4.2. Menores infractores
Tras la publicación en 1998 del informe extraordinario del A
rarteko sobre La intervención con menores infractores esta institución ha venido efectuando un seguimiento, mediante visitas periódicas a
los centros, peticiones a
nuales de datos, y reuniones con responsables, equipos y profesionales del sector. De todo ello se ha ido dando cuenta en los informes a
nuales a
nteriores.
Entre las a
ctuaciones de seguimiento del 2010 cabe destacar la petición de datos cursada, de oficio, a
l Departamento de Justicia y A
dministración Pública. En las páginas siguientes se recoge el resultado de la misma.
1. Evolución de las medidas ejecutadas durante los últimos a
ños
Una de las líneas de a
ctuación básicas que pretendía impulsar el informe del A
rarteko sobre menores infractores era la de desarrollar todas las potencialidades de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, respecto a
l conjunto de medidas previstas y, en especial, de a
quellas menos restrictivas de la libertad. La mayor o menor disponibilidad de medios y recursos suele ser uno de los factores determinantes para la a
plicación real de las medidas, cuya ejecución es competencia de la A
dministración vasca.
Los datos globales de evolución de las medidas ejecutadas permiten conocer el mayor o menor grado de a
plicación de las mismas, as
í como las tendencias generales. Estos datos globales se recogen en la tabla siguiente:
Tabla 16. Número de medidas ejecutadas en la CAPV (2009 y 2010)
(Fuente: Departamento de Justicia y A
dministración Pública del Gobierno Vasco)
Desde el a
ño 2005 se venía a
preciando una cierta estabilidad en el crecimiento de las medidas judiciales, tras cuatro a
ños de a
umentos muy a
ltos (del 2000 a
l 2004). En 2008 esta tendencia se vio interrumpida por un descenso del 9,1 % respecto a
l a
ño a
nterior para continuar su senda as
cendente en 2009 (casi el 19%) y 2010 (5,4%).
Las medidas cautelares han presentado una evolución que se caracteriza por:
• El a
umento del número de las libertades vigiladas cautelares, que han pasado de 30 en 2009 a
39 en el a
ño 2010.
• El número de internamientos cautelares ha disminuido de 67 en 2009 a
59 en 2010. Cabe destacar también el incremento del tiempo de duración de las medidas cautelares de internamiento.. Durante el a
ño 2010, un número importante de las medidas cautelares impuestas han sido prorrogadas tras los primeros seis meses –tras la última modificación de la Ley Orgánica 5/2000 que a
mplió de tres a
seis meses la duración inicial de los internamientos cautelares– prolongando as
í la situación de provisionalidad de estas medidas privativas de libertad.
• Las medidas de convivencia con grupo educativo cautelares han sido 4. Desde el propio Departamento se mantiene la reflexión del pasado a
ño y se juzga como "poco oportuno dada la naturaleza y regulación legal de la medida, cuya ejecución requiere un trabajo, reposo y a
tención que la naturaleza cautelar no permite".
Durante el a
ño 2010 también se han producido cambios significativos en las medidas firmes. Con relación a
las medidas firmes en medio a
bierto hay que destacar que:
• El número de las prestaciones en beneficio de la comunidad, que en 2008 experimentó una fuerte caída, ha crecido un 10,5% respecto a
l a
ño 2009. pero se halla muy lejos de las cifras de a
ños a
nteriores donde se superaba a
mpliamente la barrera de los cuatrocientos casos (años 2006 y 2007).
• La medida de libertad vigilada continúa en as
censo, situándose este a
ño en los 327 casos.
• La realización de tareas socioeducativas, que el a
ño 2009 a
umentó en un 17%, ha disminuido de forma significativa presentando cifras similares a
l a
ño 2007.
En lo referente a
las medidas firmes de internamiento, hay que destacar el importante incremento en la a
plicación de la misma (un 80,2% más que en el a
ño 2009) y un a
umento considerable en su duración. Este hecho ha provocado la a
lta tasa de ocupación de los centros educativos de la red de justicia juvenil, hasta situarse en tasas cercanas a
l 100%, a
pesar del a
umento en el número de plazas disponibles. Esta tasa de ocupación superaría el 100% si se tiene en cuenta a
los menores que se encuentran en paradero desconocido y que tienen reserva de plaza. Las permanencias de fin de semana, que el pasado a
ño sufrieron un notable incremento, han experimentado en 2010 una reducción del 16%.
Los delitos relacionados con la violencia intrafamiliar y contra la pareja, que en 2009 a
umentaron en casi un 30%, han vuelto a
incrementarse en un 4,7%. 111 medidas, el 8,5% del total, se impusieron por estos delitos. El 30% de estas medidas han sido impuestas a
chicas (casi el doble del pasado a
ño).
2. Modificaciones introducidas en 2009 en la red de centros y recursos de internamiento y en los servicios de medio a
bierto
2.1. Red de centros educativos
A pesar de que la estructura básica del Departamento, en lo que a
la red de centros educativos se refiere, se ha mantenido básicamente estable, quisiéramos destacar que se ha producido un a
umento de plazas en la red y la creación de un nuevo centro.
Así, durante el 2010 se ha continuado con las obras de remodelación del centro educativo Mendixola (en A
ramaio), se ha habilitado el centro Itxaslur (Muskiz) para el cumplimiento de medidas de internamiento en sus fases finales y se han a
mpliado las plazas en el centro A
ndoiu/Gorbeia (Vitoria-Gasteiz). A
demás, se ha procedido a
la a
pertura del centro educativo Biosko (nivel 2), en A
rtea, para a
tender a
l incremento del número de medidas de permanencia de fin de semana, y exclusivamente para el cumplimiento de las mismas. El centro Biosko cuenta con 6 plazas disponibles y permanece a
bierto de viernes por la tarde a
domingo por la mañana.
El centro educativo Ibaiondo (nivel 1) ha funcionado con sus cinco grupos a
bierto, ofreciendo un total de 39 plazas.
Los recursos con los que cuenta el Departamento para la ejecución de las medidas de internamiento se resumen en el siguiente cuadro:
CENTRO EDUCATIVO | Nivel | LUGAR | PLAZAS | GESTIÓN | PLANTILLA (a 31/12/2010) |
IBAIONDO | I | Zumarraga | 39 (chicos) 5 grupos | Departamento de Justicia yAdministración Pública |
64 + 13 profesores/as + servicios (cocina, limpieza, vigilancia) |
MIGUEL ÁNGEL REMÍREZ (CEMAR) | II | Ortuella | 7 (chicos) | Asociación Educativa Berriztu | align="right">15 |
MENDIXOLA | II | Aramaio | Cerrado por remodelación. Reapertura prevista para el segundo semestre de 2011. | ||
URIBARRI | II | Arrazua-Ubarrundia | 16 (internamiento) y 4 (centro de día). | Asociación Educativa Berriztu | align="right">30 |
ITXASLUR | II | Muskiz | 6 (internamiento, convivencias en grupo educativo y permanencias de fin de semana) | El centro permaneceráabierto hasta el 30 de junio de 2011 |
|
BIOSKO | II | Artea | 6 (permanencia s de fin de semana) | ||
ANDOIU/GORBEIA | II | Andoiu | 15 (chicas) | Asociación Gaztaroan Ekin | align="right">30 |
RESIDENCIAAUTONOMÍA BILBAO |
III | Bilbao | 6 (chicos y chicas) | Asociación Educativa Berriztu | align="right">8 |
RESIDENCIAAUTONOMÍA SAN SEBASTIAN- 1 |
III | Donostia-San Sebastián | 4 (chicos) | Asociación Educativa Berriztu | align="right">6 |
RESIDENCIAAUTONOMÍA SAN SEBASTIAN- 2 |
III | Donostia-San Sebastián | 6 (chicos y chicas) | IRSE- Instituto de Reintegración Social de Euskadi-Bizkaia | align="right">8 |
El número de plazas disponibles para el cumplimiento de medidas de internamiento y convivencias en grupo educativo ha crecido un 13,8%. As
í pues, el número de plazas para la ejecución de medidas de internamiento, disponibles en 2010, ha sido de 99, sin contar las 6 para el cumplimiento de permanencias de fin de semana en centro (desde el mes de octubre). Su distribución por niveles es:
• 39 plazas en nivel I (un centro con 5 grupos educativos).
• 44 plazas en nivel II (cuatro centros). 6 plazas más para el cumplimiento de permanencias de fin de semana desde el mes de octubre.
• 16 plazas en nivel III (tres unidades residenciales, una de ellas especializada en la a
tención a
personas con medidas impuestas por a
menazas, a
gresión, etc. en el ámbito familiar).
Según los datos del Departamento, y a
l igual que en a
ños a
nteriores, no se ha derivado el cumplimiento de ninguna medida de internamiento a
otros centros de fuera de la Comunidad A
utónoma por falta de plazas en la red vasca de justicia juvenil. Sí se ha producido en a
quellos casos en los que el Juzgado de Menores correspondiente hubiera especificado la conveniencia de salir de la CAPV o en los que el/la menor reside en otras comunidad a
utónoma.
2.2. La red de servicios en medio a
bierto
Durante el a
ño 2010 se han mantenido los tres equipos educativos para la ejecución de las medidas en medio a
bierto: 1 equipo en Bizkaia (14 profesionales), 1 equipo en Gipuzkoa (8 profesionales, con un refuerzo de otros 2 profesionales durante seis meses) y otro en Álava (4 profesionales).
Se ha consolidado la red de centros de día:
• Zabalik en Bizkaia: 20 plazas disponibles. A
tendido por 8 profesionales.
• Ireki en Gipuzkoa: 12 plazas disponibles. A
tendido por 4 profesionales.
• Uribarri en Álava: 4 plazas disponibles. A
tendido por 2 profesionales (uno de ellos a
media jornada).
Al igual que en a
ños a
nteriores, se ha conseguido mantener una ratio de 15 menores por profesional.
3. Regulación normativa de los servicios
Desde el A
rarteko hemos destacado en varias ocasiones la importancia de desarrollar y a
plicar dos normas cuya a
probación y entrada en vigor se produjo en 2005: el Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000 y la Ley de A
tención y Protección a
la Infancia y A
dolescencia, a
probada en febrero de 2005, por el Parlamento Vasco.
Desde el Departamento se informa de que con la a
probación y publicación del Decreto 80/2009, de 21 de a
bril, sobre centros educativos de cumplimiento de medidas privativas de libertad en la Comunidad A
utónoma del País Vasco, se da cumplimiento a
l a
rt. 91.2 de la Ley 3/2005 de A
tención y Protección a
la Infancia y A
dolescencia. Dicho decreto regula los requisitos materiales, funcionales y de personal que deberán reunir los centros para la ejecución de las distintas medidas privativas de libertad, con expresa referencia a
los derechos y obligaciones de las personas menores de edad y de los profesionales que les a
tienden, y a
la necesidad de que dispongan de un reglamento de régimen interior que se a
juste en su contenido a
las particularidades del centro y de su proyecto educativo.
4. Relación con los sistemas de protección
En la petición cursada a
l Departamento de Justicia y A
dministración Pública se insistía, una vez más, en la necesidad de a
portar información sobre:
• La proporción de menores procedentes del sistema de protección (adolescentes con graves problemas de conducta y, específicamente, menores extranjeros no a
compañados, sobre cuya problemática se viene haciendo seguimiento).
• Los mecanismos de coordinación, criterios de a
ctuación comunes, sistemas de intercambio de información, continuidad de la intervención… en los casos de los menores que provienen del sistema de protección.
En su respuesta, el Departamento de Justicia y A
dministración Pública vuelve a
constatar la evolución observada y la a
lta proporción en el sistema de justicia juvenil, de menores que provienen de los sistemas de protección.
Los datos, una vez más, muestran la interrelación entre a
mbos sistemas, en especial en el caso de las medidas de internamiento. La situación es especialmente reseñable en el caso de los menores extranjeros no a
compañados. En el a
ño 2010 se ha producido una disminución del porcentaje de menores extranjeros a
tendidos en los centros de justicia juvenil. A
ún as
í, representan el 50% de las medidas cautelares de internamiento y el 46% de las firmes.
Son cinco los colectivos que participan con mayor frecuencia de a
mbos sistemas:
• Menores extranjeros no a
compañados (en su mayoría de Marruecos).
• Menores nacidos en A
mérica Latina y en Rumanía, con escasos referentes familiares y gran dependencia del grupo de iguales.
• Menores que a
greden en el marco familiar o a
sus parejas y es necesaria una separación del medio.
• Mayores de 18 a
ños sin posibilidades reales de emancipación.
• Menores residentes en un centro de protección. Se ha producido un importante incremento en el número de chicas.
En cuanto a
la coordinación entre a
mbos sistemas, el Departamento señala que ha mejorado sensiblemente. Sin embargo indica que persiste la problemática de los jóvenes extranjeros y los tutelados o en guarda con problemas de conducta que no encuentran, en muchas ocasiones, en el sistema de protección una respuesta a
decuada a
sus necesidades, por lo que es el sistema penal el que a
caba dando respuesta.
Al igual que señalaba el pasado a
ño, en opinión del Departamento merece especial a
tención la situación de las chicas con problemas de salud mental y conductual, ya que "la falta de respuestas o la inadecuación de las mismas ha llevado a
multiplicar la intervención de los juzgados de menores.".
5. A
tención educativa y sanitaria ofrecida en los propios centros y colaboración con los servicios de educación y sanitarios
La a
tención educativa es diferente en función del nivel as
ignado a
los centros: en centros de nivel III la escolarización en todos los casos se realiza en la red ordinaria; en los centros de nivel II se produce una situación mixta, según los casos, en la red ordinaria y en los propios centros de internamiento; y en el centro Ibaiondo (nivel I) existe una plantilla de 6 profesores de a
ula y 7 de taller, cubierta durante el a
ño 2010 en su totalidad, dependiente del Departamento de Educación.
La a
tención educativa recibida en los propios centros de internamiento está regulada por la Orden nº 6973, de 7 de noviembre de 2001, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación y del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social y se encuentra en fase de estudio y modificación.
Respecto a
la a
tención sanitaria, objeto de un Convenio de colaboración entre el Departamento de Justicia y el de Sanidad, también existen diferencias entre unos centros y otros. En general, no se a
precian problemas significativos en la a
tención de urgencia, la a
tención inicial o la a
tención cotidiana, bien en los propios centros de salud bien en el centro de internamiento (caso de Ibaiondo, que cuenta con dos horas diarias de a
tención médica y de enfermería, mediante personal de Osakidetza).
Respecto a
la a
tención a
los problemas de salud mental, el convenio citado , cubre las necesidades de internamiento en situaciones de urgencia –en las unidades de a
gudos de los hospitales generales– cuya duración sea inferior a
3 ó 4 semanas. En opinión el Departamento, las necesidades de internamiento más prolongadas no encuentran respuesta en Osakidetza, donde no existe una red de recursos de media o larga estancia para a
dolescentes. Tampoco existe dicho recurso en la red privada y a
penas se da fuera de la CAPV.
Se señala que la a
tención a
mbulatoria en los centros de salud mental es la dispensada para la ciudadanía en general. En a
lgunos casos se ha tenido que a
cudir a
la contratación de terapeutas privados, a
l ser la cobertura del sistema público insuficiente. También se indica la a
usencia de respuesta pública desde los ámbitos de servicios sociales o sanitario en los casos en los que se hace necesaria una intervención que a
barque a
l sistema familiar en su conjunto.
De la a
tención en toxicomanías también se hace una valoración crítica, similar a
la reflejada en el informe a
nterior, en el sentido de que la a
tención es insuficiente y se hace necesario complementarla desde el Departamento, con la as
istencia a
servicios de la red privada.
6. Mejoras introducidas en el sistema para a
tender a
decuadamente a
la demanda o en a
plicación del plan a
probado para el periodo 2008-2012
El Departamento de Justicia y A
dministración Pública considera que los servicios y programas existentes han sido suficientes para satisfacer la demanda, si bien es cierto que los centros para cumplimiento de medidas de internamiento se encontraban, a
finales de a
ño, en su máxima nivel de ocupación. Esto ha obligado a
la a
mpliación de plazas, y, de cara a
l a
ño 2011, el Departamento estima imprescindible la a
pertura de nuevos centros. A
este respecto, el Departamento constata "las enormes dificultades existentes para la a
pertura de nuevos centros, no solamente por parte de a
lgunos vecinos sino también, en numerosas ocasiones, por los responsables municipales".
Las mejoras introducidas en los centros durante 2010 son:
• Incremento de la capacidad de los centros educativos de cumplimiento de medidas de internamiento en 12 plazas.
• Puesta en marcha de un nuevo centro para el cumplimiento de las medidas de permanencia de fin de semana (Biosko, en A
rtea).
• A
decuación de un inmueble para la a
mpliación del centro educativo A
ndoiu. Se ha elevado la capacidad de a
tención de 11 a
15 plazas.
• Se ha procedido a
l remodelación integral del centro educativo Mendixola y su a
pertura se prevé para el segundo semestre de 2011.
Respecto a
otras mejoras introducidas:
• Se ha prorrogado para 2010 el Convenio de colaboración entre el Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social y los Ministerios de Justicia y de Educación, Política Social y Deporte para posibilitar el cumplimiento, en la CAPV, de las medidas impuestas, por delitos de terrorismo, por el Juzgado Central de Menores de la A
udiencia Nacional.
• Se mantiene la colaboración con el IVAC-KREI para la realización de estudios, investigaciones y evaluaciones tendentes a
incrementar la calidad de las intervenciones.
• Se ha creado un grupo de trabajo para la a
ctualización de la normativa en materia de a
tención educativa formal en los centros educativos de justicia juvenil a
que se hacía a
lusión en páginas a
nteriores.
• Se participa en el grupo estable de trabajo para la elaboración de un protocolo de coordinación entre los sistemas de protección y justicia juvenil, uno de los protocolos citados en el a
partado sobre infancia en desprotección.
• Se han publicado diversos materiales sobre las medidas y los centros educativos de justicia juvenil.