Se c
ompilan a c
ontinuación las principales c
ondiciones de accesibilidad de una serie de elementos del entorno relacional de la persona, c
uya adaptación se c
onsidera c
lave para garantizar la plena autonomía y seguridad en el desplazamiento de la persona c
on movilidad reducida.
Este c
ompendio de referencias se estructura en torno a los ámbitos autonómico y estatal, detallando las c
ondiciones básicas establecidas por la normativa vigente relativas al acceso y utilización de los medios de transporte.
class="3-1Texto">5.1.1. Según el anejo II del Decreto 68/2000, de 11 de abril, sobre c
ondiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones, y sistemas de información y c
omunicación. Los elementos c
lave para la movilidad de las personas c
on movilidad reducida que se han c
onsiderado son:
class="3-2Texto12-4"> – Itinerarios peatonales
class="3-2Texto12-4"> – Rampas
class="3-2Texto12-4"> – Escaleras
class="3-2Texto12-4"> – Pasamanos
class="3-2Texto12-4"> – Puertas c
onvencionales
class="3-2Texto12-4"> – Puertas automatizadas
class="3-2Texto12-4"> – Asientos
class="3-2Texto12-4"> – Mostradores y ventanillas
class="3-2Texto12-4"> – Máquinas expendedoras
class="3-2Texto12-4"> – Sistemas de información-comunicación
class="3-2Texto12-4"> – Elementos visuales
class="3-2Texto12-4"> – Itinerarios peatonales:
class="3-2Texto12-4"> • La anchura mínima de paso libre de obstáculos será de 2 m.
class="3-2Texto12-4"> • La pendiente longitudinal será ≤6%.
class="3-2Texto12-4"> • La pendiente transversal será c
omo máximo del 2% –se recomienda 1,5%–.
class="3-2Texto12-4"> • Pavimento duro, c
ompacto y antideslizante.
class="3-2Texto12-4"> • En los desniveles, c
ambios de c
ota, depresiones –rampas, escaleras, pasos subterráneos, etc.– se c
olocarán franjas señalizadoras de aviso (≥1 m) perpendiculares al sentido de la marcha.
class="3-2Texto12-4"> • Se c
ubrirán los alcorques de los árboles.
class="3-2Texto12-4"> – Rampas:
class="3-2Texto12-4"> • Anchura mínima de 2 m en el entorno urbano y de 1,80 m en el interior del edificio.
class="3-2Texto12-4"> • Pendiente máxima del 8% (se recomienda el 6%) y peralte del 1,5%.
class="3-2Texto12-4"> • Longitud máxima del tramo sin rellano es de 10 m.
class="3-2Texto12-4"> • Accesos deben permitir una maniobra de giro de 1,80 m de diámetro.
class="3-2Texto12-4"> • Pasamanos en ambos laterales, a doble altura, y en todo el recorrido.
class="3-2Texto12-4"> • Protección lateral en las rampas.
class="3-2Texto12-4"> • Pavimento antideslizante.
class="3-2Texto12-4"> • Señalización táctil en los accesos a la rampa.
class="3-2Texto12-4"> – Escaleras:
class="3-2Texto12-4"> • No podrán c
onstruirse c
on peldaños aislados.
class="3-2Texto12-4"> • Dotadas de c
ontrahuella y c
arecerán de bocel.
class="3-2Texto12-4"> • C
on pasamanos a ambos lados si superan el 1,20 m de anchura en todo el recorrido.
class="3-2Texto12-4"> • C
uando la anchura de la escalera supere los 2,40 m, también a doble altura.
class="3-2Texto12-4"> • Señalización táctil en los accesos a la escalera.
class="3-2Texto12-4"> • Placa de orientación en los pasamanos.
class="3-2Texto12-4"> – Pasamanos:
class="3-2Texto12-4"> • No se c
olocarán encastrados. Se rematarán de forma que se eviten los enganches.
class="3-2Texto12-4"> • Serán dobles y se prolongarán 45 c
m en los extremos de las rampas / escaleras garantizando la c
obertura de todo el tramo de escalera / rampa.
class="3-2Texto12-4"> • Se dispondrán placas de orientación táctil en los pasamanos de escaleras y rampas en sistema Braille y altorrelieve.
class="3-2Texto12-4"> – Puertas c
onvencionales:
class="3-2Texto12-4"> • Lo bastante ligeras c
omo para facilitar la apertura c
on una sola mano.
class="3-2Texto12-4"> • C
on espacio libre de obstáculos y c
on anchura suficiente (0,90 m mínimo para las puertas de dos hojas) que garantice la maniobra de la silla de ruedas.
class="3-2Texto12-4"> • C
on dispositivos de accionamiento manual (picaporte, tiradores) a la altura adecuada (0,90-1,20 m) y dentro de la zona de acción de las personas c
on movilidad reducida.
class="3-2Texto12-4"> – Puertas automatizadas:
class="3-2Texto12-4"> • El tiempo programado de apertura será el adecuado para el paso de la persona c
on movilidad reducida y no superará los 0,5 m/seg.
class="3-2Texto12-4"> • Las puertas acristaladas estarán provistas de doble banda de señalización horizontal de marcado c
ontraste c
romático.
class="3-2Texto12-4"> – Asientos:
class="3-2Texto12-4"> • Bordes o esquinas romos.
class="3-2Texto12-4"> • En batería de asientos, uno se encontrará a la altura adecuada: 0,45 m del suelo.
class="3-2Texto12-4"> • Reposabrazos abatible situado a una altura de 20 c
m, medido desde el asiento.
class="3-2Texto12-4"> – Mostradores y ventanillas:
class="3-2Texto12-4"> • Máximo a 1,10 m de altura. C
on tramo de 1,20 m de longitud mínima, a una altura de 0,80 m y hueco libre de obstáculos de 0,70 m de alto y 0,50 m de profundidad.
class="3-2Texto12-4"> – Máquinas expendedoras:
class="3-2Texto12-4"> • Sistema Braille y macro-caracteres en altorrelieve.
class="3-2Texto12-4"> • Dispositivos de pago entre 0,90 y 1,20 m.
class="3-2Texto12-4"> – Aseos:
class="3-2Texto12-4"> • En espacios destinados a la distribución de aseos se podrá inscribir un c
írculo libre de obstáculos de 1,80 m de diámetro (recomendado: mínimo, 1,50 m).
class="3-2Texto12-4"> • La anchura mínima de paso en las puertas será de 0,90 m.
class="3-2Texto12-4"> • El zócalo protector en ambas c
aras de las hojas a una altura mínima de 30 c
m en todo el ancho de la puerta.
class="3-2Texto12-4"> • Apertura hacia el exterior.
class="3-2Texto12-4"> • Pavimento antideslizante en seco y en mojado.
class="3-2Texto12-4"> • Inodoro a altura c
omprendida entre los 45-50 c
m.
class="3-2Texto12-4"> – Sistemas de información-comunicación:
class="3-2Texto12-4"> • Megafonía amplificada c
on bucles de inducción magnética (Modo T).
class="3-2Texto12-4"> • Teleindicadores c
on textos en marcado c
ontraste c
romático c
on el fondo.
class="3-2Texto12-4"> • Sistema C
IBER de activación de la información sonora.
class="3-2Texto12-4"> – Elementos visuales: información, señalización, rotulación:
class="3-2Texto12-4"> • Plano de lectura a 1,50 m. Segunda línea visual para personas usuarias de silla de ruedas desde 60 a 145 c
m.
class="3-2Texto12-4"> • La información c
ontenida en los indicadores será accesible mediante la inclusión de sistema Braille y macro-caracteres marcados en altorrelieve. No estará protegida por pantallas o c
ristaleras que puedan producir reflejos o deslumbramientos.
class="3-2Texto12-4"> • Ubicación en lugares accesibles y fácilmente localizables. La información ha de facilitar su lectura y c
ompresión por c
ualquier persona. C
ontraste c
romático marcado entre la información y el fondo.
class="3-2Texto12-4"> • Las franjas táctiles se emplean para señalizar escaleras, rampas, etc., c
umpliendo la doble función de información y aviso.
class="3-2Texto12-4"> • Las franjas guía de dirección deben orientar hacia las zonas y elementos de interés.
class="3-1Texto">5.1.2. Según el artículo 4 –accesibilidad en el material móvil– del Decreto 126/2001, de 10 de julio, por el que se aprueban las Normas Técnicas sobre C
ondiciones de Accesibilidad en el Transporte:
class="3-2Texto12-4"> – Reservas en el transporte público:
class="3-2Texto12-4"> • Se reservarán dos espacios para usuarios de sillas de ruedas y c
uatro asientos por c
oche o vehículo para personas c
on movilidad reducida, próximos a las puertas de acceso y c
onvenientemente señalizados.
class="3-2Texto12-4"> • En los asientos reservados se instalará el símbolo internacional de la accesibilidad.
class="3-2Texto12-4"> – Sistemas de información-comunicación:
class="3-2Texto12-4"> • Los vehículos deben de disponer de sistemas de información adaptados a las personas c
on dificultades en la c
omunicación.
class="3-2Texto12-4"> • Los vehículos dispondrán de iluminación adecuada para evitar deslumbramientos y reflejos.
class="3-2Texto12-4"> • Las puertas de embarque dispondrán de un mecanismo luminoso / sonoro no estridente.
class="3-2Texto12-4"> • Los pulsadores de solicitud de parada deben ofrecer máxima visualización, teniendo una c
oloración viva y bien c
ontrastada. Al accionar los pulsadores se emitirá una señal sonora, de volumen y tono adecuados.
class="3-2Texto12-4"> • En las proximidades de la puerta de embarque existirá un timbre de aviso al c
onductor, ubicado a una altura entre 90 y 120 c
m.
class="3-2Texto12-4"> • Durante el tiempo de funcionamiento de la rampa o de la plataforma se emitirá una señal acústica y luminosa.
class="3-2Texto12-4"> – Sistemas de embarque-desembarque:
class="3-2Texto12-4"> • Las personas podrán embarcar y desembarcar de los medios de transporte de manera autónoma.
class="3-2Texto12-4"> • Las puertas de acceso a los vehículos deberán tener una c
oloración viva, diferente y bien c
ontrastada respecto de las del resto de la unidad.
class="3-2Texto12-4"> • Los autobuses de piso bajo dispondrán de sistemas de arrodillamiento lateral, de forma que la altura piso-plataforma no supere los 25 c
m.
class="3-2Texto12-4"> • Los autobuses de piso bajo dispondrán de rampa escamoteable, c
uyo borde exterior deberá poseer un c
olor vivo que c
ontraste c
on el resto del suelo del vehículo. Los autobuses de piso alto tendrán una plataforma elevadora que salve el desnivel entre la c
alzada exterior y el piso del autocar.
class="3-2Texto12-4"> • Los autobuses de piso alto dispondrán de una silla de ruedas para facilitar el acceso a las personas c
on movilidad reducida.
class="3-2Texto12-4"> – Señalización y ergonomía:
class="3-2Texto12-4"> • Los asideros y barras ubicados en el interior de los vehículos deberán ajustarse a las c
aracterísticas antropométricas recogidas en el Decreto 68/2000, y tendrán una c
oloración viva y bien c
ontrastada respecto a otras superficies.
class="3-2Texto12-4"> • En el interior del autobús, las barras de sujeción deben ofrecer una c
ontinuidad desde la puerta de embarque hasta la salida, y disponer de señalizadores táctiles de localización de plazas sentadas. En los vehículos de piso alto, los laterales exteriores de las bandejas c
olocadas sobre los asientos dispondrán de señalizadores táctiles que informen sobre la numeración de las plazas.
class="3-2Texto12-4"> • Los bordes de los escalones estarán señalizados de forma viva y bien c
ontrastada respecto a otros elementos del interior del vehículo (tabicas, huellas…) para facilitar su percepción visual.
5.2. En el ámbito estatal
Según los anejos del Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las c
ondiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas c
on discapacidad14, se establecen los siguientes requisitos:[14]
– Itinerarios peatonales:
• Anchura y altura libre mínima suficiente.
• Las pendientes longitudinal y transversal no superarán los límites de las normativas específicas vigentes.
• Pavimento duro, c
ompacto y c
on propiedades antirreflectantes y no deslizantes.
• Se emplearán franjas de pavimento especial, de acabado táctil-visual, para ayuda de las personas c
on discapacidad visual.
• Los registros y tapas de arquetas estarán enrasados c
on el pavimento. Se c
ubrirán los alcorques de los árboles.
– Rampas:
• La anchura libre de paso mínima, medida entre barandillas, será de 90 c
m y c
umplirá c
on la normativa específica vigente.
• La superficie ha de tener un acabado superficial de material no deslizante, en seco y en mojado.
– Escaleras:
• Sus c
aracterísticas (tamaño de peldaños, señalización, etc.) se c
eñirán a la normativa específica vigente.
• En su arranque se c
olocará una franja de pavimento táctil de 120 c
m, de c
oloración diferente y bien c
ontrastada c
on el pavimento c
ircundante.
– Escaleras mecánicas:
• Toda escalera mecánica tendrá, al menos, la longitud sin pendiente, tanto en el embarque c
omo en el desembarque de la misma, de tal modo que c
umpla c
on la normativa específica vigente.
• Se marcará el borde y los laterales de c
ada peldaño c
on una banda de 5 c
m de amarillo reflectante.
– Pasos elevados y subterráneos:
• Aquellos que formen parte del itinerario accesible deberán disponer a lo largo de los mismos de un área libre de obstáculos de 160 c
m de ancho y altura libre de 220 c
m.
– Barandillas y pasamanos:
• Las escaleras y rampas estarán dotadas de barandillas en ambos lados y a dos niveles.
• Deberán ser c
ontinuas y terminar a una distancia de 45 c
m, antes y después del tramo de escaleras.
– Aseos:
• Las dimensiones mínimas de todas las c
abinas de aseos serán de 100 c
m de ancho por 170 c
m de largo si la puerta se abre hacia dentro, y de 150 c
m si la puerta se abre hacia fuera.
• Las entradas a las c
abinas tendrán un paso libre mínimo de 65 c
m. Al menos una de las c
abinas tendrá una anchura de paso libre de 80 c
m para permitir su utilización por personas usuarias de sillas de ruedas.
– Mobiliario:
• Todo el mobiliario, c
omplementos y elementos en voladizo c
ontrastarán c
on el entorno y tendrán sus bordes redondeados. El mobiliario y los c
omplementos estarán situados donde no obstruyan el paso de las personas c
on movilidad reducida.
• En c
ada zona de descanso existirá, al menos, un espacio dotado de asientos ergonómicos (altura respecto al suelo de 45±2 c
m), c
on respaldo. Se c
olocarán también apoyos isquiáticos.
– Mostradores y ventanillas:
• Al menos un mostrador estará acondicionado para garantizar la atención al c
liente, la información y la venta de billetes.
– Máquinas expendedoras:
• Si existen baterías de máquinas para la misma función, al menos una de ellas deberá estar adaptada para usuarios de sillas de ruedas.
• Al menos una de ellas tendrá las instrucciones de uso dotadas de: rótulos en Braille sobre los dispositivos funcionales, mensajes c
ortos y legibles, altura adecuada de los diales y ranuras de pago (95-120 c
m).
• Se procurará que la ubicación de las máquinas facilite su localización.
– Información visual y acústica:
• La información visual ha de ser legible en todas las c
ondiciones de iluminación, c
ontrastará c
on el fondo y será c
oherente y simultánea c
on la información hablada que se proporcione.
• Los elementos de información (carteles, paneles, monitores, etc.) se han de c
olocar en lugares que permitan la aproximación de la persona. La iluminación no provocará reflejos y tendrán c
olores c
ontrastados entre el fondo y el texto.
• Las personas c
on discapacidad visual o intelectual recibirán información tacto-visual.
• Toda la información emitida por megafonía se dará simultáneamente en monitores accesibles.
• Se instalará un bucle de inducción magnética c
onectado c
on el sistema de megafonía.
• Las pantallas de información dinámica –teleindicadores– se dimensionarán para mostrar nombres y palabras c
ompletas, aunque se admiten abreviaturas de fácil c
omprensión. Se debe ajustar la velocidad de desplazamiento de los c
ontenidos a la normativa.
class="5-1Notapiepagprimera">[14] Nota: las c
omunidades autónomas y administraciones locales podrán, en el ámbito de sus c
ompetencias, establecer las medidas adicionales que estimen pertinentes en orden a favorecer dicha accesibilidad y no discriminación.