferentes en este año y que el gasto ascendió a 4.164.946 euros (incluyendo las ayudas a fondo perdido, las ayudas c
on c
ompromiso de recuperabilidad y la estimación del c
oste de las ayudas entregadas del stock), lo que arroja una inversión media por persona beneficiaria de 2.151,31 euros.
class="Ningnestilodeprrafo">Como puede apreciarse, en 2008, el número de personas beneficiarias aumentó un 52,32% c
on relación al registrado en 2007. El incremento de 2008 a 2009 fue menor, un 29,03%.
class="Ningnestilodeprrafo">La tasa de personas beneficiarias por c
ada mil habitantes se sitúa en 1,83, en 2007; 2,76 en 2008 y 3,54 en 2009, es decir, se duplica prácticamente en estos tres años.
class="Ningnestilodeprrafo">b) Distribución en función del sexo de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">Alrededor del 58% de las personas beneficiarias de ayudas técnicas y/o de ayudas destinadas a la adaptación de la vivienda en 2007 y 2008 fueron mujeres. Este porcentaje se incrementa en el año 2009 en torno a dos puntos.
class="Ningnestilodeprrafo">De nuevo observamos que, si el análisis lo realizamos en grupos de edad inferiores a los 65 años, el predominio se invierte, siendo los hombres quienes representan, en 2007 y 2008, más de un 58% del total de personas beneficiarias, y en 2009 más de un 53%.
class="Ningnestilodeprrafo">c) Distribución en función de la edad de la persona beneficiaria
class="Ningnestilodeprrafo">Las personas mayores de 80 años representan, en 2007 y 2008, en torno al 51% del c
onjunto de las personas beneficiarias de estas ayudas. En 2009 este porcentaje aumenta hasta un 56,84%. El grupo de edad c
omprendido entre 65 y 79 años supone más del 26% del total de personas beneficiarias.
class="Ningnestilodeprrafo">Los grupos de edad 4-18 y 31-45 son especialmente numerosos, si atendemos a la tendencia general del mayor número de personas beneficiarias c
onforme aumenta la edad.
3.13. Situación c
onvivencial de la persona en el momento de la solicitud de reconocimiento de dependencia
class="Ningnestilodeprrafo">Sobre esta c
uestión c
ontamos, únicamente, c
on los datos facilitados por la Diputación Foral de Bizkaia c
orrespondientes al ejercicio 2008, y c
on los aportados por la Diputación Foral de Álava sobre los años 2007 y 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa nos c
omunica que la situación c
onvivencial no está tipificada en el actual sistema informático.
class="Ningnestilodeprrafo">De los datos c
on los que c
ontamos se puede deducir que más del 60% de las personas solicitantes c
onviven c
on sus familias al tiempo de la solicitud, y que entre un 18,66% y un 29,50% se encuentran viviendo solas en dicho momento.
class="Ningnestilodeprrafo">El grupo de quienes c
onviven c
on terceras personas representa entre un 6,94 y un 8,13% del total, en el c
aso de Álava, y un 1,29% en el c
aso de Bizkaia.
class="Ningnestilodeprrafo">Ahora bien, las tendencias indicadas han de ser analizadas c
on la debida c
autela, debido a que, en el c
aso de Bizkaia, el porcentaje de sujetos no identificados, de acuerdo c
on esta variable relativa a la situación c
onvivencial, supera el 10%, y que en Álava, en los c
asos de personas residencializadas, se nos indica la situación c
onvivencial anterior a la fecha de ingreso.
class="Ningnestilodeprrafo">A c
ontinuación, ofrecemos los mismos datos desagregados en función del sexo de la persona.
class="Ningnestilodeprrafo">Los datos ofrecidos resultan acordes c
on la tendencia que venimos c
onstatando sobre la mayor presencia de mujeres (más de un 60%) frente a la de hombres (menos de un 40%) en nuestra población en situación de dependencia. Sin embargo, esta tendencia se acentúa (llegando incluso a presentar una distribución del 80% de mujeres y el 20% de hombres, en Bizkaia, en 2008) en el c
aso de las personas en situación de dependencia que viven solas. La media de vida mayor en la mujer y una desigual atribución de c
ompetencias y habilidades por razón de género en el ámbito doméstico, podrían explicar este hecho.
3.14. Situación jurídica de la persona solicitante
class="Ningnestilodeprrafo">El dato relativo al número de personas que estaban incapacitadas legalmente en el momento de solicitar el reconocimiento de la situación de dependencia nos lo ofrecen las diputaciones guipuzcoana y vizcaína. La Diputación Foral de Álava nos indica que esta información no se recoge al efectuar la valoración de la dependencia, por lo que no se encuentra disponible.
class="Ningnestilodeprrafo">Como puede apreciarse, el número de personas declaradas legalmente incapaces en el momento de la solicitud representa en torno al 2-3% del total de personas solicitantes.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa nos informa de que, en el momento de la solicitud, en 2007, 69 declaraciones legales de incapacidad se encontraban en trámite; en 2008, 25 y en 2009, 16.
class="Ningnestilodeprrafo">Responsables de la Diputación Foral de Gipuzkoa nos señalan que no les es posible desagregar la población valorada por tipo de discapacidad o enfermedad porque el sistema informático no utiliza esta tipología. La Diputación Foral de Bizkaia no remite los datos.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Álava nos ofrece una tabla sobre la tipología de las afecciones de las personas c
on discapacidad que han sido reconocidas en situación de dependencia, así c
omo la gradación obtenida:
class="Ningnestilodeprrafo">En 2007, un 38,59% del c
onjunto de personas c
on discapacidad que, además, habían sido reconocidas en situación de dependencia presentaban alteraciones motóricas en general (del sistema nervioso, muscular y osteoarticular). Éste es, por tanto, el grupo más numeroso dentro del c
onjunto de personas c
on discapacidad y dependencia. Quienes se ven aquejadas por enfermedades c
rónicas que afectan a los órganos internos y a la piel representan el 16,42% y las personas c
on discapacidad múltiple, un 13,65%. Las personas c
on discapacidad intelectual c
onstituyen el 11,68%, quienes c
uentan c
on alteraciones sensoriales del sistema visual, el 8,43% y las personas c
on problemas de salud mental el 7,79%.
class="Ningnestilodeprrafo">En general, en todos los tipos de discapacidad, el grupo de personas valoradas c
on el Grado III de dependencia es, c
on diferencia, el que más presencia tiene, excepción hecha de quienes padecen problemas de salud mental. En este último grupo, el 41,63% c
orresponde al Grado II.
class="Ningnestilodeprrafo">En 2008, por lo que se refiere a la distribución, en general, los porcentajes registrados son semejantes a los de 2007 c
on algunas variaciones c
omo la disminución relativa de personas c
on discapacidad múltiple (del 13,65% al 7,23%) y c
on alteraciones sensoriales del sistema visual (del 8,43% al 6,63%) o el aumento en la proporción de personas c
on enfermedades c
rónicas en órganos internos y piel (del 16,42% al 19,61%) y de personas c
on problemas de salud mental (del 7,79% al 9,66%).
class="Ningnestilodeprrafo">En los siguientes c
uadros recogemos c
ierta información relativa al número de plazas en c
entros de día y c
entros residenciales y su titularidad. La tipología que se presenta es la que establece la LAAD en su artículo 15, dedicado al c
atálogo de servicios de atención del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">Las diputaciones forales de Álava y Gipuzkoa nos ofrecen la información relativa a 2007 y 2008, de acuerdo c
on el esquema propuesto (tablas 134 y 135). Por lo que se refiere al ejercicio 2009, tan sólo c
ontamos c
on la información facilitada por la Diputación Foral de Gipuzkoa (tabla 136).
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Bizkaia no nos aporta todos los datos solicitados porque, según nos indica, registra la información de acuerdo c
on otro tipo de c
lasificación (tabla 137).
class="Ningnestilodeprrafo" align="center">* Porcentaje sobre el total de plazas disponibles.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a las personas mayores en situación de dependencia, el número de plazas disponibles en c
entro de día por c
ada mil habitantes es superior en Gipuzkoa (2,03) que en Álava (1,47). En el c
aso de las plazas en c
entro residencial, resulta a la inversa: 8,94 en Álava frente a 6,90 en Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">El número de personas mayores que se encuentran en lista de espera para acceder a los recursos de c
entro de día por c
ada mil habitantes presenta valores semejantes en los dos territorios históricos, en torno a 0,35. Lo mismo ocurre en el c
aso de la atención residencial de estas personas: tanto en Álava c
omo en Gipuzkoa la tasa de personas en lista de espera por c
ada mil habitantes se sitúa c
erca de 1,45.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a la titularidad de las plazas en c
entro de día para estas personas, en Álava, las plazas forales tienen un peso fundamental (79,29%) y las municipales suponen un 20,49% del total a diferencia de Gipuzkoa, territorio en el que el 18,18% de las plazas son de titularidad foral, el 24,15% de titularidad municipal y la mayoría, un 56,32%, de titularidad privada c
oncertada.
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto a la titularidad de las plazas para personas mayores en c
entro residencial observamos también una diferente distribución en los dos territorios: en Álava, el sector privado representa el 39,39% del total de plazas residenciales disponibles, frente al 3,02% registrado en Gipuzkoa. Destaca el peso de la c
oncertación c
on el sector privado en Gipuzkoa (58,69%) superior al de Álava (10,94%). La presencia de plazas de titularidad foral es mayor en Álava (32,28%) que en Gipuzkoa (13,22); sin embargo, en este último territorio se registra un 25,07% de plazas de titularidad municipal, gran parte de las c
uales están c
oncertadas o c
onveniadas c
on la Diputación.
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto a los servicios de atención a personas menores de 65 años –personas c
on discapacidad en situación de dependencia–, los datos nos indican que el número de plazas disponibles por c
ada mil habitantes tanto en c
entros de día c
omo en atención residencial es mayor en Gipuzkoa (1,07 y 1,03 respectivamente) que en Álava (0,30 y 0,88 respectivamente). La lista de espera existente es inapreciable, en ambos territorios y en los dos servicios c
itados.
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, la práctica totalidad de las plazas son de titularidad foral. Esto no ocurre en Gipuzkoa donde el 91,97% de las plazas en c
entro de día y el 53,21% de las plazas en c
entro residencial son privadas c
oncertadas (el 46,79% restante es de titularidad foral). No obstante, hay que señalar que esas plazas privadas c
oncertadas pertenecen, en general, a entidades sin ánimo de lucro; el denominado tercer sector, de fuerte implantación en Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo" align="center">* Porcentaje sobre el total de plazas disponibles.
class="Ningnestilodeprrafo">En ambos territorios, observamos un incremento del número de plazas disponibles en términos absolutos. Sin embargo, si atendemos al aumento del número de habitantes en los dos territorios, resulta que, en el c
aso de Álava, el c
recimiento de plazas en c
entro de día es muy tímido y, c
on relación a la atención residencial, registramos una disminución. En Gipuzkoa, el c
recimiento se da en términos absolutos y relativos. De hecho, la distancia a la que aludíamos entre Álava y Gipuzkoa, en c
uanto a la ratio de plazas disponibles en atención residencial para personas mayores por c
ada mil habitantes 8,94, en Álava frente a 6,90 en Gipuzkoa en 2007–, se suaviza en 2008, registrando valores de 8,86 en Álava y 7,22 en Gipuzkoa. A pesar de ello, el número de personas en lista de espera por c
ada mil habitantes aumenta ligeramente, en Gipuzkoa, en todos los c
asos. En Álava, éste disminuye en la atención dispensada a las personas mayores (tanto en c
entro de día c
omo residencial) y se incrementa en la ofrecida a menores de 65 años y personas en situación de dependencia c
on discapacidad.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a la titularidad, es de destacar que, en Álava, el porcentaje de plazas de titularidad privada c
oncertada en c
entros residenciales para personas mayores registra un notable incremento (de 10,94% en 2007 a un 24,50% en 2008).
class="Ningnestilodeprrafo">En Gipuzkoa, c
on relación a los servicios dirigidos a las personas c
on discapacidad en situación de dependencia, se observa un incremento notable de plazas forales en c
entros de día (pasan del 8,03%, en 2007 a 23,51% en 2008), en detrimento de las plazas privadas c
oncertadas (del 91,97% de 2007 al 76,49% de 2008). En los c
entros residenciales, el movimiento es inverso y mucho más leve: las plazas de titularidad foral se reducen (del 46,79% al 41,21%), mientras que aumentan las privadas c
oncertadas (del 53,21% pasan al 58,79%).
class="Ningnestilodeprrafo" align="center">* Porcentaje sobre el total de plazas disponibles.
class="Ningnestilodeprrafo">Como indicábamos, c
on relación al año 2009 sólo c
ontamos c
on los datos facilitados por la Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Se produce, en términos absolutos, un incremento de las plazas disponibles respecto del año anterior, excepto en el c
aso de las ofrecidas en c
entros de día para menores de 65 años, que disminuyen. Las ratios por c
ada mil habitantes también aumentan salvo en ese c
aso.
class="Ningnestilodeprrafo">El número de personas en lista de espera por c
ada mil habitantes disminuye en todos los servicios excepto en la atención residencial a personas en situación de dependencia c
on discapacidad. Así pues, la insuficiencia de los recursos residenciales para estas personas c
ontinúa agudizándose.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a la titularidad de las plazas en c
entros de día y c
entros residenciales para personas mayores, observamos una reducción de la proporción de plazas privadas c
oncertadas unida a un aumento de las privadas.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa amplía la información señalando que de las 1.331 plazas de titularidad municipal en atención residencial para mayores, 1.298 son c
oncertadas c
on la diputación guipuzcoana, es decir, un 97,52%.
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto a los servicios para personas c
on discapacidad en situación de dependencia (menores de 65 años), no se observan c
ambios sustanciales en la titularidad de las plazas, si bien, en los c
entros de día, apreciamos un leve incremento de la proporción de plazas forales y una reducción de la de las privadas c
oncertadas.
class="Ningnestilodeprrafo">A modo de resumen, sobre los tres años que han sido objeto de análisis, podríamos indicar lo siguiente:
class="Ningnestilodeprrafo">– En c
uanto a las listas de espera y el problema que esto supone, en Álava se aprecia c
ierta mejoría en servicios dirigidos a personas mayores, no así en los destinados a personas menores de 65 años (personas c
on discapacidad en situación de dependencia). En Gipuzkoa, en 2008, la situación empeora pero en 2009 las listas de espera en servicios dirigidos a personas mayores y en c
entros de día para personas menores de 65 años se reducen aunque se agrava la insuficiencia de recursos para la atención residencial de las personas c
on discapacidad en situación de dependencia.
class="Ningnestilodeprrafo">– En servicios destinados a la atención de las personas mayores:
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava, en los c
entros de día, predomina la titularidad foral (cerca del 80%) y el resto es municipal. En c
entros residenciales, en torno al 50% son plazas forales y municipales. Las plazas privadas superan el 25% en los dos años analizados.
class="Ningnestilodeprrafo">En Gipuzkoa, la estructura es diferente. Tanto en c
entros de día c
omo en residencias, la c
oncertación c
on el sector privado tiene un peso destacado (en torno al 42% en 2009). También es notable la presencia de plazas de titularidad municipal (24-34%), la mayoría de las c
uales están c
oncertadas o c
onveniadas c
on la Diputación.
class="Ningnestilodeprrafo">– En servicios destinados a personas c
on discapacidad en situación de dependencia (menores de 65 años):
class="Ningnestilodeprrafo">En Álava destaca la c
asi totalidad de las plazas de titularidad foral, en ambos servicios. En Gipuzkoa, la c
oncertación c
on el sector privado es muy relevante, si bien c
onocemos que se trata de entidades sin ánimo de lucro pertenecientes al denominado tercer sector, de destacada presencia en este territorio. Esta c
oncertación se ha ido reduciendo, en los c
entros de día, a favor de las plazas de titularidad foral, pero aún así, supera el 74%, en 2009. En los c
entros residenciales, este peso es menor, pero representa más del 58% (se ha incrementado levemente). El porcentaje de plazas forales se ha reducido levemente hasta alcanzar en 2009 un 41,63% del total de plazas disponibles.
class="Ningnestilodeprrafo">A c
ontinuación reproducimos la información facilitada por la Diputación Foral de Bizkaia:
class="Ningnestilodeprrafo">De acuerdo c
on estos datos, en Bizkaia, se registra un leve incremento en las tasas de c
obertura relativas a la atención residencial de las personas mayores, en los tres años, a pesar de seguir registrando tasas muy inferiores a las que se dan en Álava y Gipuzkoa. En c
entros de día destinados a este c
olectivo, observamos un incremento de la tasa de c
obertura en 2009 c
on relación a 2008, año en el que se había producido una disminución de ésta.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a la oferta dirigida a las personas c
on discapacidad, no apreciamos incrementos reseñables en las tasas de c
obertura, si bien, en la atención en c
entro de día de estas personas, la tasa registrada en Bizkaia es superior a las de Álava y Gipuzkoa, lo que no ocurre c
on la atención residencial de este c
olectivo.
3.17. Aportaciones económicas de la persona usuaria
class="Ningnestilodeprrafo">A c
ontinuación, ofrecemos c
ierta información sobre las aportaciones realizadas por las personas usuarias de los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, atención diurna y atención residencial. Para c
onfeccionar las tablas nos hemos servido de la información ofrecida c
on relación a los tres años por la Diputación de Gipuzkoa, del análisis de la normativa, en el c
aso de Bizkaia (2007, 2008 y 2009) y de la información remitida por la Diputación Foral de Álava c
on relación a los ejercicios 2007 y 2008 y el análisis de su normativa para las c
uantías de 2009.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de la atención en c
entros de día dispensada a las personas mayores en el territorio de Bizkaia, hemos c
alculado el precio medio entre plazas en unidades de psicogeriatría y de geriatría en general, a pesar de la diferencia existente –las primeras tienen un precio superior–. Asimismo, hemos c
alculado la aportación media que las personas usuarias realizan al mes, no al día, por entender que, de este modo, resulta más sencilla la c
omprensión de los c
ostes que supone c
ada servicio, a pesar de que, en muchos c
asos, la información venía dada en euros/día.
class="Ningnestilodeprrafo">Los datos relativos al servicio de ayuda a domicilio en Bizkaia no se han podido registrar por c
uanto que, debido a la inexistencia de un acuerdo marco que permita c
ierta unificación, c
ada Ayuntamiento establece sus propias tarifas.
class="Ningnestilodeprrafo">La c
olumna relativa a la aportación mínima no ha podido ser c
umplimentada en los c
asos de Álava y Bizkaia.
class="Ningnestilodeprrafo">La Diputación Foral de Gipuzkoa nos ha aclarado una serie de c
uestiones sobre el sistema de aportaciones económicas c
orrespondientes a la teleasistencia en los siguientes términos:
class="Ningnestilodeprrafo">"El sistema de aportaciones económicas c
orrespondientes a la tele-asistencia es muy c
omplejo (…) y suele revisarse c
ada 6 meses.
class="Ningnestilodeprrafo">Por explicar de algún modo el sistema, podemos decir que durante el año 2007 la instalación de c
ada aparato suponía un c
oste de 76,27 euros, siendo la c
uota de mantenimiento anual de 81,26 €, la instalación de un medallón adicional (para los c
asos en que ya haya un aparato instalado en el domicilio y otra persona del mismo requiera el servicio) de 3,72€ y el mantenimiento del medallón adicional de 12,41€/año. Los porcentajes de aportación por parte del usuario eran los siguientes: 0% (por tanto, en el año 2007 el mínimo de aportación era de 0 euros), 25%, 50%, 75% y el 100% del c
oste del servicio. Sin embargo, en vista de los problemas de ineficacia que acarreaba el hecho de que en algunos c
asos el c
oste a soportar por los usuarios fuera de 0 euros (como la pérdida o no devolución de los aparatos, por ejemplo), se decidió establecer un mínimo para el año 2008.
class="Ningnestilodeprrafo">Ese mínimo para el año 2008 fue del 10% de aportación por parte del usuario. Al igual que durante el año anterior, para c
ada c
ategoría de porcentaje de aportación se establecieron unos importes por c
ada c
oncepto. Los mínimos eran los siguientes: 7,95€ por instalación del aparato, 8,47 €/año c
omo c
uota de mantenimiento del mismo, 0,39€ por instalación del medallón supletorio y 1,29 €/año por el mantenimiento del mismo. Los máximos (que al ser el 100% suponen el total del c
oste) eran estos otros: 79,47 € por la instalación del aparato, 84,67 €/año en c
oncepto de c
uota de mantenimiento del mismo, 3,88 € por la instalación del medallón supletorio y 12,93 €/año por el mantenimiento del mismo.
class="Ningnestilodeprrafo">En los apartados de los c
uadros que hacen referencia a la aportación máxima y mínima de los usuarios se ha tenido en c
uenta únicamente el c
oste de mantenimiento del aparato, dado que, excepto en el año en que se le instale el mismo, c
omo norma general, no van a tener que pagar más. Por tanto, no se han tenido en c
uenta los c
asos en que se requiera la instalación de un medallón adicional, la sustitución del existente, etc.
class="Ningnestilodeprrafo">En lo referente al porcentaje del c
oste total del servicio financiado por los usuarios, se ha hecho un c
álculo aproximado teniendo en c
uenta los datos de que disponemos referidos a las aportaciones totales de los usuarios (del segundo semestre del 2007 más el año 2008) y el c
oste total que suponía el servicio (también en ese año y medio). Es por ello que en ambos c
uadros podemos observar el mismo porcentaje. No es que el mismo no haya variado, sino que el c
álculo se ha realizado c
on la suma total de los importes, al no disponer de suficiente información detallada.
class="Ningnestilodeprrafo">Por último, c
abe destacar que el importe resultante de la diferencia del c
oste del servicio y la aportación del usuario se paga a medias entre el ayuntamiento c
orrespondiente y la Diputación Foral de Gipuzkoa.
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a los datos de 2009, los c
ostes de teleasistencia reflejan la aportación máxima y mínima de los usuarios para el mantenimiento del servicio. Los importes c
orrespondientes a la aportación máxima y mínima c
orrespondiente a la instalación de un nuevo aparato son 80,98 € y 8,10 € respectivamente. En 2009 no ha sido posible c
alcular el porcentaje de aportación del usuario en el c
aso de la teleasistencia, dado que el sistema de pago está en c
ontinuo c
ambio. El sistema utilizado durante los año 2007 y 2008 no es el mismo que el utilizado en el año 2009, y el que se está utilizando en el 2010 también será diferente a los dos anteriores. Además, las c
aracterísticas del sistema hacen que haya muchas regularizaciones posteriores, habiendo a la fecha regularizaciones pendientes del año 2009, que todavía no han sido c
alculadas".
class="Ningnestilodeprrafo">También nos ha indicado, c
on relación al servicio de ayuda a domicilio, que "los importes máximos que se recogen en los c
uadros son c
asos extremos, siendo la media mucho menor en los tres ejercicios objeto del estudio". Nos aclara que "la aportación máxima en el SAD equivale al precio público fijado por los Ayuntamientos tras la decisión de la Diputación Foral de Gipuzkoa para c
ada año. La aportación máxima del usuario puede ser el 100% de esa c
antidad. Sin embargo, el c
onjunto de aportaciones reales de los usuarios sólo c
ubre el 13% del c
oste total".
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a los c
entros de día y residencias para mayores la Diputación guipuzcoana nos señala lo siguiente:
class="Ningnestilodeprrafo">"En lo que a las aportaciones de los usuarios se refiere, en el c
aso de los c
entros de día el Decreto Foral 20/2002, por el que se regula el régimen de acceso y adjudicación de plazas para personas mayores dependientes, establecía los mínimos y máximos de las aportaciones. Sin embargo, hay c
asos en que las solicitudes de plaza nos llegan desde el ayuntamiento c
orrespondiente c
on una valoración económica del usuario solicitando la exención de pago del mismo (dada su situación económica), por lo que en varios c
asos la aportación real es de 0 euros por día. Por otro lado, hay usuarios c
on una antigüedad mayor a la del decreto que están pagando una aportación superior por no haber realizado el trámite c
orrespondiente para el c
ambio, aunque se trata de muy pocos c
asos, c
uyo máximo es de 19,83 euros por día (…) pero tendemos a equipararlas al resto.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de las residencias, (...) en 2009, (...) 9 personas han tenido una aportación superior (...) Al igual que en el c
aso precedente, se quiere eliminar esas diferencias.
class="Ningnestilodeprrafo">Respecto al porcentaje del c
oste total del servicio financiado por las personas usuarias, debemos decir que la información de este apartado no es tan c
oncreta c
omo la del resto. El motivo es la disponibilidad y el soporte de datos c
on que c
ontamos. Por ello, en el c
aso de los c
entros de día, el porcentaje se ha c
alculado dividiendo la aportación del usuario por día entre la suma de esa aportación más la de la Diputación (no c
on c
antidades totales). En el de las residencias, se han obtenido las aportaciones de los usuarios realizadas en diciembre de 2008 a c
ada una de ellas y el importe que igualmente la Diputación ha aportado a c
ada una de ellas. De esos datos de un momento o período c
ompleto se ha obtenido el porcentaje.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de los c
entros de día hemos de diferenciar las estancias en días laborables (sumando el transporte) –que es lo que hemos c
alculado en el c
uadro– de las estancias durante festivos (en los años 2007 y 2008 la aportación del usuario supondría un 16,84% del total del c
oste).
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de las residencias, (…) no disponemos de información del año 2007 desagregada para su c
álculo, pero al no haberse dado ningún factor que haya c
onllevado ningún c
ambio significativo, estimamos que será muy similar a la del año 2008 (calculada c
omo se ha señalado anteriormente c
on los datos de diciembre de c
ada residencia, por no disponer de datos totalizados)".
class="Ningnestilodeprrafo">Por último, c
on relación a los c
entros de día y residencias para menores de 65 años la Diputación guipuzcoana amplía la información en el siguiente sentido:
class="Ningnestilodeprrafo">"En este grupo incluimos los c
entros para personas c
on discapacidad y los de salud mental.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de los c
entros de día, a pesar de que la diputación sí aporta un importe por c
ada usuario, todavía hoy son las propias asociaciones (Atzegi, Gautena y Aspace son las principales) las que gestionan las aportaciones de los usuarios (en proceso de c
ambio), de modo que no podemos facilitar datos reales respecto a la aportación máxima y mínima y el porcentaje de aportación del usuario. Por hacer una aproximación, podemos decir que c
uando la persona usuaria tiene unos ingresos inferiores al SMI, la aportación, en 2008 por ejemplo, era de 4,60 euros por día, exceptuando los c
asos en que los ingresos son mínimos, en los que esa aportación se reducía hasta los 2,18 euros por día. En los c
asos en que los ingresos son superiores al SMI, el precio se obtiene c
alculando el 40% sobre los ingresos, siempre que se garantice c
omo libre disposición de la persona usuaria el 60% del SMI diario. En c
asos de ingresos muy elevados, la aportación nunca podrá superar el c
oste de la plaza, que ronda los 70 euros diarios.
class="Ningnestilodeprrafo">El porcentaje del c
oste total del servicio financiado por las personas usuarias, al igual que en el apartado anterior, ha sido c
alculado en función de los datos de un c
entro de día de salud mental significativo respecto al c
onjunto, dado que, c
omo hemos c
omentado, la mayoría de los c
entros de día para personas c
on discapacidad son gestionados por las propias asociaciones.
class="Ningnestilodeprrafo">En el c
aso de las residencias, hay que matizar que los c
ostes varían mucho en función del c
entro, del grado de atención etc. Aquí también se c
alcula el precio en función de los ingresos del usuario, siendo el mínimo del 20% de los mismos y el máximo alrededor del 50% de los ingresos, garantizando, en este último c
aso, el 40% del SMI. En todo c
aso, el precio nunca podría ser superior al c
oste de la plaza, y estos oscilan entre los 30 euros al día y los 130 euros al día aproximadamente, c
omo hemos dicho, en función del c
entro, el grado de atención, etc.
class="Ningnestilodeprrafo">En este c
aso también se ha obtenido el porcentaje c
on los datos de una residencia de salud mental representativa de la mayoría, sin haber c
ontado c
on los datos totales de aportaciones, por el mismo motivo arriba indicado".
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a la información sobre aportaciones económicas, observamos las diferencias entre territorios a las que ya hemos aludido, y que resultan tan incomprensibles para la c
iudadanía.
class="Ningnestilodeprrafo">En c
uanto al servicio de teleasistencia, destacan los máximos que se pueden registrar en Bizkaia (30,42 euros al mes) frente a los de Álava o Gipuzkoa (entre 6 y 7 euros mensuales en ambos c
asos).
class="Ningnestilodeprrafo">Por lo que se refiere a los servicios dirigidos a las personas c
on discapacidad (o menores de 65 años), se observa que los precios máximos, tanto en c
entros de día c
omo residenciales, no presentan diferencias sustanciales en Álava y Bizkaia, aunque en este último territorio sean algo superiores. En Gipuzkoa, los precios son los más reducidos c
uando los ingresos de la persona usuaria son inferiores al salario mínimo interprofesional pero, c
uando lo superan, el precio puede exceder al registrado en los otros dos territorios. De hecho, los datos disponibles sobre el porcentaje del c
oste del servicio financiado por la persona usuaria indican que en Gipuzkoa ese porcentaje es mayor que en Álava (carecemos de este dato sobre Bizkaia). Así, en c
entros de día, ese porcentaje gira en torno al 4%, en Álava, y al 12,8 en Gipuzkoa. En las residencias, el porcentaje registrado en Gipuzkoa (21,26%) duplica al de Álava (10%).
class="Ningnestilodeprrafo">Por el c
ontrario, en los precios máximos de los servicios de atención a las personas mayores, se aprecian diferencias significativas entre los tres territorios:
class="Ningnestilodeprrafo">– En los c
entros de día, los precios son similares en Álava y Gipuzkoa, aunque ligeramente superiores en el primero. Sin embargo, los precios máximos de Vizcaya son c
onsiderablemente superiores a los de los otros dos territorios (entre el doble y el triple). No disponemos del porcentaje del c
osto financiado por la persona usuaria en Bizkaia. En los otros dos territorios, este porcentaje fluctúa entre el 15-29%.
class="Ningnestilodeprrafo">– En los c
entros residenciales, los precios difieren significativamente de un territorio a otro. Los más reducidos son los registrados en Álava y los más elevados, los de Bizkaia. Los precios guipuzcoanos son superiores a los alaveses pero se encuentran más c
erca de los precios que presenta Bizkaia. Así, si c
onsideráramos que el precio de Álava es 1, el de Gipuzkoa es 1,85 y el Bizkaia es 2,23, aproximadamente, en los tres años.
class="Ningnestilodeprrafo">El porcentaje del c
oste del servicio financiado por la persona usuaria es sustancialmente mayor en Gipuzkoa (en torno al 40%) que en Álava (el 15%). C
omo ya indicábamos, c
arecemos de este dato relativo a Bizkaia, pero presuponemos que este porcentaje será apreciablemente mayor.
class="Ningnestilodeprrafo">Por otro lado, la Diputación Foral de Álava, nos indica que "las sucesivas normativas reguladoras de los precios públicos de los servicios prestados por el Instituto Foral de Bienestar Social durante los últimos años, siempre han señalado un mayor precio a los recursos dirigidos a personas mayores, puesto que, en principio, estas personas hacen frente al c
oste del servicio c
on sus propios ingresos, mientras que en el c
aso de las personas c
on discapacidad, que no c
uentan c
on ingresos propios, es la familia la que hace frente al pago del recurso asignado. En 2008, se intentó propiciar un acercamiento en la participación económica de las personas usuarias, independientemente de su edad".