1. Reforzar y extender la conciencia social sobre los derechos de la infancia
Con frecuencia se escuchan opiniones que manifiestan su crítica, su preocupación porque los menores tengan, a
su juicio, muchos derechos y pocos deberes. Creemos, sinceramente, que se trata de un falso debate. Derechos y deberes no son sino las dos caras de una misma moneda. Y tampoco creemos que exista, en la práctica, una excesiva conciencia social sobre los derechos de la infancia.
Los derechos de las personas menores de edad constituyen, de rebote, obligaciones para las personas a
dultas. El derecho a
la protección, por ejemplo, exige que cualquier persona a
dulta que sea conocedora de una situación de riesgo tenga la obligación –no sólo moral, también legal– de ponerla de inmediato en conocimiento de las a
utoridades competentes.
De igual manera, los derechos de la infancia y el principio de interés superior del menor exigen a
doptar una perspectiva educativa y establecer unas prioridades que deben orientar cualquier intervención con una persona menor, incluso la intervención de sistemas correctores como puede ser la justicia juvenil (lo que supone medidas educativas –no medidas ejemplares–, a
ctuaciones de defensa que buscan la responsabilización del menor sobre sus conductas –no el librarse de las consecuencias a
cualquier precio–).
Existe, seguramente, una mayor conciencia social sobre los derechos de las personas menores de edad que hace a
lgunos a
ños, y debemos a
legrarnos y felicitarnos por ello. Pero queda todavía mucho por hacer, tanto en el plano general (difusión de los derechos) como en la concienciación a
nte determinadas situaciones (castigos físicos, maltrato, a
buso sexual, etc.).
Esta recomendación quiere insistir sobre ello y exhortar a
todas las a
dministraciones a
que continúen y refuercen sus iniciativas de sensibilización social en defensa de los derechos de la infancia.
2. Poner en práctica el derecho a
participar, a
ser oído
La Convención de los Derechos del Niño, en sus a
rtículos 12, 13, 15… establece su derecho a
recibir y dar información, a
as
ociarse, a
expresar su opinión… El a
rtículo 12, en concreto, establece que "El niño/a tendrá derecho a
expresar su parecer en todos los as
untos que le a
fecten, y sus opiniones serán tenidas en cuenta". En todos los as
untos que le a
fecten.
Es evidente que la a
plicación concreta de este derecho está condicionada por factores como la edad o su capacidad de expresarse. Pero, si nos fijamos por ejemplo en las situaciones a
nalizadas en este informe, son muchos los as
untos concernidos que les a
fectan y, por tanto, sobre los que tienen derecho a
opinar y a
que su opinión sea tenida en cuenta (lo cual no significa que deba cumplirse en todo caso):
– La a
dopción de una medida de protección que supone la separación de la familia.
– El ingreso en un determinado centro o en otro.
– La a
plicación de un procedimiento de regreso a
su país de origen.
– La realización de unas pruebas médicas, por ejemplo, para determinar su edad.
– La a
dopción de una medida correctora u otra.
– El a
grupamiento o la a
tención educativa en un a
ula u otra.
– La a
dopción de un determinado tratamiento médico o la a
plicación de una determinada medicación.
– Etc.
Nos parece especialmente pertinente insistir en la importancia de garantizar la participación de las personas menores en todo lo que supone la elaboración, a
probación y a
plicación de las normas de convivencia de los centros, servicios, a
ulas o grupos de los que forma parte. Ello exige la existencia de cauces de participación real, tiempos destinados a
ello, mecanismos de queja o sugerencias…
3. Apoyar a
las familias para el correcto desarrollo de sus funciones respecto a
sus miembros menores de edad
La intervención del A
rarteko en los temas a
quí a
bordados se ha centrado especialmente –de a
cuerdo con las competencias y funciones que la ley le a
tribuye– en la a
tención "institucionalizada" a
niños, niñas y a
dolescentes. Ello explica el peso que tiene en nuestros informes –también en éste– el a
nálisis de la situación de los centros de a
cogida, los centros de internamiento, los centros escolares, las unidades educativo-terapéuticas, etc.
Lo hacemos as
í por imperativo legal, pero eso no significa que no seamos plenamente conscientes de las limitaciones que suelen a
compañar a
las respuestas de institucionalización; especialmente en cuanto a
los vínculos a
fectivos, la continuidad de la relación a
lo largo de la vida, la disponibilidad de personas a
dultas que sirvan de referente y a
poyo estable…
Incluso en las situaciones de mayor riesgo o vulnerabilidad, cuando la familia no existe o no cumple sus funciones esenciales y una institución as
ume la tutela de un menor, incluso en esos casos, el vínculo a
fectivo sigue siendo necesario para su seguridad y pleno desarrollo.
Está, a
demás, la realidad estadística, tantas veces olvidada, de que casi el 99% de las personas menores, en nuestra comunidad, viven en "sus" familias, sean éstas biológicas, de a
dopción, de a
cogida, extensas, monoparentales, homoparentales…
Es evidente que no todas las familias (independientemente del modelo de familia en el que viva el menor o la menor) disponen de los recursos, destrezas o competencias necesarias para cumplir a
decuadamente con sus funciones de cuidado y protección. Por muy distintas razones. Y parece claro también que esta razón está en el origen de muchas de las situaciones de riesgo a
quí consideradas.
Pero muchas de esas familias que –insistamos, por diversas razones– son incapaces de ejercer a
decuadamente su labor, podrían hacerlo, seguramente, con las a
yudas o los a
poyos necesarios: a
poyo técnico, formación, recursos indispensables, as
esoramiento, medidas de conciliación que faciliten los tiempos en común, a
compañamiento…
En este campo, sin duda, las posibilidades de trabajo y mejora son inmensas y servirían, sobre todo, para prevenir, para evitar situaciones de grave riesgo que, como la experiencia nos muestra, una vez producidas tienen graves consecuencias en el desarrollo del menor y son muy difíciles de reconducir.
Junto con el a
poyo a
las familias, en general, o las necesarias medidas de conciliación entre la vida familiar y laboral, también habría que a
puntar a
quí la conveniencia de potenciar fórmulas poco experimentadas hasta a
hora entre nosotros como la existencia de familias de a
cogida profesionalizadas.
La existencia de Planes interinstitucionales de a
poyo a
las familias para el conjunto de la CAPV debería servir para impulsar líneas de a
ctuación como las a
quí propuestas y poder valorar los a
vances experimentados.
4. Clarificar mejor las responsabilidades institucionales y el papel del Tercer sector en la a
tención a
la infancia
Según cual sea el tema o el colectivo en el que nos fijemos, varía el peso que tiene el Tercer sector como elemento clave y gestor de los recursos y programas puestos a
su disposición. En todos ellos, sin embargo, es determinante. Y en a
lgunos (sirvan de ejemplo la red de centros de a
cogida para menores) su peso es, prácticamente, total. Prácticamente todos los recursos (salvo unas pocas excepciones) están gestionados por as
ociaciones y organizaciones del Tercer sector.
Con frecuencia, el único instrumento formal en el que se determinan las obligaciones y compromisos de cada parte es el convenio a
nual, firmado entre la A
dministración competente y la entidad en cuestión. Un convenio con mayor o menor nivel de concreción.
Mediante esta recomendación queremos plantear la necesidad de revisar esta situación entre todas las partes, a
nalizar las posibilidades de disponer de marcos más estables (como los conciertos o los convenios plurianuales), de extender su a
plicación, y, en todo caso, de dignificar el enorme trabajo que lleva a
cabo el Tercer sector, potenciar su profesionalización y mejorar los elementos de evaluación y control que, siempre, corresponden a
la A
dministración, última responsable de garantizar los derechos de las personas menores que en ellos son a
tendidos.
5. Liderazgo institucional en la creación y defensa de los recursos necesarios
Ya en el a
ño 2001, dadas las reacciones de protesta o de rechazo a
la ubicación de determinados centros o recursos destinados a
grupos de población que eran considerados como "problemáticos", esta institución efectuó una recomendación general sobre "El liderazgo institucional en la creación de servicios destinados a
colectivos en situación de especial vulnerabilidad".
Tras intervenir en varios conflictos, la institución del A
rarteko recordaba entonces que la creación de un servicio, de a
cuerdo con sus características, suele estar sujeta a
una determinada normativa y suele seguir, por tanto, un procedimiento reglado (licencia de obras, licencia de a
pertura…). En estos casos, la a
dministración competente no puede sino a
plicar el marco legal, seguir fielmente el procedimiento tasado y resolver puntualmente, a
utorizando o denegando el servicio. No cabe duda de que, precisamente, una de las funciones básicas de tales procedimientos es la de ofrecer seguridad jurídica a
las partes, tanto a
quienes solicitan y promueven la creación del servicio como a
quienes pueden sentirse a
fectados por el proyecto. Es importante, pues, insistir en el estricto cumplimiento del procedimiento y en el a
provechamiento de las posibilidades que éste ofrece para que todas las partes puedan hacer sus a
legaciones y exponer sus posiciones, en tiempo y forma.
Analizaba también los problemas o carencias que, en ocasiones, pueden poner de manifiesto las reacciones vecinales. Reacciones contrarias en las que se suele percibir el cuestionamiento de as
pectos básicos, a
veces poco trabajados socialmente. As
í:
– Se muestra el desacuerdo con determinadas políticas.
– Se cuestiona la concentración de determinados servicios en ciertas zonas.
– Se pone en cuestión la falta de planificación y una distribución equitativa de recursos.
– Se protesta a
nte la falta de información y de cauces de participación…
Durante los últimos a
ños han sido varios los casos en los que se han dado este tipo de manifestaciones a
nte la a
pertura de recursos destinados a
a
dolescentes considerados problemáticos.
No se trata de valorar lo a
certado o no de los a
rgumentos, ni tampoco de a
ceptarlos críticamente, sino de tratar de comprender qué cuestiones básicas pueden a
limentar estas posturas. Si existiese, por ejemplo, una planificación pública de determinados servicios, posiblemente sería más fácil defender, a
nte la representación vecinal de una zona concreta, la necesidad de que un determinado recurso se sitúe en dicha zona, a
l igual que otros similares se sitúan –o se situarán, de a
cuerdo con la planificación– en otras zonas.
Para prevenir y evitar estos problemas es necesaria la sensibilización social. En ese sentido, respecto a
la creación de servicios para menores en riesgo de exclusión o situación de especial vulnerabilidad, la institución del A
rarteko considera necesario que las a
dministraciones competentes a
dopten, en todos los casos, una posición a
ctiva y de liderazgo que busque los siguientes objetivos:
– Lograr una sensibilización social sobre la necesidad y bondad de los servicios destinados a
menores en riesgo de exclusión, lo que exige, a
l menos, información sistemática y clara sobre las políticas, a
puestas y programas de respuesta social a
la marginación.
– A
nalizar las necesidades de a
tención y, consecuentemente, planificar las respuestas y su distribución territorial, evitando concentraciones excesivas y el consiguiente riesgo de creación de guetos.
– Favorecer la existencia y promover la utilización de mecanismos de participación que permitan el intercambio de informaciones y propuestas, y posibiliten la presencia a
ctiva tanto de los a
gentes sociales organizados (asociaciones…) como el vecindario directamente a
fectado en las diferentes fases del proyecto, siempre que ello sea posible.
– Coordinarse y a
doptar posiciones comunes entre las diferentes a
dministraciones o departamentos implicados (de á
mbito local, territorial o comunitario).
– Ofrecer las garantías necesarias para el correcto funcionamiento de los servicios. Garantías que a
fectan, por ejemplo, a
l a
poyo, control, evaluación, continuidad… de programas y/o profesionales, especialmente cuando la gestión de un recurso se delega en otra entidad y surge de la iniciativa social.
– Evitar cualquier discurso o manifestación de cargos públicos que pueda contribuir a
la estigmatización de los sectores de población especialmente vulnerable, como una manera de prevenir el posible rechazo a
la ubicación de recursos destinados a
ellos.
– Evitar los posibles conflictos y, en el caso de que surjan, contribuir decididamente a
su pronta solución.
– Efectuar un seguimiento de los programas que permita introducir las modificaciones necesarias y extender las buenas prácticas…
Por todo ello, la institución del A
rarteko considera totalmente necesario que los responsables institucionales impulsen y lideren estos proyectos, buscando la sensibilización social, la participación ciudadana, la planificación de las respuestas a
las necesidades, la coordinación entre a
dministraciones, el a
poyo y reconocimiento de las iniciativas sociales solidarias, la colaboración con los a
gentes sociales más comprometidos en la defensa de la infancia vulnerable, y la garantía del correcto funcionamiento de los servicios.
6. Evaluación sistemática y pública de los resultados obtenidos
Como ya hemos señalado en el capítulo precedente, en los últimos a
ños se ha extendido entre nosotros la práctica de a
probar planes plurianuales de a
ctuación bien de carácter general (planes de infancia para un determinado territorio o incluso municipio), bien centrados en una materia o sector de las a
quí a
bordados (inmigración, pueblo gitano, convivencia escolar, salud mental, temporerismo, drogodependencias…).
La existencia de tales planes debe ser considerada, en sí misma, un a
vance, por cuanto supone de compromiso público a
nte la sociedad. Pero ese compromiso, a
nuestro juicio, debe extenderse también a
la evaluación de los resultados obtenidos en la puesta en práctica de dichos planes, cosa que no siempre sucede.
Muchos de los planes a
probados disponen incluso de indicadores de evaluación; es decir, prevén a
quellos datos, resultados o informaciones que deben servir de base para evaluar el logro de los objetivos perseguidos. Y, en determinadas materias, existen ya series de Planes: I Plan; II Plan…
Parece necesario insistir en la importancia de evaluar todo Plan, a
l menos hacia el final de su período de vigencia. Esta evaluación debe ser lo más objetiva posible, llevarse a
cabo de forma participativa, hacerse pública y servir como elemento básico para a
doptar medidas correctoras y, en su caso, orientar la elaboración de nuevos planes.
Esta forma de a
ctuar no debe ser a
lgo excepcional, sino una buena práctica que se a
plica de forma sistemática a
todos los planes a
probados.
7. Mejorar la coordinación entre diferentes servicios y profesionales como medio eficaz para garantizar una mayor coherencia en las intervenciones con menores
Como se ha podido ver tanto en el capítulo 3 como en el capítulo 4 de este informe, y también en informes monográficos a
nteriores, los problemas o dificultades de coordinación entre servicios son una constante en el trabajo con menores.
Por causas o factores muy diversos: porque cada servicio depende de una A
dministración diferente (local, territorial, a
utonómica…); porque cada servicio depende de departamentos diferentes, a
unque pertenezcan a
la misma A
dministración (del Departamento de Educación, del Departamento de Sanidad, del Departamento de Justicia…); por la inexistencia de cauces organizados para la transmisión de información o de protocolos de a
ctuación común; por las culturas profesionales y diferentes estatus de unos y otros profesionales…
Y, sin embargo, lo habitual, lo normal, es que con cada menor en situación de especial vulnerabilidad deban intervenir varios –a veces, muchos– profesionales, y hacerlo durante bastante –a veces, mucho– tiempo.
La coordinación no es, por tanto, a
lgo deseable, que vendría bien, que sería conveniente, sino a
lgo totalmente necesario para dotar de coherencia –y de eficacia– a
las diferentes intervenciones profesionales.
Como se planteará de forma más concreta en recomendaciones posteriores, la necesidad de coordinación es especialmente sentida en determinados campos o situaciones: en materia de protección entre los servicios locales y los servicios territoriales; entre los servicios de protección y los servicios de justicia; entre los servicios de sanidad y el resto de servicios a
quí a
nalizados…
Por otra parte, la coordinación no puede quedar en manos de la buena voluntad de los propios profesionales; debe ser as
umida como una prioridad y garantizada por las propias a
dministraciones de las que dependen los servicios. En este sentido, nuestra "arquitectura" institucional, en muchas ocasiones, más que una a
yuda resulta un estorbo, una dificultad a
ñadida.
8. Compaginar políticas compensatorias con medidas contra la segregación o estigmatización
Aunque pueda parecer exagerado o más propio de otros lugares menos desarrollados, desgraciadamente también entre nosotros existen situaciones de exclusión, mecanismos de segregación o de estigmatización.
Así, lo mismo que podemos señalar con claridad la existencia de itinerarios de inserción social casi siempre exitosos (pertenecer a
una familia estructurada — disfrutar de una escolarización provechosa — obtener una cualificación profesional — a
cceder a
un empleo o a
una vida familiar o a
utónoma propia…), podemos reconocer también la existencia de a
uténticos itinerarios de exclusión: a
usencia de familia o familia desestructurada — escolarización problemática o fracaso escolar — institucionalización — delincuencia — nueva institucionalización — reincidencia…
Por eso, con frecuencia, el mismo a
dolescente que hoy encontramos en un centro de a
cogida, o que vemos desescolarizado, lo encontramos mañana en un centro de internamiento, y lo podemos encontrar de nuevo, dentro de unos meses, en otra situación de especial riesgo.
Ello exige, a
juicio de esta institución, combinar de manera a
decuada dos tipos de a
ctuaciones a
parentemente contradictorias:
1) A
plicar, por un lado, políticas compensatorias a
favor de a
quellos servicios que a
tienden especialmente a
la población infantil en mayor riesgo o más vulnerable, dotándoles de mayores recursos y mayores a
poyos que a
otros centros o recursos.
2) A
doptar y a
plicar, a
l mismo tiempo, medidas que eviten a
l máximo los riesgos de segregación de estos sectores de la población infantil, su estigmatización social, su guetización, su marginación.
Esta recomendación general tiene su concreción, por ejemplo, en las recomendaciones nº 28 y nº 33, a
plicadas a
l sistema educativo y, en concreto, a
la a
tención a
determinadas poblaciones escolares con necesidades educativas especiales o específicas que las hacen más vulnerables.