1. El deber de informar
El c
umplimiento de las funciones que han sido encomendadas a la institución del Ararteko hace precisa la c
olaboración de las administraciones sujetas a su c
ontrol. Estas administraciones deben facilitar toda la información necesaria para una resolución fundada de los expedientes en tramitación y deben hacerlo, además, dentro de los plazos establecidos, al menos si se pretende que las labores de investigación y c
ontrol resulten mínimamente eficaces.
Consciente de esta realidad, la Ley 3/1985, de 27 de febrero, por la que se c
rea y regula la institución del Ararteko –en su art. 23–, hace referencia expresa a este deber de las administraciones públicas sometidas a su c
ontrol, al atribuir a éstas la obligación de aportar, c
on c
arácter preferente y urgente, c
uantos datos, documentos, informes y aclaraciones les sean solicitados. Asimismo, en su art. 26, advierte que en los c
asos de petición de informaciones, remisión de expedientes o c
ualesquiera otros datos, la institución habrá de establecer un plazo para evacuar lo solicitado. C
on el fin de reforzar este deber, esta misma ley en su art. 24.2 establece que la persistencia en una actividad hostil o entorpecedora de la labor de investigación del Ararteko por c
ualquier organismo, funcionario, directivo o persona al servicio de la Administración pública, podrá ser objeto de un informe especial, además de ser destacado en la sección c
orrespondiente del informe anual.
Precisamente, la inclusión de este c
apítulo en el presente informe anual pretende que el Parlamento y, por extensión, la opinión pública en general tenga c
onocimiento de aquellas administraciones y organismos que se han mostrado especialmente diligentes en c
olaborar c
on la institución así c
omo de aquellos otros c
asos que, por el c
ontrario, al negar o retrasar su c
olaboración están provocado la imposibilidad de resolver en plazo las quejas planteadas por la c
iudadanía.
Conviene señalar que la función de recordar el deber de c
olaborar se efectúa c
on prudencia, ponderando las variables que inciden en la gestión administrativa y c
on la finalidad evidente de poder dar una respuesta eficaz y rápida a las personas que han planteado su queja. Entre las c
ircunstancias que c
onsideramos de atención obligada destacan las siguientes: la naturaleza material del problema sobre el que se solicita información, la c
omplejidad del entramado burocrático y administrativo del órgano al que se formula la petición, la eventual acumulación de los procedimientos que hay que atender, las variables temporales en la c
onstitución de las entidades sometidas a c
ontrol c
omo c
onsecuencia de períodos electorales, la rotación y/o sustitución de los responsables y funcionarios, etc.
Pero, pese a todo, lamentablemente no faltan ocasiones en las que se pone de manifiesto una evidente falta de diligencia que denota una actitud irrespetuosa hacia la función de c
ontrol de esta institución y, por ende, a los derechos de las personas reclamantes. Es en estos c
asos c
uando la institución se ve obligada a recurrir a la figura última del apercibimiento c
on el fin de advertir de las c
onsecuencias penales que pueden seguirse de la falta de c
olaboración (Código Penal art.502.2). Este año 2010 han sido objeto de apercibimiento las alcaldías de Errenteria y Mutriku.
* * *
En las relaciones que se incluyen a c
ontinuación se c
oncretan los datos relativos a las administraciones y otros organismos que se han mostrado especialmente diligentes (1) así c
omo aquellos otros que, en c
ambio, han sido objeto de requerimiento (2).
Con respecto a estos últimos, se destacan igualmente los expedientes en los que la c
olaboración sigue pendiente a pesar de haberse efectuado el c
orrespondiente requerimiento c
on anterioridad al último trimestre del año (3). Por último, se destacan los c
asos más graves, esto es, los expedientes que han sido incluso motivo de apercibimiento (4).
1.1. Administraciones y otros organismos afectados por quejas a los que no se ha efectuado requerimiento en 2010
class="2-2Texto">En esta relación se recoge el total de expedientes tramitados ante las diferentes administraciones y otros organismos c
uya resolución ha exigido plantear al menos una petición de información pero que, sin embargo, no han precisado de requerimientos. Se trata por tanto, c
omo decimos, de las administraciones y organismos que han c
olaborado de la manera más diligente.
class="2-2Texto">No obstante, hemos decidido destacar c
on un asterisco las administraciones que habiendo sido objeto de recomendación o sugerencia no han aceptado la resolución planteada (más información en el apartado IX.2).
class="2-2Texto">En ella se incluye el detalle del número de expedientes en los que se ha efectuado alguna petición de información en el año 2010.
class="2-1A">A) Gobierno Vasco
class="2-1A">B) Diputaciones forales
C) Ayuntamientos
− Territorio Histórico de Álava
class="2-1Titularnegrita">− Territorio Histórico de Bizkaia
class="2-1Titularnegrita">− Territorio Histórico de Gipuzkoa
class="2-1A">D) Otros organismos públicos
1.2. Administraciones y otros organismos afectados por quejas a los que se ha efectuado requerimiento en 2010
class="sangre15-7">En esta relación se recoge el total de expedientes tramitados ante las diferentes administraciones y otros organismos c
uya resolución ha exigido plantear al menos una petición de información así c
omo un necesario requerimiento. Esta relación incorpora el siguiente detalle:
class="sangre15-7">(1) número de expedientes en los que se ha efectuado alguna petición de información en el año 2010.
class="sangre15-7">(2) número de expedientes c
on petición de información en el año 2010 y en c
uya tramitación se ha efectuado un requerimiento.
class="sangre15-7">(3) porcentaje de expedientes c
on requerimiento sobre el total de expedientes en los que se ha efectuado alguna petición de información en el 2010.
class="sangre15-7">(4) número de expedientes c
on requerimientos en el año 2010, pero que c
orresponden a peticiones de información efectuadas en años anteriores.
class="2-2Texto">En lo que respecta a esta relación se impone realizar una observación: c
onviene reparar en que en ella figuran los departamentos de diferentes administraciones que acaparan el mayor número de expedientes tramitados (por ejemplo: educación; vivienda, obras públicas y transportes, etc.) si bien en estos c
asos el porcentaje de los expedientes c
on requerimiento dista mucho de los porcentajes que reflejan la falta de c
olaboración de las pequeñas administraciones en las que, en c
ambio, el número de expedientes tramitados no es especialmente significativo.
class="2-1A">A) Gobierno Vasco
class="2-1A">B) Diputaciones forales
class="2-1Titularnegrita">C) Ayuntamientos
class="2-1Titularnegrita">− Territorio Histórico de Álava
class="2-1Titularnegrita">− Territorio Histórico de Bizkaia
class="2-1Titularnegrita">− Territorio Histórico de Gipuzkoa
class="2-1A">D) Otros organismos públicos
class="2-2Texto">En esta relación se reflejan en detalle, uno a uno, todos los expedientes en c
uya tramitación ha resultado obligado dirigir un requerimiento a los órganos o instituciones c
uyos actos han sido sometidos a nuestra c
onsideración. Se trata de expedientes en los que el requerimiento se ha efectuado c
on anterioridad al primero de octubre de 2010 y que al tiempo de c
errar la elaboración de este informe (31 de diciembre de 2010) c
ontinuaban pendientes de ser c
ontestados.
class="2-2Texto">(Los expedientes a c
uyo número se añade un asterisco se refieren a quejas c
uya tramitación se ha iniciado en años anteriores y que han precisado requerimientos a lo largo de 2010, al c
ontinuarse su tramitación).
class="2-2Texto">Los datos c
ompletos pueden c
onsultarse en la página web.
class="2-1A">A) Gobierno Vasco
class="2-1A">B) Diputaciones forales
class="2-1Titularnegrita">− Diputación Foral de Álava
class="2-1Titularnegrita">− Territorio Histórico de Álava
class="2-1Titularnegrita">− Territorio Histórico de Bizkaia
class="2-1Titularnegrita">− Territorio Histórico de Gipuzkoa
1.4. Administraciones a las que se ha efectuado apercibimiento en 2010
class="2-1Titularnegrita">Ayuntamientos
class="2-1Titularnegrita">− Territorio Histórico de Gipuzkoa
El artículo 11.b) de la Ley 3/1985, de 27 de febrero, por la que se c
rea y regula la institución del Ararteko establece la posibilidad de "dirigir recomendaciones o recordar los deberes legales a los órganos c
ompetentes, a los funcionarios o a sus superiores para procurar c
orregir los actos ilegales o injustos o lograr una mejora de los servicios de la Administración".
Por ello, c
uando al examinar las quejas llegamos a la c
onclusión de que la actuación administrativa no ha sido c
orrecta, dirigimos una recomendación o una sugerencia a la administración afectada, solicitándole que modifique su actuación.
Las recomendaciones se reservan para aquellos supuestos en los que se detecta una c
onculcación del ordenamiento jurídico, una irregularidad en sentido estricto o una omisión grave y se requiere a la administración c
oncernida a que proceda a la oportuna revisión de tal actuación. También se realizan bajo esta fórmula los recordatorios de legalidad.
Las sugerencias, en c
ambio, se emplean en aquellos c
asos en los que, aun c
uando la administración afectada haya podido actuar c
onforme a legalidad, la salvaguarda de derechos o la buena administración demandan otro tipo de actuación. Se incluyen también en esta c
ategoría las propuestas de c
ambio normativo dirigidos a una sola administración y ligadas a un expediente de queja c
oncreto.
Sin embargo, no siempre es necesario llegar a dictar una recomendación o sugerencia. En muchas ocasiones, la Administración, c
on sólo recibir un escrito de petición de información de esta institución sobre una c
oncreta actuación y c
omprobar que su actuación no ha sido acorde c
on la legalidad, reconoce, sin más dilación, que su obrar no ha sido c
orrecto, reponiendo a la persona reclamante en el derecho que le había sido c
onculcado. Esta forma de solucionar los problemas, que no exige el pronunciamiento expreso de una recomendación o sugerencia, ha supuesto que el 78,85% de las actuaciones administrativas en las que se ha detectado irregularidad se hayan solucionado sin necesidad de dictar recomendación o sugerencia alguna.
De todos modos, en lo que se refiere al c
umplimiento de las recomendaciones y sugerencias emitidas, hay que destacar que de las 30 dictadas en el año 2010, así c
omo de las 9 que quedaron pendientes según los datos del informe del pasado año 2009: 6 han sido aceptadas; 26 no han sido aceptadas, y 6 siguen pendientes de respuesta o decisión definitiva. Asimismo, es necesario precisar que una de las recomendaciones formuladas, finalmente, ha sido suspendida al apreciarse un error de tramitación de la misma.
Al valorar estos resultados, no podemos olvidar que las recomendaciones y sugerencias formuladas por esta institución no tienen c
arácter vinculante y que, en c
onsecuencia, sólo disponemos de la persuasión c
omo arma para intentar reponer las situaciones jurídicas de las personas que han solicitado nuestra intervención.
Por ello, queremos destacar la importancia que esta institución otorga a la necesidad de motivar adecuadamente las resoluciones que se dirigen a las administraciones públicas, en particular c
uando lo que se solicita es una modificación de una decisión o la variación de determinados c
riterios de intervención. Siempre hemos indicado que la c
arencia de c
apacidad c
oercitiva nos lleva a desarrollar mayores esfuerzos dialécticos, a profundizar en nuestros análisis, a c
ontrastar las discrepancias jurídicas y a reiterar nuestros argumentos c
uando observamos reticencias injustificadas a la hora de c
umplir nuestras recomendaciones y recordatorios. Es decir, procuramos agotar todas nuestras posibilidades de intervención, c
on el único objetivo de que se repongan las situaciones irregulares que hemos llegado a c
onstatar, y se modifiquen, particular y/o genéricamente, prácticas ilegales o injustas.
Siempre hemos admitido que c
uando la institución del Ararteko recomienda o sugiere la modificación de una actuación administrativa, la Administración pueda no c
ompartir la interpretación jurídica de la recomendación y/o sugerencia y argumentar c
uáles son sus motivos de discrepancia.
Otra valoración distinta merecen aquellos supuestos en los que la administración afectada no c
ontesta si acepta o no la recomendación o sugerencia. En estos c
asos se presume que la falta de respuesta encubre un incumplimiento de la recomendación o sugerencia, por lo que se le c
omunica a la administración que, de persistir en su actitud de no c
ontestar, se entenderá por no aceptada la recomendación o sugerencia y se hará c
onstar esta c
ircunstancia en el informe anual al Parlamento.
Precisamente, una parte importante de las recomendaciones y sugerencias que este año 2010 hemos dado por no aceptadas (un total de 14) lo han sido debido a la falta de respuesta de las administraciones c
oncernidas por las resoluciones emitidas.
Otra forma nada deseable de finalizar los expedientes es la de la falta de aceptación de las recomendaciones sin que la administración requerida vierta argumentos suficientes que fundamenten su negativa.
Preocupados por esta realidad debemos insistir una vez más en que este tipo de actitudes,−que sobre todo se dan en la Administración local− suponen una fractura en el reconocimiento de las funciones que nos han sido encomendadas c
omo institución c
omisionada del Parlamento Vasco. Asimismo, en nuestra opinión, estas c
onductas muestran una actitud desconsiderada para c
on aquellos c
iudadanos y c
iudadanas que, utilizando uno de los mecanismos de los que se ha dotado el Estado de Derecho para resolver los problemas, han acudido a esta institución solicitando amparo para que se reconozcan sus derechos y se c
umpla el ordenamiento jurídico. En este sentido, c
onviene recordar que c
ada recomendación o sugerencia que no es aceptada no sólo supone un impedimento de la función garantista de esta institución, sino que implica fundamentalmente la persistencia en el incumplimiento de la legalidad o en la vulneración de los derechos de la c
iudadanía, impidiendo la reposición en sus legítimos derechos.
Como es habitual, en este apartado efectuamos una reseña del estado de las recomendaciones y sugerencias dictadas en el año 2010 y de aquellas que a 31 de diciembre de 2009 se encontraban pendientes de respuesta definitiva. Esta reseña se plasma mediante la descripción somera de las recomendaciones agrupadas en tres c
ategorías: 1) las que han sido aceptadas por la Administración; 2) las que no han sido aceptadas por la Administración y 3) las que al c
errar la elaboración del presente informe se encuentran pendientes de una respuesta definitiva por parte de la Administración.
Todas las resoluciones pueden c
onsultarse a texto c
ompleto en nuestra página web.
2.1. Recomendaciones y sugerencias aceptadas
class="2-2Texto">A) Gobierno Vasco
class="2-2Texto">Departamento de Industria, Innovación, C
omercio y Turismo
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 17 de febrero de 2010, por la que se le sugiere que establezca c
riterios para la inserción de anuncios perceptivos c
uando el obligado al pago es un tercero beneficiario.
class="2-2Texto8-8">Expediente 1296/2009/29 (Sugerencia nº 1/2010)
class="2-1Titularnegrita">Departamento de Sanidad y C
onsumo
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 30 de julio de 2010, por la que se le recomienda que adopte medidas para resolver de manera expresa un expediente de responsabilidad patrimonial.
class="2-2Texto8-8">Expediente 1911/2009/18 (Recomendación nº 19/2010)
class="2-1Titularnegrita">Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 23 de febrero de 2010, por la que se le sugiere la posibilidad de permitir en este servicio de transporte el acceso de animales de c
ompañía en c
ondiciones que no molesten a las personas usuarias.
class="2-2Texto8-8">Expediente 1199/2009/23 (Sugerencia nº 2/2010)
class="2-1A">B) Administración Foral
class="2-2Texto">DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
class="2-2Texto">Departamento de Obras Públicas
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 26 de mayo de 2010, por la que se le recomienda que deje sin efecto la resolución por resarcimiento de daños, por incumplimiento de una orden de ejecución.
class="2-2Texto8-8"> Expediente 1304/2009/29 (Recomendación nº 15/2010)
class="2-1A">C) Administración local
class="2-1Titularnegrita">AYUNTAMIENTOS DE ÁLAVA
class="2-1Titularnegrita">Ayuntamiento de Armiñón
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 23 de abril de 2010, por la que se le recomienda que actualice la numeración de los edificios de una c
alle de forma c
ontinuada.
class="2-2Texto8-8">Expediente 51/2010/29 (Recomendación nº 7/2010)
class="2-1Titularnegrita">AYUNTAMIENTOS DE GIPUZKOA
class="2-2Texto">Ayuntamiento de Hernani
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 19 de diciembre de 2008, por la que se le recomienda que, previos los trámites oportunos, expida el c
ertificado de inscripción en el padrón municipal.
class="2-2Texto8-8">Expediente 1535/2007/31 (Recomendación nº 32/2008)
2.2. Recomendaciones y sugerencias no aceptadas
A) Gobierno Vasco
Departamento de Sanidad y C
onsumo
Osakidetza
– Resolución del Ararteko, de 30 de julio de 2010, por la que se le recomienda que adopte medidas para resolver de manera expresa un expediente de responsabilidad patrimonial.
Expediente 769/2009/18 (Recomendación nº 18/2010)
Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes
– Resolución del Ararteko, de 4 de diciembre de 2009, por la que se le sugiere que modifique los c
riterios de adjudicación de amarres en los puertos de su titularidad.
Expediente 129/2009/23 (Sugerencia nº 3/2009)
– Resolución del Ararteko, de 19 de febrero de 2010, por la que se le recomienda que imponga a la empresa promotora de una vivienda de protección oficial la ejecución de las obras de reparación necesarias para la subsanación de los defectos c
onstructivos manifestados en dicha vivienda.
Expediente 1113/2008/34 (Recomendación nº 4/2010)
B) Administración Foral
DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
Departamento de Agricultura
– Resolución del Ararteko, de 27 de noviembre de 2009, por la que se le recomienda que elimine la distinción entre c
uadrillas vizcaínas y no vizcaínas para el ejercicio de la c
aza del jabalí en los terrenos de régimen c
inegético c
omún.
Expediente 44/2009/29 (Recomendación nº 18/2009)
Departamento de Relaciones Municipales y Administración Pública
– Resolución del Ararteko, de 12 de enero de 2010, por la que se le recomienda que reconozca la c
ertificación del módulo Microsoft Excel XP, nivel avanzado, expedida c
on arreglo al sistema IT Txartela.
Expediente 428/2009/33 (Recomendación nº 1/2010)
DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA
Departamento de Política Social
– Resolución del Ararteko, de 23 de julio de 2009, por la que se le recomienda que c
onceda la prestación económica para c
uidados en el entorno familiar desde la fecha en que se presentó la solicitud de valoración de la dependencia.
Expediente 668/2008/31 (Recomendación nº 13/2009)
C) Administración local
AYUNTAMIENTOS DE ÁLAVA
Ayuntamiento de Iruña de Oca
– Resolución del Ararteko, de 17 de febrero de 2009, por la que se le recomienda que revoque las resoluciones en las que ha denegado la exención por discapacidad en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica a quienes no han adaptado técnicamente su vehículo.
Expediente 1361/2007/16 (Recomendación nº 2/2009)
Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz
– Resolución del Ararteko, de 17 de mayo de 2010, por la que se le recomienda que resuelva, en debida forma, la solicitud del sindicato ELA de participar en el C
onsejo Sectorial de la Tercera Edad.
Expediente 1267/2009/29 (Recomendación nº 13/2010)
JUNTAS ADMINISTRATIVAS DE ÁLAVA
Junta Administrativa de Arechavaleta
– Resolución del Ararteko, de 12 de julio de 2010, por la que se le recomienda que deje sin efecto un asiento del Inventario de Bienes.
Expediente 54/2010/29 (Recomendación nº 17/2010)
AYUNTAMIENTOS DE BIZKAIA
Ayuntamiento de Balmaseda
– Resolución del Ararteko, de 25 de agosto de 2010, por la que se le recomienda que resuelva de manera expresa y motivada una reclamación por responsabilidad patrimonial por los daños sufridos en un vehículo.
Expediente 1460/2009/29 (Recomendación nº 20/2010)
Ayuntamiento de Bermeo
– Resolución del Ararteko, de 14 de mayo de 2010, por la que se le recomienda que revise la licencia c
oncedida para la instalación de un ascensor en el patio interior de una c
omunidad de propietarios.
Expediente 1198/2009/23 (Recomendación nº 12/2010)
– Resolución del Ararteko, de 31 de agosto de 2010, por la que se le recomienda que reembolse los gastos realizados por una c
omunidad de propietarios en un espacio privado c
on servidumbre de uso público.
Expediente 1827/2009/29 (Recomendación nº 21/2010)
Ayuntamiento de Bilbao
– Resolución del Ararteko, de 16 de junio de 2010, por la que se le sugiere la toma en c
onsideración de una serie de medidas para la mejora del servicio municipal de recogida de perros y gatos abandonados en Bilbao.
Expediente 610/2009/23 (Sugerencia nº 3/2010)
Ayuntamiento de Elantxobe
– Resolución del Ararteko, 4 de marzo de 2010, por la que se le recomienda que indemnice a una c
omunidad de propietarios del c
oste del proyecto técnico tramitado.
Expediente 690/2009/29 (Recomendación nº 6/2010)
Ayuntamiento de Lezama
– Resolución del Ararteko, de 10 de diciembre de 2009, por la que se le recomienda que resuelva de forma expresa la solicitud de inscripción de una asociación en el Registro de Asociaciones municipal.
Expediente 16/2009/29 (Recomendación nº 19/2009)
Ayuntamiento de Sestao
– Resolución del Ararteko, de 15 de septiembre de 2010, por la que se le recomienda que revoque de oficio la liquidación nº (...), girada en c
oncepto de tasa por retirada de vehículos, inmovilización y depósito, y que se reintegre al afectado las c
antidades c
obradas de manera indebida, porque no se ha acreditado que se haya producido el hecho imponible que justifica su exacción.
Expediente 1074/2009/22 (Recomendación nº 22/2010)
Ayuntamiento de Zamudio
– Resolución del Ararteko, de 15 de diciembre, por la que se le recomienda que requiera a un establecimiento de hostelería del municipio que c
umpla las prescripciones establecidas en la normativa legal vigente.
Expediente 1625/2008/28 (Recomendación nº 20/2009)
AYUNTAMIENTOS DE GIPUZKOA
Ayuntamiento de Bergara
– Resolución del Ararteko, de 25 de noviembre de 2009, por la que se le recomienda que tramite en debida forma el expediente c
orrespondiente a la c
onstrucción de una c
habola en suelo no urbanizable e impida definitivamente los usos de perrera.
Expediente 1049/2008/29 (Recomendación nº 17/2009)
– Resolución del Ararteko, de 5 de mayo de 2010, por la que se le recomienda que tramite en debida forma el expediente c
orrespondiente a la c
onstrucción c
landestina de una perrera/chabola en suelo no urbanizable e impida definitivamente los usos no permitidos.
Expediente 1046/2008/29 (Recomendación nº 9/2010)
– Resolución del Ararteko, de 5 de mayo de 2010, por la que se le recomienda que tramite, en debida forma, el expediente c
orrespondiente a la c
onstrucción de diversas edificaciones, instalación de una c
aravana y estancia de perros en suelo no urbanizable.
Expediente 1047/2008/29 (Recomendación nº 10/2010)
– Resolución del Ararteko, de 5 de mayo de 2010, por la que se le recomienda que tramite en debida forma el expediente c
orrespondiente a la c
onstrucción c
landestina de una perrera/chabola en suelo no urbanizable e impida definitivamente los usos no permitidos.
Expediente 1048/2008/29 (Recomendación nº 11/2010)
Ayuntamiento de Bidegoian
– Resolución del Ararteko, de 30 de junio de 2010, por la que se le recomienda que archive el expediente de investigación relativo al uso de un c
amino.
Expediente 1351/2009/29 (Recomendación nº 16/2010)
Ayuntamiento de Donostia-San Sebastián
– Resolución del Ararteko, de 19 de agosto de 2009, por la que se le recomienda que programe una intervención en sus equipamientos deportivos, para que, en un lapso de tiempo razonable, todas las instalaciones deportivas del municipio dispongan en sus vestuarios de duchas y c
ambiadores individuales.
Expediente 433/2008/22 (Recomendación nº 15/2009)
– Resolución del Ararteko, de 22 de febrero de 2010, por la que se le recomienda que dé prioridad a la instalación de ascensores para la c
onexión del paseo Zubiaurre c
on el Paseo de Zarategi de Intxaurrondo, frente a la instalación pretendida de c
inco rampas mecánicas en la c
alle Lizardi, c
omo solución técnica que permite su utilización a toda la población. .
Expediente 827/2009/17 (Recomendación nº 5/2010)
Ayuntamiento de Elgeta
– Resolución del Ararteko, de 15 de enero de 2010, por la que se le recomienda que revoque de oficio las liquidaciones que desde 2008 ha girado en c
oncepto de tasa de basuras a una vecina, porque no le presta servicio alguno de recogida de basuras en su vivienda.
Expediente 175/2009/22 (Recomendación nº 2/2010)
Ayuntamiento de Pasaia
– Resolución del Ararteko, de 19 de febrero de 2010, por la que se le recomienda que c
onceda licencia para la instalación de c
analizaciones de gas en aquellos c
asos en los que el proyecto enmascare debidamente la c
analización c
onforme las previsiones de las normas subsidiarias.
Expediente 87/2009/23 (Recomendación nº 3/2010)
2.3. Recomendaciones y sugerencias pendientes
class="2-2Texto">A) Gobierno Vasco
class="2-1Titularnegrita">Departamento de Interior
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 18 de noviembre de 2010, por la que se le recomienda que revise la resolución por la que declara la responsabilidad quincenal de un arquitecto por vicios c
onstructivos.
class="2-2Texto8-8">Expediente 906/2010/29 (Recomendación nº 23/2010)
class="2-1Titularnegrita">Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 21 de diciembre de 2010, por la que se le recomienda que c
onteste en plazo las peticiones de acceso a información medioambiental.
class="2-2Texto8-8"> Expediente 1732/2010/23 (Recomendación nº 26/2010)
class="2-1Titularnegrita">Ura-Agencia Vasca del Agua
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 21 de diciembre de 2010, por la que se le recomienda que c
onteste en plazo las peticiones de acceso a información medioambiental.
class="2-2Texto8-8">Expediente 1733/2010/23 (Recomendación nº 27/2010)
class="2-1A">B) Administración Foral
class="2-1Titularnegrita">DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA
class="2-1Titularnegrita">Departamento de Política Social y Servicios Sociales
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 25 de mayo de 2010, por la que se le recomienda que c
umpla la obligación legal de asumir la tutela de los menores en situación de desamparo que se encuentran en el Territorio Histórico de Álava, lleve a c
abo las medidas de protección que le c
orresponden c
omo tutora de aquellos, c
umpla los derechos y garantías previstas en los c
asos en los que haya que realizar las pruebas de determinación de la edad, y recomiende la c
oncesión de la autorización de residencia si alcanzan la mayoría de edad sin disponer de ella.
class="2-2Texto8-8">Expediente 47/2009/31O (Recomendación nº 14/2010)
class="2-1A">C) Administración local
class="2-1Titularnegrita">AYUNTAMIENTOS DE BIZKAIA
class="2-1Titularnegrita">Ayuntamiento de Bermeo
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 15 de diciembre de 2010, por la que se le recomienda que deje sin efecto una sanción por infracción de la normativa urbanística.
class="2-2Texto8-8">Expediente 363/2010/23 (Recomendación nº 24/2010)
class="2-1Titularnegrita">AYUNTAMIENTOS DE GIPUZKOA
class="2-1Titularnegrita">Ayuntamiento de Usurbil
class="2-2Texto8-8">– Resolución del Ararteko, de 16 de diciembre de 2010, por la que se le recomienda que c
onteste de forma expresa a la petición formulada de intervención municipal en el desarrollo de un sector industrial.
class="2-2Texto8-8">Expediente 1043/2009/23 (Recomendación nº 25/2010)