1. Introducción, titularidad, gestión y explotación
El transporte aéreo es el sistema donde más se ha regulado y protocolarizado el tratamiento de las necesidades de las personas c
on movilidad reducida.
Esta estandarización de los servicio aéreos ha sido posible gracias a la entrada en vigor, desde el 26 de julio de 2008, del Reglamento (CE) 1.107/2006 del Parlamento Europeo y del C
onsejo, sobre los derechos de las personas c
on discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo.
Las disposiciones del reglamento son aplicables a las personas c
on movilidad reducida que utilicen o pretendan utilizar vuelos c
omerciales de pasajeros que salgan de los aeropuertos situados en el territorio de la Unión Europea, lleguen a éstos o transiten por ellos.
Los aeropuertos de la C
APV forman parte de la red estatal de aeropuertos de interés general, c
uya titularidad recae en la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Fomento, y su gestión en los organismos públicos dependientes del c
itado ministerio: Dirección General de Aviación C
ivil y Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA).
La explotación del transporte aéreo recae en las c
ompañías aéreas y en aquellas entidades encargadas de la prestación de otra serie de servicios aeroportuarios.
Por tanto, el Reglamento 1.107/2006 es de obligado c
umplimiento para los aeropuertos, las c
ompañías aéreas y todos aquellos agentes relacionados c
on ambos en los diferentes aeropuertos de la C
APV.
El propio reglamento, en sus artículos 3 y 4, establece que las c
ompañías aéreas, sus agentes, o los operadores turísticos no podrán negarse a aceptar una reserva para un vuelo ni denegar el embarque alegando la discapacidad de una persona.
El informe diagnóstico de la accesibilidad del sistema aéreo de la C
APV se c
oncreta en el análisis de las c
ondiciones de accesibilidad durante todas las fases del c
iclo del vuelo, atendiendo a las dos unidades funcionales donde la persona c
on movilidad reducida se relaciona, los aeropuertos y aviones.
En el marco operativo definido por el c
itado reglamento europeo, resulta preciso hacer c
onstar la importancia de c
ontinuar garantizando a la persona c
on movilidad reducida el acceso y uso ergonómico de los servicios prestados y elementos presentes en las instalaciones aeroportuarias y en los aviones c
on la suficiente autonomía, seguridad y dignidad personal.
En el apartado de anexos del presente informe se c
ompilan las matrices de c
arencias y los diagramas de accesibilidad, que representan c
uantitativa y c
ualitativamente el grado de accesibilidad de la c
adena de desplazamiento en los aeropuertos de la C
APV.